DEBATES ACTUALES SOBRE DERECHO PENAL Y CUESTIONES DE GÉNERO

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03:00 p. m. Buenos Aires, Georgetown
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26 sept 2023 03:00 p. m.
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PrisioneroEnArgentina.com

Setiembre 19, 2023


 

8 thoughts on “DEBATES ACTUALES SOBRE DERECHO PENAL Y CUESTIONES DE GÉNERO”

    • Enrique Stel
    • posted on September 19, 2023

    Buen Día. La violación a la garantía de ser juzgado dentro de un plazo razonable, por el excesivo tiempo de duración del proceso penal y el elongado tiempo de procesamiento de los imputados, es palpable en casos de Lesa Humanidad, donde después de más de 48 años de que se conocen que han ocurrido los hechos, se restaura la acción penal extinguida, luego el imputado es sometido a 7 años promedio de prisión preventiva, hasta que se inicia el debate oral, los cuales en algunos casos suelen durar varios años, recibir condena por varios años de privación de la libertad y continuar con el doble conforme y otras instancias recursivas lo que cual ha de generar que lo más probable es que el imputado muera sin sentencia firme.
    En otro orden de cosas, se ha abusado de la prisión preventiva en este tipo de causas, aplicando la prisión preventiva como adelanto de pena, haciendo alusión a la pena en expectativa, prejuzgando una futura condena, sin considerar que aprisionar una persona, provoca un agravio de imposible reparación ulterior, que la torna equiparable a definitiva, sin causa legal que la justifique, constituyendo una decisión arbitraria por apartamiento del derecho, de los principios y normas constitucionales, entre ellos los principios constitucionales que prohíben el trato discriminatorio, el principio de igualdad ante la ley, que conculca el derecho constitucional de permanecer en libertad durante el proceso penal, todo ello omitiendo considerar que se presume el estado de inocencia de todo imputado hasta que se pruebe la responsabilidad penal por un delito, mediante una sentencia condenatoria firme y sin demostrar objetivamente el riesgo procesal que genera el imputado en libertad ambulatoria y con reglas de conducta impuestas.

      • Enrique Stel
      • posted on September 19, 2023

      Asimismo, las prisiones preventivas exceden en demasía lo señalado en la ley 24.390 que establece dos años, excepcionalmente tres de encarcelamiento, llegando a existir casos en que el imputado ha cumplido prisión preventiva durante 13 años, siendo el promedio de 7 años para los casos de Lesa Humanidad. A manera de ejemplo cito, los casos de privación de la libertad por prisión preventiva sin sentencia condenatoria a febrero de 2021, de Eduardo Samuel De Lio, 13 años, Ricardo Aníbal Rolón, 11 años, Luis Gustavo Diedrichs, 13 años, Jorge Herrera, 13 años, Bruno Trevisán, 11 años y Emilio Morard, 14 años. Estas situaciones reflejan que las personas han sido penadas sin juicio previo y ello se traducen en un indebido proceso penal.
      La Doctora Ángela Ledesma perteneciente a la Cámara Federal de Casación Penal, en su voto en el plenario “Díaz Bessone”, expresó que “resulta evidente que hemos traicionado el programa de libertades establecido por nuestros padres constitucionales. La regla es la libertad, que es el bien supremo cuyo cercenamiento constituye la pena más grave que se le puede imponer a una persona”.

        • Enrique Stel
        • posted on September 19, 2023

        Finalmente Recuerdo: Ley 24.390. ARTICULO 1º-La prisión preventiva no podrá ser superior a dos años, sin que se haya dictado sentencia. No obstante, cuando la cantidad de los delitos atribuidos al procesado o la evidente complejidad de la causa hayan impedido el dictado de la misma en el plazo indicado, éste podrá prorrogarse por un año más, por resolución fundada, que deberá comunicarse de inmediato al tribunal superior que correspondiere, para su debido contralor. República Argentina. 2001.

          • Enrique Stel
          • posted on September 19, 2023

          Y por último rescato que: El artículo 7 de la ley 24.390, que preveía el beneficio del 2×1, estuvo vigente entre 1994 y 2001. Establecía que después de los dos primeros años de prisión preventiva, cada día más de encierro sin condena se contaría doble, a los efectos del cumplimiento de la pena y no diferenciaba tipos criminales. En otras palabras, es aplicable a narcotraficantes, violadores, homicidas, pedófilos pero por una ley interpretativa que irracionalmente pretende interpretar lo que no necesita interpretación como resulta ser el artículo 2 delCódigo Penal, no se aplica en casos de lesa humanidad.
          Código Penal de la República Argentina. Artículo 2º – Si la ley vigente al tiempo de cometerse el delito fuere distinta de la que exista al pronunciarse el fallo o en el tiempo intermedio, se aplicará siempre la más benigna. Si durante la condena se dictare una ley más benigna, la pena se limitará a la establecida por esa ley.

            • Anonymous
            • posted on September 19, 2023

            Como si todo lo expuesto fuera poco, deseo agregar la militancia de jueces y fiscales federales, en las mal llamadas causas de lesa humanidad, figura penal inexistente en la Constitución Nacional y baremos legales de la República.
            A guisa de verbigracia, les recuerdo el Fiscal de derechos humanos de los terroristas devenidos a victimas, ADOLFO VILLATE, Alias: “Pelado”, integrante de la patota para judicial, autodenominada “justicia legítima” y cuadro jurídico de la facción piquetera “Evita Montonera” con complexión de ejércitos irregulares y de ocupación, que comanda el Terrorista EMILIO PÉRSICO, Nombre de guerra: “Arturo”. En sus marchas enarbola banderas de Hezbolá, como Numen Tutelar. Emparentado con el Gobierno de Irán, cuna del Terrorismo Fundamentalista Islámico.

    • Claudio Kussman
    • posted on September 19, 2023

    Hago votos para que llegue el día en que políticos y funcionarios judiciales paguen por las interminables prisiones preventivas. En mi caso en el 2011 cuando por un artículo del militante “periodista” Diego Martínez de Página 12, tomé conocimiento que me involucraban en un hecho de los bien o mal llamados delitos de lesa, me presenté y me puse a disposición, haciendo saber que no había muerto como decían. Luego espere TRES AÑOS a que me vinieran a detener a donde dije que iba a estar. Pasé un año y medio en la cárcel hasta que me dieron la domiciliaria tras una huelga de hambre. Me excarcelaron recién tres años y medio después porque estos jueces y fiscales DELINCUENTES sostenian que había peligro de fuga y entorpecimiento de una “investigacion” ya concluida años antes. Los miembros de este poder judicial federal SON BASURA. En los 2 primeros años pase por las manos de DIEZ “jueces” subrogantes que no sabían nada de la causa. Hoy no sé si alguno sabe algo de la misma. Argentina no es un país, solo un territorio. CLAUDIO KUSSMAN

      • coincido
      • posted on September 19, 2023

      Coincido con usted Señor Kussman. Argentina es un espacio geográfico donde habita gente, que solo se ocupa de su proyecto individual y el resto que se joda.
      El contrato social del cual mucho escribió y dijo Jean-Jacques Rousseau, es el ideario de un romanticismo hoy inexistente, está roto. Hoy solo importa la caja, la caja, la caja, la caja y de ética y moral, NADA.
      Triste futuro el de esta argenzuela de hoy

        • Claudio Kussman
        • posted on September 19, 2023

        Lo lamentable que este “sálvese quien pueda” atravesó TODAS las instituciones sin excepción, y los 3 poderes del estado. A nivel institucional yo formé parte de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, una institución difícil en una jurisdicción aún mas difícil, que tenia algunos sectores marginales con los que tendríamos que haber puesto mas empeño en erradicarlos. Aún así no se aceptaba que se “engarronara” a un inocente, como hace con toda naturalidad el poder judicial federal hoy. Sus miembros están interesados solo en condenar, sin importar que la persona sea culpable o inocente. Repito, SON VERDADEROS DELINCUENTES, con el agravante de ser irresponsables, como mostramos en: JUICIO “GUERRIERI IV” – GIMNASIA, SEXO TÁNTRICO* Y TODOS CONDENADOS A PRISIÓN PERPETUA (Con increíble video de 9 minutos) https://prisioneroenargentina.com/juicio-guerrieri-iv-gimnasia-sexo-tantrico-y-todos-condenados-a-prision-perpetua-con-increible-video-de-xxx-minutos/ Los veo y me pregunto ¿de donde salió este tipo de seres humanos con títulos de doctores y un poder ilimitado? Atentamente
        CLAUDIO KUSSMAN

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