Cada audiencia de la Mega causa Zona 5, que se ventila en la ciudad de Bahía Blanca, produce una profunda decepción e impotencia nunca antes experimentada ante los groseros abusos y actos de injusticia, que se llevan adelante. Allí un equipo de fiscales, dirigido por un iracundo y militante MIGUÉL PALAZZANI, presentan a granel “testigos” a los que muestran como víctimas de delitos de lesa humanidad. No importa que, inclusive, algunos los desmientan como fue el caso de VICTOR LANDI o NESTOR OSCAR BERTINAT. Los leguleyos dicen lesa humanidad y esa afirmación es el Santo Grial rebosante de falacias transformadas en verdades, a la vista de todos, todas y “todes”. Así en la audiencia 10 del día 27 de abril pasado, el fiscal PABLO FERMENTO hizo entrega de una sorprendente “prueba” documental con la que “demostraba” mi accionar delictual, en los trágicos años 70, que no debieron existir. Se trataría de la fotocopia de un memorándum de la Jefatura Regional de Policía, dirigido a las autoridades militares. En él, con fecha 21 de noviembre de 1975 (4 meses antes del golpe militar) se informa de la detención de un tal ROBERTO OLIVERA y JORGE IBAÑEZ BARRALES, que no figuran como víctimas de la represión (hasta ahora). Si bien la autoridad policial informa a los militares, en él se destaca la intervención de la Justicia Federal y la instrucción de sumarios por infracción al Art. 76 de la Ley 8.031 (la misma en el 2018 estaba vigente) y Ley 20.840/74 (vigente hasta el 2002). Además, enumera como personal interviniente:
Oficial Inspector Claudio Kussman – Unidad Regional
Oficial Inspector Rubén Bordón – Comisaria Primera
Oficial Inspector Patricio Bosquiazzo – Comisaria Segunda
Sargento Ayudante Raúl Pinto – Comisaria Segunda
Cabo primero Hilario Rolón – Comisaria Primera
Allí no figuran los policías JOSÉ PEDRO NOEL (f), FAUSTINO LONCÓN (f) ni JESÚS SALINAS, solo yo. Destaco que estos fiscales (no Fermento que fue nombrado después) combinados con “jueces” mediante inferencias, me involucraron groseramente en varios hechos como podemos ver en los 5 renglones de la resolución judicial adjunta, que ponemos de muestra y que ahora es desmentida por la misma copia del memo entregado por FERMENTO, la cual también mostramos. Allí no hay grupo de tareas como me achacan. De seguir por este camino, los fiscales en su accionar abusivo ¿aportarán actuaciones labradas por infracción a la ley de juegos prohibidos de esa época (quiniela clandestina) y dirán que son delitos de lesa humanidad?
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Por Claudio Kussman.
Cada audiencia de la Mega causa Zona 5, que se ventila en la ciudad de Bahía Blanca, produce una profunda decepción e impotencia nunca antes experimentada ante los groseros abusos y actos de injusticia, que se llevan adelante. Allí un equipo de fiscales, dirigido por un iracundo y militante MIGUÉL PALAZZANI, presentan a granel “testigos” a los que muestran como víctimas de delitos de lesa humanidad. No importa que, inclusive, algunos los desmientan como fue el caso de VICTOR LANDI o NESTOR OSCAR BERTINAT. Los leguleyos dicen lesa humanidad y esa afirmación es el Santo Grial rebosante de falacias transformadas en verdades, a la vista de todos, todas y “todes”. Así en la audiencia 10 del día 27 de abril pasado, el fiscal PABLO FERMENTO hizo entrega de una sorprendente “prueba” documental con la que “demostraba” mi accionar delictual, en los trágicos años 70, que no debieron existir. Se trataría de la fotocopia de un memorándum de la Jefatura Regional de Policía, dirigido a las autoridades militares. En él, con fecha 21 de noviembre de 1975 (4 meses antes del golpe militar) se informa de la detención de un tal ROBERTO OLIVERA y JORGE IBAÑEZ BARRALES, que no figuran como víctimas de la represión (hasta ahora). Si bien la autoridad policial informa a los militares, en él se destaca la intervención de la Justicia Federal y la instrucción de sumarios por infracción al Art. 76 de la Ley 8.031 (la misma en el 2018 estaba vigente) y Ley 20.840/74 (vigente hasta el 2002). Además, enumera como personal interviniente:
Comisario Inspector SERAFÍN SCHESTOPALECK – Unidad Regional
Comisario Delfor Ayoroa – Comisaria Primera
Comisario Francisco Rios- Comisaria Segunda
Comisario Armando Helver – Comisaria Tercera
Sub.comisario Omar Mallistrelli – Comisaria Primera
Sub-Comisario Benjamín Fuentes – Sub.Comisaria Noroeste
Oficial Inspector Claudio Kussman – Unidad Regional
Oficial Inspector Rubén Bordón – Comisaria Primera
Oficial Inspector Patricio Bosquiazzo – Comisaria Segunda
Sargento Ayudante Raúl Pinto – Comisaria Segunda
Cabo primero Hilario Rolón – Comisaria Primera
Allí no figuran los policías JOSÉ PEDRO NOEL (f), FAUSTINO LONCÓN (f) ni JESÚS SALINAS, solo yo. Destaco que estos fiscales (no Fermento que fue nombrado después) combinados con “jueces” mediante inferencias, me involucraron groseramente en varios hechos como podemos ver en los 5 renglones de la resolución judicial adjunta, que ponemos de muestra y que ahora es desmentida por la misma copia del memo entregado por FERMENTO, la cual también mostramos. Allí no hay grupo de tareas como me achacan. De seguir por este camino, los fiscales en su accionar abusivo ¿aportarán actuaciones labradas por infracción a la ley de juegos prohibidos de esa época (quiniela clandestina) y dirán que son delitos de lesa humanidad?
Claudio Kussman
Comisario Mayor (R)
Policía Prov. Buenos Aires
claudio@PrisioneroEnArgentina.com
www.PrisioneroEnArgentina.com
[/ezcol_1third] [ezcol_2third_end]“La injusticia, en cualquier parte, es una amenaza a la justicia en todas partes”
Martin Luther King Jr. (1929-1968)
UN EJEMPLO DE MUESTRA
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Octubre 21, 2022