Continuando con las solicitudes de información previstas por la Ley N°. 27.275, derecho al acceso a la información pública, en esta nota damos cuenta y acompañamos la presentación efectuada ante el Ministerio de Justicia, a fin de recabar informes relacionados a la tramitación en sede interna del Caso N°. 15.346, en trámite sobre el tratamiento del fondo, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Comisión IDH), con motivo del excesivo incumplimiento en los plazos para la contestación del traslado (que resultó extemporáneo), por lo cual se perjudico al Estado y al peticionario, y también por las eventuales acciones administrativas llevadas a cabo a fin de establecer responsabilidades por el retardo en la tramitación.
La presentación fue realizada ante el Ministerio de Justicia vía correo electrónico el día 30/ene/2026; recibió el N°. de trámite EX-2026-10957436- -APN-DGDYD#MJ
El 25/feb/2026, por nota NO-2026-19538941-APN-DGDYD#MJ, el Ministerio de Justicia dio respuesta a nuestra solicitud adjuntando el Dictamen Jurídico: IF-2026-19020118-APN-DNAJMDH#MJ, fechado el 24/feb/2026.
De las partes pertinentes del mismo surge textualmente: A todo evento, se indica que no se detectaron en la órbita de esta cartera expedientes administrativos en trámite o finalizados que pudieran estar vinculados a la causa invocada en la solicitud. Firmado: Alfredo Mauricio Vitolo. Director Nacional. Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos en Materia de Derechos Humanos Ministerio de Justicia.
Es evidente que los incumplimientos en la tramitación no han sido investigados, y por ello no se encuentran establecidas las responsabilidades de los funcionarios actuantes, en la emisión por demás extemporánea de lo solicitado por la Comisión IDH, que actualmente sigue tramitando el informe sobre el fondo del caso N°. 15.346.
SI BIEN LA SOLICITUD FUE RESPONDIDA CONFORME LO UT SUPRA EXPRESADO, EL CITADO MINISTERIO RECONOCE QUE NO HA ACTUADO CONFORME A DERECHO, INVESTIGANDO ADMINISTRATIVAMENTE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS ACTUANTES, Y EN SU CASO, LA POSIBLE COMISIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO. POR LO CUAL AMPLIAREMOS LA SOLICITUD AL MINISTERIO REQUIRIENDO INFORMACIÓN SOBRE LOS MOTIVOS DE LA OMISIÓN EN LA ACTUACIÓN.
Se adjunta los siguientes instrumentos:
Archivo: P – solicita info MdeJ 30 ene 26, correspondiente a nuestra solicitud de información pública.
Archivo: P- IF-2026-19020118-APN-DNAJMDH MJ, Correspondiente al informe suscrito el 24/feb/2026, por el Director Nacional. Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos en Materia de Derechos Humanos Ministerio de Justicia. Dr. Alfredo Mauricio Vitolo.
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Continuando con las solicitudes de información previstas por la Ley N°. 27.275, derecho al acceso a la información pública, en esta nota damos cuenta y acompañamos la presentación efectuada ante el Ministerio de Justicia, a fin de recabar informes relacionados a la tramitación en sede interna del Caso N°. 15.346, en trámite sobre el tratamiento del fondo, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Comisión IDH), con motivo del excesivo incumplimiento en los plazos para la contestación del traslado (que resultó extemporáneo), por lo cual se perjudico al Estado y al peticionario, y también por las eventuales acciones administrativas llevadas a cabo a fin de establecer responsabilidades por el retardo en la tramitación.
La presentación fue realizada ante el Ministerio de Justicia vía correo electrónico el día 30/ene/2026; recibió el N°. de trámite EX-2026-10957436- -APN-DGDYD#MJ
El 25/feb/2026, por nota NO-2026-19538941-APN-DGDYD#MJ, el Ministerio de Justicia dio respuesta a nuestra solicitud adjuntando el Dictamen Jurídico: IF-2026-19020118-APN-DNAJMDH#MJ, fechado el 24/feb/2026.
De las partes pertinentes del mismo surge textualmente: A todo evento, se indica que no se detectaron en la órbita de esta cartera expedientes administrativos en trámite o finalizados que pudieran estar vinculados a la causa invocada en la solicitud. Firmado: Alfredo Mauricio Vitolo. Director Nacional. Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos en Materia de Derechos Humanos Ministerio de Justicia.
SI BIEN LA SOLICITUD FUE RESPONDIDA CONFORME LO UT SUPRA EXPRESADO, EL CITADO MINISTERIO RECONOCE QUE NO HA ACTUADO CONFORME A DERECHO, INVESTIGANDO ADMINISTRATIVAMENTE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS ACTUANTES, Y EN SU CASO, LA POSIBLE COMISIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO. POR LO CUAL AMPLIAREMOS LA SOLICITUD AL MINISTERIO REQUIRIENDO INFORMACIÓN SOBRE LOS MOTIVOS DE LA OMISIÓN EN LA ACTUACIÓN.
Se adjunta los siguientes instrumentos:
Buenos Aires, de de 2026.
jomargaroli@yahoo.com.ar
smaculan@yahoo.com.ar
PrisioneroEnArgentina.com
Febrero 28, 2026