El caso para reconocer la personalidad jurídica de ciertas especies animales

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El Nonhuman Rights Project emprendió lo que la organización espera sea una lucha de décadas para ganar la personería jurídica de especies con habilidades cognitivas de mayor nivel, como los grandes simios, elefantes y cetáceos. Con tal reconocimiento, el Nonhuman Rights Project estaría en condiciones de potencialmente, a través del mecanismo de un tribunal que concede una petición de hábeas corpus de derecho común, lograr que los animales se liberen de su cautiverio y sean relocalizados en santuarios. Hasta ahora, ningún tribunal de los Estados Unidos ha reconocido la personalidad de los animales.

Peter Albert David Singer es un filósofo moral australiano. Es profesor de bioética Ira W. DeCamp en la Universidad de Princeton y profesor laureado en el Centro de Filosofía Aplicada y Ética Pública de la Universidad de Melbourne.

Singer

Los argumentos a continuación se toman en gran parte de varios documentos legales presentados en relación con la defensa de los Proyectos de Derechos No Humanos en nombre de los chimpancés y elefantes en los tribunales estatales de Nueva York y Connecticut o de los escritos de Peter Singer, a menudo considerado como el fundador de el movimiento de liberación animal.

1. La “persona” jurídica no es sinónimo de “seres humanos”, sino que designa una entidad con capacidad para poseer derechos legales.

La personalidad jurídica es un concepto jurídico, no biológico. El escrito del Nonhuman Rights Project en el caso de Kiko (un chimpancé que falleció en 2018) señala que la condición de persona jurídica “no se corresponde necesariamente con el orden natural” y que “puede ser más limitada que el ‘ser humano'”. El escrito señala: “Con el propósito de la Decimocuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, un feto humano no es una persona jurídica ”y que“ antes de la Guerra Civil, los esclavos humanos no eran personas jurídicas ”. Al mismo tiempo, el concepto de persona jurídica puede ser más amplio que “ser humano” e incluir “una entidad cualitativamente diferente a un ser humano”. Por ejemplo, las corporaciones han sido durante mucho tiempo “personas” en el sentido de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. En otras naciones, las características naturales o los lugares sagrados han sido designados como personas jurídicas. En Nueva Zelanda, por ejemplo, el río Whanganui ha sido designado como persona jurídica en virtud de un acuerdo entre los pueblos indígenas y la Corona.

El escrito señala que “esta extensión, por buenas y suficientes razones, de la concepción de la personalidad más allá de la clase de los seres humanos es una de las hazañas más notables de la imaginación jurídica”.

2. La exclusión de animales como chimpancés y elefantes de la definición de “personas” jurídicas es arbitraria y discriminatoria.

Este punto se enfatiza en el amicus brief presentado por un grupo de filósofos (“Philosophers’ Brief” (Resúmen de los filósofos): “Hay una diversidad de formas en las que los humanos (Homo sapiens) son ‘personas’ y no hay concepciones no arbitrarias de ‘personalidad’ que puede incluir a todos los animales humanos y excluir a todos los animales no humanos. Varios intentos en la literatura para justificar este enfoque son contraproducentes porque demuestran que los criterios que defienden la elección de un grupo biológico específico realmente están haciendo el trabajo moral, y estos criterios invariablemente excluyen a algunos humanos o incluyen algunos animales no humanos. Esto se debe a que nuestra especie, como cualquier otra, es el producto de procesos evolutivos graduales que crean una serie de similitudes entre las especies y una serie de diferencias dentro de ellas “.

Los filósofos no ven las especies como una base adecuada para determinar la pertenencia a la categoría de “personas jurídicas”: “Las especies no son” tipos naturales “con esencias distintas; por lo tanto, no existe un método para determinar una “naturaleza humana” subyacente, biológicamente robusta y universal sobre la cual se pueda pensar que descansan los derechos morales y legales. Cualquier intento de especificar las características esenciales de la ‘naturaleza humana’ deja fuera a un número considerable de seres humanos, a menudo los más vulnerables de nuestra sociedad, o incluye miembros de otras especies “. Los filósofos añaden: “Cuando se entiende como una clasificación biológica, es difícil ver por qué las especies, o incluso cualquier otra categoría taxonómica, deberían tener algún peso moral”.

Kiko

3. La alta capacidad cognitiva es una base sólida para determinar qué animales deben considerarse “personas” al menos para algunos fines según la ley.

El escrito de los filósofos lo expresa así: “La autonomía se considera típicamente una capacidad suficiente (aunque no necesaria) para la personalidad. Las violaciones de la autonomía constituyen un daño grave. Las declaraciones juradas de los primatólogos apoyan nuestra opinión de que los chimpancés son seres autónomos “.

“Si las personas se definen como ‘seres que poseen ciertas capacidades’, y los humanos generalmente poseen esas capacidades, entonces ser humano puede usarse para predecir con cierto grado de precisión que un individuo en particular también tendrá esas capacidades, y será una persona. Pero es una decisión arbitraria incluir la pertenencia a una especie únicamente como una condición de la personalidad, y no satisface un requisito básico de la justicia: que tratemos los casos similares por igual “. (Resúmen de los filósofos).

4. Reconocer la personalidad de los animales les proporcionará protección de formas que no lo harán las leyes de bienestar animal.

Peter Singer sostiene que las leyes de bienestar animal siempre anteponen los intereses humanos a los de los animales que podrían proteger. Singer dice: “Antes del surgimiento del movimiento animal moderno, existían sociedades para la prevención de la crueldad hacia los animales, pero estas organizaciones aceptaban en gran medida que el bienestar de los animales no humanos merece protección solo cuando los intereses humanos no están en juego. Los seres humanos eran vistos como bastante distintos e infinitamente superiores a todas las formas de vida animal. Si nuestros intereses entran en conflicto con los de ellos, siempre son sus intereses los que tienen que ceder ”. (Debate con Richard Posner, 11/6/2001)

5. El dolor animal debe contar tanto como el dolor humano, y debemos estar igualmente decididos a reducirlo siempre que sea posible, a través de la ley u otros medios.

Singer hace este argumento: “La forma fundamental de igualdad es la consideración igualitaria de intereses, y es esto lo que debemos extender más allá de los límites de nuestra propia especie. Básicamente, esto significa que si un animal siente dolor, el dolor es tan importante como cuando un humano siente dolor, si los dolores duelen tanto. La gravedad del dolor y el sufrimiento no depende de la especie de ser que lo experimenta”.

“El único límite aceptable de nuestra preocupación moral es el punto en el que no hay conciencia del dolor o del placer, ni preferencias de ningún tipo. Por eso los cerdos cuentan, pero las lechugas no. Los cerdos pueden sentir dolor y placer. Las lechugas no pueden”.

El enfoque de Singer en el dolor contrasta, hasta cierto punto, con el enfoque de los proyectos de derechos no humanos en las capacidades cognitivas. Bien puede ser que el salmón y los pavos, por ejemplo, experimenten dolor, pero ese hecho difícilmente podría ser una base para la personalidad jurídica.

6. No existe una base ética sólida para tratar a los seres humanos de manera diferente según la ley que a todas las demás especies.

Singer señala: “¿Qué característica éticamente significativa puede haber que posean todos los seres humanos, pero ningún animal no humano? Nos gusta distinguirnos de los animales diciendo que solo los humanos son racionales, pueden usar el lenguaje, son conscientes de sí mismos o son autónomos. (Si estas capacidades son únicamente humanas es, por decir lo menos, discutible). Pero estas habilidades, por significativas que sean, no nos permiten trazar la línea necesaria entre todos los humanos y los animales no humanos. Porque hay muchos humanos que no son racionales, conscientes de sí mismos o autónomos, y que no tienen lenguaje; todos los humanos menores de 3 meses de edad, para empezar. E incluso si son excluidos, por tener el potencial de desarrollar estas capacidades, hay otros seres humanos que no tienen ese potencial. Lamentablemente, algunos humanos nacen con un daño cerebral tan severo que nunca podrán razonar, verse a sí mismos como un ser independiente, existir a lo largo del tiempo, tomar sus propias decisiones o aprender cualquier forma de lenguaje”.

Laurence Henry Tribe es un jurista estadounidense que es profesor de la Universidad Carl M. Loeb en la Facultad de Derecho de Harvard de la Universidad de Harvard. Tribe es un estudioso del derecho constitucional y cofundador de la American Constitution Society.

“Si fuera absurdo otorgar a los animales el derecho al voto, no sería menos absurdo otorgar ese derecho a los bebés oa los seres humanos severamente retrasados. Sin embargo, todavía damos la misma consideración a sus intereses. No los criamos para comer en cobertizos abarrotados ni probamos limpiadores domésticos en ellos. Nosotros tampoco. Pero hacemos estas cosas con animales no humanos que muestran mayores habilidades de razonamiento que estos humanos”. (Singer, Debate con Posner).

Tribe

7. En el pasado, los tribunales han recibido peticiones de hábeas corpus para esclavos, a pesar de que se consideraban meras cosas de propiedad según la ley, por lo que es apropiado hacer lo mismo con un chimpancé.

“A lo largo de la historia, el recurso de hábeas corpus ha sido un garante crucial de la libertad al proporcionar un foro judicial a seres que la ley no reconoce (todavía) que tienen derechos y responsabilidades legales en pie de igualdad con los demás. Por ejemplo, los esclavos humanos utilizaron el recurso de hábeas corpus de derecho común en Nueva York para desafiar su servidumbre, incluso cuando la ley los trataba como simples cosas. Sostener que Kiko [un chimpancé] y otros como él no son bienvenidos en los tribunales de hábeas es similar a sostener que los esclavos detenidos, los niños pequeños o las personas en estado de coma no pueden invocar el recurso de hábeas corpus para probar la legalidad de su detención, con base en una declaración inicial y Conclusión en gran parte no examinada sobre qué tipos de derechos y responsabilidades legales sustantivos se podría considerar que esas personas tienen en varios contextos. . . . El peligro al que se enfrenta el hábeas corpus – restricción y detención forzosas pero injustificadas y presuntamente en violación de la ley aplicable – puede existir incluso cuando el peticionario de hábeas carece de otros derechos y responsabilidades legales”. (Informe de Laurence Tribe, 3-5)

8. La capacidad para asumir deberes legales no es una condición previa para ser reconocido como persona jurídica.

En su escrito sobre el caso Kiko, el profesor Tribe argumenta que es “un non sequitur” sugerir que “la incapacidad de los chimpancés para asumir deberes legales hizo que sea ‘inapropiado conferir derechos a los chimpancés'”. Tribe señala que “incluso durante el En la época en que nuestra Constitución empleaba varios eufemismos para expresar su tolerancia de la ignorante institución de la esclavitud mercantil ”, aquellos que estaban legalmente esclavizados todavía tenían ciertos derechos, como el derecho a apelar las condenas penales. (Informe de Laurence Tribe, 6-9)

Los filósofos sostienen que basarse en la teoría de que la incapacidad de los chimpancés para asumir deberes legales es una justificación para negar la condición de persona malinterpreta la naturaleza del contrato social. El escrito señala que los filósofos del contrato social como Thomas Hobbes, John Locke y Jean-Jacques Rousseau, “sostienen que todas las personas tienen ‘derechos naturales’ que poseen independientemente de su voluntad o capacidad para asumir responsabilidades sociales. Estos derechos, que poseemos en el estado de naturaleza, incluyen el derecho a la libertad absoluta y la libertad. Al contratar a nuestros compañeros, no nos convertimos en “personas”, sino en “ciudadanos”; y no adquirimos derechos de repente, sino que renunciamos a nuestros derechos naturales, a veces a cambio de derechos civiles y legales”.

Richard Allen Posner es un jurista y economista estadounidense que es profesor titular en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chicago. Entre 1981 y 2017, se desempeñó como Juez de Circuito de los Estados Unidos de la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el Séptimo Circuito en Chicago.

Más bien, lo que importa, argumentan los filósofos, es que “Kiko y Tommy [dos chimpancés involucrados en un litigio] están incrustados en redes interpersonales de dependencia, significado y cuidado con otras personas humanas, y por tanto forman parte de comunidades humanas. Hemos traído a Kiko y Tommy a nuestra comunidad y los hemos integrado en las relaciones sociales, por lo que ellos también deben ser protegidos cuando otros ejercen un poder arbitrario sobre esos lazos sociales “. (Resúmen de los filósofos).

Posner

9. Quienes reconocemos como “personas” jurídicas expresan concepciones sobre el valor de aquellos incluidos o excluidos de nuestra definición, y que el reconocimiento o no reconocimiento de la personalidad a su vez configura las normas y valores sociales. Por lo tanto, al reconocer la personalidad de los animales, los tribunales pueden contribuir a dar forma a una sociedad en la que esos animales sean tratados con más decencia de lo que lo son ahora.

Este es un punto sutil, pero importante, hecho por Tribe en su informe. Tribe dice: “Las definiciones legales de qué y quién constituye una ‘persona’ hacen mucho ‘más que simplemente regular el comportamiento’ cuando se trata de ‘las cuestiones sociales más divisivas de Estados Unidos’: expresan ‘concepciones de [el] valor relativo de los objetos incluidos y excluidos por la condición de persona ‘, y estas expresiones de’ valores de la ley ‘a su vez dan forma a las normas y valores sociales “. Tribe agrega: “Los tribunales no pueden emitir decisiones defendibles sobre el significado de la personalidad jurídica sin expresar ciertos valores, lo quieran o no. La cuestión de la personalidad jurídica de Kiko implica una “cuestión social poderosamente divisoria”, así como “el lugar incómodo pero ineludible de las distinciones de estatus” en nuestro sistema legal “. Tribe argumenta que de la respuesta de los tribunales a la cuestión de la personalidad jurídica de los chimpancés se encuentran “intereses pragmáticos inmensamente importantes”. (Informe de Laurence Tribe, 11-12).

10. Los tribunales pueden reconocer a los chimpancés como personas con fines de hábeas corpus sin tener que imaginar y sopesar todas las consecuencias de extender una protección similar a otros animales.

El escrito en el caso Kiko lo señala de esta manera: “Si un ser como Kiko no tiene presuntamente derecho a ninguno de los beneficios que a veces se asocian con la personalidad jurídica, a menos y hasta que los tribunales estén listos para extender a todos los seres posiblemente similares todos los beneficios de ese estatus legal, la evolución de los recursos del common law como el habeas corpus permanecerá encadenada a los prejuicios y presunciones del pasado y perderá su capacidad para empujar a las sociedades hacia visiones de justicia más integrales ”. Como mínimo, argumentó el Nonhuman Rights Project, los tribunales deberían aceptar la responsabilidad de probar la legalidad de la detención de chimpancés, incluso si la conclusión final podría ser que la detención es legal: “La negativa del tribunal incluso a examinar el carácter de la detención de Kiko descansaba en un malentendido del papel crucial que ha jugado el recurso de hábeas corpus de derecho común a lo largo de la historia: proporcionar un foro para probar la legalidad de la restricción o detención en curso de alguien. Este foro de revisión ha estado disponible incluso cuando la conclusión final es que la detención es legal, dadas todas las circunstancias”.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Febrero 25, 2021


 

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