Excarcelación es una variable esencial para comprender la movilización de las personas ilegalmente acusadas de lesa humanidad, y sus familias en Argentina. Los establecimientos penitenciarios son un medio de presión y represión de la parte de las autoridades políticas, institucionales, jurídica, que influyen en la diversa forma reivindicación es posible.
La privación de la libertad como regla procesal es utilizada solo para los que no integraron grupos terroristas en los años 70 transformándola así en una medida injusta e ilegal. Esas personas, generalmente sufren encierro sin proceso por tiempo indeterminado según voluntad del juez federal o interés político. El procedimiento de excepción, como costumbre de injusticia se aplica únicamente para toda persona sospechosa haber sido agente del estado o ciudadano no terrorista de los años 70.
La cámara federal de casación penal y la Corte suprema de justicia de la Nación son los autores y garantes de las numerosas violaciones a los derechos humanos, constitucionales y convencionales, a los hombres y mujeres que constituyen el grupo político jurídico social, llamado presos no comunes, que no son ni de guerra, o de un conflicto interne reconocido por las jurisdicciones respectivas. En realidad, son presos de excepción, presos especiales.
Si bien numerosos de esos detenidos ilegales se consideran prisionero de guerra, presos políticos o personas privadas ilegalmente de su libertad, por razones diversas un sector de entre ellos optaron por la estrategia de non ponerse, non visibilizarse para la defensa de su derecho, violados en salvaguarda de las represalias políticas institucionales y judiciales que puedan recaer sobre ellos y su familia. Otros consideraron que asumir una conducta pasiva o actuar anónimamente es el método más adecuado para que la sociedad, los medios y la justicia los olviden y así obtener la libertad o que la verdad triunfará. Pero, se debe observar que la realidad es otra. La política, la propaganda del gobierno como de la justicia federal, buscan precisamente olvidarlas, ignorarlas, negarlas como que son un problema (político -jurídico), pero sin frenar las acusaciones ilegales con ellos y la violación de sus derechos humanos.
Los encarcelamientos abusivos, masivos, de los ilegales acusados de lesa humanidad, con la permanente persecución política-jurídica, una política de criminalización por haber sido agente del Estado en los años 70, las medidas de excepción aplicada por la justicia federal con esos imputado y el descrédito intensivo con las instituciones de los años 70 debieron alertar, e identificar las armas de la nueva guerra, marcar los límites de sus acciones ilegales a los agentes de persecución para inmovilizar recursos y capacidades con el objetivó de entrar en la arena de una lucha política directa, publica, abierta, contra los enemigos del Estado de derecho, la sociedad, la Constitución nacional e Convenciones internacionales.
Sensibilizar la opinión pública (la opinión es como la Reina del mundo – Pascal, Pensamientos,311 – 665), debatir política ideológicamente sobre la guerra jurídica, mostrar, ser visible, denunciar la justicia federal, son algunas pistas explotadas parcialmente. Alguno método fue de utilizar otro escenario por lo miembro del IRA, en su estrategia de confrontación con el Reunido Unido de 1961 a 1981 quien revindicaba el estatus político de presos especiales. También este principio se encuentra en la recomendación de la estrategia de ruptura de todos los juicios políticos como el caso de análisis.
En Argentina, la justicia del foro federal y la Corte suprema de justicia junto con el poder político y el silencio cómplice de las mal llamadas ONG de derechos humanos, son los responsables directos de las condenas a muerte de los presos alojados en unidad gerontológicas carcelaria. Son asesinatos como en tiempo de guerra, cuando estamos en periodo de paz. Sabiduría y racionalidad jurídica es ausentes.
A la fecha hubo una masacre con más de 500 homicidios, programados sistemáticamente por el poder judicial, el poder executivo, con el aval del poder legislativo. Esas víctimas eran presos acusados ilegalmente de lesa humanidad, entre ellos magistrados, sacerdotes, abogados, médicos, ex agentes del Estado, que no integraban los grupos terroristas de los años 70 que atacaron el gobierno, sus instituciones, buscando sumir el poder por las armas.
La reivindicación por el reconocimiento de un estado político de prisionero común se puede manifestar por diversos métodos, acción de capacidades y conocimiento lo que se integran perfectamente a la guerra política-jurídica por otros medios. Su importancia se puede medir por el hecho que el poder executivo la rechaza (su existencia y denuncias) con toda energía. Lo que el gobierno debe temer es que la prensa internacional se focalice sobre la Argentina denunciando la política aplicada con los presos no comunes, población vulnerable, personas a riesgo, adultos mayores encarcelados, porque esta situación pueda acelerar decisiones que el poder ejecutivo y el poder judicial buscan restringir. No siempre se puede afirmar ni confundir las certezas del pasado con los que sabemos en el presente.
La aventaje del estatus de detenido – preso- prisionero político es la posibilidad de la organización interna en el medio carcelario disponer de canales para las demandas, ser visible ante la sociedad, la comunidad internacional, los medio, mantener diálogos con el poder político, estructurar las relaciones exteriores, deconstruir el relato del adversario, salir del aislamiento penitenciario con una militancia activa por el honor y la libertad. Se trata de obtener un reconocimiento diferente a de los presos comunes, integrar la categoría de detenidos particulares.
Luchar por un estatus político para los ilegales presos de lesa humanidad es probar que el gobierno y la justicia argentina, utilizan una política parcial, inhumana, degradante, discriminatoria, únicamente dirigida contra una categoría socio-profesional representativa de los años 70 que defendieron las instituciones del estado y la sociedad de los ataques terroristas. Estas organizaciones armadas ilegales no defendían los derechos humanos, como la democracia, la justicia o el Estado de derecho.
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Por MARIO SANDOVAL
Excarcelación es una variable esencial para comprender la movilización de las personas ilegalmente acusadas de lesa humanidad, y sus familias en Argentina. Los establecimientos penitenciarios son un medio de presión y represión de la parte de las autoridades políticas, institucionales, jurídica, que influyen en la diversa forma reivindicación es posible.
La privación de la libertad como regla procesal es utilizada solo para los que no integraron grupos terroristas en los años 70 transformándola así en una medida injusta e ilegal. Esas personas, generalmente sufren encierro sin proceso por tiempo indeterminado según voluntad del juez federal o interés político. El procedimiento de excepción, como costumbre de injusticia se aplica únicamente para toda persona sospechosa haber sido agente del estado o ciudadano no terrorista de los años 70.
La cámara federal de casación penal y la Corte suprema de justicia de la Nación son los autores y garantes de las numerosas violaciones a los derechos humanos, constitucionales y convencionales, a los hombres y mujeres que constituyen el grupo político jurídico social, llamado presos no comunes, que no son ni de guerra, o de un conflicto interne reconocido por las jurisdicciones respectivas. En realidad, son presos de excepción, presos especiales.
Si bien numerosos de esos detenidos ilegales se consideran prisionero de guerra, presos políticos o personas privadas ilegalmente de su libertad, por razones diversas un sector de entre ellos optaron por la estrategia de non ponerse, non visibilizarse para la defensa de su derecho, violados en salvaguarda de las represalias políticas institucionales y judiciales que puedan recaer sobre ellos y su familia. Otros consideraron que asumir una conducta pasiva o actuar anónimamente es el método más adecuado para que la sociedad, los medios y la justicia los olviden y así obtener la libertad o que la verdad triunfará. Pero, se debe observar que la realidad es otra. La política, la propaganda del gobierno como de la justicia federal, buscan precisamente olvidarlas, ignorarlas, negarlas como que son un problema (político -jurídico), pero sin frenar las acusaciones ilegales con ellos y la violación de sus derechos humanos.
Los encarcelamientos abusivos, masivos, de los ilegales acusados de lesa humanidad, con la permanente persecución política-jurídica, una política de criminalización por haber sido agente del Estado en los años 70, las medidas de excepción aplicada por la justicia federal con esos imputado y el descrédito intensivo con las instituciones de los años 70 debieron alertar, e identificar las armas de la nueva guerra, marcar los límites de sus acciones ilegales a los agentes de persecución para inmovilizar recursos y capacidades con el objetivó de entrar en la arena de una lucha política directa, publica, abierta, contra los enemigos del Estado de derecho, la sociedad, la Constitución nacional e Convenciones internacionales.
Sensibilizar la opinión pública (la opinión es como la Reina del mundo – Pascal, Pensamientos,311 – 665), debatir política ideológicamente sobre la guerra jurídica, mostrar, ser visible, denunciar la justicia federal, son algunas pistas explotadas parcialmente. Alguno método fue de utilizar otro escenario por lo miembro del IRA, en su estrategia de confrontación con el Reunido Unido de 1961 a 1981 quien revindicaba el estatus político de presos especiales. También este principio se encuentra en la recomendación de la estrategia de ruptura de todos los juicios políticos como el caso de análisis.
En Argentina, la justicia del foro federal y la Corte suprema de justicia junto con el poder político y el silencio cómplice de las mal llamadas ONG de derechos humanos, son los responsables directos de las condenas a muerte de los presos alojados en unidad gerontológicas carcelaria. Son asesinatos como en tiempo de guerra, cuando estamos en periodo de paz. Sabiduría y racionalidad jurídica es ausentes.
A la fecha hubo una masacre con más de 500 homicidios, programados sistemáticamente por el poder judicial, el poder executivo, con el aval del poder legislativo. Esas víctimas eran presos acusados ilegalmente de lesa humanidad, entre ellos magistrados, sacerdotes, abogados, médicos, ex agentes del Estado, que no integraban los grupos terroristas de los años 70 que atacaron el gobierno, sus instituciones, buscando sumir el poder por las armas.
La reivindicación por el reconocimiento de un estado político de prisionero común se puede manifestar por diversos métodos, acción de capacidades y conocimiento lo que se integran perfectamente a la guerra política-jurídica por otros medios. Su importancia se puede medir por el hecho que el poder executivo la rechaza (su existencia y denuncias) con toda energía. Lo que el gobierno debe temer es que la prensa internacional se focalice sobre la Argentina denunciando la política aplicada con los presos no comunes, población vulnerable, personas a riesgo, adultos mayores encarcelados, porque esta situación pueda acelerar decisiones que el poder ejecutivo y el poder judicial buscan restringir. No siempre se puede afirmar ni confundir las certezas del pasado con los que sabemos en el presente.
La aventaje del estatus de detenido – preso- prisionero político es la posibilidad de la organización interna en el medio carcelario disponer de canales para las demandas, ser visible ante la sociedad, la comunidad internacional, los medio, mantener diálogos con el poder político, estructurar las relaciones exteriores, deconstruir el relato del adversario, salir del aislamiento penitenciario con una militancia activa por el honor y la libertad. Se trata de obtener un reconocimiento diferente a de los presos comunes, integrar la categoría de detenidos particulares.
Luchar por un estatus político para los ilegales presos de lesa humanidad es probar que el gobierno y la justicia argentina, utilizan una política parcial, inhumana, degradante, discriminatoria, únicamente dirigida contra una categoría socio-profesional representativa de los años 70 que defendieron las instituciones del estado y la sociedad de los ataques terroristas. Estas organizaciones armadas ilegales no defendían los derechos humanos, como la democracia, la justicia o el Estado de derecho.
Casppa France, 14 de abril de 2020.
PrisioneroEnArgentina.com
Abril 14, 2020