Iniciativa contra el maltrato y la crueldad animal en Argentina

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El diputado argentino del partido Propuesta Republicana, Damián Arabia, presentó un proyecto de ley que propone penalizar los casos de abandono animal y agravar las condenas cuando se compruebe maltrato y crueldad, informan medios locales. El proyecto de ley surgió después de que la semana pasada se hiciera viral en redes sociales un video en el que se ve al conductor de un autobús atropellar intencionalmente a un perro callejero en la ciudad de Lanús, ubicada en el área metropolitana de Buenos Aires. Las imágenes indignaron a varios políticos del país, incluido el presidente Javier Milei.

“Amo profundamente a los animales”, declaró Arabia. El diputado aseguró que desde hace un tiempo se encontraba preparando un proyecto para reformular las normativas sobre el maltrato animal, sin embargo, al ver el video de Lanús, decidió “redactar la iniciativa en una semana para no demorarlo más”.

Los usuarios de redes sociales bautizaron la iniciativa con el nombre de “ley Conan”, haciendo referencia al perro de Milei de raza mastín inglés, que murió en 2017. El mandatario argentino actualmente tiene cuatro perros de la misma raza, que son producto de la clonación de Conan.

El documento del proyecto, que modificaría la ley 14.346 aprobada hace 70 años, aboga por “el aumento de las sanciones mínimas y máximas estipuladas para los actos de maltrato y crueldad animal, proponiendo la inclusión de una multa”.  La nueva ley impondría prisión de tres meses a tres años y el pago de una multa de cinco a 20 veces el valor del salario mínimo a quien incurra en conductas de maltrato a los animales. Entre los delitos mencionados está no proporcionar alimento suficiente ni atención médica veterinaria adecuada, limitar su movilizad, imponerles jornadas de esfuerzo excesivas o tareas inapropiadas, dejar al animal en situación de abandono, estimularlos con drogas y la manipulación genética para aumentar su peligrosidad.  

Arabia

Asimismo, las penas por actos de crueldad animal serían de seis meses a cinco años y una multa de 10 a 30 veces el salario mínimo. Las conductas por crueldad incluyen la práctica de vivisección, mutilación, intervención quirúrgica sin fines terapéuticos, utilizar a los animales en experimentos, causar la muerte de un animal, lastimarlos intencionalmente y realizar actos públicos de peleas de animales. Para quienes causen “una debilitación permanente en la salud de un animal, dificultad física o deformación en su cuerpo”, así como el abuso sexual “mediante acceso carnal o empalamiento”, la ley dispone una pena de uno a cinco años de prisión y una multa de 50 a 100 veces el salario mínimo. 

La ley también establece una reprimenda con prisión de dos a seis años y una multa de 100 a 200 salarios mínimos a quien cause la muerte de un animal, “infligiendo malos tratos, haciéndolos víctimas de actos de crueldad o por el solo hecho de perversidad”.

Maltrato animal

No alimentar en cantidad y calidad suficiente,

Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas,

Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas,

No proporcionar la atención médica y/o veterinaria adecuada cuando estén bajo su responsabilidad, incluso si presentan signos evidentes que indiquen la necesidad de dicha atención,

Limitar de manera constante su movilidad en áreas por cuyas dimensiones y exposición a condiciones extremas de temperatura, ya sea frío o calor intenso, representen un peligro para su salud

Imponerles jornadas de esfuerzo excesivas o tareas inapropiadas de acuerdo a su especie y aptitud física o emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado,

Dejar a un animal que esté bajo su responsabilidad en una situación de abandono, exponiéndole a condiciones de desamparo, falta de higiene, carencia alimentaria o evidentes problemas de salud,

Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos o suministrarles drogas no autorizadas por la autoridad sanitaria,

Criar, hibridar o realizar cualquier manipulación genética de animales con el propósito de aumentar su peligrosidad.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Enero 21, 2024


 

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