Es sorprendente y confuso que bajo argumentos carentes de racionalidad constitucional el Sr. Alejandro Slokar, miembro de la Cámara de Casación Penal y coordinador de la Comisión de Crímenes contra la Humanidad y el Sr. Daniel Obligado, juez de ejecución penal del TOF5-CABA, ambos de la justicia federal, busquen judicializar ( en realidad supervisar) por vía indirecta, las funciones de los parlamentarios nacionales, una institución del Poder Ejecutivo y discriminar las visitas a las personas privadas de libertad en las unidades penitenciarias del SPF.
Los Parlamentarios de la Libertad Avanza (Beltrán Benedit, Lourdes Arrieta, Guillermo Montenegro, Alida Ferreyra y María Fernanda Araujo) visitaron personas privadas de libertad, alojadas en la U31 del SPF, adultas mayores, vulnerables, con patologías diversas, que como individuos (salvo la libertad personal), disponen de todos los derechos; la visita en uno de ellos, comprende los principios de la reinserción social y el incrementar el contacto con el mundo exterior, disposiciones que están previstas en la ley 24660, las Reglas de Mándela de la ONU. Es decir que, los diputados cumplieron sus mandatos legislativos: el de control de la aplicación de la ley, la verificación de las condiciones de detenciones de las personas entrevistadas y la acción humanitaria en cuanto al respeto de la dignidad (art. 10 PIDCyP) de cada uno de las personas visitadas. No violaron alguna disposición reglamentaria, legislativa, constitucional o convencional.
El requerimiento formulado por los jueces federales es a todas luces una presión política por parte de la justicia federal destinado a obligar el reconocimiento del Partido Judicial en la contienda política, y sobre todo para recordar a todos los ciudadanos y miembros de otros Poderes que ellos disponen del monopolio de la fuerza para investigar todos los temas. Con la visita de los diputados de LLA, no hubo comisión de un delito, una denuncia del SPF, la intervención de un Fiscal, o el resultado de una investigación en curso, para que un juez federal todo poderoso, tome decisiones arbitrarias, aplicando un terrorismo judicial permanente, y misteriosamente todos guardan silencio. ¿Quién controla los jueces, la justicia y particularmente la conducta moral de estos personajes?, porque lejos están de respetar un código de deontología profesional.
Ahora bien, antes de enviar un oficio judicial a la Ministro de Seguridad solicitando información sobre la autorización administrativa otorgada a los diputados de LLA que visitaron la U31, los militantes políticos Slokar y Obligado, disfrazados de jueces, debieron por principios morales observar a su alrededor inmediato para realizar una cartografía de casos-personas, y así combatir los flagelos enquistados en el Poder Judicial y la justicia federal en particular : la politización de la justicia en todas las instancias y en las resoluciones judiciales, la corrupción política y material que está estrechamente relacionada con la política, el enriquecimiento ilícito o el sorprendente crecimiento patrimonial de todos los magistrados, la ausencia de transparencia de sus declaraciones impositivas, la falta de control y sanción de la conducta irresponsable de los magistrados al intervenir en actos políticos, pseudo académicos, con personas que son testigos-victimas en los juicios de lesa humanidad, con ONG que son querellantes en esos juicios, conceder continuamente entrevistas en medios alternativos marcadamente opuestos al Estado de Derecho, para referirse a las causas que ellos investigan, a los acusados de lesa humanidad…(Rafecas, Torres, Lijo, Slokar, Glumberg, Obligado…,)
Es preocupante el requerimiento del juez Daniel Obligado del TOF5 dando lugar a la demanda del Juez Slokar de Casación ¿a quién buscan juzgar, sancionar, investigar, controlar? al director nacional del SPF, el Ministro de Seguridad, los parlamentarios de la LLA que efectuaron la visita, las personas privadas de libertad visitadas alojadas en la U31, el Director de la U31 del SPF…¿cuáles son los motivos que los magistrados argumentan para solicitar información utilizando la potestad judicial a una entidad del Poder Ejecutivo ?,
Es extraño que estos mismos jueces federales no solicitaron información a los ministerios respectivos cuando en marzo2022 la Secretaria de DDHH junto con miembros del CELS, querellantes en las causas de lesa humanidad, realizaron una inspección de la U34 publicando posteriormente un informe que hasta la fecha es utilizado por el MPF y las querellas sabiendo que nada es cierto lo ese documento. Varios de nosotros hemos denunciado públicamente, ante el TOF5 y ante la Justicia Federal de San Martin. Los Sres. Slokar, Obligado y otros magistrados guardaron y guardan absoluto silencio.
Mientras que los jueces federal se inquietan por las visitas que los diputados nacional efectuaron a las persona adultas mayores alojadas en la U31, esos mismos magistrados saben que son ellos los que deben realizar esas funciones pero hacen caso omiso al artículo 208 de la ley 24660, el cual dispone: « El juez de ejecución o juez competente verificará, por lo menos semestralmente, si el tratamiento de los condenados y la organización de los establecimientos de ejecución se ajusta a las prescripciones de esta ley y de los reglamentos que en su consecuencia dicte el Poder Ejecutivo. Las observaciones y recomendaciones que resulten de esas inspecciones serán comunicadas al ministerio competente», salvo rarísimas excepciones de jueces federales de provincias, los otros nunca vinieron a verificar las condiciones de detenciones de los adultos mayores en los lugares de alojamiento. EN CINCO AÑOS DE DETENCIÓN Y PESE A LAS REITERADAS DEMANDAS NUNCA ME VISITARON.
Estos jueces federales, salvo a querer actuar como miembros de la policía del pensamiento, del control moral, social, no pueden juzgar ni sancionar la opinión política de los parlamentarios, sus actos y decisiones funcionales relacionadas con su mandato. Pensar a una conducta inapropiada o a la inhabilitad moral (art. 66 CN) es inoperante y arbitraria porque tales indicadores son inexistentes dado que toda presencia de cualquier parlamentario en una institución del Estado está relacionado al ejercicio de su función y a la legalidad de sus actos, protegidos por los artículos 68 y 69 de la CN. Los parlamentarios que participaron, frente al Congreso, en manifestaciones violentas contra las fuerzas del orden, no fueron llamados a la reflexión ni aun menos sancionados.
Los diputados de la Libertad Avanza y los otros parlamentarios que piensen en un Argentina respetuosa del Estado de derecho deben constituir una Comisión Investigadora con Observadores extranjeros y convocar a los integrantes de la CSJN, los jueces y fiscales federales, de todas las instancias, para brindar testimonio de decir verdad sobre la legalidad en el orden jurídico internacional de los procedimientos aplicados por la Argentina en los “juicios arbitrariamente llamados de lesa humanidad” al ser contrarios a las garantías previstas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Tratados de 1969, los artículos 55 y 56 de la Carta de la ONU, la Constitución Nacional, los principios convencionales regionales e internacionales…. Dado que en esos “juicios”, planificados por justicia federal se violan de manera sistemática y organizada los principios de legalidad, de no retroactividad penal, de la prescripción, de la analogía penal, de la responsabilidad penal colectiva, del tiempo razonable del procedimiento penal, no respeto de la dignidad de la persona, violencia moral, prisiones preventivas indeterminadas, condenas a vida, acciones que determinan la responsabilidad internacional del Estado.
Yo elegí defender los DDHH, la misión que cumplieron los diputados de LLA visitando la U31 del SPF, como los principios de legalidad de todas las personas por igual, los jueces Slokar, Obligado y otros, no.
Prof. Mario Sandoval
Presidente Casppa-France.
Mario Sandoval, francés, nació en Buenos Aires. Formación y actividades en ciencias políticas, filosofía, habiendo ocupado funciones en los sectores públicos y privados, la docencia superior y consultorías, a nivel nacional e internacional en los campos de las relaciones internacionales, la geopolítica. Detenido arbitrariamente por la Argentina, actualmente privado de libertad en la prisión de alta seguridad de la U34 del SPF.
○
Por Mario Sandoval.
Es sorprendente y confuso que bajo argumentos carentes de racionalidad constitucional el Sr. Alejandro Slokar, miembro de la Cámara de Casación Penal y coordinador de la Comisión de Crímenes contra la Humanidad y el Sr. Daniel Obligado, juez de ejecución penal del TOF5-CABA, ambos de la justicia federal, busquen judicializar ( en realidad supervisar) por vía indirecta, las funciones de los parlamentarios nacionales, una institución del Poder Ejecutivo y discriminar las visitas a las personas privadas de libertad en las unidades penitenciarias del SPF.
Los Parlamentarios de la Libertad Avanza (Beltrán Benedit, Lourdes Arrieta, Guillermo Montenegro, Alida Ferreyra y María Fernanda Araujo) visitaron personas privadas de libertad, alojadas en la U31 del SPF, adultas mayores, vulnerables, con patologías diversas, que como individuos (salvo la libertad personal), disponen de todos los derechos; la visita en uno de ellos, comprende los principios de la reinserción social y el incrementar el contacto con el mundo exterior, disposiciones que están previstas en la ley 24660, las Reglas de Mándela de la ONU. Es decir que, los diputados cumplieron sus mandatos legislativos: el de control de la aplicación de la ley, la verificación de las condiciones de detenciones de las personas entrevistadas y la acción humanitaria en cuanto al respeto de la dignidad (art. 10 PIDCyP) de cada uno de las personas visitadas. No violaron alguna disposición reglamentaria, legislativa, constitucional o convencional.
El requerimiento formulado por los jueces federales es a todas luces una presión política por parte de la justicia federal destinado a obligar el reconocimiento del Partido Judicial en la contienda política, y sobre todo para recordar a todos los ciudadanos y miembros de otros Poderes que ellos disponen del monopolio de la fuerza para investigar todos los temas. Con la visita de los diputados de LLA, no hubo comisión de un delito, una denuncia del SPF, la intervención de un Fiscal, o el resultado de una investigación en curso, para que un juez federal todo poderoso, tome decisiones arbitrarias, aplicando un terrorismo judicial permanente, y misteriosamente todos guardan silencio. ¿Quién controla los jueces, la justicia y particularmente la conducta moral de estos personajes?, porque lejos están de respetar un código de deontología profesional.
Ahora bien, antes de enviar un oficio judicial a la Ministro de Seguridad solicitando información sobre la autorización administrativa otorgada a los diputados de LLA que visitaron la U31, los militantes políticos Slokar y Obligado, disfrazados de jueces, debieron por principios morales observar a su alrededor inmediato para realizar una cartografía de casos-personas, y así combatir los flagelos enquistados en el Poder Judicial y la justicia federal en particular : la politización de la justicia en todas las instancias y en las resoluciones judiciales, la corrupción política y material que está estrechamente relacionada con la política, el enriquecimiento ilícito o el sorprendente crecimiento patrimonial de todos los magistrados, la ausencia de transparencia de sus declaraciones impositivas, la falta de control y sanción de la conducta irresponsable de los magistrados al intervenir en actos políticos, pseudo académicos, con personas que son testigos-victimas en los juicios de lesa humanidad, con ONG que son querellantes en esos juicios, conceder continuamente entrevistas en medios alternativos marcadamente opuestos al Estado de Derecho, para referirse a las causas que ellos investigan, a los acusados de lesa humanidad…(Rafecas, Torres, Lijo, Slokar, Glumberg, Obligado…,)
Es preocupante el requerimiento del juez Daniel Obligado del TOF5 dando lugar a la demanda del Juez Slokar de Casación ¿a quién buscan juzgar, sancionar, investigar, controlar? al director nacional del SPF, el Ministro de Seguridad, los parlamentarios de la LLA que efectuaron la visita, las personas privadas de libertad visitadas alojadas en la U31, el Director de la U31 del SPF…¿cuáles son los motivos que los magistrados argumentan para solicitar información utilizando la potestad judicial a una entidad del Poder Ejecutivo ?,
Es extraño que estos mismos jueces federales no solicitaron información a los ministerios respectivos cuando en marzo2022 la Secretaria de DDHH junto con miembros del CELS, querellantes en las causas de lesa humanidad, realizaron una inspección de la U34 publicando posteriormente un informe que hasta la fecha es utilizado por el MPF y las querellas sabiendo que nada es cierto lo ese documento. Varios de nosotros hemos denunciado públicamente, ante el TOF5 y ante la Justicia Federal de San Martin. Los Sres. Slokar, Obligado y otros magistrados guardaron y guardan absoluto silencio.
Mientras que los jueces federal se inquietan por las visitas que los diputados nacional efectuaron a las persona adultas mayores alojadas en la U31, esos mismos magistrados saben que son ellos los que deben realizar esas funciones pero hacen caso omiso al artículo 208 de la ley 24660, el cual dispone: « El juez de ejecución o juez competente verificará, por lo menos semestralmente, si el tratamiento de los condenados y la organización de los establecimientos de ejecución se ajusta a las prescripciones de esta ley y de los reglamentos que en su consecuencia dicte el Poder Ejecutivo. Las observaciones y recomendaciones que resulten de esas inspecciones serán comunicadas al ministerio competente», salvo rarísimas excepciones de jueces federales de provincias, los otros nunca vinieron a verificar las condiciones de detenciones de los adultos mayores en los lugares de alojamiento. EN CINCO AÑOS DE DETENCIÓN Y PESE A LAS REITERADAS DEMANDAS NUNCA ME VISITARON.
Estos jueces federales, salvo a querer actuar como miembros de la policía del pensamiento, del control moral, social, no pueden juzgar ni sancionar la opinión política de los parlamentarios, sus actos y decisiones funcionales relacionadas con su mandato. Pensar a una conducta inapropiada o a la inhabilitad moral (art. 66 CN) es inoperante y arbitraria porque tales indicadores son inexistentes dado que toda presencia de cualquier parlamentario en una institución del Estado está relacionado al ejercicio de su función y a la legalidad de sus actos, protegidos por los artículos 68 y 69 de la CN. Los parlamentarios que participaron, frente al Congreso, en manifestaciones violentas contra las fuerzas del orden, no fueron llamados a la reflexión ni aun menos sancionados.
Los diputados de la Libertad Avanza y los otros parlamentarios que piensen en un Argentina respetuosa del Estado de derecho deben constituir una Comisión Investigadora con Observadores extranjeros y convocar a los integrantes de la CSJN, los jueces y fiscales federales, de todas las instancias, para brindar testimonio de decir verdad sobre la legalidad en el orden jurídico internacional de los procedimientos aplicados por la Argentina en los “juicios arbitrariamente llamados de lesa humanidad” al ser contrarios a las garantías previstas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Tratados de 1969, los artículos 55 y 56 de la Carta de la ONU, la Constitución Nacional, los principios convencionales regionales e internacionales…. Dado que en esos “juicios”, planificados por justicia federal se violan de manera sistemática y organizada los principios de legalidad, de no retroactividad penal, de la prescripción, de la analogía penal, de la responsabilidad penal colectiva, del tiempo razonable del procedimiento penal, no respeto de la dignidad de la persona, violencia moral, prisiones preventivas indeterminadas, condenas a vida, acciones que determinan la responsabilidad internacional del Estado.
Yo elegí defender los DDHH, la misión que cumplieron los diputados de LLA visitando la U31 del SPF, como los principios de legalidad de todas las personas por igual, los jueces Slokar, Obligado y otros, no.
Prof. Mario Sandoval
Presidente Casppa-France.
PrisioneroEnArgentina.com
Julio 30, 2024
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