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La reconocida doctora estadounidense Johanna Olson-Kennedy ha sido acusada de negligencia médica por supuestamente haber sometido a una paciente a un tratamiento irreversible para cambiar de género durante su preadolescencia, sin realizar el respectivo seguimiento ni las evaluaciones psicológica y de salud mental necesarias. citando documentos judiciales.
Según la demanda, presentada por Clementine Breen, que ahora tiene 20 años, Olson-Kennedy le administró bloqueadores de pubertad a los 12 años, la sometió a terapia hormonal administrándole testosterona a los 13 y, finalmente, le practicó una doble mastectomía a los 14, asegurando que Breen había “adoptado una identidad masculina desde la infancia” y que tenía tendencias suicidas.
Breen afirmó que en 2016, se sentía deprimida, así que pidió ayuda a una orientadora, a quien le comentó vagamente que no estaba segura de su identidad sexual. Inmediatamente, la asesora llamó a sus padres y les dijo que creía que su hija podría ser transexual.
Posteriormente, los padres de Breen la llevaron al Centro para la Salud y el Desarrollo Transjuvenil del Hospital Infantil de Los Ángeles, donde la doctora Olson-Kennedy la puso en transición médica desde la primera consulta, asegurando que cumplía con los requisitos de disforia de género sin haberla remitido a un terapeuta especializado ni hacerle una exploración psicológica exhaustiva, necesaria para aprobar cualquier intervención física de este tipo en adolescentes.
Breen finalmente abandonó el tratamiento, pero le quedaron secuelas médicas permanentes, como una voz grave, una manzana de Adán y la posibilidad de ser estéril. La joven afirma que, de haber recibido la orientación adecuada en su momento, no se habría sometido a la transición de género, por lo que más allá de recibir una indemnización por daños y perjuicios, Breen busca refutar la noción de que las transiciones de género precipitadas en jóvenes no son algo común en EE.UU.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 10, 2024
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Por Mick Olsen.
Aunque no está definida específicamente en la Constitución de Estados Unidos, muchos expertos legales consideran que la ley marcial es el uso de personal militar para ayudar drásticamente o reemplazar por completo el sistema legal normal de una nación en tiempos de emergencia. El hecho de que un uso determinado del ejército alcance el nivel de ley marcial está vinculado a exactamente cuánto apoyo o acción militar se utiliza.
Bajo la ley marcial total, el sistema legal y de aplicación de la ley estadounidense normal es reemplazado por un conjunto más estricto de leyes y castigos que está completamente controlado por el poder militar o ejecutivo del gobierno. El sistema normal de controles y equilibrios incorporado en la Constitución queda suspendido.
Aunque se debate en algunas discusiones legales, la ley marcial también puede ocurrir en etapas, sin llegar nunca a una toma total del poder por parte de los militares. Bajo la ley actual de Estados Unidos, el presidente, el Congreso o un comandante militar local pueden imponer grados de ley marcial en situaciones específicas.
¿Quién puede declarar la ley marcial?
La ley marcial puede ser declarada por el presidente de Estados Unidos, el gobernador de un estado o, en emergencias limitadas, por un comandante militar local. La forma y el momento de la declaración de la ley marcial se rigen por una serie de leyes.
Ejemplos de ley marcial en Estados Unidos
La primera vez que se declaró la ley marcial en Estados Unidos fue en Nueva Orleans por el general Andrew Jackson durante la guerra de 1812, aunque la decisión fue impopular entre el público y los demás poderes del gobierno. Un juez multó a Jackson con 1.000 dólares por haber hecho arrestar a un periodista que escribió un artículo crítico de la medida, aunque más tarde utilizó su influencia tras dejar la presidencia para convencer al Congreso de que aprobara una ley especial para recuperar su dinero.
En total, la ley marcial se ha declarado en Estados Unidos unas 68 veces, según el Brennan Center for Justice, un instituto de derecho y política no partidista. La mayoría de esos 68 casos de tropas federales desplegadas dentro de las fronteras de Estados Unidos implicaban disturbios laborales (29 veces), y esas 68 invocaciones de la ley marcial han dado lugar a unas 33 impugnaciones legales independientes a la declaración. La ley marcial fue declarada oficialmente por última vez en Estados Unidos en 1963.
La ley marcial ha sido implementada dos veces a nivel nacional por un presidente durante tiempos de guerra, primero por Abraham Lincoln en los estados fronterizos entre el Norte y el Sur durante la Guerra Civil, y luego nuevamente por funcionarios militares locales en Hawái durante la Segunda Guerra Mundial. Esta ley fue aprobada y ampliada posteriormente por orden ejecutiva de Franklin Roosevelt para incluir el encarcelamiento de estadounidenses de origen japonés en la Costa Oeste. Ambas declaraciones de ley marcial fueron impugnadas en los tribunales, y en ambas ocasiones, los tribunales terminaron dictaminando que al menos una parte de esas implementaciones eran inconstitucionales o se aplicaban de manera demasiado amplia.
De hecho, casi cada vez que se han movilizado tropas en servicio activo para hacer cumplir la ley dentro de los EE. UU., ha habido una reacción negativa en todo el país, con debates a favor y en contra que duran años.
En varios ejemplos de ley marcial (como cuando el presidente George W. Bush colocó a detenidos extranjeros en una prisión en la bahía de Guantánamo, Cuba, fuera de la jurisdicción de los tribunales estadounidenses y luego fue anulada por la Corte Suprema, o una laguna en la ley actual que le dio al presidente Donald Trump el control de todas las tropas de la Guardia Nacional de D.C. desplegadas en el distrito durante la insurrección del 6 de enero de 2021 en el Capitolio), el Congreso y los tribunales generalmente han reaccionado con rapidez y firmeza a cualquier despliegue militar nacional. Dado que la ley marcial elude la división constitucional de poderes y otorga poderes adicionales de emergencia al poder ejecutivo, este tipo de eventos no suelen ser bien recibidos por las otras ramas del gobierno.
Dos leyes promulgadas como resultado de acciones anteriores son la Ley de Insurrección y la Ley Posse Comitatus. Ambas se utilizan ahora ampliamente en situaciones de emergencia, aunque su constitucionalidad todavía se cuestiona a menudo más de 100 años después de su promulgación. La Ley de Insurrección detalla las únicas ocasiones en que las fuerzas federales pueden utilizarse en un papel nacional, mientras que la Ley Posse Comitatus limita su uso en esas circunstancias.
¿Qué es la Ley de Insurrección?
La Ley de Insurrección de 1807 le dio al presidente la capacidad de desplegar tropas de servicio activo y de la Guardia Nacional dentro de los EE. UU. cuando sea necesario. La activación de tropas está autorizada:
Cuando lo solicita la legislatura de un estado. Si la legislatura no puede convocarse rápidamente, el gobernador también puede solicitar asistencia federal durante una insurrección dentro de ese estado.
Si ocurre una insurrección en un estado y ese estado no puede o no quiere brindar protección a sus ciudadanos, se pueden desplegar fuerzas federales para mantener el orden.
Si hay una insurrección en cualquier estado que haga imposible hacer cumplir la ley en cualquier otro estado, esos estados pueden solicitar asistencia federal.
Si un estado no brinda derechos garantizados a nivel federal, se puede permitir la asistencia federal para proteger a los ciudadanos.
El presidente primero debe emitir una proclamación que ordene a los insurgentes que se dispersen antes de poder invocar la Ley de Insurrección.
¿Qué es la Ley Posse Comitatus?
La Ley Posse Comitatus, promulgada por primera vez en 1878, básicamente prohíbe a las fuerzas federales ayudar en la aplicación de la ley nacional a menos que el presidente haya ordenado operaciones en virtud de la Ley de Insurrección o leyes relacionadas. Es el precedente legal que se utiliza durante la mayoría de las intervenciones militares en actividades civiles en la actualidad.
Se promulgó originalmente como una reacción a la invocación de la ley marcial por parte de Lincoln durante la Guerra Civil para utilizar tribunales militares para juzgar a civiles y para proteger a los esclavos liberados del maltrato en los estados recién liberados tras la secesión.
La ley permite al personal militar ayudar únicamente a la policía civil en la aplicación de las leyes existentes, al tiempo que otorga autoridad al gobierno federal para garantizar que los derechos federales se proporcionen y apliquen de manera unilateral en todo el país.
Movilización de la Guardia Nacional para la ley marcial
La mayoría de las constituciones estatales permiten que el gobierno del estado movilice a sus tropas de la Guardia Nacional en una actividad de aplicación de la ley dentro de su estado. Los estados también suelen tener acuerdos entre sí que permiten el despliegue de tropas en estados vecinos durante emergencias. Cuando prestan servicio en un estado o en el Título 32, normalmente reservado para activaciones en torno a desastres naturales, los miembros de la Guardia pueden hacer cumplir las leyes de su estado.
Sin embargo, si los miembros de la Guardia son llamados al servicio federal, pasan a formar parte de las fuerzas armadas federales y, como resultado, sus funciones están limitadas por la Ley Posse Comitatus.
¿Qué pueden hacer los militares durante la ley marcial?
Normalmente, las tropas en servicio activo solo pueden realizar tareas nacionales relacionadas con la defensa nacional. Eso incluye cosas como la lucha contra el terrorismo, la interdicción de drogas o el manejo de armas de destrucción masiva. Si existe una situación que requiere que los militares presten servicio en una función de aplicación de la ley, debe ser autorizado por escrito por el presidente o, en caso de emergencia, por el comandante militar local.
Las tropas federales que actúan bajo la Ley Posse Comitatus están limitadas a realizar únicamente las funciones de un grupo de policía designado para ayudar a la policía civil a hacer cumplir las leyes existentes. De hecho, los militares están severamente limitados en cuanto a las funciones exactas que pueden realizar cuando ayudan a la policía civil, según las reglas que se detallan en la Instrucción 3025.21 del Departamento de Defensa. La Doctrina del Ejército ADP 3-28 también detalla el apoyo de defensa de las autoridades civiles.
Las fuerzas militares federales que asisten en la aplicación de la ley civil deben permanecer bajo el mando y control militar federal en todo momento.
Los comandantes militares locales también tienen la autoridad de desplegar temporalmente tropas federales para mantener el orden durante disturbios civiles inesperados a gran escala que amenacen el orden o puedan causar una pérdida significativa de vidas o la destrucción de la propiedad.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 6, 2024
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El economista Robin Brooks, ex Jefe en el Instituto de Finanzas Internacionales (IIEF) y exjefe de estrategia del banco Goldman Sachs, volvió a criticar la política económica del presidente Javier Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo, en relación con la valuación del peso, que ha sido la moneda que más creció en el mundo durante 2024. En su cuenta de X, el economista conocido como “gurú de Wall Street” expresó: “Si la administración entrante de Estados Unidos impone fuertes aranceles a China, se desatará una ola de devaluaciones en todos los mercados emergentes”.
“Lamentablemente, no hay dinero del FMI que pueda proteger a la Argentina de una devaluación si esto sucede. El peso está muy sobrevaluado de todos modos y necesita caer…”, sentenció Brooks. El comentario hace referencia a las declaraciones del presidente electo de Estados Unidos, Donald Trump, quien adelantó que podría incrementar los aranceles a las importaciones provenientes de China. Trump dijo que impondría aranceles adicionales del 10% a los productos procedentes de China y del 25% a todos los productos procedentes de México y Canadá, en mensajes publicados el lunes en su red social Truth.
“Hasta que dejen de hacerlo, cobraremos a China un arancel adicional del 10%, por encima de cualquier arancel adicional, sobre todos sus muchos productos que entran a Estados Unidos de América”, señaló Trump.
Esta no es la primera vez que Brooks deja en claro que considera equivocada la política cambiaria del gobierno argentino y hasta Luis Caputo llegó a hacer referencias a esos comentarios. “Si fuera un gurú trabajaría en Wall Street y manejando activos, no en el IIF dando opiniones…”, sostuvo el ministro de Economía en respuesta a un posteo. Sobre ello, Brooks respondió: “La razón por la que el peso argentino aparece como la moneda más fuerte del mundo -a pesar de la devaluación de diciembre de 2023- es que la alta inflación desde entonces hizo subir los precios internos, de modo que el tipo de cambio real ha aumentado enormemente. El peso debería haber podido flotar en diciembre de 2023…”
El peso argentino es la moneda que más se apreció en el mundo entre diciembre de 2023 y octubre de 2024. En el mismo mes del año pasado, Javier Milei, entonces candidato a presidente, había expresado que “el peso no puede valer ni excremento”.La divisa argentina se revalorizó un 40% en términos reales, muy lejos de la moneda de Turquía (+16,5%) y Malasia (+8,5%). Por el contrario, Brasil, el principal socio comercial de la Argentina, devaluó 13% el real en los primeros 10 meses del año, un informe de GMA Capital en base a estimaciones del Bank for International Settlements (BIS). Con esa valorización del peso argentino, el tipo de cambio real multilateral (TCRM), que tiene relación con la competitividad precio de la economía, “está en mínimos desde 2015 y cada vez más cerca de los valores de fines de 2001”.
Robin Brooks es investigador principal del programa de Economía Global y Desarrollo de la Brookings Institution. Su investigación se centra en la dinámica global del crecimiento y la inflación, los flujos de capital hacia los mercados emergentes y fronterizos, así como en la política de sanciones occidentales y el tope del precio del petróleo del G7 a Rusia. Se lo cita con frecuencia en medios populares como el Financial Times, el Wall Street Journal y el New York Times, entre otros.
Antes de trabajar en Brookings, fue director gerente y economista jefe del Instituto de Finanzas Internacionales. En ese puesto, supervisó el análisis macroeconómico y formó parte del equipo de alta dirección. Antes de eso, fue estratega jefe de divisas en Goldman Sachs con sede en Nueva York, donde era responsable de las previsiones cambiarias de la empresa y de la publicación de investigaciones macroeconómicas internacionales. Antes de trabajar en Goldman Sachs, fue estratega de divisas en Brevan Howard. Antes de incorporarse al sector privado, Brooks trabajó durante ocho años como economista en el Fondo Monetario Internacional (FMI), donde trabajó en los modelos de valor razonable del FMI para el mercado cambiario, publicó investigaciones académicas y participó en misiones a los países con programas del FMI.
Brooks obtuvo su doctorado en economía en la Universidad de Yale en 1998. Obtuvo una licenciatura en Ciencias en economía monetaria en la London School of Economics en 1993.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 10, 2024
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Por Heather McDonnell.
El asesinato de Trotsky fue un acto de absoluta necesidad política.
La guerra civil española, el primer intento de exportar la revolución después de la expedición polaca de 1920, mostró a Stalin que los trotskistas pueden ser enemigos tan formidables para la URSS como los capitalistas.
Trotsky era una estrella brillante del comunismo internacional. En la URSS, la propaganda estatal pudo ocultar el hecho de que fue Trotsky quien organizó el golpe de estado de 1917 en la capital rusa que llevó a los comunistas al poder, mientras que Stalin era sólo uno de los tipos de trastienda. Pero fuera, todo el mundo lo sabía.
Stalin estaba ejecutando un plan de construcción del imperio comunista basado en gran medida en las ideas de Trotsky. Quería ser la única autoridad indiscutible en la materia y no necesitaba testigos.
Tanto Stalin como Trotsky eran comunistas en el sentido más estricto de la palabra. Ambos se oponían al capitalismo. Creían en la victoria final de una sociedad sin clases que no conozca la propiedad privada.
Stalin también tenía una capacidad asombrosa para absorber y aplicar lo mejor de lo mejor. Entre los bolcheviques, Trotsky era el más indicado.
Por eso, después de aplastar a Trotsky y a sus aliados en la lucha por el poder, Stalin se apropió de sus tres ideas más instrumentales:
Permanencia de los preparativos militares y guerras revolucionarias. El fracaso del “comunismo militar” durante la guerra civil (cuando los colectivos obreros no asumieron la gestión de los medios de producción, sino que los robaron o simplemente los abandonaron) convenció a Trotsky de que el socialismo necesita una gestión estatal fuerte, preferiblemente en una forma semimilitar. Fue pionero en el uso de ejércitos obreros, con bastante éxito.
También se dio cuenta pronto de que el comunismo soviético puede ganar contra sus enemigos solo como un imperio en constante expansión. Como, por ejemplo, la Roma imperial, que se apoderó de los recursos en una ola de expansión para financiar la siguiente ola de expansión. En consonancia con eso, la Unión Soviética necesitaba estar en un estado de preparación permanente para la guerra, tanto económica como políticamente.
Rotación permanente de las élites comunistas. Este estado de excepción sin fin también ayudaría a prevenir un problema inminente de “degeneración burguesa” de las élites comunistas. Los líderes comunistas necesitaban continuamente echar a sus caballeros de sus sillas en los cargos del partido y del estado, fomentar la meritocracia y promover la movilidad vertical.
(Resultó que Trotsky fue verdaderamente profético en este punto. Las «élites degeneradas» fueron exactamente las que enterraron al comunismo en China a fines de los años 70 y en la URSS bajo la Perestroika. El mismo proceso ahora está convirtiendo a Corea del Norte en una variante asiática oriental de un estado fascista.)
Industrialización acelerada. La industrialización acelerada se implementó para darle a la Rusia soviética las armas y el músculo económico necesarios para un estado permanente de confrontación con el imperialismo occidental. “El poder viene del cañón de las armas”, dijo Mao Zedong. Alguien tiene que producir las armas y las balas, ¡montones de ellas!
Ejecución. Extremadamente estratégico y meticuloso en todo lo que hacía, Stalin ejecutó todo esto brillantemente, a pesar de enormes dificultades y adversidades. Cuando murió en 1953, la Unión Soviética se había convertido en un imperio en constante expansión. Éra una formidable fuerza ideológica a la ofensiva, una de las dos superpotencias mundiales.
Si Stalin hubiera vivido ocho años más, podría haber sumado méritos al haber convertido a la URSS en la primera nación en viajar al espacio. El programa de misiles que nos llevó al espacio se lanzó durante su mandato. Krushchev solo recogió los frutos.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 9, 2024
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Por María del Carmen Kussman.
Señora FERNANDEZ AVELLO escribo estas breves líneas con una extraña mezcla de sentimientos hacia Ud. que se desempeña como “querellante” del gobierno de Javier MILEI, cuyo efectivo, pero pintoresco lema como bien sabemos es “Viva la libertad carajo”, por supuesto, para algunos. ¿Gran ironía cierto? Inicialmente el tenor de la presente iba a ser sumamente insultante, pero Claudio Kussman, mi esposo, me convenció que no lo hiciera, ya que “iba a agredir a una pobre mujer” (sic). Recapacité, para lo cual quité el sonido de la grabación de su última aparición hablando de Claudio y por varios minutos miré su rostro, sus ojos y su gestualidad. Una vez más comprendí al hombre que conozco desde nuestra adolescencia y con el que compartí la vida por mucho mas de medio siglo y, con el que acordé que nos volveremos a encontrar en el mas allá. Seguramente para su desgracia nada de eso ha tenido Ud. No puede saber que significa vivir intensamente cada etapa de la vida y aún en salud o en enfermedad, despertar cada día con sonrisas y palabras agradables, conformando entre dos, un solo ser viviente.
Así jornada tras jornada, porque le diré que yo siempre estuve junto a Claudio, ya que, por casi 30 años con cada cambio de destino que él tenía en su función, hacíamos las valijas y con nuestros gatos y perros rescatados, nos mudábamos. Sé muy bien lo que era como policía, si bien nada diré de sus virtudes funcionales porque él lo considera una vanidad sin sentido, de tiempos pasados y que solo hay que esforzarse para ser mejor con vistas al presente y al futuro. Todo eso hace que lo conozca como si lo hubiera parido, jocosamente se lo digo cuando noto que calla algo. Sé fehacientemente que Ud. miente y de esa forma no representa en nada a la justicia. Por alguna razón que desconozco y no me interesa conocer, solo se complace con el dolor y la muerte de terceros. Eso la hace un ser oscuro que se apartó de la luz de la vida. Lamento mucho que, en el final de la nuestra, el destino hizo que nos cruzáramos con Ud. y algunos otros que con diferentes edades la igualan, siguiendo su mismo camino. Así entre todos impidieron terminar nuestro recorrido terrenal junto a nuestra familia, residente en otro país, y por sobre todo a Claudio conocer e interactuar con nuestro bisnieto. De cualquier forma, hagan lo que hagan o consigan lo que consigan a través del poder que inmerecidamente hoy detentan, con mi familia jamás dejaremos de mirarlos de frente a ustedes o a quien sea que nos ataque canallescamente y no callaremos. Porque aún en el dolor o en la tristeza, aquilatamos lo mucho, que por tanto tiempo nos dio la vida y desde el alma, sonreiremos, cosa que Ud. jamás podrá hacer.
María del Carmen Kussman
Esposa de Claudio Alejandro Kussman
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 9, 2024
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Diciembre 9, 2024
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Por Claudio Kussman.
En la audiencia del día 5 de diciembre pasado, en el marco de la Mega Causa Zona 5, que se lleva a cabo en la ciudad de Bahía Blanca, uno de sus imputados sobreviviente (murieron 4), el Capitán del Ejército Argentino ERNESTO EMILIO RAMÓN ETCHART, alojado en la Unidad Penitenciaria Federal 34, sita en Campo de Mayo, formuló una contundente denuncia por “Falso Testimonio Doblemente Agravado”. En la misma imputa al ex soldado GUSTAVO FLORENCIO MONFORTE, quien entre los años 1976-1977 hizo el Servicio Militar Obligatorio en el Batallón de Comunicaciones 181, sito en la ciudad sureña precedentemente mencionada. Su acusación (se agrega copia) consta de 90 fojas en las que, con gran cantidad de documentación y rigurosos detalles, demuestran nada menos que 23 falacias de MONFORTE en ocasión de prestar declaración como testigo de la fiscalía a cargo del militante e iracundo Dr. MIGUEL ANGEL PALAZZANI. Las actuaciones fueron giradas para su instrucción al juzgado penal de turno, comenzando ahora una lucha similar a la de David contra Goliat para obtener justicia. No es que MONFORTE, sea el gigante de la historia bíblica, él solo es un simple engranaje, utilizado por las organizaciones radicalizadas que llevan adelante estos juicios que se rigen por “la política de estado”, equivalente “al enemigo ni justicia”. A lo largo de este juicio que comenzó el 17 de febrero de 2022, esta seria la tercera denuncia por testimonios falaces de testigos de la fiscalía. Las 2 primeras las formulé patrocinado por el abogado GONZALO MIÑO en septiembre de 2022 contra EDUARDO GUILLERMO QUARTUCCI y CARLOS ALBERTO PASCHETTA. Sabiendo de las dificultades, que nos plantean para poder avanzar en estos casos, y menos ahora que no estamos en la agenda del presidente JAVIER MILEI, según sus propias palabras, solo me queda hacerle llegar al denunciante mis mejores buenos deseos, deseándole mucha suerte, en la dificilísima tarea emprendida.
Claudio Kussman
Comisario Mayor ®
Policía Prov. Buenos Aires
claudio@PrisioneroEnArgentina.com
“El que dice una mentira no sabe qué tarea ha asumido, porque estará obligado a inventar veinte más para sostener la certeza de esta primera”
Alexander Pope (1688-1744)
DENUNCIO FALSO TESTIMONIO DOBLEMENTE AGRAVADO
– SOLICITO ADMISIÓN COMO QUERELLANTE
DENUNCIO FALSO TESTIMONIO DOBLEMENTE AGRAVADO – SOLICITO ADMISIÓN COMO QUERELLANTE
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 9, 2024
Señor Presidente del Tribunal Oral Criminal de Bahía Blanca, Ernesto Pedro Francisco Sebastián, en relación con el Expediente Nro. 15000005/2007 caratulado: Principal en Tribunal Oral TO01 – IMPUTADO: AYALA, FELIPE (FALLECIDO) Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL LIBERTAD PERS.(ART.142 BIS INC.5), TORTURA, HOMICIDIO AGRAVADO P/EL CONC. DE DOS O MÁS PERSONAS y ASOCIACION ILICITA QUERELLANTE: ASAMBLEA PERMANENTE DE DERECHOS HUMANOS Y OTROS en trámite en el TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, actualmente en debate oral, etapa Alegatos de las Querellas, quien suscribe, ERNESTO EMILIO RAMÓN ETCHART, (DNI Nº 11.800.341), desde mi lugar de detención y actual domicilio real en el Instituto Penal Federal de Campo de Mayo (U34) dependiente de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal, sito en el Partido de San Martín, Provincia de Buenos Aires, me presento por derecho propio y amparado por instituto “in pauperis formae”, sin renunciar al patrocinio legal del Doctor Mauricio Daniel Gutiérrez, Matrícula CPACF T 10 F 474, usuario 20102036051, en mi carácter de imputado en los autos referenciados, a V:S: respetuosamente me presento y digo:
OBJETO
En primer lugar, solicito a V.E. ordene traslado de la presente denuncia criminal a la defensa técnica que me patrocina, para que avale y fundamente la presente si corresponde aún más, sujetando esta denuncia a derecho para el supuesto caso de tener que suplir carencias de forma y fondo que pudiera padecer esta presentación, tutelada por el instituto doctrinal de “In pauperis formae” y para que canalice e impulse la misma.
En segundo lugar, de conformidad con el artículo 275 del Código Penal de la Nación, vengo a formular denuncia penal contra el Señor Gustavo Florencio MONFORTE,
titular del Documento Nacional de Identidad Nº 11.620.045 y promover acción penal, por la comisión de Falso Testimonio de la mencionada persona, doblemente agravado por haber sido cometido en un juicio criminal y porque por sus dichos, hay personas privadas de libertad y condenadas.
HECHOS
Durante el desarrollo del debate oral que se realiza en el Tribunal Oral Criminal Federal de Bahía Blanca, el Señor Gustavo Florencio Monforte efectuó declaraciones y se reprodujeron declaraciones anteriores, que resultan ser alejadas de la verdad. Por sus dichos, el suscrito está detenido desde hace 2 años y 6 meses a la fecha. El Ministerio Público Fiscal de dicho Tribunal, en sus alegatos, solicitó una condena para mi persona, de 20 años de cárcel de cumplimiento efectivo. A partir de las declaraciones del Sr. Monforte me encuentro privado de mi libertad hace un largo tiempo, incluyendo a otros imputados que se han visto perjudicados por sus dichos y llevan muchos años más de detención que quien suscribe y en algunos casos, cumpliendo o superando la década.
En otras palabras, la gravedad de sus mentiras radica en que por causa de estas declaraciones mendaces, varias personas además de mi persona, han perdido su libertad ambulatoria y se encuentran encarcelados en la U34 o cumpliendo aprisionamiento en la modalidad de arresto domiciliario, así como otras han sido condenadas.
En términos generales y a partir de las declaraciones del ex soldado Gustavo Florencio Monforte acerca de su paso por el Batallón de Comunicaciones 181 durante el periodo que duró su Servicio Militar Obligatorio, entre los años 1976 y 1977, se acreditan en esta denuncia varias falsedades, las que son incongruentes e inconsistentes con la realidad de la época y de la vida militar, no solo en lo doctrinario, sino también en lo material de las estructuras y dotaciones existentes en aquella época, algunas que aún persisten, sobre las cuales habré de explayarme y solicitar medidas periciales para acreditar la falsedad de sus dichos, habida cuenta que son pruebas vivas que aún existen y pueden ser extraídas.
Expondré, en primer lugar, aquellas que pueden ser consideradas de naturaleza general, para así ilustrar la falsedad en sus declaraciones. Luego, aquellas que han servido de insumo para considerarme responsable de hechos delictivos que no cometí, sin dejar de reiterar que por sus dichos 9 personas que revistaron en el Batallón de Comunicaciones 181 en los años 1976 y 1977, están privadas de la libertad o han sido condenadas al día de la fecha.
Antes de entrar en detalle, deseo remarcar que él mismo declaró que al momento de los hechos era un “chico ingenuo de 20 años, de un pueblo”. Se aprecia, al momento de declarar, cierto alejamiento de dicha ingenuidad, incorporando un ánimo incriminatorio y transformándose, como acreditaremos, en un ferviente acusador de uniformados en las causas de lesa humanidad que tienen lugar en la jurisdicción de Bahía Blanca. Lo anterior puede referenciarse en la hora 5, minuto 17 con 50 segundos, de la reproducción audiovisual que se incluye.
Mega Causa Zona 5. Bahía Blanca | Audiencia n.°20
DECLARACIONES TESTIMONIALES BAJO JURAMENTO DE DECIR VERDAD – MIENTE CUANDO MANIFIESTA QUE NO LO COMPRENDEN LAS GENERALES DE LA LEY
1er HECHO FALSO
Deseo acreditar que el Testigo Monforte prestó varias declaraciones testimoniales como por ejemplo la del 12 de Julio de 2012 ante el Fiscal Abel Córdoba, en la conocida Causa Fracassi el día 07 de abril de 2015, la que en este debate oral se reprodujo de forma audiovisual. Seguidamente, el 18 de agosto de 2022 en el debate en curso, donde declaró vía Zoom, posteriormente el 19 de octubre de 2023 también realizó declaraciones y, como última acción participó de la Inspección Ocular llevada a cabo el día 09 de noviembre de 2023, en la cual efectuó declaraciones ante todos los presentes entre quienes se encontraban los tres miembros del Tribunal, los Dres. Ernesto Pedro Francisco Sebastián, Sebastián Luis Foglia y Marcos Javier Aguerrido.
En todos los casos, sus dichos cambian y evidencian inconsistencias e incongruencias. La falsedad de los mismos en relación con la posibilidad material de que estos sean ciertos, se ajusta conforme toma conciencia de dicha mendacidad. Intenta así aliviar la acreditación de la falsedad, lo cual no ha logrado.
Como resulta ser de rito ineludible, todos los Magistrados intervinientes y Presidentes de los Tribunales Orales Federales en los que prestó declaración testimonial, han preguntado si lo comprenden las generales de la ley. El Señor Gustavo Florencio Monforte “siempre” dijo que no lo comprendían, porque no era amigo, ni enemigo, ni deudor, ni acreedor, ni tenía intereses en el resultado del debate. Como primer señalamiento manifiesto que esta afirmación por parte del testigo de la Fiscalía es “una mentira”. Así queda demostrado por las siguientes pruebas acreditadas durante el debate, en las distintas declaraciones testimoniales e indagatorias ofrecidas durante las etapas probatorias de la fiscalía y las defensas, como así también, por los actos jurídicos de naturaleza pública que desarrolló el denunciado Monforte.
Esta afirmación -no lo comprenden las generales de la ley-, bajo juramento de decir verdad, adquiere una gravedad tal que por el solo hecho de comprobarse amerita una condena con encarcelamiento de cumplimiento efectivo en cabeza del denunciado y la inhabilitación de por vida para participar en futuros debates testificando, habida cuenta que hay personas presas, privadas de libertad desde más de 10 años, e inclusive algunas condenadas a causa de sus testimonios.
La resolución de esta denuncia por Falso Testimonio del Sr. Gustavo Florencio Monforte producirá, por un lado, efectos en personas ya condenadas a partir de sus mendaces declaraciones, por otro, evitará futuras condenas o permitirá la revisión de condenas impuestas y, como fin último, impedirá que declaraciones futuras afecten la libertad de otras personas.
Tal como puede apreciarse al minuto 11, 15 segundos de la audiencia de fecha 18 de Agosto de 2022, el Señor Gustavo Florencio Monforte, manifiesta que no lo comprenden las generales de la ley.
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca – Audiencia del día Jueves 18 de Agosto del 2022
Sintéticamente, Gustavo Florencio Monforte faltó a la verdad, cometió un delito y esa es la razón que motiva esta denuncia penal en su contra por FALSO TESTIMONIO DOBLEMENTE AGRAVADO.
Cuando Monforte expresa bajo juramento que no lo comprenden las generales de la Ley, omite reconocer que es amigo desde la infancia de la Sra. Alicia Partnoy, quien se presenta como víctima en este mismo debate oral. Tal vínculo queda acreditado en las respectivas Redes Sociales donde ambos reconocen la mutua relación desde niños. Alicia Partnoy es la autora de la obra “La Escuelita”, libro al que hace referencia en su primera declaración el 12 de julio de 2012.
En las imágenes que anteceden, Gustavo Monforte reconoce a Alicia Partnoy de niña y escribe, “la primera de la iz arriba” y Alicia Partnoy le responde “siiiii abrazote!”.
¿Cómo la reconoce, si no se conocen? Aun habiéndose conocido años después de esta foto escolar, se conocen, y Monforte lo omite. En otro orden, los diálogos exhibidos denotan confianza entre ambos, lo cual acredita que Monforte está comprendido por las generales de la ley porque es amigo de Alicia Partnoy y mintió en su declaración testimonial bajo juramento de decir verdad al jurar que no es amigo de nadie.
También omite reconocer haber recibido un subsidio otorgado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, querellante en esta misma causa. Siendo que la mencionada Secretaría está representada en este debate oral en curso por la Abogada Alejandra García, quien seguramente esté al tanto de la percepción del dinero que más abajo acredito y que recibió el Testigo de la Fiscalía, resulta lógico pensar que la Doctora García y el Sr. Monforte han tenido trato, se conocen y que Monforte tiene familiaridad con la letrada, o por lo menos la conoce y omitió decirlo.
En la Resolución 2024/2021 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con Fecha de promulgación: 06/12/2021, Fecha de publicación: (no figura), Número de Boletín Oficial: (no figura), Tipo de publicación: íntegra, y otros datos que más abajo se observan en una captura de imagen, se acredita la percepción del dinero.
Resumen de dinero otorgado: consta que lo otorga el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en calidad de subsidio a favor de Gustavo Florencio Monforte.
Olvida intencionalmente reconocer su militancia en Organismos de Derechos Humanos querellantes en causas de Lesa Humanidad. Cuando se le pregunta por esta puntual y específica vinculación en la Audiencia Nro 25, la que tuvo lugar por Zoom en este debate oral en curso el día 18 de agosto de 2022, primero se niega a responder, para luego confirmar su participación.
Tal como puede apreciarse a las 01h:03m:14s de la audiencia del día 18 de Agosto de 2022, el Señor Gustavo Florencio Monforte confirma su participación en organizaciones de derechos humanos en la ciudad de Olavarría. Minutos antes del momento indicado duda acerca de la procedencia de dicha pregunta, interviene el MPF y el Juez resuelve que debe responder a la misma.
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca – Audiencia del día Jueves 18 de Agosto del 2022
En la actualidad utiliza su Red Social Facebook, para publicar o republicar cuestiones relacionadas a los juicios de Lesa Humanidad, organismos de derechos humanos e ideología afín del denunciado, así como la noticia de mi detención, su participación en la Comisión por la Memoria o en la Investigación de Monte Pelloni. Indica en Facebook, que le gusta la noticia en donde se desplaza al General Rodrigo Soloaga al solidarizarse con sus camaradas detenidos en los juicios de Lesa Humanidad, publica documentos o noticias relacionadas con Cuba y con el Che Guevara, postea la frase que el expresidente Néstor Kirchner le dijo en el Colegio militar de la Nación a los militares formados “No tengo miedo, ni les tengo miedo”, muestra su fanatismo por Mario Méndez al cual también menciona como su mentor en una entrevista radial, siendo que Méndez era un terrorista subversivo que asesinó, mató y puso bombas durante la década de los 70, republica noticias acerca de los vuelos de la muerte, otras noticias que se titulan “En Azul se juzgan GENOCIDAS”, publica imágenes del encausado Enrique Stel y demás publicaciones que demuestran de manera indubitable que SÍ TIENE INTERÉS EN EL DESARROLLO Y RESOLUCIÓN DE ESTE DEBATE.
Su interés en la persecución penal de uniformados, la promoción de los exportadores de guerrilla en América Latina y su ideología de izquierda, son inocultables y enfrentados a los ideales de la sociedad de los 70.
Prueba de lo anterior son las siguientes capturas de pantalla de la red social donde publica.
Si manifiesta no tener interés en el resultado del debate oral Mega Causa Zona 5 ¿por qué publica el pedido de condena del Ministerio Público Fiscal Si no tiene interés en los resultados de los juicios por lesa humanidad, ¿por qué publica el inicio del juicio por encubrimiento de los vuelos de la muerte? y ¿por qué publica la solicitud de detención de militares por su actuación en la Guerra de Malvinas? Evidentemente, el interés en los juicios y el resultado condenatorio de uniformados y civiles asociados a ellos, resulta inocultable, indubitable y concluyente. Son pruebas indiciarias, indirectas y directas que acreditan su interés en el resultado final de estos debates orales contra personas de profesión uniformada y civiles asociados.
Esta imagen denota su inocultable interés por las personas desaparecidas y el resultado final de todos los debates orales por causas de lesa humanidad.
https://lu32.com.ar/nota/22682/el-espectro-politico-de-olavarria-repudio-lo-ocurrido-en- monte-peloni-este-domingo
http://www.spb.gba.gov.ar/site/index.php/unidad-02-sierra-chica/13790-jornada-sobre-e l-dia-del-respeto-a-la-diversidad-cultural-en-la-unidad-2
https://www.infoeme.com/nota/2008-12-31-1-0-0-balance-anual-de-la-comision-por-la- memoria-destacan-la-inauguracion-del-archivo-y-la-sea-alizacion-de-monte-peloni
Esta imagen denota su pertenencia a organizaciones de derechos humanos, razón por la cual el interés en el resultado final del debate es inocultable.
Luego de la simple observación de las publicaciones que anteceden, cabe preguntarse
¿Por qué hace estas publicaciones si no tiene intereses que lo vinculen con el resultado del debate oral en curso? ¿Por qué participa activamente en espacios dedicados a la Memoria, Verdad y Justicia cuyo interés en encarcelar uniformados todos conocemos? ¿Lo comprenden o no lo comprenden las generales de la ley?
¿Mintió o no mintió cuando dijo bajo juramento de decir verdad que no lo comprendían las generales de la ley? ¿Por qué pretendió eludir la respuesta cuando se le preguntó por su pertenencia, afinidad o integración a grupos u organismos de derechos humanos, cuando hay pruebas inocultables que lo acreditan?
El Señor Jorge Arabito, docente universitario e investigador de la UNICEN, Universidad del Centro situada en Olavarría, publica en la Red Social Flickr (red social de fotografías) una artesanía de tallado o grabado sobre madera. La obra se denomina “Mate Montonero”, artesanía de Gustavo Monforte. La misma consiste en un mate tallado con la insignia de Montoneros cuya fotografía se observa en la presente denuncia por Falso Testimonio.
Finalmente, y a los efectos de acreditar fehacientemente su indubitable interés en el desarrollo y resultado de este proceso, resulta imperioso hacer referencia al reportaje radial brindado en el Programa “Memorias, voces de lucha”, del día 31 de marzo de 2016 donde, además de relatar su inicio y continuidad en la militancia junto a Organismos de Derechos Humanos, expresó textualmente que “…es el cierre de una etapa, me faltaba cerrar eso… y ver lo que pasó acá… para mí fue parte del gran cierre, de todos los años que habíamos estado remándola… venir acá y los tipos están ahí y van presos …… eso fue muy bueno…”.
Se adjunta link de acceso a la entrevista mencionada. Programa “Memorias, voces de lucha” 31 de marzo de 2016
Resulta así claro, notorio, indubitable y concluyente, su particular interés en el resultado de este debate oral, porque él mismo reconoce públicamente que es enemigo del Personal Militar y por ende, siendo yo militar en 1976 al igual que todos los concausa, el señor Monforte expresa con su voz ser mi enemigo, nuestro enemigo. En cuanto a mi persona me denuncia con mi nombre y apellido, situándome en un lugar en el que nunca estuve e impartiendo órdenes que nunca impartí, después de tres declaraciones en las que aprendió mi apellido tal como es. Este hecho es cuanto menos sugestivo y cuasi determinante.
Conforme a las pruebas indiciarias, indirectas y directas, que aportamos en esta denuncia, su credibilidad está gravemente afectada y evidencia su particular interés en que me condenen, a mí y a otros encausados, lo cual sumado a lo antedicho y lo que a continuación se acredita, dan cuenta de que efectivamente lo comprenden las generales de la ley, exponen la falsedad de su testimonio y la comisión del delito de Falso Testimonio agravado por ser este un delito cometido en una causa criminal, por la que hay personas presas y condenadas o por condenar, como consecuencia de su testimonio notoriamente mendaz.
FALSEDADES GENERALES 2do HECHO FALSO
Durante la ampliación indagatoria realizada con fecha 19 de octubre de 2023 se recordó al Sargento Ayudante José Alberto Francos, alias “el sapo”, ya fallecido. El Sargento Ayudante Francos era el Encargado de la Compañía, una persona de personalidad imponente, voz gruesa, meticuloso y muy buen profesional, que se ocupaba con particular detalle de sus obligaciones y del bienestar de sus Suboficiales y Soldados.
En paralelo a sus responsabilidades naturales se ocupaba casi paternalmente de sus Subtenientes, sus “perros”, como él nos llamaba. Pese a que por jerarquía era subalterno nuestro, siempre nos brindó buenos consejos, porque nos doblaba en edad y tenía un comportamiento familiar que aún hoy valoramos y ha generado en todos nosotros, los Subtenientes, el mejor de los recuerdos.
Las personas más importantes, y visiblemente expuestas en una Compañía, son el Jefe de Compañía y el Encargado de Compañía, en razón del contacto cercano y diario que tienen con todos los Oficiales, Suboficiales y Soldados que la integran. Resulta imposible no conocerlo o no recordarlo porque presidía todas las formaciones de cada uno de los días del año, antes de presentarle la subunidad al Jefe de Compañía. Jamás estaba ausente y estaba excluido de realizar otro tipo de servicios.
Sin embargo, al ser interrogado el ex Soldado Monforte, dijo no recordar a Francos. Es cuanto menos llamativo porque a tantos años de los hechos, las personas nos podemos olvidar de mucha gente, pero del Encargado de Compañía y de su sobrenombre, es casi imposible.
¿Qué lo motiva a decir que no lo recuerda? ¿Habrá estado destinado realmente en la Compañía B, o estuvo en otra y por eso no lo recuerda? La duda sobre la veracidad de sus dichos subsiste y no se puede saber si dice la verdad al no recordarlo o si miente.
3er HECHO FALSO
En su declaración del 12 de Julio de 2012, manifestó ante el Fiscal Abel Córdoba que (textual) “MILLAPE recuerdo que una vez tuvo un brote y comenzó a los tiros dentro de la Compañía de Comunicaciones con un FAL por las escaleras”.
Este hecho, relatado de esta forma, demuestra claramente el deseo de mencionar, vincular e incriminar al Suboficial Millape, a quien nombra en dos oportunidades más. Esta certeza se constata con la documentación obrante en el expediente, habida cuenta que Millape no fue el autor de este hecho. Fue el Suboficial Favián, con”V” corta y de apellido Romero, el autor del disparo con arma de fuego.
Quien efectúa esta denuncia, “SÍ” estuvo presente en ese hecho traumático, y me consta que no fue Millape. Tampoco ocurrió en el edificio cuyo usufructo estaba destinado a la Compañía de Comunicaciones y Comando durante el año 1976, ni el autor sufrió un brote de ningún tipo, solo se constató luego que Alberto Favián Romero, era esquizofrénico. Evidentemente Monforte no estuvo presente en esta situación que relata y tal vez alguien le sugirió que lo diga e involucre al Suboficial Miguel Ángel Millape.
Lo más llamativo resulta ser que no recuerde, si es que realmente estuvo allí como dice, qué Oficial fue destinatario del único disparo efectuado por Romero, porque ese Oficial era precisamente yo, quien suscribe esta denuncia por Falso Testimonio.
Por lo expuesto no resulta creíble lo que afirma con grado de certeza, ya que, en la declaración expresó que conocía MUY BIEN al Suboficial Millape.
Al momento del hecho al que alude el ex soldado Monforte, se apreció que tal vez había sido una simple reacción a la ingesta excesiva de alcohol, una borrachera, pero con el transcurso del tiempo y la investigación médica, se detectó que Favián Romero padecía esquizofrenia.
Pero si era esquizofrénico o no, lo que aquí importa es que Monforte dijo que conocía el hecho porque lo presenció, que su protagonista fue Millape, suboficial a quien conocía muy bien y no mencionó que el único disparo que Romero (el verdadero protagonista) efectuó, fue a impactar a centímetros del entonces Subteniente Ernesto Emilio Ramón Etchart, es decir, el suscripto y denunciante de Monforte, a quien también dijo conocer muy bien. En conclusión, Monforte falsea la verdad.
En las imágenes puede apreciarse la Carátula del Legajo y nota de elevación del Capitán Médico donde consta que Alberto Favián Romero padece esquizofrenia y es clasificado como inútil para todo servicio.
La intención incriminatoria de Monforte respecto de Millape, evidencia la falsedad de su testimonio agravado porque hay personas condenadas y privadas por la falsedad de sus dichos, bajo juramento de decir verdad.
4to HECHO FALSO
En la misma declaración del 12 de Julio de 2012, manifiesta ante el fiscal Abel Córdoba lo siguiente: “…en mi caso fui elegido para ir a la Plana Mayor, esa selección la hizo el Capitán Emilio Freire para su propia Oficina, que era el Área S3 Operaciones e Inteligencia”.
Sobre el particular, cabe destacar, que la selección de los soldados asistentes personales o integrantes de áreas tan sensibles como Operaciones e Inteligencia se hacía antes de la incorporación de la Clase, por pedido directo al Jefe del Distrito Militar, a través del conocimiento personal que tenía el Oficial Jefe de la familia del ciudadano a ser incorporado para ocupar ese puesto, y siempre eran oriundos de la Ciudad de Bahía Blanca. Esta particular situación quedó acreditada en varias oportunidades, durante el desarrollo del debate oral, por siete militares que declararon bajo juramento de decir verdad, aquí hago referencia al Cnel Luis Enrique Rábago, Gral Alfredo Rolando, Gral Mauricio Fernández Funes, Gral Heriberto Auel, Cnel Lautaro Jiménez Corvalán, Cnel Juan José Gatti y el Tte Cnel Eduardo Carreras.
El Capitán Freire, tercero en la línea de mando del Batallón de Comunicaciones 181, era un blanco probable de atentados perpetrados por elementos subversivos, como quedó demostrado en el ataque con armas de fuego que sufrió durante su permanencia en el cargo, donde salvó su vida milagrosamente en el año 1977. Jamás, conociendo su meticulosidad y profesionalismo, hubiese elegido un soldado por una simple respuesta y mucho menos si era oriundo de un pueblito como Copetonas, ciudad que hoy, año 2024, tiene poco más de 1.000 habitantes, que en 1991 tenía 233 personas y que quién sabe cuántos habitantes tenía en 1976, distante de Bahía Blanca a 175 kilómetros sin relación de contacto ni sociabilidad con la vida militar del Batallón en el cual el Capitán Freire y yo revistábamos.
Declaración indagatoria de Monforte, donde consta que es oriundo de Copetonas, Partido de Tres Arroyos.
En el siguiente link se puede leer la historia de la familia del Sr Monforte, con fotografía de época.
https://copetonaspuebloabierto.blogspot.com/2010/09/fliamonforte-varela-ellos-tambien
Subsidiariamente, durante el desarrollo del debate oral nadie recuerda a Monforte como soldado integrante de la Plana Mayor, asignado al área Operaciones e Inteligencia, para colaborar con el Mayor Emilio Freire. Es llamativo entonces que durante la Inspección Ocular del 09 de Noviembre de 2023, se condujera dubitativamente al indicar los lugares en los que dijo que estaba la oficina del Mayor Freire, otros oficiales que solo él menciona y el microcine, lo cual nos conduce a considerar que está faltando a la verdad.
En las imágenes que anteceden, puede apreciarse la expresión del Juez de Cámara, Dr. Marcos Javier Aguerrido, quien con su rostro mirando al Señor Presidente del Tribunal, el Doctor Ernesto Sebastián, está diciendo todo sin decir una sola palabra. En mi opinión, percibieron la falsedad de los dichos de Monforte.
5to HECHO FALSO
En su declaración testimonial del 12 de julio de 2012 dijo: “Como yo era dibujante, un día un Superior de Operaciones me dio un croquis hecho a mano, con la orden de reproducirlo en un pizarrón del Casino de Oficiales. Cuando llegué al Casino, al que nunca había entrado antes, vi que era como un microcine con butacas. Las paredes estaban cubiertas con revistas Evita Montonera, La Estrella Roja, banderas del ERP, es decir estaba preparado para una charla o arenga. Y había un pizarrón donde tuve que pasar a escala ese plano”.
En primer lugar, cabe destacar, que en el Casino de Oficiales nunca existió un microcine. Primero porque en 1976 los microcines no existían, razón por la cual, emplear una palabra de tiempos actuales extrapolando conceptos que no se relacionan con la década del 70, ponen en duda su credibilidad, pero no dudamos de su clara intencionalidad incriminatoria.
En segundo lugar, cuando el 09 de noviembre de 2023 se realizó la Inspección Ocular, se constató que el lugar en el cual Monforte dice que hubo un microcine, se observó un comedor con las aberturas y pisos que se corresponden a la construcción original con que se edificó el Regimiento de Infantería 5 en el año 1931. En la Inspección Ocular, Monforte dijo que el piso era inclinado y que las paredes y puertas actuales no eran las que había en su momento.
El 07 de Abril de 2015, el Señor Monforte declaró (textual) “En otra oportunidad su Jefe Freire le encargó un plano a escala, de varias manzanas, que hacía referencia a un microcine y una casa marcada como “IREL” que luego supo, era un centro de rehabilitación. Trabajó a solas en el Casino de Suboficiales. Supuso que se trataba de otro operativo pero no participó”.
No obstante lo expuesto, en su primera declaración, dice que la orden se la da un Superior de Operaciones, omitiendo decir que ese Superior era el Capitán Freire, pero sí lo nombra en su segunda declaración y en todas las que prestó durante el debate oral a sabiendas de que Freire está muerto y no puede negar sus dichos.
Mientras que en su primera declaración reconoce la existencia de un microcine con butacas dentro del Casino de Oficiales, en la segunda declaración, el microcine con butacas formaba parte del plano a escala que le ordenaron dibujar, para finalizar expresando en su primera declaración, que todo esto se desarrollaba en el Casino de Oficiales, lugar donde jamás existió un microcine con butacas durante el periodo ´76-´79 lo cual quedó acreditado en diferentes declaraciones indagatorias y testimoniales durante el debate oral como ser la declaración testimonial del General Sergio Fernández. Paradójicamente, siempre estuvo solo, no hay personas que puedan ratificar sus dichos.
Las contradicciones continúan al punto tal, que en su segunda declaración, todo se desarrolla en el Casino de Suboficiales, distante aproximadamente 300 metros del anterior Casino de Oficiales. Se advierte que en la Inspección Ocular, describió el microcine en el Casino de Oficiales.
Durante el desarrollo del debate oral se incorporaron planos del edificio correspondiente al Casino de Oficiales, emitidos en el año 2016, los que dan cuenta de que no sufrió modificación alguna. La prueba específica, resulta ser que los ángulos de construcción y representación de las escaleras están dibujados en abanico (escalones compensados) como existían hace 50 años, forma de construir que hoy está prohibida.
Para finalizar de exponer la mentira sobre el microcine, en la Audiencia Nro 67 del 14 de septiembre de 2023, declaró el ex soldado JUAN JOSÉ GERK, quien se desempeñó como cocinero en el Casino de Oficiales y se le preguntó sobre la existencia de un microcine con butacas en el mencionado casino y su respuesta fue contundente: “NO”. Luego, GERK, prosiguió describiendo las instalaciones de manera detallada las que muy bien conocía, porque dormía en una habitación ubicada en planta baja del mencionado Casino de Oficiales, habitación que recordó cuando efectuó su declaración.
Si bien detalla durante su declaración aspectos relacionados a sus tareas asignadas, es en el momento 01h:19m:27s que se le consulta si conoció el Casino de Oficiales en su totalidad, responde que “sí”, para luego ante la pregunta de la posibilidad que hubiere un microcine con butacas responda categóricamente que “no”.
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca – Audiencia del día Jueves 14 de Septiembre del 2023
Lo expresado anteriormente, son los fundamentos por los cuales en el petitorio se solicita la realización de una pericia arquitectónica, con el fin de constatar la veracidad o mendacidad de sus dichos, pericia que en forma particular y en pos de justificar esta denuncia en el expediente, también solicitaré y solventaré con mi propio peculio.
En otras palabras, solicitaremos la realización de un informe pericial de un arquitecto, maestro mayor de obras o un ingeniero en construcciones, de manera que podamos contar con un documento elaborado por un profesional de la construcción cuyo objetivo es analizar, evaluar de manera técnica y objetiva, aspectos relacionados con una construcción y acreditar la inexistencia de un microcine, donde el ex soldado Monforte dijo que existía el mismo, probando así una vez más la falsedad de su testimonio.
En la fotografía tomada durante la Inspección Ocular que a continuación se exhibe, el soldado Monforte, se encuentra dando una clara explicación con gestos, que el piso terminaba por debajo del nivel de piso actual, con su parte más profunda, hacia el sector de la actual cocina. Sostuvo que la cocina que los Señores Jueces del Tribunal visitaron, no estaba en ese lugar en el año 1976. Agregó un supuesto escenario y lo posicionó invadiendo la Cocina que el Señor Presidente Doctor Sebastián, observó al ingresar a la cocina propiamente dicha durante la Inspección Ocular.
Si bien esta prueba no está directamente relacionada con la imputación que se me formula, tiene la indubitable aptitud de demostrar, una vez más, que los dichos del único testigo que por su testimonio he perdido, hasta ahora, 2 años y 6 meses de libertad, de vida profesional y social, son absolutamente falsos e inventados al sólo efecto de lograr mi imputación, procesamiento y condena de cumplimiento efectivo, pérdida de libertad que actualmente estoy padeciendo yo y 9 de mis camaradas de profesión que revistaron en el año 1976 en el Batallón de Comunicaciones 181.
En esta imagen, Monforte señala durante la Inspección Ocular, el inexistente desnivel del piso, el cual según él, tenía en 1976
A continuación, “haré hablar a los planos”, como habitualmente se dice. La siguiente imagen muestra el sector donde se ubica el Casino de Oficiales (recuadrado en color azul).
Ampliado el recuadro de la imagen anterior, las próximas imágenes demostrarán en color rojo el camino que dice, durante la Inspección Ocular, haber hecho el ex soldado Monforte para llegar desde la Oficina de Operaciones hasta el supuesto Microcine.
En verde, muestro el camino que cualquiera hubiera hecho en aquella época, para recorrer el mismo trayecto. Durante los cuatro años que viví en ese Casino, no recuerdo haber usado esa puerta trasera del Edificio, que hasta me animo a afirmar que permanecía clausurada por seguridad. Los accesos normales eran la puerta frontal, (que usaban las Visitas, los Jefes y quienes estacionaban su vehículo sobre la calle del frente), y la entrada por la Cocina. Incluso el camino que relata Monforte estaba totalmente obstaculizado por plantas. Además el Encargado del Casino, a quien debe haber solicitado permiso para entrar, estaba normalmente en el sector de Cocina y Comedores.
Basta una simple reflexión para concluir que Monforte NUNCA entró a ese edificio en el año 1976.
Existen un par de detalles técnicos, que pueden parecer menores, pero que muestran claramente que este edificio se encuentra tal cual se construyó en la década de 1930.
Para que se entienda más claramente, quiero explicar de manera resumida, el concepto de CAJA DE ESCALERA y su forma de construcción. Se construye de Hormigón Armado por razones de Seguridad contra Incendios y razones Estructurales. Pretender demoler esta estructura o construirla después de terminado el edificio es imposible. Forma parte del sistema estructural del mismo.
También quiero agregar la falta de VENTILACIÓN FORZADA y remarcar que la única ventilación del Sótano está brindada por la VENTANA EN BANDEROLA que veíamos a ras del piso, a la derecha de la escalerita de entrada cuando llegábamos a la puerta del Casino, por la entrada de la Cocina. Desde los años 1950 estaría prohibido habilitar ese sótano con esa sola vía de ventilación. En la época de su construcción no se tenía ese concepto de Seguridad e Higiene.
La siguiente imagen indica algunos de los términos mencionados en los párrafos anteriores.
La última imagen explica la existencia de ESCALONES COMPENSADOS en el plano de la escalera, que fueron prácticamente prohibidos a partir de la década de 1950, por razones de seguridad. Son los mismos que se pueden encontrar en edificios muy antiguos, pero fue recomendado su reemplazo por DESCANSOS amplios y rectangulares para evitar accidentes.
El Edificio está tal cual nació en 1931. Nunca hubo un microcine en el lugar que siempre estuvo el bar. Nunca hubo un desnivel en ese piso porque siempre estuvo la CAJA DE ESCALERA del sótano.
Nunca hubo un escenario dentro de la cocina y siempre la cocina estuvo donde está. En tal sentido, concluidas las pericias solicitadas en el petitorio, podrá comprobarse de manera indubitable, la comisión del delito Falsedad del Testimonio Agravado, por parte del Testigo de la Fiscalía, Gustavo Florencio Monforte.
6to HECHO FALSO
Durante la inspección ocular que tuvo lugar el 09 de noviembre de 2023 en los cuarteles de Villa Floresta, se recorrieron algunas de las instalaciones donde en 1976 se encontraban emplazadas la Compañía de Policía Militar 181, la Banda de Música, la Compañía de Telecomunicaciones 181, el Depósito de Sanidad 181 y el Batallón de Comunicaciones 181.
Llegando el personal asistente a la mencionada inspección, hacia los fondos de los cuarteles, se encontraron con el edificio de la Pileta de la Guarnición Militar, el Playón de Estacionamiento para vehículos de las personas concurrentes a la pileta, un alambrado y más atrás de ellos, la torre de enfriamiento y cisterna para el agua con que se abastecía a las unidades de los cuarteles de Villa Floresta.
Parados en el playón, tal como se puede apreciar en las imágenes, el ex soldado Monforte hizo uso de la palabra y dijo que “practicaban combate en localidades haciendo uso de armas, equipos y materiales… entre los que mencionó a las…granadas”.
En la imagen se lo observa a Monforte señalando el edificio de la pileta y de fondo, con forma de pirámide truncada, la torre de enfriamiento y cisterna.
Los asistentes miran el edificio de la pileta mientras Monforte dice que practicaban (Textual) “combate en localidades, arrojar granadas, subir escaleras, se pateaban puertas, vacía la pileta, caca de palomas y caca de seres humanos que usaban la pileta como baño… no recuerdo si traían armamento, porque eran espacios reducidos, había que ponerse de espaldas contra la pared y patear las puertas”.
Es difícil entender que en una práctica como la que el testigo describe se empleen granadas y no se emplee armamento. Esta es una contradicción que se opone a la sana crítica racional, pero lo que se desea destacar es que dijo que “arrojaban granadas”
La granada FMK2 era la única granada existente en 1976 como provisión en el Ejército Argentino. Se producía en Fabricaciones Militares, de allí la sigla FM.
La granada es un armamento de efectos indiscriminados, no distingue el blanco. No es como el proyectil de la bala de un fusil que impacta hacia donde se apunta el arma. En su interior, la granada tiene una carga de trotyl rodeada de hierro. Cuando el trotyl explota por el accionar del fulminante que está en el tren de fuego, el hierro se fragmenta y expande por 360 grados.
Su técnica de empleo es muy sencilla, pero la decisión de emplearla es muy compleja en razón de los efectos indiscriminados, no resulta útil para todas las armas de combate que hay en el Ejército, y no todos los militares emplean granadas. Pueden resultar familiares en las películas de acción, pero en el ejercicio diario de la profesión militar, son pocos los que las tienen provistas y, también pocos, los que las emplean.
Solo los elementos de infantería en 1ra línea de combate y tropas con aptitudes especiales, como los Comandos, Montaraces y Cazadores de Montaña, usan granadas. El empleo de granadas no se corresponde con el ejercicio profesional de los elementos de comunicaciones, al punto que las unidades de comunicaciones no tienen granadas como dotación y es muy común conocer que hubo Oficiales y Suboficiales del Arma de Comunicaciones que han transitado toda su carrera militar, se han jubilado, sin jamás arrojar una granada. El arma de un oficial o suboficial de comunicaciones era la radio, el teléfono, el teletipo, el teleimpresor y el telégrafo.
Desde la hora 01, 31 minutos hasta la hora 01, 33 minutos de la reproducción audiovisual de la Inspección Ocular, llevada a cabo el 09 de noviembre de 2023, se lo puede escuchar a Monforte expresando que arrojaban granadas.
Por lo expuesto respecto a las prácticas de combate en localidades arrojando “granadas”, pateando puertas y otras conductas, como la de referir que el Teniente Coronel Argentino Tauber usaba helicópteros para trasladarse, hay personas presas, condenadas y todo ello nos remite a la comisión de Falso Testimonio doblemente agravado por haberse producido en el marco de un juicio criminal con personas privadas de la libertad.
7mo HECHO FALSO
En sus sucesivas declaraciones, dijo que cumplió con 133 Servicios de Guardia, lo cual equivale a decir que durante su permanencia bajo bandera, de poco más de un año calendario, hizo una guardia cada tres días.
Parte de la Declaración Testimonial de Gustavo Florencio Monforte, que se encuentra en página 488 de la sentencia de 878 páginas de la Causa Fracassi, identificada como Principal en Tribunal Oral TO01 – IMPUTADO: ARAOZ DE LAMADRID, SERGIO LEONARDO Y OTROS s/PRIVACIÓN ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1) QUERELLANTE: SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN Y OTROS.
Todos los conscriptos que han declarado en esta causa, han expresado que realizaron una guardia cada catorce días aproximadamente. Estas declaraciones coinciden con lo razonable y con mi recuerdo, de lo que realmente ocurría, considerando que el Servicio de Guardia se repartía entre las tres Compañías del Batallón, la Compañía de Telecomunicaciones 181, la Compañía de Policía Militar 181 y el aporte de un tambor o corneta de la Banda Militar de la Guarnición.
Pero además, si resultase cierto que perteneció a la Plana Mayor y se desempeñó como soldado de Operaciones e Inteligencia, lo más probable es que no haya hecho ningún Servicio de Guardia o lo haya hecho en contadas oportunidades, al solo efecto de no ser mal visto por los otros soldados. Los soldados que dependían de miembros de la Plana Mayor, tenían un régimen de privilegio en lo relacionado con la cantidad de guardias que hacían.
Durante el año 1976 había 390 soldados clase 1955 y en 1977 eran 453 los soldados clase 1958 que estuvieron destinados en el Batallón de Comunicaciones 181, razón por la cual si a estas cifras de efectivos, les sumamos los soldados de la Compañía de Policía Militar 181, la Compañía de Telecomunicaciones 181, el Depósito de Sanidad y la Banda de Música del Comando del Vto Cuerpo de Ejército resulta evidente que jamás pudo haber realizado una guardia cada 3 días, es decir, 133 guardias como declaró por primera vez e intentó corregir cuando declaró el 18 de agosto de 2022 durante este debate oral.
De la sana crítica racional, las estadísticas rudimentarias sobre la cantidad de servicios de armas que realizan los soldados asignados a la Mayoría, la inexistencia de declaraciones similares por parte de otros soldados y la ilogicidad de lo declarado bajo juramento de decir verdad, resulta una vez más acreditado la comisión del delito de Falso Testimonio Agravado por haberlo cometido dentro del contexto de una causa criminal y existir personas condenadas y otras, privadas de libertad.
8vo HECHO FALSO
Habiendo sido designado el Capitán Freire como interventor de LU7 Radio General San Martín en el año 1976, la Sección de Radio Multicanal a mi mando era la responsable de brindar los enlaces radioeléctricos para las transmisiones culturales y deportivas de exteriores de la mencionada radio.
En sus declaraciones, el ex soldado Monforte dijo que entre sus actividades estaba la confección de la programación de la Radio LU7. Esta afirmación es absolutamente falsa
ya que dicho documento era confeccionado en la misma Radio, por el Gerente Comercial de la misma. La programación de una radio incluye bloques de contenido, espacios de publicidad, entrevistas, flashes, etc que se gestionan en la Producción de la radio, requieren conocimientos específicos que se generan con pericia y erudición. La programación de una radio, no se confecciona en las remotas oficinas de un Cuartel Militar, donde prestaba servicios el Interventor y mucho menos lo confeccionaba un soldado de 21 años de edad procedente de un pueblito de Copetonas del Partido de Tres Arroyos, donde no existía posibilidad alguna de capacitarse sobre la programación de una radio de broadcasting.
La situación descripta en el párrafo precedente, me consta de manera indubitable, porque yo, Ernesto Etchart, personalmente trataba con el mencionado gerente y el Capitán Freire, todas las veces en que me convocaban para emplear mi sección multicanal y al ex soldado Monforte, no lo vi nunca en la radio de referencia.
Nuevamente nos remitimos a la sana crítica racional y los más elementales conocimientos sobre la pericia y erudición que requiere una persona para realizar la
programación de una radio de broadcasting, la inexistencia de declaraciones similares por parte de otros ex soldados, la falta de acreditación sobre la capacitación de un ex soldado de 21 años oriundo del pueblo de Copetonas, sobre programación de radio y la ilogicidad de lo declarado bajo juramento de decir verdad, resulta una vez más acreditado la comisión del delito de Falso Testimonio Agravado por haberlo cometido dentro del contexto de una causa criminal y existir personas condenadas y otras, privadas de libertad.
9no HECHO FALSO
En su declaración testimonial del 07 de abril del año 2015, Audiencia Número 47, Causa Nro 1103, conocida como Causa Fracassi, el ex soldado Monforte dijo que confeccionaba los reglamentos militares. Lo expresado consta en la página Nro 15 del Acta de Audiencia, incorporada por lectura en el Auto de Prueba del Tribunal actuante, de fecha 10 de febrero de 2022.
En la reproducción audiovisual exhibida en este debate oral, dijo (textual) “Por el interior todas las oficinas estaban comunicadas con la oficina de Logística de OTERO y a su vez con la oficina de Reglamentos Militares, yo estaba a cargo mío, de organización de los Reglamentos Militares”. En la Audiencia N° 20 del 30 de junio de 2022 a las 5h:14m, expresa la frase antes citada.
Mega Causa Zona 5. Bahía Blanca | Audiencia n.°20
En su declaración del 19 de octubre de 2023, Audiencia N° 71 del debate oral señalado, cambió nuevamente su declaración y cuando el Doctor Eduardo San Emeterio le preguntó “¿Usted dijo que confeccionaba los Reglamentos Militares?” El ex soldado Monforte contestó (textual) ¿Cómo yo voy a confeccionar los Reglamentos Militares?
¡No! Yo los acomodaba; hacía el listado nada más.”
¿Cómo se entienden estas contradicciones? ¿Los confeccionaba? ¿los organizaba?
¿los acomodaba? ¿Hacía la lista? ¿o simplemente les pasaba el plumero para sacarle la tierra? Seguramente con el tiempo comprendió, o le hicieron comprender, que no podía mentir con semejante descaro.
Como ya se ha escuchado durante el debate oral, varios testigos de profesión militar que declararon bajo juramento de decir verdad, que esta actividad estaba centralizada en el Departamento Doctrina del Comando en Jefe del Ejército (hoy Estado Mayor General del Ejército) y se imprimían en el Instituto Geográfico Militar (hoy Instituto Geográfico Nacional). Cada Reglamento era puesto en vigencia por el JEMGE y/o el Ministro de Defensa. En las primeras hojas de todos estos reglamentos figura la nomenclatura, denominación, quiénes lo habían confeccionado, y otros datos exactos respecto del mismo.
Durante el desarrollo del debate oral, el General Alfredo Rolando y el Coronel Lautaro Jiménez Corvalán, testificaron que los reglamentos militares los confecciona el Estado Mayor General del Ejército Argentino y eran remitidos a las unidades, al área operaciones a cargo de un Oficial de Estado Mayor y un soldado destinado en una unidad carece de capacidad para ocuparse de la organización de los mismos. Los testimonios están grabados en las audiencias Nro 60 del 13 de julio y Nro 62 del 10 de agosto de 2023.
Nuevamente nos remitimos a la sana crítica racional y los más elementales conocimientos sobre la pericia y erudición que requiere una persona para organizar los Reglamentos Militares para lo cual se requiere la capacitación de un Bibliotecario especializado en temas militares lo cual Monforte no lo era. Hay más de 1.000 reglamentos militares en el Ejército Argentino y a estos se suman los de naturaleza conjunta es decir, los que regulan aspectos comunes de todas las Fuerzas Armadas. En el Ejército hay reglamentos de las armas de Ingenieros, Comunicaciones, Artillería, Caballería, Infantería, Táctica Superior, Táctica Inferior, Reconocimiento de Aeronaves en Vuelo, Construcciones, Educación e Instrucción, Fortificaciones en Campaña, Terminología Castrense, Escritura en Campaña, Interpretación de Imágenes, Arsenales, Intendencia, Sanidad, Ejercicio del Mando, uno por cada arma que tiene el ejército donde se explica el uso y mantenimiento de la misma y más de un millar de temas que están regulados en la vida militar específica y conjunta. Monforte no es un bibliotecario especializado y no todos los uniformados están en condiciones de cumplir esa tarea.
A lo expresado, se le suman la inexistencia de declaraciones similares por parte de otros ex soldados, la falta de acreditación sobre la capacitación de un ex soldado de 21 años oriundo del pueblo de Copetonas para desempeñarse como redactor de reglamentos militares o bibliotecario especializado en la organización de reglamentos militares.
La ilogicidad de lo declarado bajo juramento de decir verdad, resulta una vez más acreditante de la comisión del delito de Falso Testimonio Agravado por haberlo cometido dentro del contexto de una causa criminal y existir personas condenadas y otras, privadas de libertad.
10mo HECHO FALSO
Comete falso testimonio nuevamente, cuando declara bajo juramento de decir verdad que confeccionó “todos los planos del Batallón”, siendo que los estudios de arquitectura contratan grupos de dibujantes técnicos, generalmente arquitectos jóvenes, que tardarían varios meses para dibujar los planos de una edificación similar, tan densa y compleja como la zona edilicia de los Cuarteles de Villa Floresta, donde convivían 5 unidades militares, las que si bien no están hoy en día, si permanecen los edificios que ocupaban, los cuales pueden ser objeto de una inspección ocular, evaluar su factibilidad en función de las habilidades técnicas de Monforte y solicitar planos oficiales del Ejército Argentino, para constatar la firma de los mismos y observar si alguno de ellos posee la firma del ex soldado Monforte, como autor-dibujante del plano.
Audiencia del día 18 de Agosto de 2022 donde el Testigo de la Fiscalía, Gustavo Florencio Monforte, dibuja un plano del Batallón, donde consta la incapacidad para dibujar planos a mano alzada. Ningún dibujante tiene esa desprolijidad. Este hecho se inicia a los 22m:19s de audiencia, exhibiéndose el plano a los 34m:10s. de la misma.
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca – Audiencia del día Jueves 18 de Agosto del 2022
Además de lo dicho, la Oficina de Operaciones, no contaba con ninguno de los medios técnicos de dibujo, ni siquiera los que eran habituales en aquella época, para terminar de demostrar lo falaz de su relato, en una audiencia de este debate oral en curso, cuando el día 18 de agosto de 2022, quedó demostrado que no posee las habilidades básicas necesarias para realizar la tarea de dibujante de planos, sus dibujos parecían croquis realizados por niños de escuela primaria y se exhiben como prueba documental.
Finalmente, cabe destacar que todos los planos del Ejército Argentino, están confeccionados y controlados por la Dirección de Ingenieros dependiente del EMGE con asiento en la CABA. Esta dependencia los remite a los Cuerpos de Ejército y estos a las Unidades. Cada cierto tiempo, un grupo de ingenieros dependientes del Ejército Argentino, realizan inspecciones desde la Dirección de Ingenieros que se encuentra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cada una de las unidades emplazadas en el país para constatar en el lugar, que los planos sigan actualizados conforme a las modificaciones que por distintas necesidades se pudieron haber realizado.
Nuevamente nos remitimos a la sana crítica racional y los más elementales conocimientos sobre la pericia y erudición que requiere una persona para confeccionar planos, la inexistencia de declaraciones similares por parte de otros ex soldados, la falta de acreditación sobre la capacitación de un ex soldado de 21 años oriundo del pueblo de Copetonas, sobre confección de planos edilicios, el contraste de la realidad de la vida diaria en relación con planos de edificaciones y la ilogicidad de lo declarado bajo juramento de decir verdad, resulta una vez más acreditado la comisión del delito de Falso Testimonio Agravado por haberlo cometido dentro del contexto de una causa criminal y existir personas condenadas y otras, privadas de libertad.
11er HECHO FALSO
Nuevamente faltó a su juramento de decir verdad, cuando dijo que tenía en su poder las llaves de toda la Mayoría del Batallón, donde el Jefe del Batallón de Comunicaciones 181, el 2do Jefe del Batallón, el Oficial de Personal, el Oficial de Inteligencia, el Oficial de Operaciones y el Oficial Logístico, tienen sus oficinas, dependencias y trabajan todos los Suboficiales que tienen asignados para desarrollar tareas en cada área de la conducción.
Lo que el ex soldado Monforte manifiesta, es absolutamente falso y no resiste el análisis de la sana crítica racional, pensar que los responsables de las Áreas de Conducción más sensibles de la Unidad Militar, le van a facilitar las llaves de las oficinas de la Mayoría.
Cabe señalar que en mi Legajo Personal, el día 15 de Octubre del año 1977, figura una sanción disciplinaria de dos días ARRESTO “por entrar sin autorización y permanecer en el despacho de un Superior”. Yo, siendo Subteniente en el 2do año no tenía acceso, autorización, ni ingreso libre a la Mayoría y resulta ser que el Soldado Monforte, no solo tenía en su poder las llaves sino que, como describe en otros tramos de su declaración, ingresaba libremente a cualquier oficina de la Mayoría inclusive los fines de semana.
Téngase en cuenta que quien suscribe esta denuncia, estaba comprendido entre las 20 personas de mayor jerarquía del Batallón de Comunicaciones 181 y tenía prohibido concurrir y permanecer en una dependencia de la Plana Mayor, lo cual denota la falsedad de lo declarado por el ex soldado Monforte, circunstancia esta que fue acreditada en el debate oral en curso por todos los encausados y testigos de las defensas.
La Mayoría es el edificio donde trabajan todos los miembros de la Plana Mayor. No había dentro del Batallón, otro lugar donde se desarrollen actividades de Planeamiento o Conducción. El Jefe de la Plana Mayor era el 2do Jefe del Batallón; durante el año 1976
era el Mayor Striker, de quien Monforte dice no saber qué hacía y que lo veía poco y en algún momento expresó que era Coronel cuando no existía ningún Coronel destinado en el Batallón de Comunicaciones 181 tal como consta en el Cuadro de Organización y en el Libro Histórico de la unidad correspondiente al años 1976 y 1977.
Durante el desarrollo del debate oral, los testimonios de 7 militares que declararon bajo juramento de decir verdad y me refiero a los Coroneles Luis Enrique Rábago, Generales Alfredo Rolando, General Mauricio Fernández Funes, General Heriberto Auel, Coronel Lautaro Jiménez Corvalán, Coronel Juan José Gatti y el Teniente Coronel Eduardo Carreras testificaron que es imposible que un soldado tenga las llaves de las oficinas de la Plana Mayor.
La sana crítica racional indica que un soldado no puede tener las llaves de áreas sensibles donde se acumula material Reservado, Confidencial y Secreto, la inexistencia de declaraciones similares por parte de otros ex soldados, la falta de acreditación sobre la capacidad de un ex soldado de 21 años oriundo del pueblo de Copetonas como para ser depositario de las llaves de las oficinas más importantes de una unidad militar y la ilogicidad de lo declarado bajo juramento de decir verdad, resulta una vez más acreditado la comisión del delito de Falso Testimonio Agravado por haberlo cometido dentro del contexto de una causa criminal y existir personas condenadas y otras, privadas de libertad.
12do HECHO FALSO
Miente nuevamente cuando expresa su relación con las Claves de Cifrado y Descifrado de las unidades militares. En cada Comando, Unidad, Subunidad Independiente u Organismo del Ejército, existían las claves para cifrar o descifrar radiogramas que tienen la clasificación de seguridad SECRETO, documentación a la que por su clasificación de seguridad, un soldado “jamás” tiene acceso.
Eran varios cuadernillos, todos iguales en tamaño y forma, que permitían obtener el texto en claro de un mensaje cifrado. Sólo un oficial por Unidad se ocupaba de hacerlo y este era el Oficial de Claves, quien, por razones de seguridad, no siempre se sabía quién era ese oficial.
Las claves estaban identificadas con la designación de cada organismo, numeradas y ponchadas, no se podían fotocopiar y en caso de pérdida se podía identificar su origen. La pérdida o sustracción de las claves de cifrado y descifrado eran motivo de un sumario, relevo inmediato del Jefe de la Unidad Militar y Monforte decía que tenía acceso porque contaba con la llave donde se encontraban las claves. Esta expresión es bien propia de una persona que se considera impune o protegida por alguien, pero en esta denuncia por Falso Testimonio, pretendemos que se compruebe lo que se denuncia y que se encarcele al denunciado Monforte, porque por sus mentiras, hubo y hay muchas personas privadas de su libertad, algunas preventivamente y otras condenadas.
Los Centros de Comunicaciones Fijos de los comandos de Cuerpo de Ejército y de Brigada eran las instalaciones por donde se cursaban los mensajes cifrados y estos NO poseían estas claves, es decir que no podían cifrar ni descifrar. Estos recibían los radiogramas o mensajes ya cifrados y la unidad receptora tenía que descifrarlos. El documento cifrado llegaba por radio al Centro de Comunicaciones Fijo de la unidad receptora y este se lo entregaba al jefe del elemento receptor en mano, quien llamaba al Oficial de Claves, le entregaba el cifrado y ordenaba el descifrado.
El Oficial de Claves retiraba las claves y se debía encerrar en una oficina para realizar su tarea, la que ejecutaba en solitario, nadie podía siquiera ver los cuadernillos con las claves ni estar presente durante el descifrado. Al finalizar, el Oficial de Claves volvía a guardar las claves en una caja fuerte y entregaba en propias manos el texto en claro, únicamente al Jefe de la Unidad.
Por lo expuesto precedentemente, se infiere de manera indubitable que lo que Monforte afirma, es decir que tenía acceso a las claves, es una falsedad absoluta.
Prestando servicios en el B Com Cdo 181, nunca presencié esa actividad ni tuve acceso a las claves de cifrado y descifrado. Conocía los aspectos teóricos de lo señalado porque era materia de estudio como Cadete de Comunicaciones en el Colegio Militar ¿y el ex soldado Monforte expresa que tenía las llaves que le daban acceso a las claves de cifrado y descifrado?
Con el tiempo tomé conocimiento que las Claves se guardaban en la Oficina de Operaciones y que el S3 podía o no ser el Oficial de Claves.
Lo expresado es una prueba concluyente, ratificada por 7 testigos militares de profesión en este debate oral, los que declararon bajo juramento de decir verdad y me refiero a los Coroneles Luis Enrique Rábago, Generales Alfredo Rolando, General Mauricio Fernández Funes, General Heriberto Auel, Coronel Lautaro Jiménez Corvalán, Coronel Juan José Gatti y el Teniente Coronel Eduardo Carreras, quienes siendo militares de profesión, con más de 36 años de servicio y bajo juramento de decir verdad, expresaron que es imposible que un soldado haya confeccionado las señales de reconocimiento y las haya distribuido porque tienen clasificación de seguridad SECRETO, mucho menos tener acceso a las claves de la unidad o tener ingreso irrestricto al Área de Operaciones e Inteligencia.
Señal de Reconocimiento, Código de Colores y Señal de Identificación a emplear en los cuarteles de Villa Floresta con la firma del entonces Mayor Manuel Emilio Freire donde constan varias instrucciones de coordinación para las unidades militares emplazadas en la guarnición militar.
Por lo expuesto, no resiste ni los estándares mínimos de la sana crítica racional, que permita inferir que un soldado pueda confeccionar y distribuir documentación Secreta, la inexistencia de declaraciones similares por parte de otros ex soldados, la falta de acreditación sobre la capacidad de un ex soldado de 21 años oriundo del pueblo de Copetonas como para tener acceso a claves y confeccionar señales de reconocimiento a distribuir en una guarnición militar con distintas unidades y la ilogicidad de lo declarado bajo juramento de decir verdad, resulta una vez más acreditado la comisión del delito de Falso Testimonio Agravado por haberlo cometido dentro del contexto de una causa criminal y existir personas condenadas y otras, privadas de libertad.
13ro HECHO FALSO
En la transcripción textual de la declaración efectuada por Florencio Monforte el día 07 de abril de 2015, consta lo siguiente (textual) “Como soldado de Operaciones disponía de llaves de la Oficina y un fin de semana por la tarde escuché ruidos de alguien que subía, observando que se trataba del Teniente Coronel Tauber, con dos personas más que traían de los brazos a una mujer embarazada. Por el interior todas las oficinas estaban comunicadas con la Oficina de Logística de Otero y a su vez con la Oficina de Reglamentos Militares, donde trabajaba el dicente, a cargo de la confección de los Reglamentos. Se acercó e intentó escuchar, los hombres hablaban en voz muy baja, y la puerta que daba a la Oficina del Teniente Coronel, estaba bloqueada por bibliotecas. Desde el primer momento recordó el nombre “Estrella TURATA” pero ignora quién era la mujer o por qué estaba allí”. ¿Alguien le dijo que pronuncie ese nombre y apellido en su declaración? ¿cómo lo obtuvo?
Cabe destacar la capacidad auditiva del Señor Monforte, quien logró escuchar la conversación de gente que hablaba en voz baja, a través de paredes de mampostería de 45 cm de espesor y puertas bloqueadas por bibliotecas en un edificio construido en el año 1931, con materiales de alta densidad y ladrillos propios de una construcción compacta y robusta, que ya no se usan por su elevado costo y calidad aislante.
Cabe destacar que durante la inspección ocular del 09 de noviembre de 2023, el ex soldado Monforte intentó justificar que escuchó a través de las paredes y no supo explicar cómo supo que la persona se llamaba Estrella Turata, ni tampoco justificar su acceso durante un fin de semana a un Área Restringida como lo eran y siguen siendo “Operaciones e Inteligencia”.
En el momento 41m:50s del video que se adjunta a continuación se observa a Monforte relatar el hecho que involucra a una persona llamada ESTRELLA TURATA, de la cual recuerda el nombre por un papel en un cesto que raudamente le quitan de la vista. Refiere también que como el piso crujía tuvo que buscar los clavos para pisar y no ser oído. Una expresión digna de un guión de una película policial o de suspenso.
Reitero que no pudo explicar de manera fehaciente y creíble cómo conocía el nombre de esta persona, ni qué hacía en el lugar durante un fin de semana.
La inverosímil declaración testimonial, donde introduce sin sentido alguno, el nombre y apellido de una persona que figura entre las víctimas para acreditar su detención, la inexistencia de declaraciones similares por parte de otros ex soldados, la falta de acreditación sobre la capacidad de un ex soldado de 21 años oriundo del pueblo de Copetonas como para tener acceso a nombres y apellidos de personas detenidas que hoy forman parte de colectivos y organizaciones de derechos humanos a los que el dicente Monforte pertenece y la ilogicidad de lo declarado bajo juramento de decir verdad al introducir sin ilación alguna el nombre de una persona que hoy sabemos que supuestamente fue víctima durante la década del 70, resulta una vez más acreditado la comisión del delito de Falso Testimonio Agravado por haberlo cometido dentro del contexto de una causa criminal y existir personas condenadas y otras, privadas de libertad.
14to HECHO FALSO
Con fecha 07 de abril de 2015, el ex soldado Monforte testimonió bajo juramento de decir verdad que (textual) “En una ocasión sé que parte de los que vinieron de Tres Arroyos (de donde soy nativo) habían ido a parar al Gimnasio. ¿Cómo sé esto? Porque me envían una vez con un papel, una foto, no recuerdo el nombre, me escolta un Soldado de la Compañía de Combate, con la orden de liberar a una persona. Se agolparon allí, gente de Tres Arroyos, yo dije que tal persona tenía que salir. Nunca más me mandaron ahí, habrán pensado que era inoportuno que fuera un soldado. No recuerdo un solo nombre”.
No puede no recordar quién le dio esa orden, tampoco qué soldado lo acompañó. Ningún otro Soldado Conscripto relató durante el debate oral haber sido parte de situación similar, solo el ex Soldado Monforte.
¿Quién puede creer que Monforte contaba con autoridad delegada como para liberar personas y que los detenidos habrían de obedecer?
No puede recordar el nombre de la persona que fue a liberar, pero según sus dichos lo tenía escrito en un papel, contaba con la foto y el testigo reconoce haber expresado “yo dije que tal persona tenía que salir” y al declarar no recuerda el nombre. Resulta sugestivo que tampoco recuerde quién era su escolta, quién lo acompañó, pero sí recuerda que era de la Compañía de Combate. Entonces cabe preguntarse si no tiene interés en vincular a la Compañía de Combate con las personas detenidas, porque no saber el nombre del soldado, pero sí su procedencia indica que lo conocía y sabía perfectamente a qué Subunidad pertenecía, o tal vez, la escolta nunca existió e hizo mención a la Compañía de Combate por su interés en el resultado del debate oral, es decir el veredicto incriminando a los 5 oficiales destinados en esa compañía durante el año 1976, me refiero al entonces Teniente Primero Roberto Carlos Brunnello y a los Subtenientes Ricardo Claudio Gandolfo, Raúl Esteban Andrés, Eduardo Carlos Videla y Enrique Stel.
Cabe destacar que declaró bajo juramento de decir verdad que es nativo de Tres Arroyos cuando en realidad no lo es, porqué nació en la ciudad de Copetonas, la que dista de la ciudad de Tres Arroyos, unos 60 kilómetros de distancia, prueba esta que configura otra más de sus mentiras habida cuenta los datos poblacionales y distancias acreditadas con anterioridad.
En la declaración del 18 de agosto de 2022, se le preguntó si había algún soldado que pudiese acreditar su concurrencia al gimnasio y dijo que “NO”.
Por lo expuesto y al no poder corroborar sus dichos, no resiste ni los estándares mínimos de la sana crítica racional, que permita inferir que un soldado pueda dirigirse con custodia a un lugar de detención y ordenar que un detenido salga en libertad, la inexistencia de declaraciones similares por parte de otros ex soldados, la falta de acreditación sobre la capacidad de mando de un ex soldado de 21 años oriundo del pueblo de Copetonas como para impartir órdenes de liberación de personas y tener custodia personal y la ilogicidad de lo declarado bajo juramento de decir verdad, resulta una vez más acreditado la comisión del delito de Falso Testimonio Agravado por haber sido cometido dentro del contexto de una causa criminal y existir personas condenadas y otras, privadas de libertad.
15to HECHO FALSO
Cuando Monforte declaró el día 12 de julio de 2012, bajo juramento de decir verdad, manifestó textualmente que “Una noche hacía muchísimo frío, sería julio o agosto y quienes estábamos de guardia nos fuimos dentro del SICOFE abandonando la guardia. Nos quedamos dormidos y de pronto nos despertamos con el sonido de un tiro de un arma importante que provenía del monte que rodeaba el chupadero”.
“Al salir vimos que desde allí habían tirado una bengala color rosa. En ese momento apareció el Cabo a cargo de la Guardia preguntando qué había pasado, y al contarle de la bengala se tranquilizó como sabiendo que se trataba de una señal que hacía el Comando o que hacía la propia guardia advirtiendo que todo estaba bajo control”.
En su relato, refiere a que en cada puesto de guardia, se apostaba un solo soldado, sin embargo en su relato parecería explicar que todos los soldados de guardia abandonan la misma y se meten a dormir en el SICOFE.
En mis cuatro años de destino en el Batallón de Comunicaciones 181, jamás conocí el SICOFE ya que pertenecía al Comando del Vto Cuerpo de Ejército y era un lugar totalmente restringido, a cargo de personal especializado en equipos de comunicaciones fijos con gran conocimiento de teletipos, teleimpresores y telegrafía manual. Monforte lo refiere como si fuera un lugar público y habitual de concurrencia de personas del Batallón de Comunicaciones 181.
En cada Comando de Brigada o Cuerpo de Ejército y en las Guarniciones Militares aisladas o no, existía o existe un Centro de Comunicaciones Fijo de Ejército (SICOFE), que era operado por muy pocos Oficiales y numerosos Suboficiales capacitados para canalizar los mensajes del Ejército Argentino en su conjunto. En 1976, la dependencia técnica y operativa de estos Centros de Comunicaciones Fijos, era exclusiva del Comando de Comunicaciones del Ejército que, físicamente, estaba en el Estado Mayor General del Ejército (EMGE) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien ejercía dicha función a través de la Agrupación de Comunicaciones 601 que se encontraba en el último piso del Edificio Libertador, donde también estaba emplazado el EMGE.
Los Suboficiales operadores estaban destinados en esa Agrupación de Comunicaciones 601 y puestos “en comisión” en cada Brigada o Cuerpo de Ejército donde el Jefe de la Guarnición Militar, ejercía un control jurisdiccional de Personal. Nadie podía ordenarles NADA. No cumplían con ningún servicio del Batallón Comunicaciones 181, dependían del Comandante del Vto Cuerpo de Ejército quien a su vez era el Jefe de la Guarnición Militar, donde estaba emplazado el SICOFE en sus tres partes, antenas receptoras de actividad pasiva, antenas transmisoras que generaban emisiones de gran potencia ubicadas al fondo y a la derecha de los campos del Comando del Vto Cuerpo y la sala de máquinas y administración. Sus tareas se limitaban exclusivamente a cumplir sus roles de transmisión, recepción, distribución y registro de todos los mensajes cursados a través del SICOFE.
Estos Suboficiales entregaban los mensajes recibidos sólo al Jefe del SICOFE y este los canalizaba a través de su Mesa de Entradas entre las unidades de la Guarnición Militar de Bahía Blanca. NADIE estaba autorizado a ingresar a ningún Centro de Comunicaciones Fijo en todo el Ejército Argentino, eran lugares de acceso restringido. Reitero: en mis cuatro años de destino en el Batallón Comunicaciones 181, jamás ingresé o conocí el SICOFE.
Pero resulta ser que el testigo de la Fiscalía, Gustavo Florencio Monforte y otros, duermen en uno de los lugares más reservados del comando del Vto Cuerpo de Ejército, otra unidad, otra dependencia orgánica, con otros jefes. ES UN ABSURDO.
En la audiencia del 11 de octubre de 2023, el Coronel Luis Enrique RÁBAGO, declaró y fue categórico al explicar que el SICOFE pertenece a otra estructura específica que no se relaciona con el SICOCE al que pertenecía el Batallón de Comunicaciones 181, razón por la cual, los soldados del Batallón no pueden prestar servicios en el SICOFE.
El mencionado Coronel, Ingeniero Militar en Informática, describió el SICOCE, como Sistema de Comunicaciones de Campaña de Ejército y al SICOFE, como Sistema de Comunicaciones Fijo del Ejército, y expresó que este último es absolutamente administrativo. Dijo que el SICOFE depende del Jefe de la Guarnición y es fijo porque los equipos están fijos, y los del SICOCE, operan equipos móviles en mochilas y vehículos. Ambos sistemas tienen dependencias distintas. Repite que el SICOFE es puramente administrativo y que ambos tienen misiones distintas. Dijo que en 1976, el SICOFE dependía del Comandante del Vto Cuerpo de Ejército, quien era el Jefe del SICOFE. Nuevamente enfatizó que por el SICOFE circula toda la información administrativa del Ejército.
Asimismo declaró que el SICOFE no se asocia con el SICOCE. No tienen ninguna vinculación, son sistemas separados, no tienen nada que ver uno con el otro. Usan dependencias distintas y tienen jefes distintos, con misiones distintas.
A continuación se exhiben, partes del Libro Histórico del Comando del Vto Cuerpo de Ejército, prueba de cargo admitida en el auto de prueba del 10 de febrero de 2022 por el TOCF de Bahía Blanca, donde consta el personal destinado en el SICOFE y su posicionamiento dentro del organigrama del Comando del Vto Cuerpo, lo cual denota la veracidad de lo expresado por todos los oficiales en la etapa probatoria de las Defensas, tanto testigos como imputados, y la falsedad del testimonio de Monforte.
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en el Libro Histórico del Vto Cuerpo siguió siendo la misma; el SICOFE continuó perteneciendo al Comando del Vto Cuerpo de Ejército, pero cambió el suboficial que integraba el mismo.
Conforme a lo expuesto, no caben dudas de que el SICOFE, jamás perteneció al Batallón de Comunicaciones 181 y sí, al Comando del Vto cuerpo de Ejército y que Gustavo Florencio Monforte miente, ha cometido el delito de Falso Testimonio agravado porque su testimonio falso se ha producido en un juicio oral de naturaleza criminal y por sus dichos hay personas privadas de la libertad y otras condenadas.
16to HECHO FALSO
Declara Monforte que se despierta por causa del disparo de una bengala que proviene de un monte cercano. Los que verdaderamente, alguna vez hemos disparado una bengala, sabemos que el sonido que produce es mínimo y que, el tiempo que permanece encendida, resulta imposible que sea suficiente como para que el Cabo de Cuarto llegue a pie desde la Guardia Central hasta el SICOFE en el Comando de Cuerpo, ubicada a no menos de 2.000 metros, y pregunte “¿qué pasa?”. Además si era una señal de que “todo estaba bajo control” ¿para qué se acercaría el Cabo de Cuarto?, si el destello de una bengala es visible desde varios kilómetros. Y ¿qué sentido tiene que el Cabo de Cuarto de la Guardia de los Cuarteles de Villa Floresta, concurra a una dependencia del
Comando de Cuerpo que tiene otra guardia con conformación similar?. Monforte miente.
Jamás, en toda mi carrera militar escuché decir que una bengala de color rosa signifique que “está todo bajo control”. Además, en la Audiencia N° del día 28 de septiembre del corriente año, el Suboficial Mayor Alejo Cantero, de la Especialidad de Comandos, con amplia y probada capacitación y destacada participación en combate en la guerra de Malvinas, al ser interrogado sobre los colores de las bengalas existentes en el Ejército, respondió categóricamente que las bengalas rosa no existen. Lo mismo expresó el General Sergio Fernández, también de la Especialidad de Comandos, durante la Audiencia N° 71 del día 19 de octubre del año 2023, explicando inclusive que la bengala más parecida, la roja, significaba todo lo contrario a lo dicho por el testigo Monforte, habida cuenta que el rojo significa el inicio de un ataque o la apertura del fuego.
Finalmente los 9 testigos militares que declararon bajo juramento de decir verdad y me refiero a los Coroneles Luis Enrique Rábago, Generales Alfredo Rolando, General Mauricio Fernández Funes, General Heriberto Auel, Coronel Lautaro Jiménez Corvalán, Coronel Juan José Gatti y el Teniente Coronel Eduardo Carreras, Suboficial Mayor Alejo Canteros y Suboficial Mayor Guillen, ratificaron que en el Ejército Argentino no hay bengalas rosa provistas; NO EXISTEN.
En la audiencia del 19 de octubre de 2023, el General Sergio Fernández describió qué es una bengala y la define como una señal pirotécnica de comunicación visual común, cuyo color indica o hace referencia a una situación determinada. Ejemplificó diciendo peligro, alarma, apertura de fuego, reunión en un determinado lugar o iluminar el campo de combate. Dijo que en general es silenciosa, es un disparo más apagado que un arma de fuego, un sonido hueco, es algo similar a la de una cañita voladora, se escucha entre 2 y 4 metros. Había colores básicos, blanco, amarillo, verde y rojo en algunos casos azul o violeta, colores que se pueden diferenciar. Acreditó que no existían las bengalas de color rosa.
En la audiencia del 28 de septiembre de 2023, el Suboficial Mayor Alejo CANTERO expresó que las bengalas rosa no existen en el Ejército Argentino, contrariando una vez más lo declarado el Testigo de la Fiscalía Gustavo Florencio MONFORTE lo cual puede apreciarse a las 3 horas 05 minutos del desarrollo de la audiencia cuyo link se agrega más abajo
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca – Audiencia del día Jueves 28 de Septiembre del 2023
Por lo expuesto y habida cuenta que el ex soldado Monforte, declaró bajo juramento de decir verdad que vió bengalas rosa, en realidad miente, comete el delito de Falso Testimonio agravado, porque su testimonio falso se ha producido en un juicio oral de naturaleza criminal y por sus dichos, hay personas privadas de la libertad y otras condenadas.
17mo HECHO FALSO
Gustavo Florencio Monforte, en su declaración del día 12 de julio de 2012 expresó que: “La Compañía de Servicios estaba a cargo de la División Perros de Guerra, los que se usaban en los operativos. Eran perros raza manto negro, preparados para el combate, muy agresivos. Recuerdo que un conscripto me contó que algunas noches sacaban gente del Gimnasio, y como diversión los verdugos los hacían morder por los perros”.
Si los eventuales detenidos eran sacados del Gimnasio para esta inverosímil y ridícula práctica, debemos suponer que la misma se realizaba en la Plaza de Armas que está inmediatamente al frente del Gimnasio o en lugares visibles para todos. Siendo esto algo tan supuestamente cruel y “divertido”, nadie más lo recuerda, solo Monforte; nadie manifestó un relato ni siquiera parecido. Los cuatro dormitorios de soldados y sus respectivas galerías dan hacia la Plaza de Armas y ningún otro soldado que testificó en esta causa, dio cuenta de este tipo de hechos.
Durante el desarrollo del debate oral, las etapas probatorias del MPF y las Defensas, se acreditó que no existió tal perrera ni que alguien haya cometido dicho acto de amedrentamiento a las personas detenidas en la Sala de Ensayos de la Banda de Música del Comando del Vto Cuerpo, conforme los testimonios de los testigos de la Fiscalía y de las Defensas.
Resulta llamativa la forma de expresarse que tiene Monforte sobre este hecho. “Recuerdo que un conscripto me contó…” y ya son varias las veces que expresa que alguien le cuenta, pero no recuerda quién. Este tipo de expresiones dan cuenta de que habla por boca de terceros o que alguien le dijo que diga lo que nunca vio ni le consta por los sentidos, razón que lo aleja de la relación de causalidad que es causa suficiente para acreditar de manera clara, precisa y circunstanciada a una persona indicando tiempo, modo y lugar de hecho.
La situación descripta en el párrafo que antecede, adquiere mayor gravedad en razón de que el acusado Monforte, se termina convirtiendo en lo que jurídicamente se conoce como el “testigo único” y es justamente ese testigo único, quien me señala habiendo participado en hechos en los que no participé, en lugares en los que nunca estuve, que me llevé cosas que nunca tomé e idéntico proceder como testigo único, ha tenido al describir hechos que incriminan a todos los oficiales del Batallón de Comunicaciones 181 durante el año 1976 y 1977.
En el Cuadro de Organización del Batallón de Comunicaciones 181 y en los Libros Históricos de los años 1976 y 1977, no consta la existencia de una perrera en el organigrama de la unidad, razón por la cual es sencillo inferir que Monforte miente y por lo tanto comete el delito de Falso Testimonio agravado, porque su testimonio falso se ha producido en un juicio oral de naturaleza criminal y por sus dichos, hay personas privadas de la libertad y otras condenadas.
18vo HECHO FALSO
Cuando el Testigo de la Fiscalía Gustavo Monforte declaró bajo juramento de decir verdad el día 07 de abril del año 2015 expresó que (textual) “Todo a modo de rumores, un chófer de Acdel Vilas comentó que el propio Vilas ajusticiaba detenidos con un cuchillo delante de ellos. Son comentarios en el aire”. “Todo a modo de rumores…”
La audiencia N° 60 con fecha 13 de julio 2023, contó con la presencia de la Dra. Blanca Huggelman, psiquiatra forense (al inicio de la reunión vía Zoom). La misma refiere que la memoria no es reproductiva sino constructiva, y que esta construcción se “contamina” por múltiples factores al correr el tiempo. La memoria de un objeto, es el recuerdo del sujeto; por lo que pasa de ser objetivo a ser subjetivo. Uno de los factores que contamina esa memoria es el tiempo, así como la escucha del relato de otros sobre el mismo episodio. Enfatiza la importancia de evitar que los testigos dialoguen entre sí o bien que tengan la posibilidad de escuchar lo que otros han manifestado.
Diferencia lo anterior, de la memoria colectiva y señala que la misma se construye a partir de intereses de un grupo de personas, recalcando que esta memoria colectiva influye en la memoria individual por la mera necesidad de pertenencia.
La Dra. Huggelman refiere lo manifestado por la Dra. Elizabeth Loftus con respecto a los falsos recuerdos de los testigos, a partir de los cuales se encarcela, se juzga y se condena a personas. Loftus se centró en estudiar la posibilidad no solo de que los recuerdos de estas personas pudieran ser falsos o totalmente modificados, sino que fuesen otras personas las que introdujeran falsos recuerdos en ellas, aunque fuese de manera intencionada. Concluye que los testimonios, a 50 años de los hechos, serían poco fiables. Mega Causa Zona 5. Bahía Blanca | Audiencia n.°60
Teniendo en cuenta lo señalado por la Doctora Blanca Huggelman, Psiquiatra Forense, no es difícil evaluar la posibilidad de que la declaración bajo juramento de decir verdad, sea falsa y que su personalidad histriónica lo induzca a inventar hechos que no ocurrieron, los cual no dejan de ser delictivos, en razón de que su testimonio falso, producido en un juicio oral de naturaleza criminal y que por sus dichos, hay personas
privadas de la libertad y otras condenadas, conforma el delito de falso testimonio doblemente agravado.
19no HECHO FALSO
Monforte declara en la misma audiencia del 18 de agosto de 2022, que tuvo contacto con adolescentes detenidos, a quienes les alcanzó pan, dialoga con ellos en el exterior, todo en presencia de un supuesto cuidador. Nadie advierte esta situación. Al ser consultados otros ex soldados, no refieren experiencia parecida. Solo él y nada más que él participó de este hecho adquiriendo la categoría de Testigo Único.
Tal como se describe en el hecho anterior, la memoria evocada como recuerdo es maleable, se contamina de diversos inputs a lo largo del tiempo y pierden fiabilidad si el tiempo es mayor a los 10 años de transcurrido el hecho. La Dra. Huggelman destaca que ante un relato que parezca creíble, con detalles que parecieran exactos, sería dudoso otorgarle a esta evocación cierto grado de verosimilitud. Se agrega el link a la audiencia N° 60 con fecha 13 de julio 2023 (la misma se inicia con el testimonio de la Dra. Huggelman), como en el punto anterior.
Mega Causa Zona 5. Bahía Blanca | Audiencia n.°60
Pero aún resulta imprescindible señalar, que tal como ocurre con otros hechos que describe, él y solo él presencia, no hay testigos; si los menciona no recuerda sus nombre ni apellidos o está tratando de rumores y hechos que le contaron, pero resulta que en los medios de la web, publica fotos de soldados y el intercambio de comentarios que denotan que se conocen muy bien, lo cual induce a pensar que no dice todo lo que sabe y oculta la verdad pese a declarar bajo juramento de decir verdad.
Por la naturaleza contradictoria de su Declaración Testimonial bajo juramento de decir verdad, hay personas presas, condenadas y todo ello nos remite a la comisión de Falso Testimonio doblemente agravado por haberse producido en el marco de un juicio criminal.
20mo HECHO FALSO
En la mencionada declaración, del 07 de abril del año 2015, refiriéndose a su presencia en la denominada Escuelita, mantiene este diálogo con el Defensor Oficial el Doctor Marcelo Rodríguez quien le pregunta “sabiendo que era un área restringida, ¿por qué intentó incursionar? Y Monforte respondió que “Me despertó enorme curiosidad, y si se estaba violando alguna ley con más razón me interesaba saber, además había visto el auto de mi Jefe, sin verlo a él, el auto de Freire entrando a La Escuelita, por eso me expuse a que me echaran, como pasó” respuesta que generó la siguiente pregunta del Doctor Rodríguez, “¿no temía por su seguridad personal? Y Monforte, “Yo era soldado, me tenían como buen soldado ¿más que echarme qué me iba a pasar?”.
La pregunta que nos cabe es intentar saber si Monforte no colaboraba con el personal de la Escuelita y si no acompañó a su jefe Freire a la Escuelita y por lo tanto encubrió durante años su conocimiento sobre la existencia de ese lugar y ante el temor de ser denunciado por coautor mediato, partícipe necesario o encubrimiento y por ello pretende expresarlo de la forma en que lo hizo, ahora que Freire está muerto y no puede contradecirlo. ¿Habrá acompañado a su jefe Freire a la Escuelita a realizar tareas de apoyo al Centro Clandestino de Detención con él? ¿Expresa esto ahora a sabiendas que Freire está muerto y no puede desmentirlo? Si era tan terrible lo que ocurría en la Escuelita y Monforte se aproximó como dijo, era una persona muy valiente o está encubriendo su asistencia a su Jefe el Mayor Freire en las torturas en la Escuelita, lo cual configura el tipo penal del encubrimiento agravado porque en su condición de soldado incorporado al Ejército Argentino, también era funcionario público y podría ser imputado como se dijo por coautor mediato o partícipe necesario de los delitos cometidos en ese CCD.
En la imagen pueden apreciarse las diferencias de alturas entre la parte posterior del Batallón de Comunicaciones, el campo de Antenas del SICOFE y el punto verde que representa a la Escuelita.
En la imagen puede apreciarse la planimetría y ubicación del Batallón de Comunicaciones y de la Escuelita, Lugar de Reunión de Detenidos o Centro Clandestino de Detención, a la que el señor Monforte dijo concurrir con Freire.
Pero además, el ex soldado Monforte, declaró que vio una carpa que tenía escritas las letras RIM 26, cuyo significado es Regimiento de Infantería de Montaña 26. Durante el desarrollo del debate oral, en la audiencia Nro 74 del día 14 de noviembre del año 2023, declaró el Encargado del Depósito de Intendencia de dicha unidad militar, quien tenía la distribución de las carpas de ese regimiento, el Señor José Marcelino Casanovas. El mismo declaró que las carpas no tenían letras pintadas en su parte exterior que permitan identificar su pertenencia a unidad militar alguna, casi textualmente dijo que “todas las carpas eran verdes y se armaron en Bahía Blanca. Ninguna tenía escrito RIM 26 en las lonas”.
Por lo expuesto respecto de su conocimiento de “La Escuelita”, en su Declaración Testimonial bajo juramento de decir verdad, hay personas presas, condenadas, y todo ello nos remite a la comisión de Falso Testimonio doblemente agravado por haberse producido en el marco de un juicio criminal con personas privadas de la libertad.
INCONSISTENCIAS EN RELACIÓN A MI PERSONA
Como se ha acreditado en los párrafos anteriores, los dichos del testigo de la Fiscalía, Gustavo Florencio Monforte, son falsos e inconsistentes. Su interés incriminatorio hacia mi persona, y otros oficiales y suboficiales del Batallón de Comunicaciones 181, es más que manifiesto. Pero aún resta puntualizar aquellas declaraciones de Monforte que se han utilizado para disponer mi detención, y la de otros oficiales, así como la posterior acusación.
21ro HECHO FALSO
En el procesamiento de mi persona, se lee textualmente “Tal como sostuvo la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca, el testigo Monforte fue consistente en todas las declaraciones testimoniales prestadas con posterioridad, al ser interrogado sobre este punto en cuanto a la identificación del Subteniente Etchart como aquel que participó y le dio órdenes durante el operativo realizado en la localidad de Algarrobo, individualizándolo -en cada oportunidad- sin expresar dudas y brindando los detalles que recordaba, incluso frente a las preguntas formuladas por la defensa particular del imputado”.
De lo anterior se confirma mi procesamiento en perjuicio de Israel GÜEPER, Julio GÜEPER, la persona apellidada OSTROSKY, Israel RESNICOFF y Agustín SHVENTZEL, por el hecho ocurrido en el campo de la familia GÜEPER en la localidad de Algarrobo, el día 09 de septiembre de 1976.
Pero en su declaración testimonial, bajo juramento de decir verdad, la que tuvo lugar en la Audiencia N° 25 de fecha 18 de agosto de 2022, expresó que no recordaba nombres, no puede dar precisión de hechos mencionados en declaraciones anteriores y ante varias preguntas de la defensa respondió NO LO RECUERDO. Pero sí pudo recordar el nombre del Subteniente Stel cuando dijo que se llamaba Enrique y que revistaba en otra Compañía que estaba en un piso superior donde Monforte dormía. El dicente nunca prestó servicios en dicha compañía ni estuvo a órdenes del Subteniente Enrique Stel. Tampoco pudo recordar los nombres de los soldados conscriptos que dormían a derecha e izquierda de su cama, ni el nombre de quienes usaban los armarios a derecha e izquierda del suyo, pero sí recordó que un oficial que no era de su compañía se llamaba Enrique.
Resulta evidente la incongruencia de la acusación contra mi persona efectuada en la declaración de referencia, la del 18 de agosto de 2022, ante las autoridades del Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca. El testigo de la fiscalía NO FUE CONSISTENTE como lo afirma la acusación. Y esta INCONSISTENCIA, que puede parecer un “detalle”, NO LO ES, pues lo afirmado con grado de certeza por el acusador quedó desacreditado por la propia declaración con fecha 18 de Agosto de 2022. No se trata en este punto de discutir la imputación formulada por el MPF, sino de evidenciar la falsedad e incongruencia de todas sus declaraciones.
El no recordar nombres de las personas presentes en el hecho del que me acusa, pero sí recordar el nombre Enrique, un Subteniente que no tenía trato de ninguna naturaleza con él, de recordar también que en la misma compañía de Enrique Stel se encontraba Videla, denota la intencionalidad y falsedad de sus declaraciones incriminatorias.
Para acreditar su mendacidad, cabe destacar que en su declaración del 07 de abril del año 2015 dijo que (textual) “El teniente Chap (o Schaab) se llevó efectos personales, también, como botín de guerra” y resulta muy poco probable y casi imposible, con la instrucción básica que el Soldado recibía en los primeros días de Conscripción, no diferenciar un Teniente de un Subteniente. Aún a cierta distancia se ve claramente que el primero tiene su tira de grado conformada por una estrella dorada y una plateada. En cambio el subteniente tiene una sola estrella plateada. Por cantidad y color son distinguidas a la distancia.
Pero en declaraciones posteriores a la del 07 de abril del año 2015, me menciona con grado y apellido correctos, indudablemente sus expresiones fueron corregidas intencionalmente. Yo me llamo Ernesto Etchart y a la fecha de los hechos investigados era Subteniente del Ejército Argentino. No sé quién fue “el Teniente Chap (o Schaab)”. El testigo tal vez habla de otra persona, la que por cierto no figura en el libro histórico, pero que al corregirla con posterioridad, provocó mi encarcelamiento.
El siguiente extracto forma parte de la transcripción de la audiencia celebrada el 07 de abril de 2015 que confeccionara en aquel tiempo el Poder Judicial de la Nación sobre las audiencias orales.
- A modo de acta:
“Participó en varios operativos dentro de la Subzona: uno en la localidad de Algarrobo, donde su compañía llegó en segunda instancia. Observó a tres personas encapuchadas con sábanas, dos personas grandes y una tercera joven, con la sábana ensangrentada.”
“Al dicente lo comisionaron para cargar libros en hebreo y el coronel TAUBER le hizo apartar una colección de LENIN para él. El teniente CHAP (o SCHAAB) se llevó efectos personales, también, como botín de guerra.”
- De la conversación con el declarante:
“A mí me comisionaron para cargar libros en hebreo, el coronel TAUBER nos hizo apartar una colección para él. El teniente CHAP se llevó efectos personales, también, como botín de guerra.”
“Doctora FERNÁNDEZ AVELLO: Los actos de pillaje de algunos oficiales, ¿era habitual? Gustavo Florencio Monforte: Lo ví en ese operativo y en Algarrobo lo ví a unos compañeros míos. Lo ví a TAUBER ordenar a dos soldados que apartaran una colección de LENIN para él, y a SCHABB salir de la casa con efectos de la casa.”
En esta declaración como testigo, no relata hechos que en audiencias posteriores sumará a lo ya expuesto. También debe notarse, que corregirá rango y apellido del que suscribe, lo cual denota la intencionalidad incriminatoria ya que, por su Declaración Testimonial bajo juramento de decir verdad, hay personas presas, condenadas. Todo ello nos remite a la comisión de Falso Testimonio doblemente agravado por haberse producido en el marco de un juicio criminal con personas privadas de la libertad.
22do HECHO FALSO
En la acusación, el MPF expresa sobre la declaración de Monforte (textual) “…y 16 de junio de 2015, en la causa FBB93001103/2011/TO01)- el testigo evocó al imputado en un episodio en el que durante una práctica de desfile golpeó y lastimó a un conscripto y le salió sangre”. Y dijo que lo hizo con el Sable de Oficial. El Sable de Oficial es sólo un símbolo del Mando. No sirve para esgrima, ni para dar golpes y como ha quedado demostrado durante el debate oral, no corta ni lastima. Nuestros Sables provistos se doblaban, no tenían ningún filo, no pueden considerarse arma blanca, no sirven para atacar ni para defenderse, no son armas propiamente dichas.
Existían distintas prácticas de desfile. Se controlaba la alineación, llevar el paso del tambor, el braceo, la postura, etc. En estas prácticas el Oficial NO llevaba su sable y realizaba su labor fuera de la formación. En otras prácticas más generales, donde participaba una Compañía o el Batallón en su conjunto, también se controlaba a los Oficiales, quienes integraban la fracción de desfile, y estos sí llevaban su sable.
Cabe destacar que, si se trataba de una práctica de desfile, se concurría a la misma vestido con uniforme de combate, confeccionado con loneta gruesa de color verde oliva y casco de acero que cubría las 2/3 partes de la cabeza.
Es imposible, en esas condiciones, producir una lastimadura con un sable que es un arma simbólica e impropia, que no tiene filo en ninguno de sus bordes, ni punta filosa que permita hincar ningún material.
Por otra parte, todos los presentes en la audiencia en la que amplió su declaración el Señor Enrique Stel, presenciaron en vivo que dicho sable no corta, y así quedó acreditado.
Enrique Stel, DNI 11.813.460, en la Audiencia del día 11 de Mayo del año 2023, ampliando su declaración indagatoria acredita, en vivo, que el sable no corta porque no tiene filo. Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca – Audiencia del día Jueves 11 de Mayo del 2023
Normalmente las prácticas de desfile se hacían en la Plaza de Armas, el sitio más “visto” del Cuartel, fácilmente accesible para todos. En las prácticas generales de desfile, cuando los Oficiales concurrían con Sable, estaban presentes la mayoría de los Jefes y la Plana Mayor, incluso éstos participaban de estas prácticas y, de esta forma, eran evaluados. Todos eran controlados en esas prácticas del conjunto, incluso el personal de Sanidad del Batallón, la Banda de Música y el Capellán Castrense. Un “herido” con cortes y sangrando no podía pasar inadvertido.
Muchas personas debieron ver los resultados del presunto “ataque”, participando en la pronta atención médica del herido, reprendiéndome y sancionándome severamente por el hecho. Esta sanción debería constar en mi Legajo Personal. NO ESTÁ ASENTADO, por lo que considero que el relato demuestra, una vez más, la mendacidad del testigo y su interés en el resultado final del juicio.
Por supuesto, el objetivo de esta declaración agregada en la audiencia del 18 de agosto de 2022, intenta describirme como una persona violenta, capaz de cortar a alguien frente a todo el personal.
En la audiencia del 11 de octubre de 2023, el Coronel Luis Enrique RÁBAGO, declaró que su sable se lo entregó el Doctor Illia, Presidente en 1963. Agregó que es un símbolo externo del mando y afirmó que no es un arma. Comentó que lo llevó a la guerra, pero no para combatir con alguien y que se lo robaron cuando cayó prisionero. Ratificó que no tenía filo, que no cortaba.
En la audiencia del 19 de octubre de 2023 el General Sergio Fernández dijo que el Sable es ornamental para desfile, que no tiene filo como los Sables de Caballería, los que en una carga de Caballería van a degüello. Manifestó que el Sable, réplica del que perteneció al General San Martín y que usan los Generales en actividad, tiene la misma finalidad, no tiene filo y es ornamental.
Por este hecho se ha solicitado la declaración testimonial de dos expertos coleccionistas de armas de fuego, blancas, instructores de tiro y reconocidos por la Comisión Nacional de Materiales Controlados (ANMaC).
En su Declaración Testimonial, bajo juramento de decir verdad, Monforte miente al decir que yo corté y provoqué el sangrado de un soldado durante una actividad de desfile, sin acercar testigo alguno que pueda dar certeza de sus expresiones. Es al menos llamativo que, durante la exposición de la querella por parte de la Dra. Fernández Avello, se señalara este episodio como acreditado, lo cual no es cierto porque solo Monforte lo dice. Lo que no sorprende, es que se destine un tiempo prolongado en defensa de los dichos del testigo denunciado, tal como ocurrió durante el alegato del fiscal por espacio de 30 minutos. Cabe aclarar que ambas etapas destinaron muchísimo más tiempo de la exposición de sus alegatos para defender la veracidad de los dichos del testigo único, que en acusar al imputado, en este caso quien escribe. Esta circunstancia que podría pasar desapercibida, consolida esta denuncia, por cuanto el MPF y la querella tomaron nota de la falta de credibilidad de los dichos de Monforte y desean desviar la falsedad de su testimonio, apoyando al testigo único denunciado.
Llamativo es también, por cierto, que el testigo de la Fiscalía haya recordado este hecho a partir de su declaración del 18 de agosto de 2022 para luego repetirlo en las siguientes, sin haberlo mencionado en sus testimonios anteriores. La Fiscalía evoca erróneamente la fecha 16 de junio de 2015, sin advertir que en esa fecha se llevó adelante otro hecho procesal que no me involucra.
Nuevamente se vuelve necesario destacar que por sus dichos me encuentro privado de mi libertad, así como otros oficiales presos y/o condenados. Lo anterior, como en otras partes de esta denuncia, nos remite a la comisión de Falso Testimonio doblemente agravado por haberse producido dentro del marco de un juicio criminal con personas privadas de la libertad.
23ro HECHO FALSO
En sus sucesivas declaraciones de los días 12/07/2012, 07/04/2015, 18/06/2015 (careo con el Sr. Lawless), 18/08/2022 y 19/10/2023, asegura haber participado en un supuesto operativo en la localidad de Algarrobo, donde según sus propias palabras, me ubica participando “cuando ya había terminado el mismo”. Refiere haber recibido órdenes mías tales como “escarbar en un gallinero con un pico, buscando embutes…”. Abunda en otros detalles sobre el mismo operativo que ninguna otra persona corrobora y que un informe de la DIPBA, aportado a este debate por la Señora Claudia Bellingeri del Centro de Documentación del Archivo Provincial por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires, puso a disposición del tribunal y que además es prueba de cargo en el expediente donde se acredita que la unidad en la que yo revistaba no participó del operativo al cual falazmente dice el ex Soldado Monforte que yo concurrí.
A su vez, la Memoria Anual de Infantería de Marina da cuenta que fueron ellos los que concurrieron a realizar dicho operativo, y no la unidad en la que yo revistaba.
Como ya se acreditó, en la Audiencia N° 54, la Señora Claudia Bellingeri, declaró que los documentos elaborados por la DIPBA fueron peritados por la CSJN, despejando toda posibilidad de dudas sobre la autenticidad de los mismos. Además, expresó que dan cuenta de hechos concretos, que son auténticos en su construcción y que tienen certeza de su temporalidad.
Concordante con lo expresado en el mensaje de la DIPBA, la Memoria Anual de la Infantería de Marina, deja constancia escrita que fue esa fuerza la que realizó el operativo en Algarrobo (Partido de Villarino) y estas actividades ya fueron valoradas en la causa Fracassi, cuyo debate oral tuvo lugar en el año 2014.
Lo acreditado con los documentos de la DIPBA y la Memoria Anual, dan cuenta de la absoluta intención incriminatoria del Testigo de la Fiscalía, Monforte, contra mi persona y otros Subtenientes como lo fueron Enrique Stel y Eduardo Carlos Videla. A causa de sus declaraciones me encuentro privado de mi libertad desde hace 2 años y 6 meses, así como los dos mencionados en este párrafo, desde hace más de 8 años y 6 meses, al día de la fecha de presentación de la denuncia por falso testimonio contra Gustavo Florencio Monforte.
Por su Declaración Testimonial bajo juramento de decir verdad, hay personas presas, condenadas y todo ello nos remite a la comisión de Falso Testimonio, doblemente agravado, por haberse producido en el marco de un juicio criminal con personas privadas de la libertad.
24to HECHO FALSO
Declara Monforte que en ese Operativo en la Localidad de Algarrobo, el Teniente Coronel Tauber, llega en un helicóptero y se baja del mismo. En la audiencia del 18 de agosto de 2022, ante la pregunta de la Defensa Particular acerca de si en el Batallón existían helicópteros, Monforte responde que NO y cuando se le repregunta acerca de la existencia de helipuerto dentro del Batallón, responde con seguridad que NO.
El Batallón de Comunicaciones no contaba con helicóptero y prueba de ello es el Cuadro de Organización incorporado al debate donde constan todos los medios de transporte que tiene el Batallón, además de los detalles en cuanto a capacidad de carga, más el armamento y personal existente en cada Grupo, Sección, Compañía o Batallón.
Monforte agregó que cuando llegó había 200 soldados de la Compañía A de Combate Mayor Keller. Como puede apreciarse en el organigrama precedente, no existía esa cantidad de soldados en la Compañía A/Keller, ni la misma tenía la capacidad de transporte para desplazar esos soldados, tal como queda acreditado en el Cuadro de Organización que sintetiza que la Compañía mencionada tenía.
Nuevamente queda expuesta la mendacidad de Gustavo Florencio Monforte al pretender incriminarme a mí y otros subtenientes como los entonces Subtenientes Raúl Esteban Andrés, Ricardo Claudio Gandolfo, Enrique Stel y Eduardo Carlos Videla, quienes revistaban en la Compañía A Keller y acreditaron durante el debate oral en curso que no concurrieron al operativo de Villarino, por imposibilidad material de hacerlo.
En varias oportunidades a lo largo del debate oral, especialmente en la Etapa Probatoria de las Defensas, se le preguntó a los testigos bajo juramento de decir verdad si los Batallones de Comunicaciones tenían helicópteros y todos dijeron que no. Quienes conocían con mayor detalle la estructura funcional de la Aviación de Ejército, como el General Sergio Fernández, afirmaron con el conocimiento de haber comandado una Fuerza de Despliegue Rápido, que ni siquiera esa Unidad tenía helicópteros propios. Explicó que los tenía que pedir a Campo de Mayo.
Por lo expuesto, no se comprende la imputación que me formula el MPF en base a los dichos de Monforte, en cuanto a haber participado una vez finalizado ese operativo en la localidad de Algarrobo, si el informe de la DIPBA y la Memoria Anual de la Infantería de Marina dicen que con fecha 11 de septiembre de 1976, la misma Infantería de Marina realizó dicho operativo y detuvo a las mismas personas que figuran en mi Acusación que tiene en cuenta los dichos de Monforte sobre mi presencia y la de los Subtenientes Andrés, Gandolfo, Videla y Stel.
Analizando en profundidad ambos documentos se acreditan los siguientes detalles documentales que son prueba documental directa y CONCLUYENTES de que Monforte falta a la verdad:
- La Infantería de Marina tenía helicópteros y los usó para trasladar fuerzas al Partido de
- Los uniformes usados por el Ejército y la Infantería de Marina en aquella época eran prácticamente iguales, según puede verse en las adquisiciones de Uniformes en la Memoria Anual antedicha.
- En los Planes de Estudio del Personal Superior y del Personal Subalterno de la Infantería de Marina, figuran cursos de Guerra Antisubversiva y Guerra Revolucionaria según se desprende de la Memoria Anual mencionada.
- Los Batallones 1 y 2, el Batallón Comando y el Batallón Servicios de la Brigada de Infantería de Marina Nro 1, realizan 70 operativos en la Subzona 51 desde Abril del 76 a Noviembre del mismo año, previamente coordinados con el Comando del Vto Cuerpo Ejército, entre los que incluye el Operativo de Villarino de Septiembre de 1976.
Ambos documentos son prueba de cargo en el debate oral en curso y están incorporados al expediente.
Sobre la base de lo escrito precedentemente, ¿cómo puede Monforte aseverar que el Batallón de Comunicaciones 181 participó de dicho operativo, que había 200 efectivos de la Compañía A/Keller y que yo fui uno de los que estuve en la localidad de Algarrobo, si no existe ninguna prueba testimonial ni documental que lo respalde en sus dichos? Conforme a los datos numéricos y detalles de capacidad de carga de los medios rodantes, camiones, y jeeps, ¿tenía la Compañía A/keller capacidad de transporte para 200 personas? La respuesta es NO, ni esa cantidad de personas ni esa capacidad de transporte. El Cuadro de Organización donde figura la capacidad y medios de transporte así lo acreditan.
Dice Monforte que utiliza, para cumplir la supuesta orden de escarbar el gallinero, un pico, sin explicar de dónde lo obtiene. Téngase en cuenta que esta herramienta, propia del rubro de la Construcción, no es elemento de dotación de ningún Equipo de Comunicaciones de los correspondientes a una Compañía de Comunicaciones de aquella época, como tampoco es algo razonable de ser encontrado en un gallinero.
Pero sorpresivamente, el gallinero que ante el imaginario podría corresponder a un terreno al aire libre, algo precario, con las gallinas en el lugar, en la Audiencia Nro 71 el relato cambia y lo transforma en un galpón con animales y cofres de donde emanan herramientas y estatuas de yeso, de personajes aparentemente famosos.
– En su declaración del 7 de abril del año 2015, cuando relata acerca del supuesto operativo en Algarrobo, aporta detalles en relación a los detenidos y agrega que LE CONTARON que alguien habría golpeado al hijo de la familia (asume él de unos 35 años) con un palo en la cara, y que el mismo tenía mucha sangre en la capucha a la altura de la cara.
Sin embargo, el Sr. Julio Güeper, en su declaración reproducida en la Audiencia N° 22, al momento de relatar el episodio de su detención brinda detalles de aquel suceso, destaca la dificultad para respirar y la posterior advertencia de dos costillas rotas, pero nada dice de los golpes en la cara con un palo. De hecho, ante la pregunta de la Querella: “Señor, aparte del golpe ese que recibió con la varilla que le quebró dos costillas, ¿recibió algún otro maltrato?”, el Sr. Güeper responde reiterando “haber estado atado con un alambre, y cargado arriba de una camioneta, … ni sentados ni nada, después estar parado todo el día, y después no saber qué había pasado con mis hijos, con mi madre, con mi señora…”.
El Tribunal Oral Federal que desarrolla el debate de la Megacausa Zona 5, reprodujo el registro audiovisual de la declaración del ex conscripto del Batallón de Comunicaciones 181, Gustavo Florencio Monforte, prestada en el marco del juicio “Armada I”. El testigo relató en ese momento haber participado en los operativos realizados en Tres Arroyos, Algarrobo y Coronel Dorrego, donde se detuvo a distintos ciudadanos, NADA refiere de golpes con un palo en la cara, ni de sangre a esta altura en la capucha, cuando es consultado acerca de MALTRATOS, golpes en la cara con un palo y sangre, NO LOS MENCIONA.
https://www.fiscales.gob.ar/lesa-humanidad/bahia-blanca-continuan-las-declaraciones-t estimoniales-en-el-juicio-mega-causa-zona-5/
– En la acusación dice: “En efecto, además del operativo en la localidad de Algarrobo
-en el que Monforte recordó, entre otras circunstancias, haber visto a Etchart llevándose una llave inglesa y unos anteojos Clipper de la casa como “botín de guerra” (declaración ante el TOCFBB del 07/04/2015…
Sin embargo, consultada la empresa Ray Ban, el citado modelo de anteojos recién ingresaría a la Argentina en la década de los ’80. Pero el hecho que nos ocupa, ocurrió en 1976, cuando los anteojos no existían en el mercado y mucho menos en un pueblo como Algarrobo que en 1976 tenía alrededor de 10.000 habitantes, dedicados a tareas rurales.
Con esta expresión, pareciera que el testigo intenta ubicarme ingresando a un domicilio y hurtando objetos personales de la familia. Estas afirmaciones sugieren que Etchart debe ser considerado malo a cualquier costo. Con total premeditación y alevosía, se esfuerza en nombrarme y posicionarme en la escena, por supuesto para de esta manera incriminarme.
Debe tenerse en cuenta que el testigo NO me involucra en acto delictivo violento contra ninguno de los habitantes de la casa, ni sobre detenciones y/o el secuestro de personas.
RESUMIENDO
Me encuentro privado de mi libertad desde hace 2 años y 6 meses, mis camaradas desde hace 8 años y 6 meses o más, imputados en una causa de Lesa Humanidad por hechos que se detallan en el requerimiento fiscal, que son TOTALMENTE AJENOS A MI
-NUESTRAS PERSONAS-, porque el ex soldado Gustavo Florencio MONFORTE, me menciona con nombre y apellido o intenta mencionarme, dice recordar una orden mía en relación a un gallinero, me acusa de hurto de anteojos que no se vendían en la República Argentina en el año 1976, de llevarme una llave inglesa, relata mi supuesta violencia al lastimar a una persona durante un desfile con un sable que no corta y manifiesta que por el corte salía sangre, omite información que pueda involucrar a otras personas, recuerda con precisión, a casi 49 años de los hechos, supuestas conductas delictivas de casi todos
los Oficiales del Batallón, Gandolfo, Videla, Andrés, Stel, Tauber, Lawless, Freire, Otero, Brunello, Gutierrez Velazco y Flores y otros y casi ninguna actividad relativa a ninguna otra persona, salvo el Cabo Millape a quien parece querer implicar de todas formas por cuanto el hecho relatado se relaciona con el Cabo 1ro, Alberto Favián Romero.
Jamás menciona los nombres o apellidos de quienes permanentemente refiere como “un soldado” u “otro soldado”. Como se dijo, ni siquiera recuerda el nombre de quienes tenían su armario a derecha o izquierda del suyo ni quienes dormían al lado de su cama.
Demuestra que su relato se va perfeccionando con el correr del tiempo. Comienzo siendo el Teniente Chap y termina recordando hasta el modelo de anteojos de mi supuesta preferencia.
Pero lo que más asombra es el cúmulo de capacidades y el aprovechamiento del tiempo que logró durante su año de Servicio Militar Obligatorio es decir: hizo 133 guardias (muchísimo más que cualquier otro soldado), transitaba por el Cuartel a cualquier hora del día y no dejaba de hacerlo ni aún los fines de semana, posee copia de llaves de áreas restringidas, organiza Reglamentos Militares, confecciona señales de reconocimiento clasificadas como Secretas y luego las distribuye entre las unidades de la Guarnición Militar, dibuja los planos de más de diez edificios grandes y complejos, libera personas detenidas, interactúa de manera humanitaria con detenidos, entra y duerme en lugares restringidos para el resto de los integrantes de la Guarnición Militar aún con ciertas jerarquías importantes, enfrenta situaciones de altísima peligrosidad pero su curiosidad es más fuerte, dice ver a su Jefe Freire en el Centro Clandestino de Detención La Escuelita y surge la duda entonces de si no lo estaba asistiendo encubriendo este hecho hasta que lo declara, visita lugares pese a las restricciones más elevadas cuando busca leña en lugares donde no la va a encontrar porque no hay árboles, ni piquillín ni chañar, solo pastizales amarillos. Confecciona la programación de una emisora radial, tarea compleja que requiere de conocimientos y experiencia. Y para completar su lista de virtudes exhibe capacidades auditivas asombrosas como para escuchar el disparo de una bengala a cientos de metros de distancia, a campo abierto, estando dentro de un edificio y dormido, con colores de bengalas que nunca existieron en el Ejército Argentino. Confirma esta capacidad sobrehumana al escuchar susurros a través de una pared de material de 45 cm de espesor. Y lo más asombroso… relata con detalles cinematográficos un supuesto operativo que realizó otra Fuerza (la Armada Argentina) a la que nunca perteneció.
30/06/2022
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca – Audiencia del día Jueves 30 de Junio del 2022
18/08/2022
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca – Audiencia del día Jueves 18 de Agosto del 2022
19/10/2023
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca – Audiencia del día Jueves 19 de Octubre del 2023
Considero importante destacar, que todas las inconsistencias en las declaraciones del ex soldado Gustavo Florencio Monforte, tanto las generales como las particulares en las que involucra a mi persona directamente y otros Oficiales y Suboficiales del Batallón de Comunicaciones 181, demuestran la falsedad de sus dichos, su intención incriminatoria, su interés en el resultado final del debate, razones por las cuales ha mentido al decir que no lo comprenden las generales de la ley.
Cabe una vez más remarcar, hace (2) dos años y (6) seis meses que estoy preso, privado de mi libertad ambulatoria y de los derechos derivados de esa privación, en la U34 de Campo de Mayo, por la falsedad de su testimonio, el cual como se dijo es agravado porque hay personas condenadas y privadas de la libertad desde hace más de una década.
DERECHO
El Código Penal Argentino es claro en su tipificación del falso testimonio en el Libro II, De los Delitos, Título XII, Delitos contra la fe pública, Capítulo XII, Falso testimonio al tipificar en los ARTÍCULO 275. – Será reprimido con prisión de un mes a cuatro años, el testigo, perito o intérprete que afirmare una falsedad o negare o callare la verdad, en todo o en parte, en su deposición, informe, traducción o interpretación, hecha ante la autoridad competente.
Si el falso testimonio se cometiere en una causa criminal, en perjuicio del inculpado, la pena será de uno a diez años de reclusión o prisión.
En todos los casos se impondrá al reo, además, inhabilitación absoluta por doble tiempo del de la condena.
ARTÍCULO 276. – La pena del testigo, perito o intérprete falso, cuya declaración fuere prestada mediante cohecho, se agravará con una multa igual al duplo de la cantidad ofrecida o recibida. El sobornante sufrirá la pena del simple testigo falso.
ARTÍCULO 276 bis. – Será reprimido con prisión de cuatro (4) a diez (10) años y con la pérdida del beneficio concedido el que, acogiéndose al beneficio del artículo 41 ter, proporcionare maliciosamente información falsa o datos inexactos.
Cabe destacar que debe tenerse en cuenta la potencial gravedad de los resultados que, en el caso en concreto, podría acarrear el delito de falso testimonio en un proceso penal, ya que estos testimonios tienen, muchas veces, un peso valorativo y una incidencia relevante en el curso de una investigación penal y en la posterior sentencia ocasionando una afectación del derecho a la verdad y consecuente privación de la libertad.
El reconocido jurista, Doctor Ricardo Nuñez, señaló que la figura del falso testimonio “lesiona el interés que existe en que la administración pública se desarrolle normalmente. Este no es un interés que cada miembro de la sociedad pueda invocar como un derecho individual (…) La normalidad de la administración pública es un derecho social de los ciudadanos y por ello el sujeto pasivo del delito que la ofende es la sociedad”1
Asimismo, la experiencia cotidiana demuestra que existen múltiples casos de reticencia de los ciudadanos a colaborar con la Justicia en determinadas causas penales o bien testigos que concurren a los estrados judiciales falseando su declaración. En el caso que nos ocupa, se advierte la necesidad de que la amenaza de sanción por falso testimonio y eventualmente la pena, sea mayor con la finalidad de evitar que la sociedad se vea permanentemente afectada en la realización de la justicia por quienes mienten en los procesos judiciales, sin recibir los condignos castigos. Ello conlleva, con frecuencia, a no poder contar con declaraciones y testimonios valiosos y esclarecedores en estos procesos penales de Lesa Humanidad.
Es de destacar, que en muchísimas denuncias de hechos ilícitos, en los que realmente no participaron los denunciados, se los “cosifica” y se los deja “marcados”, pasando estos denunciados a ser víctimas, en lugar de victimarios y los tiempos elongados y crónicamente extendidos de la Justicia, en más de una oportunidad han llevado a condenas injustas o privaciones de la libertad por mucho tiempo de personas inocentes, como consecuencia de falsas denuncias, que obviamente parten de un falso testimonio, quedando los falsos denunciantes, libres de un proceso penal, o una condena de cumplimiento efectivo, por incurrir en falso testimonio.
Pero es de destacar que la gravedad del caso se presenta cuando el denunciado, persona objeto de falso testimonio, es privada de su libertad, como es mi caso, que como dije
1 NÚÑEZ, Ricardo C., El derecho de querella y el falso testimonio, en Tratado Jurisprudencial y Doctrinario. Derecho Penal. Parte especial: textos completos, Miguel Ángel ALMEYRA, 1ª ed., Buenos Aires, La Ley, 2011, p. 982
estoy encarcelado en la Unidad Penal Nro 34 de Campo de Mayo, Provincia de Buenos Aires.
Por lo expuesto, solicito se analice la posibilidad de encuadrar la conducta de Gustavo Florencio Monforte dentro de la normativa penal concerniente al FALSO TESTIMONIO AGRAVADO, PORQUE POR SUS DICHOS HAY PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD ENTRE LAS QUE YO ME ENCUENTRO.
ACLARACIÓN DE SUMA IMPORTANCIA PROCESAL
Durante el desarrollo del debate oral, se exhibió un registro audiovisual de la declaración testimonial de Gustavo Florencio Monforte durante el Debate Oral conocido como La Armada II2 (ver nota al pie de página) y en razón de esta proyección se lo citó a declarar vía Zoom al señor Monforte. Fui incorporado al debate con posterioridad a dicha declaración, luego de finalizada la etapa probatoria del MPF, razón por la cual no pude presenciar ni la proyección del registro audiovisual ni la declaración testimonial del día 18 de agosto de 2022. Mi abogado defensor solicitó que el testigo Monforte sea citado nuevamente, NO PUDIENDO SER HALLADO, siendo esta la razón por la cual en el Petitorio se solicitan reglas de conducta, prohibiciones de desplazamiento y restricción de acercamiento por cuanto tengo fundados temores en que pueda perjudicar a mi persona.
2 El expediente N° FBB 6631/2014/TO1 caratulado “ARAOZ DE LAMADRID, SERGIO LEONARDO Y OTROS S/ PRIVACIÓN ILEGAL DE LIBERTAD (ARTÍCULO 144 BIS, INC. 1) QUERELLANTE: SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN Y OTROS”, y sus causas acumuladas: FBB 15000004/2013/TO1 caratulada “Araujo, Ricardo César s/Privación ilegal libertad pers. (art. 142 bis inc. 5), tortura, homicidio agravado p/el conc. de dos o más personas y asociación ilícita querellante: Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, APDH y otros”; FBB 15000004/2007/TO3, caratulada “Bilesio, Mario José y otros s/privación ilegal libertad pers. (art. 142 bis inc. 5), tortura, homicidio agravado p/el conc. de dos o mas personas y asociación ilícita querellante: APDH y otros”; y FBB 15000004/2007/TO4 caratulada “Molina, Ricardo Joaquín s/privación ilegal libertad pers. (art. 142 bis inc. 5), Tortura, homicidio agravado p/el conc. de dos o más personas y asociación ilícita querellante:
H.I.J.O.S. Bahía Blanca y otros”, del registro de la Secretaría de Derechos Humanos del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta ciudad;
Ante la insistencia de mi defensa, finalmente el área responsable envió la notificación que sigue en la cual da nota de la conducta del testigo de la fiscalía, Monforte.
Como puede concluirse de los documentos que anteceden, en primer lugar quiso evadir el accionar de la justicia, luego manifiesta estar medicado desde hace 15 años, cabe destacar que esta situación médica no le impidió declarar en otros juicios ni en este mismo el día 18 de agosto de 2022, pero sí se utiliza para justificar que no puede volver a declarar, aduciendo que sufre presión arterial alta. Lo anterior denota la intención de eludir el accionar de la justicia.
Ante la intimación del Tribunal Oral Federal, prestó declaración testimonial ampliatoria de “mala gana” donde, como se dijo, volvió a incurrir en nuevas contradicciones.
Finalmente, resulta interesante observar el video de la inspección ocular que tuvo lugar el día 09 de noviembre de 2023 en el Batallón de Comunicaciones 181 y en la Escuelita, “posterior a la citación reseñada” para efectuar su ampliación de su declaración testimonial, en donde se lo observa radiante, proactivo y locuaz, lo que genera dudas sobre su intención de ocultamiento cuando fue citado a declarar por mi defensa particular.
Destaco como algo llamativo el hecho de la persona que proporciona el certificado médico que acredita la hipertensión arterial del testigo Monforte. Según su titulación es fisiatra, y no un cardiólogo. Este profesional de la fisiatría, montañista especializado en rehabilitación de las funciones corporales, no es ni más ni menos que su jefe directo en el lugar de trabajo de Monforte (CORPI). Su Director es a quien me refiero, Martín Borra, Matrícula Profesional 114.894 de la ciudad de Olavarría, provincia de Buenos Aires.
En estas imágenes se puede apreciar a Martín Borra, Director de CORPI, y varios flyers que acreditan que Monforte y otros empleados de esta institución viajaron a Cuba para capacitarse. Es indubitable la dependencia laboral en la institución CORPI, tal como él mismo lo declara.
Lo acreditado precedentemente sobre la imposibilidad de ser localizado en un principio, la posterior excusa de no poder prestar declaración testimonial porque tenía problemas de hipertensión arterial y su desempeño días posteriores durante la inspección ocular, concretamente el 09 de noviembre 2023, mostrándose radiante, proactivo y ágil para caminar por las pendientes del cuartel y campos a pleno sol con gorrito montaraz, así como brindar entrevistas a los medios de difusión pública locales en los cuarteles de Villa Floresta, ponen en duda su voluntad de sujetarse a derecho cuando así lo disponen las autoridades judiciales, habida cuenta que nadie le exigió que concurra el 09 de noviembre de 2023, sino que fue desde Olavarría a Bahía Blanca por voluntad y medios propios, para desplegar una conducta incriminatoria de los uniformados encausados en
el debate oral en curso, hechos estos que justifican la solicitud de Reglas de Conductas especificadas en el petitorio.
PRUEBAS DOCUMENTALES
- Las pruebas documentales fueron incluidas en cada uno de los hechos controvertidos a los efectos de su mayor comprensión integral.
- Cuadro de Organización Nro 182 correspondiente al Batallón de Comunicaciones de Comando 181 de fecha 24 de diciembre de 1967 incorporado expediente del debate oral en curso.
- Libro histórico del Batallón de Comunicaciones de Comando correspondiente a los años 1976 y 1977, incorporado expediente del debate oral en curso.
- Testimonios de los registros audiovisuales de los testigos de las defensas, Coroneles Luis Enrique Rábago, Generales Alfredo Rolando, General Mauricio Fernández Funes, General Heriberto Auel, Coronel Lautaro Jiménez Corvalán, Coronel Juan José Gatti y el Teniente Coronel Eduardo
- Libro histórico del Comando del Vto Cuerpo de Ejército – incorporado expediente del debate oral en curso.
- Registro Audiovisual existente en YouTube de la audiencia N° 25 del día 18 de agosto de 2022
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca – Audiencia del día Jueves 18 de Agosto del 2022
- Registro Audiovisual existente en YouTube de la audiencia N° 71 del día 19 de octubre de 2023
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca – Audiencia del día Jueves 19 de Octubre del 2023
PRUEBAS TESTIMONIALES
- Testimonio del Mayor (R) Jorge Triacca, DNI 13.711.268, Teléfono 1159304283, dirección de mail jorgtria@yahoo.de, domicilio real Tonelero 6708, Piso 6, Dpto “A” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de coleccionista de sables, armas de guerra y conferenciante sobre la Guerra de Malvinas.
- Testimonio del Odontólogo Alejandro Luis Gallo, DNI 503.547, Teléfono 2474660392, dirección de mail hkallahan44@gmail.com, domicilio real Avenida Juan Molina 32, entre Doctor Carlos Merlassino y Santiago H Pérez, de la Ciudad de Arrecifes, provincia de Buenos Aires, en su carácter de Instructor de Tiro y coleccionista de Artículos Militares y Armas de fuego y blancas, registrado como tal en la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC).
- Testimonio del Coronel Retirado Juan Pablo Aguirre Faget, DNI 10550583, Domicilio real en Scalabrini Ortiz 2638, piso 5, Dpto “B”, 1426 CABA. Dirrección de e-mail: juanfaget@hotmail.com quien durante los años 1992 a 2003 trabajó en el área de Construcciones y Bienes Raíces, dependiente de la Dirección de Construcciones del Estado Mayor General del Ejército entre los años 2004 y 2006 y realizó las mensuras de edificios militares, para actualizar y confeccionar los planos e inventarios de Edificios e Instalaciones de los cuarteles de la Dirección de Remonta y Veterinaria, Escuela Superior de Guerra, Escuela Superior Técnica, Instituto Social Militar Doctor Dámaso Centeno entre otros.
- Declaración Testimonial de los encausados del Batallón de Comunicaciones 181 en el debate oral conocido como La Megacausa Zona 5, para que expongan doctrinariamente, sobre los dichos relacionados con lo percibido por los sentidos durante el desarrollo del debate oral, en particular Eduardo Carlos Videla que participó de la inspección ocular el día 09 de noviembre del año 2023, a la que también concurrió el denunciado Monforte y al concausa Enrique Stel, quien es Oficial de Estado Mayor, razón por la cual conoce la doctrina y orgánica militar del Ejército Argentino, donde revistó durante 36 años, participó como Abogado ejerciendo su autodefensa en el debate oral y ha expuesto con fundamentos
científicos y doctrinarios conceptos relacionados con los dichos por el denunciado Gustavo Florencio Monforte.
- Declaración Testimonial de José Marcelino Casanovas durante el desarrollo de la Megacausa Zona 5, en la Audiencia Nro 74 del día 14 noviembre de 2023.
PETITORIO
- Se tenga por presentada en tiempo y forma, la presente denuncia contra Gustavo Florencio Monforte por Falso Testimonio Doblemente Agravado.
- Se cite a declarar al suscripto para ratificar y si fuese necesario, ampliar mi denuncia por falso testimonio en contra de Gustavo Florencio Monforte.
- Se cite a declarar a las personas detalladas en PRUEBAS TESTIMONIALES, números 1, 2, 3, 4 y 5.
- Se dicten Reglas de Conducta al Señor Gustavo Florencio Monforte, a los efectos de que el denunciado esté a derecho, no se pueda sustraer de las acciones judiciales que se desprendan de la presente denuncia como pretendió hacer durante el desarrollo del debate oral en curso.
- Se prohíba la salida del país a Gustavo Florencio Monforte, a los efectos de evitar que pueda sustraerse de las acciones judiciales que se desprenden de la presente denuncia como pretendió hacer durante el desarrollo del debate oral en curso.
- Se realice un informe ambiental en el domicilio real del denunciado a los efectos de constatar el arraigo familiar y demás relaciones con el centro de vida del
- Se dicte el embargo preventivo e inhibición general de bienes a los efectos de asegurar el efectivo pago de lo que en su momento determine el a quo, en caso de prosperar la presente denuncia y existir condena penal y civil para el denunciado.
- Se solicite al Ejército Argentino, que proporcione un testigo perito, en materia militar del Arma de Comunicaciones, para que brinde testimonio sobre si los dichos referidos por el denunciado son verosímiles, se ajustan a los conceptos doctrinarios y si se aplican en la realidad o no a las Estructuras Orgánicas del Ejército Argentino al año 1976.
- Se solicite la concurrencia de un perito Ingeniero en Construcciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que concurra a la Cocina del Casino de Oficiales del Batallón de comunicaciones 181 y determine si en el suelo y escalera que conduce al sótano de la misma, hubo modificaciones estructurales que fueron producidas en los años 1976 y años inmediatos posteriores o si, en todo caso, la construcción existente es la misma que persiste desde que fue construida en el año
- Se autorice la concurrencia de un perito de parte Ingeniero en Construcciones, Arquitecto o Maestro Mayor de obra, para que concurra a la Cocina del Casino de Oficiales del Batallón de comunicaciones 181 y determine si en el suelo y escalera que conduce al sótano de la misma, hubo modificaciones estructurales que fueron producidas en los años 1976 y años inmediatos posteriores, o si la construcción existente es la misma que persiste desde que fue construida en el año 1931.
- Se solicite al Tribunal Oral Criminal Federal de Bahía Blanca la declaración testimonial de Gustavo Florencio Monforte en la jornada de juicio de fecha 7 de abril de 015 (Expte. Nº FBB 093001103/2011/TO1, “Fracassi”).
- Se solicite al Tribunal Oral Criminal Federal de Bahía Blanca el Auto de Prueba de fecha 10 de febrero de 2022 del debate oral que, a la fecha de esta denuncia, desarrolla el Tribunal Oral Federal de Bahía
- Se soliciten al Tribunal Oral Criminal Federal de Bahía Blanca los registros audiovisuales de las Audiencias Número 25 y 71 de los días 18 agosto de 2022 y 19 de octubre de 2023 y en caso de que no las tengan, solicitarlas al Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación.
- Se soliciten al Tribunal Oral Criminal Federal, las declaraciones testimoniales obrantes sobre el testigo Gustavo Florencio Monforte y que fueron incorporadas por lectura al debate oral conocido como la Megacausa Zona 5 en particular la declaración testimonial del 12 de julio de 2012 y la reproducción audiovisual de la declaración testimonial de Monforte en la Causa Fracassi, del 7 de abril del año
- Se solicite al Tribunal Oral Criminal Federal de Bahía Blanca, el legajo personal del ex Cabo 1ro Alberto Favíán Romero, el Cuadro de Organización del Batallón de
Comunicaciones 181 y los libros históricos de los años 1976 y 1977, incorporados por lectura a la Megacausa Zona 5.
- Se solicite al Juzgado Federal Número 1, todas las declaraciones testimoniales obrantes sobre el testigo Gustavo Florencio Monforte y otros documentos relacionados con el denunciado Monforte, que pudiera tener el mencionado
- Se solicite al Tribunal Oral Criminal Federal de Bahía Blanca, el registro audiovisual de la audiencia en la que se realizó la inspección ocular de los cuarteles de Villa Floresta, el día 09 de noviembre de 2023.
- En caso de no hacer lugar a la presente denuncia, hago expresa reserva de concurrir ante la Cámara de Alzada de Bahía Blanca, ante la Cámara Federal de Casación Penal y ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Proveer de conformidad que SERÁ JUSTICIA
Campo de Mayo, Jueves 05 de diciembre de 2024
ERNESTO EMILIO RAMÓN ETCHART DNI Nº 11.800.341
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 9, 2024
◘
Karen Julieth Ojeda Rodríguez, alias ‘La Muñeca’, contra quien las autoridades judiciales de Colombia llevan a cabo una investigación por su relación con varios asesinatos selectivos, incluido el de su exnovio, ha sido capturada, informó el domingo la Policía de Magdalena Medio.
Ojeda Rodríguez, de 23 años, fue detenida en la ciudad de Barrancabermeja, departamento de Santander, en flagrancia y con un arma de fuego. La Policía divulgó las imágenes de su detención.
A la joven se le acusa de estar implicada en el asesinato de su expareja Deyvy Jesús García Palomino, conocido como ‘Orejas’, quien fue ajusticiado en julio en una zona rural de Piedecuesta.
Ojeda Rodríguez habría citado a Deyvy Jesús en la vereda Pajonal de Piedecuesta para supuestamente arreglar una situación de dinero. Cuando la víctima llegó, en el lugar fue interceptada por sicarios en motocicleta, quienes lo atacaron con un arma de fuego. ‘Orejas’ murió en el hospital ese mismo día.
Según la investigación del periodista Jacobo Solano Cerchiaro, ‘La Muñeca’ es considerada la sicaria “más temida” de Santander. Se involucró en el actuar delictivo a los 18 años y operaba en Bucaramanga, Piedecuesta y Barrancabermeja.
Además, la joven era la segunda al mando de la banda criminal conocida como Los de la M, que se dedica a la “extorsión, sicariato y microtráfico”. Karen Julieth tendría un papel “fundamental” en la coordinación de los asesinatos selectivos y era “bastante experta con las armas de fuego, con una puntería certera”. “Por eso, los trabajos importantes solo los hacía ella”, asegura Cerchiaro.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 9, 2024
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La hermana Anna Donelli, conocida por su trabajo de voluntariado en prisiones de Italia, fue arrestada junto a otras 24 personas por presuntos vínculos con un clan de la mafia ‘Ndrangheta que operaba en la ciudad de Brescia, al norte del país, informan medios locales.
La investigación de la Policía determinó que la monja era una cómplice externa, encargada de “garantizar la conexión con los asociados detenidos en prisión”, tomando ventaja de sus funciones espirituales que le permitían un acceso libre a las instalaciones penitenciarias.
Según las autoridades, la red criminal había creado una serie de empresas pantalla, que operaban principalmente en el sector del comercio de chatarra. Solo durante el periodo de las investigaciones se registraron operaciones económicas para blanquear dinero por el valor de unos 12 millones de euros (12,7 millones de dólares).
La operación de la Dirección Distrital Antimafia iniciada en septiembre de 2020, movilizó a más de 300 miembros de las tres fuerzas policiales para ejecutar numerosos registros en varias provincias de Italia. En el marco del operativo contra las 25 personas, se incautó bienes valorados en 1,8 millones de euros (1,89 millones de dólares).
Las autoridades señalaron que los mensajes entre los penitenciaros revelaron la complicidad de Donelli. Por ahora, la monja está bajo arresto domiciliario, mientras que para los demás detenidos hay otras medidas cautelares.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 9, 2024
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Por J.G. Shear.
Los asentamientos en Marte están planificados para ser hábitats humanos permanentes que exploten los recursos locales. Algunos tipos de asentamientos posibles incluyen: asentamientos en laderas, asentamientos en llanuras, asentamientos en cuevas volcánicas y asentamientos en bóvedas de múltiples capas.
Algunos desafíos para establecer un asentamiento en Marte incluyen: Exposición a la radiación, Temperaturas extremas, Tormentas de polvo, Baja presión atmosférica, Menor gravedad, Aterrizaje seguro de la nave espacial, Reutilización de la nave espacial, Establecimiento de una fuente de energía confiable, Idear un método para que los astronautas obtengan aire respirable y agua potable. También el plan de edificación.
Como sostienen los biólogos Kelly y Zach Weinersmith, los asentamientos en Marte tendrán que parecerse mucho más a esta imagen
Y menos a la imagen 2 de Space X
Eso se debe a que los ignorantes que toman las imágenes de Space X están desechando las realidades de los micrometeoritos y la radiación peligrosamente alta y las tormentas de polvo y las temperaturas extremadamente frías que significan que no podemos construir como si estuviéramos viviendo en la Tierra, a la intemperie. También están planteando otros argumentos, sobre si los humanos realmente pueden adaptarse tan fácilmente a la gravedad terrestre del 38% sin problemas de salud graves, y una serie de otras cuestiones. Elon solo quiere avanzar a toda velocidad sin saber qué diablos está haciendo porque eso es todo lo que Elon hace en la vida. Pero el problema es que esto podría significar la muerte de aquellos lo suficientemente tontos como para seguir su ejemplo incompetente. Una cosa es arruinar financieramente a Twitter y otra muy distinta es condenar a muerte a personas que dependen de sistemas seguros y confiables para el soporte vital, literalmente.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 9, 2024
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Por Dr. Enrique Guillermo Avogadro.
Me pareció mejor, esta vez, comentar el complicado panorama internacional que la compleja realidad argentina, como hago habitualmente.
El Presidente no ha conseguido que deba tragarme mis palabras de la semana pasada, cuando hablé del maloliente tema de la ley de “ficha limpia”, que cayó por la más que sospechosa ausencia de ocho diputados de La Libertad Avanza, en una clara connivencia con el kirchnerismo, ambos con el objeto de mantener, asumiendo el Gobierno un inútil riesgo, a Cristina Fernández como eventual candidata en las elecciones de medio término, que se sustanciarán en octubre de 2025.
La pantomima de designar a Alejandro Fargosi para redactar un proyecto propio no hizo más que confirmar ese acuerdo secreto, toda vez que éste mismo dijo que se incluiría una tercera instancia de revisión antes de impedir que alguien fuera candidato.
Por lo demás, la mera sugerencia de formar una comisión para elaborar ese futuro proyecto, que no será incluido en el temario de las sesiones extraordinarias del H° Aguantadero (tampoco el presupuesto 2025 lo será, por lo cual Javier Milei seguirá utilizando el de 2023, con amplísima libertad para asignar los recursos), me recordó aquella vieja máxima que dice que, si quieres que algo ocurra, encárgalo a un individuo y, si no quieres, a una comisión.
Tampoco ignoro que debió recurrir al pragmatismo para evitar que, insistiendo con el tema, el kirchnerismo hubiera votado contra la reelección de Martín Menem como Presidente de la Cámara de Diputados, o sea, como tercero en la línea de sucesión, e impuesto a alguien afín a la condenada en segunda instancia.
Pero soy absolutamente consciente de que tanto “ficha limpia” cuanto la inexplicada insistencia en designar a Ariel Lijo en la Corta son temas que sólo inquietan a una élite bien informada y a quienes tenemos principios republicanos que defender, y no a la gran masa del pueblo, que tiene otras urgencias. O sea, nada de eso influirá en el voto si la situación económica, como promete, continúa con el fuerte viento a favor que le ha impreso la gestión libertaria.
Un punto y aparte merece el affaire del Senador Edgardo Kruider, llegado a su cargo en la boleta kirchnerista pero sostén del Gobierno últimamente. Su detención dio lugar a un fuerte cruce de chicanas entre los líderes singulares de ambos espacios pero, más allá de esos penosos detalles, agravó – si eso fuera posible – el desprestigio del Congreso ante la opinión pública, aunque esta no note las execrables costuras de la real politik que dejó al descubierto.
De todas maneras, el panorama judicial de Cristina Fernández no puede nublarse más, ya que no sólo será juzgada por el pacto con Irán y, eventualmente, por la complicidad o la autoría intelectual del asesinato del Fiscal Alberto Nisman, donde la Justicia argentina tendría toda la colaboración de los organismos de inteligencia de todo el mundo occidental, sino que el Tribunal Oral Federal que lleva la causa “cuadernos” ha fijado la fecha para el inicio del juicio oral, aunque lo haya hecho a un año vista, y la Cámara Federal ha reabierto la investigación por enriquecimiento ilícito sobre su incalculable e injustificable fortuna, que ella daba ya por muerta.
El Gobierno celebrará el martes, con todo derecho, el sorprendente éxito que ha tenido en materia macroeconómica, ya que impidió, en tiempo record mundialmente reconocido, que cayéramos al abismo de la hiperinflación al cual nos empujaron, con gran ahínco, los Fernández² + Sergio Massa.
Lo sucedido con Milei me recuerda una frase del inmortal Enrique Santos Discépolo refiriéndose a sí mismo: “Yo fui una antena que captó un instante del sentir colectivo y dijo, en voz alta, lo que miles y miles de personas se han dicho a sí mismas, quizás antes, en cualquier rincón del país”.
Si los logros en la materia se consolidan con una recuperación de la actividad económica importante antes de las elecciones de medio término, y la atomización de todos los espacios políticos opositores continúa hasta entonces, el Gobierno obtendrá una fácil victoria, salvo en la siempre riesgosa Provincia de Buenos Aires, donde Axel Kiciloff conserva una absolutamente inexplicable buena imagen.
Y digo riesgosa porque una victoria allí del kirchnerismo, cualquiera que fuera la forma y el nombre – otra franquicia- que adopte en ese momento, sería una dramática luz de alerta para los inversores, sean éstos locales o extranjeros, que preferirán seguir esperando antes de correr el albur de exponer sus dinerillos a un retorno del penoso pasado reciente.
En un país donde el largo plazo aún es la semana que viene, pensar en 2027 equivale a discutir el sexo de los ángeles, ya que todo dependerá de una tolerancia social que, al menos hasta ahora, se muestra esperanzada en el futuro de libertad que Milei pregona.
Lo notable es que ese enorme apoyo que todavía concita el Presidente se da en el marco de un duro ajuste, anunciado con bombos y platillos en campaña y cumplido con rigurosidad, y no en un clima de suave gradualismo, como sucedió con Mauricio Macri tras su primer año de gobierno.
En resumen, sigo apoyando al Presidente, pero no resigno mi derecho a decir qué conductas o actitudes me molestan, aunque así irrite a los leones libertarios.
Hasta el sábado próximo, cuando – si Dios quiere – estaré en contacto nuevamente.
Un abrazo fuerte.
Enrique Guillermo Avogadro
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PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 9, 2024
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Los trabajadores sexuales en Bélgica ahora disponen de los mismos derechos que los empleados de ámbitos tradicionales, incluidos el derecho al seguro médico, las bajas por enfermedad y maternidad pagadas, entre otros, gracias a la ley que entró en vigor el domingo pasado.
Según la nueva legislación, que busca poner fin a la explotación ilegal y el abuso dentro de la industria, los trabajadores sexuales ahora tienen derecho a un contrato de trabajo oficial que implica el establecimiento de reglas fijas sobre su horario, salario y medidas de seguridad.
“Es un gran paso adelante”, dijo Isabelle Jaramillo, coordinadora de un grupo de defensa que participó en la elaboración de la ley. “Esto significa que su profesión se reconocerá como legítima por el Estado belga”, expresó.
Así, el trabajador o la trabajadora sexual ahora goza del derecho a negarse en cualquier momento a tener relaciones íntimas con un cliente o realizar determinadas prácticas, así como a interrumpir el acto sexual o imponer sus propias condiciones a dicha actividad.
En este sentido, se precisa que no debe justificar o explicar por qué recurrió al uso de sus derechos. Tras ello, no tendrá consecuencias negativas, ya que conserva el derecho al salario ordinario previsto por la ley.
De igual modo, la ley también abarca consideraciones sobre el lugar de trabajo y los deberes de los empresarios del sexo que ahora deben obtener una autorización, así como adherirse a estrictos protocolos de seguridad y cumplir con requisitos de antecedentes penales, incluida la ausencia de condenas previas relacionadas con agresión sexual, trata de personas o violaciones.
Los empleadores tienen que proporcionar ropa de cama limpia, preservativos y otros productos de higiene a sus trabajadores, así como equipar todos los espacios laborales con botones de emergencia y asegurarse de que cada miembro de su personal disponga de un botón de emergencia móvil que le conecte con la persona de referencia.
Los diputados belgas votaron la ley en mayo, en un acto que siguió la decisión del país europeo de despenalizar el trabajo sexual en el año 2022.
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Diciembre 8, 2024
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Por Delia Crespo.
A principios de 2011, unos adolescentes sirios pintaron unas palabras en una pared: “Abajo Bashar”, decían. Bashar, por supuesto, era el primer nombre del dictador Assad.
Assad, que no era conocido por su buen humor, hizo que su policía secreta encontrara a los culpables.
Los adolescentes fueron brutalmente torturados para enviar un mensaje. Les arrancaron las uñas, les frotaron sal en las heridas resultantes. Los castraron con tijeras oxidadas. Les rompieron la mayoría de los huesos. Luego los colocaron contra una pared y les dispararon en la nuca…
En ese momento, el régimen de Assad iniciado por el padre de Bashar ya llevaba cuarenta años en el poder en Siria. Solo se pueden devolver a los hijos, padres, maridos y vecinos de la gente en bolsas para cadáveres durante un tiempo. Tarde o temprano, habrá una respuesta. La gente se levantará, y se levantó, como hicieron. Elementos radicales y terroristas también se unieron a los disturbios cuando las cosas se intensificaron. A estas alturas, la guerra civil que comenzó en 2011 ya lleva 13 años en el poder. Rusia e Irán, tanto directamente como a través de varios agentes, han mantenido al régimen de Asad en el poder durante todo este tiempo, pero las guerras recientes han debilitado a estos agentes…
A partir de diciembre de 2024, Bashar al-Assad es responsable de la muerte de unos 300.000 de sus propios compatriotas. Y eso sólo contando a los civiles, no a los que tomaron las armas contra él. Millones de sirios más han sido desplazados o han huido del país. La palabra “malo” ni siquiera comienza a describir a un hombre así… digan lo que quieran de los rebeldes (¡algunos están afiliados a Al Qaeda!), pero nadie puede negar que Assad es el diablo en forma humana.
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Diciembre 8, 2024
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Perú vive una crisis de seguridad que se acentúa mes a mes y se ha erigido en la mayor preocupación de la ciudadanía. En ese contexto, la idea de reinstaurar la pena de muerte volvió al debate e incluso será examinada por uno de los principales miembros del Gobierno.
“Todo el país se encuentra conmocionado por la violencia y el clima de terror que han desatado la delincuencia común y las organizaciones criminales en nuestro país”, reconoció el miércoles el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana, durante su interpelación en el Congreso de la República.
Cuestionado por algunos de los congresistas que están a favor de reimplantar la pena de muerte, Arana respondió que “como ministro y a veces como persona siento la misma preocupación de que esto debe ser revisado”.
“Les aseguro que voy a estudiar con mucho detalle esta propuesta y en su momento daré mi opinión personal”, añadió Arana, de quien se presume es uno de los funcionarios más cercanos a la presidenta peruana, Dina Boluarte.
Este jueves, el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo Vela, quien le dejará el cargo el próximo mes a la jueza suprema Janet Tello Gilardi, se mostró en desacuerdo.
“Yo rechazo contundentemente la pena de muerte, yo no creo en la pena de muerte. Creo que es algo que ya hemos superado y que no se puede restablecer en el Perú”, manifestó, citado por la prensa local.
Tello Gilardi también se opuso a esa opción. “Respeto mucho al ministro de Justicia, estoy segura de que en los diálogos que vamos a sostener va a analizarlo de mejor manera”, respondió.
Actualmente, la pena de muerte solo puede aplicarse por el delito de traición a la patria (en caso de guerra) y por el de terrorismo, conforme a los tratados que el país ha suscrito y según lo estipula el artículo 140 de la Constitución Política del Perú.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 8, 202
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Por Dr. Gonzalo Miño.
Durante la semana pasada apareció un video, ampliamente difundido por los medios de comunicación, donde cuatro supuestos narcos amenazaban no solo a la Ministra de Seguridad de la Nación sino también al actual gobernador de la provincia de Santa Fe; VIDEO QUE SUGESTIVAMENTE “IRRUMPIÓ” CUANDO EL PAPELÓN DE LA SESION POR LA FICHA LIMPIA PARECÍA HACER MELLA EN LA AUTO CONSTRUIDA IMAGEN DE UN GOBIERNO IMPOLUTO.
A CIENCIA CIERTA Y MÁS ALLÁ DE LA IMPOSTADA PREOCUPACIÓN DEL GOBIERNO NACIONAL SOBRE EL TEMA, NADIE SABE SI ESE VIDEO FUE HECHO POR CUATRO FUMIGADORES CON ALGUNAS CERVEZAS DE MÁS, O ES UN VIDEO QUE QUEDÓ DE UNOS ALEGRES JÓVENES FESTEJANDO EL ÚLTIMO HALLOWEEN.
Sin dudarlo y aprovechando la coyuntura, el gobierno nacional dejó entrever que prepara un decreto para autorizar a las Fuerzas Armadas a combatir las bandas narcos y de paso organizaciones terroristas tan solo extranjeras, en el país. En efecto, se dejó trascender que el decreto permitiría a los militares participar de la defensa ante “amenazas extranjeras no estatales” en el territorio interno.
UNA NUEVA BURLA A LOS MILITARES Y POLICÍAS QUE YACEN EN UN PENAL O VEGETAN EN SUS DOMICILIOS POR HABER COMBATIDO PRESICAMENTE AL TERRORISMO, HACE YA CASI 50 AÑOS Y TAMBIEN POR UNA ORDEN CONSTITUCIONAL.
Solo falta que el anarco-capitalista diga que esta vez se hará con la Ley en la mano, como si ello fuese un paraguas legal para evitar que los uniformados que hoy sean llamados por este antojo del anarco-capitalista, no terminen también presos y enjuiciados por los denominados delitos de lesa humanidad, en algunos años más. Claro, en su insensatez, el Presidente de la Nación NO advierte que no solo las Fuerzas Armadas NO están preparadas para el combatir al narcotráfico, que es tema absolutamente policial; sino que se haga lo que se haga en un combate contra el terrorismo, los uniformados terminarán presos y condenados indefectiblemente (aunque los enfrenten con un ramo de flores en una mano y un té de rosas en la otra). Así, lo entiende esta Justicia militante, construida por 20 años de kirchnerismo, que solo juzga y condena por haberse combatido y vencido al terrorismo, no por otra cuestión, falseando las pruebas y tergiversando los hechos; Justicia militante que increíblemente el mismo Presidente de la Nación apaña y fortalece.
Entonces, quizás debería recurrir el Presidente de la Nación, a su “brazo armado”, a esos que se autodefinen como los “soldados más leales, los que estuvieron desde un principio y van a estar hasta el final”, llamándose la “guardia pretoriana” de Milei. Ya que se la dan de “tan cojudos”, realizando actos con parafernalia del más repudiable fascismo, deberían salir a enfrentar a los narcos y a los devenidos terroristas y NO recurrir a “papá Fuerzas Armadas” porque alquien les hizo “pupa”. Bueno, en realidad dudo que se recurra a estos muchachos, pues son tan solo “rambos” del Twitter, ya que cuando los encaran, como a su vocero en un avión se “va al maso” o como el gordo youtuber que no le daban las patas para correr para esconderse en una local de venta de empanadas, tras hacerse el valiente en la última marcha de los universitarios.
Una clara ironía obvio, que es consecuencia de la insensatez de un Presidente que dice ponerse al frente de la lucha contra el terrorismo, pero permite que quienes lo combatieron hace 50 años sigan presos por ese solo motivo y continúen enjuiciados en repetitivos y ridículos juicios, en los cuales se aplica cualquier cosa menos la Ley.
Es lacerante la iniciativa gubernamental al sostener que, como se dijo más arriba, solo podrán intervenir las Fuerzas Armadas ante “amenazas extranjeras no estatales”, lo cual veda por completo la posibilidad de que intervengan ante una amenaza terrorista local. En otras palabras, si en nuestro pais resurgieran organizaciones terroristas “autóctonas” como Montoneros o el ERP, las Fuerzas Armadas mirarían la situación por Crónica TV. Por lo que cabe concluir una vez más, que para el gobierno nacional hay un terrorismo malo que es el extranjero, al que hay que combatir y un terrorismo bueno, como fueron Montoneros y el ERP, al que hay que defender; enjuiciando y encarcelando a quienes lo combatieron y vencieron.
Encima, la decisión del gobierno no saldría por Ley, sino por Decreto; lo que significa que el gobierno no está dispuesto a dar el debate en el Congreso Nacional, resultando claro que NO quiere hablar de lo que pasó en el pais hace 50 años, simplemente porque le molesta y le incomoda. O no quieren asumir lo que piensan o peor aún, no quieren decir lo que realmente piensan.
Ya sabemos lo que dirá la mayoría del arco político, que hipocráticamente dice una cosa en privado y otra en público; pero es hora que los libertarios definan su posición al respecto y lo expresen sin ambigüedades. El silencio o como siempre decimos el ponciopilatesco “no es parte de mi agenda”, huele a cobardía.
Justamente lo sano seria que se elabore un proyecto de Ley y se discuta en sesiones extraordinarias, para que precisamente la Libertad Avanza exponga públicamente su posición al respecto. IRRITA YA ESTE PERVERSO JUEGUITO DE SER Y NO SER A LA VEZ, DEN LA CARA Y DIGAN DE FRENTE A LA SOCIEDAD Y A LAS FUERZAS ARMADAS LO QUE REALMENTE PIENSAN.
MAS SANO SERIA QUE EXPLIQUEN POR QUÉ PRETENDE INVOLUCRAR A LAS FUERZAS ARMADAS EN UN TEMA EMINENTEMENTE POLICIAL (FALTANDOLE ASI EL RESPETO A LAS FUERZAS DE SEGURIDAD) Y A ENFRENTAR A CUATRO PEREJILES QUE LOS PROCLAMA TERRORISTAS O LO QUE AL LIBERTARIO SE LE OCURRA TILDAR DE TERRORISMO, CUANDO OLVIDA A QUIENES SI ENFRENTARON AL VERDEARO TERRORISMO QUE SI PUSO EN RIESGO A LA NACION MISMA EN LOS AÑOS 70, A LA PAR QUE IMPULSA EL NOMBRAMIENTO DE JUECES CON CLARO SESGO IDEOLOGICO PRO TERRORISTAS.
Está claro que a los políticos les importa un pito la historia, lo que pasó, como el futuro, solo piensan en sus mezquinos intereses y acomodan su discurso al devenir de los tiempos. Ahora, ¿ello lo pensarán los actuales integrantes y los altos mandos de las Fuerzas Armadas? ¿Tendrán presente esa gran frase que reza: “quién olvida su historia está condenado a repetirla”? ¿Permitirán que la clase política los use nuevamente para olvidarse de ellos en un futuro no muy lejano, tal como hicieron con sus camaradas que actuaron en los años 70?… Por ahora final incierto…..
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Diciembre 8, 2024
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Diciembre 8, 2024 – Diciembre 8, 2024
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Diciembre 8, 2024
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Por Claudio Kussman.
¿SABE QUE SE CASÓ RODRIGUEZ LARRETA? Esta hubiera sido la pregunta que le hubiera hecho al excepcional ser humano y mundialmente virtuoso cardiocirujano RENÉ FAVALORO, si no se hubiera suicidado el 29 de julio de 2000, a los 77 años de edad, y una vejez avanzada le hubiera permitido llegar hasta nuestros días. De esta forma le recordaría así que este “exitoso” político, que no tiene un pelo de tonto, estaba como interventor del PAMI (15 de diciembre de 1993 al 1 de diciembre de 2000) acompañado por MARIA EUGENIA VIDAL la ex gobernadora de la Pcia. de Buenos aires, (la de los 30.000 desaparecidos por ley) cuando se le pidió un “retorno”, si quería que ese organismo le pagara la deuda de 2 millones de dólares que tenía con su quebrantada fundación. En una Argentina en donde su presidente dice “No hay plata”, el senador por Entre Ríos EDGARDO KUEIDER (52 años) y su bella “secretaria” IARA GUINSEL COSTA (34 años de edad y un sueldo de un millón seiscientos mil pesos que pagamos con nuestros impuestos), son detenidos por autoridades paraguayas con más de 200.000 dólares. Así mismo LARRETA (59 años) casi en simultaneo, también lo desmiente a JAVIER MILEI. Lo hizo el 30 de noviembre pasado a través de su casamiento con MILAGROS MAYLIN (39 años), funcionaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una “fiestita” digna de un jeque árabe. Celebrada en el paradisiaco hotel “Sofitel La Reserva Cardales”, tuvo nada menos que 350 invitados, que le hicieron regalos por más de 85.000 dólares. Trasladándose en suntuosos y relucientes autos de alta gama llegaron al festejo donde comieron, bebieron y fueron felices junto a los novios. La vanidad impidió disimular la riqueza económica existente. Una vez más quedaba demostrado que Argentina es el mejor país del mundo para algunos, en mayoría políticos y funcionarios… no así para virtuosos como el Dr. RENÉ FAVALORO, que en paz descanse.
“Ser corrupto tampoco está del todo mal, porque ahora muchos corruptos son tapa de revista, modelos para imitar. Usted, después de transpirar la camiseta como funcionario, ha logrado, con su modesto sueldo, adquirir una mansión ¿Lo va a ocultar? ¿Se va a avergonzar? ¡Eso era antes! cuando ser chorro significaba una sanción moral. ¡Ahora no! Ahora ni bien se enteran, vienen de la revista “Tujes” a sacarle fotos a usted y a su familia sentados en la cama comprada gracias a sus afanes.” (Año 1992)
“Por eso, mis queridos orejones del tarro, a seguir laburando, la neurona atenta, vermouth con papas fritas… y ¡Good Show!”
Tato Bores ( 1925-1996)
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Diciembre 8, 2024
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El traslado de parte de las reservas en lingotes de oro del Banco Central (BCRA) de Argentina al exterior, proceso iniciado a mediados de este año, derivó en una denuncia penal contra funcionarios del Gobierno de Javier Milei, debido a la negativa a informar sobre el destino de esos valores. La presentación fue realizada por el diputado de la provincia de Buenos Aires, Gustavo Pulti, contra el ministro de Economía, Luis Caputo, y el presidente del BCRA, Santiago Bausili.
“Es insólito que la República Argentina tenga que contemplar, como si estuviéramos en un régimen absolutista del siglo XVII o del siglo XVIII, que se disponen de las reservas y que no se nos revela ni a dónde fueron, ni qué medios se usaron, ni qué resultados va a tener la Argentina”, declaró el legislador, quien agregó que tampoco fueron informados “con qué actos administrativos se dispuso”.
Además, insistió en que es “inadmisible” que “el oro de los argentinos se haya sacado del país” sin que se sepa dónde está. “Lo único que sabemos es que Caputo reconoció la operación, pero todo lo demás es un oscuro misterio”, continuó. Por eso, consideró que el Gobierno nacional “toma decisiones reñidas con la Constitución, fuera del marco legal que es exigible para el normal funcionamiento de una república y de muy cuestionable transparencia”.
Por lo tanto, ante la falta de respuesta al pedido de acceso a la información pública, elevó la denuncia ante la Procuración de Investigaciones Administrativas del Ministerio Público Fiscal. “Dijeron que no nos van a contestar y además nos retaron, porque nos dijeron que revelar esa información puede implicar algún tipo de cuestión para la estabilidad de las reservas, para la seguridad financiera de la Argentina”, manifestó.
A la espera de la decisión judicial, Pulti consideró que, si Argentina sigue siendo “una democracia y no un régimen absolutista al estilo de las monarquías previas a la Revolución Francesa, la Justicia deberá proporcionar, a través de una investigación, la información que los funcionarios se negaron a dar”.
El primero en confirmar el envío de las reservas del BCRA a Londres, Reino Unido, fue el ministro Caputo, quien a mediados de julio calificó a la operación como “una movida muy positiva”. “Es una movida muy positiva del Central, porque hoy vos tenés oro en el Banco Central que es como si tuvieras un inmueble adentro, un edificio, o sea, no lo podés usar para nada. En cambio, si vos tenés ese oro afuera le podés sacar un retorno”, explicó.
Mientras que el 2 de septiembre, el BCRA anunció en un comunicado que había completado el envío de parte de sus reservas de oro al exterior y aseguró que “estas operaciones de rebalanceo no alteran el volumen total de las reservas en oro, que se mantienen equivalentes a aproximadamente 4.981 millones de dólares, según lo publicado en el balance del 23 de agosto de 2024”.
Además, manifestó su “preocupación por la difusión irresponsable de información, con fines políticos, relacionada con estas operaciones antes de su finalización porque puso en riesgo la seguridad de los activos de todos los argentinos”. “La información sobre la administración de las reservas del BCRA ha sido siempre manejada de manera confidencial en el afán de preservar su seguridad”, continuó.
A comienzos de septiembre pasado, el vocero presidencial, Manuel Adorni, justificó la restricción del derecho de acceso a la información pública, ya que dijo que esas peticiones consumen “muchos recursos públicos” y reveló que las solicitudes se habían “multiplicado por diez”.
Días antes, el Gobierno había emitido un decreto para limitar el alcance de la definición de información pública. Además, cambió los parámetros de lo que se entiende como “documento” de carácter público, excluyendo “las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, o el examen preliminar de un asunto”; y amplió de forma difusa y discrecional aquello que puede ser considerado como “secreto”.
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Diciembre 8, 2024
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El fenómeno natural conocido como ‘onda estacionaria’, combinación de dos ondas que se mueven en direcciones opuestas, podría ser la explicación de los supuestos avistamientos del misterioso monstruo Nessie en el lago Ness (Escocia, Reino Unido) reportados en reiteradas ocasiones en los últimos siglos.
Dicho fenómeno también se observa cuando chocan olas con la misma amplitud y frecuencia. Estas olas también se pueden originar por barcos que navegan en direcciones opuestas.
Las crestas de las olas que surgen en estas circunstancias sobre la superficie del agua pueden confundirse con la joroba de un monstruo, explicó el fundador del grupo de investigación independiente Loch Ness Exploration (LNE), Alan McKenna. El investigador filmó el fenómeno natural en la confluencia de un río con el lago Ness, y posteriormente planea registrar algo similar en las profundidades del cuerpo de agua.
McKenna intenta filmar tantos fenómenos naturales como sea posible. Él llama a su trabajo un proceso de “eliminación”, ya que está seguro de que la mayoría de los informes sobre el misterioso monstruo Nessie tienen una explicación.
Una persona que no conoce las características naturales del lago Ness puede dejarse engañar fácilmente por los contornos del agua y algunas ilusiones, explicó.
McKenna admitió que cuando era niño creía que en el lago vivía un plesiosaurio —reptil prehistórico de cuello largo— que sobrevivió a la extinción de los dinosaurios. “Pero cuanto más exploras la historia del lago Ness, más improbable se vuelve esa teoría. Lo siento, amigos”, dijo.
Pese a que el primer ‘avistamiento’ del monstruo se remonta al año 565 d. C., el interés por encontrar a la criatura se activó en 1934, cuando apareció la supuesta primera foto de Nessie. Sin embargo, a pesar de los varios intentos todavía no se ha logrado hallar al supuesto monstruo ni sus restos.
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Diciembre 8, 2024
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La opinión popular se ha centrado sobre la bella y joven acompañante del senador argentino Edgardo Kueider, quien fue detenido junto a ella en la frontera entre Paraguay y Brasil mientras trasladaban más de 200.000 dólares en efectivo no declarados.
Se trata de la exsecretaria del congresista, Iara Guinsel Costa, de 34 años, quien tiene una importancia clave en el hallazgo. Según el abogado del parlamentario de origen peronista, y ahora alineado al partido oficialista, el dinero que llevaba en el portaequipaje de su lujosa camioneta le pertenecía a la mujer.
César Centurión, defensor del senador, dijo que Guinsel Costa “trabaja para una sociedad anónima paraguaya, con sede en Asunción” y que entre sus funciones está la “compra de mercadería, como electrónica, perfumes y cosméticos”. Así, la acompañante habría dicho que el dinero le pertenece a esa firma, de la cual ella es la apoderada.
La detención ocurrió en el puente fronterizo entre Brasil y Paraguay, cuando la policía paraguaya encontró la alta suma de dinero metido dentro de una mochila puesta en el baúl del vehículo, sin que hubiera sido declarada.
Previamente, ambos se desplazaron desde Ciudad del Este (Paraguay) a Foz de Iguazú (Brasil), a unos 27 minutos, para cenar. Los dos adujeron que no habían querido dejar la suma del dinero en el hotel donde se alojaban “por miedo”, según el abogado.
Iara Guinsel Costa fue asignada en febrero pasado a su cargo en el Senado con un sueldo de 1.580 dólares; empero, fue dada de baja en agosto.
Si bien su anterior puesto fue en una empresa de telecomunicaciones en la ciudad de Concordia (Entre Ríos), llama la atención de la prensa que desde hace 14 años está registrada como monotributista o pequeña contribuyente en las categorías más altas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), asignadas a quienes tienen ingresos entre los 29 y 44 millones de pesos al año (de 21.000 a 43.000 dólares).
La exsecretaria del senador ha sido relacionada a investigaciones que se le han abierto a Kueider, por delitos como enriquecimiento ilícito y lavados de activos que habrían sido cometidos en la ciudad argentina de Paraná, donde habría adquirido departamentos y estacionamientos en un lujoso edificio. Kueider y Guinsel Costa ya habían viajado juntos a Paraguay en por lo menos cuatro ocasiones durante 2024.
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Diciembre 8, 2024
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Por Melanie Agosto.
Un grupo de niñas de trece años fue a acampar en Estados Unidos en julio de 1945. Estaban nadando en un río en Ruidoso, Nuevo México. Una de las niñas se llamaba Barbara Kent. Lo que las niñas no sabían es que cerca de allí, el Proyecto Manhattan detonó una bomba nuclear como prueba…
En un artículo, Kent describió lo que sucedió ese día:
“Todos estábamos en estado de shock… y luego, de repente, había una gran nube sobre nuestras cabezas y luces en el cielo”, recuerda Kent. “Incluso nos dolían los ojos cuando mirábamos hacia arriba. Todo el cielo se volvió extraño. Era como si el sol saliera tremendo”. Unas horas después, dice, comenzaron a caer copos blancos desde arriba. Emocionadas, las niñas se pusieron sus trajes de baño y, en medio de las ráfagas, comenzaron a jugar en el río. “Estábamos agarrando todo este blanco, que pensábamos que era nieve, y nos lo estábamos poniendo por toda la cara”, dice Kent. “Pero lo extraño es que, en lugar de estar frío como la nieve, estaba caliente. Y todos pensamos: “Bueno, la razón por la que hace calor es porque es verano”. Teníamos sólo 13 años”.
Los copos eran la lluvia radiactiva de la prueba Trinity del Proyecto Manhattan, la primera detonación de una bomba atómica del mundo. Tuvo lugar a las 5:29 a.m. hora local en lo alto de una torre de acero de 30 metros a 65 kilómetros de distancia en el Campo de Tiro y Bombardeo de Alamogordo, en el valle de Jornada del Muerto. El lugar había sido seleccionado en parte por su supuesto aislamiento. En realidad, miles de personas estaban en un radio de 65 kilómetros, algunas tan cerca como a 19 kilómetros de distancia. Sin embargo, los que vivían cerca del lugar de la bomba no fueron advertidos de la prueba. Tampoco fueron evacuados antes o después, incluso cuando la lluvia radiactiva continuó cayendo durante días…
Barbara Kent y todas sus amigas desarrollaron cáncer. Todas y cada una de las chicas que ves en esa foto murieron antes de los treinta años. La única que vivió más fue Kent. Y ella también desarrolló y sobrevivió a varios episodios de cáncer. La gente a menudo olvida el alto precio que pagaron no sólo aquellos sobre quienes fueron lanzadas las bombas atómicas en Japón, sino incluso aquellos que vivían cerca cuando se desarrollaron las primeras.
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Diciiembre 7, 2024
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La introducción de la ley marcial por el presidente de Corea del Sur, Yoon Suk-yeol, atrajo la atención a sus cercanos y, en particular, a su esposa, Kim Keon-hee, que sigue siendo una de las personas más polémicas en su entorno, cuyos pasado y presente están llenos de controversias y, en algunos casos, preguntas sin resolver.
La vida de esta mujer se destaca por varios chismes y acusaciones que sacuden a la reputación de su esposo, que ahora está experimentando el peor momento en su carrera como dirigente del país, y que ya se ha visto ensombrecida por lo que se conoce colectivamente como el “riesgo de Kim Keon-hee” y “bomba de tiempo”. ¿Pero quién es y por qué hay tanta indignación en la sociedad hacia esta mujer?
Los escándalos que rodean a Kim Keon-hee, que antes de cambiar de nombre en los años 2000 se llamaba Kim Myeong-shin, se remontan a sus años universitarios, cuando fue acusada de plagiar sus trabajos y artículos.
Kang Min-jung, profesora y política surcoreana, quien leyó y analizó todos los artículos de Kim Kun-hee, criticó la calidad general de los artículos por carecer de contenido y de sentido, con numerosos errores gramaticales que “daba vergüenza ser llamados artículos”. Asimismo, declaró que la tesis que habría escrito Kim, realmente era una tesis de otra persona y copiada por ella.
No obstante, en 2022, la Universidad Kookmin, donde la mujer completó su maestría y doctorado, rechazó una orden judicial para presentar materiales que investigaran las acusaciones de plagio en la tesis doctoral de Kim sin esclarecer las razones de tal decisión.
Una de las historias más polémicas es la acusación de que Kim trabajaba en los años 1990 como anfitriona en un club nocturno bajo el nombre artístico de ‘Julie’. Así, en 2022, el fiscal Jin Hye-won publicó una antigua fotografía de Kim con un comentario que parecía burlarse de ella: ‘No sé si de eso sabe ‘Julie Spelling’, añadiendo al final la palabra ‘prosetitute’ que es casi semejante a la de ‘prostitute’ (‘prostituta’). No obstante, al comparecer ante un juicio donde se enfrentó a un cargo de difamación, el hombre fue absuelto, ya que, según la decisión judicial, “se utilizó una nueva palabra” y “no indicaba directamente que la víctima fuera Julie o que Julie fuera una prostituta”.
Por otra parte, conforme a la investigación de Chosun, en aquel entonces Kim no podría haber ejercido como anfitriona de un bar, ya que, según varias fuentes, trabajaba como profesora de arte en una escuela secundaria y tenía un horario saturado. Luego, trabajó en una galería de arte y, según un informante, “todos aquellos que difunden información ridículamente falsa sobre su trabajo en un bar merecen ser castigados”. No obstante, este caso sigue sin una respuesta definitiva.
La primera dama afronta una gran cantidad de controversias relacionadas con sobornos, así como acusaciones de presunta corrupción, pero entre todos los casos hay dos destacados.
El primero está relacionado con las sospechas enlazadas con la manipulación del precio de las acciones de Deutsche Motors que salieron a la luz en 2020, cuando el ahora presidente era fiscal general. En aquel entonces, varios legisladores presentaron una denuncia contra Kim y su madre por la supuesta manipulación del mercado de valores, sin embargo, decidieron no acusar y rechazar la versión de su supuesta implicación después de haber analizado el caso.
Con el asunto se asocia muy estrechamente el del bolso Dior regalado a la primera dama como, según afirmaron rivales políticos del partido de su esposo, producto de un soborno.
En noviembre de 2023, apareció un video filmado en secreto en 2022 por el pastor coreano-estadounidense Choi Jae-young, que llegó a una tienda de Christian Dior, y compró un bolso por unos 2.250 dólares. Luego, con una cámara oculta en un reloj, Choi entró en la oficina de una empresa de planificación dirigida por la primera dama y le entregó una bolsa de la compra que supuestamente contenía el bolso de Dior. El hombre se lo pasó a Kim, que, a su vez, le preguntó: “¿Por qué sigue trayendo esto?”. Le dijo que no lo hiciera más y añadió que “nunca compre algo caro como esto”.
En julio de 2024, los fiscales interrogaron a Kim durante 12 horas sobre el incidente. Su abogado comentó que ella había respondido de “manera sincera y dijo la verdad”. Finalmente, los fiscales concluyeron que no había pruebas de que se ofrecieran favores a cambio del bolso.
Desde que asumió el cargo en mayo de 2022, el actual mandatario surcoreano proclamó el Estado de derecho entre los valores fundamentales de la nación, junto con la libertad y los derechos humanos. Precisamente, la primacía de derecho ha sido uno de los temas clave en muchas de sus intervenciones, sin embargo, según recalcan los expertos de The Diplomat, “como sabe cualquier ciudadano de una democracia liberal funcional, el Estado de derecho solo puede prosperar cuando todos, incluido el líder y sus allegados, rinden cuentas ante los mismos estándares y leyes”.
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Diciembre 7, 2024
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La Comisión Marítima Federal (FMC, por sus siglas en inglés) de EE.UU. ha iniciado una investigación acerca de acciones del Gobierno de España que “parecen” prohibir atracar a ciertos buques, incluidos los de banderas estadounidenses, en sus puertos, informó este jueves el organismo.
La agencia independiente del Gobierno, encargada de supervisar y evaluar las condiciones que puedan impactar en el comercio internacional y el transporte marítimo de EE.UU., comunicó que España se ha negado a permitir entrar a ciertos buques en al menos tres ocasiones distintas este año, y en dos casos se trata de barcos del Programa de Seguridad Marítima (MSP) dirigido por el país norteamericano.
“La Comisión puede imponer importantes medidas correctivas, incluidas multas diarias sustanciales y la prohibición de que los buques extranjeros atraquen en puertos estadounidenses, si descubre que se están dando tales condiciones”, reza el mensaje oficial.
De acuerdo con la investigación, la FMC fue informada el 19 de noviembre de que España estaba denegando la entrada a sus puertos a dos buques a principios de noviembre y uno que, según medios, transportaba ayuda militar a Israel en mayo.
Desde el organismo también precisaron que si la investigación determina que España ha estado involucrada en dichas acciones, la Comisión podría imponer multas millonarias de hasta 2,3 millones de dólares por viaje.
Las autoridades del país ibérico no se han pronunciado en torno a incidentes de noviembre, sin embargo, en mayo, el ministro de Transportes, Óscar Puente, declaró que la Cancillería de la nación había denegado una solicitud de atraque de un buque danés, alegando que “transportaba armas a Israel”.
En octubre, el presidente Pedro Sánchez sostuvo que “el Gobierno de España, desde el pasado 7 de octubre de 2023, no exporta ningún tipo de armamento ni de material militar a Israel”. Del mismo modo, aseveró que la postura de su administración ha sido “determinada” desde el primer momento: “No contribuir ni de una manera ni de otra a la escalada de violencia y a la guerra en Gaza, en Cisjordania y en Líbano”.
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Diciembre 7, 2024