La falacia del genocidio

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            Desde organizaciones que han usurpado la presunta defensa de los derechos humanos en beneficio propio, personas adherentes y medios periodísticos afines, violando el principio de igualdad ante la ley, se usa a mansalva el termino «genocidio» y por añadidura se vincula con él a cualquiera que haga referencia a los procesos judiciales denominados por crímenes de lesa humanidad.

          ¿Qué es realmente genocidio? El término fue establecido como figura penal por la Convención para la prevención y sanción del delito de genocidio, por la Organización de la Naciones Unidad (ONU) en su 179° Sesión plenaria, el 09/dic/1948. La Argentina adhirió por Decreto Ley N°. 6286/56 (BO. 25/abr/1956)

En la cual se establece como sujeto pasivo a víctimas del mismo según el artículo II:

se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.

          Para su aplicación en los Estados su artículo V, instituye:

Las Partes contratantes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus Constituciones respectivas, las medidas legislativas necesarias para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención y especialmente a establecer sanciones penales eficaces para castigar a las personas culpables de genocidio o de cualquier otro de los actos enumerados en el artículo III.

          A la fecha la Argentina no ha incluido en su Código Penal dicho tipo de delito, por lo cual el mismo es inexistente como tal, y obviamente no puede existir un autor del mismo.

https://www.pagina12.com.ar/755545-las-otras-visitas-oficiales-a-los-genocidas

          Además de la evidente prueba que da la lectura de nuestro Código Penal, esto fue ratificado con la presentación del proyecto de ley: Expte. 8354-D-2012 – trámite parlamentario N°: 176 (29/nov/2012) Modificación del Código Penal – Incorpora delito de genocidio. Presentado por el diputado Oscar Edmundo Nicolas Albrieu, Frente para la victoria – PJ) (Rio Negro), en el cual se establece:

Artículo 1-. Incorpórese como artículo 79 bis al Código Penal, el siguiente artículo: Artículo 79 bis. Se aplicará prisión perpetua al que, con la finalidad de destruir total o parcialmente a un grupo en razón de su nacionalidad, etnia, raza, religión o pertenencia política.

          Claramente resulta modificatorio del texto de la citada Convención. Necesariamente, si se propone la inclusión del tipo penal, es por que no existía. Por la fecha de presentación del proyecto la presidencia de la Nación estaba a cargo de Cristina Elisabet Fernández de Kirchner, cuyo gobierno contaba con mayorías legislativas en ambas Cámaras. El proyecto no prosperó, por lo cual el pretendido delito continúa siendo inexistente.

          Además de su inexistencia, la aplicación resultaría contrario a lo establecido en el tipo penal internacional, ya que en la Argentina no se pretendió durante la dictadura militar la destrucción de ningún grupo nacional, étnico, racial o religioso.

          Esta falta de tipicidad fue establecida por el voto mayoritario de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal de la Capital Federal, del 11/jul/2022, en los autos “VAÑEK, Antonio y otros s/ recurso de casación”.

          Quienes se esfuerzan en sostener el término genocidio, aplican el mismo para afectar a cualquiera que tenga, según ellos, relación con los juicios denominados de lesa humanidad o vinculación con uniformados. Se trata de una falacia ad hominem, ya que como no pueden motivar ni fundamentar el uso del término se pretende, y lamentablemente en muchos casos se logra, descalificar a las personas.

          Si bien en el siglo pasado ocurrieron terribles masacres de personas a nivel internacional, no era de aplicación el término ya que, como dijimos, recién aparece como delito internacional en 1948.

          Es indudable la aniquilación de judíos en la Alemania nazi, no obstante, el Estatuto del tribunal militar internacional de Núremberg, adoptado el 06/oct/1945, en su artículo 6 sobre competencias no establece al genocidio como tipo penal de juzgamiento.

          Desde los mencionados sectores que intenta aplicar el término, se pretende sustentarlo en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que entró en vigor el 01/jul/2002 y que la Argentina adoptó poco tiempo después. En el cual el delito esta tipificado, en su artículo 6, en forma igual a la de la Convención de 1948. La Corte Penal Internacional es la que tiene exclusiva competencia para el juzgamiento de los delitos de su normativa, esto en su sede de La Haya o en donde oportunamente se instale para algún caso particular. Obviamente, la Argentina no tiene jurisdicción para llevar a cabo estos procesos.

          El citado Estatuto, es un cuerpo jurídico, que debe ser aplicado, en forma completa, es decir, no puede deconstruirse y reconstruirse a conveniencia de algún grupo interesado. Por lo tanto, además de su tribunal, debe considerarse que establece la irretroactividad de la ley penal de sus artículos 11 – Competencia temporal; 22 – Nullum crimen sine lege; 23 – Nulla poena sine lege; 24 – Irretroactividad ratione personae; como así también que la responsabilidad solo es individual como lo establece el artículo 25.

          El principio de irretroactividad de la ley penal esta también establecido por el artículo 18 de nuestra Constitución, así como por la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), todas ellas con jerarquía constitucional.

          Como dijimos al comienzo el termino es utilizado desde el periodismo, a modo de ejemplo:

          Página 12 [28/jul/2024]: por Luciana Bertoia.

https://www.pagina12.com.ar/755545-las-otras-visitas-oficiales-a-los-genocidas

Defensa mandó emisarios a la cárcel de Campo de Mayo. Las otras visitas oficiales a los genocidas. A través de un pedido de acceso a la información, Página/12 pudo confirmar que hubo, al menos, un cara a cara entre altos funcionarios de Luis Petri con represores en la Unidad 34. Los detenidos les entregaron un proyecto de decreto para hacer caer sus causas. Se suma al escándalo por la excursión de seis diputados de La Libertad Avanza para encontrarse con Alfredo Astiz en la cárcel de Ezeiza.

          Página 12 [19/jul/2024]: Por Luciana Bertoia y Martín Cafferata.

https://www.pagina12.com.ar/752881-diputados-libertarios-fueron-a-visitar-a-alfredo-astiz-y-otr

Seis legisladores de La Libertad Avanza se reunieron con los represores presos en Ezeiza. La impunidad avanza: una visita de diputados a Alfredo Astiz y una reivindicación de los indultos a los genocidas.

Varios de ellos tienen vínculo directo con la vicepresidenta, que milita por la causa castrense desde hace más de 20 años y solía visitar a los genocidas en prisión. Arrieta, hija de un militar denunciado por torturas en la guerra de Malvinas, solía hacer campaña con Villarruel. Araujo fue una de las invitadas al acto que se organizó el año pasado en la Legislatura porteña, que se llenó de abogados defensores de los genocidas…

          Al respecto y además del uso insidioso del término «genocidio/genocida», hay que considerar que la Argentina no solo suscribió, sino que también le otorgó jerarquía constitucional a la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Que nuestra Constitución Nacional, en su artículo 18 in fine establece: Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice. Que la Opinión Consultiva 29/22 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) estableció «Enfoques diferenciados respecto de determinados grupos de personas privadas de la libertad». Respecto cuyos cumplimientos, los funcionarios estatales y legisladores, tienen obligación de velar por el estado de las personas sometidas a encarcelamientos; los procesados a los que se alude son personas mayores, por lo que obviamente pueden realizar las visitas que consideren necesarias o pertinentes, sin tener que dar explicaciones o solicitar permisos a organizaciones de la sociedad civil. Es más, los magistrados que llevan los procesos denominados de lesa humanidad, deberían concurrir habitualmente a los establecimientos carcelarios, y si no es posible cumplir con los requerimientos convencionales y constitucionales otorgar prisiones domiciliarias.

          En la mencionada nota del 19/jul/2024, se hace referencia a los abogados, lo cual, puede implicar una descalificación, violatoria de lo establecido por la ONU en los «Principios Básicos sobre la Función de los Abogados», celebrado en La Habana (Cuba), del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990, como Garantías para el ejercicio de la profesión, establecidas por los artículos, 16, 17 y 18. Esto claramente implica la necesidad de que ese Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, por tratarse de una noticia pública, tome la intervención institucional que dichos principios establecen para las agremiaciones de profesionales del derecho además de lo establecido en la ley N°. 23.187 de colegiación. 

          En la publicación también se afecta a una persona, por el presunto accionar de su padre, lo cual implica claramente, desconocer el principio de responsabilidad penal individual.

          Hay un hecho más grave aún: El 06/dic/2023, ingreso a la Cámara de Diputados el proyecto de ley 4799-D-2023, relativo a juicio en ausencia, a incorporar como artículo 69 bis Código Procesal Penal de la Nación, para aplicar: «…en los procesos, aún en trámite, por delitos de Genocidio y Lesa Humanidad comprendidos en el Estatuto de Roma aprobado por ley 25.390, …».

No obstante reconocer el carácter aberrante de los delitos determinados en el proyecto, es preocupante que, se pretenda desde algunos sectores, aplicarla a procesos «aun en trámite» como el caso AMIA, lo cual resultaría violatorio del principio de irretroactividad de la ley penal que como ya expresáramos está establecido constitucional y convencionalmente.

Proyecto de ley: 3473-D-2019, presentado por el diputado Horacio Pietragalla Corti sobre: Modificaciones sobre sanciones a conductas negacionistas y/o apologistas de genocidio y crímenes de lesa humanidad.

Proyecto de ley: 4256-D-2023, presentado por la diputada Blanca Inés Osuna, que en su artículo 2 inc. j, dice: inhibirse de exteriorizar por cualquier medio de declaración pública tendiente a … relativizar delitos cometidos por hechos de genocidio.

          Es cierto y además defendemos la libertad de pensamiento y de opinión, pero estos derechos no pueden ejercerse sin responsabilidad. La CADH establece además de estas garantías, el derecho de rectificación y respuesta (artículo 14), el cual al no haber el Estado argentino implementado una norma que permita su aplicación, transforma al mismo en meramente declarativo y es obligación de los Estados miembros de la CADH, conforme el artículo 2 dictar las normas pertinentes para hacerlo operativo.

          Usando un término de un viejo político peronista, lo de «verdad y justicia» es pura chachara.

 

 

Josefina Margaroli

jomargaroli@yahoo.com.ar

  Sergio Luís Maculan

smaculan@yahoo.com.ar

 


PrisioneroEnArgentina.com

Julio 30, 2024


 

LA DOCTRINA DE LA MENTIRA, EL ODIO Y DE LA MANIPULACIÓN; EL “WOKISMO” ARGENTINO.

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Por Mario Sandoval[1]

El denominador en común que se formó en la opinión publica (la reina del mundo[2]) sobre la Sra. Luciana Bertoia, periodista de Pagina 12, y del Sr. Horacio Pietragalla Corti, ex parlamentario, funcionario nacional y provincial, es que dicen ser militantes de los DDHH pero defienden y promueven la violación de esos mismos derechos en aquellas personas que no piensan como ellos. El segundo aspecto hace al ADN; ellos son mentirosos, desinforman, engañan, llaman al odio, manipulan a la sociedad en el ejercicio de sus roles sociales respectivos. Estos calificativos son precisos, demostrables, objetivos, racionales e imparciales, se pueden verificar y constatar por todos los medios y métodos porque mis argumentos demuestran por parte de ellos, una clara y voluntaria intención de mantener firme una doctrina de la mentira, de la manipulación, del llamado a la violencia y al odio, estos indicadores constituyen una verdad irrefutable.

I°) La Sra. Luciana Bertoia afirmó en su artículo del 28mayo2024 de Pagina 12[3], por ejemplo:

Luciana Bertoia, periodista de Página 12

1- “La última jugada le corresponde a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, que le negó a la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (Conadi)[4] la posibilidad de acceder a legajos de efectivos de las fuerzas de seguridad federales para investigar el destino de los niños y las niñas robados durante el terrorismo de Estado… 

  • El desinformar o engañar está en el hecho de afirmar que hubo terrorismo de Estado cuando esa tipología de sistema político no existe en el derecho internacional, en las ciencias políticas, en los informes de la CIDH. La justicia española lo confirmó  en la negativa de extradición de Isabel Perón, y la ONU se expidió al respecto para confirmar su inexistencia.

2-Bullrich desconoce la capacidad de la Conadi de investigar y sostiene que solo pueden hacerlo los jueces o los fiscales…Lo que hace la Conadi es descartar casos de apropiación antes de hacer la presentación judicial.

3-Si el Gobierno cierra esta vía, no terminará protegiendo a quienes pretende preservar: por el contrario, los uniformados o los civiles del Ministerio de Seguridad acabarán con expedientes abiertos en los tribunales para determinar si se apropiaron de un bebé en los años del terrorismo de Estado.

  • La periodista de Pagina 12 hace una lectura falaz de la decisión del ministro de seguridad quien está obligada a garantizar y proteger los principios del Estado de Derecho, ya que efectivamente solo los jueces y fiscales pueden realizar las investigaciones judiciales. Negar un requerimiento de la Conadi no significa oponerse a una investigación como argumenta la Sra. Bertoia, sino que esa demande no es jurídicamente valida, y de autorizarla estaría violando los principios de las Obligaciones Positivas del Estado de los funcionarios bajo su responsabilidad. Lo que la Conadi aplica sin reserva es una presunción de culpabilidad de las personas comprendidas en los legajos personales solicitados. Todos son sospechosos hasta que la persona presumible culpable demuestre lo contrario; ese método se utiliza en las dictaduras, pero no en un Estado de Derecho. La Conadi no es una instancia judicial y la manera en que presenta la periodista los objetivos del requerimiento de ese organismo, se asocia más a una amenaza, a una extorsión, un chantaje, que, a valores de justicia, de garantizar los derechos fundamentales de todos por igual.

II°)-La Sra.  Bertoia compartiendo los dichos de personas consultadas agrega en su artículo que:

1- “La política de derechos humanos es una política de Estado en la Argentina y Patricia Bullrich, como funcionaria del Estado, debería respetarla”, sostiene Victoria Montenegro, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Legislatura porteña. Esa es su función. “El pronunciamiento del Ministerio de Seguridad es vergonzoso, como también lo es el accionar del Ministerio de Defensa en la reivindicación de la dictadura cívico-militar. Desde el primer día, parece que Bullrich la única seguridad que cuida como ministra es la de los genocidas”, señala Montenegro, que es una de las nietas encontradas por Abuelas de Plaza de Mayo”.

2-“Bullrich vuelve con la vieja diatriba de proteger los datos de los apropiadores. Se olvida del deber que tiene el Estado con aquellos que buscan a sus familiares o con quienes buscan conocer su identidad “, aporta Graciela Lois , de Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas”.

  • Las señoras Lois y Montenegro afirman inexactitudes, son posturas ideológicas sin fundamento alguno. No hubo genocidio, en consecuencia, no hay genocidas. No hubo apología de rupturas democráticas en la resolución del ministro de seguridad, es decir no existió reivindicación de una dictadura. No puede existir una política de Estado de derechos subjetivos, selectivos y reservada exclusivamente a los ex miembros de grupos terroristas de los 70, sus simpatizantes y defensores de ese accionar violento de la política. Las dos entrevistadas no se pueden proteger detrás de las funciones que ejercen para que impunemente calumnien, injurien o hacer un llamado al odio de sectores de la sociedad.

III°)- En otro registro similar al precedente, el supuesto defensor de derechos humanos únicamente de los integrantes o representantes de las organizaciones terroristas de los 70, el Sr. Horacio Petragalla Corti, acusó a la ministra Patricia Bullrich de “alinearse a las políticas negacionistas del gobierno de Javier Milei por su decisión de cerrar el acceso a la información para la búsqueda de niños apropiados durante la última dictadura[5].

1-Para el Sr. Horacio Pietragalla “este es un gobierno negacionista y Patricia Bullrich está mostrándose alineada”, agreganLuciana Bertoia, periodista de Página 12do que: “cada vez que hay un retroceso de estos, cuesta mucho después recuperar los tiempos” para hacer justicia. Por eso, añadió, “lo que está buscando” el Gobierno de Milei es la “impunidad biológica de los genocidas se van muriendo” sin pagar por sus crímenes.

  • Una vez mas se debe recordar con énfasis que el Negacionismo no es lo que el Sr. Pietragalla afirma: La palabra y el concepto de negacionismo fue creado por el historiador Henry Rousso en 1987 para designar la contestación de la realidad del genocidio contra los judíos por la Alemania nazi en la II GM o la minimización de los crímenes contra la humanidad condenados por el tribunal de Núremberg. Consiste a pretender que no hubo intención de exterminar los judíos, o que las cámaras de gas no existieron. La expresión negacionismo es precisa, definida, en espacio, y tiempo. En varios países europeos es un delito, en Argentina no. Utilizar la expresión negacionismo con fines únicamente ideológicos, políticos, es agraviar el pueblo judío y las otras víctimas del holocausto. Por extensión, se aplica en el genocidio armenio durante la I GM, el genocidio de Ruanda, les masacres practicados por los Khmer Rojos…
  • Al contrario, el negacionista que dice no serlo utiliza la retórica del espantapájaros, es decir impone una historia oficial que en realidad es una historia falsa.
  • El argumento de negacionismo de los Pietragalla’s es en la práctica la negación como mecanismo de defensa, rechazando aspectos de la realidad que se consideran desagradables, negando la existencia y responsabilidad de hechos. Es negar la verdadera historia de los 70 en Argentina. Es negar los actos terroristas, los crímenes y delitos de la lucha armada o de los que intentaron tomar por las armas el gobierno, que cometieron atentados, secuestraron, asesinaron…y hoy día se presentan como inocentes que solo querían un mundo mejor. En realidad, son verdaderos cobardes, falsos revolucionarios, puro oportunistas. No hacen honor a sus camaradas combatientes que armas en mano dieron sus vidas por una causa, una idea.
  • Es decir que con el método de acusar de negacionista al adversario de ayer y de hoy, utiliza un revisionismo[6] político de la historia: porque busca imponer una verdad política-ideológica, prohíbe la confrontación democrática, histórica, jurídica de hechos existentes, politiza la historia y la duda razonable, fomenta el odio, la injusticia, la mentira. Crea un enemigo, busca controlar el pasado para controlar el presente y el futuro donde la moral remplace la historia y la justicia. Ese proyecto viola principios constitucionales, convencionales, el principio de libertad de expresión, de opinión, de pensar libremente sus ideas, censura toda actividad de investigación e interpretación histórica.
  • En cuanto a la atrocidad que manifiesta el Sr. Pietragalla de una supuesta “impunidad biológica de los genocidas…”, es no solo violar los principios de la dignidad humana (art. 10 PIDCyP), sino también desconocer la Convención
    https://www.pagina12.com.ar/740038-bullrich-busca-entorpecer-la-busqueda-de-los-ninos-robados-dhttps://www.pagina12.com.ar/740038-bullrich-busca-entorpecer-la-busqueda-de-los-ninos-robados-d

    Interamericana de DDHH de los adultos mayores, el articulo 75, inc. 23 de la CN, la presunción de inocencia (art. 14.2 PIDCyP). La vejez y la muerte, no significan protegerse detrás de ellas para evitar una condena penal sobretodo cuando la acusación es arbitraria y política. La afirmación del Sr. Pietragalla se debe asociar con los autores de actos terroristas que dejaron muertos y victimas inocentes, quienes no fueron juzgados y sus crímenes quedaron impunes por la protección de la justicia y de los gobiernos sucesivos que compartían esa forma de violencia política.

IV°)- La Sra. Bertoia y el Sr. Pietragalla, para intentar llegar a sus fines utilizan los principios de la estrategia Woke, la de un socialismo globalista, es decir lo políticamente correcto representado por pretendidos militantes convencidos de tener el monopolio de la verdad, la justicia y del bien. El poder de la ideología Woke proviene de una manipulación orwelliana del lenguaje: sus teóricos y militantes se inventan una neolengua de la diversidad que funciona a modo de trampa ideológica. La estrategia de la cultura Woke es transparente, e incluso en algunos casos presume de ella: consiste en apropiarse de una palabra que sea objeto de reprobación universal y asignarle una nueva definición, de la cual afirmarán que cuenta con respaldo científico porque la habrán legitimado los militantes disfrazados de expertos…

Finalmente,

Lo expresado por la Sra. Luciana Bertoia, el Sr. Horacio Pietragalla Corti, la Sra. Graciela Lois y la Sra. Victoria Montengro, son afirmaciones constitutivas de una doctrina de la mentira, de métodos woke, son ataques ad-hominem y ad-personam. Los calificativos utilizados por ellos en los respectivos artículos publicados por Pagina 12, son acusaciones que solo el odio puede transmitirlos. Se viola el principio de inocencia, se aplica la presunción de culpabilidad, son unas amenazas encubiertas. Una justicia verdadera no debería funcionar con ataques o sospechas proferidas por personas amargadas y odiosas. Seguir a estos acusadores equivaldría a integrar el universo sin fin en el cual : “El que dice una mentira no sabe que tarea ha asumido, porque estará obligado a inventar veinte mas para sostener la certeza de esta primera” (Alexander Pope1688-1744).

Prof. Mario Sandoval

Presidente Casppa-France.

 

[1]Mario Sandoval, francés, nació en Buenos Aires. Formación y actividades en ciencias políticas, filosofía, habiendo ocupado funciones en los sectores públicos y privados, la docencia superior y consultorías, a nivel nacional e internacional, en los campos de las relaciones internacionales, la geopolítica. Detenido arbitrariamente por la Argentina, actualmente privado de libertad en la prisión de alta seguridad de la U34 del SPF.

2-Pascal, Pensamientos, 311.

3– Página 12, 28 mayos2024: Bullrich busca entorpecer la búsqueda de los niños robados durante la dictadura

4 – Es inaceptable protejerse detras de una norma interna porque un ley puede ser legal pero arbitararia cuando es contraria a los principios del PIDCyP, como en estos casos.   -5-Pagina 12, 28mayo2024 : Pietragalla acusó a Bullrich de alinearse con las políticas negacionistas de Milei,

6_El revisionismo es una corriente ideológica que haciendo uso político de la historia, sin aceptar la actitud crítica y racional de esa disciplina, tiene como objetivo instalar una historia oficial, negando, minimizando o contestando, en el caso argentino, los atentados, secuestros, crímenes, delitos, cometidos por las organizaciones terroristas de los 70. El argumento de los revisionistas guardianes de un relato es en la práctica la negación como mecanismo de defensa, rechazando aspectos de la realidad que se consideran desagradables, no reconociendo la responsabilidad de hechos ni su existencia. Los medios de acción utilizados son, la propaganda, la manipulación, la desinformación, reemplazando a la Verdad, la Realidad con argumentos inexistentes o superficiales.


PrisioneroEnArgentina.com

Junio  3, 2024


 

PÁNICO POR LOS PAGOS INDEBIDOS EN LOS JUICIOS DE “LESA HUMANIDAD” (Con video de 1 minuto y medio)

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  Por David Sanchez.

La denuncia pública del Ministro Mariano Cuneo Libarona en el programa periodístico de Eduardo Feinmann sobre la investigación de irregularidades en los cobros de indemnizaciones por supuestas desapariciones y exilios de personas durante el gobierno militar, generó una ola de pánico y honda preocupación en los testigos rentados, fiscales federales, estudios jurídicos patrocinantes y gerenciadoras de los cobros indebidos y especialmente en los jueces que abalaron declaraciones a sola firma, sin investigar la veracidad de los hechos ilegales denunciados. ¿Impactará en los fiscales recolectores para armar juicios contra uniformados y civiles y pondrá en duda la continuidad de los  “juicios de lesa humanidad”?

Las reacciones fueron de todo tipo y color, pero lo que quedó expuesto por el ministro, fue que cobraron 7.996 personas por desapariciones y sepultó para siempre el relato de que “son 30.000”. Ese verso fanático y negacionista, ya no va más. Tendrán que inventar otra excusa geobeliana.

A tan solo 4 días de esta declaración pública, ya se empezaron a ver las consecuencias en los juicios en curso por los mal llamados juicios de lesa humanidad. Los testigos no concurrieron a declarar en los tribunales de Rosario, los fiscales de Mendoza desistieron de sus testigos, en los alegatos de Bahía Blanca desistieron de mantener la acusación en relación con algunas víctimas porque no lograron acreditar las imputaciones debido a que los testigos rentados no se presentaron ante el tribunal y en Comodoro Py, hay todo tipo de especulaciones. Incluso fuentes que desean mantener su anonimato, hasta hablaron de que algún Juez Federal muy activo en el procesamiento arbitrario de uniformados para llevarlos a juicio, buscaría refugio en algún país donde un pedido de extradición por parte de Argentina, no tuviese acogida.

Pero un capítulo especial merece lo que se dice en los corrillos de la Secretaría de Derechos Humanos ex ESMA. Los empleados que allí trabajan y como no podía ser de otra manera, conocen todos los chanchullos (1), irregularidades y delitos que se cometieron para pagar sumas millonarias. Hubo varios que renunciaron a su trabajo, especialmente en el área legal, donde hacían los dictámenes que avalaban los cobros ilegales. Varios abogados no concurrieron a su lugar de trabajo y presentaron las renuncias a sus cargos.

El tristemente famoso ex Secretario de Derechos Humanos de la Nación Horacio Pietragalla, hijo de los asesinos del Subteniente Massaferro en el ataque al Regimiento 29 de Formosa,  salió a defenderlos y concurrió a la ex ESMA para contenerlos y solidarizarse con los empleados. En realidad, fue para evitar que lo denuncien, porque el pago irregular de indemnizaciones es el curro de gran escala que avalaba con su firma. Pero además, hay delitos de todo tipo, transferencias a la Universidad de las Madres, giros de montos millonarios a consultoras, fundaciones y organizaciones amigas, gastos en combustibles imposibles de justificar, viajes y regalos a parientes y amigos. Como si esto fuera poco, pese a tener una División Legales, se contrataron abogados amigos, con jugosos sueldos para que representen a la Secretaría de Derechos Humanos, en debates orales donde hay Fiscales Federales designados para defender los derechos del Estado y en juicios con igual identidad, en un mismo Tribunal Oral y con igual objeto procesal. Una malversación de caudales públicos con apariencia humanitaria que como decía Viviana Canosa  “viven de la nuestra, de nuestra plata.”

 

FINAL ABIERTO

 

  1. Coloquial – Manejo ilícito para conseguir un fin, principalmente con fines de lucro.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Abril 28, 2024


 

Ecos de los setenta

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  Por Mauricio Ortín

La expresión “Secretaría de Estado de Derechos Humanos” es, técnicamente, un oxímoron. Una contradicción entre términos, análoga a “hierro de madera”, “silencio atronador”, “luminosa oscuridad” o “lobo cuidacorderos”. Ello porque un organismo preocupado por el respeto a los derechos humanos no debe depender del Poder Ejecutivo, que históricamente ha sido el principal violador de los derechos humanos. Tampoco debería estar dentro de la órbita del Poder Judicial o del Legislativo. Más bien, como la prensa independiente, debe actuar como contrapoder del Estado.

En Argentina, sin embargo, el presidente de la Nación no sólo designa al titular de la secretaría de Derechos Humanos, sino que, también, ordena la política de derechos humanos a aplicar. Lo que equivale a decir que es él quién decide a quiénes sí y a quiénes no se les violan o se les han violado los derechos humanos. También, claro, decide quiénes son los violadores; entre los cuales, difícilmente, se incluya.

Kirchner

Néstor Kirchner, apenas asumido como presidente, lo dejó muy claro: los únicos derechos humanos violados en los años 70 fueron los de los subversivos del ERP y Montoneros. Los horribles asesinatos de niños, sindicalistas, curas, políticos, empresarios, militares y policías, cometidos por las bandas terroristas, no deben considerarse bajo ningún aspecto violaciones de derechos humanos. Porque una cosa es matar en virtud de la revolución y otra en su contra.

El marxismo es claro en ese punto al establecer la superioridad de la moral revolucionaria por sobre la moral burguesa.

Ahora bien, hay que señalar la siguiente incongruencia: la Argentina no es Cuba. Aquí rige una constitución liberal y no un mamarracho legal que justifica una dictadura totalitaria con organismos estatales de persecución política.

Los cargos de la secretaría de Derechos Humanos han sido cubiertos por ex terroristas o sus hijos.

Así, por ejemplo, durante la presidencia de Néstor Kirchner, el terrorista del Ejército Revolucionario del Pueblo Rodolfo Mattarollo revistó como subsecretario.

Horacio Pietragalla

En el mismo periodo, Luis Duhalde, miembro de la banda “Todos por la Patria”, se desempeñó como secretario. Al mismo le sucedieron los hijos de terroristas Martín Fresneda, primero, y Roberto Pietragalla, después.

Desde dicho organismo estatal se orquestó una política de agitación y propaganda contra los militares y policías que lucharon contra la subversión. Negar la guerra y afirmar el genocidio fue la consigna. Borrar de la memoria los crímenes cometidos por los subversivos y criminalizar la represión estatal (la del gobierno peronista y la del gobierno militar).

Pero, además, la secretaría de Estado de Derechos Humanos de la Nación se presenta a querellar y demonizar a ciudadanos en lugar de ampararlos y vigilar que no se les violen los derechos humanos. Para perseguir y acusar desde el Estado ya existe el Ministerio Público Fiscal.

Una secretaría de Derechos Humanos debería estar para defender a los individuos del Estado. Pero, como ya se advirtió, tal cosa es una contradicción entre sus términos.

¿Quién defiende los derechos humanos de los militares y policías acusados en los juicios de lesa humanidad? Desde ya que no aquellos que en los ’70 manifestaban, públicamente, que había que exterminarlos.

Según Santucho, jefe del ERP, había que matar a un millón de argentinos. El caso es que ni la Iglesia, ni los partidos políticos, ni los sindicatos, ni las cámaras de empresarios, ni la prensa, se solidariza con los miles de argentinos a los que el Estado ataca inmisericordemente. Al respecto, la cobardía, indiferencia y/ o conveniencia campean a sus anchas.

UN DESPROPOSITO

Como se dijo, un organismo estatal encargado de llevar adelante una política de derechos humanos es un despropósito. De allí que, en virtud del decoro que exige el uso del castellano, y de la función real que cumple dicha secretaría, sería deseable que se cambiara el nombre del organismo. Eso de “Derechos Humanos” es claramente impropio. Tengan piedad, hay otros nombres. Algunos, incluso, caros a la izquierda. ¿Qué tal KGB o STASI?

 

 


PrisioneroEnArgentina.com

Febrero 27, 2024


 

DE GUATEMALA A GUATEPEOR (1)

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LA TRILOGÍA MILITANTE

 Por CLAUDIO KUSSMAN

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Listo, por fin dejó el Servicio Penitenciario Federal EMILIANO BLANCO, el burócrata funcionario de acero inoxidable que desde el año 2014 dirigía esta difícil institución carcelaria. No pocos imputados por los bien o mal llamados delitos de lesa humanidad perdieron la vida tras las rejas que administraba este “buen señor”. Ahora bien, para su puesto y asimismo el de interventora del Servicio, por el espionaje que se realizaba, el presidente ALBERTO FERNÁNDEZ, designó a la militante abogada LAURA GARRIGÓS DE RÉBORI. La ex jueza de Casación Penal de la Ciudad de Buenos Aires, aparte de ferviente partidaria de CRISTINA KIRCHNER, es una de las fundadoras de la agrupación JUSTICIA LEGÍTIMA, que como bien sabemos es nada amigable con quienes cargamos una estigmatizante imputación de “lesa humanidad”.

Esta señora hace apenas 30 días había respaldado el otorgamiento de excarcelaciones, a raíz de la pandemia del coronavirus, por supuesto no para nosotros, sino para los kirchneristas que se habrían apropiado de algunos “dinerillos” estatales, o sea de la sociedad toda. Por alguna circunstancia “especial”, para la doctora RÉBORI, son los que más riesgo de muerte corren estando en la cárcel debido al virus que recorre el mundo. 

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Con esta designación, más la Ministra de Justicia y Derechos Humanos (para algunos) MARCELA LOSARDO, y el Secretario de Derechos Humanos (también para algunos) HORACIO PIETRAGALLA se completa la trilogía perfecta para una estadía carcelaria, nada favorable a los adultos mayores imputados como “represores” del pasado. Que la suerte y el destino acompañe a cada uno de ellos.

Claudio Kussman

Comisario Mayor (R) 

Policía Pcia. Buenos Aires

Junio 11, 2020

claudio@PrisioneroEnArgentina.com

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“Entre dos males, siempre escojo el que no he probado nunca”

Mae West (1893-1980)

 

 

 

 

1) “Salir de Guatemala para entrar en Guatepeor” es un dicho que se forma a partir de un juego de palabras. Como tal, expresa la situación paradójica de quien, por evitar una situación mala, termina por meterse en otra peor.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Junio 11, 2020


 

Pietragalla vs. Peña, sobre ‘Lesa Humanidad’.

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El diputado  Horacio Pietragalla le hizo algunos planteos al jefe de Gabinete, Marcos Peña, quién presentó hoy (14/3/2018) a la Cámara de Diputados el segundo informe del año sobre la marcha del Gobierno, durante el cual respondió tanto preguntas que se hicieron en el recinto como otras 990 que previamente formularon por escrito los legisladores de los bloques que integran el cuerpo.

Marcos Peña, jefe de Gabinete del gobierno en funciones, negó este miércoles que el Gobierno nacional haya recomendado la libertad condicional o el arresto domiciliario de condenados por delitos de lesa humanidad.
“Lamento que mienta”, le contestó el funcionario a Horacio Pietragalla, quien lo cuestionó al respecto. “El Poder Ejecutivo no recomendó liberar condenados. El Servicio Penitenciario, cumpliendo una manda que tiene todos los años, agarra las leyes vigentes en la Argentina, que ustedes no modificaron cuando tenían mayoría, y dice ‘estos están en condiciones de estar en libertad condicional’”, señaló Peña.

Además, Peña aclaró que la Secretaría de Derechos Humanos “ya ha planteado a la justicia, que es la que define esto, que no está de acuerdo con los condenados de delito de lesa humanidad. Y cada una de las situaciones será resuelta por un juez”.

“Mienten cuando dicen que el Gobierno recomienda liberar a los condenados por lesa humanidad. No hagan más política con eso, que tiene que ser una política de Estado”, agregó.

Por otra parte, el ministro coordinador defendió el proyecto para que Campo de Mayo pase a ser un Parque Nacional, otro tema criticado por Pietragalla. “Es perfectamente compatible preservar las funciones existentes actualmente, entre ellas la de la memoria, las funciones militares y las de saneamiento del CEAMSE”, sostuvo.

“La cuestión de la memoria será un tema central de ese proyecto”, añadió y le respondió al kirchnerista: “probablemente tengamos una mirada humana mucho más cercana de la que usted cree, porque no nos conocemos. Lo invito un día a tomar café”.

Al momento de las preguntas, Pietragalla se quejó por “un nuevo intento del Gobierno nacional de querer darle impunidad a los genocidas”.

“Apareció un listado donde el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia, recomienda a la justicia darle arresto domiciliario a más de 98 condenados por delitos de lesa humanidad”, dijo el legislador, quien mencionó que entre ellos está “‘el turco Julián’, uno de los más sanguinarios que trabajó dentro de la ex ESMA”.

Además, el diputado -hijo de desaparecidos- disparó contra el jefe del bloque Pro, Nicolás Massot, que “acá dijo que estaba orgulloso de su familia y de lo que ha hecho su familia, y el tío (Vicente Massot) era colaboracionista de la dictadura”.

Por otra parte, Pietragalla criticó: “Quieren transformar el Campo de Mayo en un centro recreativo. ¡Fue el centro clandestino de detención más grande del mundo casi!”.

Por último, pidió hacer de ese lugar “un lugar de memoria” y le acercó hasta la mesa a Peña una foto “de su padre”. “Te la voy a regalar. Es la fosa de San Vicente de Córdoba. Porque quiero que humanices”, le dijo y luego recordó a los 30 mil desaparecidos “presentes”, acompañado por el “ahora y siempre” de sus compañeros.

 

Fuente: http://www.parlamentario.com/noticia-108074.html


Envío y colaboración: Dra. ANDREA PALOMAS ALARCÓN


PrisioneroEnArgentina.com

Marzo 15, 2018


 

Pietragalla, el brillante

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Tras una gestión lamentable, Horacio Pietragalla renuncia a la Secretaría de Derechos Humanos de Santa Cruz… para intentar seguir su exitosa carrera como senador.

 

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Cuando sospechaba que la Justicia investigaba, imputaba, enjuiciaba y absolvía o condenaba, el militante K, Horacio Pietragalla me abrió los ojos. Poco brillante al declarar (O simplemente exhibiendo su intolerancia e ignorancia) manifestaba que “Nosotros (Secretarías de Derechos Humanos) condenamos a tal represor…”. Esto ponía en evidencia el poder de estas organizaciones por sobre la Justicia argentina, o “justicia” argentina.

Pietragalla renuncia ahora a su cargo en la Secretaría de Derechos Humanos de Santa Cruz, tras un paso por la misma con logros como un tatuaje en su brazo de la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner o dejando en claro que los derechos humanos son solo para su gente y no para todos, como cristalinamente demostró en los casos de la muerte de Gustavo Geréz en una comisaría de Caleta Olivia, o balbuceando un año después de la muerte de Marcela Chocobar. En relación a este último asesinato, el ex diputado -que puede volver a ser legislador, ya que no se renuncia a un puesto pago por los contribuyentes por nada- terminó confrontándose con los padres de la joven a quienes les mostró su tatuaje de Cristina Fernández de Kirchner, tal vez como un símbolo de lo que los derechos humanos significan.

El ex presidente del Archivo Nacional de la Memoria se aleja de su gestión (?) para iniciar el rodaje de su campaña en Buenos Aires, donde integra la lista que lidera Cristina Fernández de Kirchner donde ocupa el puesto número 12 con la ambición de convertirse en senador ya que con el único crédito de ser nieto recuperado, cubre todos los requisitos que el votante pretende.

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Fabian Kussman

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@FabianKussman

Julio 3, 2017