LOS “ZURDOS” DEL MUNDO TIEMBLAN, LOS DE ARGENTINA FESTEJAN NUESTRAS CONDENAS

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  Por Claudio Kussman.

Como bien sabemos el 20 de enero pasado  DONALD TRUMP volvió a asumir la presidencia de la nación más poderosa del planeta, despertando grandes expectativas en su país, y a nivel mundial, debido al complicado entramado internacional existente en el que no están ausentes los vientos de guerra.  Para la Argentina hubo un valor agregado debido a que, por primera vez en la historia, un mandatario vernáculo es invitado, y asiste, al juramento de un presidente estadounidense. Esto representó un espaldarazo para JAVIER MILEI, que junto con varios pronósticos económicos positivos enfervorizan a sus partidarios y alientan a “picaros” políticos de otros partidos, a sumarse “desinteresadamente” a su proyecto de gobierno.  Al tiempo que se desarrollaba tan magno evento, desde el lóbrego y liliputiense   mundo paralelo en el que estamos encerrados los imputados por los bien o mal llamados delitos de lesa humanidad, pudimos observar acontecimientos que impactaron en nuestras mentes y también en nuestra memoria. Uno de ellos fue cuando TRUMP, calmo y sin gritos ni insultos firmaba, entre un aluvión de ordenes ejecutivas (decretos), el indulto y conmutación de penas (algunas superando las 2 décadas de cárcel) a más de 1500 de sus partidarios insurrectos de extrema derecha, procesados por el asalto al Capitolio Federal ocurrido el 6 de enero de 2021, considerándolos “patriotas” y “rehenes” que fueron tratados injustamente por el Departamento de Justicia. Recordemos que en esa oportunidad hubo un saldo de 5 muertos, entre ellos un policía y decenas de heridos, más allá de bienes dañados o robados, y que   este fue el primer ataque al Capitolio, desde la quema de Washington en 1814 por los británicos durante la guerra iniciada 2 años antes. EN UNA PALABRA Y MÁS ALLÁ DE TODA NORMA MORAL O ÉTICA, NO ABANDONÓ A “SU” GENTE.  Este hecho me hizo recordar, salvando las distancias, que un proceder similar ocurrió en Argentina en 1973, cuando por algo más del 49 % ganara las elecciones presidenciales el odontólogo HÉCTOR JOSÉ CÁMPORA. Este también sin gritos, ni “rugidos de león”, en medio de un caótico traspaso presidencial LANUSSE (militar) CÁMPORA, el SÁBADO 26 de mayo de ese año dictó el Decreto 11/1973 indultando    a 372 terroristas del ERP, FAP, y Montoneros. Al día siguiente, o sea el DOMINGO 27 EL CONGRESO DE LA NACIÓN SANCIONÓ POR UNANIMIDAD LA LEY N.º 20.508 DISPONIENDO LA AMNISTÍA DE TODOS LOS “DELITOS POLÍTICOS”. ¿Se imaginan al poder legislativo trabajando un domingo? Demás está decir que esos asesinos terroristas luego volvieron a tomar las armas ensangrentando las calles del país con sus atentados, marcando el inicio de un desgraciado periodo de odios profundos que llegan el presente.  Pero pasemos al día siguiente de la asunción de TRUMP, cuando en una sobreactuación fellinezca, el presidente JAVIER MILEI, salió a defender a ELON MUSK, nombrado Administrador del Departamento de Eficiencia Gubernamental de la Casa Blanca, a quien acusaron de haber hecho un saludo nazi. Para ello entre otros conceptos dijo: “NO SÓLO NO LES TENEMOS MIEDO, SINO QUE LOS VAMOS A IR A BUSCAR HASTA EL ÚLTIMO RINCÓN DEL PLANETA. ZURDOS HIJOS DE PUTAS TIEMBLEN”. Ante todo, espero que alguien haya explicado allá en el norte, que “zurdo” es un vetusto término utilizado en Argentina, Chile, y Uruguay para señalar despectivamente a quienes tienen ideas políticas de izquierda. Asimismo, no creo que ELON MUSK, con una fortuna estimada en 500.000.000.000 (quinientos mil millones) de dólares, y ganando más de 55 millones de esa moneda diarios, los 365 del año, trabajando, divirtiéndose, durmiendo o yendo al baño, necesite ser defendido por un argentino empuñando una rústica motosierra. Para eso siempre se moviliza con 20 guardaespaldas de élite y personal médico a los que llama “La Voyager”, que le son provistos por la empresa de evaluación de amenazas y seguridad “Gavin de Becker y asociados”. Fundada en 1978 tiene sede central en la ciudad de Los Ángeles, opera en 7 países y 27 ciudades, y entre sus clientes incluyen a la Agencia Central de Inteligencia (CIA), la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) y las 90 familias más prominentes del mundo. A esta altura debo reconocer que tanto  hijoputismo “Made in Argentina” a nivel internacional, me hace rechinar los dientes de impotencia y proferir palabras soeces a los 4 vientos. Esto se debe a que mientras MILEI amenaza e insulta a “los zurdos” del mundo a los que según dice los irán a buscar, en este territorio, para alegría de los autóctonos nos querella en los juicios a los que estamos sometidos con funcionarios con esa ideología radicalizada a los que por supuesto les paga sueldo. Este año finalizan 17 de esos juicios irregulares, en los que las condenas a perpetua se reparten como caramelos y se inician igual cantidad. ¿Acaso  eso afuera de su terruño no lo dice? Mientras vocifera en el exterior “defendiendo” a MUSK el hombre más rico y poderoso del mundo, en una muestra de hipocresía extrema mantiene en la cárcel prisioneros adultos mayores  hasta el día de su muerte.  ¿Que ejemplos más aberrantes  que un VÁZQUEZ SARMIENTO con demencia senil avanzada,  a un JULIO FLORES y muchos otros como ellos?  Por eso reitero una vez más que yo como imputado, NO QUIERO NADA DE LOS MIEMBROS DE ESTE GOBIERNO, que reiterada y falazmente   pregonan “Viva la libertad carajo”. Por el contrario, a ellos les digo:  váyanse al carajo.

 

Claudio Kussman

Comisario Mayor ®

Policía Prov. Buenos Aires

claudio@PrisioneroEnArgentina.com

www.PrisioneroEnArgentina.com

 

 


“No sólo no les tenemos miedo, sino que los vamos a ir a buscar hasta el último rincón del planeta. Zurdos hijos de putas tiemblen”

Javier Milei (1970-       )


 


PrisioneroEnArgentina.com

Enero 25, 2025


 

El principio del Fin: De Cómo Terminó el Juez Quiroga

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En un nuevo aniversario del asesinato del Juez Jorge Quiroga recordamos el intento de combatir el terrorismo con la ley en la mano.

Fallido intento pues la política metió la cola, amnistió a todos los condenados, disolvió la Cámara Federal Penal y dejó librados a su suerte a los jueces que sufrieron atentados, amenazas y el asesinato.

Andrea Palomas Alarcón

CREACIÓN DE LA CÁMARA FEDERAL PENAL

El 12 de mar­zo de 1971, tras el pla­ni­fi­ca­do Vi­bo­ra­zo en Cór­do­ba, ar­ma­do con­tra el in­ter­ven­tor Ca­mi­lo Uri­bu­ru, se de­rrum­bó el go­bierno de Ro­ber­to Mar­ce­lo Le­vings­ton y asu­mió la Pre­si­den­cia de la Na­ción Ale­jan­dro Agus­tín La­nus­se, el úl­ti­mo cau­di­llo mi­li­tar del si­glo XX, y las Fuer­zas Ar­ma­das co­men­za­ron a pla­near en­ton­ces una re­ti­ra­da de­co­ro­sa del po­der.
Como agu­da­men­te ob­ser­vó Pa­blo Ma­riano Pon­za, “el gran acier­to po­lí­ti­co de La­nus­se fue ob­ser­var con cla­ri­dad que la me­jor ma­ne­ra (sino la úni­ca) de des­com­pri­mir la si­tua­ción so­cial, des­ac­ti­var la gue­rri­lla y la ame­na­za de di­vi­sio­nes irre­cu­pe­ra­bles en el seno de la cor­po­ra­ción mi­li­tar era pro­pi­cian­do una sa­li­da de­mo­crá­ti­ca”.
A lo lar­go y a lo an­cho del te­rri­to­rio na­cio­nal se in­cre­men­ta­ron los aten­ta­dos te­rro­ris­tas, y La­nus­se re­ci­bió todo tipo de pre­sio­nes para ter­mi­nar con la vio­len­cia a cual­quier pre­cio. Unos cla­ma­ban por “es­cua­dro­nes de la muer­te”, como en Bra­sil. Otros más sen­sa­tos, más só­li­dos mo­ral e in­te­lec­tual­men­te, se ne­ga­ron a la ley del “todo vale” con tal de ter­mi­nar con el fla­ge­lo sub­ver­si­vo, como co­men­za­ría a im­ple­men­tar­se du­ran­te los go­bier­nos de Juan Do­min­go Pe­rón y su es­po­sa (1973-1975).
Jai­me “Jac­ques” Luis En­ri­que Pe­rriaux no fue el úni­co en pro­nun­ciar­se por la le­ga­li­dad, pero es­ta­ba en el lu­gar in­di­ca­do para ha­cer­se es­cu­char por­que era el mi­nis­tro de Jus­ti­cia de La­nus­se, y con­tó para ello con la in­va­lo­ra­ble ayu­da in­te­lec­tual de el “Tata” Ar­gi­bay, en ese en­ton­ces miem­bro de la Cá­ma­ra del Cri­men de la Ca­pi­tal Fe­de­ral. Otro que im­pi­dió cual­quier desa­tino fue el ge­ne­ral Al­ber­to Sa­muel Cá­ce­res Anasa­gas­ti, jefe de la Po­li­cía Fe­de­ral.
La Cá­ma­ra Fe­de­ral Pe­nal
El 28 de mayo de 1971, el go­bierno de fac­to de Ale­jan­dro Agus­tín La­nus­se pro­mul­gó la ley 19.053, crean­do la Cá­ma­ra Fe­de­ral Pe­nal de la Na­ción, por­que los juz­ga­dos fe­de­ra­les es­ta­ban des­bor­da­dos e im­po­ten­tes para ha­cer fren­te a la vio­len­cia ar­ma­da. Ima­gi­na­da por el ge­nio del mi­nis­tro de Jus­ti­cia, Jai­me Pe­rriaux, di­cha Cá­ma­ra es­ta­ría com­pues­ta por tres sa­las, in­te­gra­das cada una por tres jue­ces pro­bos de de­mos­tra­da for­ma­ción ju­rí­di­ca. Nin­guno de los nue­ve jue­ces era un im­pro­vi­sa­do. Car­ga­ban en sus es­pal­das lar­gos años en el foro ju­di­cial. Los jue­ces fue­ron: Er­nes­to Ure, Juan Car­los Díaz Rey­nolds, Car­los En­ri­que Mal­brán (Sala 1); Cé­sar Black, Eduar­do Mu­ni­lla La­ca­sa y Jai­me Smart (Sala 2); To­más Ba­rre­ra Agui­rre (lue­go re­em­pla­za­do por Es­te­ban Ver­ga­ra), Jor­ge Vi­cen­te Qui­ro­ga y Ma­rio Fer­nán­dez Ba­de­sich (Sala 3). A su vez, cada juz­ga­do te­nía un se­cre­ta­rio y su res­pec­ti­vo fis­cal, ade­más del ne­ce­sa­rio per­so­nal ju­di­cial.
Dos he­chos pro­mo­vie­ron la for­ma­ción de la CA­FE­PE: el co­pa­mien­to de la lo­ca­li­dad de Ga­rín por co­man­dos de las FAR, el 30 de ju­lio de 1970, y el asal­to a un ca­mión del Ejér­ci­to en el que es eje­cu­ta­do el te­nien­te Ma­rio Cé­sar Azúa y he­ri­do el sol­da­do Hugo Al­ber­to Vac­ca, en abril de 1971.
La ges­ta­ción del alto tri­bu­nal no es­tu­vo des­pro­vis­ta de pre­sio­nes cas­tren­ses y eso ge­ne­ró un re­tra­so en el co­mien­zo de sus ta­reas. Una de las tan­tas ob­je­cio­nes que po­nían los sec­to­res más du­ros del Ejér­ci­to era so­bre el des­tino que de­bía dar­se a los de­te­ni­dos por las fuer­zas mi­li­ta­res y, en ese caso, quién de­bía sus­tan­ciar las in­ves­ti­ga­cio­nes co­rres­pon­dien­tes, por­que has­ta ese mo­men­to los uni­for­ma­dos lle­va­ban el peso de la con­tra­in­sur­gen­cia. Los ca­ma­ris­tas se ne­ga­ron a ju­rar si no se mo­di­fi­ca­ba —y ade­más esa mo­di­fi­ca­ción de­bía ser pú­bli­ca an­tes del ju­ra­men­to— la ley 19.081 que re­gu­la­ba la ac­tua­ción de las Fuer­zas Ar­ma­das en la lu­cha an­ti­gue­rri­lle­ra. En de­fi­ni­ti­va, de lo que se tra­ta­ba era de pe­lear a la vio­len­cia re­vo­lu­cio­na­ria —“la gue­rra po­pu­lar pro­lon­ga­da”, como sos­te­nían las or­ga­ni­za­cio­nes ar­ma­das— con la ley en la mano.
Como di­ría mu­chos años más tar­de el alto tri­bu­nal que juz­gó a las jun­tas mi­li­ta­res del Pro­ce­so de Re­or­ga­ni­za­ción Na­cio­nal, cuan­do la “gue­rra” en el ám­bi­to mi­li­tar ha­bía ter­mi­na­do con la de­rro­ta del te­rro­ris­mo, “[…] a par­tir de 1970, los dis­tin­tos go­bier­nos de la Na­ción Ar­gen­ti­na dic­ta­ron di­ver­sas nor­mas ten­dien­tes a ha­cer más efec­ti­va la de­fen­sa del país con­tra el fla­ge­lo te­rro­ris­ta […] La ma­yor par­te de esas dis­po­si­cio­nes es­tu­vie­ron di­ri­gi­das a re­pri­mir con ri­gor cre­cien­te la ac­ti­vi­dad sub­ver­si­va, sal­vo un mo­men­tá­neo eclip­se ope­ra­do en el cur­so de 1973 […] du­ran­te este año, por ra­zo­nes po­lí­ti­cas que no co­rres­pon­de a esta Cá­ma­ra juz­gar, se dic­tó la ley de am­nis­tía 20.508, en vir­tud de la cual ob­tu­vie­ron la li­ber­tad un ele­va­do nú­me­ro de de­lin­cuen­tes sub­ver­si­vos —con­de­na­dos por una jus­ti­cia que se mos­tró efi­caz para elu­ci­dar gran can­ti­dad de crí­me­nes por ellos per­pe­tra­dos— cu­yos efec­tos, apre­cia­dos con pers­pec­ti­va his­tó­ri­ca, le­jos es­tu­vie­ron de ser pa­ci­fi­ca­do­res”.
El 6 de ju­lio de 1971, por el de­cre­to 2.100, ar­tícu­lo 2º, se se­ña­ló: “Si como con­se­cuen­cia de las ope­ra­cio­nes mi­li­ta­res efec­tua­das por apli­ca­ción de la ley nú­me­ro 19.081, se pro­du­je­re la de­ten­ción de per­so­nas, tal cir­cuns­tan­cia se co­mu­ni­ca­rá por la vía más rá­pi­da a la Cá­ma­ra Fe­de­ral Pe­nal de la Na­ción. Sin per­jui­cio de ello, y den­tro de las 24 ho­ras, se pon­drán los de­te­ni­dos, los ele­men­tos pro­ba­to­rios ob­te­ni­dos y las ac­tua­cio­nes que ha­yan la­bra­do a dis­po­si­ción del men­cio­na­do tri­bu­nal”. De esa ma­ne­ra, los ca­ma­ris­tas tra­za­ron una raya en­tre las ju­ris­dic­cio­nes de los jue­ces y los miem­bros de las Fuer­zas Ar­ma­das.
Cum­pli­da esta exi­gen­cia, que ha­cía re­caer en el alto tri­bu­nal ci­vil la po­tes­tad ab­so­lu­ta de la ad­mi­nis­tra­ción de la jus­ti­cia —y sus pro­ce­di­mien­tos—, el miér­co­les 7 de ju­lio, en la Sala de Au­dien­cias de la Cor­te Su­pre­ma de la Na­ción, pres­ta­ron ju­ra­men­to los nue­ve ca­ma­ris­tas y los tres fis­ca­les que la in­te­gra­ron. Se hi­cie­ron car­go Mar­ce­lo To­más Ba­rre­ra Agui­rre (lue­go re­em­pla­za­do por Es­te­ban Ver­ga­ra), Cé­sar Black, Juan Car­los Díaz Rey­nolds, Ma­rio A. Fer­nán­dez Ba­de­sich, Car­los En­ri­que Mal­brán, Eduar­do H. Mu­ni­lla La­ca­sa, Jor­ge V. Qui­ro­ga, Jai­me La­mont Smart y Er­nes­to B. Ure. Como fis­ca­les lo hi­cie­ron Os­val­do San­tia­go Fas­si, Jor­ge R. Gon­zá­lez No­vi­llo y Ga­bino J. Sa­las.
El pri­mer Acuer­do del tri­bu­nal fue la de­sig­na­ción del pre­si­den­te de la Cá­ma­ra, que re­ca­yó en el doc­tor Cé­sar Black. El mis­mo día se dic­tó el Acuer­do Nº 2, nom­bran­do a los fun­cio­na­rios ju­di­cia­les más re­le­van­tes. Pri­me­ro, a los se­cre­ta­rios de sala: Al­ber­to Loza Le­gui­za­món, Luis Ma­ría Ga­lle­go del Va­lle y Adol­fo La­nas (h). Se­gun­do, los se­cre­ta­rios ins­truc­to­res: Mar­tín An­zoá­te­gui, Ra­món Ben­ja­mín Ro­jas, Pe­dro Car­los Nar­vaiz, Ho­ra­cio A. Vac­ca­re, Sa­muel Ma­ría So­mo­za (h), Nino Tu­lio Gar­cía Mo­ri­tán, Ed­gar­do Fro­la, José Ig­na­cio Ga­ro­na y Víc­tor Adol­fo Yá­ñez. Ter­ce­ro, los le­tra­dos de las fis­ca­lías: Car­los A. Cu­rraiz, Ber­nar­do Jor­ge Ro­drí­guez Pal­ma y Gre­go­rio Ba­dén. Por úl­ti­mo se de­sig­nó al pro­se­cre­ta­rio ge­ne­ral del tri­bu­nal, Car­los Al­ber­to Bian­co.
Lue­go se nom­bra­ron al­re­de­dor de cien em­plea­dos ad­mi­nis­tra­ti­vos, se fi­ja­ron las es­ca­las sa­la­ria­les con un plus de cua­ren­ta por cien­to más por el fac­tor ries­go. Se es­ta­ble­ció la sede de la Cá­ma­ra Fe­de­ral Pe­nal en la ca­lle Via­mon­te, a me­tros de la pla­za La­va­lle.
• La com­pe­ten­cia de la CA­FE­PE
La Cá­ma­ra Fe­de­ral Pe­nal fue in­te­gra­da por tres sa­las con tres jue­ces cada una, tres fis­ca­les y ju­ris­dic­ción en todo el país. Di­chas sa­las se van a pro­nun­ciar en el jui­cio oral pro­pia­men­te di­cho so­bre cada cau­sa en par­ti­cu­lar, so­bre la base de una ave­ri­gua­ción pre­li­mi­nar lle­va­da por uno de sus vo­ca­les. De esta ma­ne­ra, el tri­bu­nal adop­ta­ba una or­ga­ni­za­ción pe­cu­liar: los nue­ve jue­ces (ca­ma­ris­tas) de las tres sa­las di­ri­gían sus pro­pias vo­ca­lías para sus­tan­ciar los su­ma­rios que les co­rres­pon­dían por tur­nos, y cuan­do esas ave­ri­gua­cio­nes —o in­ves­ti­ga­cio­nes— ter­mi­na­ban con una impu­tación con­so­li­da­da con­tra una per­so­na por un de­li­to de ca­rác­ter sub­ver­si­vo, el vo­cal ac­tuan­te im­pul­sa­ba la re­mi­sión del ex­pe­dien­te a la sala de jui­cio que, a par­tir de ahí, ac­tua­ba en pleno.
Pri­me­ro se pro­nun­cia­ba el fis­cal que so­li­ci­ta­ba el so­bre­sei­mien­to del de­te­ni­do o for­mu­la­ba la acu­sa­ción. Y, en este caso, se daba tras­la­do a la de­fen­sa y lue­go se fi­ja­ba fe­cha para la au­dien­cia oral.
La ley que es­ta­ble­ció el fue­ro an­ti­sub­ver­si­vo no re­co­no­ció a las cau­sas que ya es­ta­ban en trá­mi­te (en el mar­co de la ley 18.670, de mayo de 1970) y se fa­lla­ron por el tri­bu­nal que las te­nía a car­go.
Los de­li­tos so­bre los que en­ten­dió la CA­FE­PE fue­ron enu­me­ra­dos ta­xa­ti­va­men­te en la ley que la creó y, tal como dice el men­sa­je del mi­nis­tro Jai­me Pe­rriaux, son los “de ín­do­le fe­de­ral que se co­me­tan en el te­rri­to­rio na­cio­nal y le­sio­nen o tien­dan a vul­ne­rar bá­si­cos prin­ci­pios de nues­tra or­ga­ni­za­ción cons­ti­tu­cio­nal o la se­gu­ri­dad de las ins­ti­tu­cio­nes del Es­ta­do”, y son aque­llos de­li­tos que “en la ma­yo­ría de los ca­sos tie­nen por ob­je­to lo­grar una rup­tu­ra vio­len­ta del sis­te­ma ins­ti­tu­cio­nal ar­gen­tino y que afec­tan en for­ma di­rec­ta los más al­tos in­tere­ses na­cio­na­les”.
El men­sa­je de Pe­rriaux des­ta­ca que los de­li­tos de que se tra­ta abar­can todo el país y mues­tran es­tre­cha vin­cu­la­ción en­tre sí, por lo que “tor­na in­efi­caz para su juz­ga­mien­to la ac­tual com­pe­ten­cia te­rri­to­rial de los tri­bu­na­les fe­de­ra­les […] hoy los jue­ces in­ter­vie­nen con ju­ris­dic­ción li­mi­ta­da a sec­to­res y, por tan­to, no pue­den te­ner un co­no­ci­mien­to aca­ba­do de las or­ga­ni­za­cio­nes que, por su mo­da­li­dad de ac­tua­ción, tie­nen los ca­rac­te­res pro­pios de vas­tas aso­cia­cio­nes cri­mi­na­les con pro­yec­cio­nes en dis­tin­tos ám­bi­tos. La dis­per­sión de in­ves­ti­ga­cio­nes cons­pi­ra con­tra la aprehen­sión y san­ción de los de­lin­cuen­tes a que hago re­fe­ren­cia”. Éste re­sul­ta uno de los te­mas cen­tra­les de la ley, la cues­tión de la com­pe­ten­cia que tan­to uti­li­zó la ul­tra­iz­quier­da para ata­car­la, des­vir­tuar­la e in­ten­tar fre­nar­la.
La idea de la ju­ris­dic­ción en todo el te­rri­to­rio na­cio­nal de la CA­FE­PE fue una cla­ve im­por­tan­te para el éxi­to mos­tra­do en muy poco tiem­po, y esta cues­tión se mide en la es­ta­dís­ti­ca de ca­sos ini­cia­dos, tra­mi­ta­dos y juz­ga­dos, el ín­di­ce de sen­ten­cias de con­de­na y la reac­ción que tuvo la ley en­tre las or­ga­ni­za­cio­nes te­rro­ris­tas. Lo que vino des­pués del 25 de mayo de 1973 mató para siem­pre la ex­pe­rien­cia de un tri­bu­nal apro­pia­do para una ca­te­go­ría de ca­sos que pu­sie­ron en cri­sis a todo el sis­te­ma ju­di­cial y pa­ra­li­za­ron una res­pues­ta ins­ti­tu­cio­nal.
La di­ri­gen­cia ar­gen­ti­na acom­pa­ñó ale­gre­men­te la di­so­lu­ción del alto tri­bu­nal en me­dio del es­pan­to de los cua­ren­ta y nue­ve días de go­bierno de Héc­tor J. Cám­po­ra. Poco des­pués, cuan­do qui­so vol­ver a un me­ca­nis­mo si­mi­lar de ad­mi­nis­tra­ción de jus­ti­cia, ya era tar­de. Las fuer­zas de uno y otro lado se ha­lla­ban en el cam­po de com­ba­te. Ha­bía lle­ga­do la hora de “ex­ter­mi­nar uno a uno” a los te­rro­ris­tas, como dijo Juan Do­min­go Pe­rón en 1974. Y la de­gra­da­ción fi­nal lle­gó cuan­do la jus­ti­cia se de­ci­dió en un “cen­tro de de­ten­ción” o en una “cár­cel del pue­blo”.
Cada impu­tado con­tó con to­das las ga­ran­tías pro­ce­sa­les del caso. Así pue­den ates­ti­guar­lo sus abo­ga­dos de­fen­so­res y los do­cu­men­tos que hoy sa­len a la luz lo van a de­mos­trar con ab­so­lu­ta pre­ci­sión. Sin em­bar­go, para de­nos­tar­la, a la Cá­ma­ra la de­no­mi­na­ron el “Ca­ma­rón” o la “Cá­ma­ra del Te­rror”.
De­ben re­cor­dar­se, en­ton­ces, las di­rec­ti­vas del pre­si­den­te La­nus­se a los al­tos man­dos del Ejér­ci­to: “En la lu­cha con­tra el enemi­go sub­ver­si­vo debe evi­tar­se la fá­cil ten­ta­ción de em­plear los mis­mos mé­to­dos que los te­rro­ris­tas, ya que ello de­te­rio­ra­ría gra­ve­men­te la eti­ci­dad de nues­tra po­si­ción y des­trui­ría el fun­da­men­to de nues­tra lu­cha”.
Es de­cir, no fue­ron “jue­ces sin ros­tro”, en­ca­pu­cha­dos, los que dic­ta­ron las sen­ten­cias. Todo lo con­tra­rio a lo que su­ce­dió en el Perú de Al­ber­to Fu­ji­mo­ri cuan­do se juz­ga­ron a miem­bros de la or­ga­ni­za­ción Sen­de­ro Lu­mi­no­so, en la dé­ca­da del no­ven­ta. Tam­po­co se al­za­ron tri­bu­na­les mi­li­ta­res como en el Uru­guay de co­mien­zos de los se­ten­ta.
El 25 de mayo de 1973, el pe­ro­nis­mo “mi­li­tan­te” triun­fan­te en el po­der, jun­to con otras or­ga­ni­za­cio­nes ar­ma­das, con­tan­do con la desapren­sión, la in­di­fe­ren­cia, la com­pli­ci­dad o el te­mor de la so­cie­dad po­lí­ti­ca, asal­tó las cár­ce­les li­be­ran­do a los pre­sos gue­rri­lle­ros. Al día si­guien­te, in­mer­so en un cli­ma en­tre fes­ti­vo y es­pe­ran­za­do, el Par­la­men­to otor­gó una am­plia y ge­ne­ro­sa am­nis­tía y di­sol­vió la Cá­ma­ra Fe­de­ral Pe­nal. Pe­rón, des­de Ma­drid, dejó ha­cer y, des­pués, de­mos­tró su dis­gus­to cuan­do era tar­de.
Se­gún Es­te­ban Rig­hi, el mi­nis­tro del In­te­rior de ese mo­men­to, la ley de am­nis­tía “no fue con­ver­sa­da con los mi­li­ta­res, pero sí fue tra­ta­da con las otras fuer­zas po­lí­ti­cas”. Ante una con­sul­ta de Rig­hi, el jefe del blo­que del ra­di­ca­lis­mo, An­to­nio Tróc­co­li, res­pon­dió: “No­so­tros es­ta­mos de acuer­do con esta de­ci­sión, por­que que­re­mos que el país arran­que de cero ki­ló­me­tro”. Des­pués, cuan­do era tar­de, lo la­men­ta­ría.
Como ava­lan­do lo con­fe­sa­do por el “Bebe” Rig­hi, Ed­gar­do Fro­la, in­te­gran­te de la Cá­ma­ra Fe­de­ral Pe­nal, dijo: “Ante la po­si­bi­li­dad de una ley de am­nis­tía, des­pués de las elec­cio­nes del 11 de mar­zo del 73, fui a la casa de Fran­cis­co Ba­rrei­ro, pri­mo de Ger­mán Ló­pez Ba­rrei­ro, y me reuní con el dipu­tado Day y Ro­que Ca­rran­za. Les con­té quié­nes eran los más im­por­tan­tes (je­fes gue­rri­lle­ros) que iban a que­dar li­bres, de dón­de ve­nían y qué je­rar­quía te­nían den­tro de las or­ga­ni­za­cio­nes ar­ma­das. Day era el en­car­ga­do de es­cri­bir el pro­yec­to de ley de am­nis­tía del ra­di­ca­lis­mo. Pa­re­ció no es­cu­char­me por­que al fi­nal me dijo: ‘Es­ta­mos obli­ga­dos a pre­sen­tar una ley más am­plia y más ge­ne­ro­sa que el Par­ti­do Jus­ti­cia­lis­ta’”.
Los gue­rri­lle­ros li­be­ra­dos vol­vie­ron in­me­dia­ta­men­te a sus or­ga­ni­za­cio­nes esa mis­ma no­che. No per­die­ron tiem­po. “He vis­to sa­lir a los pre­sos de las cár­ce­les. Na­die es­ta­ba dis­pues­to a per­do­nar nada. Los que eran li­be­ra­dos se abra­za­ban en un re­en­cuen­tro de lu­cha”, afir­mó Héc­tor Sand­ler, el en­ton­ces dipu­tado na­cio­nal de la Alian­za Po­pu­lar Re­vo­lu­cio­na­ria. En otras pa­la­bras, se lar­ga­ban a las ca­lles para vol­ver a ma­tar.
En la cár­cel “te­nía­mos que for­mar­nos po­lí­ti­ca­men­te para que una vez que sa­lié­ra­mos fué­ra­mos a in­ser­tar­nos in­me­dia­ta­men­te y po­der se­guir mi­li­tan­do a la par de los otros com­pa­ñe­ros”, dijo Ali­cia San­gui­net­ti, mi­li­tan­te del PRT-ERP (hija de la fo­tó­gra­fa Anne Ma­rie Hein­rich), agre­gan­do, en la mis­ma oca­sión, que Ma­ría An­gé­li­ca Sa­be­lli “daba cla­ses de arme y desar­me con un palo de es­co­ba”.
Fren­te a la im­po­ten­cia del Es­ta­do para com­ba­tir el des­bor­de te­rro­ris­ta, un tiem­po más tar­de, el go­bierno de Ma­ría Es­te­la Mar­tí­nez de Pe­rón in­ten­tó re­crear un me­ca­nis­mo si­mi­lar al de la Cá­ma­ra Fe­de­ral Pe­nal. Era tar­de. Na­die que­ría acep­tar, por­que sus an­te­rio­res jue­ces y fun­cio­na­rios ha­bían sido so­me­ti­dos a una se­ve­ra per­se­cu­ción. Al­gu­nos fue­ron ase­si­na­dos (juez Jor­ge Vi­cen­te Qui­ro­ga), otros su­frie­ron aten­ta­dos per­so­na­les (Mu­ni­lla La­ca­sa y Mal­brán). Otros, como Jai­me Smart y Ure, tu­vie­ron que exi­liar­se. Mu­chos más fue­ron de­gra­da­dos en la ca­rre­ra ju­di­cial.
La con­se­cuen­cia fue que, fren­te a los he­chos te­rro­ris­tas, co­men­zó a im­pe­rar la res­pues­ta de la ley de la ca­lle y lle­ga­ron las pa­to­tas, has­ta que se or­de­nó a las Fuer­zas Ar­ma­das ani­qui­lar a la sub­ver­sión. Des­de las “Di­rec­ti­vas a los di­ri­gen­tes para ter­mi­nar con el pro­ce­so de ‘en­tris­mo’ iz­quier­dis­ta en el Jus­ti­cia­lis­mo” (au­to­ri­za­das por Pe­rón, des­pués del ase­si­na­to del sin­di­ca­lis­ta José Ig­na­cio Ruc­ci), a la Tri­ple A le res­ta­ba sólo po­ner­las en mar­cha.
La so­cie­dad ar­gen­ti­na se ha­bía que­da­do sin jus­ti­cia y sin ley. An­tes del 24 de mar­zo de 1976.

Extractado de Volver a matar de Juan B. Yofre

 


PrisioneroEnArgentina.com

Abril 28, 2016


 

OTRA HISTORIETA MILITANTE. La Cámara Federal Penal.

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 Por Juan Manuel Otero.

 

La Cámara Federal Penal fue creada en 1971, por Ley 19053, promulgada por el Gral. Lanusse, destinada al juzgamiento de los delitos de terrorismo dado que los juzgados federales estaban desbordados e impotentes para hacer frente a la violencia armada que se había asentado en el país por parte de los terroristas entrenados, financiados y armados en Cuba y URSS, o sea “los jóvenes idealistas” cuyo objetivo era implantar en Latinoamérica el “paraíso comunista”.
La Cámara constaba de tres salas, integrada cada una por tres jueces de calificadas condiciones, independencia y amplia formación jurídica. El Dr. Smart era uno de los jueces de la Sala 2.
Fueron juzgados los terroristas en un marco de absoluto respeto a la defensa en juicio, condenando a quienes se les probara los delitos imputados, liberando a quienes cuya responsabilidad no se hubiera probado.
Desde el 15 de julio de 1971 al 15 de Mayo de 1972, se instruyeron 3392 causas, en 197 se declaró la incompetencia, 660 se encontraban en trámite, en 2151 se había dictado sobreseimientos por autores ignorados, en 208 los sobreseimientos se dictaron a los imputados o procesados, y 176 pasaron a la instancia de plenario que terminaron 70 con sentencia condenatoria, 25 declaradas la incompetencia, 7 sobreseimientos provisionales, 3 definitivos, 2 rebeldías y 69 en trámite.
Fue así que los condenados terminaron en prisión en los penales de Villa Devoto (no muertos, asesinados ni tirados al río como fabulan los militantes, los ignorantes y los políticos interesados en tergiversar la historia).
El Gral. Lanusse había decidido pacificar el país combatiendo y juzgando a la guerrilla para entregar así el poder en elecciones libres.
Cumplido su objetivo, el 25 de Mayo de 1973 entregó el mando al Presidente electo Dr. Cámpora quien la misma noche de su asunción ordenó al novio de su hijo, Dr. Righi, Ministro del Interior, abrir las cárceles y liberar a los criminales asesinos terroristas traidores a la patria con la lógica consecuencia del reinicio del baño de sangre de inocentes.
Poco tiempo después, y como lamentable consecuencia, asumió la Junta Militar que pedía la sociedad ante el caos que vivía la República. Y viene al caso recordar a Balbín y demás líderes políticos, periodistas e intelectuales con su reclamo al Gral. Videla para tomar el poder tambaleante de Isabelita, la bataclana de Panamá City, antecesora en tres décadas de la exitosa abogada e inigualable arquitecta egipcia.
Año después, derrotada la guerrilla y entregado el Poder al Presidente electo, o sea el defensor de terroristas Dr. Alfonsín, se desarrolló el juicio a las juntas. Y el mismo Tribunal que las juz­gó, expresó los siguientes conceptos sobre la eficacia de la actuación de la Cámara Federal Penal: “ … a partir de 1970 los distintos gobiernos de la Nación Argentina dictaron normas tendientes a hacer más efectiva la defensa del país contra el flagelo terrorista … dirigidas a reprimir con rigor creciente la actividad subversiva, salvo un momentáneo eclipse operado en el curso de 1973 … durante este año, por razones políticas que no corresponde a esta Cámara juzgar, se dictó la ley de amnistía 20508, en virtud de la cual obtuvieron su libertad un elevado número de delincuentes subversivos – condenados por una justicia que se mostró eficaz para elucidar gran cantidad de crímenes por ellos perpetrados – cuyos efectos, apreciados con perspectiva histórica lejos estuvieron de ser pacificadores”.
Es decir que los mismos jueces que juzgaron a la Junta Militar reconocían la eficacia de los “distintos gobiernos a partir de 1970” y por el contrario que la medida del Presidente Cámpora de “liberar” a los terroristas tuvo efectos que “lejos estuvieron de ser pacificadores”.
Esos mismos “jóvenes idealistas” que fueron liberados y rearmados reiniciaron el Tour de Sangre y traición a la Patria que todos sufrimos, una de sus primeras víctimas fue justamente un juez de dicha Cámara, el Dr. Jorge Vicente Quiroga, quienes estos “valientes” acribillaron por la espalda al salir de su despacho.
Sería interesante y provechoso para la República que en las instituciones educativas se enseñe la historia real vivida en el último medio siglo en lugar de lavar cerebros con cuentos de militantes “émulos de Robin Hood”…
De esa forma seguramente el “curro de los derechos humanos” caería por su propia falsedad sin necesidad de esperar eternamente el arribo de un funcionario con la honestidad y valentía necesarias para ello.
Juan Manuel Otero

 


PrisioneroEnArgentina.com

Julio 27, 2017