El reciente otorgamiento de la prisión domiciliaria a Julio De Vido, exministro de Planificación Federal, por parte de la Cámara Federal de Casación Penal (Decisión que fue tomada por la sala III del tribunal con los votos de los Jueces Mariano Borinsky, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci) ha puesto de manifiesto una preocupante disparidad en la aplicación de los beneficios procesales dentro del sistema Penitenciario Federal Argentino. Mientras la justicia fundamenta esta decisión en el estado de salud del exfuncionario, la realidad en otros centros de detención, como la Unidad 34 de Campo de Mayo, revela una vara de medir diametralmente opuesta para los adultos mayores con cuadros clínicos significativamente más graves.
Resulta imperativo recordar la base de nuestro contrato social. La Constitución de la Nación Argentina, en su Artículo 16, que establece con claridad meridiana:
“LA NACIÓN ARGENTINA NO ADMITE PRERROGATIVAS DE SANGRE, NI DE NACIMIENTO: NO HAY EN ELLA FUEROS PERSONALES NI TÍTULOS DE NOBLEZA. TODOS SUS HABITANTES SON IGUALES ANTE LA LEY, Y ADMISIBLES EN LOS EMPLEOS SIN OTRA CONDICIÓN QUE LA IDONEIDAD. LA IGUALDAD ES LA BASE DEL IMPUESTO Y DE LAS CARGAS PÚBLICAS.”
Este precepto no es una mera expresión de deseos, sino una obligación para los magistrados de aplicar criterios uniformes; Sin embargo, el beneficio concedido a De Vido; quien cumplía una condena de cuatro años por fraude al Estado en la Tragedia de Once, se basa en patologías crónicas y un reciente episodio cardíaco que, según el tribunal, no pueden ser atendidos en el penal de Ezeiza. La comparación con la población penal de la Unidad 34 de Campo de Mayo es ineludible y alarmante; Mientras el exministro accede a la morigeración de su pena, en Campo de Mayo, el promedio de edad de los adultos mayores y ancianos detenidos alcanza los 79 años, superando ampliamente la edad del beneficiario actual. En dicha unidad, coexisten adultos mayores con dolencias muy severas, muchas de ellas de carácter de cuidado extremo, que languidecen tras las rejas sin acceder a una revisión humanitaria de sus condiciones de detención. Esta selectividad judicial no solo contradice el espíritu del Artículo 16 constitucional, sino que genera un fenómeno de “estrés carcelario” colectivo, que ya está probado científicamente que potencia y acelera el colapso biológico de la población carcelaria de marras.
La noticia del otorgamiento de la prisión domiciliaria de De Vido ha impactado profundamente en los internos de Campo de Mayo, quienes perciben una denegación sistemática de sus derechos básicos de salud. Este sentimiento de desamparo y la falta de equidad en el trato judicial constituyen, en la práctica, un agravamiento de las condiciones de detención.El marco legal argentino es taxativo al respecto. La Ley 24.660 (Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad), en consonancia con los tratados internacionales, proscribe cualquier trato cruel, inhumano o degradante; Específicamente, el concepto de Agravamiento de las condiciones de detención que se sustenta en:
La Constitución Nacional (Art. 18): “Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para mortificación de los reos detenidos en ellas…” Jurisprudencia sobre el Agravamiento: El estándar fijado por la Corte Suprema y tribunales inferiores (como en el desarrollo doctrinario del Agravamiento 9) establece que cualquier medida o falta de acción estatal que someta al detenido a un sufrimiento mayor al estrictamente necesario por la privación de la libertad, o que ponga en riesgo inminente su salud ante la falta de infraestructura adecuada, o carezca de los medios de la atención para el cuidado de la misma es ilegal y debe ser reparada.
LA JUSTICIA ARGENTINA ENFRENTA UN DILEMA ÉTICO Y LEGAL.
Si el sistema determina que el entorno carcelario, nada menos que el del Hospital Penal HPC1 de Ezeiza es insuficiente para tratar una arritmia o una angioplastia, ¿Qué piensan aquellos que leen este articulo respecto a las infraestructuras e ingenierías de soporte a la medicina carcelarias de las cuales está dotada la Arquitectura del Penal UPSPF34 de Campo de Mayo para mantener en reclusión efectiva a ciudadanos de casi 80 años con patologías superiores y en algunos casos extremos, en la unidad de referencia UT SUPRA.
En mi caso particular ostento 4 Stents, inconvenientes en el colon que aún son incógnitas voy en 5 meses por la 4° colonoscopia, soy grado 3 Cardiológicamente con IAM alto riesgo de vida y Riesgo de Muerto Súbita, contenida mi hipertensión Bah!; Ya no me acuerdo más lo que tengo; soy uno más del promedio de mis camaradas en la U34.
Mantener esta disparidad de criterios sugiere una intención tácita de permitir que estos adultos mayores fallezcan en lo que parece uncadalso administrativo, ignorando que la ley debe ser un escudo igualitario y no una herramienta de selectividad política.
La verdadera justicia no reside en la concesión de privilegios a unos pocos, sino en la aplicación humana y uniforme de la ley para todos los ciudadanos de la República Argentina.
Ah! Pero los gerontes de Campo de Mayo del SPF 34, pueden quedarse tranquilos porque se ha incrementado el staff con un nuevo Jefe médico cuya especialidad es “GINECOLOGIA”;¡por favor seamos regulares mensualmente
En caso de anormalidades podremos recurrir previa autorización a los juzgados y salas de casación respectivas, para obtener los correspondientes paleativos:
Si el dolor es persistente, los antiinflamatorios no esteroideos (AINEs) suelen ser la primera recomendación médica porque inhiben la producción de prostaglandinas, que son las sustancias químicas que causan las contracciones uterinas.
Ibuprofeno: Muy común para reducir la inflamación.
Naproxeno: Tiene un efecto un poco más prolongado.
Antiespasmódicos: Ayudan específicamente con los calambres.
De Vido ha superado este inconveniente médico!
Es muy común que esos términos se confundan debido a que suenan parecido, pero en realidad se encargan de etapas y necesidades de la vida totalmente opuestas.
arbitrariedades y mezquindades de la justicia argentina aparte, resulta más que chocante, indignante el cinismo más vil de alguien que pateó y despreció, no solo el derecho y la ley, sino la más elemental dignidad, ahora apele y quiera ampararse a ella.
Como dijo Jorge L. Borges:
“Es de curiosa observación que los militares, que abolieron el Código Civil y prefirieron el secuestro, la tortura y la ejecución clandestina al ejercicio público de la ley, quieran acogerse ahora a los beneficios de esa antigualla y busquen buenos defensores. No menos admirable es que haya abogados que, desinteresadamente sin duda, se dediquen a resguardar de todo peligro a sus negadores de ayer.”
Alguien que cuando se paseaba por los sótanos y mazmorras se jactaba de las maneras macabras de hacer desaparecer, de eliminar de la faz de la tierra a personas, ya fueran culpables reales o imaginarios.
Ante tanta iniquidad no paro, lo siento, no puedo parar de preguntarme, ¿ en qué clase de mundo vivimos?
LA JUSTICIA ARGENTINA No enfrenta solamente UN DILEMA ÉTICO Y LEGAL sino EXISTENCIAL, PORQUE NO EXISTE.
La prueba es que no se aplica la constitución.
La constitución desde hace más de siglo y medio es una caja de herramientas en un galpón donde se va a buscar una herramienta cuando se necesita.
LA IGUALDAD ANTE LA LEY ES BÁSICA, ELEMENTAL.
Y LA CONSTITUCIÓN VALE EN TODAS SUS PARTES O NO VALE.
Este badulaque salió porque pagó. Punto. Estamos ante una caterva de sinvergüenzas que solo actúan si hay con que pagar. Poco importa otra cosa. Como ya lo he manifestado: el que dispone de millones oh! Sorpresa! Queda libre. Como los hombres de las Fuerzas ni sueldo co tan…entonces ahí se quedan. Sencillo y abrumador. Cuando alguien está desprovisto de libertad, la familia gasta muchísimo más dinero de lo imaginado. Hay que pagar protección para que los otros no le hagan nada, hay que pagar al compañero de celda para que no le robe, hay que pagar a los guardianes para que no lo maltraten, hay que pagar a los médicos y llevar los medicamentos para que no les falte, hay que pagar alimentos, vestimenta adecuada, pasatiempos, artículos de tocador pero hay que llevar todo doble porque los guardias sacan lo que necesitan, hasta el papel higiénico y lo sé porque yo he pagado todo eso para que mi amado esposo tuviera algún confort en su celda…todos los que están a cargo de los detenidos circulan a coima y si usted ofrece digamos, 30 millones, le aseguro que en menos de una semana está en su casa y así para todos. Estos mal paridos ni imparten justicia, ni les importa y usted es Igual ante la ley si puede pagar. Ya ve usted el caso de la ladrona que bailotear en el balcón.Que mejor ejemplo?!
Gracias por su hombría de bien y su fortaleza señor Sánchez. Saludos cordiales!
María Elena Cisneros Rueda
jaja la igualdad ante la ley es como comparar a la casta política y los jubilados que se están muriendo de hambre. No entiendo como los presos votan a esta gente.
GONZALO SANCHEZ MUY CIERTAS SUS OBSERVACIONES. LAMENTABLEMENTE ESTO ES ARGENTINA Y LO DE LA IGUALDAD ANTE LA LEY NO EXISTE. DURANTE MAS DE 20 AÑOS LOS JUICIOS POR LOS BIEN O MAL LLAMADOS DELITOS DE LESA HUMANIDAD ASÍ LO DEMUESTRAN. NUESTRA LIBERTAD ESTÁ EN EL CEMENTERIO Y LO QUE SE IMPONE ES EL MAS PURO HIJOPUTISMO POLÍTICO-JUDICIAL DEL CUAL SON CÓMPLICES LOS MIEMBROS DE TODAS LAS INSTITUCIONES DE UNIFORMADOS A LAS QUE PERTENECIMOS. MUY DIFERENTES SON LOS KIRCHNERISTAS, O LOS SEGUIDORES DE LOS TERRORISTAS QUE EN EL SIGLO PASADO ASOLARON EL PAÍS, QUIENES EN MAYOR O MENOR MEDIDA NO ABANDONAN A SU GENTE. QUE LA SUERTE NOS ACOMPAÑE. CLAUDIO KUSSMAN
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Pastor Misionero
El reciente otorgamiento de la prisión domiciliaria a Julio De Vido, exministro de Planificación Federal, por parte de la Cámara Federal de Casación Penal (Decisión que fue tomada por la sala III del tribunal con los votos de los Jueces Mariano Borinsky, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci) ha puesto de manifiesto una preocupante disparidad en la aplicación de los beneficios procesales dentro del sistema Penitenciario Federal Argentino. Mientras la justicia fundamenta esta decisión en el estado de salud del exfuncionario, la realidad en otros centros de detención, como la Unidad 34 de Campo de Mayo, revela una vara de medir diametralmente opuesta para los adultos mayores con cuadros clínicos significativamente más graves.
Resulta imperativo recordar la base de nuestro contrato social. La Constitución de la Nación Argentina, en su Artículo 16, que establece con claridad meridiana:
“LA NACIÓN ARGENTINA NO ADMITE PRERROGATIVAS DE SANGRE, NI DE NACIMIENTO: NO HAY EN ELLA FUEROS PERSONALES NI TÍTULOS DE NOBLEZA. TODOS SUS HABITANTES SON IGUALES ANTE LA LEY, Y ADMISIBLES EN LOS EMPLEOS SIN OTRA CONDICIÓN QUE LA IDONEIDAD. LA IGUALDAD ES LA BASE DEL IMPUESTO Y DE LAS CARGAS PÚBLICAS.”
Este precepto no es una mera expresión de deseos, sino una obligación para los magistrados de aplicar criterios uniformes; Sin embargo, el beneficio concedido a De Vido; quien cumplía una condena de cuatro años por fraude al Estado en la Tragedia de Once, se basa en patologías crónicas y un reciente episodio cardíaco que, según el tribunal, no pueden ser atendidos en el penal de Ezeiza. La comparación con la población penal de la Unidad 34 de Campo de Mayo es ineludible y alarmante; Mientras el exministro accede a la morigeración de su pena, en Campo de Mayo, el promedio de edad de los adultos mayores y ancianos detenidos alcanza los 79 años, superando ampliamente la edad del beneficiario actual. En dicha unidad, coexisten adultos mayores con dolencias muy severas, muchas de ellas de carácter de cuidado extremo, que languidecen tras las rejas sin acceder a una revisión humanitaria de sus condiciones de detención. Esta selectividad judicial no solo contradice el espíritu del Artículo 16 constitucional, sino que genera un fenómeno de “estrés carcelario” colectivo, que ya está probado científicamente que potencia y acelera el colapso biológico de la población carcelaria de marras.
La noticia del otorgamiento de la prisión domiciliaria de De Vido ha impactado profundamente en los internos de Campo de Mayo, quienes perciben una denegación sistemática de sus derechos básicos de salud. Este sentimiento de desamparo y la falta de equidad en el trato judicial constituyen, en la práctica, un agravamiento de las condiciones de detención.El marco legal argentino es taxativo al respecto. La Ley 24.660 (Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad), en consonancia con los tratados internacionales, proscribe cualquier trato cruel, inhumano o degradante; Específicamente, el concepto de Agravamiento de las condiciones de detención que se
sustenta en:
La Constitución Nacional (Art. 18): “Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para mortificación de los reos detenidos en ellas…” Jurisprudencia sobre el Agravamiento: El estándar fijado por la Corte Suprema y tribunales inferiores (como en el desarrollo doctrinario del Agravamiento 9) establece que cualquier medida o falta de acción estatal que someta al detenido a un sufrimiento mayor al estrictamente necesario por la privación de la libertad, o que ponga en riesgo inminente su salud ante la falta de infraestructura adecuada, o carezca de los medios de la atención para el cuidado de la misma es ilegal y debe ser reparada.
LA JUSTICIA ARGENTINA ENFRENTA UN DILEMA ÉTICO Y LEGAL.
Si el sistema determina que el entorno carcelario, nada menos que el del Hospital Penal HPC1 de Ezeiza es insuficiente para tratar una arritmia o una angioplastia, ¿Qué piensan aquellos que leen este articulo respecto a las infraestructuras e ingenierías de soporte a la medicina carcelarias de las cuales está dotada la Arquitectura del Penal UPSPF34 de Campo de Mayo para mantener en reclusión efectiva a ciudadanos de casi 80 años con patologías superiores y en algunos casos extremos, en la unidad de referencia UT SUPRA.
En mi caso particular ostento 4 Stents, inconvenientes en el colon que aún son incógnitas voy en 5 meses por la 4° colonoscopia, soy grado 3 Cardiológicamente con IAM alto riesgo de vida y Riesgo de Muerto Súbita, contenida mi hipertensión Bah!; Ya no me acuerdo más lo que tengo; soy uno más del promedio de mis camaradas en la U34.
Mantener esta disparidad de criterios sugiere una intención tácita de permitir que estos adultos mayores fallezcan en lo que parece un cadalso administrativo, ignorando que la ley debe ser un escudo igualitario y no una herramienta de selectividad política.
La verdadera justicia no reside en la concesión de privilegios a unos pocos, sino en la aplicación humana y uniforme de la ley para todos los ciudadanos de la República Argentina.
Ah! Pero los gerontes de Campo de Mayo del SPF 34, pueden quedarse tranquilos porque se ha incrementado el staff con un nuevo Jefe médico cuya especialidad es “GINECOLOGIA”;¡por favor seamos regulares mensualmente
En caso de anormalidades podremos recurrir previa autorización a los juzgados y salas de casación respectivas, para obtener los correspondientes paleativos:
Si el dolor es persistente, los antiinflamatorios no esteroideos (AINEs) suelen ser la primera recomendación médica porque inhiben la producción de prostaglandinas, que son las sustancias químicas que causan las contracciones uterinas.
Ibuprofeno: Muy común para reducir la inflamación.
Naproxeno: Tiene un efecto un poco más prolongado.
Antiespasmódicos: Ayudan específicamente con los calambres.
De Vido ha superado este inconveniente médico!
Es muy común que esos términos se confundan debido a que suenan parecido, pero en realidad se encargan de etapas y necesidades de la vida totalmente opuestas.
Campo de Mayo, ARGENTINA
PrisioneroEnArgentina.com
Mayo 12, 2026
9 thoughts on “LA IGUALDAD ANTE LA LEY”
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- Sonia S
- posted on May 13, 2026
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- Patricio
- posted on May 12, 2026
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- Bizancio
- posted on May 12, 2026
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- Edgardo Dominguez melrodicq@gmail.com
- posted on May 12, 2026
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- Juan Galvan
- posted on May 12, 2026
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- María Elena Cisneros Rueda
- posted on May 12, 2026
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- Julian
- posted on May 12, 2026
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- SONIA
- posted on May 12, 2026
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- CLAUDIO KUSSMAN
- posted on May 12, 2026
CommentMadre mía …
arbitrariedades y mezquindades de la justicia argentina aparte, resulta más que chocante, indignante el cinismo más vil de alguien que pateó y despreció, no solo el derecho y la ley, sino la más elemental dignidad, ahora apele y quiera ampararse a ella.
Como dijo Jorge L. Borges:
“Es de curiosa observación que los militares, que abolieron el Código Civil y prefirieron el secuestro, la tortura y la ejecución clandestina al ejercicio público de la ley, quieran acogerse ahora a los beneficios de esa antigualla y busquen buenos defensores. No menos admirable es que haya abogados que, desinteresadamente sin duda, se dediquen a resguardar de todo peligro a sus negadores de ayer.”
Alguien que cuando se paseaba por los sótanos y mazmorras se jactaba de las maneras macabras de hacer desaparecer, de eliminar de la faz de la tierra a personas, ya fueran culpables reales o imaginarios.
Ante tanta iniquidad no paro, lo siento, no puedo parar de preguntarme, ¿ en qué clase de mundo vivimos?
Julito sabe cosas y tiene con que, por eso sale y el cualquier momento doña Kretina le sigue.
LA JUSTICIA ARGENTINA No enfrenta solamente UN DILEMA ÉTICO Y LEGAL sino EXISTENCIAL, PORQUE NO EXISTE.
La prueba es que no se aplica la constitución.
La constitución desde hace más de siglo y medio es una caja de herramientas en un galpón donde se va a buscar una herramienta cuando se necesita.
LA IGUALDAD ANTE LA LEY ES BÁSICA, ELEMENTAL.
Y LA CONSTITUCIÓN VALE EN TODAS SUS PARTES O NO VALE.
Es la basura que nos gobierna. Son todos iguales.
Esto es otra mafia judicial
Aca te llevas guita y no pasa nada si sos politico
Este badulaque salió porque pagó. Punto. Estamos ante una caterva de sinvergüenzas que solo actúan si hay con que pagar. Poco importa otra cosa. Como ya lo he manifestado: el que dispone de millones oh! Sorpresa! Queda libre. Como los hombres de las Fuerzas ni sueldo co tan…entonces ahí se quedan. Sencillo y abrumador. Cuando alguien está desprovisto de libertad, la familia gasta muchísimo más dinero de lo imaginado. Hay que pagar protección para que los otros no le hagan nada, hay que pagar al compañero de celda para que no le robe, hay que pagar a los guardianes para que no lo maltraten, hay que pagar a los médicos y llevar los medicamentos para que no les falte, hay que pagar alimentos, vestimenta adecuada, pasatiempos, artículos de tocador pero hay que llevar todo doble porque los guardias sacan lo que necesitan, hasta el papel higiénico y lo sé porque yo he pagado todo eso para que mi amado esposo tuviera algún confort en su celda…todos los que están a cargo de los detenidos circulan a coima y si usted ofrece digamos, 30 millones, le aseguro que en menos de una semana está en su casa y así para todos. Estos mal paridos ni imparten justicia, ni les importa y usted es Igual ante la ley si puede pagar. Ya ve usted el caso de la ladrona que bailotear en el balcón.Que mejor ejemplo?!
Gracias por su hombría de bien y su fortaleza señor Sánchez. Saludos cordiales!
María Elena Cisneros Rueda
De Vido suelto… estamos todos locos
jaja la igualdad ante la ley es como comparar a la casta política y los jubilados que se están muriendo de hambre. No entiendo como los presos votan a esta gente.
GONZALO SANCHEZ MUY CIERTAS SUS OBSERVACIONES. LAMENTABLEMENTE ESTO ES ARGENTINA Y LO DE LA IGUALDAD ANTE LA LEY NO EXISTE. DURANTE MAS DE 20 AÑOS LOS JUICIOS POR LOS BIEN O MAL LLAMADOS DELITOS DE LESA HUMANIDAD ASÍ LO DEMUESTRAN. NUESTRA LIBERTAD ESTÁ EN EL CEMENTERIO Y LO QUE SE IMPONE ES EL MAS PURO HIJOPUTISMO POLÍTICO-JUDICIAL DEL CUAL SON CÓMPLICES LOS MIEMBROS DE TODAS LAS INSTITUCIONES DE UNIFORMADOS A LAS QUE PERTENECIMOS. MUY DIFERENTES SON LOS KIRCHNERISTAS, O LOS SEGUIDORES DE LOS TERRORISTAS QUE EN EL SIGLO PASADO ASOLARON EL PAÍS, QUIENES EN MAYOR O MENOR MEDIDA NO ABANDONAN A SU GENTE. QUE LA SUERTE NOS ACOMPAÑE. CLAUDIO KUSSMAN