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Cumpliendo milimétricamente con una coreografía ya anunciada, este martes Nayib Bukele anticipó que se apartará de la presidencia de El Salvador durante medio año.

“Primero que nada, como todos saben, dentro de tres días aproximadamente voy a pedir una licencia a la Asamblea Legislativa para dedicarme a la campaña, y no estaré ejerciendo como presidente”, dijo el mandatario.

Bukele no especificó quién lo sustituirá en el cargo en los seis meses que quedan hasta que el 1 de junio finalice su mandato de cinco años.

Con esta decisión de pedir licencia quedará superado, según el gobierno y analistas afines, el último escollo legal para que Bukele pueda competir por un segundo mandato en las elecciones generales del 2 de febrero de 2024, después de que en 2021 la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) avalara la reelección presidencial inmediata.

Algo que sus críticos siguen sosteniendo es inconstitucional, argumentando que seis artículos de la Carta Magna la prohíben.

A continuación te explicamos lo que significa de cara a los comicios este último paso de uno de los líderes mejor valorados del mundo, quien se jacta de haber transformado el país centroamericano al liberarlo del control de las pandillas, pero sobre el que pesan señalamientos de haber incurrido en detenciones arbitrarias y violaciones de derechos humanos para lograrlo, de maniobrar para controlar los tres poderes del Estado y de una cada vez mayor deriva autoritaria.

¿Por qué Bukele pedirá una licencia de 6 meses y qué tiene que ver con la búsqueda de la reelección? Para responder a esta pregunta hay que retroceder primero dos años, hasta la polémica resolución del 3 septiembre de 2021 con la que la entonces nueva Sala de lo Constitucional del CSJ le dio luz verde a la reelección presidencial inmediata.

Los magistrados de dicho órgano habían sido nombrados el 1 de mayo por la Asamblea Legislativa en la que ya tenía mayoría absoluta Nuevas Ideas, el partido con el que Bukele gobierna El Salvador desde 2019.

El parlamento unicameral los eligió tras haber destituido a los que hasta entonces lo conformaban, en un controvertido proceso que fue criticado dentro y fuera del país y que la oposición llegó a tachar de “golpe de Estado”.

La Sala está facultada para decidir si determinadas leyes o decretos presidenciales son contrarios a la Constitución, y era una de las instancias judiciales que había emitido veredictos contrarios a las políticas de Bukele.

En septiembre, los nuevos magistrados, que los críticos señalan de ser leales a Bukele, publicaron en la red social X (antes Twitter) una resolución de 28 páginas en respuesta a una demanda de pérdida de derechos de ciudadanía contra una diputada por presuntamente haber violado la Constitución al promover la reelección presidencial.

Con el auto sobreseyeron el proceso argumentando que carecía de fundamento, pero también hicieron una lectura de una serie de artículos de la Constitución; entre ellos, el 152.

En su ordinal primero, este artículo establece que no podrá ser candidato a presidente:

El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial.

Sin embargo, los magistrados consideraron que “permite que el presidente participe en la contienda electoral por una segunda ocasión y es el pueblo quien decide si este resulta electo”.

Y que para poder inscribirse como candidato, el presidente tendría que pedir un “permiso o licencia” seis meses antes del inicio del período presidencial.

Para ello, argumentaron que el texto constitucional por el que se rige hoy el país (en vigor desde 1983) “responde a las necesidades de hace 20, 30, 40 años”, y que, a la luz de los nuevos tiempos, eso representa una “excesiva restricción disfrazada de certeza jurídica y el actuar de representantes que se resisten al cambio soberano, que se resisten a escuchar la voluntad del pueblo”.

Asimismo, ordenaron al Tribunal Supremo Electoral (TSE) dar cumplimiento a la resolución y permitir que “una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido presidente en el periodo inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión”.

La posibilidad de aspirar a un segundo mandato ya había sido reconocida mediante sentencia de la Sala de lo Constitucional en 2014, aunque entonces esta resolvió que había que esperar dos períodos (10 años) para optar a la reelección.

El 4 de septiembre el TSE anunció que acataría la nueva disposición del máximo tribunal. En un escueto comunicado de tres párrafos resaltó el hecho de que, si así lo deseaba el actual presidente, podría postularse de nuevo.

Y es que hasta entonces Bukele no había hecho pública su intención de volver a aspirar al cargo.

Lo anunció el 15 de septiembre de 2022, durante una alocución con motivo del aniversario de la independencia del país.

“Después de discutirlo con mi esposa Gabriela y mi familia, le anuncio al pueblo salvadoreño que he decidido que seré candidato a la presidencia de la República”, dijo el mandatario de 40 años.

El proceso que debía seguir para materializarlo lo explicó el vicepresidente Félix Ulloa durante un evento el 24 de abril, algo que los críticos tachan directamente de “farsa con aspecto de legalidad”.

Bukele debía inscribirse en un partido político, ganar las elecciones internas y presentar su candidatura ante el TSE. “Ya cuando sea candidato oficial inscrito ante el tribunal, entonces decidirá en qué momento se separa del cargo”, enumeró el también doctor en Derecho.

Y en una entrevista con la BBC, Ulloa especificó que eso último debía hacerlo “al menos seis meses antes de que comience el nuevo mandato”; esto es, antes del 1 de diciembre.

El mandatario llegó a inscribir su candidatura el pasado 26 de octubre, a pocos minutos de vencerse el plazo y con decenas de sus seguidores esperando afuera de la sede del TSE.

“El pueblo salvadoreño va a decidir si quiere seguir construyendo el nuevo El Salvador o si quieren regresar al pasado (…). Vamos, con la ayuda de Dios, a enterrar a esa oposición. Para eso necesitamos arrasar en todas las urnas”, declaró siguiendo el manual, rodeado de un fuerte dispositivo de seguridad.

Y el 3 de noviembre el TSE le dio luz verde, a pesar de los recursos de nulidad presentados por dos abogados constitucionalistas, dos partidos opositores (Alianza Republicana Nacionalista o Arena y Nuestro Tiempo) y un ciudadano particular contra la candidatura.

En su cuenta oficial de X, el ente electoral informó que la fórmula de Nuevas Ideas, compuesta por Bukele y su vicepresidente, Ulloa, fue aprobada con 4 votos de los 5 magistrados que componen ese organismo.

De acuerdo al procedimiento por ellos mismos adelantado, solo le quedaba separarse del cargo y que la Asamblea Legislativa nombrara a un sustituto provisional.

“Seguramente, este proceso lo vamos a hacer en la última plenaria de noviembre”, zanjó las dudas el propio presidente del órgano legislativo, Ernesto Castro, el 7 de noviembre.

Con el anuncio de este miércoles se allana el camino para que esto suceda.

¿Qué dicen del proceso sus críticos? ¿Y qué señala exactamente la Constitución sobre la reelección? “Farsa”, “conspiración”, “fraude a la Constitución”… son quizá los calificativos que más han repetido los críticos de Bukele desde aquella resolución de 2021 de la Sala de lo Constitucional.

Diversos abogados, organizaciones civiles y la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales de la estatal Universidad de El Salvador (UES), por citar algunos, sostienen que la reelección presidencial inmediata es inconstitucional.

“La candidatura de Bukele, se vea por donde se vea, es contraria a la Constitución”, le reitera a BBC Mundo el abogado constitucionalista Salvador Enrique Anaya, quien presentó la demanda por la cual la Sala emitió en 2021 la polémica resolución.

También introdujo un recurso de nulidad ante el TSE, y uno de revisión al ser aquél rechazado.

“Ya sin acudir a la última frase del ordinal primero del artículo 152 es ilegal, porque ya ha sido presidente durante prácticamente cuatro años y medio en el periodo inmediato anterior al de la candidatura, en 2019-2024”, explica.

“Pero además en nuestro sistema el cargo de presidente no es renunciable, salvo por causas muy graves que debe de calificar la Asamblea Legislativa”, prosigue.

“Así que pedir permiso, licencia, exoneración, apartarse del cargo, dejarlo en depósito… es un eufemismo para no decir renuncia y es también fraude a la Constitución”, subraya.

Aclara además que el texto constitucional no habla de pedir permiso, porque este se diseñó para que no hubiera reelección inmediata.

Y argumenta, al igual que otros críticos, que al menos seis artículos de la Constitución prohíben la reelección presidencial inmediata o continua.

Los artículos de la Constitución que prohíben la reelección inmediata según los críticos de Bukele

  • 88: La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema político establecidos.
  • 131: Corresponde a la Asamblea Legislativa: 16º- Desconocer obligatoriamente al presidente de la República o al que haga sus veces cuando terminado su período constitucional continúe en el ejercicio del cargo. En tal caso, si no hubiere persona legalmente llamada para el ejercicio de la Presidencia, designará un presidente provisional.
  • 152: No podrán ser candidatos a presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial.
  • 154: El período presidencial será de cinco años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más.
  • 248: No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de Gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.
  • 75: Pierde los derechos de ciudadano: 4º- Los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del presidente de la República, o empleen medios directos encaminados a ese fin.

“Lo del permiso es un invento de los (magistrados) usurpadores de la Sala, aunque es la forma en la que le darán una apariencia de legalidad a la reelección”, zanja.

Con él concuerda el juez Juan Antonio Durán, y agrega que la interpretación de los magistrados es además “prevaricadora”.

“Que un juez dicte una sentencia ilegal o abiertamente injusta es delito de prevaricato y los magistrados, que son jueces, han incurrido en ello y lo saben”, le dice a BBC Mundo.

¿Tiene el procedimiento seguido por Bukele algún precedente? Todo esto hay que interpretarlo además “en el contexto de la historia constitucional de El Salvador”, señala el historiador salvadoreño Héctor Lindo Fuentes.

“Casi todas las constituciones salvadoreñas desde la de 1886, usando una redacción similar y de forma inequívoca, prohíben la reelección”, le dice a BBC Mundo quien es profesor emérito de la Universidad de Fordham, Nueva York.

Pero eso no significa que no haya habido en el pasado intentos de los gobernantes por volver a ser presidentes tras haberse vencido su período.

Un claro precedente de esto es el del general Maximiliano Hernández Martínez.

Habiendo asumido la vicepresidencia de El Salvador el 11 de marzo de 1931, en diciembre urdió un golpe de Estado para hacerse con la jefatura del Estado.

Las siguientes elecciones presidenciales eran en 1935, pero la Constitución de 1886 prohibía la reelección en al menos tres artículos.

Así que unos meses antes del fin del período, en agosto de 1934, Hernández Martínez solicitó una licencia a la Asamblea y dejó el cargo en manos de otro militar, hasta que ganó las elecciones de enero de 1935 con el 100% de los votos y en marzo inició su segundo mandato.

Cuatro años después, cuando tenía que dejar el poder, hizo reformar la Constitución para que lo habilitara para ser presidente en el período 1939-1944. El artículo 91 decía que eso se le permitiría “por esta única vez”.

Pero cinco años después se volvió a reformular, eliminando esa salvedad, con pretensiones de volver a repetir mandato. Pero una rebelión militar primero y una civil después, conocida como la “huelga de los brazos caídos”, precipitaron su caída y la salida del país.

“Realmente Bukele sigue una tradición muy larga”, advierte Lindo Fuentes. “Nuevas Ideas se llama su partido, pero muchas de sus ideas son repeticiones de lo que han hecho gobiernos autoritarios en El Salvador desde el siglo XIX”, zanja.

¿Qué sigue ahora en el camino hacia los comicios de febrero? El constitucionalista Anaya dice que ya no quedan vías internas para tratar de revertir la candidatura presidencial de Bukele. Para quienes se oponen a ella, la opción que resta es acudir a instancias internacionales, como la Corte Interamericana. Es un mecanismo que se puede agotar, pero es sumamente lento, advierte. “Para cuando falla los hechos ya están consumados”.

Los comicios presidenciales y legislativos están previstos para el 4 de febrero de 2024, donde los ciudadanos elegibles tendrán derecho a votar por 44 alcaldes y concejos municipales, 60 diputados nacionales y la fórmula de presidente y vicepresidente que gobernará El Salvador por cinco años.

El Código Electoral salvadoreño prohíbe la propaganda electoral anticipada. Según el calendario electoral autorizado por el TSE, en el caso de los candidatos a presidente y vicepresidente solo podrán realizarla desde el 3 de octubre y hasta el 31 de enero.

Sin embargo, la oposición denuncia que Bukele vive en un “estado de propaganda permanente”.

Sea como fuere, este se encamina a los comicios con el viento a favor, según los sondeos más recientes.

Una encuesta organizada por la Universidad Francisco Gavidia en agosto apunta que el hasta ahora jefe de Estado lleva la ventaja en la preferencia popular para los comicios, con un 68,4% de apoyo.

Y otra llevada a cabo por Cid Gallup en noviembre le otorga a la fórmula presidencial que forma con Ulloa una intención de voto aún mayor: el 95%.

Muy por detrás sitúa a los otros dúos: a Joel Sánchez–Hilcia Bonilla de Arena, con el 4,3%; a Manuel flores–Werner Marroquín del FMLN con el 2,8 %; a Luis Parada-Celia Medrano, de Nuestro Tiempo, con el 2 %; y a José Renderos– Rafael Montalvo, de Fuerza Solidaria, con apenas el 1,5 %.

Bukele goza de uno de los índices de popularidad más altos en la región, a pesar de los múltiples reportes sobre violaciones a los derechos humanos durante su mandato y sus polémicas con el orden constitucional vigente.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Diciembre 3, 2023


 

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