Los recientes fallos de la Corte Suprema, ratificando que el beneficio del 2 x 1 no es aplicable para delitos de lesa humanidad https://www.cij.gov.ar/nota-35711-La-Corte-Suprema-ratific–que-el-beneficio-del-2-x-1-no-es-aplicable-para-delitos-de-lesa-humanidad.html demuestran que los jueces de la CSJN son ante todo militantes que negocian sus decisiones y reaccionan según la temperatura política, dictando resoluciones alejadas de la racionalidad jurídica para satisfacer sectores particulares y así asegurarse la continuidad en sus cargos (con los beneficios financieros correspondientes). Es de destacar el voto en disidencia del Dr. Carlos Rosenkrantz que” mantiene sus criterios precedentes admitiendo los recursos presentados y revocando las decisiones recurridas con el alcance allí indicados”
El tiempo de vida de una jurisprudencia en Argentina (en particular sobre las causas lesa humanidad) está limitada a la presión de asociaciones de derechos humanos, partidos políticos, medios y a los intereses de los magistrados de la CSJN que evalúan el coste-beneficio, de una eventual rectificación en sus dichos precedentes. El cambio radical de una decisión emanada de la Corte se puede realizar sin límites, poco importa el derecho, la justicia, la legalidad sobre el fondo del nuevo fallo y aún menos la víctima de esa resolución.
Como creer en la justicia y en la legitimidad de los jueces, si la misma CSJN utilizando el “principio ilegal de excepcionalidad, contexto, gravedad del delito” como aparente calificación jurídica y factores extrajudiciales, por decisión política y no jurídica priva impunemente de derechos fundamentales a personas privadas de libertad, ilegalmente acusadas de lesa humanidad, a quienes además se les violan los principios de legalidad, constitucionalidad y convencionalidad.
En las causas ilegales de lesa humanidad, los ilegítimos jueces de la CSJN (y del fuero federal) no son más los garantes de administrar justicia o aplicar el derecho, sino actúan como militantes que constituyen un tribunal revolucionario, representan la justicia de venganza, legalizan las reivindicaciones de la lucha armada de los grupos terroristas de los 70, aplican el terrorismo judicial. Los ministros de la corte no pueden ignorar que las organizaciones armadas ilegales no luchaban por los derechos humanos, el Estado de derecho, la justicia o la democracia.
Estos fallos inoperantes de la CSJN discriminan, crean una particularidad de ciudadanos a quienes se les puede violar los derechos humanos en toda supuesta legalidad. Cada uno de los ilegítimos jueces de la CSJN (y justicia federal) que deciden según interese políticos y no jurídicos, tendrán que dar explicaciones ante la justicia imparcial, objetiva, o ante la justicia del pueblo. Sus fallos son las pruebas de sus delitos imprescriptibles. Todo es cuestión de tiempo. Paris, 26septiembre2019. CasppaFrance.
.
Los recientes fallos de la Corte Suprema, ratificando que el beneficio del 2 x 1 no es aplicable para delitos de lesa humanidad https://www.cij.gov.ar/nota-35711-La-Corte-Suprema-ratific–que-el-beneficio-del-2-x-1-no-es-aplicable-para-delitos-de-lesa-humanidad.html demuestran que los jueces de la CSJN son ante todo militantes que negocian sus decisiones y reaccionan según la temperatura política, dictando resoluciones alejadas de la racionalidad jurídica para satisfacer sectores particulares y así asegurarse la continuidad en sus cargos (con los beneficios financieros correspondientes). Es de destacar el voto en disidencia del Dr. Carlos Rosenkrantz que” mantiene sus criterios precedentes admitiendo los recursos presentados y revocando las decisiones recurridas con el alcance allí indicados”
El tiempo de vida de una jurisprudencia en Argentina (en particular sobre las causas lesa humanidad) está limitada a la presión de asociaciones de derechos humanos, partidos políticos, medios y a los intereses de los magistrados de la CSJN que evalúan el coste-beneficio, de una eventual rectificación en sus dichos precedentes. El cambio radical de una decisión emanada de la Corte se puede realizar sin límites, poco importa el derecho, la justicia, la legalidad sobre el fondo del nuevo fallo y aún menos la víctima de esa resolución.
Como creer en la justicia y en la legitimidad de los jueces, si la misma CSJN utilizando el “principio ilegal de excepcionalidad, contexto, gravedad del delito” como aparente calificación jurídica y factores extrajudiciales, por decisión política y no jurídica priva impunemente de derechos fundamentales a personas privadas de libertad, ilegalmente acusadas de lesa humanidad, a quienes además se les violan los principios de legalidad, constitucionalidad y convencionalidad.
En las causas ilegales de lesa humanidad, los ilegítimos jueces de la CSJN (y del fuero federal) no son más los garantes de administrar justicia o aplicar el derecho, sino actúan como militantes que constituyen un tribunal revolucionario, representan la justicia de venganza, legalizan las reivindicaciones de la lucha armada de los grupos terroristas de los 70, aplican el terrorismo judicial. Los ministros de la corte no pueden ignorar que las organizaciones armadas ilegales no luchaban por los derechos humanos, el Estado de derecho, la justicia o la democracia.
Estos fallos inoperantes de la CSJN discriminan, crean una particularidad de ciudadanos a quienes se les puede violar los derechos humanos en toda supuesta legalidad. Cada uno de los ilegítimos jueces de la CSJN (y justicia federal) que deciden según interese políticos y no jurídicos, tendrán que dar explicaciones ante la justicia imparcial, objetiva, o ante la justicia del pueblo. Sus fallos son las pruebas de sus delitos imprescriptibles. Todo es cuestión de tiempo. Paris, 26septiembre2019. CasppaFrance.
PrisioneroEnArgentina.com
Septiembre 26, 2019
Related Posts
Horacio Rosatti reelegido presidente de la Corte Suprema de Argentina por otros tres años
◘ La Corte Suprema de Justicia de Argentina (CSJN) [...]
POST DATA DE… VIEJOS FANTASMAS
○ Por Enrique Guillermo Avogadro. A partir de [...]
LESA: LA INDOLENCIA DE LA MUERTE
○ Por Dr. Gonzalo P. Miño. Esta semana, [...]