ESCÁNDALO JUDICIAL EN TUCUMÁN

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Debido a la proximidad del fallo de la causa “Operación Independencia”, reproducimos un ensayo (a pedido del mismo) del General Heriberto Justo Auel sobre este tema.

 


 

EN EL AÑO DEL BICENTENARIO DE LA

DECLARACIÓN DE LA INDEPENDENCIA ARGENTINA

 

 

Grl. Heriberto Justo Auel
“Justicia es un firme y constante deseo de dar a cada uno lo que le es debido”.
Justiniano (527 d. C)
 
  • La situación político-estratégica en las posguerras de la Argentina.
  • La “contradicción insostenible”.
  • El escándalo judicial en Tucumán.
  • Colofón.
 

La situación político-estratégica en las posguerras de la Argentina.

 
No es una novedad que los juicios llamados “de lesa humanidad” han sido descalificados por los más prestigiosos hombres de derecho del país y del exterior, que enumeraron cada una de las aberraciones jurídicas que han debido practicarse para llevarlos adelante, destruyendo en consecuencia los principios del derecho penal, la jurisprudencia penal argentina y la credibilidad del sistema judicial, que pone hoy en duda nuestra eventual  y trabajosa recuperación institucional.
En la Feria del Libro -el 21 Abr 16- el ex Embajador de EEUU en la ONU Armando Valladares -23 años prisionero del castrismo en La Habana- en breves párrafos destacó la “grave situación de los Derechos Humanos” en la Argentina por la existencia de “presos políticos”, que nos incluye hoy en la triste caracterización de las “democracias chavistas” del socialismo Siglo XXI, expresado esto ante la actitud impávida de algunos empinados argentinos presentes en el panel (1).
Así se expresó también -en otros términos- el editorial de La Nación días después, el 06 May 16, que en su primer párrafo dice:
“El respeto al derecho, la razón y la equidad son tres de los mandatos que se conjugan en la palabra justicia, pero cuyo significado universal, inequívoco, no es otro que el de ser justos, actuar y proceder como demanda la leyY en su subtítulo afirma: Debe ponerse fin a la contradicción entre la defensa de los derechos humanos y el irregular tratamiento para muchos detenidos sin condena.
Termina el editorial con éste concepto:
Los argumentos de la petición y de la solicitud de medidas cautelares que se han presentado, son concordantes con lo que fijan los instrumentos internacionales y se basan en los informes de la CIDH y en la jurisprudencia de la Corte Interamericana. Más de un centenar de detenidos recurren a esta nueva instancia de mediación para que avale sus derechos. No están solos. Ha pasado tiempo suficiente para que se dé respuesta a una contradicción insostenible entre el respeto a los derechos humanos que tanto se proclama y la violación que significa el tratamiento de personas a quienes la Justicia parece ignorar”.
¿Lo entenderá el joven y  “prudente” ministro Garavano? Más claro; imposible.
Ahora bien, no podemos dejar de expresar que lo citado más arriba es la consecuencia de una “política de Estado”, como reiteradamente lo ha manifestado el propio presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Lorenzetti, que -de ese modo- abandonando el sano principio de ser la vestal central de la Constitución, politizó o ideologizó -desde el más alto nivel del Poder Judicial- al sistema jurídico federal penal de la República y a la vez ¿¡se extraña por la conducta de los jueces frente a la corrupción!? (2).
Con un criterio jurídico similar, la CSJ bajo la presidencia del Dr. Lorenzetti ha eximido a las organizaciones armadas de terroristas revolucionaros de estar comprendidos por los “delitos de lesa humanidad”, tal como lo prescribe el Estatuto de Roma. Es así como la Corte ha creado un “rincón de impunidad” que pone en duda lo bueno que haya podido hacer la Argentina en materia de Derechos Humanos.
Dice el ex Fiscal Jefe de la Corte Penal Internacional, Dr. Luis Moreno Ocampo -que no puede ser tachado de “facho”-:
“La guerrilla puede cometer crímenes de lesa humanidad. De hecho un crimen de lesa humanidad es un ataque masivo y sistemático a la población civil. Y la Argentina fue eso. Porque mataban en forma masiva a sindicalistas, empresarios o policías” (10).

 

La “contradicción insostenible”.

A esta altura de los acontecimientos políticos nacionales se nos hace muy difícil pensar que haya solo ignorancia en la “contradicción insostenible”. A todas luces hay cierta ignorancia en parte de  nuestra dirigencia, cierta cobardía civil y, sin duda, un callado y cobarde compromiso ideológico (3).
El origen de la actual “contradicción insostenible” ha sido la maniobra llevada a cabo por el Reino Unido -inmediatamente después del “No Pic-nic” en el Atlántico Sur en 1982-. A través de una estrategia de aproximación indirecta (4) operada con una acción de pinzas instrumentada en uno de sus brazos por el Decreto 158/83 -12 Dic 83-. Por vía jurídica se homologó la “purga” estalinista del Ejército del Zar, posterior a la finalización de la “guerra civil” rusa -1917/1923-, que fusiló a 36.000 oficiales “blancos”, con los fallos de los tribunales populares, luego de sacar a los reos de sus jueces naturales.
Los TTOOFF que juzgan los casos de lesa humanidad en la Argentina de los últimas décadas,  ¿No reproducen todas las formalidades del aquellos tribunales bolcheviques? Observar los videos filmados en Neuquén -que en estos días recorren las redes- es suficiente para comprobarlo. Ésta justicia penal federal, venal y sesgada, ¿no ha “purgado” a las FFAA argentinas a través de los TTOOFF, con alguna breve interrupción, en los últimos treinta y tres años? ¿Qué queda de ellas a la fecha, según lo expresa actualmente el Ministro Martínez?.
El otro brazo de la citada pinza británica estuvo a cargo -paradójicamente- del neo marxismo revolucionario por vía del periodismo “progresista” -que manipula hasta hoy a la opinión pública- y el CELS, conducido por el triple agente de inteligencia Horacio Verbistky -que abreva en el RU- y que se ha ocupado de tamizar ascensos en la FFAA y seleccionar los destinos del alto mando, bajo las barbas de sucesivos ministros de defensa, desde 1984 hasta el 2015. (5).

 

El escándalo judicial en Tucumán.

Con gran sorpresa, cuando esperábamos un gran “cambio” en el 2016, en lo que hace a la “política de derechos humanos”, o “el curro de los derechos humanos”, nos enteramos que la “purga militar” continúa: se inició el juicio -el 05 My 16- de la “mega causa Operación Independencia” en el TOF tucumano. El Foro de Generales Retirados reaccionó de inmediato ante el exabrupto judicial, con un documento entregado en mano al Tribunal, cuyo título nos releva de toda explicación:
En la Argentina existen presos políticos y se violan los Derechos Humanos”.
Ésta sorpresa tiene un ingrediente específico que la población difícilmente haya registrado, no solo originada por sus necesidades de sobrevivencia, sino por el desconocimiento de la naturaleza de la  agresión armada que sufrimos desde el año 1959 hasta 1988.
La ausencia de una “política comunicacional de la Seguridad Nacional” es y ha sido total, pues desde 1983 la dirigencia política argentina ha decidido reemplazar a la Política de Seguridad Nacional por la “Política de los Derechos Humanos”, o “el curro”, y nadie explica -hasta hoy- con idoneidad, el porqué de la total inseguridad e indefensión nacional que nos aflige y padecemos como su natural y directa consecuencia.
Si hubiere alguna duda al respecto ésta quedaría totalmente disipada con la simple lectura del vergonzoso “Libro Blanco de la Defensa – 2015”, editado por el ministro de defensa ingeniero agrónomo Agustín Rossi, o bien observando la “galería de imágenes” que exhibe actualmente en Casa de Gobierno Erika Brunotto, de la Secretaría de Derechos Humanos, quien la ha titulado así:  “De la Ley de Residencia al terrorismo de Estado” y que alarma a quienes conocemos la verdadera Historia y no el “relato” de los acontecimientos políticos del último siglo. La agresión del terrorismo revolucionario, para la joven funcionaria, no existió. Sin embargo afirmó al periodismo: “…estoy muy esperanzada en el resultado del juicio -tucumano-. Creemos que se podrá probar todo lo que sabemos en la historia de Tucumán y en el país”.
 
Treinta y tres años de narrativa ideologizada en las aulas y en los medios, sumada hoy a las declaraciones de los Secretarios de Derechos Humanos del gobierno nacional y de la provincia de Buenos Aires, indican que los juicios -de los que han sido excluidos los agresores terroristas- revolucionarios por la CSJ- tendrán ahora continuidad bajo el conocido lema “memoria, verdad y justicia”, que en la realidad de los hechos es una memora a medias, una verdad a medias y que, como justicia, no “actúa ni procede como demanda la ley”.
 
Con ese cimiento comunicacional y social y teniendo como querellante a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, la justicia tucumana lleva a un tribunal oral a quienes enfrentaron a la guerrilla rural, la “Compañía Ramón Rosa Jiménez” del ERP, que aplicando la “teoría del foco” -desarrollada por el Che Guevara- se encontraba desplegada en los ´70 en la provincia luciendo uniforme de combate, insignias de grado y armas- habiendo arriado el pabellón nacional en Famaillá e izado, en el mástil de la plaza principal, la bandera roja del PRT-ERP.
El objetivo de estos traidores a la Patria era lograr una “zona liberada”, santuario desde el que pretendían escalar a la ocupación de todo el país para lograr una nueva Cuba, como claramente lo expresa Jorge Masetti en su libro “El furor y el delirio”. (www.contactomagazine.com/masetti.htm).
La reacción tardía del gobierno nacional -el ERP operaba en la Pcia de Tucumán desde 1970- se instrumentó con el dictado del decreto 262/75, posterior a la Ley 20840 del 28 Sep 74 que establecía las nuevas penalidades para los delitos de terrorismo. El decreto determinaba:
“El Cdo Grl del Ejército procederá a ejecutar operaciones militares que sean necesarias a los efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos que actúan en la Provincia de Tucumán”.
 
El 06 Oct 75 el presidente en ejercicio -Dr. Luder- dicta el Decreto 2770/1/2, que extiende a todo el territorio nacional lo establecido en el decreto Nro 262/75 para la Pcia de Tucumán. Es de hacer notar que el gobierno que dictó la Ley y los Decreto citados, era constitucional y fue elegido por el 62% del padrón.
He resaltado con negritas las fechas de la Ley y de los decretos con los que el Estado Argentino reaccionó –respondiendo a una agresión estratégica interna, tardíamente y frente a la “invasión revolucionaria” iniciada en 1959/60 -como acertadamente le llama Juan B. Yofre en su libro “Fue Cuba” (6)- que ingresó por las quebradas del Norte. Veamos los antecedentes:
  • En 1959 se establece en Tucumán el “Ejército de Liberación Nacional” -ELN- conocido como “Uturuncos”. Ésta banda fue fundada por John W. Coocke, en La Habana.
  • En 1963 surge en Salta -próximo al límite con Tucumán- el “Ejército Guerrillero del Pueblo” -EGP-, fundado también en la Habana por el Che Guevara.
  • En 1968 se fundan las “Fuerzas Armadas Peronistas” -FAP- creadas por Envar El Kadri, que fracasarán en Taco Ralo.
Estas bandas armadas y las acciones que produjeron, fueron oportunamente desarticuladas por las policías y la Gendarmería Nacional. Se las consideró hechos de seguridad pública. Sin embargo, desde el primer día eran acontecimientos estratégicos, que agraviaban a las Instituciones y a la población en su conjunto.
Como se puede apreciar, hay antecedentes de “ejércitos” y “fuerzas armadas” marxistas operando en la Pcia de Tucumán –con anterioridad a 1975– y no eran justamente meros  “opositores políticos”. Estas organizaciones armadas atacaron pueblos para adquirir medios y organizaron “bases”, para capacitar cuadros de guerrilla revolucionarios.
La tardía reacción política, en 1975, pretendió enmendar su larga miopía improvisando, para actuar con toda la urgencia y contundencia posibles, ante una situación desesperante. Naturalmente, ésta defectuosa respuesta, consecuencia de la confusión e indecisión de años, produjo una serie de errores y desconceptos en todos los niveles, con diferentes responsabilidades.
Sin planeamiento estratégico, sin inteligencia adecuada, sin bases ético-jurídicas que brindaran reglas de empeñamiento y control tácticos, las tropas fueron lanzadas al combate -que hoy llaman maliciosamente “represión” o “terrorismo de Estado”-. Se privilegió lo urgente: “Háganlo de cualquier manera, pero cuanto antes”, “Vayan y cumplan con su deber”. Arrojada la piedra, se escondió la mano.
Ambas cosas -la errónea decisión política y la urgencia de su apertura- fueron debilidades estratégicas que el RU transformó en vulnerabilidades, seis meses después de la Guerra del Atlántico Sur.
Aun hoy la explotación de esas debilidades/vulnerabilidades nos lleva a una dramática autodestrucción conflictiva. Los medios llaman “grieta” a su consecuencia, con elemental  superficialidad, sin calar en la profundidad tectónica de los hechos que le dieron origen. Esa lectura elemental, en el análisis de legos opinólogos, dista de lograr una comprensión estratégica, aun en los frentes políticos. Ella es meramente manipulación social, con alta confusión en la ciudadanía e intenciones inconfesables, en algunos sectores dirigenciales.
El RU logró, desde 1983 al 2016:
1ro: por vía judicial -Decreto 158/83- (7), la quiebra de la autoestima institucional de las FFAA -el desarme espiritual- y la licuación de la justicia federal.
2do: el control de los ascensos y destinos en las FFAA, más la manipulación de la opinión pública a través de los adherentes de las antiguas formaciones revolucionarias armadas, explotando así, en el nivel político-estratégico, la victoria táctica de su riesgosa incursión -provocada- en el Atlántico Sur, en Grytviken (9).
3ro: El presupuesto de Defensa fue llevado a su mínimo histórico -el desarme unilateral-. Se pagó “en negro” a los cuadros en actividad para sumir en la miseria a los retirados y así “dividir para reinar”.
Así es como, desde 1984, se inició -con el Decreto 158/83- la autodestrucción inconsciente e irresponsable del Estado Institucional argentino, como consecuencia de dos derrotas estratégicas sucesivas y de la colusión de nuestros dos enemigos recientes, políticamente antitéticos pero estratégicamente aliados, haciendo eje en el CELS.
La estrategia de aproximación indirecta funcionó con toda eficacia ante el total desconocimiento de ella por parte de nuestra dirigencia. En ella priva, mayoritariamente, el pensamiento lineal.

Colofón.

Volviendo a nuestro tema central, el “Escándalo judicial en Tucumán”, describiremos a continuación cómo se fueron desarrollando estos hechos. El Juez Federal de Tucumán Dr. Daniel Bejas, según un informe de la Agencia TELAM del 12 Dic 12 -en el ápice del gobierno K- consideró que en “el Operativo Independencia se cometió un genocidio.
En un fallo de 488 páginas procesó a más de veinte militares por “secuestros, torturas, desapariciones forzadas y homicidios cometidos entre el 08 Feb 75 y el 23 Mar 76”, exculpando a las autoridades políticas que ordenaron la apertura de las operaciones militares, es decir, de la guerra civil contrarrevolucionaria y además consideró que nuestras tropas “asesinaban” “secuestraban”, “torturaban”. “No hubo una guerra”, “hubo un genocidio” y encuadra a los hechos en el Código Penal, considerando a nuestros soldados como delincuentes comunes, a pesar de la vigencia del Código de Justicia Militar, en los ´70.
El Juez culpa a los militares de “genocidio” sin considerar que las operaciones se iniciaron en el complimiento de un decreto nacional que mandaba “neutralizar y/o aniquilar al enemigo subversivo” que operaba en la Pcia de Tucumán. Es por ello que el Foro de Generales Retirados le expresó muy claramente al TOF Tucumán -en el primer párrafo de su reciente presentación- que consideren “la ilegalidad y la nulidad del juicio a los combatientes en el Operativo Independencia”.  
El Juez Federal sustenta su fallo en que existió un “genocidio”, que en castellano significa “el exterminio de grupos humanos por razones raciales, políticas o religiosas” o “la implacable persecución de aquellos, por estas causas”. ¿Es esto lo que el Juez entiende que ocurrió en la Pcia de Tucumán a partir de los años 59/60 y en particular en el 74/75?, ¿Cómo explica -entonces- que uno de los Comandantes del citado Operativo haya sido elegido por los tucumanos, libre y reiteradamente, Gobernador de esa Pcia y luego legislador?
La mayoría de los paisanos tucumanos del Dr. Bejas ¿son tontos o son cobardes? Desde nuestro punto de vista el Juez y el Fiscal fabulan, ¿o… solo están equivocados? Creemos sinceramente que en la tierra de Alberdi, Avellaneda y Roca sigue habiendo ciudadanos cuerdos y libres. Ello no es óbice para que -en la “década ganada”- la corrupción del relato diera lugar a este “escándalo judicial” en el Jardín de la República. En los jardines descuidados aparecen las malezas, pero en el 2016 la mayoría de los argentinos estamos dispuestos a la limpieza, de todas las malezas. Ello debería tenerse en cuenta por quienes se han desviado del cumplimiento de la Constitución y de la ley.
La “pseudo-revolución” del socialismo siglo XXI está en retirada en toda Iberoamérica.  Hoy el encuadramiento situacional subcontinental es otro y el Juzgado Federal tucumano, a cuatro años de la fabricación de su relato, ha quedado colgado del pincel. ¿Lo habrán escuchado al presidente Temer, a pocas horas de asumir su cargo, referirse a la actitud “revolucionaria” de Venezuela? ¿O al Dr. Almagro, Secretario General de la OEA, dispuesto a intervenir en Caracas, sede del socialismo siglo XXI? ¿O al mismo Maduro llamando a las armas, ante el “ataque del Imperio”? El león está herido, SS. Téngalo presente.
Para legitimar al mito del “genocidio” el Juez hizo suya la gran fábula creada por el Fiscal y ésta -en el 2016- hace agua por todos sus costados. Dice en su fallo:
“El Operativo Independencia constituyó una intervención masiva de las FFAA y de Seguridad en un plan sistemático de exterminio de opositores políticos mediante la utilización del aparato estatal y de control social, a través del terror, llevado adelante con la aquiescencia del gobierno civil de la Provincia”, y agrega:
“Hubo un ataque sistemático desde el Estado contra una parte sustancial del grupo nacional argentino (obreros, jornaleros, sindicalistas y grupos de personas involucradas en la lucha social con y sin pertenencia política partidaria) a los que se habría identificado como enemigos del plan económico y político que definía a la nueva argentinidad”.
En resumen: para Bejas el decreto que movilizó a las FFAA y las lanzó a una guerra civil contrarrevolucionaria, fue motivada exclusivamente por razones políticas internas. Como sería totalmente irracional que un gobierno peronista “atacara sistemáticamente a obreros, jornaleros, sindicalistas y grupos de personas involucradas en la lucha social”, se creó el motivo que impulsó a los militares al “genocidio”: la existencia de un “plan económico y político que definía la nueva argentinidad y los autores de ese plan eran los militares, desde el gobierno de Onganía”.
En otras palabras, para el Juzgado Federal los guerrilleros de la Compañía Ramón Rosa Giménez fueron  “un grupo nacional argentino” de “opositores políticos”, a pesar de que estaban organizados, habían cambiado de bandera, portaban uniformes, insignias de grado, armas y cumplían órdenes que se les imponían desde La Habana y Moscú. Es imposible entender porqué el juez y los fiscales no han podido recibir testimonios de antiguos pobladores de Tucumán, con quienes conviven. Ellos saben muy bien lo que allí ocurrió. No había necesidad de fabular.
¿Quiénes eran los que atacaban a esos “nacionales argentinos” organizados bajo una bandera extraña? ¿Quiénes eran y qué buscaban? Para el juzgado eran “los militares”, con un “plan genocida”. Militares sin identidad -a pesar de que enarbolaban la Bandera de Belgrano- que cumplían  con un decreto del Estado Nacional que los llevaba a enfrentar “por sus ideas políticas” a ¡“nacionales argentinos”!, para lograr una “nueva argentinidad” ¿!!!¡¡¡?.
Los fiscales del TOF Tucumán han agregado –recientemente, en las sesiones preliminares del juicio- que la intervención de las fuerzas militares de 1975, fue un acto preparatorio”: “El Operativo Independencia (OI) fue el acto preparatorio central del Golpe de Estado (24 de marzo de 1976)”.
Juan B. Yofre ha investigado -y publicado documentadamente, como es su estilo- al  golpe de estado de 1976 y llega a conclusiones exactamente opuestas (7). Pero el Juzgado necesitaba llegar al juicio oral ignorando la agresión terrorista revolucionaria. Es así como -un Juez lego- desconoce a la agresión, a sus objetivos, a su conducción estratégica internacional y transforma a la “invasión externa” en un “genocidio interno”, provocado por los militares argentinos, es decir, por “el terrorismo de Estado”, que es una figura legal inexistente.
Para ello se invocó al Derecho Internacional Público. Pero… ¿Lo encontró citado en el decreto 262/75? Debiera estar, considerado en particular la Cuarta Convención de Ginebra de 1949, que regula los conflictos internos y que es y era derecho interno desde 1957 (8).  Los instrumentos legales estaban, no se los empleó. Es así como se ha pasado -sigilosamente- y una vez más,  del “jus in bello” al “jus ad bellum” en tribunales ajenos a la materia del delito. El decreto dejó en desamparo legal a sus tropas y esa debilidad es hoy una vulnerabilidad -en manos enemigas- que nos impide tener un futuro en unidad.
Desgraciadamente ese decreto, que dio iniciación a la guerra civil contrarrevolucionaria en 1975 -la peor especie de las guerras-, fue tardío, defectuoso e incompleto. Puso de relieve la ausencia de elementales conocimientos específicos de los legisladores, del Poder Ejecutivo y del alto mando militar en la apertura de operaciones militares en el interior del propio país, a fines del siglo XX. Los enemigos de la Argentina han sabido aprovechar muy bien esas ausencias jurídicas.
Si “hubo un ataque sistemático desde el Estado” –como el Juez afirma en su fallo- no debió  emplear la figura del “genocidio”, pues la ONU excluye a los Estados como posibles sujetos de este delito contra el Derecho de Gentes. ¿En manos de qué Justicia estuvo y está el “jus in bello”?.
El juzgado federal tucumano necesitó crear “un relato legitimador” y creó al padre de todos los relatos que aparecerán a lo largo del juicio, necesarios para cubrir las necesidades ideológicas de la pseudo-revolución -en retirada- en la etapa de su explotación por vía judicial y que les va a resultar  muy difícil sostener al fiscal y a los querellantes, en las presentes circunstancias, con el nuevo telón de fondo que surge en el subcontinente. El RU deberá buscar alguna otra alternativa para mantener a la Argentina desarmada y dividida.
Era imprescindible negar la existencia de la guerra civil provocada por la agresión del terrorismo revolucionario y a la vez lograr el apoyo de la ciudadanía a semejante falacia: “No hubo una guerra civil revolucionaria, hubo un genocidio”, se afirmaba y se afirma en los TTOOFF. Todos los medios de comunicación -en manos del mismo Estado que abrió las operaciones en 1974/75- fueron empleados para la creación de éste mito, desde 1984. Probablemente sea la más grande operación psico-política de nuestra historia, que aun hoy continúa -con menor intensidad y sibilinamente- en boca de algunos periodistas parcialmente reciclados.
Seguimos escuchando aquello del “genocidio”, “del terrorismo  de Estado” o de “los treinta mil desaparecidos” por parte de periodistas que se escandalizan por la corrupción. ¡Qué mayor corrupción que las medias verdades o las conocidas verdades que se han vivido y que se ocultan!
A pesar de los continuados treinta y dos años de repetir falacias, éstas -por más elaboradas que fueren- siempre “tendrán patas cortas”. Desde el 10 Dic 15 la Argentina encabeza la contrarrevolución iberoamericana, aunque aun son muchos los que le llaman “populismo” a la pseudo-revolución o irresponsablemente permanecen en la etapa anterior. Todavía es políticamente incorrecto expresar ciertas verdades que no se ignoran, pero que se ocultan a designio.
El nuevo presidente señaló a pocos días de asumir el cargo, en una reunión internacional, que hay “presos políticos en Venezuela”. A pesar de que permanece rodeado de “campos minados”  sembrados antes de las elecciones, no puede tardar en descubrir a nuestros propios prisioneros políticos, que son el efecto de la llamada política de derechos humanos o del curro de los derechos humanos” y fruto de la venganza de los derrotados en combate que lograron -vía Oxford- “trastocar” esa derrota táctica en victoria estratégica y política con el decreto 158/83, y que continúan la explotación del éxito de “trastocamiento comunicacional” a través de la Justicia Penal Federal.
Paradójicamente, quien desautoriza y aniquila la fábula del Juzgado Federal tucumano- e indirectamente la de todos los otros- es el mismo a quien el juzgado protege e ignora, en la increíble falacia del “plan sistemático de genocidio”.
El verdugo del “relato bejasiano” lo desautorizó y anuló desde mucho tiempo antes de su creación. Y eso es grave, pues los objetivos y acciones del ERP eran -en su tiempo- ampliamente conocidos -particularmente en Tucumán- a través de las propias publicaciones de la banda armada.
 El juzgado seguramente creyó que la revolución siglo XXI “había llegado para quedarse” y que seguiría triunfante en el subcontinente, para siempre. No era el único. Consecuentemente podría operar impune e impúdicamente, retroalimentando en el tiempo a su  fábula en la medida de lo necesario. La sociedad estaba aun -en el 2012- “bajo control psico-político”.
Pero…el 10 Dic 15 empezó otra etapa política que llegará, inexorablemente -en el momento oportuno- a la falsedad del meollo pseudo-revolucionario. “¡Ohhh…tempora …ohhh mores!”, diría Cicerón. Ya hay conciencia de que si esto no ocurriera fracasaría la contrarrevolución y esto es lo que silenciosamente mantiene hoy la fe y la esperanza de una gran mayoría de argentinos y es lo que deberían considerar seriamente nuestros jueces y fiscales federales.
Quien destruyó anticipadamente la afiebrada y falaz argumentación del juez Bejas, fue nada menos que el jefe de la banda armada ERP y fundador del PRT, Contador Público Roberto Santucho.
En Abril de 1966 Santucho publicó sus “4 Tesis” en el Cuaderno Nro. 5 de la Revista “Estrategia para la liberación nacional y social de Latinoamérica” (9) (dirigida por Nahuel Moreno -Hugo Miguel Bressano Capacete-, trotskista bonaerense del PRT) impresa por la Editorial Olimpo y distribuida en Paso 514, Of. 802, Bs As. Éste cuaderno Nro. 5 contiene tres artículos:
  1. “Fidel Castro ante la guerrilla guatemalteca”, de Livio Maitan -trotskista italiano, político y escritor-,
  2. “La moderna economía capitalista”, de Ernest Mandel -trotskista belga, economista-, y
  3. 4 tesis sobre el Norte Argentino, de Roberto Santucho -Santiagueño, guerrillero revolucionario, Cte. del ERP- Y… Dr. Bejas, Tucumán está en el Norte Argentino.
Como se puede comprobar, no hay autores en éste Cuaderno que puedan catalogarse dentro del  “grupo nacional argentino”. El único autor nacido argentinoSantucho- era un comunista internacionalista,  dependiente de la IV Internacional. La publicación es del mes de Abril de 1966, es decir, anterior a la llegada del Grl Onganía a la Presidencia -a través del golpe de estado del 29 Jun 66-.
Según el “plan sistemático” citado por Bejas (documento seguramente en poder del Juzgado Federal y ahora del TOF Tucumán) -verdadero cimiento de la causa que aspiramos conocer oportunamente-, éste proviene del “gobierno de Onganía.
Sin embargo, según los hechos ocurridos y del plan que nos hace llegar públicamente el Cte del ERP, a través de sus “4 tesis sobre el Norte Argentino”, la argumentación de Bejas se transforma en una gran fantasía, totalmente falsa.
Veamos qué sostiene el máximo Cte del ERP, superior jerárquico de la Compañía Ramón Rosa Giménez, en sus “4 Tesis”, haciendo notar a nuestro lector que lo expresado por Santucho en 1966, ocho años antes de los acontecimientos de la Operación Independencia, es lo que realmente ocurrió en el monte y en los cañaverales tucumanos a partir de 1974. Y de esto no hay dudas, pues lo hechos hablan por sí mismos.
El documento de Santucho consta de una introducción y cuatro tesis en los que analiza las condiciones socio-políticas del NOA para la posterior la acción revolucionaria, que en extrema síntesis plantea:
Introducción: Para el PRT-ERP la burguesía es contrarrevolucionaria. Ergo, la revolución social debe encabezarla el proletariado y la pequeña burguesía para luego insertarla en la revolución regional y mundial, contra EEUU. Para ello es necesario penetrar los sindicatos, lograr copar las delegaciones fabriles e ir ocupando espacios de poder en la administración del Estado. Hay que alcanzar una Federación con Cuba. El Norte Argentino es el trampolín de ingreso más apto para estos objetivos.
Tesis I: La estructura económica del NO: el eje histórico de la economía del NO es la industria azucarera. El F.C. ha sido el catalizador que llevó a Tucumán al mayor desarrollo capitalista del NO mono-productor, dependiente y semicolonial. En consecuencia, existe una oligarquía que estanca a la producción. Tucumán está en crisis.
Tesis II: Las clases sociales:
  • La oligarquía terrateniente: solo conserva influencia en Salta.
  • La burguesía oligárquica azucarera: Es el gran enemigo del proletariado.
  • El imperialismo: es el gran expoliador del trabajador -empresas transnacionales-.
  • La burguesía mediana: es contradictoria y conflictiva, dependiente de la gran patronal.
  • La pequeña burguesía urbana: es eventual aliada del proletariado.
  • El campesinado: allí revistan: a) la burguesía mediana, b) los pequeños agricultores, c) los cañeros, d) el campesinado pre-capitalista.
  • La clase obrera: es la más revolucionaria. El sector azucarero es el más combativo y hay que incorporarlo a las organizaciones del partido.
 
Tesis III: Otras características:
  • La pequeña burguesía urbana es débil en el NOA. No influye en la lucha de clases.
  • El Estado es débil en Tucumán, Catamarca y Santiago y es fuerte en Jujuy y Salta.
  • Las burocracias: en Jujuy y Salta están enfeudadas por la patronal. La FOTIA es débil, hay que penetrarla y conducirla. Es hoy un freno a la movilización obrera.
  • Los partidos de izquierda son inexistentes.
  • La tradición marxista existe solo en Tucumán.
Tesis IV: Las tareas generales de nuestro Partido: (EL PLAN DEL PRT/ERP)
  • El lugar de trabajo, sin duda está en Tucumán, Salta y Jujuy -las Pcias cañeras-.
  • Hay que tomar los sindicatos, estar presente en los ingenios, colonias y lotes, en todos los conflictos y profundizar la lucha de clases.
  • Prestar atención al proletariado urbano, al agrícola, al de minas y canteras. En Jujuy a los metalúrgicos, a los petroleros en Salta, pero siempre en torno a los azucareros.
  • Nuestra alianza central es con el campesinado cañero.
  • Es imprescindible trabajar sobre el estudiantado. Es el que llega a la pequeña burguesía urbana y desde allí surgen los dirigentes revolucionarios que encuadrarán a la clase obrera.
  • Sobre el campesinado atrasado es necesario un profundo trabajo de propaganda, para hacerlo nuestro aliado.
  • La burguesía mediana, comercial, industrial, agrícola y ganadera es nuestra enemiga. Hay que provocar su enfrentamiento con la gran burguesía, con la oligarquía y el imperialismo, para aprovechar la oportunidad de alcanzar alianzas circunstanciales.
  • “Todo éste trabajo estructural solo será posible si sabemos combinar acertadamente ambas consignas en cada etapa de la lucha de clases y si somos capaces de darnos una política correcta”. La “combinación de ambas consignas”, en los términos de Santucho, era “la alianza circunstancial del campesinado cañero y la burguesía mediana”.
Sres. Jueces de TOF Tucumán: Éste es el verdadero plan que está sobre el estradoel que provocó la apertura de la “Operación Independencia”- concebido y hecho público en 1966 y luego sancionado por los hechos ocurridos en los ’70 ante miles de testigos, tucumanos bien nacidos, hoy mayores de 60 años. No se apoyen en testigos alquilados o en la parte interesada, como lo son los querellantes. Llamen al estrado a los que sufrieron a los terroristas. Ellos no tienen intereses, pero tienen la verdad.
 
El Juzgado Federal, la Cámara Federal, el TOF de Tucumán y aun la CSJ, deberían entender cuál es la actual situación estratégica regional y nacional, en el momento en que llega a juicio la fábula tucumana, concebida en el año 2012. Esa es la razón y el porqué hemos llamado “Escándalo judicial en Tucumán” a éste artículo.
La pseudo-revolución está agotada. Se terminó el relato. Lo mató su propia corrupción.
En una reciente publicación de la Dra Marcotullio y del Com-Ing Cavallero “Apuntes para las soluciones de los presos políticos” (10), leemos un concepto del Grl San Martín que es oportuno meditar al finalizar éste artículo:
“La soberbia es una discapacidad que suele afectar a pobres infelices mortales que se encuentran de golpe con una miserable cuota de poder”.
Esa “cuota de poder” -prestada por la pseudo-revolución- está hoy en total retirada. Dicho “Apunte” se inicia con otra frase, en éste caso de S. Juan Pablo II, que todos los argentinos aspiramos ver cumplida:
Que nadie se haga ilusiones de que la simple ausencia de guerra, aún siendo tan deseada, sea sinónimo de una paz duradera, si no viene acompañada de equidad, verdad, justicia y solidaridad.
La “contradicción insostenible” que enuncia el editorial de La Nación que citamos más arriba, en el caso del enjuiciamiento de los militares que actuaron en la “Operación Independencia”, con el telón de fondo de la nueva situación política-estratégica de la región y de nuestro país, además de “insostenible”, es verdaderamente “escandalosa”.

 

“Justicia es un firme y constante deseo de dar a cada uno lo que le es debido”.
Justiniano – 527 d. C

 

 

CITAS:

(1). H. J. Auel. “La larga guerra civil argentina y el actual estado de guerra civil revolucionario”. 09 Jul 13. www.ieeba.com.ar

(2). La Nación. “Lorenzetti pidió luchar contra la impunidad”. 07 Abr 16. www.lanacion.com.ar

(3). H. J. Auel. “La dirigencia argentina frente a los desafíos de la seguridad nacional en el Siglo XXI”. Ago 15. www.ieeba.com.ar

(4). L. B. Hart. “La estrategia de aproximación indirecta”. Biblioteca del Oficial Nro 500/501. Círculo Militar. Sep 60.

(5). H. J. Auel. “¿Confusión, ignorancia o propósitos ocultos?”. Feb 14. www.ieeba.com.ar

(6). J. B. Yofre. “Fue Cuba”. Ed. Sudamericana. 2014.

(7). J. B. Yofre. “1976 – “La Conspiración”. Ed. Sudamericana. 2016.

(8). E. Cárdenas. “Delitos de lesa humanidad: más sobre el “rincón de impunidad” argentino”. En “Agenda Internacional” Nro 35. Dic 15. www.agendainternacional.com

(9). Del archivo personal de J. B. Yofre.

(10). S. Marcotullo t E. Caballero. “Apuntes para las soluciones de los presos políticos”. May 16. www.ieeba.com.ar

 


PrisioneroEnArgentina.com

25 de Mayo, 2016


 

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