Se celebró hoy ante la Cámara Federal de Rosario la audiencia vinculada al recurso de apelación que Arturo Larrabure, como querellante, dedujera contra la resolución del juez federal Bailaque que denegara citar a indagatoria, como autor mediato del secuestro, tortura y asesinato del Cnel Argentino del Valle Larrabure, a Juan Arnold Kremer que integrara el buró político del ERP.
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Marcelo Bailaque
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Juan Arnold Kramer “Mattini”
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Argentino del Valle Larrabure
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La misma había despertado gran preocupación en los organismos de derechos humanos y ex miembros de ERP y Montoneros, que niegan que los crímenes de la guerrilla sean de lesa humanidad y temen que la causa genere un cambio radical en la jurisprudencia .
En su extenso informe in voce, el Dr. Javier Vigo Leguizamón, como abogado de la querella, comenzó imputando al juez resolver con una mirada parcial que niega la dignidad de las víctimas, no existiendo en su sentencia – dijo- un solo párrafo que aluda al calvario que Larrabure soportó durante 372 días de infrahumano cautiverio. Recordó que la Corte en reiteradas oportunidades ha descalificado como arbitrarios los fallos que prescinden de una norma aplicable que pudo ser decisiva para la resolución del caso, conducta en que – a su entender- habría incurrido el magistrado al omitir aplicar las Convenciones de Ginebra de 1949 cuyo artículo 3 obliga a tratar con humanidad a las personas que se encuentren detenidas, considerando crimen de guerra a su asesinato o tortura. Recordó que el Protocolo Adicional de esas convenciones, reafirma que éstas deben aplicarse sin distinción alguna basada en la naturaleza, causa u origen del conflicto. Basó fundamentalmente su alegato en el informe que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitiera en el caso “ABELLA Y OTROS C. ARGENTINA”,donde evaluara el ataque al regimiento de la Tablada que en l989 realizara la organización guerrillera Movimiento Todos Por la Patria, citando diversos considerandos de ese informe donde el organismo internacional habría sostenido que tales Convenciones obligan y se aplican por igual tanto a los miembros de la organización terrorista, como a los integrantes de las Fuerzas Armadas.
Aludió también que conforme aquéllas para estar ante un crimen de guerra y/o de lesa humanidad, no es necesario que la organización guerrillera tenga control del territorio, o esté apoyada por el Estado, bastando que existan grupos armados organizados que sean capaces de librar combate y que de hecho lo hagan. Así- alegó- lo habría resuelto recientemente el Tribunal Oral de La Plata, en el caso “Castillo” concluyendo que si para el caso particular de “La Tablada” que duró dos días, resulta de aplicación la Convención de Ginebra, con mucho más razón debe serlo para los ataques de igual o mayor gravedad que durante años llevaron adelante las organizaciones terroristas, en plena democracia.
Sin perjuicio de ello- denunció- el terrorismo guerrillero fue de Estado por haber contado con el apoyo de Cuba, Chile y Argentina. Para probar el apoyo cubano citó una declaración de Fidel Castro efectuada en 1988 donde , ante 400 economistas, habría admitido haber apoyado los movimientos revolucionarios en todo lationamerica, afirmación que Vigo Leguizamón respaldó citando declaraciones de Kremer y Gorriarán Merlo admitiendo haber convenido con Cuba el entrenamiento de grupos guerrilleros los que partían a la Habana desde Chile, donde el gobierno de Salvador Allende les facilitaba el paso.
El apoyo del gobierno argentino – sostuvo- habría quedado evidenciado por la complicidad del entonces gobernador Bidegain con el accionar de la guerrilla, denunciada por Perón y probada en la causa con declaraciones de Julio Bárbaro y José Pablo Feinmann que revelaron la protección que Bidegain habría dado al accionar guerrillero. Marcó también el letrado la responsabilidad de los legisladores que dictaron la ley de amnistía de l973, liberando a los guerrilleros sin previamente exigir la entrega de las armas, como acaba de hacerse en Colombia.
Fue alegado también que miembros de la policía de Córdoba y Buenos Aires, habrían colaborado con el accionar guerrillero facilitando la libertad de movimientos, destacándose que en la causa “Rucci” se habría probado con las declaraciones del ex Jefe del Penal de Sierra Chica, Mario O.García, que Bidegain entregó armas a la guerrilla.
Para rebatir a quienes afirman que Larrabure se habría suicidado, se basó Vigo Leguizamón en la pericia del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia, que, por unanimidad, concluyó que éste fue víctima de una muerte violenta habiendo sido estrangulado. La tortura y asesinato de Larrabure no han sido juzgados, – afirmó- invocando el fallo “Almonacid” de la Corte Interamericana, donde se sostuvo que los crímenes de esta índole, cualquiera sea la fecha en que se hayan cometido, deben investigarse, más aún cuando no ha existido verdadera voluntad de investigar.
Como opiniones relevantes fueron citadas los dichos de los Dres. Ledesma, Strassera y Moreno Ocampo, intervinientes en el juicio a los comandantes, quienes habrían coincidido en que deberían juzgarse a los líderes de la subversión.
Un momento emotivo se vivió cuando Vigo Leguizamón fue narrando el sufrimiento de diversos deudos de la víctima de la guerrilla que lo acompañaban en el estrado, entre los que se encontraban Silvia Ibarzábal, Graciela Saraspe, Victoria Paz y Nelda Vargas de López. Cada uno de ellos – sostuvo- porta una brasa que se ha avivado en los últimos años con la abierta apología de los crímenes de la guerrilla, a tal punto que Juan Arnold Kremer ha manifestado ante los periodistas Reato y Mariño que no tiene nada de que arrepentirse, comparándose con San Martín.
El terrorista – dijo- piensa que el ser humano que ejecuta no es una persona, es un símbolo.
¿Cabe preguntarse si la justicia ha mirado a las víctimas de la guerrilla como símbolos o como seres humanos?
Es hora de que dejen de ser los desaparecidos de la memoria pública; es hora de reconciliar la patria, juzgando a todos; es hora de meditar qué hubiera ocurrido de haber triunfado la guerrilla.
Respondiendo a este interrogante, citó declaraciones del ex montonero Luis Labraña y Kremer admitiendo que iba a implantarse la dictadura del proletariado con miles de muertos.
Fue precisamente eso – concluyó- lo que advirtió Todorov al visitar al país, recordando que en l975 una guerrilla de extrema izquierda tomó el poder en Camboya matando al 25 % de su población.
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Dr. Javier Vigo Leguizamón.
Se celebró hoy ante la Cámara Federal de Rosario la audiencia vinculada al recurso de apelación que Arturo Larrabure, como querellante, dedujera contra la resolución del juez federal Bailaque que denegara citar a indagatoria, como autor mediato del secuestro, tortura y asesinato del Cnel Argentino del Valle Larrabure, a Juan Arnold Kremer que integrara el buró político del ERP.
[ezcol_1third]Marcelo Bailaque
[/ezcol_1third] [ezcol_1third]Juan Arnold Kramer “Mattini”
[/ezcol_1third] [ezcol_1third_end]Argentino del Valle Larrabure
[/ezcol_1third_end]La misma había despertado gran preocupación en los organismos de derechos humanos y ex miembros de ERP y Montoneros, que niegan que los crímenes de la guerrilla sean de lesa humanidad y temen que la causa genere un cambio radical en la jurisprudencia .
En su extenso informe in voce, el Dr. Javier Vigo Leguizamón, como abogado de la querella, comenzó imputando al juez resolver con una mirada parcial que niega la dignidad de las víctimas, no existiendo en su sentencia – dijo- un solo párrafo que aluda al calvario que Larrabure soportó durante 372 días de infrahumano cautiverio. Recordó que la Corte en reiteradas oportunidades ha descalificado como arbitrarios los fallos que prescinden de una norma aplicable que pudo ser decisiva para la resolución del caso, conducta en que – a su entender- habría incurrido el magistrado al omitir aplicar las Convenciones de Ginebra de 1949 cuyo artículo 3 obliga a tratar con humanidad a las personas que se encuentren detenidas, considerando crimen de guerra a su asesinato o tortura. Recordó que el Protocolo Adicional de esas convenciones, reafirma que éstas deben aplicarse sin distinción alguna basada en la naturaleza, causa u origen del conflicto. Basó fundamentalmente su alegato en el informe que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitiera en el caso “ABELLA Y OTROS C. ARGENTINA”,donde evaluara el ataque al regimiento de la Tablada que en l989 realizara la organización guerrillera Movimiento Todos Por la Patria, citando diversos considerandos de ese informe donde el organismo internacional habría sostenido que tales Convenciones obligan y se aplican por igual tanto a los miembros de la organización terrorista, como a los integrantes de las Fuerzas Armadas.
Aludió también que conforme aquéllas para estar ante un crimen de guerra y/o de lesa humanidad, no es necesario que la organización guerrillera tenga control del territorio, o esté apoyada por el Estado, bastando que existan grupos armados organizados que sean capaces de librar combate y que de hecho lo hagan. Así- alegó- lo habría resuelto recientemente el Tribunal Oral de La Plata, en el caso “Castillo” concluyendo que si para el caso particular de “La Tablada” que duró dos días, resulta de aplicación la Convención de Ginebra, con mucho más razón debe serlo para los ataques de igual o mayor gravedad que durante años llevaron adelante las organizaciones terroristas, en plena democracia.
Sin perjuicio de ello- denunció- el terrorismo guerrillero fue de Estado por haber contado con el apoyo de Cuba, Chile y Argentina. Para probar el apoyo cubano citó una declaración de Fidel Castro efectuada en 1988 donde , ante 400 economistas, habría admitido haber apoyado los movimientos revolucionarios en todo lationamerica, afirmación que Vigo Leguizamón respaldó citando declaraciones de Kremer y Gorriarán Merlo admitiendo haber convenido con Cuba el entrenamiento de grupos guerrilleros los que partían a la Habana desde Chile, donde el gobierno de Salvador Allende les facilitaba el paso.
El apoyo del gobierno argentino – sostuvo- habría quedado evidenciado por la complicidad del entonces gobernador Bidegain con el accionar de la guerrilla, denunciada por Perón y probada en la causa con declaraciones de Julio Bárbaro y José Pablo Feinmann que revelaron la protección que Bidegain habría dado al accionar guerrillero. Marcó también el letrado la responsabilidad de los legisladores que dictaron la ley de amnistía de l973, liberando a los guerrilleros sin previamente exigir la entrega de las armas, como acaba de hacerse en Colombia.
Fue alegado también que miembros de la policía de Córdoba y Buenos Aires, habrían colaborado con el accionar guerrillero facilitando la libertad de movimientos, destacándose que en la causa “Rucci” se habría probado con las declaraciones del ex Jefe del Penal de Sierra Chica, Mario O.García, que Bidegain entregó armas a la guerrilla.
Para rebatir a quienes afirman que Larrabure se habría suicidado, se basó Vigo Leguizamón en la pericia del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia, que, por unanimidad, concluyó que éste fue víctima de una muerte violenta habiendo sido estrangulado. La tortura y asesinato de Larrabure no han sido juzgados, – afirmó- invocando el fallo “Almonacid” de la Corte Interamericana, donde se sostuvo que los crímenes de esta índole, cualquiera sea la fecha en que se hayan cometido, deben investigarse, más aún cuando no ha existido verdadera voluntad de investigar.
Como opiniones relevantes fueron citadas los dichos de los Dres. Ledesma, Strassera y Moreno Ocampo, intervinientes en el juicio a los comandantes, quienes habrían coincidido en que deberían juzgarse a los líderes de la subversión.
Un momento emotivo se vivió cuando Vigo Leguizamón fue narrando el sufrimiento de diversos deudos de la víctima de la guerrilla que lo acompañaban en el estrado, entre los que se encontraban Silvia Ibarzábal, Graciela Saraspe, Victoria Paz y Nelda Vargas de López. Cada uno de ellos – sostuvo- porta una brasa que se ha avivado en los últimos años con la abierta apología de los crímenes de la guerrilla, a tal punto que Juan Arnold Kremer ha manifestado ante los periodistas Reato y Mariño que no tiene nada de que arrepentirse, comparándose con San Martín.
El terrorista – dijo- piensa que el ser humano que ejecuta no es una persona, es un símbolo.
¿Cabe preguntarse si la justicia ha mirado a las víctimas de la guerrilla como símbolos o como seres humanos?
Es hora de que dejen de ser los desaparecidos de la memoria pública; es hora de reconciliar la patria, juzgando a todos; es hora de meditar qué hubiera ocurrido de haber triunfado la guerrilla.
Respondiendo a este interrogante, citó declaraciones del ex montonero Luis Labraña y Kremer admitiendo que iba a implantarse la dictadura del proletariado con miles de muertos.
Fue precisamente eso – concluyó- lo que advirtió Todorov al visitar al país, recordando que en l975 una guerrilla de extrema izquierda tomó el poder en Camboya matando al 25 % de su población.
Dr. Javier Vigo Leguizamón.
Apoderado de la querella.
Marzo 21, 2018
PrisioneroEnArgentina.com
Marzo 23, 2018
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