EL PODER JUDICIAL DEBE LIDERAR LA RECUPERACIÓN INSTITUCIONAL Y ECONÓMICA ARGENTINA

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  Por Juan José Guaresti (nieto).                                                                                                                                              

¿Cómo se explica la Argentina a sí misma que sea un país que contrae deudas sabiendo que no las va a pagar a su vencimiento porque no adopta cuando  contrae el préstamo las medidas  necesarias para pagarlo? ¿Cómo se puede perdonar a sí misma,  sabiendo que la naturaleza le brindó riquezas inagotables, ser  una deudora morosa serial  en lugar de explotar aquellas? ¿Cómo puede ignorar que hay países pequeños  que tienen  deudas mucho mayores que las nuestras, que las pagan puntualmente y por ello gozan  de crédito y no tienen que pagar intereses confiscatorios como nosotros lo hacemos, que elevan los  precios internos y esparcen enfermedad y pobreza?  Estos decisivos interrogantes  no se los hace la clase política del lado que fuere, que al parecer tampoco se ha enterado que nuestro despótico gobierno dio  un golpe brutal a  las libertades argentinas, cuando el 20 de marzo de 2020 clausuró al Poder Judicial, dejando al pueblo sin Justicia. Los magistrados  judiciales no pueden aceptar tamaño agravio a su investidura, a la República y al pueblo de la Nación y deben  recuperar por sí mismos el ejercicio de sus cargos, su propio decoro  y la  economía argentina. 

El tremendo ataque al Poder Judicial de la Nación no es casual:

Forma parte de un plan para debilitar nuestras instituciones, impedir que se sancionen las corrupciones pasadas  y se devuelvan al pueblo argentino los cuantiosos  fondos que le pertenecen  y que han enriquecido ilícitamente a  quienes las perpetraron.

El ataque comenzó cuando con  la excusa del  “Coronavirus” se clausuró sustancialmente al Poder Judicial mediante un decreto de necesidad y urgencia y se invitó a las  Provincias a hacer lo propio. Cualquiera sabe  que a ninguno  de los tres Poderes establecidos en la Constitución le  puede ser impedido su funcionamiento por ninguno de los otros dos porque deben  gobernar los  tres y tienen  la obligación de controlarse entre sí. El Poder Ejecutivo mediante un decreto se sacó de  encima el áureo lazo que lo constreñía a  obedecer a la Constitución y servir  al pueblo. Un año más mas tarde todo sigue igual con el agravante que ningún país civilizado quitó a su pueblo el  derecho a tener Justicia. Somos únicos en recibir este oprobio, que no puede continuar: Los Señores Magistrados deben presentarse a sus despachos a cumplir con su   deber y darle al Pueblo Argentino la Justicia que merece  y que paga   con  sus  impuestos.

Nadie puede impedir que un Magistrado judicial cumpla con  su obligación  de administrar  justicia, concurrir a su juzgado  y presencialmente desde allí dirigir los procesos judiciales. Un Juez es un gobernante que no obedece a otra norma que a la Carta Magna. Ni el Poder Legislativo  ni el Ejecutivo, pueden quitarle ni suspender las atribuciones propias de su investidura. Así lo entendió la Sra. Juez Dra. Rosalía Romero titular del Juzgado Nacional del  Trabajo 45, quién  sigue  trabajando como si tal cosa en los dos juzgados que tiene a cargo aunque haciendo  un gran esfuerzo por la carencia  de personal suficiente. Este ejemplo de contracción al trabajo, cumplimiento del deber  y apego a la  Constitución  Nacional  debería seguirse por todos los Magistrados. Nadie que trabaje en un Juzgado corre riesgos superiores a los que afronta  la cajera de un  supermercado con sus ocho horas de trabajo quién  atiende más  personas desconocidas que las que ingresa a un Tribunal en una jornada de seis horas. Mejor no hablemos de los peligros que afronta un  agente de policía.

Los Magistrados judiciales  integran  el gobierno de la Nación:

 Cada sentencia es un acto de  política -en el más alto significado  de esta palabra- que informa a las partes en el juicio y a toda la sociedad que es lo que está bien y lo que está mal.   Cuando un Magistrado emite  una decisión  está  gobernando tanto como lo hace  un Ministro, un  Diputado o  un Senador. Ni en la paz ni  en la  guerra puede negarse  a  alguien la  justicia que requiere  ni  bloquearse a un Magistrado Judicial el ejercicio de sus augustas funciones 

Marbury
Madison

La división de los tres poderes del gobierno en Ejecutivo, Legislativo y Judicial  que  tuvo origen en Charles de Secondat, barón de Montesquieu” en 1748,  fue llevada en  1803 a su notable cima en lo que concierne al Poder Judicial  cuando en el fallo  “Marbury  vs. Madison” la Corte Suprema  norteamericana decidió  que los Jueces podían negar la aplicación, en una  causa, de leyes del Poder Legislativo o Decretos del Poder  Ejecutivo  o normas emanadas  de los estados cuando violaran la  Constitución Nacional, de la cual eran los últimos y finales  intérpretes. Ese principio que integra la Constitución Argentina desde 1853, nadie puede derogarlo porque exhibe la importancia como gobernante de nuestro Poder Judicial  y lo que puede  hacer un Magistrado para defender la libertad de su patria como el honor, la fortuna y la existencia de los integrantes de su pueblo. Parte de este fue confinado  en sus hogares, debilitándolo física y sicológicamente en una suerte de prisión, sin aconsejarle tomar sol,  origen de la  hormona que se llama vitamina d, cuya deficiencia  es muy común en los afectados por el ”Coronavirus”. Tampoco se aconsejó a nadie realizar ejercicios físicos pese a que el sol como el ejercicio aumentan las reservas humanas fundamentales para  ganarle al Covid 19.

Los Jueces  argentinos deben dar por no escrito  el decreto del 20  de Marzo de 2020 con el cual se los humilló como también las convalidaciones  posteriores. Los Magistrados judiciales no son subordinados del Poder Ejecutivo ni  del  Poder Legislativo. Son, en  cambio,  gobernantes de un país libre, que debe tener una justicia independiente decidida a hacer respetar su investidura, su hombría de bien y su sentido del deber.

Quitarles a  los Jueces la facultad de hacer justicia, es el comienzo  de un camino que termina en su  destitución. Se está intentando convencer a la población que los Jueces  no hacen falta  y que  cobran sueldos inmerecidos, para transformarlos en blanco de las iras de mucha gente y justificar su remoción.  Los escondidos autores de esta maniobra  presumen que si un decreto es válido para que abandonen los Magistrados su encumbrado sitial,  con otro decreto pueden  prescindir de ellos. No lo van a conseguir. Nuestros Jueces van a volver a los Tribunales a defender a su Patria, la dignidad del Pueblo  y su propia razón  de existir.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Abril 19, 2021


 

Los casos más controvertidos y famosos de la Corte Suprema de Estados Unidos

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La Corte Suprema de los Estados Unidos maneja los casos judiciales más importantes en el mencionado país, por lo que las famosas decisiones de la Corte Suprema han ayudado a configurar la historia del territorio norteamericano. La Corte tiene enormes poderes para impactar las leyes que los ciudadanos de todos los días cumplirán durante los próximos años. Y mientras que la mayoría de estas decisiones no involucraron ningún uso de soluciones de documentos legales, estas decisiones han impactado la historia de los Estados Unidos. Es por eso que es valioso aprender acerca de los casos históricos de la Corte Suprema que cambiaron la forma en que viven los estadounidenses. Aquí algunos de estos importantes e interesantes casos del Tribunal Supremo.

 

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Marbury v. Madison, 1803

Mucho antes de que existieran aplicaciones móviles para abogados, Marbury v. Madison fue uno de los casos más importantes de la Corte Suprema porque estableció el poder de revisión judicial de la Corte Suprema (el derecho a declarar una ley inconstitucional) sobre el Congreso.

También ayudó a definir el límite entre los poderes ejecutivo y judicial del gobierno de los Estados Unidos.

McCulloch v. Maryland, 1819

McCulloch v. Maryland es uno de los casos más famosos de la Corte Suprema porque estableció los poderes implícitos del gobierno federal sobre los estados. La Corte Suprema tomó la decisión cuando el estado de Maryland comenzó a imponer un impuesto a todos los billetes de banco no autorizados por Maryland. Debido a que el Segundo Banco de los Estados Unidos era el único banco no originario del estado que existía en Maryland en ese momento, se interpretó como un ataque al banco federal. Por lo tanto, la ley tributaria fue declarada inconstitucional porque fue un intento de violar los poderes del gobierno federal en uno de los casos históricos anteriores de la Corte Suprema.

Miranda v. Arizona, 1966

Miranda v. Arizona fue un caso importante e histórico de la Corte Suprema que estableció el requisito de que la policía avise a las personas bajo custodia de sus derechos antes de interrogarlos (“Usted tiene derecho a permanecer en silencio. Cualquier cosa que diga puede y será usada en su contra en un tribunal de justicia. Tienes derecho a un abogado. Si no puede pagar un abogado, se le proporcionará uno”). Este importante caso de la Corte Suprema ha tenido un impacto significativo en la forma en que opera la policía estadounidense. Lo que ahora se conoce como derechos Miranda es una parte esencial del procedimiento policial en todos los estados y ciudades / pueblos. Este fue un caso muy controvertido en el Tribunal Supremo en ese momento, ya que el tribunal estaba dividido (5-4).

Loving v. Virginia, 1967 (decisión 9-0)

Loving v. Virginia no involucraba a abogados de familia, pero definitivamente fue considerado uno de los casos judiciales más importantes, ya que invalidaba las leyes que prohíben el matrimonio interracial.

El caso fue presentado por Mildred Loving (una mujer negra) y Richard Loving (un hombre blanco) que fueron condenados a un año de prisión por casarse, lo cual era ilegal en Virginia. El estado de Virginia tenía una ley de “integridad racial” que prohibía los matrimonios entre blancos y negros. Este famoso caso del Tribunal Supremo consideró que estas leyes de “anti-mestizaje” son inconstitucionales.

Obergefell v. Hodges, 2015

Obergefell v. Hodges fue un caso histórico de la Corte Suprema que sostuvo que las parejas del mismo sexo tenían un derecho fundamental a contraer matrimonio como lo garantiza la Cláusula de Debido Proceso y la Cláusula de Igual Protección de la Decimocuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos. El famoso caso de la Corte Suprema hizo posible que las parejas del mismo sexo se casen en los cincuenta estados, y el fallo exigía que los cincuenta estados realizaran legalmente y reconocieran los matrimonios entre personas del mismo sexo en los mismos términos y condiciones que los matrimonios del sexo opuesto. Este importante caso ha sido cuestionado por algunos estados, pero la Corte Suprema ha dictaminado que las prohibiciones a los matrimonios entre personas del mismo sexo son inconstitucionales.

Brown v. Junta de Educación de Topeka, 1954

Desde nuestro primer lanzamiento de esta lista de los casos más famosos y controvertidos de la Corte Suprema, quisimos incluir uno más que tuvo un tremendo impacto en la sociedad y en nuestro sistema educativo. Brown v. Board of Education es fácilmente uno de los casos más famosos en la historia de nuestra nación. En ella, la Corte Suprema sostuvo que “separado pero igual” no tenía lugar en la educación pública.

La Corte efectivamente puso fin a la segregación en las escuelas públicas diciendo que las instituciones educativas separadas proporcionaron una educación inherentemente desigual para los estudiantes blancos y negros en detrimento de los estudiantes negros. Para la Corte, esos estudiantes negros fueron privados de igual protección garantizada por la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.


PrisioneroEnArgentina.com

Julio 25, 2019


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Gideon v. Wainwright, 1963

La lista de casos judiciales famosos debe incluir Gideon v. Wainwright porque estableció el derecho de un acusado criminal a tener un abogado, incluso si no pudieran pagar personalmente por uno. En este famoso caso de la Corte Suprema, el Tribunal dictaminó por unanimidad que, debido a la Quinta y Sexta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, los estados deben proporcionar un abogado a los acusados ​​que no pueden pagar uno.

El caso involucró un robo en el que a la persona acusada se le negó el derecho a un abogado solo porque no podían pagar por uno. Después de ser acusado del delito de robo, Gideon (la persona acusada) llegó al juzgado sin una moneda para pagar por un abogado. Esto es lo que pasó:

El TRIBUNAL: Sr. Gideon, lo siento, pero no puedo nombrar un abogado para que lo represente en este caso. Según las leyes del Estado de Florida, la única vez que el tribunal puede designar un abogado para representar a un acusado es cuando esa persona es acusada de un delito capital. Lo siento, pero tendré que rechazar su solicitud de designar un abogado para que lo defienda en este caso.

GIDEON: El Tribunal Supremo de los Estados Unidos dice que tengo derecho a ser representado por un abogado.

El tribunal de Florida se negó a nombrar un abogado para Gideon. Como resultado, se vio obligado a actuar como su propio abogado y dirigir su propia defensa ante el tribunal, enfatizando su inocencia en el caso. Al concluir el juicio, el jurado emitió un veredicto de culpabilidad. El tribunal condenó a Gideon a servir cinco años en la prisión estatal.

Después de ser condenado, Gideon apeló ante la Corte Suprema de los Estados Unidos que sus derechos de la Sexta Enmienda habían sido violados. Finalmente, la Corte Suprema dictaminó que se debe brindar asesoría legal a los acusados ​​que no pueden pagar un abogado y, como resultado de esa decisión, más de 2,000 personas previamente condenadas fueron liberadas de las cárceles de Florida. Hoy en día, los presos indigentes son nombrados abogados para que puedan obtener un juicio justo en los tribunales.

Roe v. Wade, 1973

Roe v. Wade podría ser uno de los casos más famosos y controvertidos de la Corte Suprema de los EE. UU. En la historia, y su decisión impregna la política de los EE. UU. hasta el día de hoy. Roe v. Wade determinó que el derecho a la privacidad bajo la Cláusula de Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda se extendió a la decisión de una mujer de abortar. El controvertido caso del Tribunal Supremo también estableció que el derecho de las mujeres a abortar se limitaba al tercer trimestre del embarazo. Pero en el caso subsiguiente de Planned Parenthood en el Tribunal Supremo c. Casey (1992), el Tribunal determinó que una mujer tiene derecho al aborto hasta la viabilidad fetal, la capacidad del feto para vivir fuera del cuerpo de la mujer. Considerado como uno de los casos más controvertidos de la Corte Suprema, Roe v. Wade eliminó muchas restricciones al aborto creadas por los estados. Desde entonces, han surgido nuevas restricciones y el derecho al aborto ha sido constantemente cuestionado por los opositores desde 1973.

Estados Unidos v. Nixon, 1974

Estados Unidos v. Nixon también se encuentra entre los casos más importantes de la Corte Suprema. Prohibió a los presidentes en ejercicio utilizar sus poderes ejecutivos para retener pruebas durante una investigación criminal. La Corte Suprema dictaminó que el presidente de los Estados Unidos no podía reclamar el privilegio ejecutivo de retener pruebas solicitadas por un tribunal durante una investigación criminal.

En el caso, el presidente Nixon se vio envuelto en el escándalo de Watergate y enfrentaba un juicio político. Un tribunal inferior solicitó copias de las cintas grabadas que determinaron que incluían pruebas incriminatorias contra personas bajo investigación y posiblemente el propio presidente. Cuando el presidente Nixon se negó a entregar las cintas, el Tribunal Supremo dictaminó que no tenía derecho a invocar su privilegio ejecutivo en un caso penal.

 

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Cuando el Diario Perfil “cuida” la formas: ¿Hijo ‘e Represor?

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Ciudadanos V.I.P. son hijos de funcionarios de la dictadura, los que viven en Primera “B”, hijos de represores

 

 

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El padre de Marcos Peña fue un alto funcionario de la dictadura militar

El jefe de Gabinete criticó el 2×1 para “crímenes de lesa humanidad” pero no aclaró que su padre, Félix Peña, fue el segundo de Costa Méndez y uno de los primeros civiles en conocer el plan militar para la Guerra de Malvinas.
Por Rodrigo Lloret
http://www.perfil.com/columnistas/el-padre-de-marcos-pena-fue-un-alto-funcionario-de-la-dictadura.phtml
Marcos Peña se convirtió en el primer funcionario del macrismo en criticar el fallo de la Corte Suprema que benefició a un represor para evitar que cumpla su condena. Tras la sorpresiva sentencia jurídica que provocó una fenomenal crisis política para el oficialismo, el jefe de Gabinete salió a calificar al 2×1 como un “símbolo de la impunidad” y cuestionó “que se aplique a crímenes de lesa humanidad”. Lo que no dijo Peña en ese momento fue que su padre, Félix Peña, había integrado la dictadura que llevó a cabo esos crímenes aberrantes. Marcos Peña nació en 1977 y, obviamente, no tiene ninguna responsabilidad sobre el pasado de su padre.
Es curioso, no obstante, que la trayectoria de Félix Peña haya sido ocultada por el Gobierno. Los antecedentes del padre del jefe de Gabinete están disponibles en el site del Ministerio de Producción, donde Félix Peña es asesor. Pero allí no se aclara que fue funcionario bajo el terrorismo de Estado.
El currículum oficial de Peña padre indica que fue “subsecretario en el área económica de la Cancillería”, sin precisar los años en los que ejerció esa tarea. Fue en dos ocasiones: la dictadura y el menemismo.
Félix Peña llegó a la Cancillería en 1982 como el principal asesor en materia económica internacional del régimen. Fue convocado por Nicanor Costa Méndez, el canciller de la Junta Militar entre 1981 y 1982. Costa Méndez conocía a Peña porque ambos eran asiduos miembros del Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales (CARI), un think-tank conservador creado en 1978 para respaldar a los militares en ámbitos diplomáticos. Peña logró obtener la máxima confianza del canciller del dictador Leopoldo Galtieri y fue uno de los pocos civiles que conoció el plan del desembarco de las Fuerzas Armadas en Malvinas antes de que estallara la guerra. También fue el encargado de asesorar a la dictadura sobre las implicancias económicas que podría tener Argentina tras el conflicto.
Un año antes de la Guerra de Malvinas ya se conocía la simpatía del Proceso de Reorganización Nacional por Peña. Aquí se reproduce el “Acta 183” de la “Junta Militar”, que refleja la reunión que mantuvieron las autoridades de las Fuerzas Armadas el 23 de junio de 1981 en el Edificio Cóndor. Sobre la “designación de embajadores” se puede observar la decisión de nombrar “jefe de misión” en Costa Rica a Félix Peña. Pero los Peña no se mudaron a Centroamérica.
Peña padre sabía que un año más tarde podría lograr mayor influencia en el Ministerio de Relaciones Exteriores conducido por las Fuerzas Armadas. Pero su paso por la Cancillería se truncó con el fin de la Junta. Como no era un diplomático de carrera, el padre del funcionario más importante de Mauricio Macri estuvo en la Cancillería hasta la llegada de la democracia, cuando el gobierno de Raúl Alfonsín decidió cesantear a los “diplomáticos de la dictadura”.
“Yo llegué a la Cancillería cuando había claras señales de que estábamos en el final de una etapa y se iniciaba una transición hacia la democracia. No la hubiese integrado antes”, aseguró Félix Peña a Perfil.com. Y aclaró que no tuvo “ninguna intervención” relacionada con las denuncias de violaciones a los derechos humanos que la dictadura recibía constantemente en foros internacionales.
Economista y doctor en Derecho, profesor de varias universidades y autor de numerosas publicaciones sobre relaciones económicas internacionales, Félix Peña es un reconocido y respetado especialista en ámbitos diplomáticos y universitarios. En cambio, su participación bajo la dictadura militar que azotó a la Argentina era algo que no había sido tan difundido. Hasta hoy.
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Félix Peña

 

Marcos Peña

 

Elisa Carrió

 

Ricardo Gil Lavedra

 

Martín Balza

 

 



Fabian Kussman

email@PrisioneroEnArgentina.com

www.PrisioneroEnArgentina.com

@FabianKussman

Mayo 26, 2017



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Hijo ‘e represor. Cuando el diario Perfil “cuida las formas.

A menudo soy señalado como “el hijo del represor”. Cuando uno está seguro de la situación en la que vive y la “justicia independiente” que supimos conseguir trata de forzar culpabilidades en sus expedientes, logrando quedar en el ridículo, no me importa un bledo. Cuando el periódico Perfil cae en el doble estándar, cuidando no ofender demasiado a ciudadanos de primera, se torna divertido. ¿Honestamente? Me divierte. ¿Tengo un truculento sentido del humor o es simplemente una reacción?
Marcos Peña es hijo de un funcionario de la dictadura. Yo, simplemente el “hijo de un represor” sin condena y acusado sin pruebas (A menos que usted y Perfil considere evidencia esta comedia de enredos que ha fabricado y continúa apuntalando esa peculiar justicia, gobierno tras gobierno).

No es mi intención criticar a Rodrigo Lloret. El columnista de Perfil no miente. Exhibe documentación para sostener su escrito. Siempre hay un pero. Eliza Carrió fue funcionaria de la dictadura. Ricardo Gil Lavedra actuó en el Poder Judicial durante la dictadura. Martín Balza fue soldado de la dictadura. Ellos no tienen la sombra de pertenecer sobre sus hombros. Aquellos que arriesgaron sus vidas en Malvinas batallaron mientras un gobierno de facto estaba en ejercicio. Recuerdo un vecino ocupando un cargo en mesa de entradas de una municipalidad mientras la junta militar cumplía desempeños en Argentina. Seguramente hubo un repartidor de periódicos que servía a algún dirigente en esos años. Eso no les hace “colaboracionistas”, ni por simplemente estar o pertenecer, culpables.

Irving Brant sostenía que de la única manera que James Madison sería recordado en la historia era si sus conciudadanos contemporáneos o futuros respetaban los derechos y libertades que uno de los padres fundadores de Estados Unidos de América había defendido con tanto tesón. En Argentina, Alberdi y Vélez Sarfield bostezan junto a un empolvado bandoneón. Culpable hasta demostrar su inocencia. Así es para la “justicia independiente”, para un gran sector del periodismo, lo es para el Papa Francisco y para una parte de la sociedad que ha abandonado tristemente la memoria de nuestros pensadores para fabricar esa memoria a conveniencia, tan rentable.
Hay que convivir con esta triste realidad, aunque no resignarse. Para Perfil, pautemos una descripción suave al hablar de Marcos Peña: El hijo de un funcionario de la dictadura. Para Fabian Kussman -el enemigo-, hijo de un represor. Ya estoy escribiendo sobre mí en tercera persona. ¿Parte de la celebridad?
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PrisioneroEnArgentina.com

Mayo 26, 2017