Toda actividad entre seres vivos, se manifiesta en un juego de acción-respuesta, al extremo que la ausencia de respuesta es ya una manera de darla.
El ser humano, si bien debe ser conciente de su deber de respetar los derechos humanos de los demás, tiene ínsito dentro de si, el instinto de conservación, que lo impele a defenderse, aún cuando se sienta impotente, cuando se los viola.
Cuando un ser humano es agredido en sus derechos humanos, en el marco de la acción – respuesta, está en su legítimo derecho de hacerlo.
En la sociedad civilizada, con buen criterio, se han establecido normas de juego (leyes, reglamentaciones, protocolos), que teóricamente canaliza todas las ansias legítimas de defensa. A la vez constituye organizaciones destinadas a asegurar el control de la violación de los derechos de un ser humano contra otro (poder judicial, como jueces y fiscales; organizaciones de seguridad como policía, gendarmería, prefectura y/o policía aeronáutica en nuestro caso). Esto muy costoso y trascendental, porque busca impedir la existencia de “justicieros”.
¿Por qué no de justicieros? Porque un ser humano agredido corre el riesgo de confundir justicia con su deseo de vengar el acto que ha sufrido, incluso de aplicar la ley de talión. Hasta el siglo XIX, existían justicieros, que terminaban a tiro limpio, haciendo justicia por la fuerza. Y esto en una sociedad del siglo XX, se transforma también en un delito. Es decir transforma a la víctima en victimario. Ante esta situación los jueces que son la instancia de decisión se encuentran con un victimario que a la vez es víctima y en una víctima que es victimario. Y normalmente actúa midiendo lo hecho por cada uno, y condenando la transgresión cometida, sea cual fuere la razón de su agresividad.
Como he explicado en el artículo anterior, la aparición sistematizada de los derechos humanos, agregó un ingrediente nuevo, desconocido anteriormente pese a su larga data[1]. En países como los nuestros, con la incompetencia de la dirigencia política y más su carencia de contracción al trabajo, no se ha conformado un nuevo enfoque que impone incursionar en todas la legislación que se vincula con las acciones – respuestas de individuos y grupos sociales. Cómodamente y con gran ruido se han limitado a incorporar las declaraciones de derechos humanos, pero a su vez, no la relacionaron con el sistema legal imperante, que no es solo el penal. Por lo tanto, hoy se aplica la ley de antaño, “interpretando” los derechos humanos vigentes.
La experiencia indica, que nuestros jueces no se ubican en sus funciones, y quieren legislar y no ejecutar la difícil e ímproba tarea de investigar sobre los hechos que vienen a su conocimiento. Y es entonces cuando se encuentran las interpretaciones que sin evidencias, se transforman en meras opiniones, por supuesto distantes uno de otro colega operante en otro lado. Por ejemplo, la condena, que en alguna medida es “la tarifa” se coloca caprichosamente. Muchas veces más acorde a los medios de difusión y sometido a propias interpretaciones que encubren la incompetencia investigativa. Es así que se encuentran jueces filosofando en vez de funcionarios objetivos que en función de las pruebas reunidas establece una sentencia.
Esto desvirtúa la existencia de un Poder Judicial. Nos presenta jueces y fiscales inoperantes y sensible a la amistad, cuando no al peculado y la corrupción. Total, filosofamos un poco, poniendo ceño adusto, y hacemos creer que hacemos justicia.
Por otro lado existen grupos generalmente políticos, que comprometidos con sus integrantes, aprovechan estas deficiencias para exigir que “los jueces sean algo más injustos”, de lo que normalmente son.
Cuando se producen estos casos, se originan violaciones a los derechos humanos, que son ignorados en función de cuestiones formales de los funcionarios e incluso sentando doctrinas en el derecho a aplicar, que protege a victimarios y perjudica o por lo menos ignora a la víctimas.
Es decir, que en los órganos ejecutores del derecho, la “politiqueria” o la “corrupción” irrumpe en los estrados de la justicia. Y esto produce víctimas impotentes jurídicamente, que buscan afanosamente, la manera de hacer justicia, o lo peor de vengarse ante el abuso de poder de quienes deben ser garantía de asegurar la vigencia honesta y legítima de la justicia.
Cuando la sociedad vive estos problemas, renace “el justiciero”, capaz de hacer justicia por propia mano como en el siglo XIX. Gracias a Dios, hay gente que se resiste a esta manera de hacer las cosas. Pero hoy, aparecen “justicieros” que aprovechan o crean, organizaciones de derechos humanos, que van gradualmente de la denuncia pública a la internacional y se convierten también en justicieras, pero para peor referida a una determinada causa. Por ejemplo, delincuentes asesinaron a un hijo. Entonces el padre, acorde a la civilización actual, actúa y descubre las falencias judiciales señaladas. ¿Qué es lo que puede hacer?: fundar una organización de derechos humanos, para su problema. Y afanosamente invitar a gente a sumarse a su cruzada.
Y esto está bien, desde un punto de legitimidad de la acción – respuesta. Pero en realidad busca encubrir su acción justiciera con el nombre de los derechos humanos. En la Argentina, la fundación de la liga de defensa de los derechos del hombre fundada en 1937 por el Partido Comunista, se hizo para proteger a sus integrantes y todo aquel que estuviera en similares circunstancias.
En función de esto, todo aquel, que por ejemplo, iba preso por sus ideas, o era apaleado por la policía o torturado o asesinado, tenía un aparato de poder, que obligara a la prensa y la justicia a actuar a su favor. Claro, si era conveniente politicamente.
Visto teóricamente es una buena estrategia. Pero resulta que la mayoría de los integrantes de asociaciones de este tipo, no han surgido como consecuencia de una vocación por defender los derechos humanos, sino de poder dar respuesta aprovechando la veta de los derechos humanos.
En la Argentina, no he descubierto ni una organización de derechos humanos. Todas han nacido como un instrumento adecuado para enfrentarse contra alguien que lo ha perjudicado. Si es el papá, la esposa, el hijo de un montonero o un erpiano[2] o meramente un periodista que por su compromiso político o sus apetencias, asume la misión de justiciero. Para peor, tampoco hoy cuenta la Cruz Roja Internacional ni la Comisión Internacional de Derechos Humanos ni Amnesty Internacional que selectivamente defienden derechos humanos que le den prensa. Tampoco lo espere del Papa Francisco ni de su Iglesia.
Pero todo esto no justifica constituir organizaciones de derechos humanos para de esta manera proteger a “los míos” y atacar a los que tengo en la vereda de enfrente.
Debe quedar claro, que no crítico desde esta visión lo que podría ser una acción – respuesta gestada en el fragor del enfrentamiento político. Pero lo que es inadmisible es que se utilice el nombre que es ya una bandera de los derechos humanos.
Estos grupos deben entender, que si no están conformes en aceptar un resultado que les impidió tomar el poder político, no pueden ensuciar a los derechos humanos. Es tratar de echar para atrás la historia. Es dañar una esperanza de una vida más digna, ensuciada por intereses vengativos que intrinsicamente son hasta violadores de la ley.
Si se quiere adoptar una conducta de este tipo, es legítimo que busquen respuestas para perjudicar a sus victimarios, pero no deben hacerlo en nombre de los derechos humanos y entender como señalé en mi artículo anterior que su conducta también debe someterse al deber de cumplir con los derechos humanos de los otros, que es como decir de la ley.
Un ejemplo notable es la campaña de exterminio diseñada por el kichnerismo, contra el personal gubernamental que luchó contra el terrorismo de la década de los 70.
Con los argumentos de los derechos humanos, se los violó vengativamente con toda crueldad. Y esto se hace no en medio del fragor de una lucha, sino cuando las víctimas son impotentes para dar una respuesta.
Dejando de lado la cobardía política de este accionar, destaco la inescrupolosidad de convertir a los estrados de la justicia en ejecutores de la venganza, a los medios de comunicaciones en solidarios cómplices de su criminalidad y a la dirigencia política en instrumento que respalda la infamia de vejar a gente anciana, que carente de poder real, solo puede ser impunemente arrollada a un destino de tormento, horror y muerte.
Y es legítimo que gente sensibilizada por el sufrimiento de estos gerontes, se inscriban en una campaña de denuncias y acciones legales para lograr ser escuchados. Y es seguro que de ser escuchados, no hay derecho que respalde a los instigadores de estos delitos ni a los prevaricadores que han permitido desvirtuar las funciones del Poder Judicial así como los medios de difusión tan ávidos de noticias, que sistemáticamente ignoran la existencia de esta nueva tragedia, que empaña la honestidad de toda una sociedad.
Por lo tanto quiero ser claro: los ancianos de hoy, entre los cuales me incluyo (85 años), tienen sus derechos humanos vigentes, que le permiten formular las denuncia y acciones legales pertinentes. Pero sería falaz que dijeran que lo hacen por ser paladines de los derechos humanos.
Una verdadera organización de derechos humanos, que en nuestro país no existen, está constituida por personas que sin ser involucrados por sus intereses personales, se incorporan para participar en cimentar los derechos humanos de la Humanidad.
Por citar un documento que expresa lo que coincidentemente afirman todos, trascribo en forma textual de la Declaración Universal[3] de los Derechos Humanos
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
De esto se sigue, que no solo los victimarios tienen el deber de respetar los derechos humanos de los demás, sino las víctimas,incluso de sus victimarios. Esto no quita que denuncie a sus victimarios por violar los derechos humanos. Pero no es conveniente, que ellos constituyan una organización de defensa de los derechos humanos. Sí puede organizarse como grupo social para defender sus derechos e intereses, y deben dar elementos de juicio a la justicia para que aplique la ley; que en este caso es principalmente de orden penal.
[1] Desde la revolución francesa. Claro que en realidad desde que existen seres humanos (para los bibliófilos desde Adán y Eva)
[3] Debo aclarar que esta palabra la empleo porque así la utilizaron sus autores. Sin embargo los seres humanos no tenemos derechos para establecer normas de juego para el Universo (por ejemplo, Marte, el Sol, Mercurio, y las galaxias ajenas a la nuestra). Creo que el término apropiado seria Declaración mundial de los derechos humanos.
CARLOS ANTONIO ESPAÑADERO es un oficial jefe retirado del Ejército Argentino con gran intelectualidad y una mente privilegiada que goza de máxima lucidez. Es padre de seis hijos y abuelo de cuatro nietas, y lo destacable: Tiene 84 jóvenes años de edad a pesar de lo cual, ocupa una celda en el Pabellón 8 de esta misma prisión. Ha escrito y publicado dos libros: EL PROBLEMA DEL TERRORISMO (2008) y LA SEGURIDAD PÚBLICA (2009) Al día de hoy, se encuentra completando un tercero titulado: LA TRAGEDIA TERRORISTA ARGENTINA. Con él, todos los días nos reunimos en horas de la tarde intercambiando comentarios y pareceres de todo tipo. Preponderantemente de Geopolítica e Historia Contemporánea. Bien, esto es un decir, casi se podría expresar que me brinda clases sobre los mencionados tópicos. El tratarle es un placer ya que enriquece el conocimiento teniéndose en cuenta su condiciones didácticas. Fue profesor durante largos años de Geopolítica en la Universidad Nacional de Mar del Plata, en el Consejo Superior de Educación Católica (CONSUDEC) de Buenos Aires, en la Escuela Superior de Policía de la Provincia de Buenos Aires en la ciudad de La Plata, en la Academia de Estudios Penitenciarios en la ciudad de Buenos Aires y también en la Escuela de Inteligencia de la Fuerza Aérea.
Por Carlos Españadero.
Toda actividad entre seres vivos, se manifiesta en un juego de acción-respuesta, al extremo que la ausencia de respuesta es ya una manera de darla.
El ser humano, si bien debe ser conciente de su deber de respetar los derechos humanos de los demás, tiene ínsito dentro de si, el instinto de conservación, que lo impele a defenderse, aún cuando se sienta impotente, cuando se los viola.
Cuando un ser humano es agredido en sus derechos humanos, en el marco de la acción – respuesta, está en su legítimo derecho de hacerlo.
En la sociedad civilizada, con buen criterio, se han establecido normas de juego (leyes, reglamentaciones, protocolos), que teóricamente canaliza todas las ansias legítimas de defensa. A la vez constituye organizaciones destinadas a asegurar el control de la violación de los derechos de un ser humano contra otro (poder judicial, como jueces y fiscales; organizaciones de seguridad como policía, gendarmería, prefectura y/o policía aeronáutica en nuestro caso). Esto muy costoso y trascendental, porque busca impedir la existencia de “justicieros”.
¿Por qué no de justicieros? Porque un ser humano agredido corre el riesgo de confundir justicia con su deseo de vengar el acto que ha sufrido, incluso de aplicar la ley de talión. Hasta el siglo XIX, existían justicieros, que terminaban a tiro limpio, haciendo justicia por la fuerza. Y esto en una sociedad del siglo XX, se transforma también en un delito. Es decir transforma a la víctima en victimario. Ante esta situación los jueces que son la instancia de decisión se encuentran con un victimario que a la vez es víctima y en una víctima que es victimario. Y normalmente actúa midiendo lo hecho por cada uno, y condenando la transgresión cometida, sea cual fuere la razón de su agresividad.
Como he explicado en el artículo anterior, la aparición sistematizada de los derechos humanos, agregó un ingrediente nuevo, desconocido anteriormente pese a su larga data[1]. En países como los nuestros, con la incompetencia de la dirigencia política y más su carencia de contracción al trabajo, no se ha conformado un nuevo enfoque que impone incursionar en todas la legislación que se vincula con las acciones – respuestas de individuos y grupos sociales. Cómodamente y con gran ruido se han limitado a incorporar las declaraciones de derechos humanos, pero a su vez, no la relacionaron con el sistema legal imperante, que no es solo el penal. Por lo tanto, hoy se aplica la ley de antaño, “interpretando” los derechos humanos vigentes.
La experiencia indica, que nuestros jueces no se ubican en sus funciones, y quieren legislar y no ejecutar la difícil e ímproba tarea de investigar sobre los hechos que vienen a su conocimiento. Y es entonces cuando se encuentran las interpretaciones que sin evidencias, se transforman en meras opiniones, por supuesto distantes uno de otro colega operante en otro lado. Por ejemplo, la condena, que en alguna medida es “la tarifa” se coloca caprichosamente. Muchas veces más acorde a los medios de difusión y sometido a propias interpretaciones que encubren la incompetencia investigativa. Es así que se encuentran jueces filosofando en vez de funcionarios objetivos que en función de las pruebas reunidas establece una sentencia.
Esto desvirtúa la existencia de un Poder Judicial. Nos presenta jueces y fiscales inoperantes y sensible a la amistad, cuando no al peculado y la corrupción. Total, filosofamos un poco, poniendo ceño adusto, y hacemos creer que hacemos justicia.
Por otro lado existen grupos generalmente políticos, que comprometidos con sus integrantes, aprovechan estas deficiencias para exigir que “los jueces sean algo más injustos”, de lo que normalmente son.
Cuando se producen estos casos, se originan violaciones a los derechos humanos, que son ignorados en función de cuestiones formales de los funcionarios e incluso sentando doctrinas en el derecho a aplicar, que protege a victimarios y perjudica o por lo menos ignora a la víctimas.
Es decir, que en los órganos ejecutores del derecho, la “politiqueria” o la “corrupción” irrumpe en los estrados de la justicia. Y esto produce víctimas impotentes jurídicamente, que buscan afanosamente, la manera de hacer justicia, o lo peor de vengarse ante el abuso de poder de quienes deben ser garantía de asegurar la vigencia honesta y legítima de la justicia.
Cuando la sociedad vive estos problemas, renace “el justiciero”, capaz de hacer justicia por propia mano como en el siglo XIX. Gracias a Dios, hay gente que se resiste a esta manera de hacer las cosas. Pero hoy, aparecen “justicieros” que aprovechan o crean, organizaciones de derechos humanos, que van gradualmente de la denuncia pública a la internacional y se convierten también en justicieras, pero para peor referida a una determinada causa. Por ejemplo, delincuentes asesinaron a un hijo. Entonces el padre, acorde a la civilización actual, actúa y descubre las falencias judiciales señaladas. ¿Qué es lo que puede hacer?: fundar una organización de derechos humanos, para su problema. Y afanosamente invitar a gente a sumarse a su cruzada.
Y esto está bien, desde un punto de legitimidad de la acción – respuesta. Pero en realidad busca encubrir su acción justiciera con el nombre de los derechos humanos. En la Argentina, la fundación de la liga de defensa de los derechos del hombre fundada en 1937 por el Partido Comunista, se hizo para proteger a sus integrantes y todo aquel que estuviera en similares circunstancias.
En función de esto, todo aquel, que por ejemplo, iba preso por sus ideas, o era apaleado por la policía o torturado o asesinado, tenía un aparato de poder, que obligara a la prensa y la justicia a actuar a su favor. Claro, si era conveniente politicamente.
Visto teóricamente es una buena estrategia. Pero resulta que la mayoría de los integrantes de asociaciones de este tipo, no han surgido como consecuencia de una vocación por defender los derechos humanos, sino de poder dar respuesta aprovechando la veta de los derechos humanos.
En la Argentina, no he descubierto ni una organización de derechos humanos. Todas han nacido como un instrumento adecuado para enfrentarse contra alguien que lo ha perjudicado. Si es el papá, la esposa, el hijo de un montonero o un erpiano[2] o meramente un periodista que por su compromiso político o sus apetencias, asume la misión de justiciero. Para peor, tampoco hoy cuenta la Cruz Roja Internacional ni la Comisión Internacional de Derechos Humanos ni Amnesty Internacional que selectivamente defienden derechos humanos que le den prensa. Tampoco lo espere del Papa Francisco ni de su Iglesia.
Pero todo esto no justifica constituir organizaciones de derechos humanos para de esta manera proteger a “los míos” y atacar a los que tengo en la vereda de enfrente.
Debe quedar claro, que no crítico desde esta visión lo que podría ser una acción – respuesta gestada en el fragor del enfrentamiento político. Pero lo que es inadmisible es que se utilice el nombre que es ya una bandera de los derechos humanos.
Estos grupos deben entender, que si no están conformes en aceptar un resultado que les impidió tomar el poder político, no pueden ensuciar a los derechos humanos. Es tratar de echar para atrás la historia. Es dañar una esperanza de una vida más digna, ensuciada por intereses vengativos que intrinsicamente son hasta violadores de la ley.
Si se quiere adoptar una conducta de este tipo, es legítimo que busquen respuestas para perjudicar a sus victimarios, pero no deben hacerlo en nombre de los derechos humanos y entender como señalé en mi artículo anterior que su conducta también debe someterse al deber de cumplir con los derechos humanos de los otros, que es como decir de la ley.
Un ejemplo notable es la campaña de exterminio diseñada por el kichnerismo, contra el personal gubernamental que luchó contra el terrorismo de la década de los 70.
Con los argumentos de los derechos humanos, se los violó vengativamente con toda crueldad. Y esto se hace no en medio del fragor de una lucha, sino cuando las víctimas son impotentes para dar una respuesta.
Dejando de lado la cobardía política de este accionar, destaco la inescrupolosidad de convertir a los estrados de la justicia en ejecutores de la venganza, a los medios de comunicaciones en solidarios cómplices de su criminalidad y a la dirigencia política en instrumento que respalda la infamia de vejar a gente anciana, que carente de poder real, solo puede ser impunemente arrollada a un destino de tormento, horror y muerte.
Y es legítimo que gente sensibilizada por el sufrimiento de estos gerontes, se inscriban en una campaña de denuncias y acciones legales para lograr ser escuchados. Y es seguro que de ser escuchados, no hay derecho que respalde a los instigadores de estos delitos ni a los prevaricadores que han permitido desvirtuar las funciones del Poder Judicial así como los medios de difusión tan ávidos de noticias, que sistemáticamente ignoran la existencia de esta nueva tragedia, que empaña la honestidad de toda una sociedad.
Por lo tanto quiero ser claro: los ancianos de hoy, entre los cuales me incluyo (85 años), tienen sus derechos humanos vigentes, que le permiten formular las denuncia y acciones legales pertinentes. Pero sería falaz que dijeran que lo hacen por ser paladines de los derechos humanos.
Una verdadera organización de derechos humanos, que en nuestro país no existen, está constituida por personas que sin ser involucrados por sus intereses personales, se incorporan para participar en cimentar los derechos humanos de la Humanidad.
Por citar un documento que expresa lo que coincidentemente afirman todos, trascribo en forma textual de la Declaración Universal[3] de los Derechos Humanos
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
De esto se sigue, que no solo los victimarios tienen el deber de respetar los derechos humanos de los demás, sino las víctimas,incluso de sus victimarios. Esto no quita que denuncie a sus victimarios por violar los derechos humanos. Pero no es conveniente, que ellos constituyan una organización de defensa de los derechos humanos. Sí puede organizarse como grupo social para defender sus derechos e intereses, y deben dar elementos de juicio a la justicia para que aplique la ley; que en este caso es principalmente de orden penal.
[1] Desde la revolución francesa. Claro que en realidad desde que existen seres humanos (para los bibliófilos desde Adán y Eva)
[2] En su jerga “los perros”
[3] Debo aclarar que esta palabra la empleo porque así la utilizaron sus autores. Sin embargo los seres humanos no tenemos derechos para establecer normas de juego para el Universo (por ejemplo, Marte, el Sol, Mercurio, y las galaxias ajenas a la nuestra). Creo que el término apropiado seria Declaración mundial de los derechos humanos.
CARLOS ANTONIO ESPAÑADERO es un oficial jefe retirado del Ejército Argentino con gran intelectualidad y una mente privilegiada que goza de máxima lucidez. Es padre de seis hijos y abuelo de cuatro nietas, y lo destacable: Tiene 84 jóvenes años de edad a pesar de lo cual, ocupa una celda en el Pabellón 8 de esta misma prisión. Ha escrito y publicado dos libros: EL PROBLEMA DEL TERRORISMO (2008) y LA SEGURIDAD PÚBLICA (2009) Al día de hoy, se encuentra completando un tercero titulado: LA TRAGEDIA TERRORISTA ARGENTINA. Con él, todos los días nos reunimos en horas de la tarde intercambiando comentarios y pareceres de todo tipo. Preponderantemente de Geopolítica e Historia Contemporánea. Bien, esto es un decir, casi se podría expresar que me brinda clases sobre los mencionados tópicos. El tratarle es un placer ya que enriquece el conocimiento teniéndose en cuenta su condiciones didácticas. Fue profesor durante largos años de Geopolítica en la Universidad Nacional de Mar del Plata, en el Consejo Superior de Educación Católica (CONSUDEC) de Buenos Aires, en la Escuela Superior de Policía de la Provincia de Buenos Aires en la ciudad de La Plata, en la Academia de Estudios Penitenciarios en la ciudad de Buenos Aires y también en la Escuela de Inteligencia de la Fuerza Aérea.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 23, 2016
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