Así lo han decidido los jueces que intervienen en las causas seguidas por los llamados delitos de lesa humanidad, cuando mantienen en encierro cautelar a los imputados, en abierta violación al principio de inocencia del que debiera gozar toda persona hasta que una condena firme la declare culpable
Invocan la gravedad de los hechos ocurridos hace medio siglo para denegarles el derecho a permanecer en libertad durante el proceso, manteniéndolos recluidos con prisión preventiva, en la mayoría de los casos superando los 10 años, a la espera de una sentencia que defina su situación procesal, excediendo groseramente y sin pudor alguno los plazos máximos previstos por la ley.
Sin pudor destacan que están imputados por delitos de lesa humanidad y no dudan en colocarse por encima de las disposiciones del Tratado de Roma, que reconoce este derecho a la libertad a quienes precisamente son acusados por los delitos más graves, incluidos los de lesa humanidad.
Frente a este panorama contemplamos con asombro cómo aquellas bases fundamentales de las que se prescinde en estos casos, son declamadas ahora como principios inquebrantables, para otorgar las excarcelaciones a los acusados de hechos gravísimos de corrupción, con pruebas irrefutables en su contra y fundadas presunciones de que entorpecerán el procedimiento, atento a las actuales circunstancias políticas.
Es muy penoso que en nuestra patria se haya llegado al extremo de tener que exigir de los jueces que cumplan con el deber de administrar justicia, restableciendo el principio de igualdad ante la ley y poniendo fin a las escandalosas detenciones cautelares que vienen padeciendo quienes, ya ancianos, continúan tras las rejas, esperando la muerte a la que han sido condenados de antemano, una muerte lenta, por haber sido acusados de participar en los llamados delitos de lesa humanidad.
Así lo han decidido los jueces que intervienen en las causas seguidas por los llamados delitos de lesa humanidad, cuando mantienen en encierro cautelar a los imputados, en abierta violación al principio de inocencia del que debiera gozar toda persona hasta que una condena firme la declare culpable
Invocan la gravedad de los hechos ocurridos hace medio siglo para denegarles el derecho a permanecer en libertad durante el proceso, manteniéndolos recluidos con prisión preventiva, en la mayoría de los casos superando los 10 años, a la espera de una sentencia que defina su situación procesal, excediendo groseramente y sin pudor alguno los plazos máximos previstos por la ley.
Sin pudor destacan que están imputados por delitos de lesa humanidad y no dudan en colocarse por encima de las disposiciones del Tratado de Roma, que reconoce este derecho a la libertad a quienes precisamente son acusados por los delitos más graves, incluidos los de lesa humanidad.
Frente a este panorama contemplamos con asombro cómo aquellas bases fundamentales de las que se prescinde en estos casos, son declamadas ahora como principios inquebrantables, para otorgar las excarcelaciones a los acusados de hechos gravísimos de corrupción, con pruebas irrefutables en su contra y fundadas presunciones de que entorpecerán el procedimiento, atento a las actuales circunstancias políticas.
Es muy penoso que en nuestra patria se haya llegado al extremo de tener que exigir de los jueces que cumplan con el deber de administrar justicia, restableciendo el principio de igualdad ante la ley y poniendo fin a las escandalosas detenciones cautelares que vienen padeciendo quienes, ya ancianos, continúan tras las rejas, esperando la muerte a la que han sido condenados de antemano, una muerte lenta, por haber sido acusados de participar en los llamados delitos de lesa humanidad.
Alberto Solanet. Presidente
Carlos Bosch. Secretario
Colaboración: DRA. ANDREA PALOMAS ALARCÓN
PrisioneroEnArgentina.com
Octubre 8, 2019
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