SI NO SE SALDA EL PASADO NO HAY FUTURO

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  Por Dr. Gonzalo Miño.

El gobierno nacional sigue empecinado en su idea de querer involucrar a las Fuerzas Armadas en la lucha contra el narcotráfico, apurando en las últimas horas el envío de un proyecto de ley para reformar las leyes de seguridad interior y defensa nacional; forzado por la grave situación de violencia que vive Rosario y que claramente ha superado a las fuerzas de seguridad.

Lo cierto es que hoy, por esas leyes, las Fuerzas Armadas nada pueden hacer en caso de un conflicto interior. Su convocatoria no pasará de convertirlos en meros espectadores privilegiados de la situación, expuestos fácilmente a ser blancos de los grupos narcos y sin posibilidad de respuesta alguna.

Esta realidad ha generado bastante malestar entre los miembros de las Fuerzas Armadas, quien se encuentran sumamente preocupados ante esta posibilidad, avizorando que, no solo pueden ser “asesinados como perros”, sino también que si a alguno se le ocurre repeler un ataque “terminará preso por cometer delitos de lesa humanidad”.

Y es que al no tener un norte, claro nuestras Fuerzas Armadas, observan atónitos como la política y la justicia “siguen en su mundo”, totalmente alejados de esta cruda realidad. Mientras el gobierno parece querer compelerlos a involucrarlos en este conflicto interno, la Suprema Corte sigue revocando toda resolución judicial que resulte favorable a los militares y policías imputados en los denominados juicios de lesa humanidad, a la par de que los Tribunales Orales siguen avanzado con los ridículos juicios orales que se siguen multiplicando y que nadie duda que terminarán con una condena a perpetua.

      El mensaje que le llega a las Fuerzas Armadas es totalmente contradictorio, al no haber un sustento legal certero y confiable sobre cómo debe ser su accionar. Y es que, si hoy obedecen al poder político, corren el serio riesgo de quedar expuestos a la “voracidad derechohumanista” del actual poder judicial. 

      Y es que el gobierno hace grandes esfuerzos para evitar pronunciarse sobre la participación de las fuerzas armadas en el combate contra el terrorismo en la década del 70, lo que precisamente sienta las bases para la situación actual. Tan solo se centra en el hoy, como si el pasado no hubiese existido; olvidando que, precisamente, sino se salda el pasado no hay futuro

Lo mínimo que debería hacer el gobierno es declarar “como política de Estado la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo”, lo que debe extenderse al actuar del poder judicial, convocando a todos los sectores políticos a adherir expresamente a esta presion, para que quede claro quien está a favor de defender a la sociedad y quienes a favor del terrorismo y el narcotráfico. 

De nada sirve propugnar algún tipo de cambio legal que habilite a intervenir a las Fuerzas Armadas en caso de un conflicto interior, el cual debería ser profundo y no mera cosmética para “zafar” del problema actual; si el poder judicial sigue coptado por jueces progres, en su gran mayoría fervorosos simpatizantes de lo “nacional y popular”, que poco tardarán en declarar inconstitucional esas leyes y comenzar a “encanar” a militares que supuestas violaciones a los derechos humanos.

Desde esta columna nos hemos cansado de decir que el cambio es cultural antes que nada. Y si el gobierno que tanta gala hace de querer fundar una nueva Argentina, no incluye este tema, será un nuevo país a medias; es decir un nuevo país en lo económico pero con los mismos vicios del pasado en lo político.      

Como dijimos alguna vez de esta columna: “Si el nuevo gobierno quiere realmente dar “por terminada una larga y triste historia de decadencia y declive y comenzar el camino de la reconstrucción de nuestro país”, tal como anunció el nuevo Presidente de la Nación en su discurso en las escalinatas del Congreso Nacional, debe purificar el Poder Judicial de la Nación, dotándolo de transparencia, independencia, probidad, con jueces que sean esclavos de la Ley y no de una ideología, que lo hagan por vocación y no como salida laboral. Como digo alguna vez el ex Fiscal General German Moldes: “no todos los que actualmente tienen el honor de llamarse jueces, lo merecen, no todos son rescatables, es necesaria una desratización y una fumigación de este ambiente tan corrompido”.   

Por ahora solo meras ilusiones.

Mientras sigan vigentes las doctrinas que impusieron Nilda Garré y Eugenio Zaffaroni y que a rajatablas cumple nuestro Máximo Tribunal, de nada servirá lo que se haga legalmente. Hay que termina con el verso de que saldar el pasado pone en riesgo la democracia, al contrario, la fortaleza y eso permite planificar un futuro como Argentina se merece. 

En estos veinte años, Argentina juzgó y condenó a todos los máximos responsables del Proceso Militar, como fueron los generales, los coroneles y los comisarios, incluso en reiteradas oportunidades; quienes en su mayoría ya están fallecidos. Como dicen los adolescente “ya fue”. Qué más quieren? No se puede seguir “eternizando” estos juicios ahora con quienes en los años 70 eran tenientes, subtenientes, sargentos, cabos y simplemente agentes de policías; mientras se instan a los hoy mismos oficiales jóvenes a hacer lo mismo que hicieron sus mayores, que se pudren en una cárcel o en su domicilio. 

No olvidemos que el presidente de la Nación es el “comandante en jefe” de las Fuerzas Armadas de la Nación, de todos sus integrantes, incluso de los retirados. Por lo que tiene el deber de defenderlas y la obligación de ponerlas en el lugar de honor, del cual nunca debieron ser sacadas. 

Reiteraremos hasta el hartazgo, no basta un cambio de la legislación, hace falta primero un cambio cultural, que incluya una depuración del Poder Judicial de la Nación, con jueces probos no militantes.

Por algo en el mundo militar hoy se escucha: “Los políticos dejan el cargo y se van a su casa, nosotros no queremos ir a Marcos Paz”.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Marzo 17, 2024


 

POLÍTICOS Vs. JUDICIALES, LA CONFRONTACIÓN DE LOS VILES

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  Por CLAUDIO KUSSMAN.

AL ENEMIGO NI JUSTICIA

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Luego del alegato que públicamente hiciera la vicepresidente CRISTINA KIRCHNER, contra los jueces de Casación, aseverando que: “Con esta justicia no puede haber democracia”, lo cual es una cruel verdad, se acrecentó la confrontación entre políticos y miembros del poder judicial. Según de qué lado de la grieta que divide a los argentinos se esté, sus dichos fueron, o “una clase magistral” o “un ataque a la independencia de la justicia, de una CRISTINA “aterrorizada”, ante la posibilidad de terminar en la cárcel junto con sus hijos. Si bien en lo personal no creo que tenga ese sentimiento ya que de ser necesario a su hija FLORENCIA, la única vulnerable por no tener fueros (hasta ahora), le sobran países que la acogerían gustosamente como refugiada VIP. Sobre este grave conflicto, también se podría decir que solo es una confrontación entre los lobos del poder, que unos y otros son viles y que el destino o el bienestar del pueblo, para ellos, no cuenta ni les interesa. Durante décadas el comportamiento corrupto tanto de los jueces, aun siendo medianamente independientes, como de los políticos, sea del color que sean, así lo demuestra. A ninguno de los miembros de estas dos facciones sería recomendable comprarle un automóvil usado, pese a lo cual, muchos, muchas y muches, siguen “confiando en la justicia” y discuten apoyando a su político preferido. El resultado de este enfrentamiento es incierto, tanto como el futuro de Argentina, pero sí hay algo muy seguro en el caso de los adultos mayores que estamos imputados por los bien o mal llamados delitos de lesa humanidad. Si se imponen los miembros del poder judicial, nosotros somos perdedores. Si se imponen los kirchneristas, nosotros seguimos siendo perdedores, y si los ganadores resultan ser los macristas, nosotros también perdemos, porque nuestro mundo es paralelo y en él se impone la “política de estado”, que para ellos quiere decir: “al enemigo ni justicia”.

Claudio Kussman

Comisario Mayor (R)

Policía Pcia. Buenos Aires

Marzo 06, 2021

claudio@PrisioneroEnArgentina.com

www.PrisioneroEnArgentina.com

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LILIPUTIENSE NÓMINA DE DEPREDADORES JUDICIALES QUE SUPIMOS TENER

EXJUEZ DE LA CORTE SUPREMA EUGENIO ZAFFARONI – Desde el 01/01/2016 es Juez integrante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Fue juez durante gobiernos militares jurando: “observar y hacer observar fielmente los objetivos básicos fijados [por la Junta Militar y el Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional”. Conocido por los prostíbulos que funcionaban en varias de sus propiedades inmuebles, ha causado un daño inconmensurable a la gente de bien, formando una camada de miembros del poder judicial abolicionistas. Ha tenido una extraña relación con el abogado JACOBO ISAAC GROSSMAN quien en los años 70 se dedicaba a los secuestros extorsivos de niños, por lo que fuera condenado a 13 años de prisión. Hoy al feliz ex miembro de la Corte Suprema Zaffaroni, entre todos le pagamos una jubilación, hasta ahora, de $ 853.000 pesos por mes o sea unos 29.000 diarios. Su vida da para escribir un libro de varios tomos, lo cual nosotros no haremos
23/07/2014. Jacobo Grossman defendió al vicepresidente BOUDOU en la causa por el auto “trucho”.
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JUEZ DE INSTRUCCIÓN FRANCISCO TROVATO Destituido el 27/12/1997, por cohecho. ESTE INMORAL, coimeó un vestidor de 19.000 dólares a la empresa ALMAGRO CONSTRUCCIONES, por la muerte de la niña Lourdes Manzanares, de cinco años, que, en 1995, cayó por el hueco de un ascensor en una obra. Huyó a Brasil, donde permaneció prófugo hasta abril de 1998, cuando fue detenido. La misma se logró rastreando las llamadas telefónicas que realizaba a su ex mujer, mientras el magistrado convivía en ese país con una amante. Permaneció dos años y ocho meses presos No recuperó su libertad meses antes, por inconductas en la prisión. En febrero de 2016 protagonizó un incidente en el playón de estacionamiento de Tribunales, en Brown y Tucumán. A bordo de un lujoso Mercedes Benz 650, acompañado por su esposa y un caniche Toy, tras mostrar una vieja chapa patente del Poder Judicial, ingresó al sector de las cocheras en donde estacionó en el espacio correspondiente a un fiscal de flagrancia. El guardia le advirtió que no tenía autorización para dejar su vehículo allí, él hizo caso omiso y una grúa de tránsito terminó retirando el coche. Este exótico ex funcionario se debió retirar del lugar caminando con sus dos acompañantes (esposa y caniche Toy). Trabaja como abogado.
JUEZ FEDERAL JUAN JOSE GALEANO. Estuvo a cargo de la investigación del ataque terrorista a la AMIA, ocurrido el 18/07/1994.Fué destituido el 04/08/2005. La fiscalía el 21/12/2017 dio por probado que la detención de varios policías bonaerenses, principalmente las de Ribelli, Anastasio Leal, Mario Bareiro y Raúl Ibarra, que pasaron ilegalmente ocho años en la cárcel, se llevó a cabo bajo pruebas que Galeano sabía falsas. Se le solicitó una pena de 13 años de cárcel. Trabaja en el estudio de un reconocido penalista. ¿En la forma en que nos imputan y condenan a nosotros los adultos mayores, cuantos togados tendrían que estar en iguales condiciones que Galeano?
JUEZ FEDERAL OSCAR HERGOTT Imputado por presunto acoso laboral y sexual a empleadas de su tribunal, renunció el 30/09/2017 dedicándose a la actividad privada.
JUEZ FEDERAL NORBERTO OYARBIDE (70 años de edad). Con la friolera de SESENTA Y TRES denuncias por mal desempeño, y siendo un depredador de lo justo e imparcial renunció el 15 abril de 2016. Convive con su PAREJA, CLAUDIO ALONSO, ex árbitro de básquet y analista de sistemas, 26 años menor. Tiempo atrás, se lo veía en programas televisivos de espectáculos, realizando excéntricas coreografías de baile y también evidenciando ser feliz.
JUEZ FEDERAL RAUL REYNOSO Autocalificado como un adalid de la lucha contra el narcotráfico, se enorgullecía de que en su juzgado en centenares de procedimientos se había logrado el secuestro nada menos que de “24 mil kilos de droga de todo tipo”. Eso sí, al parecer los detenidos recuperaban rápidamente su libertad por vía económica. Luego de renunciar, está detenido desde el 01/05/2016 en la cárcel de General Güemes (Salta) a la espera del juicio oral. Acusado de ser el jefe de una asociación ilícita integrada por abogados y funcionarios judiciales, que liberaban a acusados de narcotráfico y otros delitos, a cambio de dinero, bienes muebles, inmuebles o lo que fuera.
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Jacobo Grossman, quién en los años 70s se dedicaba a los secuestros extorsivos de niños, por lo que fuera condenado a 13 años de prisión
JUEZ FEDERAL FEDERICO EFRAÍN FAGGIONATO MÁRQUEZ, quien investigó la ruta de la efedrina a la que estaban vinculados carteles mexicanos y empresarios argentinos. Se hizo conocido por involucrar en plena campaña electoral de 2009, al diputado FRANCISCO DE NARVÁEZ en la causa. En su haber tuvo 36 pedidos de juicio político y finalmente fue destituido el 25/03/2010. Las acusaciones iban desde integrar una supuesta asociación ilícita con policías, hasta haberse quedado con la cosecha de soja de un campo del Consejo del Menor y la Familia, o haber dejado morir en prisión a un detenido que debía liberar. Hoy se refugia en la profesión de abogado en Capilla del Señor y escribe sus memorias.
JUEZ CARLOS LIPORACE – Condenado en el 2002 por la sustracción de unos ocho millones de pesos que estaban embargados por la AFIP, en una causa contra Guillermo Yoma, titular de la curtiembre de la familia política del expresidente Carlos Menem. Renunció a su cargo en 2006 luego de ser enviado a juicio político por su actuación en la causa por el contrabando de cocaína a España en un vuelo de la empresa aérea Southern Winds. Está felizmente jubilado y cuida de sus nietos.

EDUARDO FREILER El juez más rico de los tribunales de Comodoro Py, seguido por los jueces Eduardo Farah, Martín Irurzun, María Servini de Cubría y Jorge Ballestero, fue destituido por “notorios actos de corrupción”. La kirchnerista Diana Conti fue el único miembro del Consejo de la Magistratura que votó en contra de su remoción. Fue miembro fundador de la agrupación Justicia Legítima. Compadezco a quienes le compraron algunos de sus autos usados. ¿Imagino que al día de hoy estará buscando trabajo?
2018 CARLOS ROZANSKI, militante maltratador de empleados judiciales. En el año 2015 yo he sido testigo y junto a otros presos atendí prisioneros que enviaba a prisión. Ancianos, sin piernas y enfermedades terminales (hoy fallecidos) un verdadero sádico y cobarde depredador. Hago votos para que el destino le de lo que se merece. Un jubilado más de privilegio feliz, gracias a MAURICIO MACRI, escribe en Página 12 y da charlas y conferencias.

“La mayor falta en un bueno es ser corto en verdades, y la mayor vileza en un vil es ser muy largo en las mentiras”

Fray Antonio de Guevara (1480-1545)   

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PrisioneroEnArgentina.com

Marzo 6, 2021


Ministro Garavano: revisión de las causas de los presos políticos. ¡Libertad ya! La corrupción continúa.

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En el programa Periodistas en el Barro ( y clandestino) del 14 junio pasado, Edi Zunino realizó una entrevista al ministro de la (in)justicia Germán  Garavano, https://www.youtube.com/watch?v=2cOKmXH4OtE Perfil  pública (15junio) un resumen de la mismahttps://www.perfil.com/noticias/politica/entrevista-german-garavano-edi-zunino-zaffaroni-provocador.phtml

 

1°) El responsable de la cartera de (in)justicia se refirió a las declaraciones del ex˗juez Zaffaroni que propuso hacer “una revisión de las causas de los presos políticos”, opinando que “…si lo que él dijo fuera cierto sería romper la República y la Constitución como la conocemos. Una ley para revisar procesos judiciales, yo no lo había escuchado nunca. O se olvidó todo lo que aprendió de Derecho o está siendo provocador”. 

Comentarios:

a)-Si, ministro Garavano, hay que revisar los juicios a los más de 3000 Prisioneros Políticos acusados ilegalmente de lesa humanidad, porque ese procedimiento no significa romper la Republica o la Constitución. Recuerde que son los jueces y la justicia actual que violan los principios de legalidad, constitucionalidad y convencionalidad a ese grupo social. Usted no puede afirmar lo contrario.

b)-El ministro de la (in)justicia, no puede protegerse detrás de un argumento que solamente una ley sería posible para revisar procesos judiciales, porque aparte del Código Procesal Penal:

  • Para el derecho internacional de los derechos humanos es irrelevante la denominación o el nombre con el que se designe a este recurso, de revisión, (Corte I.DH. Caso Herrera Ulloa Vs Costa Rica Sentencia de 2 de julio de 2004. Serie No.107, Párr.165; Comité de Derechos Humanos de la ONU. Comunicación No.70111996, Gómez Vázquez c. España, Resolución de 11de agosto de 2000. Párr.11).

La CorteIDH, la CIDH y el Comité de derechos humanos del PIDCP, recordaron la obligación a la Argentina sobre el derecho a la revisión:

  • CIDH: Informe de fondo n°172/10, caso n°12.651: César Alberto Mendoza y otros Vs Argentina, 02 noviembre 2010 http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/mendoza_otros/informe.pdf “ … no es compatible con el articulo 8.2 h) de la CADH que el derecho a la revisión sea condicionado a la existencia de una violación de derechos constitucionales o a una arbitrariedad manifiesta. Al margen de que se presenten dichas violaciones o arbitrariedades, toda persona condenada tiene derecho a solicitar una revisión de cuestiones de diverso orden, como los hechos, el derecho y la valoración de la prueba, y a que las mismas sean analizadas efectivamente por el tribunal jerárquico que ejerce la revisión…”
  • La CorteIDH, indicó que “la existencia de esos procedimientos de revisión tan prolongados en el tiempo, y además de dudosa realización en la práctica y dudoso resultado, producen en el sujeto un sufrimiento adicional que se considera ilegítimo y no propio de aquellas penas, del sufrimiento normal de una pena, por lo tanto, se encuentran…dentro de aquellas penas que pueden calificarse como crueles, inhumanas o degradantes” http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_260_esp.pdf
  • El Comité de Derechos Humanos del PIDCP hizo referencia a la persistencia de los problemas que impiden la revisión sustancial de los fallos condenatorios en Argentina.

–         “El Comité observa con preocupación la ausencia de normatividad y práctica procesal que garantice, en todo el territorio nacional, la aplicación efectiva del derecho enunciado en el párrafo 5 del artículo 14 del Pacto. El Estado parte debe tomar medidas necesarias y eficaces para garantizar el derecho de toda persona declarada culpable de un delito a que el fallo condenatorio y la pena impuesta sean sometidos a un tribunal superior. En este sentido el Comité recuerda su Observación general n°32, relativa al derecho a un juicio imparcial y a la igualdad ante los tribunales y cortes de justicia, cuyo párrafo 48 enfatiza la necesidad de revisar sustancialmente el fallo condenatorio y la Penal” (Comité de Derechos Humanos, Observaciones finales respecto de Argentina: CCPR/C/ARG/CO/4, 31marzo2010, párrafo 19)

2- El ministro Garavano agrega en su entrevista, que, “Los jueces trabajan con los códigos procesales” y que “En ese momento donde nosotros violamos las garantías procesales dejamos de ser una república y dejamos de tener procesos serios

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Zunino

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Garavano

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Comentarios:

a)-Si “los jueces trabajan con los códigos procesales” ¿porque los magistrados en toda impunidad violan garantías procesales al grupo social de los Prisioneros Políticos? Nadie puede ignorar y menos aún un miembro del gobierno, que ex˗magistrados, sacerdotes, médicos, abogados, ex agentes del Estado que en los años 70 protegieron las instituciones del estado y la sociedad de los ataques armados de grupos armados que intentaron tomar el poder por las armas, actualmente están procesados, condenados, en prisión, acusados ilegalmente de crímenes contra la humanidad. Los jueces federales aplican a esos hombres y mujeres, la retroactividad penal, la responsabilidad penal colectiva, la analogía penal, se desconoce la prescripción, la amnistía, se los mantiene en prisiones preventivas ilimitadas, se utiliza la excepcionalidad como regla para legalizar procedimientos procesales ilegales. Se les violan garantías procesales y convencionales. ¿Es esa la justicia que respeta la República y la Constitución? ¿Constatando estos casos la Argentina es aún una república?

3- En el dialogo con el periodista Zunino, el ministro Garavano reconoce: la Politización de la justicia: al declarar “tantas causas que se han armado en nuestro país” y la existencia de la corrupciónal afirmar que : “Cuando uno compara los precios de las obras, se compara el precio del km de pavimento contra el km de pavimento que se pagaba hace 4 años ¡Antes se robaron todo, ahora se están robando muy poquito, o ahora no se está robando!  La corrupción, no es la corrupción en términos de lo que hemos conocido hasta ahora” 

Lamentablemente, el tema anunciado por el periodista Zunino de hablar de algo que aún no supimos construir: justicia, se habló muy superficialmente porque la inseguridad jurídica que es una realidad, los desafíos al Estado de derecho, las Obligaciones Positivas y la situación de los Prisioneros Políticos acusados de lesa humanidad, no fueron tratados. 

Visto que el Sr. Zunino se interesa a los derechos humanos y la justicia en Argentina, ¿cuál es su temor de no hablar públicamente, directamente, de la situación judicial de los presos ilegales, no comunes, en realidad políticos, acusados y condenados por una justicia politizada? Un silencio de su parte sería legitimar la violación a terceras personas de los derechos fundamentales que dice defender. Paris, 17 junio 2019. CasppaFrance.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Junio 17, 2019


 

JUICIOS DE LESA HUMANIDAD PARTE XII.  JUICIOS QUE HAN NACIDO MAL PARIDOS Y MAL PARIDOS VAN A MORIR. PRESIDENCIA DE NÉSTOR KIRCHNER. MENTIRAS DE LA MEMORIA, INVERSIÓN DE LAS PRUEBAS Y DE LA HISTORIA

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He mencionado que los magistrados se ponen por encima de la Constitución Nacional, Leyes Nacionales y Tratados Internacionales de Jerarquía Constitucional (Art 75 Inc. 22), al ser así no tenemos justicia y la que tenemos no busca la verdad y así nos encontramos en “summa iniuria” es decir, en situación de “EXTREMA INJUSTICIA”, el desamor  por la búsqueda de la verdad, pisoteando lo inmaculado, nuestra Constitución, sus leyes, las que reúnen todas las condiciones para ser respetadas y cumplidas porque son virtuosas y deberían ser sagradas, y por esta “summa iniuria”, es así como hay víctimas, que involuntariamente mueren en manos de la justicia, y quienes la manipulan son sus captores, son más de 506 muertos en cautiverio, al día de hoy como consecuencia de esta POLÍTICA DE ESTADO, abandonados por el estado, que tiene la obligación de su cuidado, como es el caso de la salud, la muerte está anunciada, ya que probado está, que la tutela judicial para los Presos Políticos es nula, que la responsabilidad de los jueces fueron avasalladas y superadas por el Poder Político, como los ministros de Defensa y de Justicia, por lo que está a la vista la intención perversa de hacernos desaparecer, negándonos en forma reiterada el derecho a la salud y a la vida, siendo el Poder Judicial sobrepasado por el Ministro de Justicia y de Defensa, que son parte del Poder Ejecutivo Nacional, prohibiéndonos la asistencia médica, claro ejemplo de la desaparición de la división de poderes, avasallados por el Poder Ejecutivo.

 

De la misma manera y fiel a  esta “POLÍTICA DE ESTADO”, con la que realmente somos juzgados, se produce la inversión de la prueba, donde la carga de la prueba está a cargo de quien se defiende, lo que es gravísimo el acusado debe probar su inocencia,, en un juicio donde cualquiera acusa sin prueba alguna faltando a la verdad, y como lo hacen los fiscales y los testigos que se presentan, sin recibir castigo alguno por parte de la justicia ni de los jueces prevaricadores y cómplices , y los acusadores en muchos de los casos, son los mismos terroristas, que no sólo no son juzgados, sino que se erigen en acusadores, permitiendo así la violación flagrante del “principio de igualdad ante la ley” consagrado en la Art. 18 CN, el art. 7 de la Declaración de los Derechos Humanos y Deberes del Hombre y el art. 24 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, entre otros.

 

En esta situación, de avasallamiento total de la justicia sobre estos acusado y especialmente sobre la Constitución Nacional, uno debe demostrar su inocencia con pruebas, lo que a la vez produce la inversión del Principio de Inocencia, y que en nada se cumplimenta en este juicio, es decir que aquí somos culpables hasta que se demuestre lo contrario, y se nos somete así a una suerte de “Prisión Preventiva Perpetua”, de esta manera se convierte el juicio en un dicho (del que acusa) contra un derecho del acusado con su garantías Constitucionales violadas, donde siempre o casi siempre se le da la razón al que acusa, aunque sus declaraciones sean a todas vistas falsas, como las que se escucha en todos los juicios mal llamados de lesa humanidad y sin castigo alguno sobre los que cometen perjurio, ni para estos funcionarios públicos que participan en estos “Juicios mal Paridos”.

 

Es indudable que luego de 36 años, de acaecidos los hechos, las únicas pruebas que uno puede presentar son los legajos personales y aun así, en muchos de los casos, estos legajos son ignorados y los inculpados son juzgados y condenados, de manera que las pruebas que uno presenta no son más que  humo,

 

No podemos presentar testigos militares porque automáticamente los incorporan a las nuevas causas que se están sustanciando, y aunque se denuncien todos los delitos que cometen los jueces en los juicios, todos los poderes del estado hacen oído sordo.

 

Se usa en los juicios maliciosamente, lo que uno declara como prueba, aunque esa declaración a uno lo esté liberando de toda acusación, tal es el caso de mi apodo “Indio”

 

En esa oportunidad aclaré que todas las operaciones militares las hice de uniforme, casco, con el grado y el apellido en mi pecho y que ninguna de las personas, que me dicen o me decían Indio, nunca realizaron operaciones militares en la Zona de Operaciones conmigo, lo que fue probado a lo largo de este juicio hasta por el principal testigo que presentó la fiscalía contra mi persona, por supuesto un testigo preparado y falso, en toda su declaración.

 

Solo este gobierno, los jueces y los fiscales, niegan la existencia de los hechos ocurridos en esta Guerra Revolucionaria, iniciada en 1964 y denunciada por primera vez en el gobierno del Dr. ILLIA, guerra revolucionaria que estos gobiernos de Kirchner y de Macri, son cómplices de los terroristas guerrilleros al negar esos hechos históricos, dividiendo a la sociedad, y colaborar en la politización de la justicia, confundiendo a la sociedad, llevándola a la disgregación nacional y social. Hoy en día con estos juicios de “LESA JUSTICIA”, son un ataque sistemático contra una parte de esta población civil inocente, de esta población que derrotó a la guerrilla, y eso si está tipificado en el Estatuto de Roma

 

En Tucumán y en toda la República Argentina, donde se nos juzga por defenderla, ocurrieron hechos de notorio y público conocimiento, atentados, asesinatos, combates, actos de terrorismo, secuestros etc. y también territorio ocupado militarmente en forma efectiva, por estas asociaciones ilícitas de Montoneros y ERP, nadie puede negar que se produjeron alrededor de 500 enfrentamientos con las tropas del Ejército (Diario la Opinión del 8 de enero de 1976), sin contar los posteriores a esa fecha, de los que sólo nombraré los más conocidos ocurridos en Tucumán a saber: Asesinatos del Ingeniero Paz, del Capitán VIOLA y de su hijita, la toma y desfiles de poblaciones del sur de la Provincia de Tucumán como Santa Lucia, Acheral, los Sosas, ataque al Regimiento 17 de Infantería Aerotransportado en Catamarca, por la compañía RAMON ROSA GIMENEZ, la misma que estaba ocupando  militarmente un tercio de la Provincia de Tucumán, y simultáneamente en la Provincia de Córdoba, con otra compañía del ERP ese mismo día atacaron la Fábrica Militar de Villa María donde secuestraron al Mayor LARRABURE, durante 372 días, torturado y asesinado,  lo que menciono al solo efecto de mostrar la ferocidad de las organizaciones y de su poder de combate y de su capacidad en la planificación, tenían verdaderos estudios y planificaciones de verdaderos Estados Mayores, sin contar la capacidad de planificación de la operación y de los  SPAC, (Servicios para Apoyo de Combate), para poder ejecutar las operaciones y los recursos económicos utilizados, lo que fuera también mencionado en la Causa 13/84 que al respecto expresa: “También está fuera de discusión que a partir de los años setenta, el terrorismo se agudizó en forma gravísima,…por los métodos empleados por su cantidad, por su capacidad ofensiva por su poder de fuego, por los recursos económicos…..por la infraestructura operativa y de comunicaciones….en los atentados irracionalmente indiscriminados, la capacidad para interceptar medios masivos de comunicaciones”,  el MPF como los jueces prevaricadores, dejan de lado la toma del pueblo de  Santa Lucía donde fueron ejecutados dos inocentes ciudadanos, previa condena a muerte mediante su propia justicia ilegal, estas personas fueron EUDORO IBARRA Y HÉCTOR OSCAR ZARASPE, ocupación de Potrero de las Tablas donde fue ajusticiado otro civil inocente, combate de la Quebrada de Lules, combate de Pueblo Viejo, Combate de Mánchala, Combate de Acheral también llamado del Arroyo San Gabriel, combate en las inmediaciones del Cadillal con Montoneros, derribamiento de un helicóptero del Ejército Argentino, a orillas del Rio Caspinchango, emboscada y asesinato a los médicos en la localidad de Caspinchango Frías Silva etc., en algunos de ellos participaron cerca de 200 guerrilleros, helicópteros artillados, y tuvieron más de tres días de duración, voladuras del Avión Hércules de la Fuerza Aérea con más de 120 Gendarmes, utilizando para esa oportunidad más de 60 Kg de explosivos de distintos tipos y efectuando un trabajo de verdadera ingeniería para producir el atraque de la carga con hormigón armado, contando además con fábricas de armamento, explosivos, granadas, imprentas etc

 

Estos son algunos de los 21.624 actos de terroristas, todos ellos perfectamente detallados y probados uno por uno en la causa 13/84 (Juicios a los Comandantes), que también el MPF, junto a los jueces prevaricadores no reconocen, como tampoco reconocen la existencia de la Guerra Revolucionaria, tomando solo de esta sentencia lo  que les conviene en forma premeditada y engañosamente y así dar sustento a su falaz acusación, toman solo  lo que nos puede perjudicar, no buscan la verdad, sino inculpar con prácticas jurídicas aberrantes ya que lesionan seriamente los principios Constitucionales, tampoco recuerdo que se mencione el art 34 Inc. 4 y 5 del Código Penal, otro tanto ocurre con el Estatuto de Roma, como puede ver el principio de silenciación del Nazi JOSEPH GOEBBELS  y sus otros principios son utilizados sistemáticamente en este juicio, de la misma forma,  es así como  se aplica el “Derecho Penal  del Enemigo”,,   de Günther Jakobs lo que les ha permitido silenciar también los Principios Constitucionales.

 

Para dar mayor credibilidad, a todo lo mencionado, paso a recordar los hechos ocurridos en La Tablada, en enero de 1989, y para los más jóvenes el conocimiento de ese hecho, ese mes el Regimiento 3 de Infantería es atacado por un grupo guerrillero a  órdenes de un ex oficial del Ejército Revolucionario del Pueblo, GORARIAN MERLO, en el gobierno democrático del Dr. ALFONSÍN, ataque planificado en el seno del gobierno de este defensor ad honoren de SANTUCHO, al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dijo aplicando por primera vez el Protocolo II, de los Convenios de Ginebra, en su informe 55 del año 1997 (caso 11137 ABELLA JUAN CARLOS), en su parte resolutiva expresa: “Los incursores participaron en un ataque armado que fue cuidadosamente planificado, coordinado y ejecutado. Una operación militar contra un objetivo militar. El oficial a cargo del cuartel de la Tablada, procuró como era su deber, rechazar el ataque y el Presidente ALFONSÍN en ejercicio de sus facultades constitucionales de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, ordenó que se iniciara una operación militar para recuperar el cuartel y someter a los atacantes”. No obstante en estos juicios “Mal Paridos”, recientemente fue condenado el General Arrillaga, a quien tuvo a su cargo la responsabilidad de recuperar el cuartel, solo en la República Argentina, con estos gobiernos de  mierda de los Kirchner y ahora de Macri quien ataca a la Nación Argentina, porque un Regimiento es eso, una de los guerrilleros, que entraron a sangre y fuego asesinaron soldados, es ahora víctima y declaró contra quien recuperó la unidad militar que él había atacado ¡INCREÍBLE PERO CIERTO!

 

Este hecho solo y aislado, comparado con los 21462 mencionados y los feroces combates que se libraron a lo largo y ancho del país es solo una aguja en un pajar.

 

La resolución que expresara, en este caso la CIDH, aplicando el Protocolo II de los Convenios de Ginebra, me obliga a preguntarme en mi carácter de lego en materia judicial ¿No es lo mismo que hizo la Presidente MARÍA ESTELA DE PERÓN, para recuperar su provincia de Tucumán, que como sabe estuvo a punto de ser separada del Territorio Nacional? A pesar de mi ignorancia estoy seguro que fue así, pero indudablemente que quienes nos juzgan, ignoran tal resolución, lo que es gravísimo ya que indudablemente la conocen, pero a sabiendas la niegan, de lo contrario nunca deberíamos haber sido juzgados, si este tribunal reconociera tan tremendo antecedente internacional, lo que es también mucho más grave, es que, al violar los tratados internacionales, colaboran sobradamente para que nuestro país sea un país nada creíble a nivel internacional, al juzgarnos como se nos  está juzgando, no sólo traicionan la Constitución Nacional, Leyes Internas y Tratados Internacionales con Jerarquía Constitucional (art 75 Inc. 22 CN), sino que también están traicionando a la misma Patria.(art 29 y 36 CN).

  

La historia ha sido acallada, por este gobierno montonero, desde 1964 y se la han eliminado e invertido los hechos. El MPF desconoce e ignora que cada hecho histórico es una sucesión  concatenada de episodios, cada hecho histórico, tiene en sí, un antecedente, el hecho histórico en sí, y un consecuente, en otras palabras este Estado Montonero con anuencia del Poder Judicial, puso fecha de inicio a la tragedia vivida en el país como si el pasado fuera una foto en donde solo aparecen las Fuerza Leales. Al tomar el hecho aislado, como verdaderas “Islas de la Historia” como lo expusiera precedentemente, de sus antecedentes y sus consecuencias , a lo que se suma que es invertida y falseada de manera que se engaña a la sociedad entera, especialmente a las nuevas generaciones, que un día se levantaron tres locos y tomaron el poder para matar a los pobrecitos jóvenes idealistas, no hago  juicio de valor, si estuvo bien o mal la toma del Gobierno por los  Comandantes en Jefes de las FFAA, simplemente lo hago para relatar la historia tal cual ocurrió, pues si existió un golpe militar, es porque toda o casi toda la ciudadanía apoyó el golpe de Estado, sin este apoyo, no puede existir golpe militar, como también este apoyo fue dado por los miembros del Congreso de la Nación,  como así mismo los políticos que, ante el  avance de la guerrilla en todo el país, peligraba la Constitución Nacional y sus cabezas, desesperados fueron a  tocar las puertas de los cuarteles,  por eso es innegable que todo el pueblo tiene la culpa de que surgiera un gobierno de facto.

 

Y dicho de otra manera mucho más técnica, repito las palabras del camaleónico Juez de la Corte Suprema de Justicia Zaffaroni cuando menciona en su Derecho Penal Militar (1980): “Habiendo desaparecido cualquier autoridad, o siendo incapaz la que resta, un grupo militar puede usurpar justificativa mente la Función pública y dictar “Bandos Militares”. Si bien es cierto que este que fuera Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación lo expresa, no estoy en nada de acuerdo, ya que un gobierno no puede quedar acéfalo y cualquiera de la sucesión del gobierno tendría que hacerse cargo, pero indudablemente eso no ocurrió y a todos los políticos sean de la sucesión presidencial o no, nadie tuvo el valor ni el coraje, ni las pelotas de hacerse cargo de tan tremenda responsabilidad de dirigir un país en llamas.

 

Pero este apoyo no fue fortuito, fue producto  de la historia  que aquí, en este tribunal se falsea o se oculta siendo coherentes con la POLÍTICA DE ESTADO, de procedimientos típicamente  Nazis, que impuso a la Justicia y que  voy a desmentir la falsa historia, a la que llaman memoria, impuesta por el fallecido presidente Montonero Kirchner y llevada luego adelante por su esposa, ahora excelentemente conducida por Macri y que es repetida en todos los juicios como un disco rayado. Cuando la historia se miente, cuando es falseada o es olvidada, es un deber moral de todo ciudadano corregir la mentira, si se pretende una Nación grande, con el verdadero significado de esta palabra, quienes no la vivieron conozcan la verdad para no ser engañados como está ocurriendo en nuestra sociedad,  y es por ello que me encuentro sentado escribiendo estas verdades.

 

Por lo que, conociendo los hechos, que fueron de público y notorio conocimiento, y las expresiones de los senadores, diputados y políticos de renombre, pero sobre todos los miembros del Congreso, me habilitan para opinar como opino (Juicio crítico/Opinión fundada) lo que esta coya desarrollará en la próxima publicación.

 

PP – VGMT (PRESO POLÍTICO – VETERANO DE GUERRA EN EL MONTE TUCUMANO

 

ARIEL VALDIVIEZO

DNI 8196.717

 


PrisioneroEnArgentina.com

Junio 13, 2019


 

CARTA ABIERTA A JORGE MARIO BERGOGLIO, MARIO AURELIO POLI Y A SANTIAGO OLIVERA. (Parte III)   LA IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA DIRIGIDA POR TRAIDORES HIPÓCRITAS Y MENTIROSOS. CASO VENEZUELA

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Todo el mundo conoce la triste situación de Venezuela, en donde Ud despreciable Papa Negro,  lo mismo que aquí en la Argentina, se ha ubicado en la vereda del frente, es decir en contra de los verdaderos derechos humanos y favoreciendo a quienes los violan, como lo hace en la argentina, que nunca se ha manifestado por la la violación de derechos humanos de los soldados que liberaron la patria de esa lacra a la cual, a mi entender ahora pertenece, tal es así que la Lilian Tintori, la esposa del preso político Leopoldo López, reprochó a la Santa Sede haberse reunido con Maduro y no posicionarse con claridad a favor de la oposición, a pesar de todo, ella ingenuamente no pierde la esperanza: «Tenemos que llamar a los venezolanos a reactivar la luz de la lucha pacífica por la democracia y la libertad».http://votavalores.org/lilian-tintori-le-pide-al-papa-que-no-sea-neutral-con-el-chavismo/

Las señoras Mitzy Capriles de Ledezma, esposa del Alcalde Metropolitano de Caracas, Antonio Ledezma, se apostó a las puertas del Vaticano encadenadas, junto a Lilian Tintori y Antonieta de Mendoza, para solicitar a la Santa Sede su intervención para lograr la liberación de todos los presos políticos en Venezuela,  no siendo atendidas en ningún momento por Ud, los abandonó de la misma forma que abandona en su país, la Argentina, a los Presos Políticos que el gobierno de Macri mantiene condenados a muerte, con falsas sentencias mediante juicios aberrantes.

A pesar de la gravísima situación de Venezuela no se ha declarado abiertamente contra el tirano Maduro.https://www.clarin.com/mundo/encadenan-vaticano-libertad-politicos-venezuela_0_ByXewb77e.html

CONCEPTO SOBRE LA CRUZ DE ESTE ZURDO INFILTRADO

Cuando leí su concepto sobre la cruz realmente lo puteé con toda mi alma, entiendo que solo a un traidor, a un zurdo infiltrado en mi Iglesia puede decir que contemplar la cruz, es para  el cristiano un signo de derrota pero también un signo de victoria. En la cruz “todo lo que Jesús había hecho en la vida” fracasa, y toda la esperanza de la gente que siguió a Jesús, termina, claro ejemplo de meter cizaña para confundir a los fieles, es la forma de dar un paso  para atrás y dos para adelante, solo a un necio se le puede ocurrir semejante barbaridad, cuando la vida y la cruz que llevó Nuestro Señor Jesucristo es el mayor éxito en la historia de toda la humanidad.

https://radiomaria.org.ar/papa-francisco/no-tengamos-miedo-de-contemplar-la-cruz-como-un-momento-de-derrota-de-fracaso/

 

CASO HP DE BONAFINI

 

Para Ud, maldito cura Hebe de Bonafini es, en primer lugar, “una madre a la que le secuestraron, torturaron y le asesinaron sus dos hijos”. Palabras que utilizó para justificar de recibir semejante terrorista, mintiendo al mundo, y lo más grave de esto es que Ud lo sabe los hijos de esta mujer viven en Europa,

https://tn.com.ar/politica/el-papa-francisco-comparo-hebe-de-bonafini-con-jesus_851446

https://www.infobae.com/opinion/2018/02/18/que-se-esconde-detras-del-romance-entre-el-papa-francisco-y-bonafini/

 

Pero esta mentira que pregona esta HP, sobre sus hijos fue desmentida, por su ex marido en junio de 2002 en un reportaje que le hiciera al periodista Bernardo Nuestadt donde manifestó lo siguiente: “Me extraña lo que dice y hace mi ex mujer. Anteanoche, cené con mis hijos Jorge y Raúl, en la “Posada de Juanillo”, aquí en Madrid, precisamente frente a la casa del actor Héctor Alterio, quien junto a su señora estaba ubicado en una mesa frente a nosotros. Mi ex mujer, que se casó conmigo odiando mi ideología desarrollista, todos saben que admiré a Don Arturo Frondizi toda mi vida, fabricaba disputas todos los días. Cuando me divorcié, le prohibí el uso de mi apellido. Sinceramente creo que el odio la enfermó mentalmente. Ella debe hacer esto por los hijos de otras madres”.

En este como en los otros casos seguramente aducirá que no lo sabía o que lo ignoraba, pero sabe don Bergoglio, es Ud. el mayor canalla que he conocido, de mentir tan descaradamente, porque cualquiera sea el caso todos sabemos que la Iglesia Católica tiene una de las mejores inteligencias del mundo, independiente de que es contemporáneo de este hecho, y en el país que ocurrió, la Argentina, que en su momento fue de público y notorio conocimiento.

http://www.alfinal.com/politica/arquitectobonanini.php

 

A lo largo de las conversaciones, Francisco relata el misterio de la Virgen María y manifiesta también cercanía con el dolor de las madres de Plaza de Mayo, a quienes, según dice, les permite “todo”. Realmente hay que ser un reverendo HP, comparar a la Santísima Virgen María, con muchas de ellas, formadoras de terroristas asesinos, parece que olvidó cuando estas madres defecaron la Catedral y otras tantas aberraciones, eso de que “les permito todo”, entiendo que como pastor debería perdonar, pero nunca justificar los ataques contra la Iglesia, sino manifestar que esas actitudes son deplorables, por ello y por  todos los hechos por Ud. ha producido no me cabe ninguna duda de que su misericordia es también selectiva, como lo es la justicia Argentina de los juicios corruptos mal llamados de lesa humanidad.

https://www.eltribuno.com/salta/nota/2018-10-11-7-50-0-papa-francisco-a-las-madres-de-plaza-de-mayo-yo-le-permito-todo

 

APOYO AL CORRUPTO LULA DA SILVA.

 

El 29 de mayo de 2019 “El ex presidente Brasileño Luiz Ignacio Lula da Silva,  preso desde abril de 2018 tras ser condenado por corrupción,  recibió una carta que le envió al Papa Francisco en la que lamenta las duras pruebas por las que pasa e insta a no desistir en su lucha”

 

“También Lula recuerda que el del 2018 el Papa Francisco le regaló un rosario que fuera entregado por el dirigente social argentino Juan Grabois quién lo visitó a título personal en la prisión y no en el nombre del Vaticano o de Francisco”

 

Es en sí la misma situación que con su querida amiga la Jujeña Salas, es decir repite su conducta aprovechando su posición como si fuera un acto de misericordia, cuando en realidad es un fuerte apoyo que hace a estos delincuentes y a la subversión marxista universal.

 

La carta, fechada el 3 de mayo, respondía a una enviada en abril por Lula. En ella Ud. le manifiesta su “proximidad espiritual” y le pide al líder del Partido de los Trabajadores (PT) “coraje para no desanimarse y seguir confiando en Dios”.  que cinismo pedirle a un guerrillero, ateo que siga pensando en Dios, la verdad Francisco que su cinismo me da asco.

https://www.pagina12.com.ar/197008-el-bien-vencera-a-la-mentira?cx_testId=2&cx_testVariant=cx_1&cx_artPos=0#cxrecs_s

 

APOYO A LA MENTIRA OFICIAL DE LOS KIRCHNER Y DE MACRI DE LOS 30.000 DESAPARECIDOS.

 

El 31 de marzo de 2019 al periodista español Jordi Évol le manifestó: “Hablando de desaparecidos, tengo una historia fuerte”, contestó Francisco. “En Argentina fueron más de 30.000, en la época de la dictadura, y me tocó de cerca eso. Siempre he defendido el derecho a la verdad sobre lo que pasó.”

En otra parte de la entrevista menciona y habla de la hipocresía y en el precedente párrafo habla de la verdad. ¡Hay que ser hijo de rmp! que tenemos como papa, el único consuelo que me queda es que si DIOS lo permite, tendrá sus motivos los cuales yo no conozco, pero eso no quita para nada los apelativos que aquí le impongo.

Pretende con su jerarquía eclesiástica lo mismo que la corrupta de María Eugenia Vidal, legalizar la mentira, ella mediante una falsa ley y Ud. mediante su jerarquía de Papa,  y he aquí como muestra la hilacha nuevamente respecto a lo que vengo mencionando “un paso para atrás y dos para adelante”.

https://www.lanacion.com.ar/el-mundo/de-desaparecidos-gays-papa-hablo-todo-entrevista-nid2233959

 

EL PAPA Y LA JUSTICIA.

 

Por último Papa Negro su hipocresía es la única que se puede comparar con su propia hipocresía, no se si sorprenderme o dejar de sorprenderme, cuando en el encuentro del último martes 4 de junio de 2019 con jueces de América Latina en Roma, del que participó el ex miembro de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni, el Sumo Pontífice señaló: “Aprovecho esta oportunidad para manifestarles mi preocupación por una nueva forma de intervención exógena en los escenarios políticos de los países a través del uso indebido de procedimientos legales y tipificaciones judiciales. El lawfare (‘guerra jurídica’), además de poner en serio riesgo la democracia de los países, generalmente es utilizado para minar los procesos políticos emergentes y propender a la violación sistemática de los Derechos sociales”.

Y añadió: “Para garantizar la calidad institucional de los Estados es fundamental detectar y neutralizar este tipo de prácticas que resultan de la impropia actividad judicial en combinación con operaciones multimediaticas paralelas”

https://www.clarin.com/politica/nuevo-procesamiento-cristina-kirchner-compartio-video-papa-francisco-argumentar-perseguida-politica_0_6GYHXAKp2.html#cxrecs_s

Conociendo el paño de este personaje, el Papa Negro, no me cabe ninguna duda que esas palabras son un fuerte apoyo a la corrupta quizás, la más grande de la historia universal, hablo de Cristina Kirchner , por los juicios que está siendo procesada por múltiples delitos en los cuales se robaron la República.

Realmente para decir ser papa de todos católicos hay que ser un gran hdmp, mentiroso, cretino hipócrita o cualquier otro apelativo que se le quisiera poner, le puedo asegurar que todos le quedan chicos pues la grandeza de su maldad no es comparable a persona alguna, ya que no hay nada peor que el que debería guiar el rebaño del Señor, lo traiciona desde el trono de San Pedro.

Podría seguir escribiendo sobre este canalla, pero creo que, para muestra sobra un botón, y en este caso he mostrado bastantes botones y quedan el tintero muchísimos más, lo que pasó ahora a continuar con su principal secuaz en la Argentina Mario Aurelio Poli (Parte IV).

PP – VGMT (PRESO POLÍTICO – VETERANO DE GUERRA EN EL MONTE TUCUMANO)

Ariel Valdiviezo   

 


PrisioneroEnArgentina.com

Junio 12, 2019


 

JUICIOS DE LESA HUMANIDAD PARTE XII.  JUICIOS QUE HAN NACIDO MAL PARIDOS Y MAL PARIDOS VAN A MORIR. PRESIDENCIA DE NÉSTOR KIRCHNER. CAPÍTULO VIII – PARTE XII – (CAP VII – PARTE VI.)

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AUTORÍA MEDIATA.
 
Entiendo que la doctrina de la autoría mediata, es compleja, por lo que trataré de explicarla en la forma más sencilla posible, para que pueda ser entendida por todos, esta doctrina la de la autoría mediata, es una doctrina creada por el abogado alemán el Dr. Claus Roxin, que básicamente  establece que “… el autor domina el hecho sin realizar por sí mismo la acción típica, ni tener que estar presente en el momento de su ejecución y sin necesidad siquiera de ejercer coacción o engaño sobre el autor directo” y, para ello, este alemán determina tres niveles de responsabilidad a saber:
“El primer nivel, el más elevado, son los autores que planifican y organizan los sucesos criminales (Autores por Mando)
El segundo nivel son los autores de jerarquía intermedia que ejercitan que tienen el control sobre una parte de la organización (Autores por organización)
El tercer nivel corresponde a lo meros autores ejecutivos.”
Desgraciadamente para que sea entendida la ilegalidad de esta acusación deberé hacer citas textuales de libros pero lo primero que se debe saber es que esta doctrina fue creada específicamente para las organizaciones ilegales criminales de cualquier tipo, llámese mafias, guerrilleros terroristas, tratante de niños, narcotraficantes etc. etc., ya que el mismo Roxin en su TEORÍA DEL TIPO PENAL (versión castellana del profesor DR ENRIQUE BACIGALUPO (universidad de Madrid)- ediciones de Palma- bs as 1979) respecto al accionar de las fuerzas armadas menciona en su pág.14 y oponiéndose claramente a las falsas acusaciones de los fiscales argentinos en estos juicios de venganza explica que “… la “obligatoriedad” de una orden conforme a los 19 a 21 del Código Penal Militar (Alemán), (que en el caso de las fuerzas armadas argentinas serían los Art 667 al 668 bis y 674 al 682 del Código de Justicia Militar) es una circunstancia de hecho, de tal manera que quien presta obediencia a una orden obra típicamente” y luego menciona que “Yo siempre he sostenido la opinión de que la dogmática jurídico penal tiene que desplegar en el material jurídico los cánones valorativos rectores que derivan de la ley y de la Constitución”
Para resaltar y valorizar el respeto irrestricto a la ley y a la Constitución valorando estas garantías del debido Claus Roxin en su libro de “Derecho Penal Parte General Tomo I” en su Capítulo 5 expresa los principios que en nuestra Constitución Nacional están implícitos en el Art 18 y lo manifiesta de la siguiente manera: “En primer lugar, el principio básico del nullun crimen sine lege es un punto de vista rector para la categoría de la tipicidad en la tarea de interpretación y sistematización con importantes consecuencias no sólo para la interpretación de los elementos típicos en particular, sino también para la diferencia entre los delitos de acción y los consistentes en la infracción de un deber así como para la teoría de la omisión, autoría, participación y dolo” y en su pág. 73 agrega: “La pena nunca puede imponerse sin una legitimación preventiva, pero tampoco sin culpabilidad o más allá de su medida”  y en la pág 102 expresa “Dado que la punibilidad tiene que ser determinada legalmente antes de la comisión del hecho, no es correcto que en estas prescripciones penales sea el funcionario competente. . . el que pronuncie el juicio de valor que se convierte en motivo de la norma” y que sólo a partir de su orden la norma cobra existencia.”
 
Expresada en forma muy escueta la doctrina de la autoría mediata del Dr. ROXIN, intentaré explicar porque la aplicación de esta doctrina en los juicios de venganzas mal llamados de lesa humanidad es una aberración:
 
Es una doctrina foránea aplicada con fuerza de ley en los juicios que he llamado mal paridos, esta doctrina no existe en el ordenamiento jurídico argentino, y su aplicación es una aberrante ilegalidad inimaginable, ya que solo es aplicable en los estados totalitarios, nunca en una democracia, pero sabemos también que la Argentina es de una bondad inigualable para esta clase de aberraciones.  
 
Es  utilizada para poder acusar a todo participante de la guerra contra  la guerrilla terrorista,  incluyendo así a todos los grados con igual responsabilidad desde el cabo (el grado más bajo del Ejército) al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, pues de acuerdo a los tres niveles mencionado todos son responsables, si bien tienen responsabilidades distintas en estos juicios un subteniente recibe la misma sentencia que su coronel o general que le impartiera o no una orden.                               
 
Esta doctrina el Dr. ROXIN, ante una laguna de la ley (inexistencia de ley), que tipifique los delitos de las organizaciones ilegales precedentemente mencionadas, escribe esta doctrina para que llene ese vacío, ya que siempre la sentencia  caía en el ejecutor y no sobre los jefes de las organizaciones ilegales.
 
Esta doctrina es impuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ya que permite su aplicación. Particularmente esa Corte que asumió condicionada por el poder político no me llama para nada la atención, ya que su entonces presidente era  LORENZETTI guerrillero terrorista con ese nombre de guerra “El Mono” perteneciente a la organización criminal terrorista de Montoneros.
 
De la misma forma en que este “Mono” permitió la aplicación de esta foránea doctrina también permitió la violación de todas las partes de la Constitución que permitiera llevar estos aberrantes juicios adelante, como lo mencionara en los escritos anteriores, de esta forma esta Corte Suprema se convirtió en corte Constituyente, violando y dejando de lado todos los principios del Derecho Universal adquiridos en siglos de lucha.
 
Tal aspecto es gravísimo ya que con las sentencias de este “congreso constituyente” podemos decir que la Constitución Nacional ha desaparecido y de ahora en más será aplicada de acuerdo a. los intereses políticos o particulares de esta, que a mi entender es una  lacra que dice llamarse jueces, desapareciendo de los juicios lo más sagrado que siempre tuvieron que era la búsqueda de la verdad, preocupándose solo en condenar al que consideran sus enemigos. 
 
Al hacer desaparecer la Constitución, el Código de Justicia Militar y al aplicar esta doctrina, nos acusan que todas las fuerzas armadas constituyen una asociación ilícita, a la vez que les permite que hechos de guerra sean juzgados con el Código Penal, diametralmente opuesto
al Código de Justicia Militar ya que este código en época de guerra ante una orden solo da dos alternativas, matar o morir., y este aspecto es de una gravedad inconmensurable ya que con estos sucios manipuleos de las leyes y de la Constitución Nacional, estos circos que dicen ser tribunales sí o sí tienen asegurada nuestra sentencia.
 
En las guerras tanto como contra la subversión como contra los ingleses las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad y Fuerzas Policiales actuaron bajo la tutela del Código de Justicia Militar, de las leyes y reglamentos militares, leyes concretas y absolutamente legales, todas aprobadas por el Congreso de la Nación Argentina con anterioridad a la iniciación de las mencionadas guerras, aspecto que, con respecto al tema que estamos tratando desvirtúan completamente la doctrina del Dr ROXIN
 
Paso a continuación a nombrar estas leyes militares vigente en el momento de los hechos avalando lo mencionado precedentemente y demostrando que esta acusación no solamente es ilegal sino que también es puramente subjetiva sin valor legal alguno, y que sin embargo estos tribunales legitiman con sus jueces hipócritas y prevaricadores dándole más valor que a la misma Carta Magna, estos jueces que juraron defender la Constitución Nacional se cansaron de violarla y prostituirla.
 
Del Código de Justicia Militar, existente en el momento de los hechos al respecto mencionaba:
 
Art. 514: Cuando se haya cometido delito, por la ejecución de una orden del servicio, el superior que la hubiere dado, será el único responsable, sólo será considerado cómplice el inferior, cuando este se hubiere excedido en el cumplimiento de dicha orden”.
                                                                               
Art. 622: Se considera acto de traición:
 
Inc. 5. : Dejar de cumplir total o parcialmente una orden oficial, o alterarla de una manera arbitraria, para beneficiar al enemigo
 
Art. 667: Será reprimido con prisión, hasta cuatro años o con sanción disciplinaria el militar que hiciere resistencia ostensible o expresamente rehusare obediencia a una orden del servicio que le fuera impartida por un superior.
 
Si en hecho se produjera frente al enemigo, la pena será de muerte o reclusión por tiempo indeterminado.
 
Art 675. “Ninguna reclamación dispensa de la obediencia ni suspende  el  cumplimiento  de  una   orden  del  servicio militar.”.
 
Del Código Penal de la Nación (CP), con el cual somos juzgados manifiesta en su:
 
Art. 34. No son punibles:
Inc. 4. : El que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo.
Inc. 5. : El que obrare en virtud de obediencia debida.
 
El Estatuto de Roma (ER) que define los crímenes de lesa humanidad y que tienen jerarquía Constitucional actualmente en vigencia, cuyos artículos tipifican el delito de lesa humanidad estables en su:
 
Art. 33.
Quien hubiera cometido un crimen de la competencia de la Corte en cumplimiento de una orden emitida por un gobierno o un superior, sea militar o civil, no será eximido de responsabilidad penal a menos que:
  1. a)     Estuviere obligado por ley a obedecer órdenes emitidas por el gobierno o el superior de que se trate.
  2. b)    No supiere que la orden era ilícita.
  3. c)     La orden no fuera manifiestamente ilícita.
 
Al respecto es necesario resaltar que estas tres leyes anulan completamente esta doctrina de autoría mediata que estos hipócritas aplican con fuerza de ley, por los que resalto los siguientes aspectos que nulifican en forma absoluta estos juicios mal paridos:
  1. Desaparición del Código de Justicia Militar (CJM) para poder juzgarnos y condenarnos como delincuentes comunes hechos de guerra. Bajo el amparo del CJM actuaron todas fuerzas por orden de un gobierno democrático
  2. Abierta violación de las otras dos leyes mencionadas que están vigentes, con el serio agravante de que el Estatuto de Roma es un tratado internacional que el país se comprometió cumplir.
  3.  Ninguna de las leyes mencionadas habla de autoría mediata.
  4.  Todas ellas eximen del dolo al militar que cumple una orden y siempre es responsable el que imparte tal orden, sea legal o sea ilegal,
  5. El delito de lesa humanidad no existía en el momento de los hechos y violan el Art 18  de Nuestra Carta Magna aplicando en forma retroactiva una ley que no existía en el momento de los hechos.
  6. Se violan en sin fin de Art(s) del ER solo mencionaré uno solo por su importancia en los juicios es el art 54 1. a) y b) del ER, ya que estos fiscales sólo investigan las circunstancias incriminatorias, y nunca las circunstancias eximentes, más grave aún falsean la verdad para acusar, y las pruebas que uno presenta, las que son irrefutables y nunca son tenidas en cuentas.
 
Por ejemplo, la siguiente acusación “… que Valdiviezo desde una posición jerárquica en dicha estructura, poseyó poder de mando sobre todos los agentes subordinados jerárquicamente a él”.
 
No obstante desde el punta de vista de la autoría mediata analizaré esta falaz acusación con semejantes sandeces,  la estructura del Ejército de las Fuerzas Armadas es la siguiente Oficiales Superiores (Generales y Coroneles), Oficiales Jefes (Teniente Coroneles y Mayor) y Oficiales Subalternos (Capitán, Teniente Primero, Teniente y Subteniente)   Valdiviezo en ese momento era, Oficial Subalterno, dentro de esta foránea doctrina estaría en la tercer categoría es decir de los meramente ejecutivos, con la única responsabilidad del cumplimiento de las órdenes, sin embargo soy condenado con las mismas responsabilidades de un Oficial Superior (General o Coronel)
 
Otra acusación sin sentido es que Valdiviezo era responsable de toda la Provincia de Tucumán, con todo lo que pasaba en ella, es decir, de ser así el señor General BUSSI estaba prácticamente a órdenes de Valdiviezo, puesto que todos las acusaciones están basadas en premisas falsas, y aquí todas las premisas son falaces. Y así como esta acusación que escapa a todo raciocinio puedo mencionar muchas más, pero que no vienen al caso en este análisis.
 
Para completar este análisis y ante la ignorancia del  fiscal en temas militares al mencionar subordinado sin conocer su significado ni alcance de la misma transcribo lo que menciona la Reglamentación de Justicia Militar:
 
Art. 1: Concepto: La superioridad militar puede ser por razón de grado o de mando.
1)    Superioridad por grado…
Se entiende por “subalterno” todo aquel que tiene, con respecto a otro, un grado inferior en la escala jerárquica militar o que a igualdad de grado, posee una menor antigüedad en el mismo.
La superioridad de grado establece el respeto del subalterno
2)    Superioridad de mando….
Se entiende por “subordinado” al que está a órdenes de un superior militar.
La superioridad de mando establece el respeto y la obediencia del subordinado.
 
Mencionado lo precedente y los dichos que pretende hacer creer el MPF, con eso de “posición jerárquica” y de ser “un eslabón clave en la transmisión e implementación del .plan criminal”. salta a la vista la falsedad de la acusación, pero aclararé algunos aspectos más, es de tal ignorancia la de este fiscal en temas militares que la misma acusación me libera por lo siguiente, tenía a mi mando 123 subordinados en total con oficiales, suboficiales y soldados, el General BUSSI, tenía más de 5.000 mil soldados subordinados a su mando con responsabilidad de planeamiento estratégico y operacional, pequeña diferencia con Valdiviezo
 
Lo que manifiesta el MPF, en su mentira verdadera respecto a “posición jerárquica” y “subordinado”, mentira, mediante una frase engañosa que tiende a confundir a todos los aquí oyentes y a la sociedad toda, de que tenía un gran poder de decisión y mando, que después del Graneral Bussi prácticamente venía yo, razón por la cual preguntara al señor Fiscal que me aclarara tales palabras en la sesión del 26 de julio, y verdadera, porque es verdad cuando expresa: “…que poseyó mando sobre sus subordinados…”, siempre y cuando se entienda, lo que todo militar sabe, y es lo que define la “Reglamentación de Justicia Militar”, que acabo de leer, con un Fiscal Militar, nunca hubiera existido tal acusación, porque conoce lo que uno puede mandar y lo que significa las dos acepciones de subalterno y subordinado.
 
Para terminar mencionaré los dichos de notables juristas
 
Al respecto CARLOS CREUS – Derecho Penal – Parte General (Pág 16), dice: “No es lo mismo la obediencia debida en la administración civil que en el régimen militar”, y continúa (Pág. 17), “Es un derecho penal especial, por las particularidades que establece delitos militares (Fontan, Balestra, Zaffaroni), pero no se puede comprender delitos de orden común por más atingencia que tengan con la actividad militar”, Ello ocurre porque que, el que ejecuta la orden,  sólo tiene la orden y ninguna información completa por eso  no se acepta poder de revisión alguna, a lo que la causa 13/84 expresa: “Si el deber de obediencia pudiera quedar paralizado por una reclamación, el mando carecería de eficacia y pasaría a depender de la voluntad del inferior quedando destruía toda disciplina”. “Es decir, sobre la base de que en el ámbito militar las órdenes se cumplen de modo cierto, el Art.514 del Código de Justicia Militar, que nunca tuvo objeción constitucional alguna” y luego agrega: “Los hechos que se juzgan en esta causa son de jurisdicción militar (Art.108 del ordenamiento castrense y Art.10 de la ley 23.049), por lo que corresponde analizar la responsabilidad de los procesados a la luz de las disposiciones del código de Justicia Militar” y  aquí maliciosamente se me juzga con el CP, y una doctrina llamada de Roxin, tales aspectos legales desplazan la responsabilidad penal del subordinado al superior ya que el no cumplimiento de una orden del servicio es constitutivo de delitos penados por el CJM. y digo llamada teoría de Roxin por que la misma ha sido tan deformada y tergiversada por el MPF que merecería llamarse doctrina del Ministerio Público Fiscal, ya que lo hicieron tan extensible alargando sus alcances a límites inimaginables que llegaron a la aberración de condenar a personas que nunca estuvieron en el momento en que se produjeron los hechos, pero que un año después estuvieron en los lugares. para que se entienda más claramente esta aberración es lo mismo que un policía pasará por el lugar del crimen ocurrido hace un año, y por ser parte de esta organización le echarán la culpa de ese crimen por el mero hecho de haber estado en el lugar y ser integrante de una organización ilegal.
 
En realidad las únicas asociaciones ilegales eran la de los terroristas guerrilleros, pero para ser justo tampoco podrían ser juzgados con la autoría mediata, ni de lesa humanidad, porque la primera es una doctrina, que nunca puede reemplazar una ley y la segunda era inexistente en la legislación argentina, he ahí el porqué de esta inconmensurable injusticia de estos juicios de venganza, para los verdaderos delincuentes todo y para los soldados que defendieron la Nación y sus instituciones de estos terroristas, su fin es el asesinato por parte del Estado en sus cárceles en condenas totalmente ilegales encubiertas en disimulada legalidad mediante condena perpetuas.

 

PP – VGMT (PRESO POLÍTICO – VETERANO DE GUERRA EN EL  MONTE TUCUMANO

 

ARIEL VALDIVIEZO

 


PrisioneroEnArgentina.com

Junio 5, 2019


 

Eugenio Zaffaroni: “Hay que hacer una Constitución nueva”

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https://www.lanacion.com.ar/politica/eugenio-zaffaroni-hay-hacer-constitucion-nueva-nid2246332 lógicamente escrita por él para continuar impunemente en actividades con sus asociados de la corrupción política y judicial. Sus palabras son las de un magistrado que violó los principios de legalidad, constitucionales y convencionales, su credibilidad debe ser la de un oportunistas sin convicción. Este militante político, como juez de la CSJN, no respetó la CN ni las Convenciones internacionales. La creatividad irracional e ilimitada como miembro de la CorteIDH es desconcertante porque jamás se interesó a la situación ni a la Constitución Nacional ni a los derechos humanos sino a su persona. El gobierno argentino debe solicitar su reemplazo inmediato. ¿Aparte de una nueva constitución porque no propone también un nuevo mundo o planeta a su medida?

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www.CASSPAFRANCE.org

 


PrisioneroEnArgentina.com

Mayo 10, 2019


 

POR SETENTA Y CINCO SEGUNDOS CONCUERDO CON EL DETESTABLE EUGENIO ZAFFARONI

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 Por CLAUDIO KUSSMAN.

 

EL REGLAMENTO GENERAL DE EMPLEO DE ARMA DE FUEGO

En este territorio de locos, todo es posible y así hoy debo reconocer que por setenta y cinco segundos concuerdo plenamente con los conceptos de EUGENIO ZAFFARONI en relación a la Resolución 956/2018, del Ministerio de Seguridad encabezado por PATRICIA BULLRICH (video adjunto).

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En él sin reforma alguna hasta ahora en los códigos penales,  se introducen algunas normativas PELIGROSAS para la libertad del policía en la utilización del arma que le provee el estado.  Estamos en tiempos en los que  dominan las acciones gubernamentales, los organismos de derechos humanos radicalizados contra todo lo que lleve uniforme. ¿Qué mejor prueba de la blandura y la hipocresía fue la retractación en sus dichos de  BÁRBARA DIEZ, esposa del Jefe de Gobierno de la ciudad de Buenos Aires HORACIO RODRIGUEZ LARRETA?

https://prisioneroenargentina.com/index.php/2018/12/02/nosotros-nuestros-propios-enemigos/  Luego de opinar en Instagram: “Fue una guerra cruel. De un lado y del otro. Nuestro homenaje es para TODOS”.

Primero rectificó y luego borró sus dichos ante una mínima presión de los organismos mencionados. Listo la guerra no existió y TODOS, hombres, mujeres y niños asesinados, dejaron de ser víctimas de los terroristas que tampoco existieron.

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¿Otro ejemplo viviente?  DARIO LOPERFIDO, cuando osara decir que no hubo 30.000 víctimas del terrorismo de estado y “debió renunciar”. Por supuesto no puede quedar afuera la reculada más grande de la historia de la Corte Suprema, cuando alguno de sus malparidos miembros se desdijeron sobre la aplicación del 2 X 1 para quienes estamos imputados por los mal llamados delitos de lesa humanidad.  ¿Cómo no voy a concordar con ZAFFARONI a quien detesto,  gran abolicionista que tanto daño hiciera en el poder judicial argentino, cuando habla de la parte más delgada del hilo?

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Justamente se refiere a los uniformados y en este caso yo y muchos otros, somos las muestras vivientes y murientes en prisión, ante la mirada impávida de los sucios e hipócritas funcionarios gubernamentales.

 

Estos que  desde sus lujosos despachos pretenden repetir  la historia, enviando al sacrificio a una nueva generación de servidores públicos.

Espero que estos reparen en nuestra experiencia y sepan superar este nuevo desafío, por ellos y por sus respectivas familias.

De no ser así lo perderán todo y sabrán lo que es este mundo paralelo, en el cual nosotros somos sus obligados habitantes hasta el último aliento.

 

Claudio Kussman

Interno L.U.P 345.349

Servicio Penitenciario Federal

Diciembre 04, 2018

 

Donde no hay ley no hay libertad. Pues la libertad ha de ser el estar libre de las restricciones y la violencia de otros, lo cual no puede existir si no hay ley; y no es, como se nos dice, ‘una libertad para que todo hombre haga lo que quiera’. Pues ¿quién pudiera estar libre al estar dominado por los caprichos de todos los demás?”

 John Locke (1632-1704)

 


PrisioneroEnArgentina.com

Diciembre 4, 2018


 

EL “PENSAMIENTO CRÍTICO” DE CRISTINA

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 Por Mauricio Ortín

 

Cumbre del pensamiento totalitario

“No podemos ser nunca la contracumbre del G20, porque nosotros tenemos pensamiento propio, pensamiento crítico. Ellos vienen para implantar los mecanismos de dominación, quedarse con todo.”, manifestó Adolfo Pérez Esquivel, en su participación en el 1° Foro Mundial de Pensamiento Crítico del Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (Clacso) que se celebra en Buenos Aires. La calidad y la cantidad de los organizadores, participantes e invitados al 1º Foro de la Clacso no dejan dudas acerca de los propósitos políticos que persiguen y que ocultan tras el decálogo de buenas intenciones que exhiben. Zaffaroni, Baradel, Carlotto, Grabois, Borón, Ramonet, Donda, Monedero, Kicillof, Brieguer, Saintout, García Linera, Garzón, Carosio, Lander y otros representan lo más granado del populismo y/ totalitarismo propio y ajeno. Caraduras de siete suelas y, por ende, inmunes a la sensación repulsiva que provoca el ridículo, no los acobarda el denominar “Primer Foro Mundial del Pensamiento Crítico” a un encuentro que rinde un homenaje especial a los sesenta años del régimen carcelario y castrador (del pensamiento crítico) cubano. Si fueran coherentes debieran también reivindicar al Tercer Reich. Después de todo, Stalin, Mao, Pol Pot, Trotsky, Ceausesco y los ancestros de Kim Jong-un en materia de genocidio han batido todos los records (al punto de relegar a la mitad de la tabla a Hitler y su banda de asesinos.)

Filosofía política kirchnerista

Pues bien, en este ambiente de “pensamiento crítico” que provee el “cochino” capitalismo argentino disertó Cristina contra el, también, “cochino” neoliberalismo (vaya usted a disertar contra Maduro en Venezuela o contra de Castro en Cuba y, si sobrevive, después me cuenta). Un discurso panfletario y plagado de falacias y disparates que no resiste el análisis más elemental. Eso sí, en tono épico, provocador y dando cátedra con una audacia sin límites. Ello porque Cristina, que no le asco ni a las honduras filosóficas, lanzó una crítica demoledora nada menos que contra el principio republicano de división de poderes. Esgrimió que dicho principio resulta obsoleto a esta altura de los tiempos. Dijo, para apuntalar el argumento de la decrepitud, que en la época de su proclamación (la revolución francesa de 1789) “no existía la luz eléctrica ni el auto”. Luego, al pasar y como quién zanja la cuestión con una “genialidad”, preguntó: “¿alguien se sacaría una muela como se la sacaban en 1789?”. La ovación K no se hizo esperar. Acto seguido, se despachó contra los poderes que debiera y no controla el estado. Sostuvo que el legislativo y el ejecutivo sumados sólo controlan el 20 o el 30% del poder total. Que los medios de comunicación, las empresas trasnacionales y los capitales disponen del otro 70 u 80% (le faltó agregar aquí a los ciudadanos de a pie). Ahora bien, ¡Si esto no es una justificación del totalitarismo, el totalitarismo donde está! ¡Quiere la suma del poder y lo dice a los cuatro vientos! ¡Resulta que Montesquieu está pasado de moda y hay que tirarlo a la basura! ¿No será Cristina la que está fuera de época? Ya en su momento el maestro francés, padre del republicanismo, advertía que el enemigo más peligroso del que debe cuidarse la libertad es el poder político (“es una experiencia eterna que todo hombre que tiene poder tiende a su abuso”.)

El totalitarismo es más viejo que la democracia.

Por otro lado, las ideas totalitarias que propone la “reina-filósofa” no son ninguna novedad. Precedieron largamente a la revolución francesa y tenían plena vigencia aún antes que se inventaran la luz eléctrica y el agua caliente.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Noviembre 20, 2018


 

LA INSEGURIDAD, LA HIPOCRESÍA Y LA MENTIRA

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PAGANDO CULPAS

Ver en el día de ayer a la gente pidiendo seguridad frente a la Comisaria de Villa Ballester, luego de algunos hechos calamitosos, como son toda muerte violenta, ¿no es para preguntarse dónde tiene la percepción de la realidad que nos envuelve, una sociedad que está pagando su propia hipocresía e indiferencia? Una sociedad que no se manifiesta ni ante la muerte de los servidores públicos, ni cuando estos son detenidos por cumplir con su misión de servir y proteger. Así escuchaban las explicaciones de un uniformado, que no puede decir la verdad so pena de sufrir graves consecuencias. Se le pide soluciones a quienes también son víctimas, en vez de hacerlo ante los verdaderos responsables, o sea los mentirosos gubernamentales que llevaron adelante la política de seguridad imperante.  A lo largo de las últimas décadas, como parte del “relato” se escucharon y repitieron hasta el cansancio eslóganes como: “la policía de Camps” (fue un año y medio, Jefe de Policía de la Provincia de Buenos Aires en 1976), o “la policía de gatillo fácil”. Aplicación de  “la prevención” y no la represión, palabra a la que se considera sacrílega. Se duplicaron la cantidad de efectivos policiales, gendarmes etc. en las calles, al tiempo que un ZAFFARONI, formaba generaciones de jueces abolicionistas, preocupados ante la más mínima queja de un delincuente apresado, en ir sobre el personal policial.

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Hoy las calles van siendo dominadas por una delincuencia motorizada por el narcotráfico, mientras el uniformado con su autoridad disminuida por los protocolos “legales”, desea que termine su turno para irse a su casa o a cumplir horas adicionales y mejorar su economía familiar. Quienes tienen acumulados años de servicio, cuentan los días para el retiro. Las acciones a seguir en seguridad, diseñadas por políticos burócratas asesorados por otros burócratas inútiles, con licenciaturas cortas de seguridad, FRACASARON. Unos y otros quisieron hacer “tortillas sin romper los huevos” y eso es una fantasía imposible, demostrando la realidad que viven en una nube de la nada. La preocupación primordial de los charlatanes  dirigentes,  por sobre todo es que las organizaciones radicalizadas de derechos humanos, no se quejen. Así vejar, agredir, tirotear o herir a un policía casi es un juego de chicos. De esos que como “soldaditos de la droga”, se pueden ver en la TV escupiendo y menoscabando a los uniformados. Señores, la línea azul que en toda sociedad separa los depredadores de  la gente de bien, está debilitada como nunca y de ello la responsabilidad es de todos, por indiferencia o por ser crédulos ante facilismos, “estadísticas” y  coloridas mentiras de los políticos. Desde ya, el común de la gente no es especialista en seguridad, si en la formación e historia de los equipos de futbol, pero comiencen a aprender porque en ello les va la vida. Hoy en Villa Ballester se removerá al Comisario, se saturará  de fuerzas de seguridad la zona, esto durará menos de un mes, mientras los delincuentes operarán en otro territorio y luego todo volverá a estar igual. Más avance la delincuencia más costosa será la solución si es que algún día se intenta buscarla. Tan ridículos son los pedidos de la gente, que ayer se pudo ver y escuchar que solicitaban la presencia en las calles  de las fuerzas armadas. Esas que hoy sin que a nadie les interese tienen efectivos muriendo en prisión por haber escuchado a esta misma sociedad que 45 años atrás clamaba soluciones drásticas, porque tenía miedo y no se podía seguir viviendo así.

 

Claudio Kussman

Interno L.U.P 345.349

Servicio Penitenciario Federal

Noviembre 14, 2018

 

 

“Lástima que cuando uno empieza a aprender

el oficio de vivir ya hay que morir”

Ernesto Sábato (1911-2011)


PrisioneroEnArgentina.com

Noviembre 14, 2018


 

LA ÉTICA PROFESIONAL MILITAR . Actualizado

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Por

Grl Heriberto Justo Auel

 

LA CIRCUNSTANCIA ACTUAL INVITA A REFLEXIONAR SOBRE ÉSTE TEMA.

LA NATURALEZA DE LAS COSAS.

¿PORQUÉ NECESITAMOS DETENERNOS HOY EN LA ÉTICA PROFESIONAL MILITAR?

 

LA CIRCUNSTANCIA ACTUAL INVITA A REFLEXIONAR SOBRE ÉSTE TEMA.

Preliminarmente pretendo plantear la importancia de dar tratamiento al tema enunciado. Es importante pues la crisis de arrastre que nos ha llevado a la actual decadencia, como Nación y Estado,  es de origen cultural y político y la circunstancia es oportuna, toda vez que estamos -según promesas oficiales- en las acciones preliminares de la recuperación del núcleo duro del Estado Nación: las FFAA. (1)

A las generaciones de Oficiales de las FFAA argentinas que egresamos en la década 1950/1960 nos tocó vivir, mientras revistábamos en actividad, las crisis socio-políticas más graves del siglo XX que culminaron con las guerras posnucleares -limitada y muy limitada- que hoy, en sus posguerras, retienen a nuestra querida Patria Argentina -mientras nos empeñamos en un nuevo y arduo intento de resurgimiento- en doble “estado de guerra” (2) (3) y en plena inseguridad pública y estratégica, que somatizamos diariamente a través de una fuerte ansiedad colectiva frente al futuro, aun en el de corto plazo.

Las guerras -en la Historia Universal-  son anteriores a la existencia de los ejércitos, que recién llegaron cuando lo permitieron los excedentes financieros de las comunidades organizadas. Estos -los ejércitos- siempre fueron medios disuasivos/defensivos frente al agresor eventual o bien, ante una situación crítica interior que conllevara un riesgo existencial y legitimara el empleo de la vía  institucional, para retener la sobrevivencia identitaria de la nación.

En manos del conquistador o del revolucionario, las FFAA fueron también empleadas para la perversidad en las relaciones políticas, internacionales o internas. Cuando se agota la comunicación política negociadora entre actores internacionales o internos, la alternativa es siempre la violencia organizada, impulsada por un agresor. En este caso estamos en presencia de una guerra ofensiva, ya fuere internacional o guerra civil -interna-. Ésta última es la peor especie de las guerras, pues su instrumento central es el odio social.

Expresadas estas generalidades conceptuales, volvamos a nuestra situación. Desde 1945, después de la Segunda Guerra Mundial -que finaliza con lanzamientos nucleares en Japón- se inicia la apertura de una nueva rama de la Ciencia Política: la Polemología y una nueva etapa de la Estrategia, la Contemporánea. Reaparecen -desde 1947- “actores agresores no estatales” en el marco interno y externo y la más primitiva modalidad de la acción violenta: el terrorismo. El espectro del conflicto se amplía así, bruscamente, es sus extremos: desde la hecatombe nuclear -en uno de ellos- a las primitivas guerras muy limitadas -en el opuesto- (4).

Al finalizar la Guerra Fría -1989/caída del muro de Berlín – 1991/implosión de la URSS- la disuasión se hace abstracta por carencia de responsabilidad política de los nuevos actores-agresores. Surgen las nuevas amenazas y riesgos estratégicos que la Argentina -aun hoy- legalmente no reconoce, como lo demuestra la legislación de Seguridad Nacional vigente.

 La Carta de la ONU y en particular la eficiencia del Consejo de Seguridad para preservar la Paz, ingresan progresivamente en un cono de sombras. El conflicto violento se difumina y generaliza en el orbe, abandona los teatros de operaciones militares y se posa sobre las sociedades, con un número cada vez mayor de “víctimas civiles inocentes” y también de dirigentes políticos y militares “confundidos” (4).

Así llegamos al siglo XXI y a la situación que nos abarca. De las actuales sesenta guerras activas en el mundo, la totalidad de ellas son internas, es decir, guerras civiles que se caracterizan por su tipificación “asimétrica”, “híbrida” o de “séptima generación” como bien lo expresa el artículo de La Nación -“Sin fronteras entre la defensa y la Seguridad”– del 14 Feb 18.

Son las guerras que la Argentina no puede planificar -prever- para evitarlas, por imposición de la vigente legislación de Seguridad Nacional. Esta irracionalidad no es casual, sino consecuencia de las derrotas estratégicas que sufrimos en el siglo XX, aun no asumidas.

Constituye la tremenda paradoja de estas horas: quienes fuimos los primeros en enfrentar a este desconocido tipo de agresión asimétrica sorpresiva -a partir de los años ’60- nos encaminamos ahora a repetir los mismos errores, medio siglo después, como si no nos  hubiese ocurrido nada.

El “relato” ha superado a la verdad. La “narrativa” se impuso a través de los medios y de la escuela (5). El pre-juicio domina a la realidad presente y la cobardía permanece ante la pseudo-revolución en retirada, herida pero no vencida.

La mayoría de nuestros vecinos ha reaccionado positivamente ante la evolución acelerada -al ingresar al siglo XXI- del fenómeno “socio-político” guerra. Nuestro país -su dirigencia-, contrariamente, permanece paralizado, confundido y en altísimo riesgo estratégico, frente a una situación que carece de tratamiento público e idóneo por los medios y en particular por parte de los responsables de la comunicación social referida a la Seguridad Nacional. “De eso no se habla”.

Mientras en el mundo desarrollado se vive una constante transformación doctrinaria y orgánica, acompañada por la multiplicación  de los presupuestos de Seguridad Nacional, la Argentina permanece de espaldas a esa realidad y a necesidades indiscutibles que la condenan, irremediablemente, a nuevos fracasos (6), si no se recupera el Estado Institucional.

 

LA NATURALEZA DE LAS COSAS.

Los cambios sorpresivos de la naturaleza del fenómeno guerra, que han llegado con el avance del alto ritmo de evolución de la civilización humana y la creciente crisis cultural de Occidente, no han podido superar -entre nosotros- la explotación estratégica colusiva que nuestros enemigos triunfantes -en el plano político-estratégico- nos han impuesto -a través del Estado- de un elaborado “relato”. Es la homologación de la “purga” que los bolcheviques impusieron a los Oficiales del Zar en 1921, impulsada aquí por el Decreto 158/83, que continúa llevando a centenares de soldados y civiles argentinos a ser condenados ilegalmente con el Código Penal Ordinario, por haber combatido y triunfado en los combates de la guerra contrarrevolucionaria -1974/1989-.

Ambas maniobras -la jurídica y la comunicacional- han “trastocado” la victoria -en combate- de los argentinos e impidieron la creación de una nueva Política de Seguridad Nacional, fruto de la durísima experiencia reciente. Esta ha sido reemplazada por una perversa y falaz política de derechos humanos, unidireccionados.

Prueba de ésta paradójica situación -en las presentes circunstancias- es que a los Cadetes de los Institutos de Formación de nuestras FFAA, no se les puede citar la agresión terrorista-revolucionaria -1959/1989-, sino solamente al “terrorismo de Estado” -1976/1983- bajo supervisión de la UNDEF y por parte de profesores provenientes de “Franja Morada”. Y esto mientras en Azul el JEMGE, al rendir homenaje a los muertos en el ataque al cuartel, expresó todo lo contrario. ¿Puede edificarse sobre la ciénaga del “relato” la personalidad de los futuros oficiales de las FFAA argentinas? ¿Puede existir tanta incoherencia dentro de las Instituciones, en un momento en que se dice que se las recuperará?.

 Las guerras en acto -en el mundo entero- siguen siendo fenómenos “lúdicos y agonales” (7) (8)-como en el pasado- pero su naturaleza ha variado. Son de otra “especie”, diría Clausewitz y ellos -los noveles oficiales- inevitablemente -si el Estado no cambia el rumbo- deberán enfrentarlas a su egreso y a lo largo de muchos años, pues no las prevemos y por eso, llegan. Estas nuevas guerras no tienen fácil ni rápida resolución. Nuestra juventud militar ¿será lanzada a combatir -nuevamente- sin previsiones estratégicas y “formados” en las falacias de la política de los derechos humanos?

 

¿PORQUÉ NECESITAMOS DETENERNOS HOY EN LA ÉTICA PROFESIONAL MILITAR?

Nuestros enemigos -hoy en colusión- en las guerras que peleamos recientemente encontraron -en las posguerras- una “debilidad” en nuestra apertura de la guerra contrarrevolucionaria. El PEN lo hizo por Decreto -que no envió al Congreso- y en él no dictó el concepto “ético – jurídico” que correspondía  al empleo de las Fuerzas en el marco interno -la DENAC- (9) y la DEMIL (10). La Convención de Ginebra regula las guerras internacionales y en sus Protocolos II y III, trata la forma de encarar los conflictos armados internos.

Estas normas debieron ser homologadas en el Derecho Nacional,  pero no se lo hizo. Esa fue la razón por la cual cada Cte. de Zona tuvo que reemplazar aquel vacío conceptual –de neta responsabilidad política– en la polvareda del combate y establecer sus propias reglas de empeñamiento táctico. Todos ellos se hicieron responsables, pública y oportunamente, de lo que ordenaron durante las operaciones. Éste aspecto ético-jurídico, que es central, ha sido desarrollado detalladamente por el Grl Jorge Apa Ferraro, en su libro “Al gran fraude argentino ¡Salud!” (11)

Aquella “debilidad”, convertida en “vulnerabilidad” por la aguda experiencia coludida de nuestros enemigos, fue explotada a través de una maniobra de pinzas, jurídica y comunicacional, que aun sigue en curso. Tuvo un punto de partida en el Decreto 158/83, complementado por la demonización de las FFAA a través de los medios de comunicación del Estado; desde el mismo Estado que abrió operaciones militares de “aniquilamiento” de modo “defectuoso”, desde el máximo nivel político.

Así las cosas y como consecuencia de éste “trastocamiento” de la victoria táctica frente al terrorismo-revolucionario, en derrota política y estratégica de los argentinos, el país ingresó en una acelerada decadencia que se encamina aun al “Estado fallido”. Sus graves consecuencias están a la vista y en lo que hace a las FFAA, además de su objetivo desarme unilateral y extrañamiento constitucional, se les quitó el fuero militar. Quedaron sin Código de Justicia Militar y de su correspondiente Reglamentación, como principal sustento de la disciplina y del mando militar. Sepamos que somos el único país de la región que sufre semejante despropósito, agravado por los dos “estados de guerra”, como fruto del trastocamiento.

El Jus in Bello -en la Argentina- ha quedado en manos absolutamente legas, como lo están demostrando, hasta el ridículo, los jueces y fiscales de los TTOOFF, en todo el país. Si se entrara en operaciones ¿qué actitud tomarán los futuros mandos operacionales? En sus cuarteles generales ¿estarán los jueces federales y fiscales que acompañen a las tropas de primera línea, para autorizar la apertura del fuego? Tengamos presente que estarán  operando según el articulado del Código Penal ordinario y según los principios de la “legítima defensa”. Estos despropósitos, únicos en el mundo, no son solo ignorancia.

En realidad se los ha sancionado -para lograr el “control civil de los militares”- un Jus ad Bellum que, en línea con la legislación de Seguridad Nacional vigentes, niegan por ley la probabilidad de una guerra híbrida, interna. En consecuencia, es muy probable que esa guerra llegue y nuestra derrota está así asegurada, porque está prohibido preverla, por Ley. Como lo expresara Séneca: “Peor que la guerra, es tenerle miedo a la guerra” (13).

No terminan allí las consecuencias del “trastocamiento”. A las FFAA también se les ha quitado el Código de Honor Sanmartiniano y los Tribunales de Honor. Es decir, no solo se han destruido a las FFAA como Instituciones Constitucionales, sino que se ha destruido al SER militar, aquel al que se lo identificaba por su “Honor y su Valor”, y esto también está directamente relacionado con el objetivo de eliminar a las FFAA.

Se está hablando de “re-estructuración”, “reconversión”, “reconstrucción” de las FFAA. Hasta hoy no escuchamos una sola palabra dirigida a lo esencial: la recuperación de la autoestima militar, del espíritu militar, de las Instituciones Militares fundadas en su “Ética Profesional”. Napoleón lo decía en términos sencillos: “Una Fuerza no vale por el número de sus bayonetas, sino por el temple de sus corazones”.  Y las burocracias carecen de corazones. ¿Hay alguna “idoneidad” polemológica o estratégica en el ámbito de las decisiones políticas pertinentes? Yo no la observo. Deben ser mis sensores de dinosaurio.

El prostibulario Zaffaroni y la Cte Hebe no están buscando solo la ingobernabilidad. Están anunciando que la pseudo-revolución está activa y que pronto “puede haber un accidente violento”. ¿Así le llama ahora el garantismo -“un accidente”- a un asalto revolucionario violento, que probablemente prevén junto a las mafias de la corrupción, como aliados ocasionales?  Y qué hacen nuestros demócratas de cartón. Por lo menos deberían rasgarse las vestiduras, una vez más.

 

CITAS:

  • Auel H. J. “¿Cómo salimos de la actual emergencia político-estratégica?. FFAA y Estado Nacional”. Ago 14. ieeba.org
  • Auel H. J. “La larga guerra civil argentina y el actual estado de guerra civil revolucionaria”. Jul 13. ieeba.org
  • Auel H. J. “La Política de Derechos Humanos”. Jun 16. ieeba.org
  • Auel H. J. “La dirigencia argentina frente a los desafíos de la Seguridad Nacional en el Siglo XXI”. Ago 15. ieeba.org
  • Auel H. J. “El narcoterrorismo, el Estado Nacional, la democracia y las FFAA”. Abr 14. ieeba.org
  • Auel H. J. “El pensamiento estratégico militar en el siglo XXI”. Oct 14. ieeba.org
  • Lúdico: Azaroso. Impredecible, pues será consecuencia del choque de voluntades inteligentes.
  • Agonal: “Perteneciente a lo relativo a los certámenes, luchas y juegos públicos, así corporales como de ingenio”. Diccionario Enciclopédico Salvat. T. I. 8va, Ed. 1957. Aplicado al concepto guerra, el término indica que la Política -responsable de la apertura y el cierre de una guerra- es la que debe dictar a las FFAA “lo relativo” a las normas -éticas- a las que deben ajustarse. Estas, a su vez, emergen de la cultura de la Nación. De estos conceptos se derivarán las “reglas de empeñamiento” a nivel táctico inferior.
  • DENAC: Directiva Estratégica Nacional.
  • DEMIL: Directiva Estratégica Militar.
  • Apa Ferraro. “Al gran fraude argentino ¡Salud!”. Ed. Edivérn SRL. May 17.
  • Estado de Guerra: (O “estado de beligerancia”). “Situación que se plantea a una nación como eventual ruptura de hostilidades a través de un conflicto armado con otra nación o internamente, en el supuesto de una eventual guerra civil”. Diccionario Militar. T. II. Cabanellas de Torres y Alcalá Zamora. Bs. As. 1962. Argentina cumple con ambas situaciones: frente al RU, en razón de su permanente negativa de negociar la soberanía de las Is. del Atlántico Sur y frente al terrorismo revolucionario, pues éste retiene aun su actitud hostil, ratificada permanentemente por sus organizaciones y representantes actuales, con palabras y hechos.
  • J. Auel. “Relaciones Cívico Militares, la necesaria reconstrucción del Estado y de imprescindible Seguridad Nacional, Regional y Continental”. May 13. www.ieeba.org

 

 


PrisioneroEnArgentina.com

Septiembre 6, 2018


 

“LA SOLUCION BIOLÓGICA”

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Escribe NILDA FERNÁNDEZ.

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Era impensable un comentario que rondaba por los corrillos,  de los distinto penales que aún alojan ancianos entre 65 a 90 años, detenidos por Lesa Humanidad.  Escuchaba las terribles afirmaciones: … “La justicia nos odia, no acepta ningún planteo, que nos  pueda otorgar siquiera algún beneficio….” Políticamente el costo de este gobiernos es mínimos”…… “somos menos de 2000 internos,  entre detenidos procesados y condenados” …..” en menos de 15 años” , estaremos todos muertos …..” …“dejándonos  morir, evitan conflictos con la oposición, “… Los fiscales apelan cualquier pedido que hagamos…y los Tribunales lo consienten” ….. “la judicatura piensa entre bambalinas, que se pudran ahí,  es Política de Estado.

                  Diariamente, leo, escucho y observo, la infinidad  de delitos que se cometen; la cantidad innumerable de detenidos, la imposibilidad de contención en las comisarías, para alojar criminales y narcotraficantes, sumado a la carencia  de construcción de cárceles dado un presupuesto acotado. Al poco tiempo su libertad justificada con “garantismo”; en palabras de Serrovalle (Fiscal Federal de la Provincia de Buenos Aires)  “… hay que ver que llevo a esa gente a actuar de esa manera…”.

                  Resulta demasiado hipócrita pensar, que la “Judicatura”, por supuesta y fingida “responsabilidad  internacional” opta mantener en cautiverio a gerontes, argumentando un supuesto “peligro de fuga” o “entorpecimiento en la causa judicial”, manteniendo en libertad  a delincuentes reincidentes.

                  La pregunta es esencial,  ¿existe hoy en la Argentina,  herramientas legales contenidas en la Constitución, en Tratados Internacionales, en los  Códigos y leyes , la posibilidad de obtener humanitariamente la salida de una cárcel, por lo menos con detención domiciliaria,  a ese grupo etario? , la respuesta es Sí y muy numerosa;  no solo surge del mandato Constitucional con su reforma de 1994, sino de legislación actualizada, que permitiría, por lo menos morigerar el calvario que día a día padecen, aquellos  oficiales y suboficiales muy jóvenes de 22 a 29 años que en los 70´, creían en una nación y una bandera, honrándola a costa de sus vidas.

                   A modo de ejemplo, en el plano internacional,   la OEA (Organización de estados americanos) su Secretario General  Luis Almagro Lemes, asumió el cargo el 26 de mayo de 2015, en su primer discurso, en el “Salón de la Américas” en setiembre de ese año,    al inaugurar la cuadragésima quinta Asamblea General de la OEA aprobó “LA CONVENCIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DDHH DE LOS MAYORES”. Lo sorprendente es que esta convención, fue impulsada por Argentina, como carta de presentación, de Eugenio Raul  Zaffaroni, que  fue nombrado conjuez integrante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (C.I.D.H.). Este instrumento aprobado el 15 de junio de ese año, considera “Persona mayor “ aquella de 60 años o más, salvo que la ley interna determine una edad base menor o mayor, siempre que no sea superior a los 65 años” . También define “Maltrato” todo ello en resguardo a la protección de este grupo etario en protección al reconocimiento, goce o ejercicio a los Derechos Humanos y libertades Fundamentales. “La vejez” como construcción social de la última etapa del curso de la vida.  A ello le debemos sumar La Declaración Universal de los Derechos Humanos Artículo 9; El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos artículo 9 Inciso 1, 4. En el orden interno la propia Constitución art. 18; el artículo 2 y 3 del Código de Procedimientos en materia Penal; lo establecido en la ley 24.660 artículo 32 y 33. Existe una incipiente jurisprudencia que tibiamente acepta la concesión de detención domiciliaria, en muy pocos casos, con pulsera electrónica de control.

                Podemos comprobar, sin profundizar doctrina y jurisprudencia, ya que soy lega, que en esta país sobran leyes, pero no hay voluntad del poder judicial cumplirlas.   La violación a los Derechos Humanos es flagrante, es sistemática, por ello a mi pesar, tengo que reconocer, que esos comentarios que había escuchado eran verdaderos. En mi país,  hay condenados a muerte “en cubierta”.

                Tengo la esperanza que mis descendientes continúen mi camino cuando ya  no esté, les ruego que denuncien nacional e internacionalmente a todos los partícipes de este macabro exterminio de viejos, porque cuentan a partir del 2007 de un Instrumento reconocido Internacionalmente, “El Estatuto de Roma”, incorporado al país mediante ley 26.200 en su artículo 7 describe los delitos de Lesa Humanidad, que hoy esos magistrados conscientemente,  están cometiendo.

 

         

Nilda A. Fernandez                                                          

Nilfernandez16@gmail.com

 


PRISIONEROenARGENTINA.com

Mayo 19, 2018


 

EL GARANTISTA

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Escribe LUIS BARDIN.

 

EL GARANTISTA

          

Como un juez privilegiado

el cobra 50 veces

el mínimo de un jubilado.

Locador de puticlubes

hoy se muestra un adalid

en corte internacional

de los derechos humanos.

 

A pesar que es garantista

no le concede al gobierno

la mínima garantía.

Muy claro él lo ha expresado:

“que se vayan cuanto antes

para que no hagan más daño”.

 

El celebérrimo juez

opinó como un golpista.

Parece desubicado.

Se ha vuelto un agitador.

¿Querrá volver al pasado?

Luis Bardín.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Febrero 18, 2018


 

Denuncian a Eugenio Zaffaroni por los hábeas corpus rechazados durante la dictadura

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Eugenio Zaffaroni sigue sumando denuncias en los tribunales de Comodoro Py tras sus polémicas declaraciones sobre el futuro del gobierno de Mauricio Macri. Ahora fue acusado por su pasado como juez durante la dictadura, cuando habría rechazado 127 hábeas corpus sobre personas detenidas.

En las últimas horas, Graciela Fernández Meijide, ex integrante de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep), reveló que uno de los hábeas corpus fue el de su hijo. “En los 70 recurrí al juez con un hábeas corpus y me dijo que no lo podía recibir”, aseguró en una entrevista con C5N.

El abogado Santiago Dupuy De Lome, el mismo que ya lo había acusado de apología del delito, ahora denunció a Zaffaroni por los delitos de incumplimiento agravado e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

En la presentación se destaca el caso de Alicia Lisso, secuestrada en octubre de 1976 y luego desaparecida. 

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La madre de Lisso se presentó en ese momento en el juzgado de Zaffaroni y le solicitó un hábeas corpus. Pero el entonces juez de primera instancia lo rechazó. Los documentos del caso fueron publicados por Infobae en diciembre de 2016.

Cuando tuvo que defender su pliego para ingresar a la Corte Suprema, Zaffaroni se refirió a los hábeas corpus aunque se exculpó de las acusaciones. “Lo único que pudimos hacer unos pocos jueces fue inventar la apertura de prueba de los hábeas corpus“, dijo. Y agregó que “se documentaron circunstancias utilizadas” en el Juicio a las Juntas.

Luego de las declaraciones de Fernández Meijide, el abogado Dupuy De Lome decidió presentar una nueva denuncia contra Zaffaroni. La misma fue sorteada y le tocó al juez Luis Rodriguez y al fiscal Carlos Rivolo, actualmente de licencia.

El mismo abogado ya había denunciado a Zaffaroni por sus polémicos dichos sobre el gobierno de Macri. Aunque todavía no se abrió una causa formal por ese delito, el fiscal Ramiro González requirió medidas preliminares. En ese marco, el juez federal Ariel Lijo le envió un oficio a Radio Caput para que aporte el audio de la entrevista a Zaffaroni realizada el 18 de enero, donde el penalista aseguró: “Quisiera que el Gobierno se fuera lo antes posible”.

Ayer, el denunciante amplió la denuncia original por los nuevos dichos de Zaffaroni en una entrevista con C5N.

 


Fuente: Infobae


PrisioneroEnArgentina.com

Febrero 19, 2018


 

LA ÉTICA PROFESIONAL MILITAR

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 Por el Grl HERIBERTO JUSTO AUEL.

 

 

LA CIRCUNSTANCIA ACTUAL INVITA A REFLEXIONAR SOBRE ÉSTE TEMA.

LA NATURALEZA DE LAS COSAS.

¿PORQUÉ NECESITAMOS DETENERNOS HOY EN LA ÉTICA PROFESIONAL MILITAR?

 

LA CIRCUNSTANCIA ACTUAL INVITA A REFLEXIONAR SOBRE ÉSTE TEMA.

Preliminarmente pretendo plantear la importancia de dar tratamiento al tema enunciado. Es importante pues la crisis de arrastre que nos ha llevado a la actual decadencia, como Nación y Estado,  es de origen cultural y político y la circunstancia es oportuna, toda vez que estamos -según promesas oficiales- en las acciones preliminares de la recuperación del núcleo duro del Estado Nación: las FFAA. (1)

A las generaciones de Oficiales de las FFAA argentinas que egresamos en la década 1950/1960 nos tocó vivir, mientras revistábamos en actividad, las crisis socio-políticas más graves del siglo XX que culminaron con las guerras posnucleares -limitada y muy limitada- que hoy, en sus posguerras, retienen a nuestra querida Patria Argentina -mientras nos empeñamos en un nuevo y arduo intento de resurgimiento- en doble “estado de guerra”(2) (3) y en plena inseguridad pública y estratégica, que somatizamos diariamente a través de una fuerte ansiedad colectiva frente al futuro, aun en el de corto plazo.

Las guerras -en la Historia Universal-  son anteriores a la existencia de los ejércitos, que recién llegaron cuando lo permitieron los excedentes financieros de las comunidades organizadas. Estos -los ejércitos- siempre fueron medios disuasivos/defensivos frente al agresor eventual o bien, ante una situación crítica interior que conllevara un riesgo existencial y legitimara el empleo de la vía  institucional, para retener la sobrevivencia identitaria de la nación.

En manos del conquistador o del revolucionario, las FFAA fueron también empleadas para la perversidad en las relaciones políticas, internacionales o internas. Cuando se agota la comunicación política negociadora entre actores internacionales o internos, la alternativa es siempre la violencia organizada, impulsada por un agresor. En este caso estamos en presencia de una guerra ofensiva, ya fuere internacional o guerra civil -interna-. Ésta última es la peor especie de las guerras, pues su instrumento central es el odio social.

Expresadas estas generalidades conceptuales, volvamos a nuestra situación. Desde 1945, después de la Segunda Guerra Mundial -que finaliza con lanzamientos nucleares en Japón- se inicia la apertura de una nueva rama de la Ciencia Política: la Polemología y una nueva etapa de la Estrategia, la Contemporánea. Reaparecen -desde 1947- “actores agresores no estatales” en el marco interno y externo y la más primitiva modalidad de la acción violenta: el terrorismo. El espectro del conflicto se amplía así, bruscamente, es sus extremos: desde la hecatombe nuclear -en uno de ellos- a las primitivas guerras muy limitadas -en el opuesto- (4).

Al finalizar la Guerra Fría -1989/caída del muro de Berlín – 1991/implosión de la URSS- la disuasión se hace abstracta por carencia de responsabilidad política de los nuevos actores-agresores. Surgen las nuevas amenazas y riesgos estratégicos que la Argentina -aun hoy- legalmente no reconoce, como lo demuestra la legislación de Seguridad Nacional vigente.

 La Carta de la ONU y en particular la eficiencia del Consejo de Seguridad para preservar la Paz, ingresan progresivamente en un cono de sombras. El conflicto violento se difumina y generaliza en el orbe, abandona los teatros de operaciones militares y se posa sobre las sociedades, con un número cada vez mayor de “víctimas civiles inocentes” y también de dirigentes políticos y militares “confundidos” (4).

Así llegamos al siglo XXI y a la situación que nos abarca. De las actuales sesenta guerras activas en el mundo, la totalidad de ellas son internas, es decir, guerras civiles que se caracterizan por su tipificación “asimétrica”,“híbrida” o de “séptima generación” como bien lo expresa el artículo de La Nación -“Sin fronteras entre la defensa y la Seguridad”– del 14 Feb 18.

Son las guerras que la Argentina no puede planificar -prever- para evitarlas, por imposición de la vigente legislación de Seguridad Nacional. Esta irracionalidad no es casual, sino consecuencia de las derrotas estratégicas que sufrimos en el siglo XX, aun no asumidas.

Constituye la tremenda paradoja de estas horas: quienes fuimos los primeros en enfrentar a este desconocido tipo de agresión asimétrica sorpresiva -a partir de los años ’60- nos encaminamos ahora a repetir los mismos errores, medio siglo después, como si no nos  hubiese ocurrido nada.

El “relato” ha superado a la verdad. La “narrativa” se impuso a través de los medios y de la escuela (5). El pre-juicio domina a la realidad presente y la cobardía permanece ante la pseudo-revolución en retirada, herida pero no vencida.

La mayoría de nuestros vecinos ha reaccionado positivamente ante la evolución acelerada -al ingresar al siglo XXI- del fenómeno “socio-político” guerra. Nuestro país -su dirigencia-, contrariamente, permanece paralizado, confundido y en altísimo riesgo estratégico, frente a una situación que carece de tratamiento público e idóneo por los medios y en particular por parte de los responsables de la comunicación social referida a la Seguridad Nacional. “De eso no se habla”.

Mientras en el mundo desarrollado se vive una constante transformación doctrinaria y orgánica, acompañada por la multiplicación  de los presupuestos de Seguridad Nacional, la Argentina permanece de espaldas a esa realidad y a necesidades indiscutibles que la condenan, irremediablemente, a nuevos fracasos (6), si no se recupera el Estado Institucional.

 

LA NATURALEZA DE LAS COSAS.

Los cambios sorpresivos de la naturaleza del fenómeno guerra, que han llegado con el avance del alto ritmo de evolución de la civilización humana y la creciente crisis cultural de Occidente, no han podido superar -entre nosotros- la explotación estratégica colusiva que nuestros enemigos triunfantes -en el plano político-estratégico- nos han impuesto -a través del Estado- de un elaborado “relato”. Es la homologación de la “purga” que los bolcheviques impusieron a los Oficiales del Zar en 1921, impulsada aquí por el Decreto 158/83, que continúa llevando a centenares de soldados y civiles argentinos a ser condenados ilegalmente con el Código Penal Ordinario, por haber combatido y triunfado en los combates de la guerra contrarrevolucionaria -1974/1989-.

Ambas maniobras -la jurídica y la comunicacional- han “trastocado” la victoria -en combate- de los argentinos e impidieron la creación de una nueva Política de Seguridad Nacional, fruto de la durísima experiencia reciente. Esta ha sido reemplazada por una perversa y falaz política de derechos humanos, unidireccionados.

Prueba de ésta paradójica situación -en las presentes circunstancias- es que a los Cadetes de los Institutos de Formación de nuestras FFAA, no se les puede citar la agresión terrorista-revolucionaria -1959/1989-, sino solamente al “terrorismo de Estado” -1976/1983- bajo supervisión de la UNDEF y por parte de profesores provenientes de “Franja Morada”. Y esto mientras en Azul el JEMGE, al rendir homenaje a los muertos en el ataque al cuartel, expresó todo lo contrario. ¿Puede edificarse sobre la ciénaga del “relato” la personalidad de los futuros oficiales de las FFAA argentinas? ¿Puede existir tanta incoherencia dentro de las Instituciones, en un momento en que se dice que se las recuperará?.

 Las guerras en acto -en el mundo entero- siguen siendo fenómenos “lúdicos y agonales” (7) (8)-como en el pasado- pero su naturaleza ha variado. Son de otra “especie”, diría Clausewitz y ellos -los noveles oficiales-inevitablemente -si el Estado no cambia el rumbo- deberán enfrentarlas a su egreso y a lo largo de muchos años, pues no las prevemos y por eso, llegan. Estas nuevas guerras no tienen fácil ni rápida resolución. Nuestra juventud militar ¿será lanzada a combatir -nuevamente- sin previsiones estratégicas y “formados” en las falacias de la política de los derechos humanos?

 

¿PORQUÉ NECESITAMOS DETENERNOS HOY EN LA ÉTICA PROFESIONAL MILITAR?

Nuestros enemigos -hoy en colusión- en las guerras que peleamos recientemente encontraron -en las posguerras- una “debilidad” en nuestra apertura de la guerra contrarrevolucionaria. El PEN lo hizo por Decreto -que no envió al Congreso- y en él no dictó el concepto “ético – jurídico” que correspondía  al empleo de las Fuerzas en el marco interno -la DENAC- (9) y la DEMIL (10). La Convención de Ginebra regula las guerras internacionales y en su Protocolo II, trata la forma de encarar los conflictos armados internos.

Estas normas debieron ser homologadas en el Derecho Nacional,  pero no se lo hizo. Esa fue la razón por la cual cada Cte. de Zona tuvo que reemplazar aquel vacío conceptual –de neta responsabilidad política– en la polvareda del combate y establecer sus propias reglas de empeñamiento táctico. Todos ellos se hicieron responsables, pública y oportunamente, de lo que ordenaron durante las operaciones. Éste aspecto ético-jurídico, que es central, ha sido desarrollado detalladamente por el Grl Jorge Apa Ferraro, en su libro “Al gran fraude argentino ¡Salud!” (11)

Aquella “debilidad”, convertida en “vulnerabilidad” por la aguda experiencia coludida de nuestros enemigos, fue explotada a través de una maniobra de pinzas, jurídica y comunicacional, que aun sigue en curso. Tuvo un punto de partida en el Decreto 158/83, complementado por la demonización de las FFAA a través de los medios de comunicación del Estado; desde el mismo Estado que abrió operaciones militares de “aniquilamiento” de modo “defectuoso”, desde el máximo nivel político.

Así las cosas y como consecuencia de éste “trastocamiento” de la victoria táctica frente al terrorismo-revolucionario, en derrota política y estratégica de los argentinos, el país ingresó en una acelerada decadencia que se encamina aun al “Estado fallido”. Sus graves consecuencias están a la vista y en lo que hace a las FFAA, además de su objetivo desarme unilateral y extrañamiento constitucional, se les quitó el fuero militar. Quedaron sin Código de Justicia Militar y de su correspondiente Reglamentación, como principal sustento de la disciplina y del mando militar. Sepamos que somos el único país de la región que sufre semejante despropósito, agravado por los dos “estados de guerra”, como fruto del trastocamiento.

El Jus in Bello -en la Argentina- ha quedado en manos absolutamente legas, como lo están demostrando, hasta el ridículo, los jueces y fiscales de los TTOOFF, en todo el país. Si se entrara en operaciones ¿qué actitud tomarán los futuros mandos operacionales? En sus cuarteles generales ¿estarán los jueces federales y fiscales que acompañen a las tropas de primera línea, para autorizar la apertura del fuego? Tengamos presente que estarán  operando según el articulado del Código Penal ordinario y según los principios de la “legítima defensa”. Estos despropósitos, únicos en el mundo, no son solo ignorancia.

En realidad se los ha sancionado -para lograr el “control civil de los militares”- un Jus ad Bellum que, en línea con la legislación de Seguridad Nacional vigentes, niegan por ley la probabilidad de una guerra híbrida, interna. En consecuencia, es muy probable que esa guerra llegue y nuestra derrota está así asegurada, porque está prohibido preverla, por Ley. Como lo expresara Séneca: “Peor que la guerra, es tenerle miedo a la guerra” (13).

No terminan allí las consecuencias del “trastocamiento”. A las FFAA también se les ha quitado el Código de Honor Sanmartiniano y los Tribunales de Honor. Es decir, no solo se han destruido a las FFAA como Instituciones Constitucionales, sino que se ha destruido al SER militar, aquel al que se lo identificaba por su “Honor y su Valor”, y esto también está directamente relacionado con el objetivo de eliminar a las FFAA.

Se está hablando de “re-estructuración”, “reconversión”, “reconstrucción” de las FFAA. Hasta hoy no escuchamos una sola palabra dirigida a lo esencial: la recuperación de la autoestima militar, del espíritu militar, de las Instituciones Militares fundadas en su “Ética Profesional”. Napoleón lo decía en términos sencillos: “Una Fuerza no vale por el número de sus bayonetas, sino por el temple de sus corazones”.  Y las burocracias carecen de corazones. ¿Hay alguna “idoneidad” polemológica o estratégica en el ámbito de las decisiones políticas pertinentes? Yo no la observo. Debes ser mis sensores de dinosaurio.

El prostibulario Zaffaroni y la Cte Hebe no están buscando solo la ingobernabilidad. Están anunciando que la pseudo-revolución está activa y que pronto “puede haber un accidente violento”. ¿Así le llama ahora el garantismo-“un accidente”- a un asalto revolucionario violento, que probablemente prevén junto a las mafias de la corrupción, como aliados ocasionales?  Y qué hacen nuestros demócratas de cartón. Por lo menos deberían rasgarse las vestiduras, una vez más.

 

CITAS:

(1)   Auel H. J. “¿Cómo salimos de la actual emergencia político-estratégica?. FFAA y Estado Nacional”. Ago 14. www.ieeba.org

(2)   Auel H. J. “La larga guerra civil argentina y el actual estado de guerra civil revolucionaria”. Jul 13. www.ieeba.org

(3)   Auel H. J. “La Política de Derechos Humanos”. Jun 16. www.ieeba.org

(4)   Auel H. J. “La dirigencia argentina frente a los desafíos de la Seguridad Nacional en el Siglo XXI”. Ago 15. www.ieeba.org

(5)   Auel H. J. “El narcoterrorismo, el Estado Nacional, la democracia y las FFAA”. Abr 14. www.ieeba.org

(6)   Auel H. J. “El pensamiento estratégico militar en el siglo XXI”. Oct 14. www.ieeba.org

(7)   Lúdico: Azaroso. Impredecible, pues será consecuencia del choque de voluntades inteligentes.

(8)   Agonal: “Perteneciente a lo relativo a los certámenes, luchas y juegos públicos, así corporales como de ingenio”. Diccionario Enciclopédico Salvat. T. I. 8va, Ed. 1957. Aplicado al concepto guerra, el término indica que la Política -responsable de la apertura y el cierre de una guerra- es la que debe dictar a las FFAA “lo relativo” a las normas -éticas- a las que deben ajustarse. Estas, a su vez, emergen de la cultura de la Nación. De estos conceptos se derivarán las “reglas de empeñamiento” a nivel táctico inferior.

(9)   DENAC: Directiva Estratégica Nacional.

(10)      DEMIL: Directiva Estratégica Militar.

(11)      J. Apa Ferraro. “Al gran fraude argentino ¡Salud!”. Ed. Edivérn SRL. May 17.

(12)      Estado de Guerra: (O “estado de beligerancia”). “Situación que se plantea a una nación como eventual ruptura de hostilidades a través de un conflicto armado con otra nación o internamente, en el supuesto de una eventual guerra civil”. Diccionario Militar. T. II. Cabanellas de Torres y Alcalá Zamora. Bs. As. 1962. Argentina cumple con ambas situaciones: frente al RU, en razón de su permanente negativa de negociar la soberanía de las Is. del Atlántico Sur y frente al terrorismo revolucionario, pues éste retiene aun su actitud hostil, ratificada permanentemente por sus organizaciones y representantes actuales, con palabras y hechos.

(13)  H. J. Auel. “Relaciones Cívico Militares, la necesaria reconstrucción del Estado y de imprescindible Seguridad Nacional, Regional y Continental”. May 13. www.ieeba.org

 


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Febrero 14, 2018


 

INTERPELACIÓN AL PRESIDENTE MACRI Y ACUSACIÓN DE PERJURIO

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 Escribe Cosme Beccar Varela.

 

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Señor Presidente de la Nación Mauricio Macri
Me dirijo a Ud. en forma personal pero asumiendo que interpreto el pensamiento libre de los hombres que Ud. mantiene secuestrados en las diversas cárceles del país, para exigirle el inmediato indulto de todos ellos, no porque les sea imputable delito alguno, a pesar de las resoluciones judiciales inicuas dictadas contra ellos en violación de todas las reglas del Derecho, de la Constitución, de los Tratados y de la Moral.
Dado que todos esos jueces continúan en sus cargos es inútil esperar que ellos revoquen sus propias parodias jurídicas mientras que Ud. posee la facultad indudable de indultar, de acuerdo al art. 99 de la Constitución Nacional (reforma de 1994).

La ley 27.156, publicada en el Boletín Oficial con fecha 24 de julio del 2015, tuvo origen en la cámara baja y fue aprobada por unanimidad de los 52 senadores presentes en el recinto, en una demostración de obsecuencia infame de los supuestos opositores del régimen kirchnerista en las vísperas de su fin, supuestamente prohibe dictar indultos en casos considerados de “lesa humanidad”. Como las acusaciones pergeñadas por los sicarios de la izquierda contra los secuestrados políticos así califican los supuestos delitos por los cuales los persiguieron, hay ignorantes que pretenden que esa ley le impide a Ud. dictar el indulto que le exijo. Sin embargo, hasta un estudiante de primer año de Derecho sabe que una ley no puede derogar la Constitución y el poder que Ud. tiene de indultar no puede ser negado ni restringido por el Congreso. Esa ley 27.156 es nula de nulidad absoluta.

En caso de que alguien se atreva a sostener lo contrario y pretenda anular el indulto que reclamo a Ud. y el caso llegara a la Corte Suprema, dado que la mayoría de sus integrantes son ideólogos partidarios de las iniquidades cometidas contra los secuestrados políticos, Ud. deberá recusarlos y designar de entre los conjueces juristas imparciales y justos que resuelvan el caso y si en esa lista no los hubiera, deberá designar “en comisión” de entre los abogados de bien que haya en el país sus reemplazantes para que resuelvan el caso. No es posible invocar la autoridad de la Corte Interamericana de Derechos Humanos porque es notoria su parcialidad de izquierda, tanto que entre sus integrantes se encuentra el descalificado Zaffaroni que debería ser acusado de incitación a la rebelión, entre otras cosas.

Acuso a Ud. de perjurio porque durante su campaña política del 2015 como candidato a la presidencia, prometió “acabar con el *curro* de los derechos humanos” y si bien no lo hizo bajo juramento, sí juró esa promesa al jurar la Constitución Nacional, groseramente violada por los falsos “juicios” seguidos contra los secuestrados políticos y por su estado de indefensión ante un Poder Judicial prevaricador. Lo hizo cuando asumió el cargo en Diciembre del 2015 enfatizando que si no lo hiciera “que Dios y la Patria se lo demanden”. No dude que Dios se lo demandará cuando muera -sino es antes- pero entretanto, un argentino avergonzado de tener un perjuro como Presidente se lo demanda, inspirado en el bien de la Patria.
Me es imposible comunicarme personalmente con todos y cada uno de los secuestrados políticos pero he explicado los fundamentos de esta interpelación en varios artículos publicados durante años en la página de Internet denominada “La botella al mar”, a los cuales me remito. Y tengo noticias de que algunos de ellos, que a pesar de su infame privación de la libertad han podido leerlo, no me han comunicado disidencia alguna. En todo caso, trataré de que esta interpelación llegue a conocimiento de ellos y desde ya les pido que se adhieran por medio de mensajes a través de sus familias, que sufren junto a ellos esta enorme desgracia.

Tengo la triste sospecha de que hay supuestos amigos de los secuestrados que les aconsejan no reclamar el indulto porque les parece una “indignidad” pedir “clemencia” por sufrir las injusticia que padecen en cumplimiento de su deber de reprimir el terrorismo de los años 70. Sin embargo, ese es un malvado sofisma que sin duda ha sido pergeñado en los obscuros talleres de los enemigos de Dios y de la Patria. Y es un sofisma porque parte de una premisa falsa: no es verdad que se exige el indulto como un pedido de clemencia sino como la única manera de quedar en libertad de inmediato, como es de Justicia.  Y eso debe quedar perfectamente claro en los Considerandos del decreto de indulto que Ud. debe dictar y del cual le transcribo un proyecto como anexo de esta Interpelación que le envío por separado y los interesados pueden consultar en el número 1539 de esta periódico.
Ud. falta a la verdad continuamente. Es una de sus políticas preferidas. En este caso, su mentira ha sido un perjurio vil ya que no sólo no “acabó con el *curro* de los derechos humanos” sino que ha dado orden al Ministro de Justicia y a su cómplice, el Secretario de Derechos Humanos, de continuar con la “política” de persecución a los que combatieron el terrorismo o se supone gratuitamente que lo hicieron, simplemente porque así lo exige la izquierda a la cual Ud. pertenece en alguna medida o a la cual Ud. cobardemente teme en gran medida.

Si Ud. no dictara el decreto de indulto y no acabara con esta condena a muerte lenta a que están sometidos los secuestrados políticos, lo acuso de consentir en las consecuencias mortales de esa política perversa. Y es tan grave su responsabilidad, que inclusive lo acuso de provocar con esa hipócrita conducta la prolongación de un cautiverio en condiciones angustiosas de tal manera que está incitando a muchos a desesperar de la vida y a otros, aún peor, a dudar de la misericordia divina. Desde luego que eso jamás deben pensarlo ni permitirlo los desdichados prisioneros, pero la tentación en que Ud. infernalmente los pone es muy grande y ese es, tal vez, su mayor crimen.

Tan es así, que si esa decisión de muerte fuera la que Ud. abriga más o menos implícitamente, sería más caritativo de su parte, proponer que se restablezca la última pena y se fusile en la Plaza de Mayo a los valientes secuestrados. Ellos se presentarán vestido con sus uniformes de gala y morirán gritando: “¡Viva Cristo Rey! ¡Viva la Patria!”. Con eso se acabará esta cínica farsa “jurídica” y esos valientes darán un nuevo ejemplo de valor. El  mundo entero quedará así informado de cuál es la realidad en esta argentina putrefacta: el de un país sometido a la tiranía de los enemigos de Dios, de la Justicia y de la Patria.
Ud. ha propiciado el aborto siendo Intendente y ahora ha ratificado la mismo política heredada del kirchnerismo. También apoya el homosexualismo. Y en su vida conyugal desprecia la ley de Dios, por lo tanto no creo que los argumentos morales le resulten convincentes. Pero nunca es tarde para hacer un acto de grandeza que lo redima de tantas vergüenzas.
Que Dios le haga ver la gravísima situación en que Ud. se encuentra y le dé las gracias para actuar en consecuencia.

Cosme Beccar Varela

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ANEXO A LA “INTERPELACIÓN AL PRESIDENTE MACRI Y ACUSACIÓN DE PERJURIO”, NRO. 1538.
PROYECTO DE DECRETO DE INDULTO

DECRETO Nro. XXXXX

 

VISTO

El gran número de personas encarceladas por aplicación de lo que fue llamada una “politica de Estado  de los derechos humanos” y que una gran parte de la opinión pública considera que existen numerosas violaciones al Derecho en esos encarcelamientos, que ya hay más de 400 muertes causadas por las condiciones inhumanas en que se mantiene a esas personas, muchos de los cuales son ancianos de más de 70 años, que están en “prisión preventiva” desde hace mucho más de tres años, se les niega el beneficio de “prisión domiciliaria” a pesar de su avanzada edad y que esta conducta del Estado en relación a tales personas ha sido motivada por la activa gestión vindicativa de un sector político, mientras que las víctimas de esa política consideran el mantenimiento de esa política como una injusticia intolerable, todo lo cual hace imposible la pacificación nacional.

 

Y CONSIDERANDO

Que existen fundadas razones para dudar de la legitimidad de los procesos judiciales en los cuales esas personas han sido privadas de su libertad, entre ellas, que las leyes 23.492, denominada de “punto final” y 23.521 , de “obediencia debida” eximieron de persecución penal a los miembros de las FFAA que actuaron en la represión del terrorismo desatado sobre el país en los años 70 y que ambas leyes fueron declaradas conformes con la Constitución Nacional por numerosos fallos de la Corte Suprema de la Nación (entre ellos, Fallos: 310:1162, caso “Camps”, 1987, reiterado en Fallos ulteriores) y que como consecuencia de esas leyes y fallos, se dictaron varias sentencias que absolvieron a varios de los actualmente encarcelados pero esas sentencias, a pesar de haber hecho “cosa juzgada”, fueron ignoradas por sentencias posteriores al 2003 en las que se condenaba a prisión a esas mismas personas.

Que la ley 25.779 por la que el Congreso, en el año 2003 declaró “insanablemente nulas las Leyes 23.492 y 23.521” sin dar fundamento alguno para tan extraña decisión, puesto que el Congreso no tiene facultades para declarar la “nulidad” de las leyes sino para revocarlas, si fuera el caso, pero con vigencia a partir de la fecha de su promulgación y no en forma retroactiva.

Que, consecuentemente, dicha ley carece de valor para sanear las nulidades efectivamente incurridas por los jueces que violaron la cosa juzgada, condenaron por causas prescriptas aplicando en forma retroactiva la ley 25.390, del años 2002, que adhirió recién en ese año al llamado “Estatuto de Roma” que declara imprescriptibles los crímenes de guerra, lo cual viola asimismo el art. 18 de la Constitución Nacional que establece la irretroactividad de las leyes penales.

Que en el trámite de los llamados “juicios de la verdad” en los cuales los encarcelados en cuestión eran “juzgados” les negaron las condiciones mínimas que exige el derecho de defensa, autorizando la hostilización violenta de los elementos simpatizantes del terrorismo contra los acusados, amenazando a los defensores, aceptando como testigos a personas que habían participado activamente en la lucha contra la subversión en los años 70 cuya imparcialidad era, obviamente inexistente, siendo, en todos los casos, esa la única “prueba” que los jueces aceptaban como válida y hasta extractando frases de los dichos de esos “testigos” emitidas en otros juicios impidiendo, por ende, que los defensores pudieran repreguntarles y dejar en claro su parcialidad contra los acusados; que inclusive se tenía por probada la culpabilidad por el mero hecho de que el acusado había revistado en destinos considerados como “focos de la represión” sin que se hubiera demostrado ni remotamente que fuera otra cosa que sospechas y menos aún, sin haber probado que el acusado hubiera participado de la actividad considerada lesiva de los derechos humanos interpretados en forma tan amplia que excluía la misma actividad lícita de la Fuerza Pública en su deber de mantener el orden mínimo de toda sociedad civilizada contra los ataques terroristas. Las objeciones razonables que pudieran tener los ciudadanos pacíficos contra el gobierno militar surgido de un golpe de Estado, nunca se expresaron en acción civil armada terrorista en la que caían personas inocentes de dicho golpe de Estado.

Que el actual titular del Poder Ejecutivo prometió en su campaña electoral del año 2015 “acabar con el curro de los derechos humanos”, es decir, libertar a las víctimas de esa política vengativa de los partidarios del terrorismo de los años 70 muchos de los cuales formaron parte del gobierno que se mantuvo en el poder desde el 2003 hasta el 2015 y se dedicó a perseguir a las FFAA y a las FFSS con una clara intención de venganza.

Que es público y notorio que los jueces responsables de las objetables conductas judiciales siguen siendo jueces, y hasta uno de los más encumbrados de ellos declaró varias veces en discursos públicos que la persecución de los acusados por “lesa humanidad” era una “política de Estado” coordinada por los tres poderes, el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, con lo cual hizo una confesión implícita de prevaricato sancionado por el art. 269 del Código Penal, pues un Juez jamás puede dictar sentencias siguiendo una política combinada con los otros poderes del Estado sino fundadas en la ley y en los hechos probados debidamente en los autos.

Que en el torbellino persecutorio desatado contra los acusados por la “política de los derechos humanos” nunca se tuvo en consideración otra cosa que la mera sospecha y el odio ideológico y no la concreta comisión de delito alguno, por lo cual es extremadamente probable que la casi totalidad de los encarcelados actuales sean totalmente ajenos a los hechos que se les imputan y una minoría que hubiera actuado en la represión del terrorismo lo hizo siguiendo órdenes superiores que eran ineludibles, como bien lo estableció la ley 23.521 y surge indiscutiblemente de los Reglamentos militares y de la propia esencia de las FFAA, salvo graves objeciones morales que pertenecen a la conciencia de cada uno y no a las leyes del Estado. Por lo tanto, se ha violado la presunción de inocencia mediante decisiones judiciales nulas.

Que es imposible esperar que los propios jueces que siguen en sus cargos declaren la nulidad de sus aberrantes resoluciones y el Poder Ejecutivo carece de mayoría en el Congreso y en el Consejo de la Magistratura como para exonerarlos con la celeridad que la gravedad del caso exige.

Que el art. 99, inciso 5to. de la Constitución  Nacional (1994) le otorga al Presidente de la Nación la atribución de “indultar o conmutar las penas por delitos sujetos a la jurisdicción federal, previo informe del tribunal correspondiente”.

Que en este caso se da la particularidad de que los encarcelados están sufriendo una “pena” que sólo es tal en virtud de sus efectos de privarlos de la libertad, pero no porque cada uno de ellos sea culpable de delito alguno debidamente probado y castigado lícitamente por jueces imparciales. Sin embargo, el único instrumento con que cuenta el Presidente de la Nación para hacer cesar en forma inmediata la aberración que hace sufrir a tantos argentinos es usar su atribución de indultarlos a todos, restituyéndoles la libertad en forma instantánea.

Que el informe previo que exige al art. 99 inciso 5to, puede ser un instrumento usado por los mismos jueces injustos para demorar el efecto de esa decisión presidencial frustrando la intención equitativa de la Constitución y que los abogados defensores de los encarcelados conocen las actuaciones de que han sido víctimas sus defendidos y pueden impedir mediante su actividad legal que tal interferencia pueda producirse.

Que el tiempo es de la esencia de esa medida de restitución de la Justicia en que está empeñado el Poder Ejecutivo por lo cual corresponde fijar un plazo para la expedición de ese informe, ya que esa no es una oportunidad concedida a los tribunales ni a nadie para oponerse a la decisión del Presidente de la Nación sino tan sólo de informar sobre la existencia de actuaciones judiciales.

 

POR ELLO, el Presidente de la Nación decreta:

Artículo 1ro.) Se solicita a los Señores Jueces que dictaron resoluciones o sentencias contra los encarcelados cuya lista se agrega como Anexo A de este decreto (que podrá ser ampliado en caso de que se advirtiera después de esta fecha que se ha incurrido en omisiones que deben ser reparadas)  para que emitan un informe, conforme al art. 99 inciso 5to, de la Constitución Nacional, sobre la existencia de resoluciones o sentencias contra los mencionados, con todos los datos necesarios para encontrar las actuaciones, en el plazo perentorio de 30 días, estando obligados a admitir la colaboración de los abogados que se designan en el artículo segundo de este decreto facilitándoles todo lo necesario para cumplir la tarea de auditoría que se les encomienda. Transcurridos los 30 días indicados, sin que el Poder Ejecutivo hubiera recibido los informes, se considerará que los tribunales correspondientes consideran innecesario producirlos y se tendrá por emitido y efectivo el indulto del Presidente de la Nación en favor todos los encarcelados enumerados en el Anexo A y sus agregados.

Artículo 2do.) Se designa a los abogadosXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX como Auditores ad hoc de las actuaciones de los tribunales que deberán expedir el informe a que se refiere el artículo primero de este decreto. Los Auditores designados, previa aceptación del cargo, se reunirán en el lugar que ellos mismo designen para distribuir entre ellos la tarea encomendada. En caso de que alguno o algunos de los nombrados no aceptara, los mismos abogados auditores podrán nombrar sus reemplazantes. También podrán designar uno o más Secretarios por cada auditor, según el volumen de las actuaciones que deben examinar. Comunicarán esos nombramientos al Secretario General de la Presidencia quien dictará las resoluciones ratificatorias de esos nombramientos en el menor tiempo posible. Todo el trabajo hasta la expedición del informe de los tribunales correspondientes no podrá exceder de los 30 días desde la fecha de publicación de este decreto. Las retribuciones de los auditores y de sus Secretarios no podrán exceder del sueldo de un Secretario de Juzgado, para los auditores, y de Oficial Primero para los secretarios, y por un máximo de 30 días.

Artículo 3ro) Al cumplirse el trigésimo día de la publicación de este decreto, quedará vigente el este indulto y todos los indultados serán puestos en libertad de inmediato, proveyéndoles todos los medios de transporte y asistencia humanitaria y económica que necesiten para trasladarse adonde se lo propongan.  Los Directores de todos los servicios penitenciarios serán responsables penalmente por privación de la libertad de cualquier encarcelado que permanezca en los predios penitenciarios contra su voluntad por cualquier tiempo, por breve que sea. Dichos Directores deberán facilitar el ingreso de los familiares de los indultados suprimiendo todo trámite burocrático que pueda demorarlos.

Artículo 4to. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Cosme Beccar Varela

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PrisioneroEnArgentina.com

Enero 30, 2018


LA JUSTICIA PENAL Y EL SENTIDO COMÚN

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 Por el fiscal MARCELO CARLOS ROMERO.

 

Un lugar común reza: “El sentido común es el menos común de los sentidos”Más que una reflexión profunda, parece un aforismo para adornar tarjetas de salutación o para el epígrafe de esas fotografías de atardeceres hermosos, destinadas a circular por Internet.

Sin embargo, en los últimos treinta años, el sentido común estuvo ausente en un lugar prohibido para dicha ausencia: el Sistema Penal del Estado (o aparato represivo, según la moderna terminología  progre).

A la ausencia de políticas criminales sensatas y duraderas, a la negación —pública y sistemática— de los problemas que acarrean el crimen y el criminal, a la desaparición de estadísticas serias y confiables respecto de las fluctuaciones del delito y de la violencia en las conductas delictivas, se le sumó un movimiento pendular-espasmódico que osciló desde la “mano dura/tolerancia cero” hasta el actual y absurdo abolicionismo penal,catecismo-laico-obligatorio en facultades de Derecho, escuelas de posgrado, Consejos de la Magistratura, etcétera.

La comunidad argentina ha comenzado a agraviarse frente a determinados fallos judiciales carentes de sentido común, alejados de la lógica, la sana crítica y el razonamiento fundado. Reñidos con las más básicas normas morales y éticas.

La corporación política y los aspirantes a integrarla sacan número para pedir la cabeza de los magistrados firmantes de estos fallos y “descubren” -treinta años después- que la pseudo-doctrina (foránea y berreta) abolicionista ha perturbado severamente el juicio crítico de los funcionarios que deben impartir Justicia en nuestro país.

La prensa especializada dedica horas y horas a la difusión de las sentencias y al debate entre especialistas.

Hasta los propios estudiantes de Derecho, tal vez sospechando que han sido engañados, están comenzado a dudar de las “verdades reveladas” con las que habían sido adoctrinados durante todos estos años.

Aunque extremadamente tardío, es un buen comienzo…

Pero, ¿qué hemos hecho en estas últimas tres décadas?

Aplaudir como bobos las frases inintelegibles, construídas con palabras inventadas (gramscianismo explícito), de los gurúes locales del abolicionismo vernáculo. Adorar a su máximo exponente y posicionarlo en la categoría de semi-dios del Derecho Penal Argentino. Hacer cola para conseguir una estampita de Michel Foucault, de Thomas Mathiesen, de Nils Christie, de Louk Hulsman, del mismo Raúl Zaffaroni…

Instalar obligatoriamente los ridículos postulados que consideran al “delito” como una “creación política”. Que el proceso penal es una farsa de los poderosos, quienes le quitaron a los particulares el “conflicto” y la posibilidad de resolverlo entre ellos. Que  la cárcel “no sirve para nada”. Que el Estado no está “legitimado” para imponer penas. Que la pena es otro “hecho político” para llenar de pobres e indigentes las “agencias” policiales y penitenciarias, para “saciar” las ansiedades de las clases dominantes frente a la “sensación de inseguridad”… Entre otras sandeces.

Mientras tanto, los delincuentes, brindaban con champán.

Durante este tiempo, los escasos “rebeldes” que quedábamos frente al nuevo catecismo laico-jurídico, éramos etiquetados como “dinosaurios”, “neo-punitivistas” o simplemente, “fachos”… El rótulo preferido de los progres para evitar la discusión de ideas.

Ahora, un soplo de aire fresco está ingresando. El abolicionismo penal, finalmente, está en tela de juicio.

Era necesario. Sobre todo luego de tanta necedad asfixiante.

Marcelo  Carlos  Romero

 


PrisioneroEnArgentina.com

Enero 25, 2017


 

LA JUSTICIA FEDERAL ARGENTINA

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 Escribe CLAUDIO KUSSMAN.

 

LA PESADILLA

  1. LA PESADILLA. También conocida como El íncubo, es un cuadro de Johann Heinrich Füssli pintor suizo establecido en Gran Bretaña. El pintor hizo varias versiones sobre el tema, siendo la más famosa la de 1781. Es una de las obras más emblemáticas de este pintor, reflejando los temas preferidos a lo largo de su obra: satanismo, horror, miedo, soledad, erotismo. Füssli recrea en esta obra un mundo nocturno y teatral, con fuertes contrastes lumínicos, que inspirará toda la imaginería satánica del siglo XIX. Su título en alemán, Nachtmahr, era el nombre del caballo de Mefistófeles. La obra de Füssli presenta un aspecto contradictorio: mientras la superficie del cuadro, la técnica, nos hablan de mesura y contención, las tintas frías y dramáticas y el mundo de sus personajes nos sumergen en un mundo fascinante y horrible, fiel expresión de la poética, tan británica, de lo sublime. Su atmósfera de ensueño, su alusión al mundo de íncubos y demonios de la tradición inglesa, el aire de un erotismo de pesadilla, convierten esta obra en un antecedente del surrealismo.

 

Según la encuesta de Management & Fit (M&F), el 49,2% de la gente no tiene “nada” de confianza en “la Justicia”, mientras que el 32,9% dice que le tiene “poca confianza” a los jueces. A su vez, el 15,2% manifiesta que tiene “algo de confianza” en la Justicia y sólo un 2,3 % contesta que tiene “mucha confianza”.  Sobre este último 2,3 % lo compondrá  sus familiares, gente del hampa y algunos otros como Boudou, y Timerman?  En lo personal y acorde a la experiencia sufrida, está demás decir que no tengo la más mínima confianza en estos semidioses de la verdad y la justicia, en la que no pocos de sus miembros la llevaron  a un desprestigio aún mayor que el de la policía. Estos últimos, a diferencia del poder judicial, están sometidos a bajos sueldos, el no reconocimiento de sus riesgos y sacrificios, el asesinato a manos de una delincuencia muchas veces favorecida por el poder político y el judicial. Poderes que parecieran preferir la muerte del policía, antes que la del delincuente. Juntamos imágenes de algunos de estos judiciales-escoria y conformamos una galería digna de una pesadilla. Estos demonios nunca o muy excepcionalmente van presos y casi siempre  el peor castigo es  una renuncia, la jubilación de privilegio y el olvido. Se verá que ciertos togados juntan pedidos de juicios políticos de a decenas y aun así siguen en funciones. Un policía apenas denunciado, inclusive por un delincuente con frondoso prontuario,  es apartado e investigado, con suspensión de su sueldo. Evidentemente la “CORPO JUDICIAL” SÍ EXISTE, Y TODOS SOMOS SUS INDEFENSAS VÍCTIMAS.

LA PESADILLA EN CIFRAS

El Consejo de la Magistratura fundado el 17 de Noviembre de 1998, tiene a su cargo  la administración del poder judicial, el control de la actividad de los jueces y la imposición de sanciones. En caso de causas graves es el organismo que abre el juicio político para resolver sobre la destitución de los jueces ante el Jurado de Enjuiciamiento, en donde el Consejo de la Magistratura actúa como acusador. Esto en teoría, en la realidad los   cientos de denuncias contra jueces que recibe anualmente  en gran mayoría son desestimadas. Son pocas las que llegan al Jurado de Enjuiciamiento, donde se decide la remoción o la absolución de los magistrados. Por ejemplo: de los 418 expedientes resueltos por el Consejo en el año 2016, 339 fueron desestimadas, 30 fueron archivadas por vencimiento de los plazos y 49 fueron declaradas abstractas. Es decir que en ningún caso se aplicó una sanción o se abrió el procedimiento de jury. PODRÍAMOS DECIR QUE LA IMPUNIDAD ES UN VERDADERO NEGOCIÓN, NO?

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LA PESADILLA EN IMÁGENES

JUEZ DE LA CORTE SUPREMA EUGENIO ZAFFARONI – Desde el 01/01/2016 es Juez integrante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Fue juez durante gobiernos militares jurando: “observar y hacer observar fielmente los objetivos básicos fijados [por la Junta Militar] y el Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional”. Conocido por los prostíbulos que funcionaban en varias de sus propiedades inmuebles, ha causado un daño inconmensurable a la gente de bien, formando una camada de miembros del poder judicial abolicionistas. Ha tenido una extraña relación con el abogado JACOBO ISAAC GROSSMAN quien en los años 70 se dedicaba a los secuestros extorsivos de niños, por lo que fuera condenado a 13 años de prisión. Hoy al feliz ex miembro de la Corte Suprema Zaffaroni,  entre todos le pagamos una jubilación neta de  $  384.953,90 pesos por mes o sea 12.831 diarios. Su vida da para escribir un libro de varios tomos, hasta hoy, lo cual nosotros no haremos.

23/07/2014. Jacobo Grossman defiende al vicepresidente BOUDOU en la causa por el auto “trucho”, por la cual asiste a indagatoria ante el juez Bonadío.

JUEZ DE INSTRUCCIÓN FRANCISCO TROVATO Destituido el 27/12/1997, por cohecho. ESTE INMORAL, coimeó  un vestidor de 19.000 dólares a la empresa ALMAGRO CONSTRUCCIONES, por la muerte de la niña Lourdes Manzanares, de cinco años, que en 1995, cayó por el hueco de un ascensor en una obra.  Huyó  a Brasil, donde permaneció prófugo hasta abril de 1998, cuando fue detenido. La misma se logró rastreando las llamadas telefónicas que realizaba a su ex mujer, mientras el magistrado convivía en ese país con una amante. Permaneció dos años y ocho meses preso. No recuperó su libertad meses antes, por inconductas en la prisión. En febrero de 2016 protagonizó un incidente en el playón de estacionamiento de Tribunales, en Brown y Tucumán. A bordo de un lujoso Mercedes Benz 650, acompañado por su esposa y un caniche Toy, tras mostrar una vieja chapa patente del Poder Judicial, ingresó al sector de las cocheras en donde estacionó en el espacio correspondiente a un fiscal de flagrancia. El guardia le advirtió que no tenía autorización para dejar su vehículo allí, él hizo caso omiso y una grúa de tránsito terminó retirando el coche. Este exótico ex funcionario se debió retirar del lugar caminando  con sus dos acompañantes (esposa y caniche Toy). Trabaja como abogado.

JUEZ FEDERAL JUAN JOSE GALEANO  Estuvo a cargo de la investigación del ataque terrorista a la AMIA, ocurrido el 18/07/1994.Fué destituido el 04/08/2005.  La fiscalía el 21/12/2017 dio por probado  que la detención de varios policías bonaerenses, principalmente las de Ribelli, Anastasio Leal, Mario Bareiro y Raúl Ibarra, que pasaron ilegalmente ocho años en la cárcel,  se llevó a cabo bajo pruebas que Galeano sabía falsas. Se le solicitó una pena de 13 años de cárcel. Trabaja en el estudio de un reconocido penalista. En la forma en que nos imputan y condenan a nosotros los adultos mayores, cuantos togados tendrían que estar en iguales condiciones que Galeano?

JUEZ FEDERAL FEDERICO EFRAÍN FAGGIONATO MÁRQUEZ, quien investigó  la ruta de la efedrina a la que estaban vinculados carteles mexicanos y empresarios argentinos. Se hizo conocido por involucrar en plena campaña electoral de 2009, al diputado FRANCISCO DE NARVÁEZ en la causa.  En su haber tuvo 36 pedidos de juicio político y finalmente fue destituido el 25/03/2010.  Las acusaciones iban desde  integrar una supuesta asociación ilícita con policías, hasta haberse quedado con la cosecha de soja de un campo del Consejo del Menor y la Familia, o haber dejado morir en prisión a un detenido que debía liberar. Hoy  se refugia en la profesión de abogado en Capilla del Señor y escribe sus memorias.

JUEZ CARLOS LIPORACE – Condenado en el 2002 por la sustracción de unos ocho millones de pesos que estaban embargados por la AFIP, en una causa contra Guillermo Yoma, titular de la curtiembre de la familia política del ex presidente Carlos Menem.  Renunció a su cargo  en 2006 luego de ser enviado a juicio político por su actuación en la causa por el contrabando de cocaína a España en un vuelo de la empresa aérea Southern Winds. Está felizmente jubilado y cuida de sus nietos.

JUEZ FEDERAL OSCAR HERGOTT Imputado por presunto acoso laboral y sexual a empleadas de su tribunal, renunció el 30/09/2017 dedicándose a la actividad privada.

JUEZ FEDERAL NORBERTO OYARBIDE (67 años de edad). Con la friolera de SESENTA Y TRES  denuncias por mal desempeño, y siendo un depredador de lo justo e imparcial renunció el 15 abril de 2016.  Hoy  convive con su cónyuge, CLAUDIO ALONSO, ex árbitro de básquet y analista de sistemas, 26  años menor. Se lo puedo ver en programas televisivos de  espectáculos, realizando excéntricas coreografías de  baile y también evidencia ser feliz.

JUEZ FEDERAL RAUL REYNOSO Autocalificado como un adalid de la lucha contra el narcotráfico, se enorgullecía de que en su juzgado en centenares de procedimientos se había logrado el secuestro nada menos que de  “24 mil kilos de droga de todo tipo”. Eso sí, al parecer los detenidos recuperaban rápidamente su libertad por vía económica. Luego de renunciar, está detenido desde el 01/05/2016 en la cárcel de General Güemes (Salta) a la espera del  juicio oral. Acusado de ser el jefe de una asociación ilícita integrada por abogados y funcionarios judiciales, que liberaban a acusados de narcotráfico y otros delitos, a cambio de dinero, bienes muebles, inmuebles o lo que fuera.

EDUARDO FREILER El juez más rico de los tribunales de Comodoro Py, seguido por los jueces Eduardo Farah,  Martín Irurzun, María Servini de Cubría y Jorge Ballestero, fue destituido por “notorios actos de corrupción”. La kirchnerista Diana Conti fue el único miembro del Consejo de la Magistratura que votó en contra de su remoción. Fue miembro fundador de la agrupación Justicia Legítima. Compadezco a quienes le compraron algunos de sus autos usados. ¿Imagino que al día de hoy estará buscando trabajo?

                                          

2018 CARLOS ROZANSKI, militante maltratador de empleados judiciales. En el año 2015 yo he sido testigo y junto a otros presos atendí prisioneros que enviaba a prisión. Ancianos, sin  piernas y enfermedades terminales (hoy fallecidos) un verdadero sádico y cobarde depredador. Hago votos para que el destino le de lo que se merece. Un jubilado más de privilegio feliz, gracias al actual gobierno, escribe en Página 12 y da charlas y conferencias.

LA PESADILLA CONTINUARÁ?

 

Claudio Kussman

Claudio@PrisioneroEnArgentina.com

PrisioneroEnArgentina.com

Enero 19, 2018

 

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“Nunca olvidaré una noche en la que me despertaron los gemidos de un prisionero amigo, que se agitaba en sueños, obviamente víctima de una horrible pesadilla. Dado que desde siempre me he sentido especialmente dolorido por las personas que padecen pesadillas angustiosas, quise despertar al pobre hombre. Y de pronto retiré la mano que estaba a punto de sacudirle, asustado de lo que iba a hacer. Comprendí en seguida de una forma vivida, que ningún sueño, por horrible que fuera, podía ser tan malo como la realidad del campo que nos rodeaba y a la que estaba a punto de devolverle”.

Viktor Frankl (1905-1997)

 

MENTES LABERÍNTICAS…Y FALACES

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 Escribe CLAUDIO KUSSMAN.

 

 

Hace bastantes años llegué a la conclusión que una de nuestras características en este territorio llamado Argentina, es la de poseer, en general,  mentes laberínticas para razonar, llevar adelante proyectos o solucionar conflictos.  En consecuencia se debe recurrir frecuentemente a las falacias  y así se nos complica la vida y el desenvolvimiento como sociedad. Con ello, periódicamente  el fracaso está asegurado y lo paga siempre el ciudadano que está en el llano.  Al tratar de solucionar un problema, se crea otro u otros y así entre otras salidas, se termina mintiendo o diciendo que “no se supo comunicar debidamente” tal o cual cosa. Digno ejemplo reciente, fueron l disputas  surgidas entre LA ARMADA, los políticos y los familiares de las víctimas del Ara San Juan. Dolorosa tragedia  que parece ya lejana ante la sucesión de nuevos problemas.

 

DEPLORABLES EJEMPLOS

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Pero hay muchos otros, como un RICARDO LORENZETTI  apartándose de las leyes y hablando de “Política de Estado”. Una ELISA CARRIÓ manifestando a través de los años, que sabe de las injusticias cometidas en causas por los mal llamados delitos de lesa humanidad y que se está ocupando. Una EUGENIA VIDAL luchando contra la corrupción, pero solo policial, mientras encubre la de los intendentes. Un PAPA FRANCISCO  que despojándose de su investidura espiritual, se codea y regodea, con gobernantes y funcionarios corruptos en extremo  y hasta asesinos. Un DANIEL SCIOLI que pintando todo color naranja “está todo bien”, menos la provincia de Buenos Aires que quebrantó y su matrimonio, existente solo para la “tribuna”. Una CRISTINA KIRCHNER   que luego de servirse del poder judicial como nadie en la historia, hoy acusa a un Macri de hacerlo para perjudicarla a  ella. A mismo tiempo jura como legisladora por Dios y la Patria a la que depredó. Un juez como CLAUDIO BONADIO que denunciado en el 2010 por Nisman y teniendo 18 causas en su contra, desde el gobierno de Menem para acá imparte “justicia” a diestra y siniestra. Un CÉSAR MILANI, quien llegó a Jefe del Ejército mientras “franeleaba” con Hebe de Bonafini, al tiempo que sus camaradas sufrían y morían en la cárcel. MIGUEL PICHETTO, quien aísla y acorrala  a Cristina Kirchner, pero la apoya para que no la detengan a pesar de sus delitos, lo que lo hace junto a otros legisladores, meros delincuentes. Ni hablar de un RAUL ZAFFARONI, quien como hombre de leyes fue y es un abolicionista de las mismas, llegando a incursionar nada menos que en el proxenetismo.

 

AUTITOS CHOCADORES

La lista de deplorables ejemplos es infinita, como también su aceptación  y en ella se impone el pensar una cosa y hacer otra, lo que nos lleva a ser una sociedad  que se moviliza como “autitos chocadores”. Los adultos mayores, imputados por los mal llamados delitos de lesa humanidad,  también somos parte de ella y tenemos lo nuestro.  Como prisioneros considerados  subhumanos, una mayoría acepta silenciosa y mansamente la ilegalidad, el martirio y la muerte. Inclusive en general vota  a quienes son fervientes continuadores de la “política de estado” para con nosotros. Acaso ante estas contradicciones, no serán  simples masoquistas?

 

 

Claudio Kussman

Claudio@PrisioneroEnArgentina.com

PrisioneroEnArgentina.com

Diciembre 09, 2017

 

 

 

“La felicidad se alcanza cuando lo que uno piensa,

lo que uno dice y lo que uno hace están en armonía.”

Mahatma Gandhi (1869-1948)

 


 

JUICIO V CUERPO DE EJERCITO III – BAHÍA BLANCA

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 Escribe Claudio Kussman.

 

 

BURLESQUE JUDICIAL

Finalizado este tercer juicio con 21 condenas a prisión perpetua, sobre 24 solicitadas por la querella, se podría decir que arrojó un saldo altamente positivo para quienes a como dé lugar revindican a los “jóvenes idealistas” de los oscuros años 70 del siglo pasado. Llevado a cabo en el edificio del rectorado de la Universidad Nacional del Sur y más precisamente en  su aula magna, este lugar es increíblemente inadecuado y pintoresco para un evento judicial. Es ni más ni menos, que un cine-teatro.
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Cuenta  con una amplia aforada (escenario),  puede albergar a 370 personas sentadas en butacas dispuestas en una platea y un paraíso. Está equipado con un sistema de iluminación, sonido y proyección de multimedia. Durante las audiencias,  el escenario se ilumina “a giorno”, mientras que el resto permanece en penumbras.  Quien declara lo hace en el plató viendo solo la cara a los togados. De espaldas a los fiscales, defensores e imputados que permanecen en la platea. Por supuesto todos estos, como así el público que ocupa butacas en las bandejas centrales y laterales, tampoco ven la del declarante.

 

A PURO TEATRO

Realmente el lugar elegido, no es extraño? O no y esto se debe a que todo es puro teatro y más precisamente, al género del burlesque? Como todos sabemos, este es un estilo de arte escénico que se vale de la parodia y la exageración de rasgos para ridiculizar un tema, glorificando lo socialmente inaceptable y denigrando lo socialmente dignificado. A todo este contexto de “la justicia independiente”  se agrega que uno de los que juzga, el doctor Jorge Ferro, está denunciado por proteger prostitución Vip en la ciudad de Mar del Plata.
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Foto de la izquierda: Dr. Jorge Ferro.

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Otro es nada menos que el conocido doctor Martín Bava, quien desplegó una conducta maliciosa cuando se quiso “engarronar” al juez Federico Hooft (1) Este juez provincial, en otras épocas duro y combativo, salvó su pellejo y tras volver a sus funciones lamentablemente guardó silencio. (2) permitiendo que los “Bavas” sigan actuando impunemente con quienes quizás no tengamos su suerte.

 

EL INUTIL CODIGO PROCESAL PENAL

En el CPPN existen  artículos como el 369 (3)  que fija obligaciones de los asistentes a los juicios, como permanecer respetuosamente y en silencio y no adoptar conductas intimidatorias, provocativas o contrarias al orden.
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El 370 (4) designa al presidente del tribunal para ejercer el poder de policía y disciplina de la audiencia, el que podrá llamar la atención, apercibir, multar y hasta arrestar a quien infrinja el artículo antes mencionado. En el video que se acompaña, ustedes podrán ver las manifestaciones y el desorden reinante, debido a las graves inconductas de los asistentes. Demuestra que estos juicios, son actos dignos de tribunales populares de alguna republiqueta primitiva y salvaje y no de un país que dice vivir en democracia.

 

PANCHOS, PALOMITAS DE MAIZ Y GASEOSAS O CERVEZA

Yo le sugeriría a los señores togados de Bahía Blanca, que acorde al lugar donde administran justicia y al comportamiento “liberal” tanto de ellos como de los asistentes, de buen grado, podrían amenizar los cuartos intermedios con números vivos. Así por ejemplo actuando  como anunciante al ex camarista doctor  Raúl Zaffaroni, el ex juez doctor Oyarbide podría danzar, cantar y hasta tocar algún instrumento electrónico.
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Mientras alguien como el ex juez doctor Carlos Rozansky podría supervisar a la entrada, la venta de panchos del “Tio Tola, el de la buena salchicha” (Milani-Moreno), palomitas de maíz y gaseosas o cervezas, para consumir durante el juicio.  Para finalizar debo decir que la burla de esta nota, expresa solo una infinitesimal parte de la impotencia que se siente ante un poder judicial, que actuando ilegalmente nos está llevando inexorablemente a la muerte, junto a nuestros más cercanos seres queridos.

 

Claudio Kussman

www.PrisioneroEnArgentina.com

Claudio@PrisioneroEnArgentina.com

@PrisioneroA

Octubre 09, 2017

 

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https://prisioneroenargentina.com/index.php/2017/03/27/decepcion/

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3) Obligación de los asistentes
Art. 369. – Las personas que asistan a la audiencia deberán permanecer respetuosamente y en silencio; no podrán llevar armas u otras cosas aptas para molestar u ofender, ni adoptar una conducta intimidatoria, provocativa o contraria al orden y decoro debidos, ni producir disturbios o manifestar de cualquier modo opiniones o sentimientos.
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4) Poder de policía y disciplina
Art. 370. – El presidente ejercerá el poder de policía y disciplina de la audiencia, y podrá corregir en el acto, con llamados de atención, apercibimiento, multas de acuerdo con el artículo 159, segunda parte, o arresto hasta de ocho (8) días, las infracciones a lo dispuesto en el artículo anterior, sin perjuicio de expulsar al infractor de la sala de audiencias.
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“La peor forma de injusticia es la justicia simulada”

Platón (427 AC-347 AC)

Huelga de Hambre del Teniente Coronel Martín Rodríguez, Preso Político

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LA JUSTICIA ARGENTINA QUE NO SE VE

(Mi huelga de hambre)

 

Fui acusado, juzgado y condenado por una justicia “armada” por el gobierno más corrupto y ladrón que tuvo la historia argentina.

Ahora me negaron por segunda vez la “prisión domiciliaria”, pese a tener 71 años de edad y sufrir de asma, diabetes, hipertensión arterial y dislipidemia. Pero sí se la otorgan a Milagro Sala, sana y de 53 años, quien robó, estafó, propinó “golpes y aprietes” y hasta se le acusa de un asesinato.

El periodista Doctor Rodolfo N. Yanzon en el libro “DD.HH. Nro. 7 del año III – Septiembre 2014”, al hablar de Arresto Domiciliario, caso “Tomassi” y “Caggiano Tedesco”, en sus Conclusiones dice que la ley 24660 da ese beneficio (Art.32 inc. d) al mayor de 70 años cuando no haya posibilidades de fuga y/o poder interferir, condicionar o influir en testigos (yo ya estoy condenado, estas dos características no me son aplicables) y agrega “controles efectivos para que no se burle la medida cautelar” (pulsera electrónica, a la que estoy dispuesto). Yanzon agregó “Si no existe nada de ello, quien es mayor de 70 años está en condiciones de cumplir la prisión domiciliaria, esa debe ser la solución correcta. Porque agregar el segmento de la salud para esa persona mayor es hacer que la ley diga algo que no dice. Y el derecho internacional de los DD.HH. está para lo contrario” (Pág. 166, último párrafo).

También me pregunto si la Comisión Interamericana de DD.HH. no leyó la protesta que le envié hace más de un año, ¿o necesito que un facilitador de la trata de personas y/o prostitución -como el Dr Zaffaroni- para también recibir el beneficio de M. Sala”. Y el garantismo de Slokar y Zaffaroni ¿para quiénes y cuándo es aplicable? ¿Sólo para los de Justicia Legítima, integrantes de asociaciones ilícitas o jefe de banda como de Vido, Boudou, López, etc. y para la ex presidente.

Es de destacar que el libro que menciono más arriba, fue publicado por la Presidencia de la Nación, pero pareciera que no lo leyeron.

Por todo ello es que inicio una huelga de hambre (solidos) y no tomaré más remedios, sólo tomaré agua hasta que la justicia sea igual para todos, sin interpretaciones ideológicas o personalistas.

 

VIVA MI PATRIA, AUNQUE YO PEREZCA EN EL INTENTO.

 

Martín Rodríguez

DNI 7.771.274

Teniente Coronel ( R )

Preso Político y Prisionero de Guerra

Penal Federal de Güemes (Salta)

TE 0387 4917209

 




Colaboración: Dra. Andrea Palomas Alarcón.
Colaboración: María Guadalupe Jones.



PrisioneroEnArgentina.com

Septiembre 17, 2017




 

¡Ni que hubieran hecho un casting de despiadados, che!

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Por Mauricio Ortín.

 

 

 

 

Uno más bravo que otro y cortados por la misma tijera. Nadie con tanto poder como los “tutores” de los derechos humanos para hacer de la vida un infierno. La  presunta acusación de la comisión de crimen de lesa humanidad formulada por un fiscal transforma al  desgraciado en un argentino de cuarta. Un maldito a expensas de  linchamiento judicial y mediático al que se puede condenar con el simple testimonio del guerrillero que hace cuarenta años intentó matarlo. Los juicios parten de la premisa de que todo aquel que participó de la lucha contra la subversión marxista en los años ’70,  cometió prima facie un delito de lesa humanidad. No es la forma en que se reprimió lo que se condena sino el hecho de haberlos reprimido. De allí que, para los fiscales y jueces cualquier acto de represión contra un combatiente del ERP o Montoneros, por nimio, brutal o justificado debe considerarse dentro del “plan sistemático de exterminio de la población civil”. Por lo contrario, el expreso “plan sistemático de exterminio de las fuerzas armadas y de la burguesía” ejecutado en parte por aquellos a quienes los jueces llaman “población civil”, no merece la atención de los “derechos humanos” ni de los Lorenzetti, Zaffaroni, Avruj, Garavano, Macri, Bergoglio o Lanata.

Hay que ver a los cazadores de brujas cuando querellan desde el Ministerio Público fiscal y desde la Secretaría de DD.HH. para tener una idea cabal de la sangre fría y determinación con que acosan a sus presas (Ah… si el viejo Roland Freisler estuviera para verlos). Inconmovibles e implacables llevan adelante, en nombre de los derechos humanos, una persecución feroz para impedir la “impunidad” biológica; la de esos ancianos que muriéndose antes del juicio pretenden privar a la sociedad del “humano” espectáculo de verlos pudrirse en una mazmorra. Pero los argentinos pueden dormir tranquilos; ahí están los titanes al pie del cañón exigiendo la prisión efectiva en cárcel o negando la domiciliaria a los temibles octogenarios. ¡Y minga de 2 x 1! A ver si se entiende: ¡Los derechos humanos no son para cualquiera! El rechazo unánime (con la excepción del marciano Olmedo) expedito y fulminante del congreso nacional al fallo “disparate” de la Corte así lo indica. Vaya uno a saber en qué estarían pensando los ministros Highton, Rosenkrantz y Rosatti para cometer la herejía de fallar contra la “política de Estado de derechos humanos” consensuada por los tres poderes ¿No saben, acaso, que gracias a ese calculado odio inyectado se han montado a lo largo y ancho del país, burocracias de DD.HH. que dan trabajo a miles de argentinos? El odio puede tener su lado bueno ¡Por qué no!

Respecto del  origen y diseño de la política de derechos humanos lo aconsejable es ir a las fuentes mismas: Roberto Cirilo Perdía, segundo comandante de Montoneros, en “Montoneros. El peronismo combatiente en primera persona”; p. 646/47, (obra maestra del cinismo), dice: “De todas maneras mi principal actividad en esos años estuvo concentrada en la cuestión de los Derechos Humanos (…) Más adelante lo haría como asesor de la propia Subsecretaría de Derechos Humanos (…) En el marco de estas políticas, en el año 95, se crearon las condiciones para la reapertura de los juicios con motivo de los crímenes cometidos durante la dictadura”. Todo bien pero no me cierra el que un violador serial de los derechos humanos como Roberto Perdía se constituya  nada menos que en un mentor de la “política de Estado” en derechos humanos. Y no sólo él, también otros. Por ejemplo, los ex terroristas Horacio Vertbisky, Rodolfo Matarollo y Luis Duhalde, por citar algunos entre tantos. El primero presidente del CELS, la principal ONG de derechos humanos del país, y los otros dos subsecretario y secretario de DD.HH. de la nación, respectivamente.
Pero no sólo la calidad de quienes fueron los padres de la criatura, hace ruido, también el que en nombre de los derechos humanos se violen esos derechos a personas de carne y hueso. Un hecho del pasado puede que ayude a resolver esta aparente contradicción: Isaac Nachman Steinberg quien desde diciembre de 1917 a marzo de 1918 ejerció el cargo de comisario del pueblo de Justicia en el gobierno soviético liderado por Vladímir Lenin, cuenta que en medio de un conflicto que tuvo con la Cheka (la policía del régimen montada para asesinar opositores) se suscitó el siguiente diálogo: “¿Para qué sirve un Comisariado del Pueblo para la Justicia? –preguntó Steinberg a Lenin–. ¡Que lo llamen Comisariado del Pueblo para el Exterminio Social y se entenderá la razón!”. “Excelente idea –respondió Lenin–. Es exactamente como yo lo veo. ¡Desgraciadamente, no se le puede llamar así!”

 


PrisioneroEnArgentina.com

Julio 23, 2017


 

PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE DELITOS

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Escribe Alfredo Nobre Leite.

 

       Señor Director:

       No se debió llegar a extremo de que la Cámara de Diputados por unanimidad haya convertido en ley la protección a las víctimas de asesinatos, creando un Centro de Protección y Asistencia a las Víctimas de delitos, los cuales deberán permanecer abiertos las 24 horas y tendrán que contar con médicos, psicólogos, asistentes sociales e investigadores especializados, por tratarse de la función del Ministerio Público, es decir del Estado de tutelar a las víctimas de delitos (sin necesidad de crear más burocracia).

       Lamentablemente, durante el “kirchnerato” de 12 años y medio, el Estado abjuró de su deber de tutelar a la sociedad, y, por el contrario, estaba obligada ésta de facto de proveer a la delincuencia lo que requerían, en lugar de trabajar, es decir que de hecho se protegía a la delincuencia, y por el colectivo “Justicia (i)legítima”, en el Poder Judicial (jueces y fiscales), llegamos al extremo de que se liberara a condenados por delitos de violación, quienes por portarse bien en las cárceles, y transformando los victimarios en víctimas, les concedían la libertad condicional para que siguieran cometiendo ese execrable delito, violando y matando a nuevas víctimas, como sucedió reiteradamente.

        En buena hora, que los legisladores depusieran sus intereses partidarios y personales y hayan sancionado la ley que protegerá de ahora en más, a las víctimas de crímenes, entre tantos otros, de Matías Bagnato, Paulina Lebbos, asesinada hace 10 años en Tucumán, Axel Blumberg en el año 2004.

         Lo que falta es que se haga una reforma del Código Penal a fin de que la lábil legislación penal no siga siendo aplicada con lenidad por los jueces garantistas, en la peor acepción, émulos del abolicionista del Código Penal, el ex juez de la Corte Suprema, Raúl Eugenio Zaffaroni.

         Con cordiales saludos,

Alfredo Nobre Leite

 


PrisioneroEnArgentina.com

Junio 22, 2017


 

MACRI, GOLPE DE ESTADO A LA CORTE Y DURAN BARBA

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 Escribe Mauricio Ortín.

 

El último y principal destinatario de la brutal embestida fascista que han sufrido los tres magistrados de la Corte que fallaron a favor de extender (absolutamente ajustados a derecho) la ampliación del 2 x 1 a los condenados por crímenes de lesa humanidad es el gobierno de Mauricio Macri. En la Argentina, que un Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación haya alquilado media docena de sus departamentos para prostíbulos, negado recursos de hábeas corpus a personas desaparecidas durante un gobierno de facto, publicado libros justificando la represión de dicho gobierno y falseando su declaración jurada de bienes para evadir impuestos no ameritan el escándalo de proporciones homéricas y las acciones desestabilizadoras que ha despertado esta decisión mayoritaria de la Corte. Se trata, lisa y llanamente, de un golpe de Estado al Poder Judicial de la Nación por emitir una sentencia contraria a los intereses de una parte. Pero es también una estocada a fondo al Poder Ejecutivo; pues a él es a quien se le endilga la autoría intelectual del “infame” fallo (Rosatti, Rosenkratz y  Highton de Nolasco serían meros testaferros). Corrido con la vaina, el gobierno de Cambiemos reacciona con espanto de amateur sumándose a la condena del fallo y, por ende, a la criminalización de sus autores. Al respecto, las opiniones sustancialmente pusilánimes de Gabriela Michetti, Marcos Peña, María Eugenia Vidal, Daniel Lipovetzky son más que elocuentes. Párrafo aparte merece la patética agachada de Federico Pinedo y su iniciativa para limitar el alcance de aquella ley. Con el repudio oficial del gobierno, el vacío de poder a la Corte deviene en tormenta perfecta. No es la primera vez que la oposición debilita al presidente arrancándole jirones de gobernabilidad. Su propensión a hocicar ante la mínima presión quedó exteriorizada cuando entregó a Darío Lopérfido por contrariar a la Carlotto y en la pasividad ante el acompañamiento ¿de? María Eugenia Vidal, y los diputados provinciales de PRO, a la ley mamarracho kirchnerista que oficializó la mentira de los 30.000 desaparecidos.

La defección aparatosa del macrismo con el deber republicano es una señal inequívoca a los carroñeros de siempre. Quienes, inmisericordes, se lanzan contra Rosatti, Rosenkratz  y  Highton de Nolasco. Como jugando de memoria, Marcelo Parrilli lanza la denuncia por prevaricato y, todavía en el aire, el fiscal Marijuan la toma de volea madrugando al resto. Rosatti, Rosenkratz  y  Highton de Nolasco se lo merecen. Es que ¡se puede ser tan pavo para fallar de esa manera! ¿No aprendieron en los últimos diez años que a cualquier militar, policía o agente penitenciario (da igual, pinche o jefe) al que se le cuelga el sambenito de “genocida” pierde, automáticamente, su condición de sujeto de derechos humanos? ¿No saben, acaso, que a estos después de cuarenta años, sin pruebas y con el sólo testimonio de ex guerrilleros se los condena a pudrirse en la cárcel?

¿En qué país creen que viven? Les convenía por mucho emular a dos de las escasas vacas sagradas del derecho argentino: Ricardo Gil Lavedra y Eugenio Zaffaroni. Altos funcionarios de la justicia durante el gobierno militar que, en el momento oportuno de que ésta ¿éste? finalizara, tuvieron el tino de calificarla de genocida y abominable. Esto es la Argentina, che. Aquí, tanto Maqueda y Lorenzetti, la abrumadora mayoría de los políticos, periodistas, curas y no pocos ciudadanos comunes consideran y dan el trato de ratas apestosas a los que vencieron a los terroristas bancados por Cuba. Ser héroe de Malvinas no cambia un ápice. Otra cosa, obviamente, es la consideración a tener ante aquellos “jóvenes idealistas” que haciendo estallar una bomba asesinaron a 23 policías mientras estos almorzaban. Tipos así merecen que la democracia les haga el honor de que una estación de subte lleve su nombre o la presidencia de una ONG de derechos humanos.

A título de qué, entonces y por más jueces de la Corte que sean, ¿habría de tolerarse que ese fallo reconociera a los “genocidas” ese derecho, por ínfimo que fuere, del 2 x 1? Si fue la lógica política de confiar que Macri, Vidal, Pinedo, Michetti, Peña, en función de su propio interés se jugarían por un fallo ajustado a derecho, le erraron torpemente. El macrismo tiene más apego a su imagen de partido políticamente correcto que al poder que despilfarra enviando jueces probos a los leones.

En fin, el daño es irreparable y ya está hecho. Rosatti, Rosenkratz  y  Highton de Nolasco, en manos de Rafecas, pueden ir haciendo las valijas. Queda claro a los jueces de todo el país que sus fallos deberán atenerse a la última instancia de la justicia argentina de Bonafini y Carlotto. Vayan poniendo las barbas en remojo los que procesan a Milagro Sala y respiren tranquilos los prevaricadores que condenaron con la “política de Estado” en derechos humanos en la mano. Sopesando las alternativas (Massa y Cristina) estamos en el horno. Sólo queda rezar y pedir para que Durán Barba adivine el rumbo.

 

 


PrisioneroEnArgentina.com

Mayo 10, 2017