TEXTO COMPLETO: Presentación del FORO de GENERALES RETIRADOS al Ministro Garavano

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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de agosto de 2018.

Señor Ministro de Justicia de la Nación

Dr. Germán Garavano

S/D

                            Los abajo firmantes en nuestro carácter de miembros de la Comisión Directiva del Foro de Generales Retirados del Ejército Argentino, ONG con 22 años de trayectoria cuya finalidad es la de ocuparse de los temas atinentes a la Defensa Nacional y de las secuelas de la guerra interna que padeció el país en las décadas del ‘60, ´70 y ´80, nos dirigimos al Sr. Ministro a los efectos de exponer las siguientes consideraciones:

El fallecido Fiscal Julio César Strassera en declaraciones efectuadas en su momento al diario La Nación dijo, entre otras cosas, que estima conveniente terminar de una vez con los Juicios a los militares, que se están cometiendo atrocidades respecto de ellos, que es una barbaridad la negativa a conceder prisión domiciliaria a los mayores de 70 años y que los Derechos Humanos son para todos.

Decimos que existen, Presos Políticos porque en la Argentina hay más de 2400 imputados, más de 1000 procesados, más de 600 condenados y más de 450 muertos en cautiverio como consecuencia de haber sido sometidos a los llamados «Juicios de Lesa Humanidad»; Tales juicios son insanablemente nulos, ilegales e inconstitucionales en tanto para poder instrumentarlos -y también en su transcurso- se han violado los más elementales principios procesales y garantías constitucionales (se ha verificado la violación de catorce de estos principios) establecidos en nuestra Constitución Nacional y los Tratados Internacionales suscriptos por la República, lo cual consta en los alegatos de las defensas y se encuentran debidamente documentados.

 Países como España (La Audiencia Nacional), Francia (Corte de Casación) y la misma Corte Penal. Internacional emitieron fallos coincidentes en el sentido de que no procede someter a personas a juicios por delitos de Lesa Humanidad ocurridos con anterioridad a la entrada en vigencia de los Tratados que los definen como tales, señalando que tales hechos se encuentran prescriptos.

En la Argentina, la incorporación de la Convención Internacional que establece la imprescriptibilidad de tales delitos, ocurrió el 10 de noviembre de 1995 (ley 24.584 y su puesta en vigencia por Decreto 579 del año 2003 firmado por el Presidente Kirchner) mientras que el Tratado de Roma, que los establece, entró en vigencia por Ley 26.200 del año 2007, prohibiendo el propio art. 25 su aplicación retroactiva, Se trata además de una legislación que aún hoy no está definida en el Código Penal Argentino.

Nuestra Corte Suprema, por decisión de la mayoría kirchnerista en el fallo «Arancibia Clavel», con la disidencia de los Dres. Fayt, Belluscio y Vázquez, reabrió los Juicios haciendo que los jueces desconocieran el Instituto de la prescripción, aplicaran retroactivamente aquella categoría de delitos («de lesa humanidad») y dejaran que una supuesta «costumbre» internacional definiera los mismos, abandonando el principio histórico nacional e internacional’ de que toda ley penal debe ser previa, estricta y escrita. Una costumbre internacional, por otra parte, desconocida hasta por los jueces que juzgaron a las juntas militares en la causa 13/84, en la cual declararon prescriptos numerosos delitos.

En síntesis, para lograr el procesamiento de los imputados, se debió violar, tergiversar y manipular garantías y derechos constitucionales, creando una situación jurídica ilegal y totalmente alejada de los más elementales Principios del Derecho.

 

Por todo lo expuesto, efectuamos al Sr. Ministro el siguiente petitorio:

  1. Que en su carácter de Ministro de Justicia de la Nación interceda ante los tres poderes del estado para que se encuentre una solución Institucional y Constitucional a las transgresiones aquí denunciadas. En ese marco, se solicita que el Sr. Presidente de la Nación haga uso de la facultad constitucional del indulto y/o que envíe al Congreso de la Nación un proyecto de ley de amnistía para su tratamiento y promulgación y a la CSJN para que revea los fallos judiciales que habilitaron la aplicación de la jurisprudencia de lesa humanidad a los que combatieron al terrorismo.

  1. Que el Estado cese su presentación como parte querellante en los llamados “juicios de lesa humanidad”.

  1. Que se peticione al Consejo de la Magistratura una auditoría de todos los juicios y en aquellos casos que se comprobare fallas procesales se considere a la sentencias dictadas como “cosa juzgada írrita”.

Todo ello con la finalidad de lograr la más pronta libertad de los detenidos antes de que se sigan incrementando las muertes en injusto cautiverio. De aceptarse lo peticionado, será una decisiva contribución para el logro de la pacificación, la reconciliación, la concordia y la UNIÓN NACIONAL, objetivo fundamental establecido por el Sr. Presidente de la república para su gestión de gobierno.

Proveer de conformidad.

Será Justicia.

 

General (R) Juan Miguel Giuliano

D.N.I. Nº 4.866.846

 

 General (R) David Comini

D.N.I. Nº 4.866.82

  

General (R) Luis Cloux

D.N.I. Nº  4.278.527

 

General (R) Jorge Olivera

D.N.I. Nº 7.456.154

 


PrisioneroEnArgentina.com

Agosto 7, 2018


 

30.000 DESAPARECIDOS, GENOCIDIO, LESA HUMANIDAD, TRES FALSOS RELATOS QUE SUSTENTAN LA PERSECUCIÒN ,  VENGANZA  Y EXTERMINIO DE LOS QUE COMBATIERON A LOS TERRORISTAS DE LOS AÑOS 1960/70/80.

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La repeticion a lo largo de muchos años de las tres falsas afirmaciones han sustentado un sistemàtico accionar  de los elementos residuales de las organizaciones terroristas y  de los  que se autodenominan defensores de los Derechos Humanos, con el propòsito de persecucion, venganza y exterminio de todos aquellos que como Fuerzas Legales combatieron al Terrorismo.

Es por ello que resulta imprescindible  que la poblaciòn conozca la falsedad con la que se sostiene un relato plagado de mentiras y que da sustento a un accionar sistemàtico de acciòn psicològica, polìtico, comunicacional, educacional y judicial tanto en el campo nacional como internacional.

Sobre la cifra de 30.000 desaparecidos, el ex integrante de Montoneros Luis Labraña, afirmò que él fue el inventor de dicha cifra en Holanda,ante la necesidad de obtener donaciones para las organizaciones de izquierda que operaban en nuestro Pais y contribuir ademàs a la idea de que se estaba produciendo un Genocidio.La cifra real de desaparecidos que consta oficialmente en la Secretarìa de Derechos Humanos es 7954.

Con respecto a Genocidio,la definiciòn que establece el Estatuto de Roma  en su Artìculo 6. expresa: ” Actos cometidos con la intenciòn de destruir total o parcialmente un grupo nacional,ètnico,racial o religioso como tal”.Los terroristas de entonces no se encuadraron en ninguna de esas categorìas, se los combatiò por su caràcter de beligerantes.

En cuanto  a crìmenes de Lesa Humanidad, el mismo Estatuto de Roma en su Artìculo 7. los define como “actos que se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemàtico contra la poblaciòn civil “, por lo que el accionar de las Fuerzas Legales quedaron automàticamente excluìdas  de esta imputaciòn.

Por si todo esto fuera insuficiente, el Artìculo 24  ,expresa claramente que “nadie serà penalmente responsable de conformidad con el presente Estatuto,por una conducta anterior a su entrada en vigor (2002) en perfecta armonìa con el Principio de Legalidad establecido en el Artìculo 18 de nuestra Constitucion Nacional.

La difusiòn  generalizada y persistente  de la denuncia de falacia , engaño y mentira que constituyen la piedra angular  de un falso relato que pretende justificar de manera ilegal y anticonstitucional la persecuciòn y la venganza serà la mejor manera  de contribuir a que cese este drama humanitario que ocurre en nuestro Pais.

 

C.A.B.A. marzo de 2018.

 

Firman los Generales Retirados :

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Juan Miguel GIULIANO

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David COMINI

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Luis CLOUX

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Jorge OLIVERA

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PrisioneroEnArgentina.com

Abril 8, 2018


 

UN CAMINO POSIBLE HACIA LA PACIFICACIÓN Y UNIÓN NACIONAL

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DECLARACIÓN DEL FORO DE GENERALES

 

Mucho se habla en nuestro país sobre la existencia de una “Grieta” social y política que nos impide avanzar sin obstáculos hacia el destino de grandeza que nos merecemos. Un aspecto significativo de esa Grieta es que las heridas y secuelas de la Guerra  interna  que la Argentina padeció en las décadas de 1960/1970  y 1980 (treinta años) , cuya última expresión fue el intento de copamiento del Cuartel de La Tablada (1989), siguen abiertas como consecuencia  de una persecución ilegal e inconstitucional de las Fuerzas Legales que en nombre del Estado combatieron  al terrorismo y el no reconocimiento y reparación de sus víctimas que aún esperan se les haga justicia.

Dos hechos significativos han ocurrido en el pasado reciente que pueden contribuir decisivamente a la Pacificación , la Concordia y la Unión de los argentinos : La asunción como Papa de Jorge Bergoglio el 13 de marzo de 2013 y la de Mauricio Macri como Presidente el 10 de diciembre de 2015.El Papa Francisco desde el inicio de su papado, además de su opción por los pobres, remarca permanentemente el valor del diálogo, el encuentro entre los hombres, la Misericordia, el perdón y la vigencia de la Paz  en el mundo. Por su parte el Presidente Macri, consiente al asumir su gestión de la existencia de una profunda grieta que nos separa a los argentinos, planteó desde su primer discurso ante la Asamblea Legislativa, como uno de los tres ejes de su gestión la necesidad de lograr la Unión Nacional. La coincidencia en tan elevados propósitos fue ratificada por ambos Mandatarios en el encuentro que ambos tuvieron en el Vaticano en el sentido de la urgencia de trabajar por la Unión Nacional.

En septiembre de 2017, el Papa visitó Colombia con el expreso propósito de unir a las víctimas, a los victimarios y a los colombianos en torno de la sanación y la reconciliación una vez finalizada la larga Guerra interna sufrida a lo largo de más de cincuenta años. Argentina espera con ansiedad que nuestro Papa del mismo modo realice su visita al País lo antes posible, para protagonizar el gran encuentro de oración por la reconciliación nacional y cerrar así definitivamente las heridas de nuestro trágico pasado. Por su parte y coincidentemente con su loable objetivo de unir a la Nación y en uso de sus atribuciones constitucionales, el Presidente Macri, haciendo uso de su facultad del Indulto, debería clausurar formalmente esa triste y trágica historia padecida por los argentinos.

Quiera Dios iluminar el espíritu y la voluntad de ambos Dignatarios argentinos para que con sus gestos y actitudes despejen los obstáculos para que nuestro País se encamine decididamente hacia el destino de grandeza en unión y paz que les debemos a las presentes y futuras Generaciones.

Firman los Generales Retirados : Juan Miguel Giuliano-David Comini-Luis Cloux-Jorge Olivera.

CABA, enero de 2018.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Enero 18, 2018




 

Tiempo Militar y el Papa Francisco

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Aquí reflotamos sendos artículos publicados por el periódico TIEMPO MILITAR en referencia al Papa Francisco y su mirada hacia la situación de los Presos Políticos Argentinos.

1 de Diciembre del año 2016.

 

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Colaboración: Dr. Francisco Bénard.

 

 


PrisioneroEnArgentina.com

Enero 4, 2017