¿Llegará a fin de mes?

Doble pensión, suspendida
Share

La justicia federal respondió favorablemente a los recursos de apelación presentados contra la sentencia de diciembre del año pasado que había concedido a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner a cobrar un doble beneficio por parte de la Anses. Se trata de una pensión en su carácter de ex presidenta y otra en el de viuda del expresidente Néstor Carlos Kirchner, ambos con carácter vitalicio, con intereses retroactivos y sin pagar el Impuesto a las Ganancias.

Las apelaciones a esa decisión fueron realizadas en forma paralela por la Anses y por un grupo de legisladores opositores entre los que se encuentran Alfredo Cornejo, presidente de la UCR; Alejandro Cacace, vicepresidente de la Comisión de Finanzas de la Cámara de Diputados y los diputados Luis Petri, Graciela Ocaña, Jimena Latorre y Dolores Martínez. La decisión de Ezequiel Pérez Nami, juez subrogante en el tribunal federal número 10 de la Seguridad Social tiene efectos suspensivos sobre su propia decisión de diciembre. Por ello, hasta tanto la Cámara Nacional de la Seguridad Social tome una resolución definitiva, Fernández de Kirchner cobrará una sola pensión, por lo que tendrá que decidir si cancelar el servicio de Netflix o restringir el asado.

Cristina Fernández había iniciado una demanda en 2017, luego de que durante la presidencia de Mauricio Macri, el Ministerio de Desarrollo Social, que encabezaba Carolina Stanley, dictó una resolución que impedía el doble cobro del beneficio previsional vitalicio. Fernández de Kirchner reclamó entonces la devolución de la pensión del ex presidente Néstor Kirchner y las sumas retenidas en concepto de Impuesto a las Ganancias.

Como el resto de los ex presidentes, ex vicepresidentes y ex integrantes de la Corte Suprema, la exmandataria goza del beneficio de la Asignación Mensual Vitalicia, previsto en la ley 24.018. Pero la entonces diputada Margarita Stolbizer denunció que había irregularidades en el cobro de las dos pensiones, una por su mandato y otra por el de su esposo. En los últimos días de 2020, el juez Ezequiel Pérez Nami hizo lugar a un planteo de la vicepresidenta y dispuso que se habilite el pago de la pensión que le correspondía, como viuda del ex presidente.

“Mientras que el 80% de los jubilados cobra el haber mínimo, de $19.035, la vicepresidente obtuvo una resolución favorable para cobrar dos asignaciones mensuales vitalicias, por las cuales no pagará Ganancias. Además, claro, del salario que cobra como vicepresidente”, detalló el diputado radical Alejandro Cacace.

Cristina Fernández de Kirchner afirmó en su demanda que se trataba de un beneficio no contributivo especial, otorgado en reconocimiento del mérito y del honor del cargo y que es incompatible con el goce de toda otra prestación, pero del régimen ordinario

“Si bien bajo la legislación actual la vicepresidente tiene derecho a percibir una asignación vitalicia, esta es incompatible con todo otro haber, jubilación, pensión o prestación del Estado. El verdadero espíritu de las asignaciones mensuales vitalicias a presidentes y vicepresidentes, constituida por primera vez hace 80 años, fue asegurar en ese momento que aquellos que habían sacrificado su vida por el ejercicio de la función pública pudieran continuar luego teniendo una vida digna”, agregó Cacace.

La Anses había presentado ayer jueves una apelación contra el mismo fallo de diciembre que habilitaba a Cristina Fernández de Kirchner a cobrar dos pensiones. El organismo tenía plazo hasta este viernes 5 de febrero para interponer ese recurso.

[ezcol_1fifth]
Cornejo
[/ezcol_1fifth] [ezcol_1fifth]
Pérez Nami
[/ezcol_1fifth] [ezcol_1fifth]
Fernández de Kirchner
[/ezcol_1fifth] [ezcol_1fifth]
Macri
[/ezcol_1fifth] [ezcol_1fifth_end]
Cacace
[/ezcol_1fifth_end]

El fallo apelado hubiera permitido a la actual vicepresidenta acceder al cobro de dos millones de pesos por mes y 100 millones de pesos más como retroactivo. Fernández de Kirchner afirmó que se trataba de un beneficio no contributivo especial, otorgado en reconocimiento del mérito y del honor de quienes ejercieron esos cargos y que es incompatible con el goce de toda otra jubilación, pensión, retiro o prestación, pero del régimen ordinario. 

 


PrisioneroEnArgentina.com

Febrero 5, 2021


 

0 0 votes
Article Rating
Subscribe
Notify of
guest
12 Comments
Newest
Oldest Most Voted
Inline Feedbacks
View all comments
12
0
Would love your thoughts, please comment.x
()
x