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Com.(R) Ing.Esteban Cavallero

 

 

Desde mi humilde opinión, la Patria que los fundadores nos legaron con el sacrificio de todo el Pueblo, corre el riesgo de su partición, como lo han advertido los estudiosos de las Relaciones Internacionales, la Estrategia y la Geo-política.

Creo que si no se avanza con la urgencia del caso en los cambios del sistema político y judicial, en resguardo de la UNIÓN y la INTEGRIDAD territorial de nuestra Patria, -amenazada por la corrupción interna en connivencia con resabios e intereses secesionistas y colonialistas-, no lograremos sostenerla como lo mandan nuestras tradiciones y la Constitución Nacional.

En primer lugar, porque no es posible avanzar con convicción y firmeza en el camino de lograr esos objetivos, sin rectificar las Leyes de Defensa y Seguridad Nacional sancionadas consiente o inconcientemente, en consonancia con los intereses de quienes urdieron el saqueo de la Argentina, mediante una doble acción:

  1. a) en el marco externo, sacando a las Fuerzas Armadas (FFAA) del escenario de la defensa por ser “innecesarias ante la ausencia de hipótesis de conflicto”, -en la inteligencia de quienes deberían definirlas frente a una realidad inocultable como son las llamadas Nuevas Amenazas-, y aún sin ellas porque no se puede confiar en la capacidad de disuasión que puedan tener fuerzas carentes de una doctrina, del fuero legal y del equipamiento necesario  para una efectiva Política de Relaciones Exteriores, tal como se presume debiera ser el rol de la Cancillería y  la cartera de Defensa.
  2. b) en el marco interno, porque por imperio de esas Leyes, la inseguridad es responsabilidad exclusiva y excluyente de las Fuerzas de Seguridad (FFSS) y las Fuerzas Policiales (FFPP), sin importar que esas Fuerzas sean sobrepasadas en sus respectivas capacidades ante agresiones que superan el nivel de daño provocado por los delitos comunes, como es el caso del narcoterrorismo y todas sus vertientes culminando con la amenaza del terrorismo internacional proyectado por el Estado Islámico (EI).

Transcribo a continuación los lineamientos generales expuestos  en orden a la rectificación de las Leyes de Defensa y Seguridad  en el ensayo sobre DEFENSA NACIONAL segunda Parte de fecha octubre de 2015:

”ello incluye el alistamiento y el despliegue operacional de Unidades del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada que se consideren necesarias de acuerdo con la Directiva Estratégica Nacional (DENAC) que debe impartir el Comandante en Jefe de las FFAA, Presidente de la Nación al Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (EMCFFAA) para derivar el Planeamiento Militar Conjunto mientras se procede a la conformación de UNIDADES ESPECIALIZADAS instruidas para enfrentar a las nuevas amenazas, como fuerza conjunta o combinadas con las FFSS a nivel Federal y con las FFPP a nivel Provincial.”

En segundo lugar, porque tampoco será posible avanzar con el brazo armado del Estado quebrado por la jurisprudencia dictada por una Corte que adoptó una “postura totalmente inaceptable en el sistema constitucional argentino”, como lo sentenció el entonces Magistrado de la Corte Dr.Carlos S.Fayt con su voto en disidencia en resguardo de la  CN y la Soberanía Nacional, a cuyos considerandos me remito con una de sus expresiones a título de ejemplo.(*)

El hecho de que ahora, se hayan incorporado al plexo constitucional los Convenios sobre la imprescriptibilidad de los  delitos de lesa humanidad, -sin poner el punto final a los juicios  que aún se continúan interponiendo por delitos que con anterioridad a esa fecha eran inexistentes en el sistema constitucional argentino, con el agravante de excluir a quienes cometieron los delitos que  son propios de un terrorismo criminal como lo caracterizara el entonces Presidente constitucional General Perón, en su mensaje a la Nación de Enero de 1974 con motivo del ataque e intento de copamiento por el ERP de la guarnición militar de Azul -, no es garantía alguna para juzgar acciones futuras en el desempeño de las FFAA, de no mediar el dictado del fuero legal al que deba ajustarse el personal militar, hoy inexistente por la derogación del Código de Justicia Militar y el apartamiento de los jueces naturales de aplicación.

La Argentina es un ejemplo de una Justicia que desde entonces no hace honor a su rol de contralor de la constitucionalidad de las Leyes, ni a la sanción de sus múltiples violaciones; basta remitirse a la degradante realidad que vive su Pueblo, por la corrupción extendida a causa de las mafias que actúan en connivencia con funcionarios de los 3 poderes del Estado.

Este cuadro de situación es la matriz que generó la actual situación de indefensión e inseguridad y la ruptura del Estado de Derecho, dando lugar a la persecución de un parte de la comunidad, -la integrada por las FFAA, FFSS y Policiales-, que junto a ciudadanos civiles y magistrados, debieron enfrentar y rechazar el accionar del terrorismo criminal de la guerrilla, evitando que tomaran el poder del Estado por la vía de las armas echando por la borda doscientos años de Patria. (**)

Porque lisa y llanamente un país que no puede sostener su propia legalidad, -o en su caso restaurarla-, no es el país nacido a la Libertad en las luchas por la Independencia que protagonizaron San Martín y Belgrano y la pléyade de patriotas que integraron los Ejércitos del Norte y  de los Andes.

La batalla de Salta, librada con éxito por el Ejército del Norte al mando del General Belgrano, para rescatarla de su ocupación por las tropas del ejército español al mando del General Tristán, el 20 de febrero de 1813 (***), fue el hito histórico que permitió la consolidación del camino de emancipación iniciado el 25 de mayo de 1810 que afianzó San Martin con la proeza de su campaña libertadora de Argentina, Chile y Perú.

Es por lo tanto necesario proponer a quien ejerce ambos cargos   relacionados con la Defensa y la Seguridad Nacional, en su carácter de Presidente y Comandante en Jefe de las FFAA las medidas correctivas concretas en ambos estamentos, el político constituido por el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, y el Poder Judicial, trilogía que es el fundamento de una República en la medida que cumplan sus respectivos roles con probidad, equidad e independencia ; ellas serían en opinión del suscripto el punto de inflexión de una situación inédita en la historia argentina, a causa de que, como lo expresara el Presidente Avellaneda en su mensaje a la Nación con motivo de la repatriación de los restos del  General José de San Martín:

Los pueblos que olvidan sus tradiciones, pierden la conciencia de sus destinos, y los que se apoyan sobre tumbas gloriosas, son los que mejor preparan el porvenir”.

En el mes de la creación de nuestra Bandera por el General Manuel José Joaquín del Corazón de Jesús Belgrano, honremos su memoria estrechando filas para superar la grieta que nos divide, poniendo las cosas en su lugar, y avanzar hacia un futuro de PAZ y PROGRESO por una Argentina en UNIÓN y LIBERTAD, con la ayuda de Dios fuente de toda Razón y Justicia. Córdoba, 20 de febrero 2018. Com.(R) Ing.Esteban Cavallero

 

Referencias:

(*)  “La cuestión que debe dilucidarse es si la primacía del Derecho Internacional comprende a la propia Constitución Nacional. Si la respuesta fuera afirmativa, el Derecho Internacional prevalecería sobre el Derecho Interno del país, consagrándose así el monismo en su concepción más extrema. Esta postura resulta totalmente inaceptable en el sistema constitucional argentino.” (sic) Carlos S.Fayt

(**)

Buenos Aires, 22 de enero de 1974

Señores Jefes, Oficiales, Suboficiales y soldados
De la Guarnición Azul
S…./….D

Como comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas y soldado experimentado luego de más de sesenta años de vida en la Institución, quiero llegar directamente a ustedes para expresarles mis felicitaciones por el heroico y leal comportamiento con que han afrontado el traicionero ataque de la noche del sábado 19 de enero de 1974……
https://lahistoriaargentinacompleta.blogspot.com.ar/2007/12/ataque-e-intento-de-copamiento-de-la.html

(***) Batalla de Salta I (Bicententario)

 


PrisioneroEnArgentina.com

Febrero 27, 2018