Está claro que el curro de los derechos humanos debe seguir y muchos jueces continúan bailando a ese ritmo, ante la total COMPLICIDAD de toda la clase política.
La semana pasada la Cámara Federal de Rosario resolvió: “hacer lugar al planteo de nulidad de cosa juzgada írrita respecto de la sentencia dictada en fecha 19 de julio de 1978 en el marco del expediente nº 1858 “Martínez, Luis Antonio s/ homicidio y lesiones culposas. Víctimas: Ponce de León, Carlos Horacio y Martínez, Víctor Oscar”; en otras palabras, se abrió la puerta para que la causa sea investigada como homicidio cometido por el terrorismo de estado y de esa forma seguir imputando y encarcelando militares.
La sentencia es simplemente un cumulo de elucubraciones, hipótesis y antojadizas interpretaciones de los sentenciantes, totalmente alejadas de las verdades constatadas en esa causa. Es decir, un verdadero mamarracho.
Los medios nacionales se han hecho eco de la noticia, pero sin tan siquiera interiorizarse de las constancias obrantes en el expediente y el contexto de la causa. Resulta triste que avezados periodistas de los grandes medios no tengan la más minina ni remota idea de lo ignominioso de lo resuelto. Veamos.
El fallecimiento del Obispo Ponce de León, ocurrió en el año 1977 y fue investigado en la causa n° 1858 caratulada “Martínez, Luis Antonio. homicidio y lesiones culposas. Ramallo”, por el entonces Juzgado en lo Penal n° 3 del Departamento Judicial San Nicolás, quien ordenó el procesamiento de Luis Antonio Martínez por los delitos de homicidio y lesiones culposas, y posteriormente lo condenó a la pena de 6 meses de prisión en suspenso y 5 años de inhabilitación especial para conducir automotores, en perjuicio del Obispo Ponce de León. Esa sentencia fue apelada por la defensa particular de Martínez y fue confirmada por la entonces Cámara Segunda de Apelación Departamental. A esta realidad se le responde, espuriamente, que esa causa jamás fue un verdadero proceso judicial pues se desarrolló durante el Estado Terrorista y por una Justicia cómplice del mismo.
Ante el cumulo de material probatorio que consta que esa causa y que acredita en forma indubitable que se trató de un accidente automovilístico (el día era lluvioso, el asfalto estaba mojado y resbaladizo, había poca visibilidad por una densa neblina que la reducia a 50 metros, una monja del Obispado testimonió que le aconsejó al Obispo que no viajara ese día dado que no veía bien por problemas en la vista), canallescamente se sostiene que “es coherente creer que si partimos de la base de una investigación irregular por el contexto y momento histórico en que aquél acaeció…”. Ante ello basta recordar que uno de los sentenciantes escribió, una vez, en una resolución: “Nada legal puede surgir de una ilegal dictadura”.
La reapertura de la causa fue solicitada en el año 2005, a raíz del testimonio que Víctor Oscar Martínez (acompañante del Obispo en el automóvil el día del hecho) brindara ante la CONADEP y luego ante el propio Juzgado Federal de San Nicolas, quien describió con “lujos de detalles” como fue “asesinado” el Obispo. Tan groserasfueron sus mentiras que fue procesado por el delito de falso testimonio (procesamiento confirmado por la misma Cámara Federal de Rosario) en los autos “martinez victor s/ falso testimonio” (fro 76000038/2011), estando la causa a la espera de fecha de juicio oral por ante el Tribunal Oral Federal Nº 3 de Rosario. Sobre el particular se debe destacar que ese Tribunal Oral viene dilatando la fijación de fecha de comienzo de juicio –está paralizada desde hace casi un año y medio-, a pesar de los reiterados pedidos de la querella particular; cuando rápidamente fija fecha de comienzo de juicio a militares y policías. En dicha causa, consta el testimonio de una persona que afirma haber presenciado la conversación del testigo “estrella” Víctor Martínez y el entonces Fiscal Federal de San Nicolas (hoy devenido en Fiscal de la Unidad Fiscal de DDHH de Rosario) -días de su declaración ante la Justicia y en la casa del propio Martínez- donde discurrían sobre lo que este debía declarar. Ello motivó la radicación de una denuncia por el delito de instigación al falso testimonio contra el Fiscal Federal, dando origen a la causa fro 10647/2013 caratulada “murray, juan patricio s/ falso testimonio. denunciante: saint amant, manuel fernando”, estando la causa ahora “paraliza” en la misma Cámara Federal de Rosario, por las chicanas de la defensa del Fiscal, a pesar de que el Fiscal interviniente sostuviera: “la denunciada instigación al falso testimonio” es (y debe ser) objeto de investigación en la causa “Martínez, Víctor Oscar s/ Presunta infracción al art. 275 del C.P.” (expte. 29.026)”.
También en esa causa se practicó una autopsia del cadáver de Ponce de León, en la cual participaron médicos del Cuerpo Médico Forense, del Equipo Argentino de Antropología Forense y de la Asociación Médica Argentina, quienes “en conforma concluyente descartaron lesiones compatibles con un homicidio y que las mismas eran compatibles con un accidente de tránsito”. A la misma conclusión llegaron los peritos de la Gendarmería Nacional en la pericial accidentología ordenada. Ante la irrefutabilidad del contundente material probatorio, la Cámara Federal de Rosario en su insólita resolución le da credibilidad al solitario dictamen del perito de las querellas de los DDHH, que mediante un software denominado PC-CRASH, consistente en un algoritmo que permite hacer cálculos matemáticos de las dinámicas de los accidentes de tránsito, llegó a la conclusión que se trató de un homicidio y no de un accidente de tránsito, mediante “hermosas” reproducciones y visualizaciones del hecho en “3D”. Claro, lo que no dice la resolución judicial es que de todas las reproducciones efectuadas por este “genio” en su computadora portátil, algunas le dieron la razón y otras no; como que por ese sistema de física cuántica se puede probar que un elefante puede balancearse en un barranco sin caerse, con su cola anudada a una margarita.
Y así se podría seguir por varias hojas más exponiendo sobre esta espuria sentencia judicial. pero creemos que por lo brevemente narrado resulta suficiente para acreditar esta nueva mentira, la cual la gente debe conocer.
Obviamente y aquí va el meollo de la cuestión y lo que ningún medio dice es que la reapertura de la causa “Ponce de León” es fogoneada por el ex oficial de inteligencia montonero, ahora devenido en periodista, y asesor del sucesivos gobiernos kirchneristas; quien desde el “Boletín Oficial” en su momento y ahora desde su blog, ha resaltado la valentía del Fiscal (denunciado) y el testigo (procesado por falso testimonio), en la búsqueda y el esclarecimiento de “la verdad”.
En fin, está claro que el curro de los derechos humanos debe seguir y muchos jueces continúan bailando a ese ritmo, ante la total complicidad de toda la clase política.
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Por Dr. Gonzalo Miño.
La semana pasada la Cámara Federal de Rosario resolvió: “hacer lugar al planteo de nulidad de cosa juzgada írrita respecto de la sentencia dictada en fecha 19 de julio de 1978 en el marco del expediente nº 1858 “Martínez, Luis Antonio s/ homicidio y lesiones culposas. Víctimas: Ponce de León, Carlos Horacio y Martínez, Víctor Oscar”; en otras palabras, se abrió la puerta para que la causa sea investigada como homicidio cometido por el terrorismo de estado y de esa forma seguir imputando y encarcelando militares.
La sentencia es simplemente un cumulo de elucubraciones, hipótesis y antojadizas interpretaciones de los sentenciantes, totalmente alejadas de las verdades constatadas en esa causa. Es decir, un verdadero mamarracho.
[ezcol_1half] [/ezcol_1half] [ezcol_1half_end] [/ezcol_1half_end]Los medios nacionales se han hecho eco de la noticia, pero sin tan siquiera interiorizarse de las constancias obrantes en el expediente y el contexto de la causa. Resulta triste que avezados periodistas de los grandes medios no tengan la más minina ni remota idea de lo ignominioso de lo resuelto. Veamos.
El fallecimiento del Obispo Ponce de León, ocurrió en el año 1977 y fue investigado en la causa n° 1858 caratulada “Martínez, Luis Antonio. homicidio y lesiones culposas. Ramallo”, por el entonces Juzgado en lo Penal n° 3 del Departamento Judicial San Nicolás, quien ordenó el procesamiento de Luis Antonio Martínez por los delitos de homicidio y lesiones culposas, y posteriormente lo condenó a la pena de 6 meses de prisión en suspenso y 5 años de inhabilitación especial para conducir automotores, en perjuicio del Obispo Ponce de León. Esa sentencia fue apelada por la defensa particular de Martínez y fue confirmada por la entonces Cámara Segunda de Apelación Departamental. A esta realidad se le responde, espuriamente, que esa causa jamás fue un verdadero proceso judicial pues se desarrolló durante el Estado Terrorista y por una Justicia cómplice del mismo.
Ante el cumulo de material probatorio que consta que esa causa y que acredita en forma indubitable que se trató de un accidente automovilístico (el día era lluvioso, el asfalto estaba mojado y resbaladizo, había poca visibilidad por una densa neblina que la reducia a 50 metros, una monja del Obispado testimonió que le aconsejó al Obispo que no viajara ese día dado que no veía bien por problemas en la vista), canallescamente se sostiene que “es coherente creer que si partimos de la base de una investigación irregular por el contexto y momento histórico en que aquél acaeció…”. Ante ello basta recordar que uno de los sentenciantes escribió, una vez, en una resolución: “Nada legal puede surgir de una ilegal dictadura”.
La reapertura de la causa fue solicitada en el año 2005, a raíz del testimonio que Víctor Oscar Martínez (acompañante del Obispo en el automóvil el día del hecho) brindara ante la CONADEP y luego ante el propio Juzgado Federal de San Nicolas, quien describió con “lujos de detalles” como fue “asesinado” el Obispo. Tan groseras fueron sus mentiras que fue procesado por el delito de falso testimonio (procesamiento confirmado por la misma Cámara Federal de Rosario) en los autos “martinez victor s/ falso testimonio” (fro 76000038/2011), estando la causa a la espera de fecha de juicio oral por ante el Tribunal Oral Federal Nº 3 de Rosario. Sobre el particular se debe destacar que ese Tribunal Oral viene dilatando la fijación de fecha de comienzo de juicio –está paralizada desde hace casi un año y medio-, a pesar de los reiterados pedidos de la querella particular; cuando rápidamente fija fecha de comienzo de juicio a militares y policías. En dicha causa, consta el testimonio de una persona que afirma haber presenciado la conversación del testigo “estrella” Víctor Martínez y el entonces Fiscal Federal de San Nicolas (hoy devenido en Fiscal de la Unidad Fiscal de DDHH de Rosario) -días de su declaración ante la Justicia y en la casa del propio Martínez- donde discurrían sobre lo que este debía declarar. Ello motivó la radicación de una denuncia por el delito de instigación al falso testimonio contra el Fiscal Federal, dando origen a la causa fro 10647/2013 caratulada “murray, juan patricio s/ falso testimonio. denunciante: saint amant, manuel fernando”, estando la causa ahora “paraliza” en la misma Cámara Federal de Rosario, por las chicanas de la defensa del Fiscal, a pesar de que el Fiscal interviniente sostuviera: “la denunciada instigación al falso testimonio” es (y debe ser) objeto de investigación en la causa “Martínez, Víctor Oscar s/ Presunta infracción al art. 275 del C.P.” (expte. 29.026)”.
También en esa causa se practicó una autopsia del cadáver de Ponce de León, en la cual participaron médicos del Cuerpo Médico Forense, del Equipo Argentino de Antropología Forense y de la Asociación Médica Argentina, quienes “en conforma concluyente descartaron lesiones compatibles con un homicidio y que las mismas eran compatibles con un accidente de tránsito”. A la misma conclusión llegaron los peritos de la Gendarmería Nacional en la pericial accidentología ordenada. Ante la irrefutabilidad del contundente material probatorio, la Cámara Federal de Rosario en su insólita resolución le da credibilidad al solitario dictamen del perito de las querellas de los DDHH, que mediante un software denominado PC-CRASH, consistente en un algoritmo que permite hacer cálculos matemáticos de las dinámicas de los accidentes de tránsito, llegó a la conclusión que se trató de un homicidio y no de un accidente de tránsito, mediante “hermosas” reproducciones y visualizaciones del hecho en “3D”. Claro, lo que no dice la resolución judicial es que de todas las reproducciones efectuadas por este “genio” en su computadora portátil, algunas le dieron la razón y otras no; como que por ese sistema de física cuántica se puede probar que un elefante puede balancearse en un barranco sin caerse, con su cola anudada a una margarita.
Y así se podría seguir por varias hojas más exponiendo sobre esta espuria sentencia judicial. pero creemos que por lo brevemente narrado resulta suficiente para acreditar esta nueva mentira, la cual la gente debe conocer.
Obviamente y aquí va el meollo de la cuestión y lo que ningún medio dice es que la reapertura de la causa “Ponce de León” es fogoneada por el ex oficial de inteligencia montonero, ahora devenido en periodista, y asesor del sucesivos gobiernos kirchneristas; quien desde el “Boletín Oficial” en su momento y ahora desde su blog, ha resaltado la valentía del Fiscal (denunciado) y el testigo (procesado por falso testimonio), en la búsqueda y el esclarecimiento de “la verdad”.
En fin, está claro que el curro de los derechos humanos debe seguir y muchos jueces continúan bailando a ese ritmo, ante la total complicidad de toda la clase política.
PrisioneroEnArgentina.com
Febrero 17, 2023