Share

 

 

Escribe MARÍA ELENA GARCÍA.

 

El Colectivo por la Defensa de los Derechos De Las Personas Privadas de Libertad y Acceso a la Justicia, rechaza las expresiones vertidas por el Observatorio Para la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos referidas al artículo publicado por el Profesor Mario Sandoval en el Sitio Web “Prisionero en Argentina” titulado, “El G20 se entrevistará con Hijos que es una organización delictiva: ¿Por qué la protección desde el Estado?” ( https://bit.ly/2HzoVcd )

[ezcol_2third]

El colectivo considera que los argumentos del Observatorio (https://bit.ly/2I0aIEM) son inexactos, intolerantes, improcedentes y transgreden el derecho a la libertad de expresión y de opinión, derechos protegidos por la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, que en su Art 19, sostiene: «Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas sin limitacion de fronteras, por cualquier medio de expresión », como también el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que en su Art 19 dice « Nadie podra ser molestado a causa de sus opiniones »

 

Con un profunda preocupación, comprobamos la parcialidad de ciertos representantes de organismos internacionales cuya misión radica precisamente en garantizar el pleno goce de los derechos humanos de todas las personas, sin ningun tipo de discriminación.

[/ezcol_2third]

[ezcol_1third_end]

El G20 se entrevistará con Hijos que es una organización delictiva: ¿Por qué la protección desde el Estado?

[/ezcol_1third_end]

Situación similar experimentaron integrantes de este Colectivo, en oportunidad de su participación en la Audiencia Pública convocada por la CIDH el 21 de octubre de 2017, en la ciudad de Montevideo, quienes fueron víctimas de amenazas, injurias, discriminación impidiéndosele presentar sus propuestas para la Unidad Temática Memoria Verdad y Justicia, todo ello en presencia y ante el silencio cómplice de los representantes de la CIDH, Cruz Roja Internacional,y del delegado de la ONU.

[ezcol_1quarter]

Kristallnacht, Alemania Nov 9, 1938

[/ezcol_1quarter] [ezcol_1quarter]

Kristallnacht, Alemania Nov 10, 1938

[/ezcol_1quarter] [ezcol_1quarter]

Escrache, Argentina, PRESENTE

[/ezcol_1quarter] [ezcol_1quarter_end]

Escrache, Argentina, PRESENTE
[/ezcol_1quarter_end]

Ese procedimiento es contrario a la Libertad de expresión, opinión, pensamiento: Art: 4, 10, 11 Declaración de los Derechos Humanos y del Ciudadano 1789. Art: 19 Declaración Universal de los Derechos del Hombre 1948, Art 4 Pacto Internacional relativa a los Derechos Civiles y Políticos 1966, Art 9, 10 Convención Europea de Derechos Humanos 1950, Art. 11, 13 Convención Americana sobre los Derechos Humanos, Convenciones sobre la discriminación, las Constituciones de países democráticos, a las Reglas de Brasilia, la Agenda 20-30 de la ONU, entre otras obligaciones positivas y convenciones internacionales.

 

Por ello, nos solidarizamos con el Profesor Mario Sandoval y solicitamos que el Observatorio para la Protección de Defensores de los Derechos Humanos rectifique sus dichos que constituyen una grave afrenta a la libre expresión de los ciudadanos.

 

Dra. María Elena Garcia

WWW.DDHHPP.org

 


PRISIONEROenARGENTINA.com

Abril 30, 2018