LA FALAZ IGUALDAD ANTE LA LEY EN ARGENTINA

DETENCIONES DOMICILIARIAS
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  Por Dr. GONZALO PABLO MIÑO

Mientras en la Unidad Penitenciaria de Campo de Mayo siguen apareciendo casos de COVID-19, antes de ayer -4/9/2020- se detectó un nuevo caso, los jueces siguen rechazando los pedidos de detención domiciliaria de los allí alojados, personas mayores de setenta años y con serios problemas de salud; siendo que en el mejor de los casos aun siguen analizando y meditando si la conceden. Solo una ínfima minoría las ha concedido y son contadas con los dedos de una mano.

Recordemos que en la Unidad 34 de Campo de Mayo ya hubo dos pabellones contagiados (el A y el B) con 40 contagiados y cuatro muertos, mientras que en la Unidad de Detención 31 de Ezeiza hubo 11 contagiados.

Al mismo tiempo, el Ministerio Publico Fiscal y la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación siguen pidiendo por la detención domiciliaria de los denominados “presos K”. Ya se  la concedieron a D’elia, Boudou, Nuñez Carmona, Arce y Lazaro Báez. Sin sonrojarse y sin que se les mueva un musculo de la cara, afirman sin tapujos que son personas vulnerables y de alto riesgo por lo que deben transitar la detención en sus domicilios, siendo que al mismo tiempo afirman exactamente lo contrario con respecto a los detenidos mal llamados de lesa humanidad.

Más aun, los diligentes militantes fiscales K desisten de los recursos presentados ante la Alzada en esos casos, mientras que en los contados casos en que fueron otorgadas a los de “lesa” las recurren ante el infinito y mas alla si es necesario, con el silencio cómplice de la Judicatura.

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D’elia
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Nuñez Carmona
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Boudou
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Báez
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Parecería que estamos en presencia de un virus inteligente que solo pone en riesgo a los presos K, que huele los perfumes importados y reconoce el olor a piso alto de Puerto Madero o mansión de Nordelta para atacar con extrema virulencia y con un Servicio Penitenciario discriminador, ya que no puede atender sus padecimientos de salud mientras que si puede para los “viejos genocidas”.

La igualdad ante la ley, consagrada en el articulo 16 de la Constitución Nacional, bien gracias, siga participando……se trata de igualdad no de igualitarismo…. como dice María Elena Walsh en el Reino del Revés: Que un ladrón es vigilante y otro es juez y que dos y dos son tres”.

 

GONZALO PABLO MIÑO

Abogado (recibido UNR). Mediador (Colegio de Abogados de Rosario)

Vocal titular del Directorio del Colegio de Abogados de Rosario. Año 2007-2009.

Docente Adscripto a la Cátedra de “Derecho Procesal Penal”, Facultad de Derecho, Universidad Nacional de Rosario. Año 1997-2016

Docente de la materia “Derecho Procesal Penal”, Centro de Instrucción en Destino, Unidad Regional II. Policía de la Provincia de Santa Fe. Año 1999.

Docente de las materias “Derecho Procesal Penal” y “Derecho Penal II”, Facultad de Derecho, Universidad Abierta Interamericana. Rosario. Año 2001-2002.

 


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Setiembre

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