En la mayoría de textos constitucionales se contempla la posibilidad de que el gobierno de una nación pueda adoptar medidas excepcionales para afrontar situaciones de emergencia, como catástrofes, amenazas terroristas, huelgas generales, etc. En este sentido, en Argentina existen los DNU o Decretos de Necesidad y Urgencia. Son un tipo de decretos con carácter de ley, emitidos por el poder ejecutivo y no por el poder legislativo. Este tipo de ley está contemplada en la Constitución Argentina desde 1994. Para entender en qué contexto se pueden aplicar estos decretos hay que partir de la premisa siguiente: Argentina es una república democrática de carácter representativo y con un poder ejecutivo unipersonal. Así pues, estos decretos de necesidad y urgencia son promovidos por el presidente de la nación en un contexto social excepcional y, por lo tanto, deben ser aplicados con carácter urgente. A lo largo de la historia de los DNU, varios presidentes han recurrido a ellos porque no tenían los suficientes apoyos parlamentarios para promulgar este tipo de leyes con cierta rapidez. En este sentido, se pueden entender los DNU como una especie de poder ilimitado del presidente. Sin embargo, estos decretos deben ser aprobados con posterioridad por parte del Congreso argentino.
Por LUIS BARDÍN.
DNU
Mostrando un mismo perfil:
el Frente pa la Victoria,
zurdakas y los del FIT,
compañeros del Pejota
junto a lacra de ladrones
que nos dejara en pelotas,
parece, en defensa propia,
se opondrán al DNU
de la “extinción de dominio”
declarándolo al unísono
ser inconstitucional
y electoral demagogia
del gobierno de Mauricio.
Encajonado proyecto,
que impidió la mayoría
tratarlo desde hace tiempo,
los cómplices del senado
ya lo habían condenado
a dormír su sueño eterno.
Con “per saltum” al Picheto
lo saltearon de “taquito”
los muchachos de Cambiemos.
Los bienes que se han robado
no se protegen con fueros.
Joderá a muchos bolsillos
de amigos y compañeros
si caminara el decreto.
Luis Bardín.
En la mayoría de textos constitucionales se contempla la posibilidad de que el gobierno de una nación pueda adoptar medidas excepcionales para afrontar situaciones de emergencia, como catástrofes, amenazas terroristas, huelgas generales, etc. En este sentido, en Argentina existen los DNU o Decretos de Necesidad y Urgencia. Son un tipo de decretos con carácter de ley, emitidos por el poder ejecutivo y no por el poder legislativo. Este tipo de ley está contemplada en la Constitución Argentina desde 1994. Para entender en qué contexto se pueden aplicar estos decretos hay que partir de la premisa siguiente: Argentina es una república democrática de carácter representativo y con un poder ejecutivo unipersonal. Así pues, estos decretos de necesidad y urgencia son promovidos por el presidente de la nación en un contexto social excepcional y, por lo tanto, deben ser aplicados con carácter urgente. A lo largo de la historia de los DNU, varios presidentes han recurrido a ellos porque no tenían los suficientes apoyos parlamentarios para promulgar este tipo de leyes con cierta rapidez. En este sentido, se pueden entender los DNU como una especie de poder ilimitado del presidente. Sin embargo, estos decretos deben ser aprobados con posterioridad por parte del Congreso argentino.
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PrisioneroEnArgentina.com
Enero 21, 2019
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