En junio de 2014 el Presidente de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti, en una disertación, hizo mención que el juzgamiento a quienes estamos imputados por los mal llamados delitos de lesa humanidad, era política de estado. Con la llegada del nuevo gobierno y luego de los eslóganes de “terminar con el curro de los DDHH y Cambiemos”, todo siguió igual o peor. Para ello Lorenzetti como un verdadero semidiós repitió sus sacras máximas y entonces el presidente Macri olvidando lo del “curro”, dijo que “la justicia es independiente”. El día seis de marzo del corriente año, en la ciudad de Bahía Blanca el fiscal Antonio Castaño (no entiende en mi causa) en un programa radial afirma arteramente que yo estoy en desacuerdo con la política de derechos humanos. Lo desmentí mediante Carta Abierta de fecha 17 de abril de 2017, y por supuesto él respondió con su absoluto silencio, como es norma en estos casos para con nosotros, los subhumanos adultos mayores.
MAURICIO MACRI Y EL ART. 18 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
Finalmente el juez a cuya disposición me encuentro él doctor Walter López Da Silva, al inhibirse de actuar en la denuncia que hiciera a MAURICIO MACRI y otros, por no respetar para conmigo el Artículo 18 de la Constitución Nacional, toca nuevamente las políticas de estado. Así en una parte de su resolución dice: “el denunciante formuló diferentes apreciaciones vinculadas al tratamiento que se viene dando desde el Poder Ejecutivo Nacional y como políticas de estado, en el tratamiento de causas vinculadas con violaciones a los derechos humanos”.
(Texto completo de la inhibición al pie de esta nota)
¿Yo preguntaría a estos y otros funcionarios del poder gubernamental que sea, si las políticas de estado y el respeto a los derechos humanos, legalizan que ellos hayan ilegal y cobardemente abusado de mí y de otros?
“La prueba suprema de virtud consiste en poseer un poder ilimitado sin abusar de él”.
Por Claudio Kussman.
FALACES “POLÍTICAS DE ESTADO”
En junio de 2014 el Presidente de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti, en una disertación, hizo mención que el juzgamiento a quienes estamos imputados por los mal llamados delitos de lesa humanidad, era política de estado. Con la llegada del nuevo gobierno y luego de los eslóganes de “terminar con el curro de los DDHH y Cambiemos”, todo siguió igual o peor. Para ello Lorenzetti como un verdadero semidiós repitió sus sacras máximas y entonces el presidente Macri olvidando lo del “curro”, dijo que “la justicia es independiente”. El día seis de marzo del corriente año, en la ciudad de Bahía Blanca el fiscal Antonio Castaño (no entiende en mi causa) en un programa radial afirma arteramente que yo estoy en desacuerdo con la política de derechos humanos. Lo desmentí mediante Carta Abierta de fecha 17 de abril de 2017, y por supuesto él respondió con su absoluto silencio, como es norma en estos casos para con nosotros, los subhumanos adultos mayores.
https://prisioneroenargentina.com/index.php/2017/04/25/carta-abierta-al-fiscal-antonio-castano/
MAURICIO MACRI Y EL ART. 18 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
Finalmente el juez a cuya disposición me encuentro él doctor Walter López Da Silva, al inhibirse de actuar en la denuncia que hiciera a MAURICIO MACRI y otros, por no respetar para conmigo el Artículo 18 de la Constitución Nacional, toca nuevamente las políticas de estado. Así en una parte de su resolución dice: “el denunciante formuló diferentes apreciaciones vinculadas al tratamiento que se viene dando desde el Poder Ejecutivo Nacional y como políticas de estado, en el tratamiento de causas vinculadas con violaciones a los derechos humanos”.
(Texto completo de la inhibición al pie de esta nota)
¿Yo preguntaría a estos y otros funcionarios del poder gubernamental que sea, si las políticas de estado y el respeto a los derechos humanos, legalizan que ellos hayan ilegal y cobardemente abusado de mí y de otros?
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Claudio Kussman
PrisioneroEnArgentina.com
Claudio@PrisioneroEnArgentina.com @PrisioneroA
Julio 08, 2017
CONTINUARÁ …
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