AMÉRICA vs LAS PEQUEÑAS HERMANAS DE LOS POBRES

Share

Little sisters5
little sisters1
Little sisters6
Little sisters4
Little sisters3
Little sisters2
previous arrow
next arrow
[ezcol_1half]

Victoria para las Pequeñas Hermanas de los Pobres en Corte Suprema de EEUU

La Corte Suprema falló a favor de la congregación religiosa de las Hermanitas de los Pobres en su larga batalla judicial contra el mandato abortista o anticonceptivo establecido por la administración Obama, que las obligaba a proporcionar planes de salud con este tipo de cobertura, incluyendo la esterilización.

Thomas

“Por más de 150 años, las Hermanitas se han comprometido en un fiel servicio y sacrificio motivado por el llamado religioso a dedicarse al bien de sus hermanos”, escribió el juez Clarence Thomas, en la opinión de la mayoría que definió el fallo de la Corte Suprema por 7 votos a 2.

“Pero en los últimos siete años, ellas –como muchos otros objetores religiosos que han participado en el litigio y en la disputa legal que han llevado a la decisión de hoy– han tenido que luchar por la posibilidad de continuar su noble trabajo sin violar sus firmes convicciones religiosas”, agregó.

El caso de las Hermanitas de los Pobres, conocido legalmente como “Little Sisters of the Poor v. Commonwealth of Pennsylvania”, se deriva de una demanda del estado de Pensilvania para poner fin a la exención de la orden religiosa al llamado mandato anticonceptivo del Departamento de Salud y Servicios Humanos.

En 2017, la Administración Trump emitió una ley que eximía a las Hermanitas y otras organizaciones religiosas de cumplir con el mandato, pero los fiscales generales de Pensilvania y California impugnaron la exención en los tribunales.

Wenski
Naumann

Las Hermanitas de los Pobres perdieron su caso contra Pennsylvania en el Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuito en julio de 2019, y perdieron su caso contra California en el Tribunal del Noveno Circuito en octubre. Por lo que apelaron a la Corte Suprema, que acordó escuchar su caso en enero de este año.

Las Hermanitas de los Pobres han pasado años en juicios relacionados con el mandato anticonceptivo de la administración Obama, que ordenó la cobertura preventiva en la atención médica, la cual incluye la cobertura para anticonceptivos y esterilizaciones.

El caso de las Hermanitas ya había sido escuchado por la Corte Suprema en 2016, cuando los jueces enviaron el caso nuevamente a los tribunales inferiores, instruyendo a las entidades religiosas y al gobierno a llegar a un acuerdo por el cual se pudieran alcanzar los deseos de ambas partes.

El Gobierno de Trump emitió la exención siguiendo esa instrucción, lo que resultó en las demandas de Pensilvania y otros estados.

Sobre la decisión de hoy de la Corte Suprema, el jefe del Comité de Libertad Religiosa del episcopado estadounidense, Mons. Thomas Wenski; y el jefe del Comité de Actividades provida, Mons. Joseph F. Naumann, emitieron una declaración.

“Esta es una saga que no hacía falta que ocurriera. En primer lugar, la anticoncepción no es cuidado de la salud y el gobierno nunca debió haber ordenado que los empleadores la proporcionaran”, dijeron los arzobispos.

“Sin embargo, luego de eso hubo múltiples ocasiones para que las autoridades del gobierno hicieran lo correcto y exceptuaran a los objetores de conciencia. Una vez tras otra, las personas a cargo y los abogados rechazaron respetar los derechos de las Hermanitas de los Pobres y la fe católica que encarnan, para operar de acuerdo a la verdad sobre la sexualidad y la persona humana”, explicaron.

“Las Hermanitas de los Pobres son una congregación internacional que está comprometida a construir una cultura de vida. Se preocupan por los ancianos pobres. Defienden la dignidad humana y siguen las enseñanzas de Jesucristo y su Iglesia. El gobierno no tiene derecho a forzar a una congregación religiosa a cooperar con el mal”, destacaron los prelados.

“Saludamos la decisión de la Corte Suprema y esperamos que con esto concluya este episodio de discriminación por parte del gobierno contra la gente de fe. Sin embargo, considerando los esfuerzos que hemos visto para forzar el cumplimiento con este mandato, tenemos que seguir vigilantes por la libertad religiosa”, concluyeron.

Envío y colaboración: DRA ANDREA PALOMAS ALARCÓN


[/ezcol_1half] [ezcol_1half_end]

De dineros, Mutuales de saud, derechos civiles y conciencias religiosas

La Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó que la administración Trump podría eximir a los empleadores de ofrecer cobertura de seguro médico para la anticoncepción si tienen objeciones religiosas o morales a la anticoncepción. La decisión 7-2 en el caso, Little Sisters of the Poor (Pequeñas Hermanas de los Pobres) v. Pennsylvania, es un presagio de lo que vendrá.

Little Sisters implicó un desafío a una regulación de la Ley del Cuidado de Salud a Bajo Precio que requería que los empleadores ofrecieran cobertura para la anticoncepción. Eximió a las iglesias, que podrían tener objeciones de conciencia, y también les dio a los objetores religiosos no afiliados a las iglesias un camino fuera del requisito: podrían notificar al gobierno federal o a su asegurador de su objeción a cubrir el costo de la anticoncepción, y al asegurador ofrecería la anticoncepción sin costo alguno para el empleado sin involucrar al empleador. El gobierno federal reembolsaría los gastos de las compañías de seguros.

Sin embargo, en 2017, la administración Trump decidió eximir a todos los empleadores de incluso este requisito de notificación. El resultado es que, si un empleador tiene objeciones religiosas o morales, los empleados no tienen forma de obtener anticoncepción gratuita a través de su seguro de salud patrocinado por el empleador. Las precios de las pildoras anticonceptivas para tratamiento de un mes se encuentran disponibles en farmacias por un valor de U$ 8.95 en el caso de las genéricas, las más economicas de mercado.

La decisión del miércoles afirma las objeciones de la administración Trump, dejando a las 126,000 empleadas en compañías cuyos dueños se oponen a la anticoncepción, en el limbo. Además, a la luz de la decisión, incluso cuando las leyes y los tribunales garantizan derechos como el aborto y la no discriminación, las entidades pueden evitarlos.

La concurrencia de los jueces Samuel Alito y Neil Gorsuch en el fallo del miércoles proporciona una hoja de ruta aún más clara sobre cómo la corte reducirá las recientes victorias por los derechos LGBTQ y el aborto. Mientras que la mayoría concluyó que la administración Trump podría eximir a las entidades del mandato de anticoncepción, estos dos jueces habrían concluido que la administración debía eximir a las entidades del mandato bajo su lectura de la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa.

Sus puntos de vista y los de la mayoría tienen implicaciones radicales para las recientes decisiones de la Corte Suprema que parecen ser victorias progresivas.

En uno, Bostock v. Clayton County, el tribunal dictaminó el mes pasado que la ley antidiscriminatoria existente impide que los empleadores despidan a los empleados debido a su orientación sexual o identidad de género. Pero la opinión, escrita por Gorsuch, dejó en claro que el tribunal no estaba decidiendo si la prohibición legal contra la discriminación podría aplicarse a los empleadores que tenían objeciones religiosas a la igualdad LGBTQ. De hecho, la opinión llegó a describir la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa como un estatuto que podría anular la legislación de derechos civiles.

El tribunal pronto podría tener la oportunidad de poner en práctica este razonamiento, ya que está listo para decidir un caso el próximo período en el que probablemente ampliará la capacidad de los objetores religiosos para optar por la exclusión de las protecciones de los derechos civiles.

Específicamente, en Fulton v. Ciudad de Filadelfia, el tribunal está en condiciones de decidir si Filadelfia puede condicionar la elegibilidad para contratos gubernamentales de un año al cumplimiento de una entidad con las disposiciones de no discriminación. Una guarderia de infantes está argumentando que no debe mantenerse fuera de consideración a pesar de que no ofrece servicios a parejas del mismo sexo.

[/ezcol_1half_end]

Si la agencia de cuidado de infantes temporal gana, la decisión ampliaría el fallo del miércoles para significar que los objetores religiosos tienen derecho a fondos del gobierno, incluso si no cumplen con las condiciones generalmente aplicables para esos beneficios, en lugar de simplemente estar exentos de las sanciones del gobierno si no cumplen con requisitos establecidos.

Hay muchas razones para pensar que el tribunal procederá por ese camino, ya que otra decisión del miércoles, Nuestra Señora de Guadalupe v. Morrissey-Berru, sostuvo que los estatutos de no discriminación no podían aplicarse a los maestros religiosos en las escuelas religiosas.

En manos de este tribunal, no está claro dónde terminarán las exenciones religiosas y dónde comenzará la salud de las mujeres.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Julio 10, 2020


 

0 0 votes
Article Rating
Subscribe
Notify of
guest
16 Comments
Newest
Oldest Most Voted
Inline Feedbacks
View all comments
16
0
Would love your thoughts, please comment.x
()
x