¿Quién se ha planteado estas dudas?: … ¿No se dan cuenta que tenemos casi la mitad de nuestros presos sin condena, en prisión preventiva? ¿Están instigando a que los autos de prisión preventiva pasen a ser penas de muerte eventuales? ¿Se olvidaron de las cárceles sanas y limpias de la Constitución? ¿Creen que de este modo los van a reinsertar como dice la Constitución? … ¿Con penas perpetuas y cárceles mortíferas quieren reinsertar cadáveres en los cementerios? ¿Se olvidaron que la prescripción se establece porque el tiempo elimina pruebas?
¿Tal vez algunos de los abogados que han intervenido en procesos denominados de lesa humanidad y los que hemos tramitado peticiones y solicitudes de medidas cautelares ante la Comisión IDH? Pues no, esto fue expuesto y publicado en el diario Página 12 (03/dic/2025) por Eugenio Raúl Zaffaroni. «A quien corresponda: contundente respuesta a Patricia Bullrich por el Código Penal».
Si es respuesta a Bullrich, ¿Por qué escribe «a quien corresponde»?, ya el título viene con una contradicción, parece el neolenguaje del «1984» de Orwell.
Es el mismo ex juez nacional en lo Criminal de Sentencia de la Capital Federal que juró ante el gobierno militar de 1976/1984; también ex ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) 2003/2014, que participó en los fallos que dieron origen a los denominados procesos de lesa humanidad que, según Unión de Promociones, al 06/nov/2025 han ocasionado 953 fallecidos, de los cuales 792 lo fueron sin condena firme, lo que representa el 83,11%. El ex juez de la Corte IDH, 2016/2022, durante su mandato apoyó públicamente a Milagro Sala, quien tenía en trámite una medida provisional ante la misma Corte IDH ¿esto es ético o jurídicamente aceptable?
Entre otras inconsistencias ente sus teorías y prácticas, durante su función como ministro de la CSJN, participó en la comisión asesora de la Universidad de Buenos Aires, que finalmente estableció (Resolución UBA 5079/12) «No admitir a condenados y/o procesados por delitos de lesa humanidad como estudiantes de la Universidad de Buenos Aires». ¿Dónde quedó la presunción de inocencia?
Tampoco objetó la Resolución 85/13 del Ministerio de Defensa que prohibió la atención médica en los hospitales de las FFAA a condenados y procesados por delitos de lesa humanidad. Ambos casos implican tratos crueles, inhumanos y degradantes contra los afectados por dolencias médicas y a sus familiares que debieron verlos sufrir y en algunos casos morir, claramente cadáveres reinsertados en cementerios.
Finalmente, el mismo se olvidó o denegó el derecho a la prescripción en los casos de lesa humanidad, que se llevaron a cabo en décadas posteriores a los hechos, y por jueces que no fueron nombrados con anterioridad a los hechos del proceso, y cuyas pruebas testimoniales (las que fundamentaron los procesos) debieron ser reconstruidas en su memoria por un equipo de profesionales, vinculados ideológicamente a las presuntas víctimas, en base al plan de «Acompañamiento a testigos y querellantes en el marco de los juicios contra el terrorismo de Estado, Estrategias de intervención», además con restricciones a las defensas de repreguntar para no «revictimizar al testigo». Es decir, intervención o entrenamiento en la memoria de los testigos, ergo testimoniales que deberían ser consideradas nulas.
Coincidimos que la prescripción, hace a la seguridad jurídica, los procesos tardíos, solo generan dudas respecto de sus fallos por el deterioro del marco probatorio, y además por la contaminación en cuanto a las interpretaciones por cambios, sociales, culturales, ideológicos.
También en el citado artículo periodístico expresó: En la política –como en toda actividad- hay de todo y también politicastros movidos por afán de poder, fuera de toda ética. ¿Se refiere al gobierno del que formó parte como ministro de la CSJN y al que apoyó ideológicamente?
Otra duda nuestra: ¿el exjuez, conoce la existencia de lo que se denomina «disonancia cognitiva» y en su caso como lo soporta?
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¿Quién se ha planteado estas dudas?: … ¿No se dan cuenta que tenemos casi la mitad de nuestros presos sin condena, en prisión preventiva? ¿Están instigando a que los autos de prisión preventiva pasen a ser penas de muerte eventuales? ¿Se olvidaron de las cárceles sanas y limpias de la Constitución? ¿Creen que de este modo los van a reinsertar como dice la Constitución? … ¿Con penas perpetuas y cárceles mortíferas quieren reinsertar cadáveres en los cementerios? ¿Se olvidaron que la prescripción se establece porque el tiempo elimina pruebas?
¿Tal vez algunos de los abogados que han intervenido en procesos denominados de lesa humanidad y los que hemos tramitado peticiones y solicitudes de medidas cautelares ante la Comisión IDH? Pues no, esto fue expuesto y publicado en el diario Página 12 (03/dic/2025) por Eugenio Raúl Zaffaroni. «A quien corresponda: contundente respuesta a Patricia Bullrich por el Código Penal».
https://www.pagina12.com.ar/2025/12/02/a-quien-corresponda-2/
Si es respuesta a Bullrich, ¿Por qué escribe «a quien corresponde»?, ya el título viene con una contradicción, parece el neolenguaje del «1984» de Orwell.
Es el mismo ex juez nacional en lo Criminal de Sentencia de la Capital Federal que juró ante el gobierno militar de 1976/1984; también ex ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) 2003/2014, que participó en los fallos que dieron origen a los denominados procesos de lesa humanidad que, según Unión de Promociones, al 06/nov/2025 han ocasionado 953 fallecidos, de los cuales 792 lo fueron sin condena firme, lo que representa el 83,11%. El ex juez de la Corte IDH, 2016/2022, durante su mandato apoyó públicamente a Milagro Sala, quien tenía en trámite una medida provisional ante la misma Corte IDH ¿esto es ético o jurídicamente aceptable?
Entre otras inconsistencias ente sus teorías y prácticas, durante su función como ministro de la CSJN, participó en la comisión asesora de la Universidad de Buenos Aires, que finalmente estableció (Resolución UBA 5079/12) «No admitir a condenados y/o procesados por delitos de lesa humanidad como estudiantes de la Universidad de Buenos Aires». ¿Dónde quedó la presunción de inocencia?
Tampoco objetó la Resolución 85/13 del Ministerio de Defensa que prohibió la atención médica en los hospitales de las FFAA a condenados y procesados por delitos de lesa humanidad. Ambos casos implican tratos crueles, inhumanos y degradantes contra los afectados por dolencias médicas y a sus familiares que debieron verlos sufrir y en algunos casos morir, claramente cadáveres reinsertados en cementerios.
Finalmente, el mismo se olvidó o denegó el derecho a la prescripción en los casos de lesa humanidad, que se llevaron a cabo en décadas posteriores a los hechos, y por jueces que no fueron nombrados con anterioridad a los hechos del proceso, y cuyas pruebas testimoniales (las que fundamentaron los procesos) debieron ser reconstruidas en su memoria por un equipo de profesionales, vinculados ideológicamente a las presuntas víctimas, en base al plan de «Acompañamiento a testigos y querellantes en el marco de los juicios contra el terrorismo de Estado, Estrategias de intervención», además con restricciones a las defensas de repreguntar para no «revictimizar al testigo». Es decir, intervención o entrenamiento en la memoria de los testigos, ergo testimoniales que deberían ser consideradas nulas.
Coincidimos que la prescripción, hace a la seguridad jurídica, los procesos tardíos, solo generan dudas respecto de sus fallos por el deterioro del marco probatorio, y además por la contaminación en cuanto a las interpretaciones por cambios, sociales, culturales, ideológicos.
También en el citado artículo periodístico expresó: En la política –como en toda actividad- hay de todo y también politicastros movidos por afán de poder, fuera de toda ética. ¿Se refiere al gobierno del que formó parte como ministro de la CSJN y al que apoyó ideológicamente?
Otra duda nuestra: ¿el exjuez, conoce la existencia de lo que se denomina «disonancia cognitiva» y en su caso como lo soporta?
Buenos Aires, Argentina.
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PrisioneroEnArgentina.com
Dic 9, 2021