LOS ATAQUES ISRAELÍES CON EXPLOSIVOS EN DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS

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Por Enrique Stel

INTRODUCCIÓN

El Conflicto en Medio Oriente, está plagado de violaciones al Derecho Internacional de los Conflictos Armados y parecería que la comunidad internacional, entre los que se encuentra Argentina, ha naturalizado las innumerables y graves violaciones a los derechos humanos.  A fuerza de ser sincero, que Argentina las acepte no me llama la atención, porque en los juicios de Lesa Humanidad, lo hace a diario desde hace más de 20 años y el reciente artículo cuya autoría corresponde al Doctor Gonzalo Miño (SIN OBRA SOCIAL, SIN SALARIOS DIGNOS, PERO CON JUICIOS DE LESA. https://prisioneroenargentina.com/sin-obra-social-sin-salarios-dignos-pero-con-juicios-de-lesa/ ),  da cuenta de ello.

Lamentablemente tenemos una sociedad mayoritariamente anestesiada, que solo sabe reconocer el beneficio dinerario propio, sin importar lo que le pase al prójimo y se ha acostumbrado, no todos, al estado de confort, que no le permite distinguir lo que está bien de lo que está mal, principio básico y elemental de toda religión monoteísta. Así las cosas, deseo tomar un ejemplo que los medios periodísticos han banalizado o no han sabido exponerlo adecuadamente, de manera que nos permita reflexionar un poco, si es que se puede, claro está.

Los días 17 y 18 de septiembre de 2024 se produjeron explosiones simultáneas de miles de buscapersonas y posteriormente, de equipos de comunicación de radio utilizados por miembros de Hezbollah en el Líbano y Siria y también por personas civiles sin conexión alguna con organizaciones terroristas. Los ataques causaron decenas de muertes y miles de heridos, entre ellos personas civiles amparados por el IV Convenio de Ginebra de 1949.

El caso plantea una cuestión central del Derecho Internacional Humanitario (DIH)  y el Derecho Internacional de los Conflictos Armados DICA y es preguntarse si ¿el hecho de que un ataque esté dirigido contra integrantes de un grupo armado permite utilizar cualquier medio para quebrar su voluntad de continuar combatiendo pese a existir un riesgo cierto de afectar a la población civil?

La respuesta, a mi juicio, es categórica, NO. Un ataque militar debe tener en cuenta el objetivo perseguido, pero también las circunstancias del ataque y sus consecuencias en relación con la población civil, la que debe quedar excluida de la violencia armada.

ANÁLISIS A LA LUZ DE ALGUNOS PRINCIPIOS DEL DIH

PRINCIPIO DE HUMANIDAD

Este principio procura evitar sufrimientos innecesarios en los Conflictos Armados y prohíbe los daños que no sean imprescindibles para alcanzar un objetivo militar que posibilite una ventaja significativa al atacante. También se relaciona con la prohibición de emplear medios o métodos de guerra que causen males superfluos, innecesarios e indiscriminados.

En el caso de marras, personas que no participaban en las hostilidades sufrieron el ataque, murieron o tuvieron heridas, razón por la cual debería haber sido apreciado por los órganos militares que tomaron la decisión a los efectos de evitar ser acusados de cometer crímenes de guerra. Los civiles no forman parte del conflicto y los militares profesionales lo saben.

PRINCIPIO DE DISTINCIÓN

El principio de distinción exige diferenciar a los militares que combaten de la población civil. En idéntico sentido, los objetivos militares atacados, nunca deben afectar la protección de las personas y los bienes civiles. Los buscapersonas y los walkie-talkies son dispositivos de uso generalizado por toda la población. En tal sentido, un ataque a ese tipo de dispositivos electrónicos irremediablemente afectará a personas inocentes y un militar profesional no puede ignorarlo, razón por la cual, debe abstenerse de realizar el ataque. La pertenencia política a Hezbollah, por sí sola, no convierte automáticamente a una persona en objetivo militar, mucho más aún, teniendo en cuenta que en el gobierno del Líbano, el Hezbollah integra el parlamento libanés desde 1992 luego de participar en las elecciones legislativas celebradas entre agosto y octubre de ese año. Al atacar personas por el mero hecho de portar un dispositivo electrónico, sin verificar si eran integrantes del Hezbollah, se violó el principio de distinción y los que ordenaron el ataque, pueden plausibles de una acusación por la comisión de un crimen de guerra.

PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD

La proporcionalidad prohíbe un ataque contra un objetivo donde las personas que se encuentran en el mismo no pueden defenderse. No es un objetivo militar legítimo cuando sea previsible que las pérdidas incidentales de vidas o lesiones de civiles sean excesivas en relación con la ventaja militar concreta que se desea obtener porque no se ataca personas que no están alertadas, como si lo están los integrantes de los bandos en pugna. Si los comandantes militares que ordenaron el ataque, podían prever la muerte y lesiones de civiles que no forman parte del conflicto armado, han violado el principio de distinción, atacaron indiscriminadamente personas que no podían defenderse y por lo tanto no hay proporcionalidad alguna. El ataque es un acto susceptible de constituir un crimen de guerra violatorio del IV Convenio de Ginebra de 1949.

PRINCIPIO DE NECESIDAD MILITAR

La necesidad militar permite emplear la fuerza necesaria para alcanzar objetivos militares legítimos, pero no autoriza cualquier procedimiento por el solo hecho de que pueda resultar útil desde el punto de vista operativo, tiene que ofrecer una marcada ventaja militar. Aprecio que el ataque del caso de marras, generó una ventaja efímera en cuanto a la interrupción de las comunicaciones de Hezbollah y de ningún modo podía neutralizar la estructura armada de dicha organización, la que de hecho, hoy sigue plenamente activa.

CONCLUSIONES

A mi juicio, los ataques de septiembre de 2024 son violatorios de los principios de humanidad, distinción, proporcionalidad y necesidad militar. La utilización de dispositivos explosivos ocultos en identificadores de llamada o equipos de comunicación accesibles a civiles no combatientes, constituye un acto típico de la perfidia, no es una estratagema. En consecuencia, al demostrar que los ataques fueron indiscriminados, que se dirigieron contra civiles protegidos y que previsiblemente ocasionarían daños civiles excesivos, existirían fundamentos para concluir que violaron el DIH y DICA.

Pero también resulta interesante intentar encontrar una explicación a nivel nacional para alinearse políticamente con el Estado de Israel con la fuerza y esmero en que el actual gobierno argentino lo hace, en sintonía con el gobierno de EEUU sin evaluar las consecuencias futuras que traerán a nuestro país cuando estas situaciones terminen, porque si algo es seguro, “ES QUE NADA ES PARA SIEMPRE”.

Yo tengo una explicación, ¿y usted?

 

PrisioneroEnArgentina.com

Octubre 19, 2026

6 thoughts on “LOS ATAQUES ISRAELÍES CON EXPLOSIVOS EN DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS”

    • Alaya Pope
    • posted on October 20, 2026

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    • Raúl García Perez
    • posted on October 20, 2026

    Muy realista el artículo. Pero a los argentinos solo les interesa el futbol y el asado del domingo.
    Lo de las violaciones a la ley es hiperconocido y a nadie le importa.
    Lo de las secuelas que dejarán estas alianzas ya baemos, AMIA, Embajada de Israel y el hijo de Menem. Pero no la ven.
    Solo una nueva masace los despertará del sueño dormido.

    • SONIA
    • posted on October 20, 2026

    COMO SIEMPRE DEBO DECIR LA FALTA DE EMPATIA DE LOS CAMARADAS DE ESTE SOLDADO Y NI HABLAR DE LOS POLICIAS QUE NO SE DEJAN VER, SIENDO LA UNICA EXCEPCIÓN PATRICIO. CON TANTO SILENCIO POR ALGO SIGUEN PRESOS JODER.

    • CLAUDIO KUSSMAN
    • posted on October 19, 2026

    Muy veraz y lógico lo expresado por el Sr. Enrique Stel, pero…y siempre hay un pero, para el León que hace temblar a los zurdos de no sé donde, y se considera mas sionista que nadie el accionar Israelí le parece una maravilla. No así lo ocurrido en Argentina, en donde tiene cautivos por reprimir o sospechar que lo hicieron, el terrorismo de los años 60 y 70, los que carecen de derechos constitucionales, legales y humanos. Realmente nuestros “políticos” son basura. Atentamente CLAUDIO KUSSMAN

    • Julio Czormaz
    • posted on October 19, 2026

    El mundo entero es un desastre.

    • Jose Luis Migna
    • posted on October 19, 2026

    Los atentados con dispositivos electrónicos en Líbano y Siria fueron una serie de explosiones que tuvieron lugar el 17 y el 18 de septiembre de 2024, cuando miles de buscapersonas portátiles y cientos de walkie-talkies destinados a ser utilizados por Hezbolá explotaron simultáneamente en Líbano y Siria, en un ataque israelí apodado operación Grim Beeper.[

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