Intervención

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  Por Carl Harras.

Desde los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001, el dilema de la intervención humanitaria ha sido superado por otras preocupaciones, pero no se ha resuelto ni ha desaparecido. ¿Cuándo, si es que alguna vez, es apropiado que los Estados, individual o colectivamente, adopten medidas coercitivas, y en particular acciones militares, contra otro Estado, no con fines de legítima defensa ni para hacer frente a una amenaza mayor a la paz y la seguridad internacionales, tal como se entiende tradicionalmente, sino con el fin de proteger a las personas que corren peligro dentro de ese Estado? Independientemente de lo que abarque, la responsabilidad de proteger implica sobre todo la responsabilidad de reaccionar ante situaciones de necesidad imperiosa de protección humana. Cuando las medidas preventivas no logran resolver o contener la situación, y cuando un Estado no puede o no quiere remediarla, puede ser necesario que otros miembros de la comunidad más amplia de Estados adopten medidas de intervención. Estas medidas coercitivas pueden incluir medidas políticas, económicas o judiciales y, en casos extremos -pero sólo casos extremos-, también pueden incluir acciones militares. Pero, ¿qué es un caso extremo? ¿Dónde debemos trazar el límite para determinar cuándo es, prima facie, defendible una intervención militar? ¿Qué otras condiciones o restricciones, si las hay, deben aplicarse para determinar si se debe llevar a cabo esa intervención y cómo? Y, lo más difícil de todo, ¿quién toma todas esas decisiones? ¿Quién debe tener la autoridad última para determinar si una intrusión en un Estado soberano, que implique el uso de fuerza letal en una escala potencialmente masiva, debe realmente llevarse a cabo? Estas preguntas han generado una enorme cantidad de literatura y mucha terminología en pugna, pero en las cuestiones fundamentales hay mucho terreno común. Todos los criterios pertinentes para la toma de decisiones parecían estar subsumidos en los seis epígrafes siguientes, que incluyen un criterio de umbral, cuatro criterios de precaución y un criterio de autoridad. Para que se justifique una intervención militar con fines de protección humana, debe producirse o existir una probabilidad inminente de que se produzcan daños graves e irreparables a seres humanos, de los siguientes tipos: pérdida de vidas en gran escala, real o presunta, con intención genocida o no, que sea producto de una acción deliberada del Estado, de su negligencia o incapacidad para actuar, o de una situación de Estado fallido; o limpieza étnica en gran escala, real o presunta, ya sea llevada a cabo mediante asesinatos, expulsiones forzadas, actos de terrorismo o violaciones. El umbral debe establecerse alto y estricto, tanto por razones conceptuales (la intervención militar debe ser muy excepcional) como por razones políticas prácticas (si la intervención ha de producirse cuando es más necesaria, no se puede recurrir a ella con demasiada frecuencia). Sólo se identifican dos situaciones como desencadenantes legítimos. No se intenta cuantificar lo que es “gran escala”, pero se deja claro que la acción militar puede ser legítima como medida anticipatoria en respuesta a pruebas claras de probables asesinatos en gran escala o limpieza étnica. Sin esta posibilidad de acción anticipada, la comunidad internacional se vería en la posición moralmente insostenible de tener que esperar hasta que comience el genocidio antes de poder tomar medidas para detenerlo. Los criterios de umbral articulados son lo suficientemente amplios como para abarcar no sólo la perpetración deliberada de horrores como los que ocurrieron, o se previeron, en Bosnia y Herzegovina, Kosovo y Ruanda, sino también situaciones de colapso estatal y la consiguiente exposición de la población a una hambruna masiva y/o una guerra civil (como en Somalia). También podrían estar incluidas las catástrofes naturales o ambientales abrumadoras, que no son en sí mismas provocadas por el hombre, pero en las que el Estado en cuestión no está dispuesto o no puede hacer frente a ellas o pedir ayuda, y se está produciendo o amenaza con producirse una pérdida significativa de vidas. Lo que no está cubierto por los criterios de umbral de la “causa justa” establecidos aquí son las situaciones de violaciones de los derechos humanos que no llegan a ser asesinatos directos o limpieza étnica (como la discriminación racial sistemática o la opresión política), el derrocamiento de gobiernos elegidos democráticamente y el rescate por un Estado de sus propios nacionales en territorio extranjero. Aunque son eminentemente merecedores de acciones externas de diversos tipos -incluidas, en casos apropiados, sanciones políticas, económicas o militares-, no son casos que parezcan justificar una acción militar con fines de protección humana. 

El objetivo primordial de la intervención, cualesquiera que sean los otros motivos que puedan tener los Estados que intervienen, debe ser detener o evitar el sufrimiento humano. Hay varias maneras de contribuir a garantizarlo. Una de ellas es que la intervención militar se lleve a cabo siempre sobre una base colectiva o multilateral, y no sobre una base de un solo país. Otra es comprobar si la intervención cuenta realmente con el apoyo de la población a cuyo beneficio se pretende intervenir, y en qué medida. Otra es comprobar si se ha tenido en cuenta la opinión de otros países de la región y en qué medida la apoya. La ausencia de cualquier interés personal mezquino puede ser un ideal, pero no es probable que siempre sea una realidad. Los motivos mixtos, en las relaciones internacionales como en todas partes, son un hecho de la vida. Además, el costo presupuestario y el riesgo para el personal involucrado en cualquier acción militar pueden, de hecho, hacer que sea políticamente imperativo que el Estado que interviene pueda reivindicar cierto grado de interés personal en la intervención, por altruista que sea su motivo principal. La intervención militar sólo puede justificarse cuando se han explorado todas las opciones no militares para la prevención o la solución pacífica de la crisis, y hay motivos razonables para creer que medidas menos severas no habrían tenido éxito. La responsabilidad de reaccionar -con coerción militar- sólo puede justificarse cuando se ha cumplido plenamente con la responsabilidad de prevenir. Esto no significa necesariamente que se hayan probado literalmente todas esas opciones y que hayan fracasado: a menudo simplemente no habrá tiempo para que ese proceso se resuelva por sí solo. Pero sí significa que deben existir motivos razonables para creer que, en todas las circunstancias, si se hubiera intentado la medida, no habría tenido éxito. La escala, duración e intensidad de la intervención militar planificada deben ser las mínimas necesarias para garantizar el objetivo definido de protección humana. La acción adoptada debe ser proporcional en escala a su propósito declarado y acorde con la magnitud de la provocación original. El efecto sobre el sistema político del país objeto de la intervención debe limitarse a lo estrictamente necesario para lograr el propósito de la intervención. Debe haber una posibilidad razonable de éxito para detener o evitar el sufrimiento que ha justificado la intervención, y las consecuencias de la acción no deben ser peores que las de la inacción. La acción militar sólo puede justificarse si tiene una posibilidad razonable de éxito y no corre el riesgo de desencadenar una conflagración mayor. La aplicación de este principio de precaución probablemente impediría, por razones puramente utilitarias, la acción militar contra cualquiera de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad, incluso si se cumplieran todas las demás condiciones para la intervención: es difícil imaginar que se evite un conflicto importante o que se logre el objetivo original. Lo mismo ocurre con otras grandes potencias. Esto plantea la conocida cuestión de los dobles raseros. En este caso, la única respuesta es que el hecho de que tal vez no sea posible intervenir en todos los casos en que haya justificación para hacerlo no es razón para no intervenir nunca.

No hay órgano mejor ni más apropiado que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para autorizar una intervención militar con fines de protección humana. La tarea no consiste en encontrar alternativas al Consejo de Seguridad como fuente de autoridad, sino en hacer que éste funcione mejor de lo que lo ha hecho hasta ahora. Cuando se trata de autorizar una intervención militar con fines de protección humana, el argumento convincente es que las Naciones Unidas, y en particular el Consejo de Seguridad, deben ser el primer punto de contacto. La difícil cuestión -planteada con crudeza por Kosovo- es si debe ser el último. La cuestión de principio en este caso era, en opinión de la Comisión, indiscutible. Las Naciones Unidas son, sin lugar a dudas, la principal institución para construir, consolidar y utilizar la autoridad de la comunidad internacional. Quienes desafíen o evadan la autoridad de las Naciones Unidas como único guardián legítimo de la paz y la seguridad internacionales en casos específicos corren el riesgo de erosionar su autoridad en general y también de socavar el principio de un orden mundial basado en el derecho internacional y las normas universales. Si por alguna razón el Consejo de Seguridad no puede o no quiere actuar en un caso que clama por una intervención, desde este punto de vista sólo hay dos soluciones institucionales disponibles. Una es que la Asamblea General examine el asunto en un período extraordinario de sesiones de emergencia con arreglo al procedimiento de “Unión por la paz” (utilizado como base para las operaciones en Corea en 1950, Egipto en 1956 y el Congo en 1960), que bien puede haber emitido, de hecho, y rápidamente, una recomendación mayoritaria para la acción en los casos de Rwanda y, especialmente, de Kosovo. La otra es que las organizaciones regionales o subregionales actúen con arreglo al Capítulo VIII de la Carta dentro de su área de jurisdicción, sujetas a la posterior solicitud de autorización del Consejo de Seguridad (como ocurrió con las intervenciones en Liberia, en África occidental, a principios de los años 1990, y en Sierra Leona en 1997). Las intervenciones de coaliciones ad hoc (o, más aún, de Estados individuales) que actúan sin la aprobación del Consejo de Seguridad, de la Asamblea General o de una agrupación regional o subregional de la que sea miembro el Estado objeto de la intervención no gozan de un amplio apoyo internacional (sería un eufemismo decirlo). Hay muchas razones para estar insatisfecho con el papel que ha desempeñado hasta ahora el Consejo de Seguridad (su desempeño generalmente desigual, su composición no representativa y sus inherentes dobles raseros institucionales con el poder de veto de los Cinco Permanentes). Pero la realidad política es que, si alguna vez se llega a un consenso internacional sobre cuándo, dónde, cómo y a través de quién debe producirse una intervención militar, está muy claro que el papel central del Consejo de Seguridad tendrá que estar en el centro de ese consenso. Pero ¿qué sucede si el Consejo de Seguridad no cumple con su propia responsabilidad de proteger en una situación que sacude la conciencia y exige acción, como fue el caso de Kosovo? Se plantea la cuestión de cuál de los dos males es peor: el daño al orden internacional si se deja de lado al Consejo de Seguridad, o el daño a ese orden si se mata a seres humanos mientras el Consejo de Seguridad se mantiene al margen. La respuesta de la Comisión a este dilema fue articular dos mensajes importantes, esencialmente políticos.

El primer mensaje es que si el Consejo de Seguridad no actúa, otros Estados pueden actuar y hacerlo mal. Esas intervenciones, sin la disciplina y las limitaciones de la autorización de las Naciones Unidas, pueden no llevarse a cabo por las razones correctas o con el compromiso adecuado con los principios de precaución necesarios. El segundo mensaje es que si el Consejo de Seguridad no actúa, otros Estados pueden actuar y hacerlo bien. La coalición ad hoc o el Estado individual pueden observar y respetar plenamente todos los umbrales y criterios de precaución necesarios, intervenir con éxito y ser vistos por la opinión pública mundial, lo que probablemente tendrá consecuencias graves y duraderas para la estatura y la credibilidad de las propias Naciones Unidas. Eso es más o menos lo que ocurrió con la intervención de la OTAN en Kosovo, y las Naciones Unidas no pueden permitirse el lujo de cometer errores demasiadas veces a esa escala. La conclusión del informe de la Comisión es que cuando se presente el próximo caso de amenaza de asesinato en masa o limpieza étnica, como seguramente ocurrirá, debe abordarse con rapidez y de manera sistemática, reflexiva y, sobre todo, basada en principios. No se debe repetir la indiferencia errática de los años noventa. Un buen punto de partida para lograrlo sería que el Consejo de Seguridad aceptara, al menos informalmente, aplicar sistemáticamente los principios aquí enunciados en cualquier caso de ese tipo. También sería conveniente una resolución declaratoria de la Asamblea General de las Naciones Unidas que diera importancia a esos principios y a la idea de la “responsabilidad de proteger” como norma internacional emergente. No podemos conformarnos con informes y declaraciones. Si creemos que todos los seres humanos tienen el mismo derecho a ser protegidos de actos que sacuden la conciencia de todos, entonces debemos hacer coincidir la retórica con la realidad y los principios con la práctica. Como comunidad internacional, debemos estar preparados para actuar. No debe haber más casos como el de Ruanda ni más casos como el de Srebrenica.

 


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Marzo 5, 2025


 

¿Se podría haber manejado de otra manera el genocidio de Ruanda?

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  Por Cyd Ollack.

Se envió una fuerza de paz de la ONU a Ruanda para respaldar el acuerdo de paz que detuvo la guerra que precedió al genocidio. Comandada por el teniente general canadiense Romeo Dallaire, la fuerza permaneció en Ruanda durante el genocidio de 1994, pero días después de la matanza el gobierno belga la despojó de su columna vertebral militar -el contingente de tropas belgas- tras la tortura y asesinato de diez soldados belgas de mantenimiento de la paz que habían sido asignados para proteger al moderado Primer Ministro (también asesinado al principio).

Dallaire

Romeo Dallaire pidió repetidamente a sus superiores en la sede de la ONU en Nueva York que le proporcionaran refuerzos, argumentando que con 5.000 tropas (es decir, unos 3.500 soldados adicionales) podría poner fin al derramamiento de sangre. Los analistas militares que han estudiado las circunstancias desde entonces creen que Dallaire tenía razón y que un rápido despliegue de esos refuerzos, adecuadamente equipados, podría haber detenido el genocidio y salvado cientos de miles de vidas.

No se enviaron refuerzos -ni siquiera equipamiento muy necesario, como vehículos blindados de transporte de personal- a la fuerza de la ONU sobre el terreno hasta que el genocidio terminó con la victoria del Frente Patriótico Ruandés en su guerra contra el gobierno de transición genocida de Ruanda, un conflicto armado que sólo se reanudó después del inicio del genocidio.

En cambio, se desplegaron en la región tropas occidentales en cantidades similares a las que necesitaba Dallaire para rescatar a los ciudadanos extranjeros.

Francia -que había sido un aliado militar cercano del gobierno ruandés durante su guerra con el FPR antes del genocidio- lanzó su propia intervención unilateral: la Operación Turquesa. Supuestamente, se pretendía crear una zona segura para los civiles, pero ha sido criticada por permitir de hecho que las fuerzas del régimen genocida se retiraran con seguridad a la República Democrática del Congo (entonces Zaire), donde su presencia sentó las bases para la inestabilidad regional en curso y una serie de guerras.

Hay muchos más detalles disponibles en Internet y también en varios libros. Dallaire ha escrito su propio y revelador relato personal de su época al mando de la fuerza de la ONU en Ruanda: El fracaso de la humanidad en Ruanda.

Todo esto sigue planteando la pregunta: ¿por qué? Los protagonistas, y muchos otros, han intentado responder a esa pregunta. En resumen, los genocidas se preocuparon más por matar a los tutsis en Ruanda que cualquier persona que pudiera haberlos protegido o salvado. Y se podría escribir un libro solo sobre ese punto.

 

 


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Octubre 29, 2024


 

La historia de Kivu, el gorila herido

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  Por Laura Faye.

En el corazón de las hermosas montañas Virunga, en la zona donde se encuentran Ruanda, la República Democrática del Congo y Uganda, un majestuoso gorila de espalda plateada llamado Kivu dirigió su tropa con gracia y fuerza. Kivu era conocido por su sabiduría y gentil liderazgo, guiando a su familia a través de los densos bosques y garantizando su seguridad frente a numerosas amenazas.

Un día fatídico, mientras buscaban comida cerca del borde de su territorio, Kivu encontró una trampa oculta tendida por cazadores furtivos. A pesar de su inmensa fuerza, Kivu fue capturado y su pierna resultó gravemente herida. El otrora orgulloso y ágil líder se encontró inmovilizado y el dolor irradiaba a través de su poderosa figura.

Las tropas de Kivu, sintiendo la angustia de su líder, se reunieron a su alrededor, ofreciéndole apoyo y protección. Le trajeron comida y se mantuvieron en guardia contra cualquier peligro potencial. El bosque, normalmente lleno de su charla juguetona, ahora estaba en silencio por la preocupación.

La noticia de la difícil situación de Kivu llegó al equipo local de conservación de la vida silvestre, quien inmediatamente entró en acción. Dirigido por la Dra. Anika, una veterinaria apasionada y dedicada, el equipo navegó por un terreno traicionero hasta llegar a Kivu. Al llegar, fueron recibidos al ver al gorila herido rodeado de su leal familia.

Con gran cuidado y respeto, la Dra. Anika y su equipo tranquilizaron a Kivu y trataron sus heridas. Fue una operación delicada y desafiante, pero trabajaron incansablemente, sabiendo la importancia de la recuperación de Kivu no sólo para su tropa sino para todo el ecosistema.

Después de varias horas, Kivu finalmente se estabilizó. El equipo permaneció con él, monitoreando su progreso y brindándole la atención necesaria. Poco a poco, Kivu empezó a recuperar fuerzas. Su tropa, que nunca se separó de su lado, jugó un papel crucial en su recuperación, ofreciéndole apoyo emocional y aliento.

A medida que las semanas se convirtieron en meses, las heridas de Kivu sanaron y empezó a caminar de nuevo. Aunque llevaba las cicatrices de su terrible experiencia, siguió siendo el líder firme que su tropa conocía y amaba. Su experiencia aportó un nuevo nivel de precaución y conciencia a su liderazgo, garantizando la seguridad de su familia de las amenazas siempre presentes de la naturaleza.

La historia de Kivu se difundió por todas partes y se convirtió en un símbolo de resiliencia y del poder de la unidad. Destacó la necesidad crítica de esfuerzos de conservación y el trabajo incansable de quienes se dedican a proteger a estas magníficas criaturas. Kivu, el valiente lomo plateado, se convirtió en un faro de esperanza, demostrando que incluso frente a la adversidad, la fuerza y ​​el coraje podían prevalecer.

 


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Junio 25, 2024


 

LA FISCAL PAULA MOLINI  Y “SU”  HISTORIA DE LA HUMANIDAD (Con video de ½ minuto)

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  Por David Sánchez.

En el Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca, el 15 de abril de 2024 se desarrolló una audiencia en el marco de la causa Ayala y otros donde lamentablemente, hubo un ejemplo más de desconocimiento de Derecho Penal Internacional exacerbado con fanatismo ideologizado por parte de la Auxiliar del Fiscal Miguel Palazzani, la Doctora Paula Molini, quién señaló que en “La Escuelita” se cometieron los crímenes más aberrantes de la historia de la humanidad.

Da vergüenza el nivel intelectual de quienes son responsables de la carga de la prueba contra personas imputadas por supuestos crímenes bien o mal llamados de lesa crímenes humanidad.

Amerita que la funcionaria judicial conozca un poco de los “crímenes más aberrantes de la historia de la humanidad”, – tomando su frase – sería importante, tal vez, que tenga en cuenta que el siglo XX comenzó con el Genocidio Armenio (1.500.000 de personas murieron por ser simplemente armenios en manos del imperio turco), siendo el 24 de abril la fecha de conmemoración del inicio de ese genocidio y en nuestro país es llamado el Día de Acción por el Respeto y la Diversidad de los pueblos. 

La Segunda Guerra Mundial enfrentó al mundo a una política de exterminio masivo por parte del régimen nazi que se llevó la vida de 13.000.000 de personas, 6.000.000 por el mero hecho de ser judías y un estimado de 7.000.000 entre eslavos, gitanos, testigos de Jehová, homosexuales, discapacitados, opositores políticos, religiosos e intelectuales. 

La contienda finalizó con los ataques de Hiroshima y Nagasaki, crímenes de guerra y lesa humanidad que se cobraron la vida al instante de 210.000 personas (sin contar las que murieron después por los efectos radioactivos).

La Guerra Fría fue escenario de importantes conflictos en las esferas de influencia soviética y norteamericana. A modo de ejemplo, entre 1.500.000 y 2.200.000 personas murieron en el Genocidio de Camboya a manos de los Jemeres Rojos. 

Luego de la guerra fría, el mundo quedó impactado ante la limpieza ética en la ex Yugoslavia, uno de los conflictos más sangrientos que tuvo lugar, luego de la Segunda Guerra Mundial y cuyas atrocidades desembocaron en la creación del Tribunal penal Internacional para la ex Yugoslavia.

Paralelamente, el genocidio de Ruanda provocó la muerte de 1.500.000 de personas asesinadas en un lapso de tres meses. El tribunal Penal para Ruanda juzgó a sus principales responsables. 

En el año 2003 comenzó la limpieza étnica en Darfur, donde 300.000 personas fueron asesinadas en lo que se llamó el primer genocidio del siglo XXI. Hoy la Corte Penal Internacional está juzgando a algunos responsables de tales crímenes. 

Casi 500.000 personas han muerto en Siria desde el 2011, muchas de ellas por crímenes de guerra y lesa humanidad. Lo mismo podemos decir del conflicto entre Rusia y Ucrania que aún no avizora un final. 

El conflicto de Medio Oriente en su fase actual ha desdibujado todas las normas más elementales de humanidad, con violaciones a las leyes y costumbres de la guerra a escalas impensables y extremadamente cruentas. 

Ante este rápido pero acotado recordatorio de algunos de los más aberrantes crímenes en la historia reciente de la humanidad, entristece la liviandad con qué la supuesta Doctora Paula Molini, dijo la expresión que dio lugar a este escrito. Ofende la memoria de las víctimas de los crímenes más aberrantes, los cuales no ameritan comparación con su fanática y fundamentalista opinión, la que por cierto no conmovió a ninguna de las partes, mucho menos de los jueces del tribunal y solo arrancó sonrisas socarronas.

Sin desmerecer lo sucedido en “La Escuelita”, calificar que esos hechos fueron los más aberrantes en la historia de la humanidad, es, lastimosamente, volver a mostrar una vez más, la pobreza intelectual, la decadencia moral y el bajo nivel profesional del Ministerio Público Fiscal en los juicios de lesa humanidad.

 

 


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Abril 18, 2024


 

Situación apocalíptica en Haití

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El principal experto de la ONU en derechos humanos en Haití advirtió que las condiciones humanitarias en el país caribeño se están deteriorando rápidamente y podrían llegar a ser “como Somalia en sus peores tiempos”, en medio de la escalada de violencia de las pandillas y de la inestabilidad política.

“Francamente, a estas alturas me estoy quedando sin palabras”, afirmó recientemente el observador de derechos humanos William O’Neill ante el organismo. “Es apocalíptico, es como el fin de los tiempos”, continuó. “Hay un nivel de intensidad y crueldad en la violencia que simplemente no tiene precedentes en mi experiencia en Haití”, señaló.

“Conozco a alguien que perdió a la mitad de su familia a manos de los escuadrones de ejecución del dictador François Duvalier y dijo que nunca lo había visto tan mal. Tíos, primos, hermanos asesinados y ella dijo que nunca había estado tan mal”, relató.

El experto estadounidense trabajó anteriormente en crisis humanitarias en países como Ruanda, Sierra Leona, Bosnia- Herzegovina y Nepal. “Aquí creo que la diferencia es que el Estado está prácticamente ausente”, afirmó. “No hay Estado y es casi como un mundo hobbesiano donde realmente sobreviven los más aptos […] y desafortunadamente los más aptos en este momento son las pandillas”, expresó.

En ese contexto, miles de personas han huido de la capital, Puerto Príncipe, controlada en un 90% por las bandas criminales. Sin embargo, O’Neill teme que la violencia pronto afecte al resto del país, provocando un éxodo masivo de haitianos a la vecina República Dominicana o a EE.UU. “Si todo se vuelve un infierno y se extiende desde Puerto Príncipe hacia el campo, mucha gente se subirá a barcas”, vaticinó.

Por otra parte, criticó a Washington por no tomar medidas enérgicas contra el contrabando de armas estadounidenses desde Florida a puertos haitianos. “Me sorprende que no se puedan llevar alimentos o medicinas a Haití, pero aun así llegan armas y balas”, manifestó.

“No puedo creer que mi Gobierno no pueda inspeccionar esos barcos que parten del río Miami y sacar todos los rifles y balas, porque Haití no produce armas ni balas”, aseveró O’Neill. “Si las pandillas no tienen sus armas ni sus balas, pierden todo su poder”, concluyó.

Haití está sumida en una crisis de gobernabilidad que ha venido escalando desde el magnicidio del presidente Jovenel Moïse en julio de 2021. El país declaró el estado de emergencia el 3 de marzo, después de que el peligroso líder criminal Jimmy ‘Barbecue’ Cherizier llamase a los grupos criminales a unirse y derrocar al primer ministro Ariel Henry, quien anunció días después su dimisión.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Abril 5, 2024


 

Propaganda y desinformación en un informe de “expertos”: Insuficiencia metodológica y de rigor científico=resultado invalido.

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Recientemente se publicó un artículo sobre “El trabajo de investigación sobre el efecto reparador de los juicios al terrorismo de Estado en la Argentina” https://www.pagina12.com.ar/210880-los-efectos-reparatorios-de-los-juicios-de-lesa-humanidad coordinado por Néstor Carlisky, Rubén Zukerfeld y Raquel Zonis de Zukerfeld y contó con la participación de Amelia Calvo, Juan J. Falcone, Ricardo Frigerio y Margarita Pavon y Nilda Rodríguez Rafaelli.

Esperando que, la versión completa de ese documento, que llevó 24 meses de investigación y la contribución de 9 expertos, disponga de todos los indicadores y referencias que se alude en el estudio, porque lo publicado es confuso e impreciso.

¿Cuál es el objeto y sujeto de estudio?: las víctimas de los delitos de lesa humanidad, las victimas generales de la violencia armada en Argentina durante el periodo 76-83, las denominadas victimas que eran miembros de grupos terroristas o los autores de crímenes contra la humanidad. ¿Que se quiere mostrar “científicamente”?

Algunas críticas sobre la metodología

El estudio realiza afirmaciones conceptuales no validadas por una comunidad científica multidisciplinaria. Se da, por cierto, verdadero, lo que son conjeturas, hipótesis, aproximaciones.  Se inventan palabras sin valor conceptual jurídico. Se afirman conceptos que no tienen existencia jurídica, positiva, legal.

Se designó por voluntad imperativa (subjetiva) quien es víctima, abandonando otras personas que reúnen las condiciones de víctimas según normas internas y convencionales. Si se elige el encuestado por su orientación religiosa, política, social u otra variable, el resultado de la misma  será inoperante y el concepto de víctima pierde su legitimidad.

  • No se menciona el detalle del muestreo, tipos de víctimas, ni los sectores socio-profesionales consultados. No explica los resultados de la encuesta: por ejemplo: cómo interpretar “…se pudo establecer que un 40% de ellos percibió lo que denominamos efecto reparatorio, mientras que en la muestra de la población general esta percepción la tuvo el 15% de la misma…”
  • No se hace un estudio comparativo con otros países que vivieron situaciones similares o tribunales internacionales que juzgan casos de lesa humanidad: las víctimas de las Farc en Colombia, los genocidios en Ruanda, Camboya, la ex URSS, las normas de la CPI, los TPI en curso…la convención europea sobre víctimas del terrorismo.

Se hizo abstracción del momento temporal del análisis: para los expertos que redactaron el estudio no hubo combatientes armados que integraron grupos terroristas, no existieron actos de violencia cometido por esos actores (asesinatos, atentados, secuestros, ataques contra las instituciones del Estado…) donde dejaron numerosas víctimas. No hay una contribución desde la criminología, la antropología, la sociológia de conflictos armados, las consecuencias post traumáticas…

Asimismo, el estudio menciona que “El valor opuesto al de la justicia es el de la venganza, que en 36 años jamás pasó al acto”, pero no se preocupa de la ilegalidad judicial en los juicios de lesa humanidad, donde se aplica a numerosas personas la retroactividad penal, la responsabilidad penal colectiva, la excepcionalidad (suspensión de garantías), la analogía penal, la prisión preventiva ilimitada, se violan de los derechos humanos, convencionales y convencionales. Como también los tratamientos crueles, inhumanos y degradantes que son víctimas aquellas personas que los expertos abusando de calificativos ideológicos llaman represores. Es en realidad de la venganza judicial, social, militante, aunque afirmen lo contrario.

Estado Negador, Indiferente o Estado Reparador, no existen en derecho internacional ni en relaciones internacionales.

  • Jurídicamente el delito o crimen de Terrorismo de Estado, es inexistente, esa expresión es una utilización únicamente ideológica porque no tiene realidad como sistema o régimen, analizado desde la óptica del derecho político, constitucional o la ciencia política. Es un concepto político-ideológico. “La expresión Terrorismo de Estado no existe, el Estado no puede subvertirse a sí mismo”, España, 28 abril2008, Audiencia Nacional, Sala Penal (http://estaticos.elmundo.es/documentos/2008/04/28/auto1.pdf). Asimismo, “el secretario general de la ONU expresó en 2005 la conceptualización de terrorismo y en forma clara y precisa la inexistencia del terrorismo de Estado” (A/59/2005). Por otra parte: la CIDH (informe sobre terrorismo y DDHH, 22octubre2012), la Unión Europea (decisión marco 13junio2012), la ONU (convención represión financiamiento del terrorismo 1999), la Sociedad de Naciones de 1937 (convención prevención, represión terrorismo septiembre 1937), y el Código Penal Argentino (art. 41 quinquies), encuadraron el concepto, la definición de terrorismo. Es decir, aterrorizar las autoridades, el Estado, y no lo contrario. Ninguna de esas convenciones, códigos o documentos de organizaciones internacionales mencionan el Terrorismo de Estado como pretenden los defensores de ese concepto, con la clara intención de crear una conceptualización criminal ex-nihilo.

Critica sobre el análisis

Se observa una discutida contribución intelectual de calidad en una investigación donde intervienen numerosos expertos. El estudio se aproxima más un documento de propaganda y formación para cuadros de un partido que un estudio científico. Los autores se muestran más militantes que expertos objetivos en sus disciplinas, buscando indicar un culpable, justificando o ignorando un contexto histórico de acción armada ilegal. Salvando distancias, los argumentos vertidos en el estudio se asimilan al modelo de defensa actual de los que intentan justificar la acción terrorista por el hecho que el mismo actuó como militante en respuesta a la violencia provocada por el Estado y la sociedad occidental, capitalista. El terrorista no se siente responsable de sus actos. Hasta hubo familiares de terroristas de ETA que se presentaron como víctimas que pretendieron ser indemnizados por el Estado, la justicia española se opuso y el TEDH confirmó esa decisión.

Intención de confundir:

Los expertos afirman que: “…el establecimiento de la verdad” ésta a veces no existe. Agregando que: “…verdad, entendiendo esta última como la aceptación de los testimonios acerca de la realidad de lo ocurrido y sus secuelas

  • La verdad histórica (como testimonio de lo real) no la impone ni la crea la subjetividad de testimonios o leyes. Las ciencias humanas, la historia en particular tiene indicadores y procesos propios de investigación que no son los de la justicia, ni de la psicología o la sociología. 

Pero, sobre todo, la verdad no es la aceptación del testimonio de las “víctimas del estudio”. Investigaciones científicas demostraron precisamente las limitaciones objetivas en los testimonios de personas que vivieron situaciones similares. En los ilegales juicios de lesa humanidad en Argentina, el principio “Decirlo todo” no es sinónimo de verdad, porque la persona que jura decir la verdad generalmente reemplazo la realidad vivida por un relato ucrónico que ningún juez o fiscal busca oponerse en nombre de la no revictimización y los abogados defensores tienen prohibido interrogar por los mismos motivos. Lo real, lo verdadero, son reemplazados por lo superficial, lo inexistente.  Numerosos factores e indicadores pueden deformar la realidad alejándola de la verdad. Pese a ello, la verdad no es cierta, verdadera, o realidad, porque lo dice o afirme un grupo político, de expertos o un partido. Ni tampoco éstos se pueden considerar fuente de lo real, de lo verdadero, de la realidad y de la verdad.

La verdad es lo real, es lo que se constata, lo que se ve, se escucha, lo que podemos medir nosotros mismos después de haberla aprehendida de manera subjetiva y singular. La verdad se encuentra en la realidad. Es el pensamiento empírico que se basa en lo real para producir la verdad (Michel Onfray, Théorie de la Dictature, Ed. Robert Laffont, 2019)

Recordado que:

El documento desinforma voluntariamente la sociedad queriendo asociar sectores que no son forzosamente representativos de la Nación. Se busca, por la sutileza que representa un estudio, uniformizar la opinión sometiéndola a la ideología que se defiende y reivindica los 70. Intenta imponerse como reemplazo de la justicia, sin posibilidad de recurso o de oposición a un estudio porque “científicamente se defiende o protege víctimas”. Los resultados publicados en el artículo de referencia, generan confusión, transmiten una verdad inexistente, haciendo creer que ella es así y no de otra manera. No se interesan a las victimas que dejaron los grupos terroristas en Argentina. Indudablemente, el principio quesolo la verdad os hará libres (Juan 8:31-38), no es el objetivo buscado. Paris, 09 agosto 2019. CasppaFrance

 


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Agosto 9, 2019


 

NOTICIAS RELÁMPAGO . Agosto 4, 2019

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ECOPARQUE

En la actualidad hay aproximadamente 700 animales en el predio de Buenos Aires, 279 controlados en recintos y el resto en semilibertad, lo que significa que pueden ir y venir a través de las diferentes áreas del parque según sus necesidades. Esto también hace más difícil saber el número exacto ya que se reproducen por cuenta propia.

Desde el 2016 se derivaron 760 ejemplares a otros destinos y las autoridades del Ecoparque destacan que todos los ejemplares llegaron a su nueva locación en buenas condiciones de salud.

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QUE CA… !

La ministra en jefe de Bengala Occidental, Mamata Banerjee, informó esta semana que el área rural del estado ahora se ha convertido en liberado de defecación al aire libre. “El Gobierno de la India ha confirmado nuestro logro, que era nuestra misión hacia un medio ambiente más limpio y verde y una vida segura”, comentó la funcionaria.

Con la construcción de baños públicos e instrucciones a la población, el lugar ha sido declarado el primer distrito oficial donde no se puede evacuar el vientre a la vista de otros. 

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HAY VIDA DESPUÉS DE MADURO

Ross
Maduro

Estados Unidos trazará planes para ayudar a Venezuela después de que Maduro se vaya.
El secretario de Comercio de Estados Unidos, Wilbur Ross, describirá los planes de Washington para ayudar a reconstruir Venezuela en caso de que el presidente Nicolas Maduro se vaya, en una conferencia en Lima la próxima semana, dijo el pasado viernes un alto funcionario de la administración estadounidense. El funcionario se negó a dar detalles sobre la vaga advertencia del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, el jueves sobre un bloqueo a Venezuela, pero dijo que Maduro debería ver los comentarios de Trump como una señal de que debería aprovechar las conversaciones en curso en Barbados para elaborar un “plan de salida”, Dijo el funcionario. 

POR UNA CULTURA PARA TODxS

Peña

Tal como sucediera con intelectuales, cientificos y actores para con Macri, otra serie de personalidades apoyó con una carta a la dupla Fernández-Fernández. Entre ellos, Cristina Banegas, Julieta Díaz y Cecilia Rossetto. También Jorge Dorio, Daniel Filmus, Orlando Barone, Roberto Caballero y Carlos Polimeni. Entre los nombres ausentes en la firma del pronunciamiento se destacan los de Pablo Echarri, Nancy Duppla y Florencia Peña, artistas cercanos al Kirchnerismo.

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ÉBOLA

Ruanda cerró su frontera con el Congo por el brote mortal del ébola el jueves, mientras que un funcionario congoleño dijo que una persona que tuvo contacto con el segundo caso confirmado de ébola en la ciudad fronteriza de Goma estaba recibiendo tratamiento después de mostrar signos de la enfermedad.

El coordinador de ébola para la provincia de Kivu del Norte, el Dr. Aruna Abedi, dijo que la persona en tratamiento es un caso sospechoso. El Ministerio de Salud del Congo dijo que se trata de la hija de un año de edad de un hombre que murió el miércoles y que había pasado varios días en casa con su familia mientras mostraba síntomas. Si se confirma este caso sospechoso, podría ser la primera transmisión de Ébola dentro de Goma, una ciudad de más de 2 millones de personas en la frontera con Ruanda. Es un escenario que los expertos en salud han temido durante mucho tiempo. El trabajo minucioso de encontrar, rastrear y vacunar a las personas que tuvieron contacto con el hombre ha comenzado.

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MAMÁ QUERIDA

Una madre aparece sonriendo en su foto para su prontuario policial después de dejar a su bebé dentro de un auto bajo altas temperaturas mientras supuestamente se iba a tomar unos tragos con su esposo en un club nocturno.

Samantha Grace Vaugham

Samantha Grace Vaughan, de 26 años, también gritó insultos raciales después de ser confrontada por oficiales dentro de un club nocturno en Texas, Vaughan fue acusada de abandonar o poner en peligro a una niña. Al regresar, se resistió al arresto y gritó una amenaza terrorista contra un servidor público.

La policía de Copperas Cove recibió una llamada sobre la niña de un año que quedó desatendida en el asiento trasero del automóvil de Vaughan.

El motor del automóvil seguía funcionando, a pesar de que las temperaturas exteriores alcanzaban los 25-27 ° C, lo que hacía que el interior del automóvil alcanzara alarmantes temperaturas de 50 ° C.

Un oficial entró al club y encontró a Vaughan, quien afirmó que ella había conducido al club nocturno Trackside para recoger a su esposo y entró para usar el baño. Al parecer, Vaughan le dijo a la policía que se sentó con su esposo para solo beber dos tragos, según una declaración jurada de la policía. Según los informes, los agentes dijeron que la joven de 26 años olía fuertemente a alcohol y la arrestaron en el acto.

Los resultados de una prueba de alcoholemia indicaron que su nivel de alcohol en sangre fue de 0.148, casi el doble del límite legal, según se informa.

Supuestamente se negó a ser esposada y gritó a la policía en una diatriba racista, diciendo: “No llevarás a mi hija y la colocarás con una puta negra”.

Cuando la policía le dijo que estaba bajo arresto, Vaughan se apartó, cayó al suelo y coemnzó a ensuciarse en su propio cuerpo.

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LA FRASE DEL DÍA

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No le encuentro ninguna explicación de por
qué el Kirchnerismo abandonó a mi marido,
salvo esto que digo, eventualmente, que
estuvieran carpeteados, que estuvieron
condicionados, que hubiesen hecho algún
tipo de arreglo o acuerdo para que
mantuvieran a Julio en prisión y el
resto (?) blindados o protegidos.

 

Alessandra Minnicelli, esposa de Julio DeVido

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PrisioneroEnArgentina.com

Agosto 4, 219


 

Tiempo Argentino acusa a Casppa France de pro genocida. Derecho a réplica o intervencion justicia.

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 Por el profesor MARIO SANDOVAL

 

Libertad de expresión, opinión, pensamiento: Art: 4, 10, 11 Declaración de los Derechos Humanos y del Ciudadano 1789. Art: 19 Declaración Universal de los Derechos del Hombre 1948, Art 4 Pacto Internacional relativa a los Derechos Civiles y Políticos 1966, Art 9, 10 Convención Europea de Derechos Humanos 1950, Art. 11, 13 Convención Americana sobre los Derechos Humanos, las Constituciones de países democráticos.

 

 Tiempo Argentino acusa a Cassppa France de pro genocida. Graves acusaciones que requieren el derecho a réplica, una rectificación o ratificación del autor de la nota y del periódico o la intervención de la justicia argentina.
 
Pablo Roesler, nuestro acusador “…La noticia del acto puso en alerta a los grupos progenocidas –quienes mencionan como presos políticos a imputados y condenados– que a través de sus blogs acusan de agresivos a los vecinos…” Foto: Radio Universidad Nacional de la Plata (11-07-2016) 
  
Tiempo argentino, en un artículo del 02 junio 2019 bajo el título “Vecinos de Villa Elisa se sienten amenazados por un represor excarcelado” https://www.tiempoar.com.ar/nota/vecinos-de-villa-elisa-se-sienten-amenazados-por-un-represor-excarcelado , Pablo Roesler, el autor del mismo, realiza infames acusaciones contra Casppa France que merecen el derecho a réplica, un comunicado del diario Tiempo Argentino, del Sr. Roesler, o la urgente intervención de la justicia argentina.
  • El Sr. Roesler afirma entre otras mentiras que: “La noticia del acto puso en alerta a los grupos progenocidas –quienesmencionan como presos políticos a imputados y condenados– que a través de sus blogs acusan de agresivos a los vecinos. “Lo sentimos como una amenaza velada”, explicó Lembeye que aclaró que la actividad no será un escrache. De hecho, no difunden la dirección de Videla
El Sr Roesler, realiza ataques ad-personam y ad-hominen, a todo opositor a sus ideas, olvidando que lo que está en juego es la libertad de expresión, de opinión, de ideas, cuando él mismo como ciudadano comprometido dice luchar por esos derechos.
Casppa France no es un grupo pro-genocida, es una asociación legalmente reconocida por la legislación y las autoridades francesas, legitimada por su publicacion en la Boletín Oficial Francés, www.casppa.org
 
1-El Sr. Roesler, no pueden ignorar que la libertad de expresión y de opinión, son derechos garantizados y protegidos por el artículo 19, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos : « Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión»  y por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos : « Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones»(art. 19)
  • El procedimiento del Sr Roesler es contrario a la Libertad de expresión, opinión, pensamiento: Art: 4, 10, 11 Declaración de los Derechos Humanos y del Ciudadano 1789. Art: 19 Declaración Universal de los Derechos del Hombre 1948, Art 4 Pacto Internacional relativa a los Derechos Civiles y Políticos 1966, Art 9, 10 Convención Europea de Derechos Humanos 1950, Art. 11, 13 Convención Americana sobre los Derechos Humanos, Convenciones sobre la discriminación, las Constituciones de países democráticos, las Reglas de Brasilia, la Agenda 20-30 de la ONU, entre otras convenciones internacionales. No hay excepción para privar de esa libertad, conforme al artículo 27 de la Convención de San José.
2-El Sr. Roesler no puede ignorar, que el crimen de genocida no existió en Argentina en la violencia de los años 70, por consecuencia no hay genocidas. Ni Genocidio, ni genocida, ni apología del genocidio.
  • En Argentina jurídicamente no hubo crimen de genocidio, por consecuencia no hay genocidas ni la apología de ese crimen. Utilizar esa palabra es despreciable y miserable por la memoria de las víctimas y sus familias, que vivieron esa inhumana situación en un momento histórico preciso. Por las calumnias e injurias que efectúa merece el rechazo de la sociedad y de las comunidades que vivieron esos crímenes, ningún historiador o jurista responsables pueden asociarlo con la Argentina actual o de los 70. Al contrario, hubo grupos terroristas, que cometieron actos terroristas y hay ex – terroristas. De haberse cometido el crimen de genocidio en Argentina, quizás sus autores deban permanecer en las cárceles que solo una justicia independiente puede determinarlo, pero toda otra hipótesis es inoperante por su entelequia.
3-Porque son Prisioneros Políticos: Casppa France afirma que los acusados ilegalmente de lesa humanidad en Argentina, al ser considerados presos de delitos no comunes, que no lo son ni de crímenes de guerra ni de un conflicto armado, lo son por otros motivos que no son jurídicos, son presos ilegales, de excepción, es decir prisioneros políticos según todas las referencias jurídicas internacionales y las definiciones de Amnistía Internacional. En consecuencia, en Argentina, los hombres y mujeres actualmente acusados ilegalmente de lesa humanidad son prisioneros políticos porque:
  1. a)Para la Organización de Naciones Unidas: Si bien no determina los criterios constitutivos de preso o prisionero político, recuerda su contribución en la protección de los derechos humanos:  a)“…disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias”;  b) “…que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”;   c) “…a la liberación del hombre de la opresión y las restricciones injustificadas…” (Preámbulo y punto D, resolución 217 (III) 10diciembre1948, carta internacional de DDHH. http://www.un.org/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/217%28III%29&referer=http://legal.un.org/avl/ha/udhr/udhr.html&Lang=S    
  • Fija el cuadro jurídico internacional de protección de todos los individuos con el objetivo de evitar que el poder político intervenga, reemplace o influencie la justicia, la libertad y los derechos de una persona, por ejemplo: proclamando la declaración universal de los derechos humanos (Declaración Universal DDHH,http://www.un.org/es/documents/udhr/index.shtml  ) , o determinando los principios de protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión (Resolución 43/173, 09dic1988: Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisiónhttp://www2.ohchr.org/spanish/law/detencion.htm )    
  • Finalmente, la ONU determina el perímetro a no transgredir de parte del poder político porque provoca la emergencia del hombre-prisionero político. “Nada en la presente declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o una persona emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamadas en esta Declaración” (  Art;30: Resolución 217 (III) 10diciembre1948, carta internacional DDHH http://www.un.org/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/217%28III%29&referer=http://legal.un.org/avl/ha/udhr/udhr.html&Lang=S  )
  1. b)Para la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (APCE): “Hay que tener presente que el concepto de “prisionero político” no debe afectar a los principios generalmente aceptados del derecho y los derechos humanos, incluido el principio de igualdad ante la ley y ante los tribunales, el de la cosa juzgada y otras reglas fundamentales”, yhttp://assembly.coe.int/nw/xml/XRef/Xref-XML2HTML-FR.asp?fileid=19150 si bien “la segunda parte del término “prisionero político” se refiere a la naturaleza política de este concepto, el primero hace hincapié en el aspecto legal.  Por lo tanto, si clasificamos los elementos de este concepto, un enfoque puramente jurídico o puramente política no aportara ningún resultado positivo; los criterios adecuados deben buscarse a la frontera de esos dos enfoques” (http://assembly.coe.int/ASP/Doc/XrefViewHTML.asp?FileID=9951&Language=FR      y http://assembly.coe.int/ASP/Doc/XrefViewHTML.asp?FileID=9951&Language=EN  )
  • La resolución 1900 APCE del 03 octubre 2012, determina los criterios por el cual una persona privada de su libertad individual debe ser considerada prisionero político:    
–          Detención impuesta en violación de una de las garantías fundamentales establecidas en la Convención Europea de Derechos Humanos y sus protocolos, en particular libertad de pensamiento, conciencia y religión, libertad de expresión e información y libertad de asamblea o asociación;
–          Detención por razones únicamente políticas sin conexión con delito alguno;
–          Por razones políticas, periodo de detención o condiciones claramente desproporcionadas en relación a la infracción por el cual la persona ha sido reconocida culpable o presuntamente de haber cometido la infracción.
–          Por razones políticas, la persona es detenida en condiciones discriminatoria en relación a otras personas.
–          Detención como culminación de procedimientos manifiestamente irregulares, y relacionados con motivos políticos de las autoridades. http://assembly.coe.int/ASP/XRef/X2H-DW-XSL.asp?fileid=19150&lang=FR      y  http://assembly.coe.int/ASP/XRef/X2H-DW-XSL.asp?fileid=19150&lang=EN                
  1. c)Para el Manual de Amnistía Internacional (AI): “Preso político   es todo preso cuya causa contenga un elemento político significativo, ya sea la motivación de sus actos, los actos en sí mismos o la motivación de las autoridades. AI aplica el calificativo «político» a los aspectos de las relaciones humanas que guardan relación con la «política», es decir, con los mecanismos de la sociedad y del orden público”.  AI, solicita “…que los presos políticos sean sometidos a un juicio con las debidas garantías en un plazo razonable, de conformidad con el derecho reconocido internacionalmente que tienen todos los presos a quedar en libertad si no los juzgan sin demora y con las debidas garantías…”.https://www.amnesty.org/download/Documents/120000/org200012002es.pdf
 
4- Violación a Principios deontológicos: El artículo publicado por el Sr Roesler:  “Vecinos de Villa Elisa se sienten amenazados por un represor excarcelado” https://www.tiempoar.com.ar/nota/vecinos-de-villa-elisa-se-sienten-amenazados-por-un-represor-excarcelado al realizarlo en su calidad de periodista, se violaron obligaciones y principios esenciales de la ética periodística previstos en: a) La carta de Múnich del 24noviembre 1971, b) Los principios Internacionales de ética profesional en periodismo del 21noviembre 1983, c) La declaración de Chapultepec del 11 marzo 1994, d) Ética del Periodismo SIP del 18 octubre 1925, e) Carta de aspiraciones del SIP, octubre 2008. Por ejemplo: Respetar la verdad, cualesquiera que sean las consecuencias, en razón del derecho del público a estar informado. Rectificar cualquier información publicada que resulte inexacta. Abstenerse de calumnia, difamación, acusaciones infundadas…Nunca confundir el periodismo con la publicidad o la propaganda… (Carta de Múnich).
  • Traicionó el principio que “la credibilidad de la prensa está ligada al compromiso con la verdad, a la búsqueda de precisión, imparcialidad y equidad” (Declaración de Chapultepec), de “Informar con exactitud y con verdad” (Ética del Periodismo SIP). “Los editores deben brindar a las personas e instituciones implicadas en las noticias la oportunidad de manifestar su versión de los hechos, en aras de acercarse lo más posible a la verdad y garantizar la pluralidad y diversidad” (Carta de aspiraciones del SIP, octubre 2008)  
  • La principal tarea del periodista es servir a la gente en su derecho a la verdad y la información auténtica con una dedicación honesta a la realidad objetiva, de manera que los hechos estén divulgados conscientemente en un contexto apropiado, precisando sus conexiones esenciales y sin causar distorsión… La información en periodismo se entiende como bien social y no como un producto, el periodista comparte la responsabilidad de la información transmitida…el periodista participa activamente en la transformación social hacia la mejora democrática de la sociedad y contribuye con el diálogo a un clima de confianza…absteniéndose de cualquier justificación de las demás formas de violencia, odio o discriminación … (Principios de la Unesco de 1983). 
  
Finalmente,
Las graves acusaciones que impunemente el Sr. Pablo Roesler realiza en Argentina es lamentablemente una costumbre y conducta de militantes radicalizados utilizando un carné de prensa, es una nueva forma de terrorismo mediático para hacer callar todas las voces opositoras al relato oficial, sin la intervención de la justicia o del gobierno por la alianza corrupción-impunidad. Esas mismas acusaciones en Europa serian denunciadas ante la justicia y sus autores condenados por las injurias, calumnias abominables y otros delitos. Lo más grave es que el Sr Roesler en sus afirmaciones miente: considerándose detentor de un dogma irrefutable e indiscutible y de una inmunidad periodística (que no la tiene). Tiempo Argentino y el Sr. Roesler, merecen el repudio de la sociedad por su irresponsabilidad en ese artículo acusado de pro-genocida a toda persona que no comparte sus ideas. Si las redacciones de los medios de comunicación no modifican sus orientaciones en sus artículos y no realizan el verdadero rol del periodismo, van directamente hacia el modelo de la Radiotelevisión des mille collines (RTM) de Ruanda y sus consecuencias ulteriores.
Casppa France, mantiene el contenido de su publicación en nombre de los derechos fundamentales bajo el título: Amenazas, persecución y futuro ataque al domicilio del Sr. Eduardo Carlos Videla. La justicia en silencio, 28 mayo 2019https://www.casppafrance.org/2019/05/amenazas-persecucion-y-futuro-ataque-al.html?spref=bl . Por otra parte, se reserva el derecho de solicitar la protección de sus libertades ante la justicia en Argentina, Francia y otras jurisdicciones en el momento oportuno, solicitando el derecho a replica a Tiempo Argentino y de una ratificación o rectificación del Sr. Pablo Roesler inculpando a Calppa France de progenocida.  Paris, 03 junio 2019. CasppaFrance.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Junio 3, 2019


 

Ruanda, Ruanda…

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El 7 de abril de 1994, la violencia alimenta lo que se convertiría en el peor episodio de genocidio desde la Segunda Guerra Mundial: la masacre de un estimado de 900,000  de tutsis civiles inocentes y hutus moderados. Tras la primera oleada de masacres, las fuerzas de Ruanda logran desalentar la intervención internacional con el asesinato de 10 oficiales de mantenimiento de la paz belgas. Los tutsis, un grupo minoritario que constituía alrededor del 10 por ciento de la población de Ruanda, no recibieron asistencia de la comunidad internacional, aunque las Naciones Unidas reconocieron más tarde que apenas 5.000 soldados desplegados desde el principio habrían detenido la masacre.

Las raíces inmediatas del genocidio de 1994 se remontan a principios de la década de 1990, cuando el presidente Juvenal Habyarimana, un hutu, comenzó a utilizar la retórica anti-tutsi para consolidar su poder entre los hutus. A partir de octubre de 1990, hubo varias masacres de cientos de tutsis. Aunque los dos grupos étnicos eran muy similares, compartiendo el mismo idioma y cultura durante siglos, la ley requería un registro basado en el origen étnico. El gobierno y el ejército comenzaron a reunir a los Interahamwe (que significa “los que atacan juntos”) y se prepararon para la eliminación de los tutsis armando a los hutus con armas y machetes. En enero de 1994, las fuerzas de las Naciones Unidas en Ruanda advirtieron que eran inminentes masacres mayores.

El 6 de abril de 1994, el presidente Habyarimana fue asesinado cuando su avión fue derribado. No se sabe si el ataque fue llevado a cabo por el Frente Patriótico de Ruanda (RPF), una organización militar tutsi estacionada fuera del país en ese momento, o por extremistas hutu que intentaban instigar un asesinato en masa. En cualquier caso, los extremistas hutu en el ejército, encabezados por el coronel Theoneste Bagosora, entraron en acción de inmediato, asesinando a los tutsis y los hutus moderados a pocas horas del accidente.

Los pacificadores belgas fueron asesinados al día siguiente, un factor clave en el retiro de las fuerzas estadounidenses de Ruanda. Poco después, las estaciones de radio de Ruanda transmitían llamamientos a la mayoría hutu para que mataran a todos los tutsis del país. El ejército y la policía nacional dirigieron la masacre, a veces amenazando a los civiles hutu cuando la persuasión no funcionaba. Miles de personas inocentes fueron asesinadas con machetes por sus vecinos. A pesar de los crímenes horrendos, la comunidad internacional, incluido Estados Unidos, dudó en tomar alguna medida. Ellos erróneamente atribuyeron el genocidio al caos en medio de la guerra tribal. El presidente Bill Clinton más tarde dijo que el hecho de que Estados Unidos no haya hecho nada para detener el genocidio es “el mayor arrepentimiento” de su administración.

Se dejó al RPF, dirigido por Paul Kagame, para comenzar una campaña militar en última instancia exitosa para el control de Ruanda. Para el verano, el RPF había derrotado a las fuerzas hutu y las había expulsado del país y hacia varias naciones vecinas. Sin embargo, en ese momento, aproximadamente el 75 por ciento de los tutsis que viven en Ruanda habían sido asesinados.

 


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Abril 7, 2019


 

Las Víctimas de la Ambición. Ruanda bajo Paul Kagame

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Después de pasar un año en una prisión de Ruanda esperando que el tribunal superior del país decidiera sobre su caso, Diane Rwigara temió lo peor.

La mujer de 37 años manifestó a los medios que: “Tendré que aceptarlo e ir a la cárcel porque creo que ese es el precio que pagas por la libertad”.

La ex contadora pública se enfrentó a un período de 22 años en la cárcel por “incitar a la insurrección” y la “falsificación” después de que intentara postularse en las elecciones presidenciales del año pasado contra el presidente de Ruanda, Paul Kagame.

Su madre, Adeline, también se enfrentó a un término de 22 años luego de enviar mensajes que criticaban al gobierno sobre Whatsapp a su hermana y un par de amigos.

Pero en un juicio sorpresa, el tribunal encontró que ambos miembros de la familia Rwigara eran inocentes.

“Todos los cargos han sido retirados. El tribunal considera que los cargos de la fiscalía no tenían fundamento”, dijo un miembro del panel de tres jueces.

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Si bien la decisión será un gran alivio para ambas mujeres, no borrará lo que el par ha vivido.

Las dificultades de la Sra. Rwigara comenzaron cuando declaró su candidatura en el concurso presidencial de Ruanda de 2017.

Su gerente de campaña de 44 años, Thadeyo Muyenzi, desapareció y aún no ha sido encontrado.

Luego, las fotos de desnudos, supuestamente de la Sra. Rwigara, fueron publicadas y compartidas en las redes sociales.

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El presidente de Ruanda, Paul Kagame, recibe elogios frecuentes por dirigir al país a través de un período prolongado de relativa paz y prosperidad después del brutal genocidio del país en 1994. El país también ha experimentado un gran crecimiento económico y mucho desarrollo, especialmente en Kigali. Pero la reelección de agosto de Kagame con el 99 por ciento de los votos, los cambios en la Constitución que le permiten mantenerse en el poder hasta 2034, y las acusaciones de represión, han despertado la alarma de que Ruanda podría caer en la dictadura. En los últimos años, grupos internacionales de derechos humanos e incluso aliados como los Estados Unidos han denunciado hostigamiento, abuso y arresto de los opositores políticos de Kagame. Entonces, ¿es Rwanda bajo Kagame un milagro pacífico y democrático o se está convirtiendo en una dictadura?
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Finalmente, la junta electoral del país le prohibió participar después de que la acusaron de falsificar firmas de la gente que apoyaba su candidatura. Kagame ganó un tercer mandato en el cargo con el 98% de los votos.

Sin desanimarse, la incipiente política lanzó su propio partido político llamado Movimiento de Salvación del Pueblo, pero la policía allanó a la familia en su hogar: detuvo a la contadora ya su madre durante los siguientes 12 meses.

Horas antes de que se anunciara el veredicto, la Sra. Rwigara dijo que fue atacada por el Estado porque estaba preparada para desafiar a Kagame y su camarilla dominante.

Ella agregó: “Esto es lo que sucede cuando te atreves a tener una opinión política diferente, una visión diferente a la del gobierno.

“Esto es lo que sucede si no desapareces como mi jefe de campaña o si te meten en la cárcel o pierdes tu vida. Así que sí, pagas un precio por hablar en este país”.

Paul Kagame, el lobo-presidente del país con aspecto de cordero, ha sido ampliamente elogiado por su papel en proporcionar estabilidad y crecimiento económico al territorio después del genocidio catastrófico de Ruanda en 1994.

Sin embargo, ciudadanos y periodistas se han cansado de su estilo cada vez más autocrático.

Las críticas al gobierno rara vez se toleran y, en 2015, diseñó una enmienda constitucional que significa que puede ejercer la presidencia hasta 2034.

Como todo político, Kagame no dudó de convertirse de héroe a villano para perpetuarse en el poder.

“Digo la verdad, que el sistema se basa en una mentira”, dijo Rwigara. “Ellos simplemente no quieren estar expuestos.

“La mentira es que todo está bien en Ruanda y solo hablo sobre la realidad que es el alto nivel de desempleo, el alto nivel de pobreza, las desapariciones, los asesinatos, todo eso, y Kafame y sus secuaces no están listos para ser expuestos.”

 


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Diciembre 10, 2018