EL SOLDADO QUE NO CALLA, EL MINISTRO DE LA CORTE RICARDO LORENZETTI, Y EL GENERAL CESAR MILANI, IMPUTADO VIP

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Una vez más el Suboficial del Ejército Argentino,  JUAN ARMANDO GIOVARRUSCIO, dirigió una contundente carta al Doctor RICARDO LORENZETTI, miembro de la Corte Suprema argentina. En la misma, como siempre,  plasma un reproche irrefutable y un minucioso detalle, que desmiente los recientes dichos del togado en sendos programas de televisión. En el mismo no queda afuera el General CESAR MILANI, quien fuera Jefe del Ejército e imputado VIP por los bien o mal llamados delitos de lesa humanidad.  Digno ejemplo da este soldado a aquellos otros uniformados, que prefieren callar y arrodillarse ante la iniquidad, muriendo así sin pena ni gloria.

www.PrisioneroEnArgentina.com

 

 

  Por Juan Armando Giovarruscio.

Señor Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Dr. Ricardo Luis Lorenzetti.

S_/D______.

“Nadie tiene la memoria suficiente para mentir siempre con éxito. Podrás engañar a todos durante algún tiempo; podrás engañar a alguien siempre; pero no podrás engañar siempre a todos”

Abraham Lincoln

                                  

                                                                               

De mi mayor consideración:

Transcurría el año 2013 y desde el Penal “San Felipe” de la provincia de Mendoza, le escribí una carta. Por ese entonces, era Ud., presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Aquella fue enviada mediante el correo argentino el 20 de diciembre y recibida en la corte por un señor llamado Dubedout, según consta en la certificación número CU69401152 2. Nunca correspondida.

Como podrá apreciar, quien esto escribe es un ciudadano privado de su libertad. (hoy en prisión domiciliaria). En aquel entonces recurrí a la máxima autoridad del poder judicial de la nación solicitándole la aplicación de los básicos principios constitucionales, “igualdad ante la ley” y “principio de inocencia”. Tal solicitud estaba relacionada con la situación del entonces general Cesar Milani, quien, acusado de cometer delitos de lesa humanidad, resulto ser designado jefe del Estado Mayor del Ejército. Gozaba de libertad dado que la justicia no le había probado lo contrario. Argumento consentido por mayoría en el Congreso de la nación. Por la misma sospecha y acusación, yo, estaba ya preso.

En este sentido, considero que, no existen dudas que tales principios, “igualdad ante la ley y principio de inocencia” no son para todos. Al menos, no para mí. Tampoco para los aproximadamente tres mil ciudadanos acusados de haber cometido delitos de lesa humanidad. Delitos inexistentes en el marco jurídico y legal argentino para la fecha de los hechos.

No voy a explicarle a Ud. el contenido de la Constitución Nacional ni del Estatuto de Roma, como así su aprobación e incorporación al cuerpo legal de la Nación Argentina en el año 2001.  O, por ejemplo, que no hay delito sin ley previa y todos aquellos principios básicos de los derechos individuales contemplados en la primera parte de nuestra CN, nunca modificada, especialmente Art. 18.

Tampoco seré quien le recuerde el decreto presidencial de Ricardo Alfonsín (158/83), que dispuso los niveles de responsabilidad contemplados en el Código de Justicia Militar (luego eliminado en el año 2008) el cual garantizaba el principio consagrado en la CN de “juez natural” (designado por la ley con antelación al hecho). Menos aún, la aplicación de la ley de manera retroactiva.

Lo expresado, viene al caso, por sus declaraciones en sendas entrevistas con los periodistas Luis Novaresio y Eduardo Feimann, (28 y 29 set del año en curso). En ellas desnudó parte de su pensamiento y actuación como miembro de la Corte Suprema de Justicia. Y, es por ellas que acerco algunas reflexiones básicas. En este sentido, observo que, lo allí declarado, no se corresponde con sus antecedentes como miembro de la Corte. Aclaro que, no cuento con una formación académica/científica, pero, sus dichos bajan un tanto la vara y ello me permite apelar a la experiencia recogida en este derrotero de injusticias y contraponer aspectos básicos que todo estudiante que aspire a ingresar a la facultad de derecho, debe saber.

No obstante, antes de entrar de lleno en el tema, es necesario destacar que, al ser contemporáneos, no cabe el “relato” entre nosotros. Ud. como quien escribe, hemos transcurrido nuestras vidas inmersas en una sociedad en constantes conflictos. Entre ellos sobresale nítidamente la guerra contra la subversión. Notará que utilizo los términos “guerra” y “subversión” y no “terrorismo de estado”, tal el utilizado en cientos de acusaciones y fallos amañados.

Así como Ud. se formó en el ámbito de las leyes, quien le escribe, lo hizo en el arte de las armas como suboficial del Ejército Argentino y, ambos, sabemos que lo que se vivió fue un ataque artero y traicionero en contra de la “seguridad y sistema democrático” de la sociedad argentina por parte de bandas terroristas. Entrenadas, éstas, y, apoyadas política, económica y militarmente por potencias y gobiernos extranjero como la ex URSS, Cuba y otros. Con lo dicho, no justifico el desplazamiento del gobierno constitucional.

También recordamos que, en argentina, no existió un “plan sistemático de represión”. Si existió y, así lo vio y vivió la ciudadanía, “operaciones militares”. Emanadas ellas de los decretos constitucionales firmados por la presidente, constitucional, señora María Estela Martínez de Perón y sus ministros. Estos ordenaban al brazo armado de la Republica, “el aniquilamiento de los agresores. (significado de aniquilar: “destruir completamente una cosa o persona, acabar con ella o hacer que deje de existir”. Similar: destruir, exterminar, extinguir, dinamitar, vencer, destrozar, etc.).

Fue así, que aquellos decretos se transformaron en ordenes de operaciones, por lo cual, las tropas se desplegaron en todo el territorio nacional para cumplir con el mandato y vencer, tal se logró, a la agresión traicionera, interna y externa a la Nación Argentina. En este punto es bueno señalar que, con el tiempo, tanto la señora presidente, como sus ministros, de manera cobarde, no respaldaron con sus dichos ante los tribunales, lo que habían firmado anteriormente. Lisa y llanamente, cual Poncio Pilato, se “lavaron las manos”, dejando como únicos responsables a los miembros de las FFAA, FFPP y FFSS, especialmente a cuadros subalternos, olvidando intencionalmente que, todo el arco político, pedía poner fin a la agresión terrorista reinante en la nación. (ver, entre otros, diarios del Congreso de la Nación de la época).

De este modo, quien le escribe, formado en la escuela de suboficiales Sargento Cabral, como soldado, se vio involucrado en una guerra que no buscó ni decidió. Solo, cumplí mi rol profesional dentro del esquema jurídico militar vigente.

 Es importante aclarar que cuando las tropas son desplegadas en un campo de batalla, deben cumplir con su misión. Para ello lo hacen bajo las normas y reglamentos militares. La columna vertebral de dichas normas es la “obediencia y la disciplina”. Aquellas tropas dieron todo de sí para que hoy Ud. aunque no lo admita, ostente el alto honor de ser un miembro de la Corte Suprema de Justicia. De no haberse ganado dicha contienda, aquel enemigo ideológico, que venía por un millón de muertos, (reconocido esto, por líderes de organizaciones guerrilleras), hubiese cambiado el modelo y, por ende, la justicia.

 He realizado esta semblanza con la finalidad de mostrar que sus declaraciones ante estos dos periodistas, sobre igualdad ante la ley, respeto por las leyes, la constitución, la doctrina, la jurisprudencia, los precedentes de la corte, la previsibilidad, la seguridad jurídica que debe dar la Corte y la independencia de poderes, son lindas palabras que salen de su boca, pero no se plasmaron, cuando tuvo que fallar en las causas mal llamadas “lesa humanidad”. En dicha oportunidad se llevó por delante tales principios. A partir de entonces, se abrió la puerta a una cacería de personas honestas que habían entregado lo mejor de sus vidas en aras de cumplir con la misión de defender la Nación y su bandera, hasta perder la vida.

Ud., lo deja muy claro, cuando en las referidas declaraciones habla de construir mayoría. Allí, académicamente explica, que ello, “conlleva mucho trabajo, trabajo fino”. En este aspecto si se observa coherencia entre lo que dice y hace.

Un claro ejemplo de ello, surge de las declaraciones públicas del actual presidente de la nación Alberto Fernández, en el año 2009, donde le comenta al periodista Eduardo Aliverti, “que, por pedido de Néstor Kirchner, tuvieron que remover obstáculos jurídicos para poder juzgar a los militares”. Tema éste, bien desarrollado en el libro “El Pacto”. En él, se explica, valga la redundancia, el pacto entre Carlos Kirchner y el sospechado doble o triple agente, Horacio Verbysky.

 Es aquí que cuadra lo dicho: “remover obstáculos, le significo mucho trabajo y trabajo fino”, como presidente de la corte, para “construir”, la mayoría de aquel momento, con la cual se pudo declarar inconstitucionales leyes que habían sido aprobadas legítimamente por el Congreso de la Nación, utilizadas durante años y aplicadas en varios fallos. Refiero a las “leyes de obediencia debida y punto final”. Ellas habían surgido de la necesidad ciudadana de cerrar heridas del pasado. Pero, la necesidad política de Kirchner de lograr poder, a propuesta de una minoría que solo buscaba y busca venganza, presionó ideológicamente para llevarse por delante los cimientos del derecho.

En este caso no se observó “templanza” tal Ud. declara para sostener los principios y valores contenidos en la CN. No primó el concepto “las instituciones están por encima de las personas”. En esta oportunidad la Corte no actuó como “contrapoder” de una mayoría equivocada. Sin más, cedió principios de legalidad tan básicos como el que “no hay pena, no hay crimen, sin una ley penal previa”. (Art. 18 de la CN: “Ningún habitante de la nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso”). Se violó así, el principio de legalidad y el de irretroactividad de la ley penal más gravosa. Como se ve, la Corte interpretó mal la CN y el Estatuto de Roma, recostándose sobre una verdad y memoria distorsionada, parcializada y tendenciosa contraria a la Nación Argentina.

Doctor, Ud. sabe que es así. Sabe que, con dicho principio, no cabe la chicana, ni el dicho popular que, “una parte de la biblioteca dice una cosa y la otra parte dice otra”. No obstante, Ud. junto a otros miembros de la corte cedieron a las presiones de Carlos Kirchner, organizaciones de DDHH y dirigentes políticos, tanto del peronismo como del radicalismo y sectores de la izquierda, que vieron la oportunidad de crear una millonaria caja negra para hacer “clientelismo” partidario y, mostrar al mundo una caricatura de los DDHH.

 Por el contrario, con honestidad intelectual, el doctor Carlos Fayt, defiende, junto al doctor Petracchi, (votos disidentes), aquellos principios, en el caso “Simón”. Ellos, “si, tuvieron templanza” para sostener a ultranza los principios marcados por la CN. También hubo otros abogados y constitucionalistas que alzaron la voz contra tal atropello como los doctores, Adolfo Roberto Vázquez, ex miembro de la corte. Lo explica con sencillez en su libro “Asalto la Justicia”. Del mismo modo, se han manifestado los doctores Gregorio Badeni y Alfredo Solari como así también la Academia Nacional de Derecho.

Así, con aquel fallo, se da comienzo al desequilibrio del principio de igualdad en el proceso penal, interesando solo el resultado de la condena. Por ello, los mal llamados juicios, por delitos, “de lesa humanidad”, se transformaron en un instrumento de venganza política y los tribunales de justicia, creados ex profeso, en una vergüenza. Esto da por tierra con la “previsibilidad y seguridad jurídica” que Ud. dice que la justicia tiene que brindar.

Para finalizar, puedo concluir, sin temor de equivocarme y dada su explicación que, estamos, ante un integrante de la Corte que es permeable a utilizar cuanto resquicio y puntos grises permita la ley, para “construir con trabajo fino, consensos mayoritarios, sin interesar los perjuicios que cause. Esto explica el por qué se buscó y aplicó el argumento de las “costumbres de gentes”, – Ius cogens- en nuestros fallos y condenas, cuando el mismo no es utilizado por otras naciones.

Y, voy a finalizar respaldando esta conclusión, con sus propias palabras. Fueron pronunciadas en una Conferencia Nacional de Jueces, de la cual no tengo fecha ni lugar pero que Ud. recordara. En aquella oportunidad expresó ante jueces de todo el país lo siguiente: “…Lo que dice la constitución nos ata. Me gusta el ejemplo que puso Jon Ster sobre Ulises. Ulises se hace atar al mástil para no caer en la tentación de las sirenas que se lo iban a llevar. Si yo no estoy atado voy a caer en la tentación. Y eso es la Constitución: nos ata para no caer en las tentaciones del momento y poder dejar de lado lo que ella dice. Y nosotros nos desatamos con demasiada frecuencia. Y caemos en las tentaciones. Y muchas veces creemos que la Ley y los principios constitucionales son un mero consejo que puede ser dejado de lado por razones de conveniencia y esto no es así” (el subrayado y resaltado me pertenece).

De no haber caído en “tentaciones” y dejados de llevar por los “cantos de sirenas”, hoy, nuestra realidad sería otra y el Poder Judicial gozaría si, de “credibilidad y previsibilidad”, lo que se traduce en “seguridad jurídica”.

Sin otro particular, saludo al señor ministro con mi mayor consideración.

 

JUAN ARMANDO GIOVARRUSCIO

MENDOZA, octubre 2021                                                                                             

PD: E mail: juangiovache@hotmail.com

 

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Octubre 10, 2021


 

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