JUICIOS DE LESA HUMANIDAD PARTE XII.  JUICIOS QUE HAN NACIDO MAL PARIDOS Y MAL PARIDOS VAN A MORIR. PRESIDENCIA DE NÉSTOR KIRCHNER. CAPÍTULO V.

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Habiendo desarrollado algunas de las aberraciones  jurídicas de estos juicios mal llamados de lesa humanidad y para entender mejor la ilegalidad de los mismos, voy a desarrollar en forma muy escueta el derecho a la verdad, para demostrar que estos jueces no solo convirtieron en papel higiénico la Constitución Nacional y las leyes. También se defecan en los más elementales principios filosóficos del razonamiento humano, y no porque los ignoran, sino que lo hacen por seguir una sucia “política de estado”.
Al no existir ningún respeto por nuestras leyes, creando para estos juicios, las suyas propias, ejecutando una justicia diferenciada lejos de toda norma legal, ¿Quién puede asegurarse que esta justicia no sea volcada a todo ciudadano en la Nación Argentina, cuando los intereses de los gobernantes puedan verse afectados? De hecho, entiendo que eso ya está ocurriendo.
PRIMERA PARTE DE EL DERECHO A LA VERDAD DENEGADO EN ESTOS JUICIOS Y ABERRANTE PROTECCIÓN A LOS TERRORISTAS GUERRILLEROS.
“La primera de las fuerzas que mueven al mundo es la mentira”, señalaba JEAN FRANÇOIS REVEL en su obra “El Conocimiento Inútil”,  entiendo que eso es lo que está sucediendo en la Argentina con el gobierno de KIRCHNER y hoy se continúa con el gobierno de MACRI, con leyes que obligan a creer de los 30 mil desaparecidos. Con funcionarios ex terroristas guerrilleros, tirando flores a estas alimañas mientras se condena a los soldados que los vencieron en una guerra que ellos mismos provocaron, con que “se acaba el curro de los Derechos Humanos”. solo para nombrar alguno de esas mentiras
La falsedad histórica y mistificación jurídica de la doctrina de los crímenes de lesa humanidad en su aplicación a la Argentina, implementada en todas las decisiones precedentemente enunciadas tomadas desde el 2003 en adelante. Con la consecuente violación sistemática de todas las garantías constitucionales inimaginables, muestran bien a las claras el carácter de persecución política que tienen todas estos juicios.
Sin embargo, la Constitución Nacional –que no es una sugerencia, que puede ser obviada, o desatendida, conforme las circunstancias-, desde 1853 a la fecha, sigue prescribiendo lo mismo en su artículo18 “Ningún habitante de la nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni …sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa.”
Antes de hablar del Derecho a la Verdad se hace imprescindible detallar dos aspectos relacionados con este derecho: 1ro) Que significa la historia y 2do) Que es la verdad, ambos son los pilares, los cimientos fundamentales del quehacer humano, especialmente de los juicios penales. Tales aspectos brillan por su ausencia en estos juicios, dándose prioridad a la inversión de la historia y a la falsedad, y como dice en la Biblia en Isaías 64- 5: “Nos hemos convertido en una cosa impura, toda esta justicia es como un trapo sucio”.
Y es así porque cuando la Justicia cumple órdenes del estado, la Política la supera convirtiéndose en ese trapo sucio, y en  puro prejuzgamiento y prevaricato.
El Diccionario de Filosofía de JOSE FERRATER MORA explica que “…la historia es propiamente relato, descripción de los momentos de una cosa o hecho, BACON dice que “…se debe saber de hechos y no de esencias Los hechos históricos a analizar deben hacerse fuera de toda concepción filosófica,  la concepción filosófica lleva al estudio parcial del hecho histórico y no a la descripción narrativa, del o de los hechos tal cual ocurrieron”, por ello que respecto a la historia BOGUMIL JUSINOWKI, dice que “la historia en sus sentidos de realidad histórica están contenidos de “un concepto de continuidad”. Por eso este autor rechaza expresamente lo que él llama “las islas de la historia” tampoco se puede excluir del “periodo histórico” en que se desarrollaron los hechos, tal cual se hace en estos juicios, fuera de todo contexto histórico, por lo que TROELTSCH Y MANNHEIM mencionan que “…el historicismo lealmente admitido, es el único modo de evitar el relativismo, pues así los puntos de vista efectivamente son parciales”. Estos juicios están viciado de relativismo y es totalmente parcial, aspecto que desarrollaré, de hecho solo estos aspectos y los mencionados precedentemente, nulifican estos “JUICIOS MAL PARIDOS” en forma  absoluta.
La historia y la verdad, debe basarse exclusivamente fuera de toda concepción filosófica,  para evitar que un mismo hecho sea interpretado de distintas maneras de acuerdo a la corriente filosófica que lo analice, o a los objetivos políticos que se busquen. Sin subjetividad alguna y solo a manera de ejemplo no es lo mismo  una muerte analizada por el Papa SAN JUAN PABLO II que por el actual FRANCISCO BERGOGLIO. Este último  entiendo es un personaje siniestro que  hace muchísimo daño a la Iglesia. O que esa  misma muerte sea analizada por  el actual presidente y su antecesores, la primera es  la filosofía de  vida, de humildad y el amor que nos enseñara NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO, y en las otras  es la filosofía de la soberbia, de la presión, de la descalificación de las personas y de los hechos.  También es la manipulación y la persecución de la justicia, de la historia y de la verdad, es el aniquilamiento a todo el que se oponga, pongo como prueba a los señores jueces que se vieron obligados a renunciar por no querer ser cómplices de una POLÍTICA DE ESTADO, y de ser manejados y controlados por estos gobiernos que en realidad son grandes traidores a la Patria.
Los escolásticos distinguen dos tipos de verdades, la verdad lógica que es la verdad del intelecto o la del conocimiento llamado gnoseología y la verdad ontológica o verdad de lo trascendental solo me ocuparé de la primera.
HUSSERL dice: “… el estudio de las relaciones entre el hecho histórico  y la evidencia conduce ciertamente al concepto de verdad..”, por eso toda verdad se basa en razonamientos lógicos con premisas verdaderas y no falsas. De estas premisas falsas es la que hace uso permanentemente los integrantes de los Tribunales Orales, Jueces y Fiscales de los diferentes estamentos de la justicia, y querellantes de toda laya,  porque así lo ordenó “LA POLITICA DE ESTADO”, voy a dar un ejemplo de este tipo de silogismo.
PRIMERA PREMISA: JORGE TAIANA Ex Ministro de Relaciones Exteriores de este Gobierno Montonero (Ex – Canciller), es responsable de la colocación de una bomba en el bar El Ibérico asesinando a dos civiles inocentes, este terrorista guerrillero, no es  juzgado en los juicios de Lesa Humanidad, por ser una “bella persona”.
SEGUNDA PREMISA: Las fuerzas leales que lo persiguieron, son perversas porque combatieron a tan “bella persona”.
CONCLUSIÓN: JORGE TAIANA, asesino, terrorista guerrillero, que es tan “bella persona”, es inocente y premiado por el gobierno. Las fuerzas  legales deben ser juzgadas por ser perversas al perseguir esta “bella persona”.
De esta forma lo relativo de la “bella persona”, se opone a lo absoluto de la verdad, donde todo juicio de la verdad, es verdadero y sin restricciones.
Como puede verse este silogismo es de falsedad absoluta, y es la negación misma del raciocinio, y este es solo un ejemplo de los miles de terroristas guerrilleros impunes, protegidos por una POLITICA DE ESTADO y con estos silogismos estamos siendo juzgados y condenados.
Este vergonzoso razonamiento, hace de por si a todos estos juicios  insanablemente nulos, y se llegó a tal extremo de dar a entender “Que el ser terrorista no es un delito”. Quiero aclarar que el delito, no es por el nombre que se le puso a la organización guerrillera, y a sus integrantes, como si fuese un equipo de fútbol, sino por lo que estas organizaciones ilegales, ordenaban a sus integrantes actividades como el delito de asesinato, secuestros, torturas, actos terroristas, asesinatos de civiles inocentes incluidos niños y militares inocentes etc. Todos ellos son delitos de “Lesa Humanidad” , aspecto legal que sí conocen, pero no reconocen siguiendo una “POLÍTICA DE ESTADO”.
Antes de continuar aclaro porque digo inocentes militares, porque así establece el PROTOCOLO II – TITULO II – TRATO HUMANO – Art 4 – Garantías Fundamentales Inc. 1 del Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra. Este protege a todas personas que  no participen en las hostilidades incluidos los militares. Estos tribunales no ignoran que la Fuerzas Armadas (FFAA), Fuerzas de Seguridad (FFSS) y Fuerzas Policiales (FFPP) cuando entraron en combate por orden de la presidenta el 5 de febrero de 1975 en Tucumán, venían siendo asesinadas. Así se consideró como punto de partida el asesinato del Gral. ARAMBURU el 1ro de junio de 1970, presentación en sociedad de la organización Montoneros. A partir de ese momento nos mataban como perros, llegando al 5 de febrero de 1970, con casi un millar de oficiales y suboficiales  de las Fuerzas Armadas (FFAA), Fuerzas de Seguridad (FFSS) y Fuerzas Policiales (FFPP) asesinados, todos ellos inocentes, ya que no participábamos en hostilidades de ningún tipo. En mi caso fui emboscado dos veces en la Ciudad de Córdoba, salí vivo porque El Señor y la Santísima Virgen me protegieron. El barrio donde vivía frente al parque  Sarmiento era tiroteado de noche en forma continua, debiendo colocar a mi hija mayor, que no tenía un año, junto con mi señora en la bañadera de la casa, tapadas con tres colchones, para evitar que fueran muertas en forma directa por un disparo. Vivía con miedo, con mucho miedo, con terror, sabiendo que era atacado por el solo hecho de vestir el uniforme que me dio la Patria. Se nos prepara para afrontar estas vicisitudes, a pesar de que corría riesgo la vida de mi familia, y no le quepa duda al pueblo argentino a todos los tribunales que nos juzgan, a los querellantes, que nuestras familias y nosotros también fuimos víctimas de esas organizaciones. Siempre esperamos órdenes, y esas órdenes llegaron tardías, demasiados tardías, y siempre por la misma causa, por la inoperancia en las decisiones políticas. Aquí los políticos dejaron a los terrorista guerrillero pastorear libremente, por 10 años actuaron en todo el territorio Nacional libremente, e incluso con el beneplácito de muchos de los políticos. Estos cuando vieron que el agua los ahogaba, golpearon desesperadamente las puertas de los cuarteles  y tampoco dudaron en escapar como ratas.

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Es justo que se conozca la verdad que tanto dicen buscar y, retomando el hilo de lo que venía exponiendo, también he probado el ilógico raciocinio del Ministerio Público Fiscal, que niega la historia para falsear la verdad, y de esa manera se nos impide alcanzar el “Derecho a la Verdad”.
Esto es consecuencia que en este país, por la “POLÍTICA DE ESTADO”, los terroristas guerrilleros, que cometieron crímenes contra civiles  inocentes, son protegidos por este Estado, actualmente compuesto por integrantes de las organizaciones de Montoneros y del Ejército Revolucionario de Pueblo.
Este Estado los mantiene impunes y a muchos de ellos, el haber sido terrorista guerrillero, es el salvoconducto para ocupar importantes puestos en este gobierno. Esto ha impedido que las víctimas de los delitos de “Lesa Humanidad”, cometidos por los terroristas guerrilleros no puedan conocer la verdad,  ni ser acreedores a los mismos resarcimientos, con que han sido premiados los terroristas guerrilleros, lo que es de público y notorio conocimiento, violando flagrantemente el derecho de igualdad ante la ley.
Tenemos así un Estado cómplice, lo que le genera responsabilidades nacionales e internacionales cuando de delitos de lesa humanidad se trate, es solidariamente responsable de todos estos delitos cometidos y de los que se cometen en estos juicios.
El derecho a la verdad es el derecho que asiste a las víctimas de las violaciones a los derechos humanos y de los crímenes de lesa humanidad, y a sus familiares a conocer toda la verdad de lo acaecido, independiente del lado en que hayan participado en esta guerra.

 

PP – VGMT (PRESO POLÍTICO – VETERANO DE GUERRA EN EL MONTE TUCUMANO)

 

Ariel Valdiviezo

 


PrisioneroEnArgentina.com

Marzo 20, 2019


 

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