EL RESENTIMIENTO Y SU APLICACIÓN AL ÀMBITO JUDICIAL SOBRE LOS AÑOS 70 EN ARGENTINA

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Por Mario Sandoval (1)

Introducción

Un fantasma recorre las instituciones de la República Argentina: el fantasma del resentimiento encarnado en su praxis judicial y en la administración de los Derechos Humanos. Este espectro, lejos de ser una abstracción incorpórea, encuentra su anclaje material en un actor necesario y concreto: el resentido, un sujeto social cuya subjetividad ha sido colonizada por una patología del espíritu y una emotividad desbocada que nubla la razón.

El análisis de la práctica  judicial en la República Argentina respecto a los procesos penales por los hechos de la década de 1970 exige desarmar la ficción de la neutralidad técnico-jurídica para examinar las pulsiones existenciales que subyacen a las decisiones institucionales. Cuando el derecho penal abdica de su función garantista, no lo hace por un mero vacío normativo, sino porque ha sido colonizado por un afecto reactivo que la filosofía moral y la ontología han cartografiado con precisión: el resentimiento. Para abordar esta problemática con el máximo rigor teórico, es imperativo establecer una distinción metodológica crucial: una cosa es la delimitación conceptual y universal del resentimiento que los filósofos de referencia acuñaron en sus respectivas épocas, y otra, enteramente distinta, es la posterior operacionalización e interpretación que aquí se propone al proyectar dichas categorías sobre el comportamiento de los magistrados, las organizaciones militantes y los medios de comunicación en el contexto argentino actual.

Bajo esta matriz interpretativa, se examinará cómo el resentimiento individual ha sido colectivizado y transformado por las ONGs y sectores militantes en un “resentimiento grupal”. Esta transmutación utiliza la subversión axiológica descrita por Max Scheler (1874-1928) en su caracterización de la patología del espíritu, en íntima conexión con la degradación de los valores reales teorizada por Nicolai Hartmann (1882-1950), instalando una moral selectiva donde las garantías procesales fundamentales son vistas como privilegios inaceptables según la identidad del acusado.

Asimismo, se analizará la conducta de los magistrados (jueces y fiscales), quienes adoptan la función de lo que Friedrich Nietzsche (1844-1900) denominó los “sacerdotes ascéticos”: administradores de la pulsión vindicativa de la sociedad, utilizando la fuerza del Estado para deshumanizar al acusado y convertirlo en un “monstruo ontológico” privado de sus derechos elementales.

Finalmente, se demostrará cómo los medios de comunicación y el activismo operan en una perfecta alianza disciplinaria que ejecuta un mecanismo homólogo a la “nivelación social” y la consecuente tiranía de la opinión pública (el ‘público’ en el sentido estrictamente kierkegaardiano, como abstracción anónima), advertidas por Søren Kierkegaard (1813-1855). Este aparato configura un panóptico social de corte foucaultiano, utilizando etiquetas simplistas como “fascista” para clausurar el debate epistemológico y neutralizar cualquier disidencia intelectual.

El escrito se propone evidenciar que el entramado judicial-militante en Argentina ha entronizado al resentimiento como el valor supremo del sistema, cometiendo una flagrante y sistemática violación de los Derechos Humanos de los ex agentes del Estado de los 70, en nombre, paradójicamente, de los propios Derechos Humanos.

  1. La Definición Filosófica y Universal del Resentimiento

Para comprender el impacto del resentimiento en las estructuras institucionales, es indispensable examinar su naturaleza intrínseca despojada de coyunturas históricas particulares. El resentimiento no es una mera respuesta iracunda ni un sinónimo de la indignación moral; es una configuración de la conciencia, una fuerza puramente reactiva y una patología del espíritu.

Friedrich Nietzsche (1844-1900) : En su obra La genealogía de la moral (1887), Nietzsche sitúa el nacimiento del resentimiento en la impotencia. El hombre del resentimiento es aquel que, imposibilitado de reaccionar mediante una acción real y creadora, se ve forzado a rumiar su dolor, produciendo la “moral de esclavos”. Esta configuración psíquica necesita siempre de un mundo opuesto y externo; necesita de una acción ajena para generar su propia reacción, siendo su primera acción un “no” rotundo a lo que está fuera de sí mismo. En este estado, la noción de castigo se desvía de cualquier fin racional o restaurativo: se convierte en una “fiesta de la crueldad”, donde el acreedor herido encuentra un placer compensatorio en infligir sufrimiento al deudor, revirtiendo psíquicamente su condición de debilidad originaria.

Max Scheler (1874-1928) : En su ensayo El resentimiento en la moral (1912), Scheler hereda la intuición nietzscheana pero la precisa desde la fenomenología, definiendo al resentimiento como una “autointoxicación psíquica” de origen duradero, provocada por una represión sistemática de las descargas emocionales que corresponden a un agravio. El peligro radical del resentimiento radica en su capacidad para operar una falsificación de la tabla de valores. El sujeto atrapado en él es incapaz de asimilar la existencia de un valor superior en el otro y recurre a una subversión inconsciente: rebaja los valores que no puede alcanzar o poseer, y eleva sus propias limitaciones a la categoría de virtudes supremas, normalizando una ceguera axiológica que transforma el juicio moral en un mecanismo de denigración del prójimo.

Nicolai Hartmann (1882-1950) : En su monumental obra Ética (1926), Hartmann profundiza en la estructura del resentimiento desde la perspectiva de la estimación de los valores. Para Hartmann, el resentimiento es una “impotencia axiológica”que incapacita al individuo para percibir desapasionadamente la nobleza o el mérito ajeno. El resentido, al sentirse disminuido, no ataca al portador del valor, sino que intenta socavar la validez del valor mismo. En el ámbito del juicio, esto produce una perversión de la justicia, ya que el resentimiento deforma la conciencia moral del juzgador, obligándolo a emitir veredictos basados en el empequeñecimiento y la degradación del otro, destruyendo la neutralidad del plano axiológico.

Søren Kierkegaard (1813-1855) : En su ensayo crítico Una reseña literaria (1846), Kierkegaard introduce el concepto de la nivelación” (Nivellement), un proceso social abstracto motorizado por la envidia y el resentimiento colectivo. Kierkegaard explica que el resentimiento del “público”, entendido no como una masa corpórea o una multitud congregada en el espacio físico, sino como una abstracción incorpórea y anónima producida por la opinión pública, se activa cuando no puede tolerar la singularidad o la excepción. La nivelación es la operación mediante la cual este resentimiento grupal e impersonal intenta suprimir toda eminencia y reducir a todos los individuos a una abstracción vacía. Cuando este mecanismo captura el espíritu de una época, la verdad y la responsabilidad individual son asfixiadas por una opinión pública tiránica que exige la sumisión al relato mayoritario, penalizando a cualquiera que intente sostener un juicio independiente.

  1. La Anatomía del Resentido: El Actor Necesario de la Praxis Reactiva

El resentimiento no opera en el vacío; requiere de un vehículo, de un agente concreto: el resentido. Este actor social no debe ser confundido con el sujeto que experimenta una indignación moral transitoria; el resentido representa una fijación existencial, una patología del espíritu que transforma su impotencia en un dispositivo de poder. Su caracterización exige una triple lectura crítica:

  • Dimensión Ontológica: El ser invertido y la deshumanización del otro. Desde la ontología de Friedrich Nietzsche, el resentido es el hombre de la reacción pura. Su ser no posee una consistencia ontológica afirmativa propia; existe solo en la medida en que decreta un “no” radical a lo que es externo y diferente a él. Al carecer de la capacidad creadora para asimilar el devenir o para superar el daño, su ontología se estanca en el rumiar constante del dolor. Para sostener su propia existencia desvitalizada, el resentido necesita despojar al otro de su subjetividad, transformándolo en un “monstruo absoluto”. El castigo que el resentido administra a través de las instituciones no busca la restauración del orden jurídico, sino una “fiesta de la crueldad”: un placer compensatorio en la degradación biológica y procesal del deudor para revertir, ficticiamente, su propia debilidad originaria.
  • Dimensión Epistemológica: La ceguera axiológica y el desierto cognitivo. Epistemológicamente, el resentido habita una realidad distorsionada; es un sujeto ciego a la objetividad del universo racional. Utilizando las herramientas de Max Scheler y Nicolai Hartmann, el resentido padece una “autointoxicación psíquica” y una “impotencia axiológica” que le impiden percibir con lucidez el mérito, la nobleza o los valores reales. Al verse incapaz de alcanzar o poseer ciertos valores superiores, como la imparcialidad, la verdad fáctica o la ecuanimidad jurídica, opera una subversión inconsciente: rebaja el valor mismo y eleva sus propias limitaciones a la categoría de virtudes supremas. En su afán de autodefensa, clausura el debate epistemológico; no tolera la evidencia probatoria ni la racionalidad técnica, recurriendo al estigma y a la etiqueta reduccionista como cortafuegos cognitivos para salvaguardar su ficción ideológica.
  • Dimensión Social y Conductual: Pura sensibilidad sin frenos ni inhibiciones. En el plano de la praxis social, el resentido es la manifestación de una emotividad desbocada que ha colonizado la razón institucional. Al amparo de la “nivelación” descrita por Søren Kierkegaard, el resentido individual se disuelve en el anonimato de la masa o del “resentimiento grupal” (ONGs, corporaciones mediáticas) para liberar una sensibilidad punitiva desprovista de frenos morales o inhibiciones conductuales. Protegido por el coro de la opinión pública y el relato hegemónico de su facción, el resentido pierde toda contención ética. Confunde (voluntariamente) su pulsión vindicativa con el imperativo de la justicia y utiliza el aparato coercitivo del Estado de manera implacable, desbordando los límites del pacto constitucional en nombre de una memoria selectiva y un castigo infinito. Este delito lo comete en todo impunidad con la complicidad juridica y politica, el silencio de la prensa y de los defensores de los derechos humanos.

 

III. La Continuidad Interpretativa: El Resentimiento Aplicado a la Praxis Judicial Argentina

Una vez delimitadas las categorías filosóficas en su dimensión abstracta, se vuelve posible trazar el puente hermenéutico hacia la realidad contemporánea de los procesos penales por los hechos de la década de 1970 en la República Argentina, utilizando estos conceptos como herramientas clínicas para diagnosticar la conducta de los actores que han entronizado al resentimiento como la norma moral del sistema judicial.

  1. ONGs y Sectores Militantes: La Colectivización del Daño y la Falsificación Burocrática del Valor.

El primer eslabón de esta patología se encuentra en la metamorfosis del dolor legítimo en un dispositivo de dominación política, operando una captura de la subjetividad de las víctimas para dar paso a una autointoxicación psíquica colectiva en los términos de Max Scheler. Al proyectar su teoría y la de Nicolai Hartmann, observamos una flagrante falsificación de la tabla de valores: estas organizaciones han desplazado los principios universales de la Ilustración jurídica (igualdad ante la ley, presunción de inocencia, debido proceso) para entronizar la “Memoria Identitaria” como una deidad axiológica absoluta. El concepto de “Derecho Humano” sufre una mutación selectiva, transformándose en patrimonio exclusivo de su facción. Es el crimen perfecto avalado por la justicia y el Estado.

Cualquier intento de aplicar la ley de forma objetiva a un ex agente de los años 70, como el otorgamiento de prisiones domiciliarias por razones humanitarias de edad o enfermedad, es leído como una afrenta moral. El resentimiento grupal ha burocratizado la herida histórica. En sintonía con la lógica de la “nivelación” de Kierkegaard, la conducta de las ONGs revela una intolerancia absoluta hacia la legalidad ordinaria: exigen la aplicación de un estándar de excepción permanente porque la pacificación social o el fin del castigo significarían la disolución de su propia legitimidad y de las prebendas materiales que de ella emanan. El juicio penal es despojado de su fin restaurativo y es utilizado como un monumento estático al castigo infinito.

  1. Los Magistrados (Jueces y Fiscales): La Venganza Delegada y la Administración del Castigo.

La conducta criminal de los jueces y fiscales en estos procesos específicos representa la capitulación de la justicia positiva frente a la presión del relato societal. Al aplicar las herramientas conceptuales de Friedrich Nietzsche, los magistrados se revelan como los “sacerdotes ascéticos” de la modernidad tardía, cuya función no es determinar la verdad fáctica mediante la sana crítica de la prueba, sino administrar, canalizar y dar forma legal a la pulsión reactiva del rebaño social.

Bajo sus togas y el lenguaje solemne de las sentencias se esconde la “santificación de la venganza”. El juez que juzga bajo la matriz del resentimiento experimenta el placer del acreedor: cobra la deuda histórica en la carne y el tiempo de los ancianos acusados, pero se autoproclama heraldo de la Humanidad. Se produce así una regresión hacia un “derecho penal de autor”, donde se condena al reo por quién es (un ex agente del Estado) y no por lo qué hizo. La conducta sistemática de las magistraturas argentinas al denegar garantías fundamentales, ignorar el principio de la ley más benigna, prolongar prisiones preventivas de manera indefinida y forzar audiencias en condiciones de deterioro biológico, demuestra una ceguera axiológica absoluta en los términos de Hartmann. El acusado ha dejado de ser un sujeto con dignidad intrínseca para transformarse en una “cosa penal”, un desecho biológico cuya destrucción física en prisión es ofrecida como sacrificio para saciar la demanda emocional del colectivo militante.

  1. Medios de Comunicación y Aparatos de Difusión: La Nivelación Social y el Estigma como Cortafuegos Epistemológico.

El tercer vértice lo constituyen las corporaciones mediáticas y los intelectuales orgánicos, cuya conducta está diseñada para blindar el relato del resentimiento y clausurar cualquier disidencia racional. Al integrar el pensamiento de Søren Kierkegaard en Una reseña literaria (1846), se evidencia que la complicidad entre los medios y la militancia opera como un auténtico mecanismo de nivelación abstracta, donde no es la ‘masa’ física la que tiraniza, sino el ‘público’: esa totalidad fantasmal, incorpórea y anónima que conforma la opinión pública moderna. A diferencia de los análisis clásicos sobre la masa o la multitud, que exigen la aglomeración corpórea y el contagio afectivo en la plaza pública, el público kierkegaardiano opera desde la dispersión y el aislamiento, unificando los criterios a través de un relato impuesto que exime a los individuos de toda responsabilidad personal por el juicio emitido.

Sin embargo, en el contexto argentino, esta nivelación se perfecciona al adquirir la forma de un panóptico social, una categoría que remite directamente a la analítica del poder de Michel Foucault (1926-1984). Los medios de comunicación y el activismo institucionalizado ejecutan un juicio sumario preventivo mediante la construcción estética y narrativa del “monstruo absoluto”. Este cerco funciona como una tecnología de vigilancia panóptica y disciplinaria: no necesita encerrar físicamente al disidente intelectual para neutralizarlo; basta con instalar la mirada inquisitorial de la opinión pública sobre la academia y las magistraturas.

Cualquier abogado, académico o el propio juez que intente introducir un argumento de racionalidad epistemológica es fulminado con la etiqueta de “fascista”  « negacionista » o “cómplice de la dictadura”. Esta simplificación reduccionista opera como el ojo vigilante del panóptico: infunde el terror al ostracismo y a la muerte civil, constriñendo la independencia de los magistrados, quienes prefieren convalidar la arbitrariedad procesal antes que enfrentar el linchamiento público. De este modo, el resentimiento se corona como el valor supremo del sistema: un poder impune que destruye el pensamiento crítico y utiliza el lenguaje de los Derechos Humanos para cometer, desde las instituciones del Estado, una flagrante violación colectiva del Derecho.

  1. El Daño Sistémico: Las Consecuencias de la Mutación Axiológica en el Tejido Nacional

Las consecuencias de la mutación axiológica analizada exceden la situación biológica de los ex agentes del Estado, quienes hoy padecen una condena procesal de excepción, y se proyectan como un daño estructural sobre el tejido social e institucional de la Nación, manifestándose en tres ejes fundamentales:

  • La desvalorización absoluta de la Justicia: Cuando la sociedad percibe de manera sistemática que los jueces no fallan en función de la verdad fáctica ni de las garantías constitucionales, sino para aplacar el clamor del rebaño mediático o satisfacer las demandas emocionales de una facción, el Poder Judicial pierde su esencia ontológica. Deja de ser el poder de la neutralidad y el arbitraje racional para transformarse en una simple agencia de linchamiento burocrático. Una justicia que se ejerce desde el resentimiento pierde su capacidad de pacificación social y se convierte en una fábrica perpetua de discordia y fragmentación.
  • La consagración del Derecho Penal del Enemigo: La conducta judicial analizada demuestra que en la Argentina se ha normalizado la existencia de dos categorías de ciudadanos: aquellos que gozan de la plenitud del pacto constitucional y aquellos que, catalogados como “monstruos ontológicos”, sufren la suspensión de facto de sus derechos fundamentales. Esta asimetría procesal destruye el principio de universalidad de la ley. Si las garantías procesales (presunción de inocencia, irretroactividad de la ley penal, trato humanitario en la vejez) dependen de quién sea el acusado y de la época en que se juzga, entonces la seguridad jurídica ha muerto en el país. El Derecho ha vuelto a ser el mero ropaje formal de una fuerza reactiva que disfraza su debilidad originaria mediante el ejercicio institucional de la crueldad.
  • El secuestro del pensamiento y la clausura epistemológica: La técnica inquisitorial de aplicar la etiqueta de “fascista” « negacionista » o “defensor de la dictadura” a cualquier intelectual, abogado o ciudadano que exija objetividad técnica ha provocado un desierto cognitivo. El miedo al ostracismo social y el mecanismo de nivelación colectiva han domesticado a la academia y a las magistraturas. Sin embargo, una verdad histórica que no puede sostenerse mediante el libre debate epistemológico, y que exige el auxilio de la coacción penal y la censura moral de la masa para sobrevivir, se confiesa a sí misma como una ficción ideológica nacida de la impotencia y la ceguera axiológica.
  1. Conclusión: El Imperativo de la Neutralidad Axiológica

El recorrido filosófico y analítico desplegado a lo largo de este escrito permite arribar a una conclusión tan amarga como irrefutable: la praxis judicial argentina respecto a los hechos de la década de 1970 ha dejado de pertenecer al orden del Derecho para inscribirse en la psicología de la degradación humana y la patología del poder. Al haber entronizado al resentimiento corporativo como el valor supremo y la moral oficial del sistema, el Estado de Derecho ha sufrido una implosión semántica.

Esta devastación institucional no ocurre en abstracto; requiere de un vector, de un ejecutor concreto: el resentido. Es este actor quien, en su dimensión individual (el magistrado o el activista intoxicado axiológicamente), traduce su impotencia y su impostura en pulsión punitiva. Al agruparse en ONGs y corporaciones, este operador colectiviza su patología para transformarla en un resentimiento grupal de carácter burocrático, el cual es proyectado a escala societal a través del control de los aparatos de difusión mediática para someter al “público” a un estado de vigilancia panóptica. Finalmente, este proceso de nivelación se consume a nivel nacional, logrando que el Estado de Derecho capitule y que los Derechos Humanos sean confiscados por un bloque hegemónico, compuesto por estos representantes y burócratas del dolor ucrónico, para legitimar una violencia estatal tan impune como la que formalmente se pretende juzgar.

Para salir de este universo asfixiante donde el resentido y su resentimiento devoran las bases mismas de la civilidad, es imperativo exigir el retorno a la neutralidad axiológica del Derecho. El proceso penal no puede seguir siendo utilizado como un instrumento de nivelación abstracta que anula la responsabilidad individual para saciar la envidia colectiva de la masa; tampoco puede continuar operando como el “sacerdocio ascético” nietzscheano que santifica la venganza para elevar la posición moral del juzgador bajo la apariencia de la legalidad. La justicia verdadera empieza allí donde termina la pulsión reactiva.

El Deber de la Resistencia Moral: ¿Quién exige el retorno al Derecho?

Ante este panorama de claudicación institucional, cabe formular la pregunta fundamental: ¿quién debería exigir el retorno a la neutralidad axiológica del Derecho? ¿Quién tiene la legitimidad para rescatar la venda de la justicia de las manos del resentido?

Esta demanda no provendrá de las burocracias adoctrinadas ni de los tribunales colonizados por el espíritu reactivo. El reclamo recae, necesariamente, en el ciudadano digno, representante de la sociedad que lucha por la defensa y protección de los derechos objetivos, en los hombres y mujeres de buena voluntad; en definitiva, en todo ciudadano comprometido con el respeto del Estado de Derecho. Desplazar del sistema judicial a los portadores del resentimiento, estos operadores que han mercantilizado la tragedia ajena, y exigir que en los juicios a los ex agentes de los años 70 se aplique la Constitución de manera ciega e implacable no es defender un pasado doloroso. Es, por el contrario, recuperar la limpia estimación de los valores, rescatar la nobleza del juicio que postulaba Nicolai Hartmann y salvar el futuro del derecho común frente a la degradación moral de las instituciones.

Si el Estado argentino persiste en la violación sistemática y deshumanizante de los derechos de los de los ex agentes de los 70, acusados en nombre de la memoria facciosa, terminará por convalidar que la ley es solo el capricho y la subversión axiológica del que detenta el poder de turno. Frente a la capitulación de las magistraturas y la farsa de estos procesos infinitos, se vuelve indispensable recuperar la memoria de las grandes respuestas éticas de la modernidad:

  • La indignación de Stéphane Hessel (¡Indignaos!, 2010): Aquella que nos recuerda que la peor actitud es la indiferencia, y que indignarse ante la deshumanización sistemática que sufren los acusados en los juicios de excepción es el primer paso para recuperar la decencia cívica.
  • La desobediencia civil de Henry David Thoreau (Desobediencia civil, 1849): El principio fundamental de que cuando el Estado de Derecho se convierte en el brazo ejecutor del capricho político, el ciudadano ético tiene el deber moral no de convalidar la arbitrariedad con su silencio, sino de oponer una resistencia intelectual y moral inquebrantable.

Romper el círculo vicioso del resentimiento es un acto de resistencia frente a los burócratas de la condena perpetua. Solo cuando los estrados judiciales vuelvan a ser el templo de la racionalidad probatoria, libres de la tiranía de la nivelación social y despojados de su función de comisarías políticas de la historia, la Argentina podrá clausurar su dialéctica del enemigo y fundar una República digna de tal nombre. Hasta que esa exigencia moral se imponga en la plaza pública y en las aulas, la denuncia firme de estos juicios de excepción seguirá siendo el único faro de dignidad posible frente a la impostura que se administra en nombre de la ley.  Hasta entonces, lo que se administra en los tribunales en las causas contra los ex agentes del Estado de los 70 no es justicia; es la impunidad de la venganza institucionalizada.

Pese a los ataques infames ad-hominem, yo elegi luchar contra todas las expresiones y manifestaciones del resentimiento, defender el Estado de derecho, los principios de legalidad, los Derechos Humanos de todos por igual, sin especulaciones dogmáticas o ideológicas, el resentido no.

Prof. Mario Sandoval                                                                                                                           

Presidente Casppa-France                                                                                               

Campo de Mayo, ARGENTINA

1-Mario Sandoval, francés, nació en Buenos Aires. Formación y actividades en ciencias políticas, filosofía, habiendo ocupado funciones en los sectores públicos y privados, la docencia superior y consultorías, a nivel nacional e internacional, en los campos de las relaciones internacionales, la geopolítica. Detenido arbitrariamente por la Argentina, actualmente privado de libertad en la prisión de alta seguridad de la U34 del SPF. Presidente de Casppa-France.

2-Abstracción incorpórea: Concepto o idea mental que carece de forma física o material (como la justicia, el tiempo o el amor), pero que tiene un significado real y sirve para entender el mundo.

3- Subversión axiológica es el proceso inconsciente mediante el cual el resentido, incapaz de alcanzar un valor superior, invierte su tabla de valores para rebajar lo que le supera y elevar sus propias limitaciones a la categoría de virtudes suprema

4- Nivelación social : Es una fuerza abstracta y democratizadora que despoja al ser humano de su carácter de «individuo único». Al subordinarse al juicio de la masa, el sujeto pierde su capacidad de elección ética y su responsabilidad ante Dios, quedando reducido a un mero reflejo del pensamiento dominante de su época.

5- El concepto de “rumiar” posee en Nietzsche un doble carácter fisiológico y psicológico. En este contexto reactivo, representa la incapacidad de olvidar y “digerir” las ofensas sufridas. Al no poder descargar la herida mediante una acción afirmativa, el individuo retiene el dolor en su interior, transformándolo en el veneno psíquico del resentimiento. In Nietzsche, F., La genealogía de la moral, Tratado Primero, § 10.

6- Max Scheler define la “autointoxicación psíquica” como una actitud psíquica permanente que resulta de la represión sistemática de la descarga de emociones y afectos naturales (tales como la venganza, el odio o la envidia), in El resentimiento en la moral, Cap. I.

7- Incapacidad patológica o moral de un sujeto para captar, percibir o reconocer determinados valores objetivos, in El resentimiento en la moral, Max Scheler.

8-En la obra de Hartmann, la impotencia axiológica es la incapacidad estructural y afectiva del sujeto para percibir o reconocer un valor superior en el otro, lo que lo empuja a devaluar y socavar la validez de ese valor para aliviar su propia sensación de inferioridad.

9- Nivelación  o nivelación social : Es una fuerza abstracta y democratizadora que despoja al ser humano de su carácter de «individuo único». Al subordinarse al juicio de la masa, el sujeto pierde su capacidad de elección ética y su responsabilidad ante Dios, quedando reducido a un mero reflejo del pensamiento dominante de su época.

10-El concepto de intelectuales orgánicos fue acuñado por Antonio Gramsci en sus Cuadernos de la cárcel (1929-1935. Se refiere a aquellos pensadores, técnicos o creadores que no son neutrales, sino que están directamente vinculados a una clase social específica para estructurar su visión del mundo y justificar sus intereses económicos y políticos.

11-El panóptico social de Michel Foucault es una metáfora que describe cómo las sociedades modernas vigilan, controlan y normalizan el comportamiento de los ciudadanos de forma invisible y constante in Vigilar y castigar (1976)

 

PrisioneroEnArgentina

Agosto 11, 2026

22 thoughts on “EL RESENTIMIENTO Y SU APLICACIÓN AL ÀMBITO JUDICIAL SOBRE LOS AÑOS 70 EN ARGENTINA”

  1. Pingback: CRÍTICA DE LA INSTRUMENTALIZACIÓN POLÍTICA DEL VICTIMISMO. | Prisionero en Argentina

    • jetaace
    • posted on August 20, 2026

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    • Sonia S
    • posted on August 12, 2026

    Bueno, por “voluntad popular” ahí va mi respuesta. Reconozco me he tirado un buen rato leyendo y más escribiendo; parto de entrada que me acerco al texto como un objeto acádemico, haciendo abstracción total de quién es el autor y aceptando circunstancialmente su hipótesis de que es inocente. Solo esta descontextualización invalidaría o por lo menos pondría en serios aprietos todo la argumentación de la entrada del Sr. francés nacido en Argentina.
    Ello no obstante y yo, a pesar que solo soy una aficionada, veo que el escrito se presenta sus graves fallas de razonamiento, paralogismos y piruetas teóricas.

    FALACIAS LOGICAS

    FALACIA DEL FALSO DILEMA (y la auto-victimización)
    El Falso Dilema es la falacia estrella en PenA. En este caso se intenta instalar la idea de que juzgar crímenes aberrantes equivale a “venganza” y “resentimiento”. Al borrar la frontera entre el derecho a la justicia de las víctimas y el deseo de venganza, fuerza al lector a elegir entre dos extremos falsos: o se perdonan los crímenes del Estado o se es un “resentido guiado por el odio”. Yes, it does!

    Petición de principio: ENVENENAMIENTO
    “El sistema es resentido porque los jueces son resentidos”

    Todo el texto incurre en un razonamiento circular:
    Premisa: Los juicios son nulos porque los motiva el resentimiento.
    Prueba: ¿Cómo sabemos que los motiva el resentimiento? Porque condenan a los acusados.
    Conclusión: Por lo tanto, las sentencias son producto del resentimiento
    FALLO: Asume como verdad absoluta la premisa que debería demostrar.

    FALACIA DEL POZO. La falacia del “Ad Hominem” Psicológico (Envenenar el pozo)

    Todo el que condene estos hechos padece una patología psíquica.
    Según el Sr. francés pero nacido en Argentina, todo el sistema (jueces, fiscales, víctimas, ONGs, periodistas) de padecer una “patología del espíritu”, “autointoxicación psíquica”, “ceguera axiológica” y “emotividad desbocada”.
    FALLO: descalificar la salud mental y moral de la mente de quienes lo juzgan. Es una falacia ad hominem circunstancial: “No tengo que responder a tus pruebas porque tus motivaciones psicológicas están ‘intoxicadas'”.

    Falacia del Homónimo / Equívoco Semántico con la palabra “Derecho” FALSO DILEMA AXIOLÓGICO
    “O se otorgan beneficios a los acusados o la justicia ha muerto”
    Wittgenstein estaría contento; Sandoval juega constantemente con el significado de la palabra “Derecho” y pretende que el Estado de Derecho exige la impunidad o prescripción de ciertos delitos bajo el nombre de “neutralidad axiológica” (yeah!)
    FALLO: Olvida que la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad es una norma imperativa del Derecho Internacional. Por lo tanto, aplicar dicha norma no es “crear un derecho penal de excepción”, sino cumplir de forma estricta con el marco normativo internacional al que el propio Estado está sujeto.

    Nietzsche:
    —————
    Para mí, Nietzsche es a la filosofía lo que Kafka a la literatura, The Beatles al pop, Bach a la clásica … es un monstruo, aunque sea una delicia leerle, es un horror comprenderle.

    Veamos, en primer lugar la tergiversación: Nietzsche concibe el ressentimiento como una patología de la impotencia que inventa una moral para juzgar al fuerte. Utilizar a Nietzsche para defender a los agentes de un Estado terrorista (que poseían el monopolio de las armas, la tortura y los centros clandestinos) es una ironía macabra. El represor no era el “aristócrata noble” nietzscheano; era el brazo burocrático de una maquinaria estatal de exterminio. Además, Nietzsche despreciaba profundamente la arbitrariedad del Estado y la violencia institucional.
    Contradicción entre “Racionalidad Ilustrada” y “Antirracionalismo Filosófico”!
    Por un lado, apela a la Ilustración jurídica (la presunción de inocencia, la razón técnica y la neutralidad).
    Por otro, Nietzsche, quien atacó encarnizadamente a la Ilustración, a la Ilustración jurídica, a la noción de “Derechos Humanos” y al concepto mismo de “igualdad ante la ley” a los que consideraba una decadencia moral derivada del cristianismo.
    Citar a Nietzsche para defender los principios de la Ilustración y los Derechos Humanos es el equivalente filosófico a usar un lanzallamas para apagar un incendio.

    Kierkegaard:
    ——————–
    Kierkegaard, el padre del individuo moderno, el anti-hegeliano visceral, incluso a pesar de sus famosos “tres estadios” a la que es imposible no ver una innegable forma dialéctica! pero solo por oponerse a Hegel ya es santo de mi devocion.

    Vamos a ver, lo que dice el Sr. francés pero nacido en argentina;
    paralogismo del “Público” e Inversión de la Causalidad
    Sandoval recurre a Una reseña literaria de Kierkegaard para decir que los medios y el activismo crean una “nivelación social” mediante una abstracción llamada “el público”, que anula la responsabilidad individual.
    Pues veo un fallo de lógica formal: Kierkegaard definió “la nivelación” como el proceso por el cual una época sin pasión convierte las acciones heroicas y las decisiones éticas individuales en una masa gris e impersonal donde nadie se hace responsable de nada.
    Y la incoherencia: ¡El juicio penal es precisamente lo opuesto a la nivelación kierkegaardiana! El proceso judicial rompe la masa anónima, sienta a un individuo concreto en el banquillo y le exige responsabilidad personal e individual por actos específicos. Quien busca la “nivelación” y la abstracción impersonal es justamente la defensa, al pretender diluir las conductas individuales en el marco abstracto de “los hechos de los años 70s” o la “guerra contra la subversión”.
    Por no hablar de falacia de la falsa equivalencia (otra vez) Kierkegaard criticaba la prensa de su época porque destruía la “interioridad” y la “fe” del individuo mediante el chisme y la opinión superficial.
    El francés pero nacido en Argentina equipara el veredicto de un tribunal (basado en testimonios, peritajes y documentos) con la “opinión pública” o el “chisme mediático”. Asume erróneamente que si la opinión pública condena un hecho, el tribunal lo juzga únicamente porque la opinión pública lo exige, incurriendo en la falacia del cum hoc ergo propter hoc (dos hechos ocurren a la vez, luego uno es causa del otro).

    Foucault
    ————-
    Foucault el filósofo que pulverizó la visión lineal y progresista de la historia del siglo XIX. Foucault y su disruptiva epistemología de la historia … Foucault era un subversivo de la historia, y solo tenía un problema: era un pervertido!

    Bien, veamos, en primer lugar analicemos “El anacronismo y la inversión del Panóptico”
    Sandoval sostiene que las ONGs y la prensa ejercen un “panóptico social de corte foucaultiano” que aterroriza a los jueces con la etiqueta de “fascista”.

    fallo epistemológico masivo! paraFoucault (Vigilar y castigar), el Panóptico es una tecnología de poder disciplinario ejercida por las instituciones dominantes del Estado (carceles, hospitales, cuarteles, escuelas) sobre los cuerpos de los sujetos sometidos.
    Contradicción lógica: Sandoval afirma que unos colectivos de la sociedad civil (ONGs) y la opinión pública ejercen el “panóptico” sobre las instituciones del Estado (los jueces y el Poder Judicial). Buffff esto no es una inversión completa de la teoría foucaultiana del poder?? Las ONGs no poseen los dispositivos de coacción física ni la red institucional que define al panóptico. Sandoval llama “panóptico” a la simple crítica social y al escrutinio democrático.

    Para finalizar, porque vaya a saber lo que ocupa ya todo este rollo, cuando se quitam los adornos teóricos y se somete el texto al filtro de la lógica más elemental, la estructura del Sr. Sandoval colapsa por completo.

    Apropiarse de la filosofía más crítica para desmantelar las garantías del Estado de Derecho no genera una tesis brillante, sino un mero ejercicio de malabarismo conceptual al servicio de la impunidad.

      • HerrK
      • posted on August 13, 2026

      Merci, Sonia

      En tu línea.

      sabes? creo que tu y Sandoval estáis condenados, si no a entenderos, por lo menos a discursear XDDDDD.

      Nadie más se habrá leído lo que habéis escrito.

      Cuídate

        • Sonia S
        • posted on August 14, 2026

        :O

        Herr K, a ver, que a este hombre le reconozco capacidad, aunque claro, yo no soy ni profe ni académica ni nada, y mi formación profesional es técnica, no humanística.

        Lo que si me parece petulante y pretencioso, pues conoce que aquí, este escaso auditorio, que no diría es lego aunque si alejado de tanta disquisición y disertación; de hecho he leído de supervivientes que dicen del tal “churrasco” le encantaba desplegar su erudición ante ellos. ¿ Coincidencias aquí, y allá en los sótanos y mazmorras? … no me puedo imaginar como tras una ‘sesión’ de torturas espantosas se es capaz de dar lecciones magistrales pero bueno, eso ya pertenece al surrealismo y esperpento de un mundo invertido.

        También he leído en el vasto archivo que la red pone a nuestra disposición, que en verdaderos ámbitos universitarios cuando este tipo estuvo en Europa, señalaban la mediocridad de sus trabajos.

        En fin, si ya lo ves que los cuatro gatos que han posteado o se quejan de lo “largo y pesado” o le advierten que deje el tono académico y que sea más “breve”

        Deseos correspondidos, Herr

          • HerrK
          • posted on August 14, 2026

          entiendo.

          oye, y veo que has cambiado tu avatar, cuál es el computador tan cool que has puesto?

          <3

            • Sonia S
            • posted on August 14, 2026

            anda, eres muy observador eh…

            Sí, lo cambié. No es la 1a. vez. Y en una ocasión lo cambié porque desde aquí me amenazaron. Desde luego no es que me pusiera a temblar, pero era al principio de venir y yo, la verdad, de gente que alienta otro “24 de marzo sin equivocaciones numéricas …”

            En fin, si, aunque el avatar no es un ordenador, sino un terminal, cosas de mi último novio que es un friky y colecciona trastos de estos y éste en particular, me gustó. Tiene bellas líneas, además es un cacharro legendario, es un VT100, un terminal “tonto” con el que se accedía a mains en los años 70s y se extendió tanto que dio lugar a un standar de facto en la industria incluso hoy día el acceso por consola con emuladores usan sus secuencias de escape ANSI …

            Imagina que él colecciona Altaris, Spectrums TRS, y a mi me ha dado por coleccionar sintes de los años 80s y 90s ahora ando a la búsqueda de algún minimoog original, hace tiempo que uso uno en VST con un teclado MIDI, pero nada como un original 😀

            En fin, chau! have a good one

    • Maike Murgatroyd
    • posted on August 12, 2026

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    • Bizancio
    • posted on August 11, 2026

    Tomo sólo uno de los 3 ejemplos que dio Jesús sobre la ofensa y el resentimiento:
    “Si te dan una bofetada en la mejilla derecha, ofrece la otra”: La mayoría es diestra por lo que una bofetada en la mejilla derecha implica que quien dio la bofetada lo hizo con el dorso de su mano derecha, lo que aumenta la ofensa con el insulto del desprecio.
    La enseñanza es que si ya te han ofendido con una bofetada, disminuye tu sufrimiento quitando lo insultante, cuando solo depende ti. Es decir no sufras doblemente, ya es bastante con una vez. Esto es el resentimiento. Y es el castigo y dolor que sufren los subversivos terroristas de los ’70 que han minado el supuesto poder judicial extorsionando con resentimientos y resentidos (ya que no vivimos en estado de derecho con imperio de la ley), y en parte a la cultura que no entiende las enseñanzas de Jesús.

    • Patricio
    • posted on August 11, 2026

    Muy bueno el escrito pero es para claustros académicos relacionados con el tema. En nuestro caso, lo bueno, si breve….

    • María Elena Cisneros Rueda
    • posted on August 11, 2026

    Excelente artículo! Entre los argentinos el sentimiento que impera es la venganza desde sus orígenes. La venganza y la envidia generan el resentimiento tal y como usted lo ha expuesto de manera explícita y brillante. Muchas gracias. Mes salutations les meilleures Monsieur!
    María Elena Cisneros Rueda

      • NICOLAS ROSAS
      • posted on August 11, 2026

      Concuerdo plenamente

    • AshleeCMoats
    • posted on August 11, 2026

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    • Luis II de Argentina
    • posted on August 11, 2026

    Insoportable este choclo.

    • Sonia S
    • posted on August 11, 2026

    O_O

    “muy largo, paso”

    LOL

    :D:

      • SONIA
      • posted on August 11, 2026

      SONIA SIN SEXO, LEELO QUE ES A TU MEDIDA.. JAJA

      • El perro Verbitsky
      • posted on August 11, 2026

      Demasiado intelectual como para que lo lea Sonia S.
      Ella/él se refugia en los pasquines de Página 12, el Agora y la izquierda diario o el famoso cohete a la luna. Solo ella y sus zurdos seguidores lo leen.

        • Sonia S
        • posted on August 11, 2026

        LOL

        Otro que tampoco lo ha leído.

        Qué éxito el del “francés” nacido en Argentina!

      • HerrK
      • posted on August 11, 2026

      XDDDDDDDDDDDDDDD

      Venga Sonia mójate y complace a tu público, a mi también me gustaría una critica de las tuyas a toda esta pirotecnia académica,

      Hazlo por mi <3

        • Sonia S
        • posted on August 12, 2026

        Hola Herr,

        fuegos artificiales? más bien fuegos fatuos … bueno, pues voy a hacer una crítica de “las mías” O_O
        voy a leer todo el tocho y me centraré en los autores que conozco, ya que contrariando a la tocaya Sonia (promiscua) solo soy una pobre ingenierita con aficiones.

        XOXO

    • PATRICIO SALAZAR
    • posted on August 11, 2026

    MUY LARGO PASO

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