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 Por Jorge B. Lobo Aragón.

 

Opinión

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Está claro: cualquiera puede ser candidato con tal de  no estar prófugo de la justicia. El artículo 38/7 de la Constitución agrega que no podrán ser candidatos los dementes declarados, los inhabilitados por embriaguez habitual o por drogadictos, los condenados por la justicia mientras no cumplan sus penas. Y nada más. Todos los demás pueden ser candidatos. Es de esperar que a la ciudadanía no se le proponga como candidatos a individuos por el sólo hecho de no estar comprendidos en las condiciones excluyentes. No. El electorado aspira a que se le propongan modelos, ejemplos imitables, paradigmas, prototipos de conducta cívica para compulsar sus excelentes antecedentes con los antecedentes, también insuperables, de los candidatos presentados por los demás partidos.

Pero, inesperadamente,  aparecen candidatos desconocidos  o conocidos por sus antecedentes cuyas fotos se pegan libremente en cualquier lugar de la ciudad. Los sinceros  partidos políticos que siempre dieron cátedra de decencia y de virtudes públicas, nada dicen al respecto. Los ciudadanos perplejos, ante la novedad, se preguntan: “Caramba. ¿En nuestra comunidad no tenemos especímenes más presentables, menos vulnerables, no tan cuestionados, precisamente, por su actuación en la función pública? “Los romanos a los aspirantes a cargos públicos los llamaron candidatus porque se presentaban candidus, es decir blancos, del color de la nieve, vistiendo una toga de ese color que simbolizaba la pureza de sus intenciones. Una toga indicadora de inocencia, ¿no quedaría bastante discordante en ciertas candidaturas actuales?

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Dr. Jorge B. Lobo Aragón

 


PrisioneroEnArgentina.com

Julio 3, 2017


 

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