EL PODER JUDICIAL DEBE LIDERAR LA RECUPERACIÓN INSTITUCIONAL Y ECONÓMICA ARGENTINA

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  Por Juan José Guaresti (nieto).                                                                                                                                              

¿Cómo se explica la Argentina a sí misma que sea un país que contrae deudas sabiendo que no las va a pagar a su vencimiento porque no adopta cuando  contrae el préstamo las medidas  necesarias para pagarlo? ¿Cómo se puede perdonar a sí misma,  sabiendo que la naturaleza le brindó riquezas inagotables, ser  una deudora morosa serial  en lugar de explotar aquellas? ¿Cómo puede ignorar que hay países pequeños  que tienen  deudas mucho mayores que las nuestras, que las pagan puntualmente y por ello gozan  de crédito y no tienen que pagar intereses confiscatorios como nosotros lo hacemos, que elevan los  precios internos y esparcen enfermedad y pobreza?  Estos decisivos interrogantes  no se los hace la clase política del lado que fuere, que al parecer tampoco se ha enterado que nuestro despótico gobierno dio  un golpe brutal a  las libertades argentinas, cuando el 20 de marzo de 2020 clausuró al Poder Judicial, dejando al pueblo sin Justicia. Los magistrados  judiciales no pueden aceptar tamaño agravio a su investidura, a la República y al pueblo de la Nación y deben  recuperar por sí mismos el ejercicio de sus cargos, su propio decoro  y la  economía argentina. 

El tremendo ataque al Poder Judicial de la Nación no es casual:

Forma parte de un plan para debilitar nuestras instituciones, impedir que se sancionen las corrupciones pasadas  y se devuelvan al pueblo argentino los cuantiosos  fondos que le pertenecen  y que han enriquecido ilícitamente a  quienes las perpetraron.

El ataque comenzó cuando con  la excusa del  “Coronavirus” se clausuró sustancialmente al Poder Judicial mediante un decreto de necesidad y urgencia y se invitó a las  Provincias a hacer lo propio. Cualquiera sabe  que a ninguno  de los tres Poderes establecidos en la Constitución le  puede ser impedido su funcionamiento por ninguno de los otros dos porque deben  gobernar los  tres y tienen  la obligación de controlarse entre sí. El Poder Ejecutivo mediante un decreto se sacó de  encima el áureo lazo que lo constreñía a  obedecer a la Constitución y servir  al pueblo. Un año más mas tarde todo sigue igual con el agravante que ningún país civilizado quitó a su pueblo el  derecho a tener Justicia. Somos únicos en recibir este oprobio, que no puede continuar: Los Señores Magistrados deben presentarse a sus despachos a cumplir con su   deber y darle al Pueblo Argentino la Justicia que merece  y que paga   con  sus  impuestos.

Nadie puede impedir que un Magistrado judicial cumpla con  su obligación  de administrar  justicia, concurrir a su juzgado  y presencialmente desde allí dirigir los procesos judiciales. Un Juez es un gobernante que no obedece a otra norma que a la Carta Magna. Ni el Poder Legislativo  ni el Ejecutivo, pueden quitarle ni suspender las atribuciones propias de su investidura. Así lo entendió la Sra. Juez Dra. Rosalía Romero titular del Juzgado Nacional del  Trabajo 45, quién  sigue  trabajando como si tal cosa en los dos juzgados que tiene a cargo aunque haciendo  un gran esfuerzo por la carencia  de personal suficiente. Este ejemplo de contracción al trabajo, cumplimiento del deber  y apego a la  Constitución  Nacional  debería seguirse por todos los Magistrados. Nadie que trabaje en un Juzgado corre riesgos superiores a los que afronta  la cajera de un  supermercado con sus ocho horas de trabajo quién  atiende más  personas desconocidas que las que ingresa a un Tribunal en una jornada de seis horas. Mejor no hablemos de los peligros que afronta un  agente de policía.

Los Magistrados judiciales  integran  el gobierno de la Nación:

 Cada sentencia es un acto de  política -en el más alto significado  de esta palabra- que informa a las partes en el juicio y a toda la sociedad que es lo que está bien y lo que está mal.   Cuando un Magistrado emite  una decisión  está  gobernando tanto como lo hace  un Ministro, un  Diputado o  un Senador. Ni en la paz ni  en la  guerra puede negarse  a  alguien la  justicia que requiere  ni  bloquearse a un Magistrado Judicial el ejercicio de sus augustas funciones 

Marbury
Madison

La división de los tres poderes del gobierno en Ejecutivo, Legislativo y Judicial  que  tuvo origen en Charles de Secondat, barón de Montesquieu” en 1748,  fue llevada en  1803 a su notable cima en lo que concierne al Poder Judicial  cuando en el fallo  “Marbury  vs. Madison” la Corte Suprema  norteamericana decidió  que los Jueces podían negar la aplicación, en una  causa, de leyes del Poder Legislativo o Decretos del Poder  Ejecutivo  o normas emanadas  de los estados cuando violaran la  Constitución Nacional, de la cual eran los últimos y finales  intérpretes. Ese principio que integra la Constitución Argentina desde 1853, nadie puede derogarlo porque exhibe la importancia como gobernante de nuestro Poder Judicial  y lo que puede  hacer un Magistrado para defender la libertad de su patria como el honor, la fortuna y la existencia de los integrantes de su pueblo. Parte de este fue confinado  en sus hogares, debilitándolo física y sicológicamente en una suerte de prisión, sin aconsejarle tomar sol,  origen de la  hormona que se llama vitamina d, cuya deficiencia  es muy común en los afectados por el ”Coronavirus”. Tampoco se aconsejó a nadie realizar ejercicios físicos pese a que el sol como el ejercicio aumentan las reservas humanas fundamentales para  ganarle al Covid 19.

Los Jueces  argentinos deben dar por no escrito  el decreto del 20  de Marzo de 2020 con el cual se los humilló como también las convalidaciones  posteriores. Los Magistrados judiciales no son subordinados del Poder Ejecutivo ni  del  Poder Legislativo. Son, en  cambio,  gobernantes de un país libre, que debe tener una justicia independiente decidida a hacer respetar su investidura, su hombría de bien y su sentido del deber.

Quitarles a  los Jueces la facultad de hacer justicia, es el comienzo  de un camino que termina en su  destitución. Se está intentando convencer a la población que los Jueces  no hacen falta  y que  cobran sueldos inmerecidos, para transformarlos en blanco de las iras de mucha gente y justificar su remoción.  Los escondidos autores de esta maniobra  presumen que si un decreto es válido para que abandonen los Magistrados su encumbrado sitial,  con otro decreto pueden  prescindir de ellos. No lo van a conseguir. Nuestros Jueces van a volver a los Tribunales a defender a su Patria, la dignidad del Pueblo  y su propia razón  de existir.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Abril 19, 2021


 

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PrisioneroEnArgentina.com

Septiembre 6, 2019


 

REZAR POR LA ARGENTINA

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 por Juan José Guaresti (nieto)

 

En medio de una crisis económica y social muy seria que pareciera no tener fin y a la que no se le encuentra solución, con inmensos sectores de la población padeciendo hambre por una parte y por la otra sabiendo que no puede pagar los remedios que podrían curarla. También con dirigentes de distintos sectores y quehaceres envueltos en interminables discusiones que no conducen a nada y que todavía no saben de donde viene la inflación que nos asola ni mucho menos como concluir con  ella, al borde de un comicio con encontradas posiciones pero con la convicción que al día siguiente del acto  eleccionario vamos a enfrentar los mismos  problemas que teníamos la víspera, debiéndole a cada santo una vela y acrecentando día por día el monto de las obligaciones impagables que nos cercan, pareciera que lo nuestro no tiene solución. No obstante, la hay y la Historia así lo demuestra. En momentos en que arreciaba en Europa la 2da-Guerra mundial y el odio nazi  hacía trizas a culturas y naciones que habían nacido para la libertad, cuando el único país que quedaba en pie y enfrentaba la perspectiva cercana de ser invadido por fuerzas muy superiores a las suyas,  carecía de los víveres y las  armas para defenderse y que sabía que con lo poco que tenía disponible, difícilmente podría hacerlo, surgió una idea que finalmente los condujo del horror a  la victoria:  Su Primer Ministro Winston S. Churchill que sabía mejor  que nadie la catástrofe que se cernía sobre su patria, invito el pueblo a orar, a comunicarse con el Dios que tuviera para  que les diera fuerzas para levantarse en medio de la derrota y el  caos y desafiar al destino. El pueblo inglés siguió el consejo de su formidable líder y toda esa nación se puso de rodillas ante el Señor y obtuvo que la Providencia  Divina los  ayudara cuando todo parecía perdido. Se creó el Día Nacional de Oración y cadenas de  miles de participantes. En la Argentina a muchos les  parece que no hay futuro pese que hay inmensas riquezas que están aguardando el coraje y la  decisión de  muchos varones  y mujeres,  capaces de ponerlas en acción porque  tienen la  fe en que un Ser Superior vendrá  en su ayuda. Para que ello ocurra, asidos de las  manos de amigos y adversarios, de  quienes piensan como nosotros y de los que no, los creyentes en la religión que fuera,  tenemos que rezar  juntos  por la Patria y por un  futuro mejor para todos.   Como dijera la Reina de Inglaterra en horas sombrías: “ Le temo más a un ejército de personas orando, que a un ejército militar”.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Julio 14, 2019


   

ARGENTINA PRÓDIGA EN FERIADOS NO LABORABLES

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LA LEY DEL FERIADO DEL “DÍA DEL TRABAJADOR DEL ESTADO” DEBE SER DEROGADA DE INMEDIATO

 

 por  Juan José Guaresti (nieto).

 

El 27 de Junio pasado una señora jubilada  y con muchos años, quiso  entregar un  documento a  una oficina pública. Tomo los dos medios de transportes habituales y cuando llegó a destino se enteró que la por la ley 26.876, dictada casi seis años atrás, ese día era feriado: Dicha ley había consagrado esa fecha para descanso del  empleado público. Se enteró con la desazón del caso que tenía que volver al día siguiente con nuevos gastos y molestias. Preguntó a algunas personas si sabían de la existencia de ese feriado. Algunas sabían y otras no. Todas ignoraban a que prócer o a que funcionario público se homenajeaba en esa fecha pero, al parecer, a ninguno. A la señora le parecía bien que se recordara a José de San Martín o a Manuel Belgrano que tanta gravitación habían tenido en la Historia Patria, pero nadie le pudo informar quién o  quiénes habían sido los empleados del Estado a cuya dedicación,  mérito o esfuerzos superiores  se recordaba el 27 de Junio. Ella había sido empleada  pública y había trabajado muchísimo con gran esmero. Recordó que había conseguido el empleo porque su padre, que había ingresado previo examen, se había destacado muchísimo y había ascendido paso a paso por sus conocimientos a una posición elevada. Ella había ingresado sin examen a esa oficina pública  porque en ese momento se habían suprimido pero dado el recuerdo que había dejado su padre y que todos dos sabían que en su casa se vigilaba mucho las calificaciones escolares que obtenían los hijos,  pudo ingresar fácilmente.   Comenzó a trabajar con mucha ilusión empujada por la imagen paterna pero gradualmente se dio cuenta que se incrementaba la cantidad de  empleados pero muchos de ellos sabían poco y trabajaban escasamente.  Por el contrario la tarea a su cargo crecía, a veces hasta quedar literalmente aplastada por los expedientes. Finalmente cobró valor y pidió hablar con su jefe y se quejó de tanta labor. Se le explicó que el personal estaba de hecho dividido en dos: Los trabajadores y competentes, y los que no lo eran, y que él tenía que tener el trabajo al día, de manera que, si, en efecto, había mucho más empleados que antes, no tenía más remedio que enviar las tareas solamente a aquellos que las hacían. Si las enviaba a los otros, no se terminaban nunca y el corría el riesgo que lo “levantaran en peso” si eso ocurría. La  señora del relato siguió trabajando con su ritmo  habitual, haciendo lo que podía, y notando también que con el correr del tiempo cada día era más capaz que el grupo entregado a la vagancia.

Se hizo tan notoria la diferencia que creyó llegado el momento de solicitar cubrir una posición que había dejado libre una jefa que había fallecido. Pidió una entrevista con quien revistaba como Jefe del Departamento a quien le espetó un muy bien preparado  discurso sobre sus méritos de muchos años de ardua labor y habilidades. El Jefe del Departamento la escuchó con atención pero lamentablemente le expresó que no podía acceder a su justo pedido porque ese cargo iba a ser adjudicado a otra compañera de trabajo. Nuestra protagonista, desesperada, le dijo que la  persona aludida figuraba en el grupo más atrasado en su tarea y  más inepto. El  Jefe del Departamento le  respondió que en efecto era así, pero él había recibido órdenes superiores y las iba a cumplir. Poco  después la frustrada candidata se enteró que la  nueva jefe mantenía una muy próxima relación con  una importante figura de la  Administración Pública. Para peor de males la funcionaria modelo empezó a recibir día y noche  toda clase de preguntas y pedidos de auxilio de aquella persona que pese a ignorarlo todo, ocupaba un cargo inmerecidamente.

Estos recuerdos le hicieron pensar que nada había cambiado desde el momento en que le dieron el cargo que por su mérito se había ganado a otra persona que no tenía ninguno,  a cuando se sancionó la ley del “descanso” para todos los funcionarios públicos,  sea cual fuere su dedicación o su  esfuerzo. La ley del “descanso” es una ley injusta para  los muchos funcionarios  que cumplen  con su deber y merecen de una  u otra manera ese ”descanso” como premio a su dedicación, conocimientos  o  esfuerzo y no para aquellos que no son acreedores a estimulo alguno. La ley del  “descanso” iguala a todos, sean  buenos o malos. Otorga un feriado que lo paga el contribuyente quién no recibe ese día del Estado la prestación a que tiene derecho pese a haber pagado por ella. El costo  de esa ley hace que aumenten los impuestos fenomenales que padecemos  y  retribuye de idéntica manera a todos, sean funcionarios probos y dignos o a quiénes conversan animadamente en la  oficina mientras no se hace lo que  se debe hacer.  Todos los empleados públicos  nacionales,  según esa ley, tienen derecho a un día adicional de descanso, lo merezcan o no.   Basta ser empleado público  y trabaje o no trabaje, para tener un feriado más que los dependientes de las empresas privadas. Los legisladores de la ley 26.876 no tuvieron en cuenta que los empleados de las empresas privadas no recibieron de la Administración Pública los servicios que se les debieron dar  o sea que pagaron impuestos para que otros “descansaran”, lo merecieran o no.

Todo esto realmente subleva al ciudadano honesto consciente de sus obligaciones para con su Patria que a partir del 4 de Junio de 1943 inició un, al parecer, imparable camino a la decadencia comenzando, con la educación pública. Ese día sin clases ¿en que ayudó a la Argentina? ¿Y tantas otras actividades que no se realizaron en  ese “feriado” adicional?  Lector: La ley 26876 es una ley antiargentina cuya derogación debe ser inmediata. Si queremos  salir de la pobreza y la decadencia, tenemos que trabajar más,  tenemos  que estudiar más y hacerlo  con fervor  nacional, como esos países que se levantaron de la destrucción ocasionada  por haber participado de guerras espantosas y hoy son un ejemplo de prosperidad y de paz. 

 


PrisioneroEnArgentina.com

Julio 2, 2019


 

EL DERECHO DE TRABAJAR Y LA OBLIGACIÓN DEL GOBIERNO DE DEFENDERLO

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 por Juan José Guaresti (nieto)

 

En los últimos tiempos hemos tenido dos huelgas “generales” muy importantes que han perjudicado a todo el país precisamente cuando  mas se necesita aumentar la producción, bajar sus costos y exportar  todo lo que se pueda para crear más fuentes de trabajo genuinas.  No cabe duda que el acrecentamiento de la producción generaría  más ingresos fiscales lo que permitiría bajar la inafrontable carga impositiva que soporta la población. Si no se trabaja, no hay posibilidad que Argentina salga de la crisis que nos asola.
EL DERECHO AL TRABAJO: Consiste en la libertad de ejercer un empleo o actividad útil y como dicen las “Sagradas Escrituras” “Ganaras el plan con el sudor de tu frente”  o sea que cuando hablamos de puestos de trabajo  “genuinos” nos referimos aquellos que constituyen trabajo útil para los contribuyentes, y no a los consabidos “ñoquis” incorporados  a las  administraciones públicas sin demostración  previa de su idoneidad. En una sociedad como la nuestra donde el Estado provee a sus habitantes de servicios de sanidad y retiro,  el   trabajo no es solamente una “libertad” sino también una obligación porque en  caso de necesidad, el Estado, a veces  bien y a veces mal, debe acudir en auxilio del enfermo o de sus familia o del carenciado,  de manera que se supone que esos servicios han sido pagados por adelantado por quienes trabajan. Esta sociedad presupone que los que pretenden sus servicios han hecho algún aporte por ellos y no viven a costillas del esfuerzo ajeno, como lamentablemente  lo hace los vagos y mendicantes que tanto dañan la imagen de nuestras principales ciudades.
EL DERECHO  DE HUELGA:  Consiste en la negación concertada del personal  de la empresa a abstenerse colectivamente  a la prestación laboral para presionar al empleador para obtener mejoras en las condiciones de  trabajo.

EL DERECHO DE HUELGA NO ESTÁ REGLAMENTADO EN ASPECTOS ESENCIALES
El derecho de  huelga ha sido consagrado en nuestra Constitución en el artículo14  bis y en la ley  23.551  de  Entidades gremiales pero como no ha sido reglamentado, nos encontramos con problemas cuyos efectos se experimentan día a día. ¿Qué pasa con  quiénes quieren trabajar y lo hacen en actividades particulares?  No pueden hacerlo porque no tienen medios de  transporte DADO QUE  ÉSTOS HAN ADHERIDO AL PARO. QUIERE DECIR QUE EL SUPUESTO  DERECHO AL  TRABAJO (DERECHO DEBER EN EL CONCEPTO DEL AUTOR)  EN LA PRÁCTICA NO ES TAL  COSA.  En el caso de la huelga del día 29 de mayo pasado  tampoco pudieron trabajar los millones de trabajadores que NO estaban de acuerdo con lo decidido por sus dirigentes gremiales. 
La práctica ha enseñado que estas huelgas que son   ” políticas” en cuanto  no se  ha indicado claramente los motivos que las impulsan, dependen esencialmente de los medios de transporte: Si estos funcionan ,la huelga fracasa. Si los servicios de transporte no funcionan, las huelgas son seguramente un éxito. 
LOS SERVICIOS PÚBLICOS  DE TRANSPORTE NO PUEDEN  PARAR:
El transporte automotor como el transporte de la energía y otros servicios públicos no pueden  detenerse porque responden a necesidades indiferenciadas y perentorias dela comunidad  sin distinción de ninguna especie. El  gobierno  no puede permitir que se corte el servicio por una huelga política  y menos por quienes prestan ese servicio público por una concesión oficial.
No cabe duda que en esas  jornadas difíciles, excepcionales, las Fuerzas de Seguridad deben ser convocadas en pleno para garantizar la completa seguridad de pasajeros y conductores.
EL GOBIERNO  NO PUEDE PERMANECER CONTEMPLANDO ESTE TIPO DE  HUELGAS, MERAMENTE HACIENDO CALCULOS SI VA BIEN O  VA MAL. DEBE DEMOSTRAR QUE VA A DEFENDER  LA LIBERTAD DE TRABAJAR CON TODOS LOS  MEDIOS A SU ALCANCE INCLUYENDO AL CODIGO PENAL  EN SU ARTÍCULO 194 QUE ALCANZA A LOS MEDIOS  DE TRANSPORTE. Me permito recordar que un gobierno democrático está obligado a guarecer los  derechos humanos con la energía que sea precisa, entre los cuáles y muy especialmente se encuentra el derecho a trabajar y ejercer toda industria útil.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Junio 2, 2019


 

EL DERECHO DE HUELGA Y LA LIBERTAD DE TRABAJAR (ARTS. 14 BIS Y 14 DE LA C.N.)  

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 Por Juan José Guaresti (nieto).

 

El derecho de huelga está garantizado por la Constitución Nacional a partir de la Convención  Reformadora de 1957 en el artículo 14 bis,   y consiste en el  derecho que tienen los gremios  a abstenerse colectiva   y concertadamente a la prestación laboral, con  abandono del lugar de tareas, como  forma de presión sobre la voluntad del empleador, con  el propósito de conseguir un beneficio mediante la sanción de una nueva disposición legal o la reforma de una ya vigente. La reforma constitucional anterior o sea la efectuada en 1949, no había establecido el derecho de huelga.
La huelga es un derecho que ejercen  las asociaciones sindicales por medio de sus autoridades y  se supone que hay una confrontación entre la empresa y sus  empleados o sea un conflicto  en que existen intereses claramente contrapuestos. Esto parece sencillo hasta que lo comparamos con el artículo  14 dela Constitución Nacional que garantiza a los habitantes el derecho a trabajar, ejercer toda industria lícita y transitar libremente. ¿Qué pasa cuando  la huelga de los empleados perjudica claramente a terceros ajenos a los intereses en pugna ? Supongamos que se declara una huelga en los subterráneos por cuestiones de salarios o  condiciones de trabajo? No solamente la parte empleadora puede ser perjudicada sino los usuarios de  ese medio de  transporte que se ven obligados a buscar otra forma de alcanzar su destino, solución  que es generalmente peor o más cara o más incómoda que la habitualmente usada. Quiere decir que el derecho de huelga que ejercitan algunos puede  degradar o literalmente destruir los derechos constitucionales no menos legítimos que los que  tienen los trabajadores involucrados en un conflicto con sus empleadores. ¿Qué libertad de trabajar tiene el dependiente ajeno a una disputa entre una empresa y sus trabajadores, que debido a ella con grave dificultad llega a su trabajo y con no menor esfuerzo retorna a su casa? Si consigue llegar a su lugar habitual de tareas luego de sortear distintos obstáculos, lo más probable es que arribe  bastante cansado y que el retorno al hogar sea otra hazaña.
En la concreta experiencia del habitante del gran Buenos Aires que muchas veces tiene que tomar dos  medios  de transporte para ir de su casa al trabajo, no le es fácil  ni  económico  sustituir el medio que no funciona por una huelga, por otro. En los casos de personas de cierta edad la situación se agrava aún más. En la ley  23.551 de Asociaciones Sindicales  que reglamenta las entidades gremiales se garantiza el derecho de huelga en su artículo 5to.l inciso d) pero no se dice nada más. En  nuestro parecer se debería dictar un  decreto reglamentario por el Poder Ejecutivo que ponga límites a los involucrados en una disputa gremial,  de manera que no afecte la libertad de trabajo de  quienes no están vinculados a ese conflicto,  sean profesionales,  otros trabajadores, técnicos, empresarios o personas que quieran transitar de un lado a otro. La Constitución no puede interpretarse de una  manera tal que una  garantía constitucional  sirva para degradar a  otra.
LA EXPERIENCIA DE DÍAS PASADOS:
Tuvimos un paro general de actividades  que incluyo desde luego los medios de transporte. No cabe duda que como cese de actividades fue un éxito para quienes lo decidieron,  pero cabe preguntarse: ¿Si hubiera habido real libertad de transporte que hubiera pasado? También cabe hacerse otra pregunta: ¿Los cientos de miles de perjudicados por la carencia de forma  de llegar a su lugar de destino estaban de acuerdo o fueron consultados de alguna manera antes de  tomarse la medida de fuerza? La respuesta negativa se impone. Da la impresión  que amen de los tres poderes del gobierno, en la Argentina  tenemos cuatro porque quién esté en condiciones  de impedir el funcionamiento de los medios de transporte,  puede detener al país.
LOS PAROS JUDICIALES: 
Es bastante común que en la Capital de la República se produzcan paros judiciales, lo que desde el punto de vista constitucional, es una intolerable  anomalía. El Poder Judicial no puede parar porque precisamente es un Poder del Gobierno y este debe  prestar su servicio  a la comunidad sin otros intervalos que el imprescindible descanso. No se le puede negar Justicia a nadie, nunca.  Aquella última, es esencial para la marcha de una Nación Republicana y si los litigantes tienen sus expedientes sin avanzar por una huelga, ese día o esos días, no tuvieron Justicia. En vez de tres Poderes del Gobierno, como en la clásica definición del Charles de Secondat, Baron de Montesquieu, cuando hay huelga judicial, hay solamente dos. Por supuesto que si los integrantes del Poder Judicial no reciben su retribución tienen derecho a no prestar servicios, pero  otro tipo de cuestiones difícilmente  puedan ser aceptadas.

 


prisioneroEnArgentina.com

Mayo 26, 2019


 

INVICTUS

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 Por JUAN JOSÉ GUARESTI

 

Estimado Prisionero:

He pensado mucho en las penosas circunstancias que lo aquejan igual que a muchos otros y pensé que no le vendría mal ni a a Ud. ni a ellos publicar una traducción que hice propia y desde luego, la original de “INVICTUS ” el poema de William Ernest Henley . Esta pieza poética animaba las horas y el temple de Nelson Mandela, preso en la Isla Robbard  en Sudáfrica  durante más de 20 años por  ser enemigo de la segregación racial en su patria.

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Henley

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Mandela

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Eastwood

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Freeman

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Damon

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Mandela salió de la cárcel decidido a unir a blancos y negros y terminar con los odios existentes,  olvidando las penurias que personalmente había sufrido. Sobre ese aspecto  de la vida  de Mandela se hizo una vista  de cine, “Invictus”, dirigida por Clint Eastwood y protagonizada por Morgan Freeman y Matt Damon.  Mandela había concebido la idea que el equipo de rugby Springbooks, hasta ese momento símbolo de la supremacía blanca, podía ser, y lo logró, que a partir del encuentro deportivo  que se relata en el film, fuera un  factor de unión y de paz y símbolo de una  nueva nación. Desde ya le informo que mi traducción es una de tantas que se han hecho sobre el tema.

Juan José Guaresti (nieto)          

[ezcol_1half]

Desde la noche que me cubre,
negra como un abismo interminable,
agradezco a los dioses que fueran,
por mi alma inconquistable.

En la cruel garra de las circunstancias
No he retrocedido ni llorado
Sometido a los golpes del destino
mi cabeza sangra, pero está erguida.

Más allá de este lugar de ira y lágrimas,
se yergue el horror de la sombra,
y no obstante la amenaza de los años, 
me encuentra y encontrará sin miedo.

No importa cuán estrecha sea la puerta,
cuán cargada de castigos la sentencia
soy el amo de mi destino,
soy el capitán de mi alma.

(Guaresti)

[/ezcol_1half] [ezcol_1half_end]

Out of the night that covers me,
Black as the pit from pole to pole,
I thank whatever gods may be
For my unconquerable soul.

In the fell clutch of circumstance
I have not winced nor cried about
Under the bludgeonings of chance
My head is bloody, but unbowed.

Beyond this place of wrath and tears
Looms but the horror of the shade,
And yet the menace of the years
Finds and shall find me unafraid.

It matters not how strait the gate,
How charged with punishments the scroll,
I am the master of my fate:
I am the captain of my soul.

(Henley)

[/ezcol_1half_end]

 


PrisioneroEnArgentina.com

Mayo 19, 2019


                                                                                                                                                             

La importancia del funcionamiento de los tres Poderes para la economía argentina

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En una entrevista radial concedida al periodista Jorge Victorero para Multimedios Prisma, Juan José Guaresti expresó su punto de vista acerca del mal funcionamiento de las instituciones nacionales y de la importancia que tienen tanto el Poder Legislativo como el Judicial a la hora de plantearnos cuestiones económicas. También manifestó su preocupación por la inseguridad jurídica que se vive hoy en el país y el impacto que esta tiene sobre la economía. Otro de los puntos destacados de la conversación fue, de cara a las próximas elecciones en el mes de agosto, la importancia de la implicación ciudadana a la hora de votar, es decir, que cada ciudadano se informe sobre los candidatos para saber a quién está eligiendo como su representante en el Congreso.  

La entrevista comenzó con una detallada explicación del Dr. Guaresti acerca de la idea que muchos argentinos tienen sobre quién gobierna el país y cuáles son las causas de la delicada situación económica actual: “Mientras muchos se limitan a hablar de la Administración Pública Nacional, es decir, del Poder Ejecutivo, se olvidan que la Argentina está gobernada por tres poderes: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial”.
Estos poderes, según Guaresti, también  están involucrados en los problemas económicos que atraviesa el país. Con respecto al Poder Judicial, la pregunta que siempre nos hacemos es si está cumpliendo su función correctamente, pero para el Dr. hay otra cuestión: “A mi entender —es un punto de vista perfectamente opinable—todas las sentencias deberían ser resueltas por jurados porque generalmente son imparciales”. Puede ser que algún miembro del jurado sea influenciado, pero si ocurriera sería solo una vez porque ese mismo jurado no puede volver a constituirse. Por otra parte, también hizo referencia a la inseguridad jurídica que existe en el país y que está muy relacionada con la tensión económica actual —el ejemplo citado fue el de Daniel Montamat, Director de YPF, quien manifestó que para el normal funcionamiento de Vaca Muerta es necesaria también la estabilidad jurídica—.
En cuanto al Poder Legislativo, la opinión de Guaresti fue categórica al expresar que es uno de los responsables de la situación actual de la Argentina debido a que debe ser el encargado de revisar el Presupuesto Anual que presenta el Poder Ejecutivo y, si la situación lo amerita, no permitir su aprobación. Si quienes están encargados de votar por la aprobación o no del Presupuesto —y los gastos exorbitantes que este suele contemplar— no cumplen su función, el Estado “gasta mucho y mal”. La Argentina gasta más de lo que puede gastar y esto provoca, por tanto, el aumento de precios, la implementación de nuevos impuestos y el aumento de los ya existentes. 
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Así las cosas, Guaresti considera que “si se quiere bajar la inflación, hay que dejar de hablar de planes económicos y hay que hablar, entre otras cosas, del mal funcionamiento del Congreso. Todos hablan de planes económicos, ¿pero qué mejor plan económico que la Constitución? La Constitución no autoriza gastos exorbitantes ni impuestos que la gente no pueda pagar”. La confianza y la estabilidad jurídica son, como se mencionó anteriormente,pilares esenciales para el  desarrollo económico y para conseguir la estabilidad de precios, pero no es posible alcanzarlas si tanto el Poder Judicial como el Legislativo están mal conformados.
Los vaivenes del dólar no estuvieron ausentes en esta conversación: consultado acerca de las medidas tomadas para controlar el valor de esta moneda, Guaresti recalcó que aumentar las tasas de interés solo provoca la disminución de las posibilidades de crecimiento, lo que lleva también —dado el contexto inflacionario en el que vivimos— al aumento de la pobreza.
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Esta cuestión condujo nuevamente al papel que juega el Congreso en la actualidad argentina: ¿está integrado realmente por personas idóneas, preparadas para cumplir sus funciones correctamente? El ejemplo citado por el Dr. fue el de los LEBACS: “Durante la administración actual se emitieron un billón de LEBACS y el Congreso, cuya función es evitar este tipo de situaciones, no alzó la voz”. También recordó el rol del Congreso en la existencia de “impuestos desafinados” a los que deben que hacer frente los argentinos en la vorágine económica de hoy y la imposibilidad —en muchos casos— de quitarlos, porque los gastos ya están emitidos y hay que solventarlos. El Congreso es, para Guaresti, el responsable de haber aprobado, en primer lugar, un Presupuesto con gastos exorbitantes y sin justificación, lo que llevó luego a la creación de nuevos impuestos y a la suba de los ya existentes.
El gasto público es, por lo tanto, uno de los temas más importantes a tener en cuenta a la hora de evaluar las medidas y políticas a tomar para encaminar la situación económica del país. En países como Estados Unidos, menciona Guaresti, el gasto público se cuida al centavo, pero no es lo que ocurre acá. La suba del dólar en la Argentina —con todos sus matices— “es responsabilidad del Poder Ejecutivo, pero no menos responsable es el Poder Legislativo, un Poder Legislativo mal conformado. Lo grave son los gastos exorbitantes provocados por un presupuesto mal concebido y no estudiado por el Poder Ejecutivo que después aprobó el organismo capaz de detenerlo y de decir que no, el Congreso”. 
El análisis se trasladó a la situación electoral de la ciudadanía y su implicación a la hora de votar. El Dr. Guaresti considera que la gente no se informa, por ejemplo, sobre los candidatos a diputados y senadores, queserán luego quienes los representen en el Congreso. Así, “les otorgan un ‘cheque en blanco’ sin saber si son idóneos para cumplir con la función que les corresponde y pasan a conforman las llamadas listas sábana. Esto es lo que ocurre cada vez que hay elecciones en la Argentina, la gente va a votar a ciegas y de esta manera se forma el ‘elenco’ de la Cámara de Diputados, una Cámara que tiene gran influencia en nuestra vida porque, entre otras cosas, la implementación de los impuestos empieza allí”.
Por último, consultado sobre los anuncios realizados con nuevas económicas, Guaresti remarcó que, en realidad,hoy lo más importante es organizar una Cámara de Diputados elegida por el pueblo, lo que implica que “de cada circunscripción salga un solo diputado.Solo así se van a terminar las listas sábana.De esa forma, la gente de cada circunscripción va a tener la posibilidad de saber a quién está votando, va a conocer al candidato y va a poder decidir a partir de sus capacidades y no por una lista de partido”. El mensaje es claro. Los ciudadanos deben tomar conocimiento de los candidatos para así votar informados, para no darles “un cheque en blanco” a nombres que aparecen en una lista:“si lo seguimos haciendo, no podemos quejarnos después de la inflación, de la pobreza o del subdesarrollo”. Ante la pregunta final de Victorero — “¿Ve alguna luz para modificar esta situación?”—, Guaresti repitió su postura: “Saldremos de esta situación cuando los ciudadanos dejen de votar en blanco, cuando se digan ‘no le doy un cheque en blanco a nadie más’; ese día la Argentina saldrá adelante”.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Mayo 14, 2019


 

La Comisión Nacional de Valores fue denunciada ante la Presidencia de la Nación por encubrir cientos de delitos

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EL 27 de Febrero pasado se denunció ante la Presidencia de la Nación Argentina (Expte. Ex-2019-11967216-APN-CGD#SGP) a los integrantes de la dirección de la Comisión Nacional de Valores por encubrimiento y violación  de sus deberes de funcionarios públicos, en cientos de delitos.

ANTECEDENTES DE LA DENUNCIA:
El 5 de Octubre de 2016  se había denunciado ante la Comisión Nacional de Valores que una entidad privada, la Caja de Valores S.A que depende de aquella, en connivencia con el Ministerio de Economía defraudó a miles de acreedores del Estado pagándoles sentencias judiciales entregándoles menos de lo que les correspondía desde  fines de 1997 hasta, por lo menos el  10/12/2015. La Comisión Nacional de Valores cuyo directorio está integrado por Marcos Ayerra, Rocío Balestra, Patricia Boedo, Martin Gavito y Carlos Ourbeight no ha hecho absolutamente nada en tan prolongado periodo  de tiempo para esclarecer cientos de delitos pese a habérseles entregado profusa cantidad de pruebas. Quienes dirigen a la Comisión Nacional de Valores están encubriendo, en consecuencia,  cientos de actos ilícitos sin perjuicio de violar sus deberes como funcionarios públicos. Es por esa razón que el autor se vio obligado a recurrir ante la más  Alta Autoridad de la República el día 27 de febrero y denunciar los hechos delictivos perpetrados por la Caja de Valores S.A. y su socio el Ministerio de Economía, que la Comisión Nacional de Valores debió investigar y esclarecer y no lo hizo. Estamos seguros que el Primer Magistrado pondrá las cosas en su lugar.
LAS ESTAFAS INVOCADAS:
La Caja de Valores S.A y el Ministerio de Economía multiplicaban ilegalmente por un coeficiente inventado inferior a la unidad,  desde el cuarto trimestre de 1997  la cantidad que debía pagárseles a acreedores del Estado comprendidos en la ley 23. 982 y que habían ganado juicios contra aquel, pagaderos en bonos públicos con sentencias firmes. Esa multiplicación  reducía proporcionalmente la cantidad a pagar. Este procedimiento se ha llevado a cabo durante unos 18 años y son  miles los damnificados. Tanto la  Caja de Valores S.A. como el Ministerio de Economía fueron denunciados periodísticamente por estos hechos no menos de quince veces, sin resultado alguno. Cabe preguntarse: ¿quién se quedó con la suma retenida? La cantidad de dinero defraudada es inmensa y exige saber en qué bolsillo se encuentra ¿Se la quedó la Caja de Valores S.A. que es una sociedad anónima de propiedad privada como “justa” retribución a sus ilegales servicios o quizá la compartió con el Ministerio de Economía?: La participación del Ministerio de Economía en los juicios en trámite y su silencio ante las denuncias periodísticas como su injerencia en distintos juicios donde estas cuestiones se debatieron, demuestran su vinculación con la estafa. ES ESENCIAL SABER DONDE FUE EL DINERO.
¿COMO SE DESCUBRIÓ LA DEFRAUDACIÓN?:
En los autos: “Carril, Juan Manuel y  otros  c/ Producciones Argentinas de Televisión S.A. que tramita por ante el Juzgado Nacional del Trabajo Nro.21, expte. Nro.16.697/84, un abogado inquieto quiso averiguar cómo calculaban  la Caja de Valores S A… y el  Ministerio de Economía los valores que pagaban a sus clientes y obtuvo  un cuadro y un dictamen emanados de dos personajes que resultaron ser de los más acendrados defensores de la defraudación, pero cuyo análisis cuidadoso permite descubrir los delitos cometidos. Sus autores fueron el Director de Administración de la Deuda Pública y el Subgerente de legales de la Caja de Valores. Ambos intentaron engañar a Magistrados, abogados y público, varias veces con éxito. El monto  de lo que había que pagar a los  acreedores en el caso mencionado eran 21.090 bonos ley  23.982  pero la decisión era pagar solamente el 77 % de esa cifra y quedarse con el 23% restante para ellos o sus mandantes.  ¿Cómo lo hicieron?  Con asombrosa sencillez: Tomaron directamente  de la suma que debían pagar, el porcentaje que tenían fijado cobrar para ellos  o sus mandantes y se lo guardaron  porque los acreedores de bonos surgidos de sentencias judiciales, no saben nunca cuánto es la cantidad de bonos que tienen que percibir. Si el lector no sabe lo que tiene que cobrar de una operación como ésta, en la que nadie le informa cuanto se le debe en concepto de bonos y de cupones y confía ciegamente en la honorabilidad de la Caja de Valores S.A.  O en el Ministerio de Economía,  cobra lo  que le dan y se va muy contento. No vamos a aburrir al  lector  con los cálculos que debimos hacer para  enterarnos de la actividad de los malhechores denunciados aquí, aunque los pusimos en conocimiento del Primer Magistrado. 
LA  “CAJA DE VALORES S.A.” HA PROPORCIONADO A LA PARTE DENUNCIANTE LA PRUEBA DE LOS DELITOS COMETIDOS POR LA “SOCIEDAD” QUE TIENE CON EL MINISTERIO DE ECONOMÍA:
La Caja de Valores S.A. está confesa de los hechos que se le imputan porque en las copias que  presentaron como prueba en distintos expedientes judiciales consta la cantidad de Bonos que se debió entregar según las planillas oficiales y, puesto a mano, la cantidad que se les pagó realmente, desde luego inferior a lo que se debía pagar. Estas planillas prueban la comisión  de la estafa. Las copias  de las planillas oficiales, acompañadas, por ejemplo en los casos: “Albano, Carlos Alberto y otros c/Dicon Difusión Contemporánea S.A. s/cobro de pesos” Expte. Nro.9914/88 y “Albano,  Carlos Alberto y otros c/Jefatura de Gabinete de Ministros” Expte. Nro.14.674/05, “Lozano, Javier Pablo y otros c/jefatura de Gabinete de Ministros s/otros reclamos-nulidad administrativa, Expíe. Nro.26.667/2005, “Paratcha, Carlos y otros  c /Producciones Argentinas de Televisión S.A. s/ cobro de salarios Expte.Nro.38.167/80”, “Barulich, Carlos A. y otros c/Argentina y Televisora Color L.S.82 Canal 7 ¨S.A. E.L. s/otros reclamos”expte.Nro.15.085/05, y muchos otros más,  por la Caja de Valores S.A, indican las cifras correctas de lo que se debía pagar a los actores pero , más abajo, escritas “a mano”, obran las cifras que se les pagó en función del manipuleo conocido, para quedarse con el  saldo. Esas copias fueron  presentadas judicialmente en los autos respectivos por la Caja de Valores S.A  de manera que su autenticidad es indiscutible. Estos expedientes  y otros más GARANTIZAN LA CULPABILIDAD DE  QUIÉNES PARTICIPARON  O ENCUBRIERON ESTA ESTAFA DE MAGNITUD COLOSAL.
LA DENUNCIA DEL 5 DE OCTUBRE  DE 2016 Y POSTERIORES, EFECTUADAS INFRUCTUOSAMENTE ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES:
Se denunció a la Comisión Nacional de Valores el 5 de Octubre de 2016  los hechos sucintamente reseñados explicados en el acápite precedente.  Luego de  dos años y medio  de haber presentado la denuncia de la defraudación describiendo cuidadosamente los hechos que demuestran lo que se le imputa a la Caja de Valores S.A. y al Ministerio de Economía, que por otra parte tuvieron una previa y profusa difusión periodística durante seis años antes de esta  denuncia y después, la Comisión Nacional de Valores no ha obtenido de los Juzgados indicados en la denuncia y ampliaciones posteriores, copia de los expedientes judiciales de donde surgen los hechos denunciados.  Esta inacción durante dos años y medio  de presentada la denuncia administrativa y seis años previos (y algunas posteriores) de denuncias periodísticas que no fueron rechazadas por nadie,constituye el delito de encubrimiento porque el ilícito descrito en el artículo 277 del Código Penal se configura cuando se ayuda a alguien a eludir la acción de la justicia. No investigar de inmediato actos notoriamente ilícitos como los cometidos por los funcionarios de la Caja de Valores P.a. el Ministerio de Economía no es una mera falta administrativa. Es una inacción objetiva que conduce al reproche penal. Por lo demás ese delito de encubrimiento lo han cometido funcionarios públicos que están  perfectamente enterados de lo ocurrido por las pruebas acompañadas con la denuncia. Tenían la obligación de poner en conocimiento de lo acontecido a las autoridades judiciales criminales competentes, sin perjuicio de investigarlos administrativamente sobre la base de las pruebas ofrecidas y acompañadas por el denunciante y no lo hicieron. La única razón es  que tenían la certeza de que estaban en presencia de una larga serie de delitos que tenían la obligación de denunciar pero  decidieron encubrir a sus autores. Cuando se tiene como la Comisión Nacional de Valores la obligación de  cuidar la transparencia y honestidad del Mercado de Capitales que tiene inmensa  importancia en el desenvolvimiento de la Nación, se debería, de  inmediato,  haber extremado la diligencia para saber si la acusación contra la Caja de Valores S.A. tenía sustento serio o no lo tenía. NADA HICIERON. La  consulta con los  expedientes judiciales ofrecidos debió ser instantánea. En la denuncia contra la Caja Nacional de Valores S.A. y después de ella, se acompañaron también  copias de once publicaciones periodísticas en que se relataron los mismos hechos que obran en la denuncia. Se trata de un tema público que debió encararse con absoluta  premurapara averiguar su veracidad pero nada se hizo porque se estaba decidido a encubrirlo. La escandalosa inacción de la Comisión Nacional de Valores culmina con el artículo aparecido en el Informador Público del 9 de Octubre de 2017 titulado: “LA COMISIÓN  NACIONAL DE VALORES ESTA ENCUBRIENDO UNA DEFRAUDACIÓN GIGANTESCA” firmado por el suscripto. Este artículo lo presentamos en la mesa de entradas de la Comisión Nacional de Valores acompañado de una nota para que los funcionarios de este organismo del Estado no tuvieran ninguna duda de los actos ilícitos que se le enrostraban y de nuestra determinación de obtener la verdad y garantizar la sanción de estos hechos ilícitos. Fue enviado además a miles de direcciones electrónicas de personas físicas y jurídicas que reciben usualmente la producción periodística del suscripto. Por de pronto lo reciben todos los accionistas tanto de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires S.A. como los del Mercado de Valores S.A. Ni así se movilizó la  Comisión Nacional de Valores para obtener las pruebas ofrecidas por mi parte.
CAMPAÑA PERIODISTICA: Se transcribe a continuación algunos de los trabajos de prensa escrita en donde estos hechos  se relataron y los órganos y las fechas donde aparecieron.

19/10/2011   “Sospechoso incumplimiento en los pagos que efectúa la Caja de Valores S.A. en nombre del Estado”.   Informador Público

11/12/2013   “El Ministerio de Economía defrauda a los acreedores del Estado”. Informador Público

2/5/2015  “Denuncia contra el Ministerio de Economía presentada a la Auditoría General de la Nación por quedarse con bonos de los acreedores del Estado”. Informador Público

14/11/ 2016 “Defraudación Multimillonaria del Estado” La Botella al Mar

 09/10/2017 “La Comisión Nacional de Valores está encubriendo una defraudación gigantesca”  Informador público  

12/12/2017 “Se va a terminar la impunidad del Ministerio  de Economía y de la Caja de Valores S.A. porque sus estafas reiteradas son del dominio público”  Informador Público

 


PrisioneroEnArgentina.com

Marzo 28, 2019


 

Se debe modificar con toda premura la ley de obras sociales

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 Por JUAN JOSE GUARESTI 

No existe, que se sepa, un organismo imparcial que controle la calidad de las prestaciones ni su costo. Los empresarios, que aportan el doble que sus empleados, se limitan a pagar.

 

Las obras sociales fueron creadas por el decreto ley 18.610 en febrero de 1970 con el propósito principal de brindar asistencia médica en forma orgánica a sectores de pocos recursos que estuvieran comprendidos en convenios colectivos de trabajo.

Hasta ese momento acudían a la asistencia pública constituida por hospitales que dependían del Estado (sea este municipal, provincial o nacional), o la brindada por sanatorios privados o instituciones de seguro médico (prepagas) que eran optativas para un público de mayor poder económico y algunas obras sociales de origen gremial.

El gobierno estableció por este decreto ley en forma obligatoria un aporte mensual sobre los sueldos y salarios que debían pagar empleadores y empleados a las obras sociales de los sindicatos que las tuvieran u organizarlas en caso contrario. La administración estaba exclusivamente a cargo de los sindicatos.

El rol de los empleadores estaba reducido exclusivamente a retener los aportes de los afiliados y entregar sus propias contribuciones pero en manera alguna a participar en la administración de esos fondos o ejercer sobre ellos contralor alguno.

Era un desatino evidente que los aportantes mayoritarios de los importes con los cuales se iban a pagar buenas partes de las prestaciones médicos asistenciales no pudieran intervenir en su administración. Era incomprensible que esos aportantes, que tenían un interés grandísimo en la salud de sus trabajadores, no puedan ejercer control alguno en la calidad de las prestaciones que recibían, pero así fueron las cosas… y así siguen siendo. En Esta materia no hemos cambiado nada.

HACE 50 AÑOS

En aquel momento, en la Capital de la República y otras ciudades funcionaban -y funcionan- nosocomios de alta calidad científica y fama internacional que han dado justo renombre a las medicina argentina pero evidentemente no era suficiente. El sistema elegido, en cuanto no participaban de la conducción de las obras sociales los empleadores, tenía una falla gravísima que ha menguado notablemente el éxito que habría tenido si hubiera estado sometido a los controles propios de la empresas privadas, adapatados a las circunstancias. Para dar un ejemplo, no parece lógico que habiendo solamente dos socios la presidencia no fuera alternativa.

Con la creación de la Obras Sociales, cada trabajador en relación de dependencia aportaba el 1% de su sueldo y el empleador el 2% del mismo. Tenían derecho a las prestaciones, el personal asalariado aportante más su cónyuge, los hijos menores de 18 años y las hijas menores de 21. No se tuvo noticias a la sazón sobre la base de qué cálculos se había establecido el costo de los servicios santitarios ni dónde se iban a realizar.

El decreto reglamentario de la ley del 18 de octubre de 1971 aclaró la cuestión de las prestaciones, pero nada de su costo… De ninguna manera que sepamos nunca hubo ninguna estimación ni cálculo alguno que estableciera siquiera estimativamente el costo de los servicios a prestar y si los ingresos alcanzaban para pagar los egresos, falencia importante que se mantiene hasta ahora.

Los aportes aludidos se entregaron a los sindicatos que dieron servicios que fueron mejorando con el tiempo. Cincuenta años después del decreto ley de marzo de 1950 está claro que es conveniente echar una mirada al sistema con el propósito de examinar cómo ha mejorado -si es que lo ha hecho- la atención de la salud de la población comprendida en las convenciones colectivas de trabajo. Y cuál es la situación del resto de los argentinos. Sin duda, la pobreza que nos aflige tiene origen en parte en la salud deficiente de parte de la población. Resulta urgente llevar a cabo un censo sanitario, que comprenda, naturalmente, a los inmigrantes.

CONCLUSIONES

Así las cosas, el decreto ley 18.610 originario tenía una base equivocada, en cuanto a que todos los aportes van directamente a las manos de los dirigentes sindicales y no a una suerte de binomio obrero-patronal. O sea, no existe contralor: en la práctica ni los afiliados ni tampoco los contribuyentes empresarios pueden intervenir en nada de lo que ocurra en la obra social, es un coto sindical. No existe, que se sepa, un organismo imparcial que controle la calidad de las prestaciones ni su costo. Los empresarios, que aportan el doble que sus empleados, se limitan a pagar.

La salud de los trabajadores no sólo es importante para él mismo y para su familia, también es crucial para la empresa y para toda la sociedad, vía productividad.

La ley 23.660, actualmente vigente, no mejoró en nada la situación, sino que seguramente la empeoró. Es lo que siempre pasa cuando los controles son deficientes.

 

Juan José Guaresti es Abogado laboralista, dirigente del Partido Demócrata. Conferencia en el Rotary de Buenos Aires.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Enero 23, 2019


 

La Jefatura de Gabinete de Ministros defiende causas ilegales  

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 Por Juan José Guaresti (Nieto)

 

Ocho años atrás se descubrió que la Caja de Valores S.A., con la connivencia del Ministerio de Economía, se quedaba con una parte de los bonos que debían ser entregados a decenas de miles de acreedores del Estado que habían ganado juicios pagaderos con bonos públicos. Esta “práctica”  se llevó a cabo desde el cuarto trimestre de 1997 hasta, por lo menos, el 10/12/15. Sobre este particular hemos publicado muchos trabajos en la  prensa radial,  televisiva y escrita; recuperamos aquí algunos de esos títulos para poner en conocimiento a los lectores: “Se va a terminar la impunidad del Ministerio de Economía y de la Caja de Valores S.A. porque sus estafas reiteradas son del dominio público”,  “El Ministerio de Economía y la Caja de Valores S.A. se han unido para defraudar a los acreedores del Estado pagándoles menos bonos públicos de los que les correspondían”, “Denuncia contra la Caja de Valores S.A”, “Denuncia contra el Ministerio de Economía presentada a la Auditoría General de la Nación”, ”Sospechoso incumplimiento  en los pagos que efectúa la Caja de Valores S.A. en nombre del Estado”, “El Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema miente para ocultar una estafa colosal”, entre tantos otros.

Apenas se recuerda ya todo lo hecho en la materia, que ha resultado virtualmente en vano porque ni el Ministerio Público ni los organismos  gubernamentales con competencia en estas cuestiones han asumido la participación que les corresponde para dar por terminada esta gigantesca defraudación. No les interesa. Pero más alarmante resulta que La Jefatura del Gabinete de Ministros haya defendido y defienda judicialmente causas promovidas contra el Estado  —por los  motivos arriba enunciados— en las que no cabe duda de que al menos una parte de lo demandado por los acreedores fue ilegalmente no pagado por la Caja de Valores S.A., entidad que actúa en nombre del Ministerio de Economía.  Está claro, por tanto, que ni siquiera el propio Estado rechaza asumir defensas contra la ley. Cuando un pleito se pierde, el que paga es el Estado y no la Caja de Valores S.A., la entidad que pagó de menos a acreedores con sentencias firmes a su favor. Lo que se conoce es que, aparentemente, esta entidad privada se   quedó con el dinero no pagado a los acreedores. Volveremos sobre este tema.

Es por estos motivos que el 26 de noviembre de 2018 hemos hecho la correspondiente denuncia a la Jefatura del Gabinete de Ministros con el propósito de que abandone el patrocinio de estas causas. Resulta inaceptable que, pese a las pruebas  indubitables presentadas en distintos litigios,  la Jefatura del Gabinete de Ministros no se haya puesto al corriente de que cuando interviene en una de estas controversias promovidas por los acreedores burlados en sus legítimos derechos —total o parcialmente—, la beneficiaria de su actuación termina siendo, formalmente, la Caja de Valores S.A., una entidad privada. Como manifestamos en la denuncia, tampoco “[…] resulta aceptable que la Jefatura del Gabinete de Ministros defienda judicialmente estafas perpetradas.”, es inconcebible la idea de que se defiendan causas cuyo origen es un delito. Quien suscribe, por lo tanto,  “[…] no puede  entender  que si justificadamente la Caja de Valores era quien hizo pagos insuficientes a decenas de miles de personas, no fuera convocada a juicio por la Jefatura del Gabinete de Ministros como parte interesada y se la hiciera intervenir en la acción”, así como tampoco es aceptable que “[…] no se la citara por la Jefatura del Gabinete de Ministros  a hacerse  cargo de los pagos mal hechos”. En la denuncia, decimos algo que resulta obvio: no es justo que sabiendo como son las cosas, la Jefatura del Gabinete de Ministros continúe actuando como si  nada y afronte los pagos de los delitos perpetrados por ajenos. De esta forma, la Jefatura del Gabinete de Ministros defiende causas ilegales

Ignoramos si la Jefatura del Gabinete de Gobierno es “parte” de la “entidad” formada por la Caja de Valores S.A. y por el Ministerio de Economía,  pero en caso de no serlo —que  es lo más probable, y que ninguno de sus funcionarios obtenga beneficio de esto—,  no resulta aceptable que defienda judicialmente estafas perpetradas por los mencionados protagonistas, como también es inexplicable que ignore lo sucedido después de todo lo dicho y publicado por quien suscribe durante más de ocho años.

LA ESTAFA REALIZADA POR  LA CAJA DE VALORES S.A.

Desde septiembre de 1997 hasta el 10/12/2015 —o seguramente una fecha posterior—, La Caja de Valores S.A no entregó a sus legítimos acreedores una parte de los fondos públicos que el Ministerio de Economía decía poner a su disposición para pagar sentencias judiciales dictadas en pleitos perdidos por el Estado y pasadas en autoridad de cosa juzgada a favor de los demandantes. Se ignora aún el destino que han tenido dichos fondos o quién se ha quedado con ellos.  Lo que sí se sabe es que, en los hechos, la Caja de Valores S.A. modificó el  resultado  de miles de sentencias judiciales en perjuicio de miles de  acreedores a quienes no pagó lo que estipulaban las planillas enviadas por la Secretaría de Hacienda para dicho fin, sino cantidades menores. La Caja de Valores S.A. está confesa indirectamente de los hechos que se le imputan porque en los expedientes judiciales que ofreciera como  prueba en las denuncias efectuadas a la Comisión Nacional de Valores consta la cantidad que debió ser entregada según las planillas oficiales —emitidas por la secretaria de Hacienda— y la cantidad que se pagó realmente —inferior a la  debida—. Estas pruebas, en las que consta la presencia de una  “mano” que indicó lo que se les debía pagar ilegalmente a los actores —tal como ocurrió—,  fueron acompañadas en muchos expedientes judiciales por la propia Caja de Valores S. A., de manera que su valor probatorio es TOTAL.  Existen otras pruebas no menos definitorias de la culpabilidad de la Caja de Valores S.A. en la defraudación invocada. Lamentablemente,  en  los juicios iniciados por quien suscribe, algunos con sentencia firme y otros en trámite, la Jefatura de Gabinete de Ministros de la República Argentina desde por lo menos el año 2005 interviene por de haberse hecho cargo de empresas en liquidación expedientes

Participación del Ministerio de Economía en la estafa

Sin duda, el Ministerio de Economía tiene en esta gigantesca estafa una injerencia mayor a la de la Caja de Valores S.A. Si bien esta última fue la que dio la cara frente a los acreedores e hizo la multiplicación por el “valor residual” para pagar de menos, quien manejó la defraudación perpetrada por la Caja de Valores S. A. fue el Ministerio de Economía. Es inconcebible que una institución como la Caja de Valores S.A. —que no tiene poder de decisión porque depende de dos empresas mucho más importantes que son las que verdaderamente la dirigen— pueda manejar al Ministerio de Economía. Esto es tan cierto como aquella que dice que “el perro mueve la cola, no la cola al perro”.

Dicho Ministerio, a partir de su actuación en distintos juicios —dando explicaciones matemáticas que no resisten el análisis de un perito mercantil— demostró un gran interés en la resolución de estos y en engañar a los Magistrados Judiciales, cuyas incumbencias profesionales no les permitieron dilucidar cuestiones contables vinculadas con bonos y cupones. Estos fueron literalmente robados. Un ejemplo de estas actuaciones son las brindadas en los autos “Carril, Juan Manuel y otros c/Producciones Argentinas de Televisión P.a./cobro de pesos” —en trámite ante el Juzgado Nacional del Trabajo Nro. 21— o “Cudemo, Claudio Oscar y otros c/ Producciones Argentinas de Televisión S.A. s/cobro de pesos” —tramitada ante el Juzgado Nacional del Trabajo Nro. 44—.

Asimismo, la intervención personal del Director de Crédito Público  en causas como “Reynoso, Roberto y otros c/ Dicon Difusión Contemporánea S.A s/cobro de pesos” consiguió dejar sin efecto la cosa juzgada por una sentencia diametralmente opuesta. Seguramente el lector quiera preguntarle al autor de este relato quién se quedó con el dinero del Estado que no fue entregado a los acreedores. Dispuesto a responder, la lógica indicaría que debe estar en manos de gente vinculada con el Ministerio de Economía y con la Caja de Valores S.A., o sus accionistas.

 

 

 

Juan José Guaresti (nieto)

El doctor Guaresti es abogado,  Ex Director del Banco Central de la República Argentina (1983-1985) Ex Profesor adjunto de “Análisis Económico Financiero” de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires. Ex profesor de “Economía Política” en el Colegio Nacional de Buenos Aires.

Publicaciones:

“Los tres poderes del Gobierno” -Primera edición: Círculo del Lector (1984).  Segunda edición: Editorial Sudamericana (1985)

“La desocupación -Sus soluciones-“: en colaboración con otros autores (Víctor P. De Zavalía (1967)

Ha colaborado aproximadamente en 80 diarios y periódicos de la Capital Federal. (La Nación, La Prensa, La Nueva Provincia, La Ley, Jurisprudencia Argentina, Periódico Económico Tributario, El Accionista, La Gaceta de Tucumán, Ámbito Financiero, La Voz del Interior de Córdoba, El Litoral de Corrientes, Economic Survey, El Argentino de Chascomús, Ecos del Puerto de Mar del Plata, La Mañana de Victoria(Entre Rios), El Popular de Olavaria, Diario de Cuyo de San Juan, La Mañana de Corrientes, La Arena de La Pampa, El Independiente de La Rioja, Vida Rotaria,  El Liberal de Santiago del Estero, El Diario del Chaco, La Reforma del Chaco, Pregon de Lanus, Nuevo Dia de Coronel Suárez,  La Opinión  de  Rafaela,,etc.etc.

Senado de la Nación Argentina: el 3 de Mayo de 2018  en el “Curso del Pensamiento Político Argentino” que se realiza en un Programa Conjunto entre la Escuela de Gobierno de la Universidad Austral y el Senado dela Nación.

Otras actividades: Miembro Fundador del EEA (Encuentro de Economistas Argentinos)

Productor agropecuario. Socio del Rotary Club de la Ciudad de Buenos Aires. Piloto Privado de Aviones. Ha sido miembro del Directorio o Síndico de conocidas empresas nacionales. Miembro Fundador de la Fundación Vasco Argentina Juan de Garay. Idioma extranjero: Inglés

 


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Diciembre 10, 2018