El ex piloto de la Armada Argentina, Julio Poch, pese a pertenecer a la categoría de “genocida bajo sospecha” para el Estado argentino (el infortunado perteneció a las FF.AA. en los años ’70) fue el único acusado entre 54 en ser absuelto por el voto unánime del Tribunal Oral Federal de la causa ESMA III. Esta feliz circunstancia, para él y para los justos, no está de manera alguna ligada a la brillante defensa que hiciera su letrado, el Dr. Gerardo Ibáñez, ni tampoco a la inconsistente acusación (en pruebas y en argumentación) del fiscal Taiano y del juez Sergio Torres. Lo que en verdad operó decisivamente para que Poch fuera absuelto fue la ciudadanía holandesa que éste obtuvo luego de retirarse de la Armada y radicarse con su familia en ese país. Allí, lejos de su país natal, se desempeñó como piloto de aerolínea y encontró un lugar en el mundo hasta ese día infausto en que su suerte cambió radicalmente. El 22 de septiembre de 2009, en Valencia, por pedido del juez Sergio Torres, Julio Poch, fue detenido y extraditado. En mayo de 2010, el mismo juez dispuso procesarlo con prisión preventiva imputándole el delito de “privación ilegítima de la libertad”. Para este trámite el magistrado invocó y dio por cierta la declaración de Tim Eisso Weert, compañero de trabajo de Poch, según la cual en una cena en Bali escuchó de boca de Poch admitir la participación en los vuelos en los que los marinos arrojaban a los terroristas al mar. Poch niega haber dicho tal cosa y los demás presentes contradicen a Weert. Pues bien, para el Estado argentino la sola declaración del señor Weert constituyó motivo suficiente para encerrar ocho años con prisión preventiva al ex militar Julio Poch. Hay que aclarar que el caso de Poch no es la excepción sino la regla en los casos de lesa humanidad. Ello así porque en dichos juicios el solo testimonio de un ex terrorista basta y sobra para enviar a perpetua a cualquier uniformado; héroes de guerra, incluidos.
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Dr. Gerardo Ibáñez
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Julio Poch
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Juez Sergio Torres
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Así las cosas, la denuncia del holandés Weert se presentó como una oportunidad de oro para pavonearse en Europa como campeón de la justicia. Que en la instrucción del juez Torres como en el auto de elevación a juicio del fiscal Taiano las pruebas y los indicios contra Poch brillen por su ausencia es un detalle que a nadie le importa y menos a la prensa. Lo que importa es el titular: “Apresaron a un genocida”. El fiscal Taiano, lejos de aportar el menor y andrajoso indicio que avale la acusación contra Poch, divide su escrito en dos partes iguales: en la primera hace una larga descripción técnica de los aviones con que contaba la Armada Argentina en los años ‘70; en la segunda transcribe las declaraciones que Tim Eisso Weert y otros holandeses hicieron en Holanda. Ahora bien, lo que debe probarse en el juicio es si Julio Poch participó en los vuelos en cuestión y no que le haya dicho a un tercero que participó en ellos. Tampoco se entiende cómo la enumeración y descripción del parque de aviación de la Armada pueda vincular a Poch con el hecho. Pues bien, esto que en la Argentina es perfectamente normal, aparentemente, no lo es en Holanda. El caso Poch tiene en ese país una repercusión significativa, tanto en los medios de comunicación como en la política, debido a que Poch, como la reina, es holandés y argentino. El Estado holandés, aparentemente y en complicidad con el argentino, en el convencimiento de la culpabilidad de Poch y para ahorrarse un conflicto que podría afectar a la reina, pasó información para que lo detuvieran en España (Holanda no tiene tratado de extradición con la Argentina). Pero he aquí que a poco de iniciarse el proceso los holandeses advirtieron que algo olía mal en la causa ESMA III. Ello llevó a que pusieran más atención en ese compatriota que era juzgado. La embajada de Holanda en la Argentina y la prensa de ese país se hicieron presentes en el juicio. No tardaron en llegar los reproches de los organismos de los derechos humanos que entendían que los ojos extranjeros no dejarían pasar, sin hacer la respectiva denuncia internacional, una condena sin ningún fundamento probatorio. El Tribunal también lo entendió así y eligió no exponerse a la crítica internacional. Es que, en la Argentina, una cosa es darle perpetua a un policía o un militar argentino y otra muy distinta a un ciudadano holandés. Nuestros jueces son locos pero no comen vidrio.
Tipos raros estos holandeses: considerar a los militares argentinos sujetos de derechos humanos. En fin…
Por Mauricio Ortín.
El ex piloto de la Armada Argentina, Julio Poch, pese a pertenecer a la categoría de “genocida bajo sospecha” para el Estado argentino (el infortunado perteneció a las FF.AA. en los años ’70) fue el único acusado entre 54 en ser absuelto por el voto unánime del Tribunal Oral Federal de la causa ESMA III. Esta feliz circunstancia, para él y para los justos, no está de manera alguna ligada a la brillante defensa que hiciera su letrado, el Dr. Gerardo Ibáñez, ni tampoco a la inconsistente acusación (en pruebas y en argumentación) del fiscal Taiano y del juez Sergio Torres. Lo que en verdad operó decisivamente para que Poch fuera absuelto fue la ciudadanía holandesa que éste obtuvo luego de retirarse de la Armada y radicarse con su familia en ese país. Allí, lejos de su país natal, se desempeñó como piloto de aerolínea y encontró un lugar en el mundo hasta ese día infausto en que su suerte cambió radicalmente. El 22 de septiembre de 2009, en Valencia, por pedido del juez Sergio Torres, Julio Poch, fue detenido y extraditado. En mayo de 2010, el mismo juez dispuso procesarlo con prisión preventiva imputándole el delito de “privación ilegítima de la libertad”. Para este trámite el magistrado invocó y dio por cierta la declaración de Tim Eisso Weert, compañero de trabajo de Poch, según la cual en una cena en Bali escuchó de boca de Poch admitir la participación en los vuelos en los que los marinos arrojaban a los terroristas al mar. Poch niega haber dicho tal cosa y los demás presentes contradicen a Weert. Pues bien, para el Estado argentino la sola declaración del señor Weert constituyó motivo suficiente para encerrar ocho años con prisión preventiva al ex militar Julio Poch. Hay que aclarar que el caso de Poch no es la excepción sino la regla en los casos de lesa humanidad. Ello así porque en dichos juicios el solo testimonio de un ex terrorista basta y sobra para enviar a perpetua a cualquier uniformado; héroes de guerra, incluidos.
[ezcol_1third]Dr. Gerardo Ibáñez
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Tipos raros estos holandeses: considerar a los militares argentinos sujetos de derechos humanos. En fin…
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 12, 2017
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