La semana pasada, el joven T., de 15 años, 11 meses y 29 días de edad, cometió un homicidio. Por escasas 24 horas, fue declarado inimputable por el juez que intervino en la causa penal. Si hubiese accionado la cola del disparador de la pistola 9 mm que portaba contra la víctima, tan solo un día después, previo un debido proceso penal juvenil, pudo haber recibido entre 8 y 25 años de cárcel…
Esta ficción, perfectamente posible en cualquier punto de nuestra República, muestra a las claras que el establecimiento de una edad cronológica que separe la imputabilidad penal de la inimputabilidad, es arbitrario. Lo mismo sucedería con un límite etario de 15, 14 o 13 años.
¿Qué hacer entonces con la edad de la imputabilidad?
Es posible una solución alternativa que dé por finalizada la eterna discusión sobre la edad de no punición. Un sistema mixto.
Que exista un límite etario es necesario. Las leyes deben ser normas generales que se aplican a los casos particulares. No podemos dejar librado al arbitrio del juez la estructura misma de los preceptos legales.
Pero es imperativo que, en una problemática como ésta, se permita una prueba en contrario a una presunción legal.
Que la persona que cometió un delito comprenda o no la criminalidad del acto depende de su evolución madurativa y no del taco calendario. No será el abogado, el juez, el fiscal o la matemática quien decida si el jovencito o la jovencita pudo discernir entre el bien y el mal, entre lo prohibido y lo pemitido, entre lo legal y lo ilegal.
¿Puede afirmarse, en forma tajante y absoluta, que un niño o una niña de 14 años no comprendan que matar a otro ser humano significa quitar una vida y que dicha conducta está prohibida por la ley, aunque no sepan ni lo que significa “Código Penal”?
¿Puede ser el sistema creado por el Papa Gregorio XIII la única herramienta para discernir entre enviar a un ser humano a prisión o a su casa?
Ha llegado la hora de los especialistas en salud mental: Psiquiatras, Psicólogos, Neuropsicólogos, Neurólogos, etc.
Establecer una edad tope para la imputabilidad es necesario, como presunción. Pero es necesario crear un sistema que establezca una prueba en contrario -trabajo pericial/científico- para los casos de delitos graves o gravísimos.
No es complicado establecer un sistema así. De hecho, ya existe en varios países del Common Law.
Solo resta no terminar los debates con panfletos del estilo “ningún pibe nace chorro”…
Marcelo Carlos Romero es Fiscal del Ministerio Público y Miembro de Usina de Justicia
Los diversos y complejos problemas que acarrean el crimen y el criminal no respetan días ni horarios, ni domingos, ni feriados y tampoco fiestas de guardar. El delito no sabe de siestas ni de descanso nocturno. Los criminales no tienen en cuenta cumpleaños ni velorios. Simplemente están ahí, esperando sorprender. Aquellos que elegimos la especialidad penal dentro del gigantesco mundo del Derecho sabíamos de antemano nuestro destino insomne. Como el pediatra, que sabía desde sus épocas de residente que iba a recibir llamados telefónicos todos los días, todas las noches, toda su vida profesional. Jueces, defensores, fiscales, funcionarios y empleados judiciales del fuero penal estamos para eso. Para dar respuesta desde el Poder Judicial y desde el Ministerio Público a las demandas de la comunidad que nos sostiene frente a las tropelías del criminal. Del mismo modo cumplen funciones análogas policías y fuerzas de seguridad, como auxiliares de la Justicia. Recibir llamadas telefónicas del personal policial en servicio es parte de nuestra función. Cuando estamos de turno, dormimos con el celular en la almohada, contestando las mismas preguntas una y otra vez, evacuando las mismas dudas. Los agentes judiciales no tenemos títulos de nobleza, solo diplomas de abogados. No estamos por encima del resto de la comunidad, sino a su servicio. Si preferimos el descanso nocturno pleno y placentero, podemos elegir otro fuero, otra especialidad. Nadie nos llamará de madrugada por una hipoteca o por la donación de una propiedad con reserva de usufructo. La Policía espera nuestras directivas en medio de los procedimientos. Ellos están en la calle, poniendo en juego su integridad física. Nosotros estamos en el despacho judicial o en nuestra cama. Aún con sueño y con cansancio, les debemos respeto y consideración. Paciencia y actitud docente. Por otra parte, la buena educación, los buenos modales, la más absoluta colaboración con nuestros auxiliares y la tolerancia, no se enseñan en la Universidad.
El doctor Marcelo Carlos Romero es Fiscal de la Provincia de Buenos Aires (Departamento Judicial La Plata) y Miembro de Usina de Justicia.
Es muy saludable revisar las leyes para mejorarlas o para adaptarlas a los nuevos tiempos que corren.
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Impulsará Vidal un nuevo freno a las excarcelaciones
Quiere ampliar las causales de prisión preventiva. Penas de cumplimiento efectivo para homicidios. (Diario EL DIA de La Plata)
El gobierno bonaerense quiere ampliar las causales de prisión preventiva para evitar la liberación rápida de quienes son apresados por la policía cometiendo delitos. Así lo anticipó ayer el ministro de Justicia Gustavo Ferrari, quien dijo que el Ejecutivo enviará a la Legislatura un proyecto en ese sentido.
El sistema es “muy laxo”, dijo el funcionario, porque permite a los imputados seguir cometiendo “por años” hechos de inseguridad antes de ser condenados.
Ferrari, además, pidió cambios en las leyes para que el homicidio “tenga una pena de cumplimiento efectivo” sin posibilidad de que la condena sea revisada “a los dos tercios” del tiempo que el responsable pasó en prisión: “Si son 25 años, 25 años; si es reclusión perpetua, reclusión perpetua”, subrayó.
“La pena de homicidio tiene que ser de cumplimiento efectivo; a veces le echamos la culpa a los jueces, que en algunos casos se pasan de creativos, pero la ley los obliga a revisar a dos tercios de la condena y el juez que no lo hace puede ser sometido a un jury”, alertó.
El ministro adelantó que, “por indicación de la gobernadora María Eugenia Vidal”, enviará un proyecto de ley a la Legislatura para aumentar las “causales” que permiten dictar la prisión preventiva que actualmente, recordó, “se aplica a una persona que tenga peligro de fuga o de entorpecer el procedimiento, nada más”.
“Nosotros creemos que hay que aumentar esas causales para la prisión preventiva; por ejemplo, la gravedad del delito tiene que ser evaluada, como también debe ser evaluada la posibilidad de seguir cometiendo delitos aunque no sean graves”, explicó.
Ferrari advirtió que “en los casos de hurto, en general, muchas decisiones son no dar la prisión preventiva, o sea, se excarcela inmediatamente (al autor), pero esas personas siguen cometiendo delitos todo el tiempo”.
“Probablemente no son graves, pero son delitos que afectan todo el día también a la ciudadanía. Vaya si afecta el homicidio, pero también nos afecta el hurto, el robo a la propiedad”, aseveró.
El ministro de Justicia consideró que, en este sentido, el sistema judicial “es muy laxo” y planteó que “en la provincia en de Buenos Aires una sentencia condenatoria de primera instancia puede ser revisada cuatro veces y, mientras tanto, la persona está libre”.
“Es un despropósito pensar que pueden pasar tres, cuatro, cinco, seis años presentándose recursos y la persona continúa libre”, se alarmó. Por otra parte, en el plano federal, manifestó la necesidad de avanzar en “algunas modificaciones en el Código Penal Nacionalrespecto del concepto de tenencia de armas”, en alusión a la diferenciación que se hace respecto de si una persona porta armas de guerra o arma para uso civil para cometer un delito.
“Son artilugios, porque las dos matan”, resaltó y aseguró que “estos debates hay que llegar a plantearlos también en el ámbito nacional no solo el provincial”. Ferrari reflexionó que “no solo para la Justicia, sino para los funcionarios públicos encargados de la seguridad pública” estos temas deben ser “un llamado de atención”.
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PROMUEVEN REFORMAS A LAS EXCARCELACIONES
Por Marcelo Carlos Romero
Es muy saludable revisar las leyes para mejorarlas o para adaptarlas a los nuevos tiempos que corren. Pero, en materia penal, si no se descolonizan las cátedras de Derecho Penal y de Derecho Procesal Penal, creando cátedras alternativas al abolicionismo obligatorio en la mayoría de las Universidades argentinas, y -peor aún- en los distintos Consejos de la Magistratura, seguiremos fabricando abogados agnósticos de la Pena y del Derecho Penal. Además, teniendo en cuenta nuestro sistema de control difuso de constitucionalidad, cualquier juez abolicionista podrá tachar de contrario a nuestra Carta Magna estas normas… y a muchos magistrados les temblará el pulso cuando lleguen a sus despachos escritos del CELS, de la COMISIÓN por la MEMORIA, de la CORREPI, o de cualquier otro organismo de DDHH., objetando estas futuras reformas legislativas.
Marcelo Carlos Romero es Fiscal del Ministerio Público y Miembro de Usina de Justicia.
Cada vez que uno o más individuos se profugan del accionar del Sistema Penal del Estado, un aceitado mecanismo de instituciones y funcionarios públicos se pone en marcha para lograr rápidamente el paradero del o de los evadidos del aparato represivo oficial…
Esto sucede en los países normales, claro.
En la República Argentina, en cambio, se nos escapan las tortugas.
¿Por qué?
Porque no trabajamos como equipo, sino conformando un puñado de compartimentos estancos y en permanente competencia. Llegar primero es la consigna o, en su defecto, “vender humo” al superior o a la comunidad.
No es necesario ser un experto del FBI para aseverar que, ante una crisis del sistema, todos los mecanismos deben moverse en bloque y en forma coordinada. Como un reloj.
Sin embargo, en estas tierras:
La inteligencia criminal ha sido reemplazada por el espionaje de peluquería de señoras o de café de caballeros, en donde lo importante -y casi sagrado- es intervenir comunicaciones en forma ilegal, para obtener información privada o íntima, muy útil para la extorsión y el apriete, pero para prevenir delitos, nada.
ElPoder Judicial y el Ministerio Público desconfían de la Policía. Le adjudican culpas y fracasos en la prevención, en la investigación, en la preservación de las evidencias, en la reserva de las actuaciones -secreto profesional- etc.
La Policía desconfía de Jueces y Fiscales. Los considera engreídos/as de traje y corbata; falda y tacos altos. Funcionarios/as de escritorio, sin experiencia, soberbios y no conocedores “de la calle”, “del barro”, de la realidad… (“¡Nosotros los detenemos y ellos los liberan!”; ”¡Nosotros estamos en la calle, ellos en sus despachos alfombrados!”)
Los Organismos de Derechos Humanos -estatales y no estatales- detestan a las Policías, a las Fuerzas de Seguridad y a los Servicios Penitenciarios y viceversa, y desconfían del Poder Judicial y del Ministerio Público.
El Poder Judicial y el Ministerio Público desconfían de los Organismos de Derechos Humanos, pero tienen terror reverencial ante sus presentaciones o declaraciones públicas.
Las Policías desconfían de los Servicios Penitenciarios y viceversa. También de las Fuerzas Federales de Seguridad (Gendarmería, Prefectura y PSA). Todos tienen “celos de uniforme” respecto del otro. Se auto-adjudican el real -y exclusivo- conocimiento del delito y del delincuente, despreciando la visión de la otra fuerza de seguridad.
Todos los organismos que integran el Sistema Penal desconfían de la prensa. Tienen pavor ante la difusión de noticias que los cite, aunque sea sólo al efecto informativo… Pero no despegan sus ojos de las pantallas de tv, diarios y portales de Internet.
Con este panorama no resulta extraño que, a modo de ejemplo, los entonces prófugos de la cárcel de General Alvear, Martín Lanatta, Cristian Lanatta y Víctor Schilacci , fueran hallados por unos puesteros rurales…
Marcelo Carlos Romero es Fiscal del Ministerio Público y Miembro de Usina de Justicia
EDAD DE IMPUTABILIDAD: LA HORA DE LA SALUD MENTAL
Escribe Marcelo Carlos Romero.
La semana pasada, el joven T., de 15 años, 11 meses y 29 días de edad, cometió un homicidio. Por escasas 24 horas, fue declarado inimputable por el juez que intervino en la causa penal. Si hubiese accionado la cola del disparador de la pistola 9 mm que portaba contra la víctima, tan solo un día después, previo un debido proceso penal juvenil, pudo haber recibido entre 8 y 25 años de cárcel…
Esta ficción, perfectamente posible en cualquier punto de nuestra República, muestra a las claras que el establecimiento de una edad cronológica que separe la imputabilidad penal de la inimputabilidad, es arbitrario. Lo mismo sucedería con un límite etario de 15, 14 o 13 años.
¿Qué hacer entonces con la edad de la imputabilidad?
Es posible una solución alternativa que dé por finalizada la eterna discusión sobre la edad de no punición. Un sistema mixto.
Que exista un límite etario es necesario. Las leyes deben ser normas generales que se aplican a los casos particulares. No podemos dejar librado al arbitrio del juez la estructura misma de los preceptos legales.
Pero es imperativo que, en una problemática como ésta, se permita una prueba en contrario a una presunción legal.
Que la persona que cometió un delito comprenda o no la criminalidad del acto depende de su evolución madurativa y no del taco calendario. No será el abogado, el juez, el fiscal o la matemática quien decida si el jovencito o la jovencita pudo discernir entre el bien y el mal, entre lo prohibido y lo pemitido, entre lo legal y lo ilegal.
¿Puede afirmarse, en forma tajante y absoluta, que un niño o una niña de 14 años no comprendan que matar a otro ser humano significa quitar una vida y que dicha conducta está prohibida por la ley, aunque no sepan ni lo que significa “Código Penal”?
¿Puede ser el sistema creado por el Papa Gregorio XIII la única herramienta para discernir entre enviar a un ser humano a prisión o a su casa?
Ha llegado la hora de los especialistas en salud mental: Psiquiatras, Psicólogos, Neuropsicólogos, Neurólogos, etc.
Establecer una edad tope para la imputabilidad es necesario, como presunción. Pero es necesario crear un sistema que establezca una prueba en contrario -trabajo pericial/científico- para los casos de delitos graves o gravísimos.
No es complicado establecer un sistema así. De hecho, ya existe en varios países del Common Law.
Solo resta no terminar los debates con panfletos del estilo “ningún pibe nace chorro”…
Marcelo Carlos Romero es Fiscal del Ministerio Público y Miembro de Usina de Justicia
Una justicia insomne contra el delito
Escribe: Marcelo Carlos Romero.
Los diversos y complejos problemas que acarrean el crimen y el criminal no respetan días ni horarios, ni domingos, ni feriados y tampoco fiestas de guardar. El delito no sabe de siestas ni de descanso nocturno. Los criminales no tienen en cuenta cumpleaños ni velorios. Simplemente están ahí, esperando sorprender. Aquellos que elegimos la especialidad penal dentro del gigantesco mundo del Derecho sabíamos de antemano nuestro destino insomne. Como el pediatra, que sabía desde sus épocas de residente que iba a recibir llamados telefónicos todos los días, todas las noches, toda su vida profesional. Jueces, defensores, fiscales, funcionarios y empleados judiciales del fuero penal estamos para eso. Para dar respuesta desde el Poder Judicial y desde el Ministerio Público a las demandas de la comunidad que nos sostiene frente a las tropelías del criminal. Del mismo modo cumplen funciones análogas policías y fuerzas de seguridad, como auxiliares de la Justicia. Recibir llamadas telefónicas del personal policial en servicio es parte de nuestra función. Cuando estamos de turno, dormimos con el celular en la almohada, contestando las mismas preguntas una y otra vez, evacuando las mismas dudas. Los agentes judiciales no tenemos títulos de nobleza, solo diplomas de abogados. No estamos por encima del resto de la comunidad, sino a su servicio. Si preferimos el descanso nocturno pleno y placentero, podemos elegir otro fuero, otra especialidad. Nadie nos llamará de madrugada por una hipoteca o por la donación de una propiedad con reserva de usufructo. La Policía espera nuestras directivas en medio de los procedimientos. Ellos están en la calle, poniendo en juego su integridad física. Nosotros estamos en el despacho judicial o en nuestra cama. Aún con sueño y con cansancio, les debemos respeto y consideración. Paciencia y actitud docente. Por otra parte, la buena educación, los buenos modales, la más absoluta colaboración con nuestros auxiliares y la tolerancia, no se enseñan en la Universidad.
El doctor Marcelo Carlos Romero es Fiscal de la Provincia de Buenos Aires (Departamento Judicial La Plata) y Miembro de Usina de Justicia.
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Diciembre 11, 2016
PROMUEVEN REFORMAS A LAS EXCARCELACIONES
Por Marcelo Carlos Romero.
Es muy saludable revisar las leyes para mejorarlas o para adaptarlas a los nuevos tiempos que corren.
Impulsará Vidal un nuevo freno a las excarcelaciones
Quiere ampliar las causales de prisión preventiva. Penas de cumplimiento efectivo para homicidios. (Diario EL DIA de La Plata)
El gobierno bonaerense quiere ampliar las causales de prisión preventiva para evitar la liberación rápida de quienes son apresados por la policía cometiendo delitos. Así lo anticipó ayer el ministro de Justicia Gustavo Ferrari, quien dijo que el Ejecutivo enviará a la Legislatura un proyecto en ese sentido.
El sistema es “muy laxo”, dijo el funcionario, porque permite a los imputados seguir cometiendo “por años” hechos de inseguridad antes de ser condenados.
Ferrari, además, pidió cambios en las leyes para que el homicidio “tenga una pena de cumplimiento efectivo” sin posibilidad de que la condena sea revisada “a los dos tercios” del tiempo que el responsable pasó en prisión: “Si son 25 años, 25 años; si es reclusión perpetua, reclusión perpetua”, subrayó.
“La pena de homicidio tiene que ser de cumplimiento efectivo; a veces le echamos la culpa a los jueces, que en algunos casos se pasan de creativos, pero la ley los obliga a revisar a dos tercios de la condena y el juez que no lo hace puede ser sometido a un jury”, alertó.
El ministro adelantó que, “por indicación de la gobernadora María Eugenia Vidal”, enviará un proyecto de ley a la Legislatura para aumentar las “causales” que permiten dictar la prisión preventiva que actualmente, recordó, “se aplica a una persona que tenga peligro de fuga o de entorpecer el procedimiento, nada más”.
“Nosotros creemos que hay que aumentar esas causales para la prisión preventiva; por ejemplo, la gravedad del delito tiene que ser evaluada, como también debe ser evaluada la posibilidad de seguir cometiendo delitos aunque no sean graves”, explicó.
Ferrari advirtió que “en los casos de hurto, en general, muchas decisiones son no dar la prisión preventiva, o sea, se excarcela inmediatamente (al autor), pero esas personas siguen cometiendo delitos todo el tiempo”.
“Probablemente no son graves, pero son delitos que afectan todo el día también a la ciudadanía. Vaya si afecta el homicidio, pero también nos afecta el hurto, el robo a la propiedad”, aseveró.
El ministro de Justicia consideró que, en este sentido, el sistema judicial “es muy laxo” y planteó que “en la provincia en de Buenos Aires una sentencia condenatoria de primera instancia puede ser revisada cuatro veces y, mientras tanto, la persona está libre”.
“Es un despropósito pensar que pueden pasar tres, cuatro, cinco, seis años presentándose recursos y la persona continúa libre”, se alarmó. Por otra parte, en el plano federal, manifestó la necesidad de avanzar en “algunas modificaciones en el Código Penal Nacionalrespecto del concepto de tenencia de armas”, en alusión a la diferenciación que se hace respecto de si una persona porta armas de guerra o arma para uso civil para cometer un delito.
“Son artilugios, porque las dos matan”, resaltó y aseguró que “estos debates hay que llegar a plantearlos también en el ámbito nacional no solo el provincial”. Ferrari reflexionó que “no solo para la Justicia, sino para los funcionarios públicos encargados de la seguridad pública” estos temas deben ser “un llamado de atención”.
[/one_half] [one_half_last padding=”0 0 0 20px”]PROMUEVEN REFORMAS A LAS EXCARCELACIONES
Por Marcelo Carlos Romero
Es muy saludable revisar las leyes para mejorarlas o para adaptarlas a los nuevos tiempos que corren. Pero, en materia penal, si no se descolonizan las cátedras de Derecho Penal y de Derecho Procesal Penal, creando cátedras alternativas al abolicionismo obligatorio en la mayoría de las Universidades argentinas, y -peor aún- en los distintos Consejos de la Magistratura, seguiremos fabricando abogados agnósticos de la Pena y del Derecho Penal. Además, teniendo en cuenta nuestro sistema de control difuso de constitucionalidad, cualquier juez abolicionista podrá tachar de contrario a nuestra Carta Magna estas normas… y a muchos magistrados les temblará el pulso cuando lleguen a sus despachos escritos del CELS, de la COMISIÓN por la MEMORIA, de la CORREPI, o de cualquier otro organismo de DDHH., objetando estas futuras reformas legislativas.
Marcelo Carlos Romero es Fiscal del Ministerio Público y Miembro de Usina de Justicia.
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[/one_half_last]PRÓFUGOS DEL SISTEMA PENAL ARGENTINO. SE NOS ESCAPAN LAS TORTUGAS
Por Marcelo Carlos Romero.
Cada vez que uno o más individuos se profugan del accionar del Sistema Penal del Estado, un aceitado mecanismo de instituciones y funcionarios públicos se pone en marcha para lograr rápidamente el paradero del o de los evadidos del aparato represivo oficial…
Esto sucede en los países normales, claro.
En la República Argentina, en cambio, se nos escapan las tortugas.
¿Por qué?
Porque no trabajamos como equipo, sino conformando un puñado de compartimentos estancos y en permanente competencia. Llegar primero es la consigna o, en su defecto, “vender humo” al superior o a la comunidad.
No es necesario ser un experto del FBI para aseverar que, ante una crisis del sistema, todos los mecanismos deben moverse en bloque y en forma coordinada. Como un reloj.
Sin embargo, en estas tierras:
La inteligencia criminal ha sido reemplazada por el espionaje de peluquería de señoras o de café de caballeros, en donde lo importante -y casi sagrado- es intervenir comunicaciones en forma ilegal, para obtener información privada o íntima, muy útil para la extorsión y el apriete, pero para prevenir delitos, nada.
El Poder Judicial y el Ministerio Público desconfían de la Policía. Le adjudican culpas y fracasos en la prevención, en la investigación, en la preservación de las evidencias, en la reserva de las actuaciones -secreto profesional- etc.
La Policía desconfía de Jueces y Fiscales. Los considera engreídos/as de traje y corbata; falda y tacos altos. Funcionarios/as de escritorio, sin experiencia, soberbios y no conocedores “de la calle”, “del barro”, de la realidad… (“¡Nosotros los detenemos y ellos los liberan!”; ”¡Nosotros estamos en la calle, ellos en sus despachos alfombrados!”)
Los Organismos de Derechos Humanos -estatales y no estatales- detestan a las Policías, a las Fuerzas de Seguridad y a los Servicios Penitenciarios y viceversa, y desconfían del Poder Judicial y del Ministerio Público.
El Poder Judicial y el Ministerio Público desconfían de los Organismos de Derechos Humanos, pero tienen terror reverencial ante sus presentaciones o declaraciones públicas.
Las Policías desconfían de los Servicios Penitenciarios y viceversa. También de las Fuerzas Federales de Seguridad (Gendarmería, Prefectura y PSA). Todos tienen “celos de uniforme” respecto del otro. Se auto-adjudican el real -y exclusivo- conocimiento del delito y del delincuente, despreciando la visión de la otra fuerza de seguridad.
Todos los organismos que integran el Sistema Penal desconfían de la prensa. Tienen pavor ante la difusión de noticias que los cite, aunque sea sólo al efecto informativo… Pero no despegan sus ojos de las pantallas de tv, diarios y portales de Internet.
Con este panorama no resulta extraño que, a modo de ejemplo, los entonces prófugos de la cárcel de General Alvear, Martín Lanatta, Cristian Lanatta y Víctor Schilacci , fueran hallados por unos puesteros rurales…
Marcelo Carlos Romero es Fiscal del Ministerio Público y Miembro de Usina de Justicia