El Estado Argentino, en los asimétricos Juicios mal llamados de Lesa Humanidad, que conmueven las garantías del principio constitucional, se auto incrimina, manifestándose querellante y víctima (razón que padece por culpa ajena). Cabe consignar que en ese contexto, el Estado Democrático (1973-1976) con consenso político social y popular unánime, ordenó la represión contra el terrorismo agresor, que operaba con apoyo logístico y político internacional, a través de sus cuadros Políticos-Militares, Marxistas-Leninistas, en una guerra que el agresor subversivo denominó “Intermitente”.
El mismo Estado a su vez con sus 3 (tres) Poderes, después de 40 años, se auto acrimina, en una mixtura política-judicial y con sus letrados oficiales defiende y representa a sus acusados (militares y policías) que como agentes y por orden del mismo Estado cumplieron sus órdenes de defenderlo.
Lo que en filosofía se conoce como “Principio de la Contradicción”.
Lucio César Nast.
Policía Veterano de Guerra contra el Narco-Terrorismo.
Oiga, qué bien, qué impecables maneras, incluso elegancia en la redacción de la notita.
Seguro que cuando “actuaba” en las mazmorras del Servicio de Informaciones (SI), ubicado en San Lorenzo y Dorrego, a las órdenes de Agustín Feced, no empleaba tan acrisolado estilo a los desgraciados que caían en sus garras, ya culpables reales o inocentes reales … y menos, mucho menos aún les hablaban de sofisticadas garantías procesales …
Es que, claro, una cosa es la oscuridad de los sótanos del ministerio del interior, otra la luz del foro público.
Es la primera vez que escucho el nombre de este Sr. aunque la red nos facilita su CV; plagado de virtudes, que concluye con 22 años de condena y no por haber dirigido mal el tráfico.
En cuanto a la Guerra Revolucionaria que hubo contra ERP y Montoneros, las Fuerzas Armadas recibieron la ORDEN POLITICA de entrar en Guerra contra ellos por orden de una Presidente Peronista mujer Isabel Perón. Se les pidió a las FFAA que apliquen un Plan de Guerra (bueno, malo, regular, mejorable) con el marco legal vigente (Ley de Defensa 1966, Código Justicia Militar, Ley de FFAA, Manuales reglamentarios) y que solucionen el problema Terrorista Revolucionario cuánto antes (corto y mediano plazo) porque la Justicia Federal y las Policias estaban desbordadas. El Estado de Sitio lo declaró Isabel Martínez en 1974 junto con los decretos de clandestinidad y prohibición de ERP y Montoneros.
Esa son la carácteristicas de las Guerras Revolucionarias y Contrarrevolucionarias, son No Convencionales, como sucedió en Rusia, China, Cuba, mayoría de América Latina.
En qué se fallo? En que los POLÍTICOS (conductores del Estado) tendrían que haber ido al Congreso Nacional entre 1960 y 1970 y con un acuerdo de todos los Partidos Políticos formaran antes una LEY Antiterrorista que evitase una situación de Guerra Revolucionaria. No lo hicieron y hoy los Políticos se lavan las manos, como si no hubieran tenido la mayor responsabilidad y SI la tenían. Ningún Político preso, como hoy. Nos debemos mucha autocritica como sociedad.
Libertad a los ex Policias y Militares inconstitucionalmente procesados y presos!
A finalizar estos juicios con nuevo gobierno 2023-2027
ademas de los jueces prevaricadores ,los politicos que se lavaron las manos los militares presos tienen a su propia gente en contra y por e4so la justicia puede actuar tan ilegalmente a la vista de toldos .
El Principio Contradictorio implica la necesidad de una dualidad de los que sostienen posiciones jurídicas opuestas entre sí, de manera que el tribunal encargado de instruir el caso y dictar sentencia no ocupa ninguna postura en el litigio, limitándose a juzgar de manera imparcial acorde a las pretensiones y alegaciones de las partes.
Los encargados de administrar justicia en los arbitrarios juicios mal llamados de lesa humanidad, son JUECES, FISCALES y parte, por lo tanto operan como afectados y de manera parcial y asimétrica. A guisa de verbigracia: Jueza federal subrrogante T.O.C.F. N°2, Dra. NOEMI BERROS, integrante de la Organización Terrorista Montoneros.
FISCAL FEDERAL DE FACTO, SIN APROBACIÓN SENATORIAL, GONZALO STARA, INTEGRANTE DEL PARTIDO COMUNISTA Y CONCUBINO DE LA ABOGADA QUERELLANTE EN LAS MISMAS CAUSAS, DRA. GABRIELA DURRUTY.
ADOLFO VILLATE, INTEGRANTE DE UN APARATO PARA JUDICIAL: AUTODENOMINADO “JUSTICIA LEGITIMA”. MIEMBRO DEL MOVIMIENTO “EVITA MONTONERA” COMPUESTA POR CUADROS CON COMPLEXIÓN DE EJÉRCITOS IRREGULARES Y DE OCUPACIÓN. De reconocida condición Antisemita de consuno con Irán y que en sus marchas piqueteras, enarbolan banderas de Hezbollah como Numen Tutelar. Cuya Jefatura la ejerce el llamado: ADOLFO PERSICO, integrante de Montoneros. A su vez los Terroristas devenidos a víctimas, actúan como querellantes en las mismas causas.
El mismo Estado a su vez con sus 3 (tres) Poderes, después de 40 años, se auto acrimina, en una mixtura política-judicial y con sus letrados oficiales defiende y representa a sus acusados (militares y policías) que como agentes y por orden del mismo Estado cumplieron sus órdenes de defenderlo.
Lo que en filosofía se conoce como “Principio de la Contradicción”.
Lucio César Nast.
Policía Veterano de Guerra contra el Narco-Terrorismo.
COLABORACIÓN: Miguel Prestofelippo
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7 thoughts on “RAZONANDO SOBRE LOS JUICIOS MAL LLAMADOS DE LESA HUMANIDAD”
Oiga, qué bien, qué impecables maneras, incluso elegancia en la redacción de la notita.
Seguro que cuando “actuaba” en las mazmorras del Servicio de Informaciones (SI), ubicado en San Lorenzo y Dorrego, a las órdenes de Agustín Feced, no empleaba tan acrisolado estilo a los desgraciados que caían en sus garras, ya culpables reales o inocentes reales … y menos, mucho menos aún les hablaban de sofisticadas garantías procesales …
Es que, claro, una cosa es la oscuridad de los sótanos del ministerio del interior, otra la luz del foro público.
Es la primera vez que escucho el nombre de este Sr. aunque la red nos facilita su CV; plagado de virtudes, que concluye con 22 años de condena y no por haber dirigido mal el tráfico.
Genial, oiga : -)
En cuanto a la Guerra Revolucionaria que hubo contra ERP y Montoneros, las Fuerzas Armadas recibieron la ORDEN POLITICA de entrar en Guerra contra ellos por orden de una Presidente Peronista mujer Isabel Perón. Se les pidió a las FFAA que apliquen un Plan de Guerra (bueno, malo, regular, mejorable) con el marco legal vigente (Ley de Defensa 1966, Código Justicia Militar, Ley de FFAA, Manuales reglamentarios) y que solucionen el problema Terrorista Revolucionario cuánto antes (corto y mediano plazo) porque la Justicia Federal y las Policias estaban desbordadas. El Estado de Sitio lo declaró Isabel Martínez en 1974 junto con los decretos de clandestinidad y prohibición de ERP y Montoneros.
Esa son la carácteristicas de las Guerras Revolucionarias y Contrarrevolucionarias, son No Convencionales, como sucedió en Rusia, China, Cuba, mayoría de América Latina.
En qué se fallo? En que los POLÍTICOS (conductores del Estado) tendrían que haber ido al Congreso Nacional entre 1960 y 1970 y con un acuerdo de todos los Partidos Políticos formaran antes una LEY Antiterrorista que evitase una situación de Guerra Revolucionaria. No lo hicieron y hoy los Políticos se lavan las manos, como si no hubieran tenido la mayor responsabilidad y SI la tenían. Ningún Político preso, como hoy. Nos debemos mucha autocritica como sociedad.
Libertad a los ex Policias y Militares inconstitucionalmente procesados y presos!
A finalizar estos juicios con nuevo gobierno 2023-2027
ademas de los jueces prevaricadores ,los politicos que se lavaron las manos los militares presos tienen a su propia gente en contra y por e4so la justicia puede actuar tan ilegalmente a la vista de toldos .
En cada tribunal y en cada fiscalía están los familiares de los terroristas copando la banca.
Los judiciales son mafia y eso los obliga a condenar a todos los viejos que lucharon contra la guerrilla .
El Principio Contradictorio implica la necesidad de una dualidad de los que sostienen posiciones jurídicas opuestas entre sí, de manera que el tribunal encargado de instruir el caso y dictar sentencia no ocupa ninguna postura en el litigio, limitándose a juzgar de manera imparcial acorde a las pretensiones y alegaciones de las partes.
Los encargados de administrar justicia en los arbitrarios juicios mal llamados de lesa humanidad, son JUECES, FISCALES y parte, por lo tanto operan como afectados y de manera parcial y asimétrica. A guisa de verbigracia: Jueza federal subrrogante T.O.C.F. N°2, Dra. NOEMI BERROS, integrante de la Organización Terrorista Montoneros.
FISCAL FEDERAL DE FACTO, SIN APROBACIÓN SENATORIAL, GONZALO STARA, INTEGRANTE DEL PARTIDO COMUNISTA Y CONCUBINO DE LA ABOGADA QUERELLANTE EN LAS MISMAS CAUSAS, DRA. GABRIELA DURRUTY.
ADOLFO VILLATE, INTEGRANTE DE UN APARATO PARA JUDICIAL: AUTODENOMINADO “JUSTICIA LEGITIMA”. MIEMBRO DEL MOVIMIENTO “EVITA MONTONERA” COMPUESTA POR CUADROS CON COMPLEXIÓN DE EJÉRCITOS IRREGULARES Y DE OCUPACIÓN. De reconocida condición Antisemita de consuno con Irán y que en sus marchas piqueteras, enarbolan banderas de Hezbollah como Numen Tutelar. Cuya Jefatura la ejerce el llamado: ADOLFO PERSICO, integrante de Montoneros. A su vez los Terroristas devenidos a víctimas, actúan como querellantes en las mismas causas.