El excomandante de las extintas Fuerzas Revolucionarias de Colombia (FARC), Pablo Catatumbo, fue imputado por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), mecanismo de justicia transicional establecido tras el Acuerdo de Paz, en 2016.
El actual senador del partido Comunes, por segundo periodo consecutivo, es exintegrante del secretariado de ese grupo guerrillero y excomandante del Frente 29 del Bloque Occidental ‘Alfonso Cano’, antiguo Comando Conjunto de Occidente de esa organización armada.
Catatumbo fue imputado por la Sala de Reconocimiento de la JEP por crímenes de guerra y de lesa humanidad, como abusos sexuales y abortos forzados, cometidos en el departamento de Nariño, fronterizo con Ecuador.
Asimismo, Edgar López Gómez, conocido como ‘Pacho Chino’, fue declarado “máximo responsable” de estos hechos y fue llamado a reconocer lo que se le imputa en el macrocaso 02 de la JEP.
Además fueron imputados otros 13 excomandantes de las FARC-EP que estaban al frente de las columnas móviles ‘Mariscal Sucre’ y ‘Daniel Aldana’ y del Frente 29: Luis Eduardo Carvajal, conocido como ‘Gustavo o Rambo’; Hedier Espinosa Feria (Cachorro); Groelfi Rodríguez Moreno (Ramiro Cortés); Wilfrido Ávila Fuente (Mondanga); y Rubiel Torres Mondragón (Tachuela).
La lista la completan; Arlez Porras Gómez (Yesid Guevara); Fabio Murcia Camacho (Vitamina); Jair Enrique Acosta (Javier Guzmán); Ricardo Palomino (Jario Perdomo); Alberto López Palomino (William Santamaría); José Geidin Castro (El doctor); Diego González (El pollo); y Juan Carlos Caicedo (El gordo).
Belkis Izquierdo Torres, magistrada de la sala de reconocimiento de la verdad de la JEP, fue la encargada de dar a conocer la decisión judicial por el macrocaso 02. La jurista detalló, desde Tumaco, que los 15 imputados deberán responder de manera diferenciada por los crímenes no amnistiables y deberán detallar su rol de liderazgo y participación en la comisión de los delitos.
“En las siguientes etapas procesales los comparecientes podrán reconocer su responsabilidad fáctica, jurídica y restaurativa, para satisfacer de manera integral los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación que demandan las víctimas”, señaló Izquierdo.
La funcionaria comentó que los 15 exintegrantes de la extinta guerrilla fueron imputados por estar involucrados en múltiples crímenes de guerra y de lesa humanidad. Entre los delitos cometidos por estos excombatientes están: masacres, exterminio, asesinatos selectivos, homicidios, desapariciones forzadas, confinamientos obligatorios, desplazamientos forzados, colocación de minas antipersonal, esclavitud sexual, violaciones sexuales, tratos inhumanos, destrucción de la naturaleza y el territorio, entre otros.
Izquierdo resaltó que los crímenes ejecutados por los máximos responsables de las FARC-EP generaron “daños graves, diferenciados y desproporcionados” contra mujeres, niñas y personas con orientación sexual diversa, comunidades campesinas, poblaciones urbanas, rurales, pueblos negros e indígenas, a quienes les irrumpieron su proyecto de vida personal, familiar y colectivo.
Entre tanto, la magistrada recordó que es importante resaltar que el macrocaso 02 avanza en dos líneas: por una parte se investigan las graves violaciones a los derechos humanos y las violaciones al derecho internacional humanitario cometidas por los exintegrantes de las FARC-EP; y por otro lado, los delitos no amnistiables perpetrados por la Fuerza Pública, que aún continúan bajo investigación.
La magistrada Izquierdo detalló que la Sala de Reconocimiento de la JEP determinó la existencia de seis patrones macrocriminales cometidos por las FARC-EP durante el conflicto armado en los territorios de mencionados.
Masacres, asesinatos selectivos y desapariciones forzadas contra pueblos étnicos, población campesina y rural y otros civiles.
Confinamientos y desplazamientos forzados contra pueblos étnicos, comunidades campesinas y otros civiles.
Reclutamiento y utilización de niñas y niños indígenas y afrocolombianos.
Violencia sexual y de género contra mujeres y niñas y violencia por prejuicio contra personas con orientaciones sexuales e identidades y expresiones de género diversas o no normativas.
Uso ilícito y afectaciones por minas antipersonal y restos explosivos de guerra.
Destrucción de la naturaleza y el territorio.
Además, la JEP identificó la existencia e implementación de una política de control territorial y social ejercida por las FARC-EP, que tenía como objetivo imponerse como “única autoridad por la vía de las armas”.
En el desarrollo de esta estrategia guerrillera se ejecutaron múltiples crímenes no amnistiables contra la población civil, como regular el comportamiento de las personas “e imponer roles de género desde una visión patriarcal, heteronormativa y cisnormativa a través de distintas formas de violencia”, incluyendo la sexual, agregó Izquierdo.
La magistrada Izquierdo también informó que entre los años 1997 y 2016, se documentaron en los territorios investigados al menos 314 hechos de asesinatos selectivos, masacres y desapariciones forzadas contra la población civil y que inciden aproximadamente en 468 víctimas directas.
Con respecto a los desplazamientos forzados, se cometieron al menos 334 eventos con 27.087 víctimas; y 44 confinamientos obligatorios con 20.124 personas afectadas en situaciones asociadas a la presencia y actividades de las FARC-EP en la zona.
También se registraron 102 reclutamientos forzados de menores indígenas entre los años 2001 y 2005. Del total, 13 eran niñas y 89 niños. Además, 36 de los infantes tenían edades entre 6 y 14 años; mientras que otros 49 estaban entre los 15 y 17 años.
Sobre las violencias sexuales, de género y de prejuicios contra niñas, mujeres y personas con orientaciones sexuales diversas, la JEP identificó que, entre 1990 y 2016, las unidades investigadas de la extinta guerrilla cometieron al menos 168 hechos de este tipo que dejaron unas 254 víctimas directas.
En el caso de la colocación de minas antipersonal y uso de otros explosivos de guerra, la JEP señaló que los guerrilleros generaron consecuencias graves y permanentes contra la población. En total, registraron 153 hechos con más de 279 víctimas entre los años 2002 y 2015.
Con respecto a la destrucción de la naturaleza y el territorio, la JEP conoció al menos 71 eventos de destrucción contra distintas zonas, sitios sagrados, ancestrales indígenas, afros, campesinas, urbanas e infraestructuras del Estado como oleoducto transandino, así como actividades criminales por la minería ilegal de oro.
Por su parte, el presidente de la JEP, magistrado Roberto Vidal, resaltó que el macrocaso 02 se ha convertido en “la investigación más grande” que ha realizado esa instancia hasta la fecha, y es “la más amplia por la cantidad del territorio cubierto”.
Además, señaló que este expediente se ha convertido en “el caso que cubre la mayor cantidad de víctimas que se ha presentado en la JEP”, con un total de 100.000 personas que han sido víctimas de guerra.
De igual forma, destacó que esta investigación incluye “más de una centena de comparecientes que han establecido la verdad plena” y de quienes la justicia transicional espera que asuman su responsabilidad ante los hechos.
Este caso, abierto en julio de 2018, investiga las graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario cometidas en los territorios priorizados por miembros del grupo guerrillero y de la Fuerza Pública entre 1990 y 2016.
Las principales víctimas son pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianos, campesinos, mujeres, niños y personas LGBTI en los municipios Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, en el departamento de Nariño.
La JEP explicó que luego de recibir la respuesta de los comparecientes y las observaciones de las víctimas, si hay reconocimiento y aporte a la verdad plena y detallada, se fijarán las fechas para la realización de las Audiencias de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad.
Si algún imputado niega su responsabilidad, sus procesos serán remitidos a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, para que de inicio al proceso adversarial. Si en esa etapa son hallados culpables, se exponen a penas de hasta 20 años de cárcel.
Si hay reconocimiento, después de realizadas las audiencias públicas, la Sala de Reconocimiento de la JEP dará unas conclusiones que enviará al Tribunal de Paz para que imponga una sanción, si es el caso.
Las sanciones serán impuestas a los “comparecientes que fueron partícipes determinantes en la comisión de los crímenes más graves y representativos del conflicto armado, siempre y cuando aporten verdad plena y acepten la responsabilidad”.
Estas medidas tendrán una duración de cinco a ocho años y consisten en la realización de Trabajos, Obras y Actividades con contenido Restaurador-Reparador (TOAR) y restricción efectiva de libertades y derechos, como la libertad de residencia y movimiento.
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El excomandante de las extintas Fuerzas Revolucionarias de Colombia (FARC), Pablo Catatumbo, fue imputado por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), mecanismo de justicia transicional establecido tras el Acuerdo de Paz, en 2016.
El actual senador del partido Comunes, por segundo periodo consecutivo, es exintegrante del secretariado de ese grupo guerrillero y excomandante del Frente 29 del Bloque Occidental ‘Alfonso Cano’, antiguo Comando Conjunto de Occidente de esa organización armada.
Catatumbo fue imputado por la Sala de Reconocimiento de la JEP por crímenes de guerra y de lesa humanidad, como abusos sexuales y abortos forzados, cometidos en el departamento de Nariño, fronterizo con Ecuador.
Asimismo, Edgar López Gómez, conocido como ‘Pacho Chino’, fue declarado “máximo responsable” de estos hechos y fue llamado a reconocer lo que se le imputa en el macrocaso 02 de la JEP.
Además fueron imputados otros 13 excomandantes de las FARC-EP que estaban al frente de las columnas móviles ‘Mariscal Sucre’ y ‘Daniel Aldana’ y del Frente 29: Luis Eduardo Carvajal, conocido como ‘Gustavo o Rambo’; Hedier Espinosa Feria (Cachorro); Groelfi Rodríguez Moreno (Ramiro Cortés); Wilfrido Ávila Fuente (Mondanga); y Rubiel Torres Mondragón (Tachuela).
La lista la completan; Arlez Porras Gómez (Yesid Guevara); Fabio Murcia Camacho (Vitamina); Jair Enrique Acosta (Javier Guzmán); Ricardo Palomino (Jario Perdomo); Alberto López Palomino (William Santamaría); José Geidin Castro (El doctor); Diego González (El pollo); y Juan Carlos Caicedo (El gordo).
Belkis Izquierdo Torres, magistrada de la sala de reconocimiento de la verdad de la JEP, fue la encargada de dar a conocer la decisión judicial por el macrocaso 02. La jurista detalló, desde Tumaco, que los 15 imputados deberán responder de manera diferenciada por los crímenes no amnistiables y deberán detallar su rol de liderazgo y participación en la comisión de los delitos.
“En las siguientes etapas procesales los comparecientes podrán reconocer su responsabilidad fáctica, jurídica y restaurativa, para satisfacer de manera integral los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación que demandan las víctimas”, señaló Izquierdo.
La funcionaria comentó que los 15 exintegrantes de la extinta guerrilla fueron imputados por estar involucrados en múltiples crímenes de guerra y de lesa humanidad. Entre los delitos cometidos por estos excombatientes están: masacres, exterminio, asesinatos selectivos, homicidios, desapariciones forzadas, confinamientos obligatorios, desplazamientos forzados, colocación de minas antipersonal, esclavitud sexual, violaciones sexuales, tratos inhumanos, destrucción de la naturaleza y el territorio, entre otros.
Izquierdo resaltó que los crímenes ejecutados por los máximos responsables de las FARC-EP generaron “daños graves, diferenciados y desproporcionados” contra mujeres, niñas y personas con orientación sexual diversa, comunidades campesinas, poblaciones urbanas, rurales, pueblos negros e indígenas, a quienes les irrumpieron su proyecto de vida personal, familiar y colectivo.
Entre tanto, la magistrada recordó que es importante resaltar que el macrocaso 02 avanza en dos líneas: por una parte se investigan las graves violaciones a los derechos humanos y las violaciones al derecho internacional humanitario cometidas por los exintegrantes de las FARC-EP; y por otro lado, los delitos no amnistiables perpetrados por la Fuerza Pública, que aún continúan bajo investigación.
La magistrada Izquierdo detalló que la Sala de Reconocimiento de la JEP determinó la existencia de seis patrones macrocriminales cometidos por las FARC-EP durante el conflicto armado en los territorios de mencionados.
Además, la JEP identificó la existencia e implementación de una política de control territorial y social ejercida por las FARC-EP, que tenía como objetivo imponerse como “única autoridad por la vía de las armas”.
En el desarrollo de esta estrategia guerrillera se ejecutaron múltiples crímenes no amnistiables contra la población civil, como regular el comportamiento de las personas “e imponer roles de género desde una visión patriarcal, heteronormativa y cisnormativa a través de distintas formas de violencia”, incluyendo la sexual, agregó Izquierdo.
La magistrada Izquierdo también informó que entre los años 1997 y 2016, se documentaron en los territorios investigados al menos 314 hechos de asesinatos selectivos, masacres y desapariciones forzadas contra la población civil y que inciden aproximadamente en 468 víctimas directas.
Con respecto a los desplazamientos forzados, se cometieron al menos 334 eventos con 27.087 víctimas; y 44 confinamientos obligatorios con 20.124 personas afectadas en situaciones asociadas a la presencia y actividades de las FARC-EP en la zona.
También se registraron 102 reclutamientos forzados de menores indígenas entre los años 2001 y 2005. Del total, 13 eran niñas y 89 niños. Además, 36 de los infantes tenían edades entre 6 y 14 años; mientras que otros 49 estaban entre los 15 y 17 años.
Sobre las violencias sexuales, de género y de prejuicios contra niñas, mujeres y personas con orientaciones sexuales diversas, la JEP identificó que, entre 1990 y 2016, las unidades investigadas de la extinta guerrilla cometieron al menos 168 hechos de este tipo que dejaron unas 254 víctimas directas.
En el caso de la colocación de minas antipersonal y uso de otros explosivos de guerra, la JEP señaló que los guerrilleros generaron consecuencias graves y permanentes contra la población. En total, registraron 153 hechos con más de 279 víctimas entre los años 2002 y 2015.
Con respecto a la destrucción de la naturaleza y el territorio, la JEP conoció al menos 71 eventos de destrucción contra distintas zonas, sitios sagrados, ancestrales indígenas, afros, campesinas, urbanas e infraestructuras del Estado como oleoducto transandino, así como actividades criminales por la minería ilegal de oro.
Por su parte, el presidente de la JEP, magistrado Roberto Vidal, resaltó que el macrocaso 02 se ha convertido en “la investigación más grande” que ha realizado esa instancia hasta la fecha, y es “la más amplia por la cantidad del territorio cubierto”.
Además, señaló que este expediente se ha convertido en “el caso que cubre la mayor cantidad de víctimas que se ha presentado en la JEP”, con un total de 100.000 personas que han sido víctimas de guerra.
De igual forma, destacó que esta investigación incluye “más de una centena de comparecientes que han establecido la verdad plena” y de quienes la justicia transicional espera que asuman su responsabilidad ante los hechos.
Este caso, abierto en julio de 2018, investiga las graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario cometidas en los territorios priorizados por miembros del grupo guerrillero y de la Fuerza Pública entre 1990 y 2016.
Las principales víctimas son pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianos, campesinos, mujeres, niños y personas LGBTI en los municipios Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, en el departamento de Nariño.
La JEP explicó que luego de recibir la respuesta de los comparecientes y las observaciones de las víctimas, si hay reconocimiento y aporte a la verdad plena y detallada, se fijarán las fechas para la realización de las Audiencias de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad.
Si algún imputado niega su responsabilidad, sus procesos serán remitidos a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, para que de inicio al proceso adversarial. Si en esa etapa son hallados culpables, se exponen a penas de hasta 20 años de cárcel.
Si hay reconocimiento, después de realizadas las audiencias públicas, la Sala de Reconocimiento de la JEP dará unas conclusiones que enviará al Tribunal de Paz para que imponga una sanción, si es el caso.
Las sanciones serán impuestas a los “comparecientes que fueron partícipes determinantes en la comisión de los crímenes más graves y representativos del conflicto armado, siempre y cuando aporten verdad plena y acepten la responsabilidad”.
Estas medidas tendrán una duración de cinco a ocho años y consisten en la realización de Trabajos, Obras y Actividades con contenido Restaurador-Reparador (TOAR) y restricción efectiva de libertades y derechos, como la libertad de residencia y movimiento.
PrisioneroEnArgentina.com
Julio 14, 2023
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