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  Por JOSEFINA MARGAROLI

  Por SERGIO MACULÁN

LA ANOMIA VIVE

Resulta difícil vivir en un país, donde se aplican algunos conceptos que claramente vulneran derechos y garantías, y que, por lo tanto, transforman un Estado de derecho en un estado de anomia. Entre la consigna peronista de “al amigo todo, al enemigo ni justicia” y “la ley dice lo que el juez dice que la ley dice”, esto último cuando el juez (al menos unos cuantos) actúan por conveniencias personales, adhesiones ideológicas, u otros intereses antijurídicos, nuestra situación como ciudadanos se vuelve jurídicamente precaria.

Vamos a tomar como ejemplo, una nueva acción sostenida desde el poder ejecutivo y grupos afines al mismo, y su manifiesta negación al derecho de propiedad, garantizado no solo por nuestra Constitución (art. 17) como también por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 21) y que es la ocupación muy probablemente ilegal de un campo perteneciente a una sociedad anónima (Las Margaritas S.A.) de los que son socios miembros de la familia de un ex funcionario del anterior gobierno y otra sociedad.

Haremos referencia no solo a los presuntos atropellos jurídicos, ya que a la fecha están en trámite de investigación los hechos, sino además a las deficiencias interesadas o no sobre las informaciones periodísticas sobre el tema.Por los datos de público acceso, una integrante de un grupo  familiar resuelve invitar a un establecimiento agrícola que es propiedad de una sociedad anónima a un grupo de personas (alrededor de 40) que ingresan y ocupan una parte del predio y el casco del mismo. Es frecuente que empresas (agrícolas, industriales, comerciales) funcionen bajo la forma de “persona jurídica”, esto implica que, si bien dicha entidad puede estar integrada por miembros de una familia, la regulación es comercial y no civil, y por lo tanto la seguridad empresarial no puede verse sometida a cuestiones de derechos de personas físicas y sus normales emociones.

De acuerdo a lo publicado, el establecimiento agrícola pertenece a una sociedad anónima, por lo cual los derechos de los socios son sobre acciones de la misma y no sobre el bien del que es propietaria la entidad, por ello las cuestiones sobre explotación o uso del o de los bienes, deben tratarse por resoluciones de la administración. Administración que es designada por los socios por mayorías. Por consiguiente, establecer permisos de uso, de explotación o de ocupación no puede ser establecido por socio alguno, de ser así, con adquirir acciones de cualquier empresa, por ejemplo, en Coca Cola, el socio podría cambiar parte de la producción por algo distinto a lo que la empresa establece, así como instalar a personal amigo. Obviamente esto no suena sensato. Cabe agregar, que una persona jurídica, surge de una convención entre las partes que la integran y conforme a determinadas formas jurídicas, no puede luego alguno de los integrantes alegar que se trató, como en el caso de personas físicas, de algo no pensado o no deseado o de alguna falla del método anticonceptivo usado en la natural procreación de estas últimas.

Los medios, sobre todos los ideológicamente allegados al gobierno, alegan el planteo del tema como una cuestión familiar, sostenido sobre, según mostró algún video, falsificaciones de firmas de la hermana Dolores Etchevehere que se presenta como víctima, hechos que habrían ocurrido ante notario público. No ha explicitado que se hayan interpuesto acciones por redarguciones de falsedad, contra el o los escribanos que habrían certificados esas falsas firmas.

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Luis Etchevehere
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Donda
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Dolores Etchevehere
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En un reportaje realizado por la señal C5N a la titular del INADI, Victoria Donda, ésta aludió a que hay además un acto de discriminación por género respecto de la invitadora al campo, ya que por ser mujer no la dejan administrar. Hay que señalar que la presidente de la sociedad titular del campo es la madre de la misma, así que salvo que las señoras Victoria y Dolores tengan una autopercepción de que la presidente de la sociedad es de género masculino (algo que en este país puede pasar), mal puede alegarse que haya discriminación. Si la habría respecto de la señora de Etchevehere, tal vez por no ser ideológicamente afín a la señora Donda y sus adherentes.

Tal vez con este aval político, que se suma al de una funcionaria del ejecutivo que concurrió a la “invitación” al casco del campo, generó el inicio de una acción esta vez en la CABA. Según INFOBAE 23/oct/2020, por Juan Cruz Butvilofsky, https://www.infobae.com/politica/2020/10/23/tras-una-presentacion-de-dolores-etchevehere-un-juez-dispusouna-orden-de-restriccion-contra-sus-hermanos/ … Dolores Etchevehere aseguró: “Por mi condición de ser mujer, me han excluido de todos los negocios de la familia” … En el citado noticioso de C5N, el presentador manifestó que no entendía como el porcentaje que le correspondía a la señora Dolores, no era de una cuarta partedel campo ya que eran cuatro hermanos. Reiterando que por tratarse de una sociedad el derecho es sobre acciones y no sobre el inmueble, la única forma de que le hubieran podido corresponder una cuarta parte sería si se excluyera a la madre a la que como cónyuge supérstite le corresponde la mitad como ganancial, por lo tanto, solo sería una cuarta parte de la mitad es decir una octava parte. Es decir, flojo de derecho sucesorio y peor con las operaciones en fracciones que se enseñan y deberían aprenderse en la escuela primaria.

Volviendo a lo jurídico, la resolución judicial dictada establece:
LA PAZ, 23 de octubre de 2020.
VISTO: En el presente legajo caratulado “Etchevehere Leonor B.M. S/su denuncia” IPP 16.614 -Legajo de O.G.A. Nº 1926-O, iniciado el 15/10/2020; venidos a despacho para resolver; y, … 7. Que lo que diré en este considerando no hace a la cuestión resuelta, por ello pido disculpas a las partes su mención, pero mi formación judicial desde “el derecho de las familias” me lleva a la necesidad de ofrecer a los hermanos Etchevehere poder pensar una solución pacífica, armónica, desde el ganar-ganar, distinta a lo visto hasta entonces y con la ayuda de operadores bien intencionados, evidenciando con el ejemplo que todo esto es material y por lo tanto quedará en la tierra.

Luego de considerar que no hace a la cuestión y establecer que, por ser formado en derecho de familia, llama a una solución pacífica, luego impediría con lo establecido respecto (de la nota de Infobae citada) El juez subrogante de La Paz, Raúl Flores, dispuso una restricción de acercamiento al ex ministro Luis Miguel Etchevehere, sus dos hermanos –Juan Diego y Arturo Sebastián– y su madre Leonor Barbero Marcial, quienes no podrán acceder al casco de la estancia Casa Nueva por el plazo de 30 días. No parece muy coherente citar a una solución e impedir que las partes tengan contacto.

Si bien es cierto que lo material quedará en la tierra, como juez de familia debe saber que estos bienes les corresponderán a los sucesores en caso de fallecimiento, por lo cual parece poco coherente limitar que los progenitores defiendan los derechos patrimoniales de sus herederos. Muy generoso el magistrado con los bienes ajenos.

También en la nota se expresa: El magistrado les impidió que accedan al casco de la estancia Casa Nueva por 30 días. Tampoco podrán ejercer “actos violentos, molestos o intimidatorios” a través de los medios de comunicación.

La decisión sobre lo expresado en los medios de comunicación, además de ser una restricción a la libertad de expresión, podría estrenar la participación del programa NODIO, por el cual el gobierno pretende colocarse como censor de la opinión de los ciudadanos y sancionar lo que no le guste o convenga.

Recurrir a argumentos de socios minoritarios, representantes de espíritus ancestrales sean reales o auto percibidos, necesitados sociales aprovechados por grupos ideológicos sean usados como excusa para la vulneración al derecho de propiedad y de libertad de expresión.

A estos hechos tal vez podría aplicarse una frase del escritor inglés Gilbert K Chesterton “Para corromper a un individuo basta con enseñarle a llamar derechos a sus anhelos personales y abusos a los derechos de los demás”.

Esperemos que el derecho supere a la anomia.

Buenos Aires, 24 de octubre de 2020.

DRA. JOSEFINA MARGAROLI
MEDICA LEGISTA
ABOGADA
ARQUITECTA

DR. SERGIO LUIS MACULAN
ABOGADO
NOTARIO
PSICÓLOGO

 


PrisioneroEnArgentina.com

Octubre 25, 2020


 

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