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Claudio Bernardo Avruj fue denunciado por incumplimiento de los deberes de funcionario público. La notificación, que quedó en el Juzgado Federal de… Daniel Rafecas, señaló que el dirigente no apeló los sobreseimientos dictados en la causa por el traspaso de Papel Prensa.

 

Un decreto de 2010 establece que la Secretaría de Derechos Humanos debe actuar como querellante en ese expediente, donde se investiga si se cometieron delitos de lesa humanidad en esa venta de la compañía del Grupo Graiver a los diarios Clarín, La Nación y La Razón.

“Claudio Avruj, como secretario de Derechos Humanos de la Nación, resolvió que el Estado nacional, a través de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación que él dirige y que es querellante en la causa 7111 conocida como Papel Prensa, no presente recurso de apelación ante la resolución de sobreseimiento de aquellos imputados a quienes la misma Secretaría de Derechos Humanos denunció, formuló denuncia y querelló en 2010. Esta decisión, tomada a voluntad y conciencia, y con dolo del secretario Avruj, se resolvió y ejecutó entre el 16 y el 26 de diciembre”, indicó en el primer párrafo de su denuncia el abogado Pablo Llonto. Llonto, entre otras cosas, es parte del equipo para el que fue elaborado Impunidad Gerontológica, un informe de Adriana Taboada -Dirigente de Derechos Humanos- en el cual se sostiene que los imputados en causas de lesa humanidad fingen enfermedades fingen enfermedades para evitar juicios. 400 de ellos han fingido tan convincentemente que han muerto.

En esa causa, el juez federal Julián Ercolini dictó el sobreseimiento de la directora de Clarín, Ernestina Herrera de Noble; el CEO de esa empresa Héctor Magnetto y el directivo de La Nación, Bartolomé Mitre, entre otros.

En la presentación, Llonto señaló que el Decreto 1210, del 30 de agosto de 2010, instruyó a la Secretaría de Derechos Humanos para que actúe como querellante en la causa que se originó a partir del informe Papel Prensa SA La Verdad. A partir de ese mandato, el organismo promovió la querella e impulsó la causa. Esa tarea fue tomada por los distintos secretarios del área: primero por Eduardo Luis Duhalde, luego por Martín Fresneda y por el subsecretario Luis Alén.

Pero la situación cambió y -según la versión de Llonto- desde el 10 de diciembre de 2015 cuando asumió Avruj: la actividad de la renombrada Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural fue “nula” en esa causa.

“Desde su asunción en el cargo, se preocupó por reunirse con conocidos defensores o apologistas del terrorismo de Estado como los integrantes de la agrupación denominada Centro de Estudios Legales sobre el Terrorismo y sus Víctimas (CELTYV) o María Cecilia Pando“, indicó Llonto. “Tampoco hubo pronunciamiento cuando el Servicio Penitenciario Federal, que depende del mismo ministro (de Justicia Germán) Garavano, sin consultar a jueces o tribunales dispuso el traslado de los genocidas a la ‘prisión’ de Campo de Mayo”, agregó.

Aquí adivinamos que el doctor Llonto no es un simpatizante de la verdad, ya que las víctimas del terrorismo aún deambulan buscando ser reconocidas como tal. Pero, en las palabras de Alexander Pope… El que dice una mentira no sabe qué tarea ha asumido, porque estará obligado a inventar veinte más para sostener la certeza de esta primera.

El traslado de los condenados por delitos de lesa humanidad está en línea con las reuniones que mantuvo el ministro Garavano con los defensores de represores nucleados en la Asociación Abogados por la Justicia y la Concordia. En esos encuentros, mantenidos en junio pasado, los abogados le pidieron a Garavano que sus condenados fueran beneficiados con prisión domiciliaria. El ministro les dijo que esa situación se iba “a solucionar”, según relató el abogado Alberto Solanet, titular de la organización y hermano del secretario de Hacienda de la dictadura.

El sobreseimiento dictado por Julián Ercolini -que consideró que no existió delito de lesa humanidad en el traspaso de Papel Prensa- fue apelado ante la Cámara Federal porteña por la querella de la familia Graiver, encabezada por la viuda del banquero David Graiver, Lidia Papaleo y del fiscal del caso Franco Picardi. “Avruj fue la única parte acusadora que no cuestionó la resolución de Ercolini”, indicó Llonto y precisó que “incumplió los deberes de funcionario público” establecidos en el decreto de agosto de 2010 porque no existe otro decreto modificando esa decisión.

“Al no apelar, el licenciado Avruj, incumplió con sus deberes y causó al Estado un daño, ya que al menos por la vía de la imposición de costas el Ejecutivo deberá afrontar, en caso de quedar firme la resolución, el pago de las costas procesales que, como es sabido, incluyen los honorarios de los abogados de los imputados”, concluyó Llonto y solicitó una serie de medidas de prueba.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Diciembre 30, 2016