Estas imágenes y sonidos son el fiel reflejo de la mala e ilegal actuación de la erróneamente considerada hoy como “justicia independiente”. Esa que a pesar de lo expresado por RICARDO LORENZETTI no siguió ni sigue el ejemplo del hombre sabio y justo que en vida fuera el Doctor CARLOS FAYT. Tras estos repudiables actos donde al permitirse la ilegalidad y la mentira en los juicios de los mal llamados delitos de lesa humanidad hay víctimas. Casi 400 de ellas ya fallecieron, otros, por ser adultos mayores septuagenarios y octogenarios en prisión, aguardamos turno en el corredor de la muerte. Pero el mayor daño por acción u omisión se le hizo y hace a los 3 poderes del estado que al no actuar acorde a la Constitución y las leyes vigentes, hoy abusa de nosotros, pero seguramente mañana lo hará con Usted, porque: SIN JUSTICIA NO HAY FUTURO.
“Si sufres injusticias, consuélate, porque la verdadera desgracia es cometerlas”.
“Se había cerrado la lucha armada entre los terroristas y los militares argentinos o el Estado argentino. Para que después impongan una ley y digan: ‘Todo eso es nulo…’ “
Nacido en la Capital Federal de la República Argentina, Adolfo Roberto Vázquez es poseedor de una extensa trayectoria en el área de la Justicia. Abogado, escribano, doctorado en Derecho y Ciencias Sociales, ex Ministro de la Corte Suprema, pero -por sobre todo- con un profundo respeto hacia su profesión y a los valores que últimamente se han desdibujado en el país.
La Entrevista
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Su vida y obra
Adolfo Roberto Vazquez
Datos personales
Apellido y nombres: Vázquez, Adolfo Roberto Fecha de nacimiento: 9 de Junio de 1938 Lugar de nacimiento: Capital Federal Nacionalidad: argentina Estado civil: viudo Domicilio: San Luis 625. Partido de Pilar. Buenos Aires Última Función Desempeñada: Ministro de la Corte Suprema de Justicia Mayor Título Universitario: Especialización en Derecho Administrativo (U.B.A. – Doctorado)
Estudios Universitarios Cursados:
Doctor en Derecho y Ciencias Sociales- Universidad de Buenos Aires.
Escribano – Universidad de Buenos Aires.
Abogado – Universidad de Buenos Aires.
Otros Cursos y Seminarios realizados:
_ Especialización en Derecho Administrativo (U.B.A. – Doctorado).
_ Doctor en Derecho y Ciencias Sociales – UBA
_ Especialización en Defensa Nacional (Curso Superior-Escuela Nacional de Defensa).
_ Régimen Legal y Estructuración del Cuerpo de Abogados del Estado.
_ Procedimientos Administrativos – Postgrado (U.B.A.).
_ Derecho Administrativo Profundizado (U.B.A.).
_ Juicio de Apremio (U.N.T.).
_ Organización y Administración de Empresas (S.E.F.P.).
_ Formulación Económico-Financiera en los contratos administrativos (U.B.A.).
_ Estudio de Mercado (Marketing). (I.D.E.A.).
_ Relaciones Económicas Internacionales. (M.R.P.).
_ Responsabilidad Civil. (U.K.)
_ Responsabilidad del Estado. (U.B.A.).
_ Responsabilidad de la Administración Pública. (U.B.A.).
_ Responsabilidad de los Funcionarios. (U.B.A.).
_ La Administración Pública como persona jurídica. (U.M.S.A.).
_ La Relación de Causalidad en los daños y perjuicios. (U.B.A.).
_ La Responsabilidad considerada como categoría jurídica genérica. (U.B.A.).
_ Curso de Inteligencia Estratégica para el Poder Judicial. (A.M.R.A.).
_ Derecho Constitucional Comparado. Competencia de los Tribunales y Salas Constitucionales. (Fundación Konrad Adenauer:
– V Encuentro de Presidentes y Magistrados de las Salas y Tribunales Constitucionales de América Latina. Managua, Nicaragua.
– VII Encuentro de Presidentes y Magistrados de los Tribunales Constitucionales y de las Salas Constitucionales de América Latina. Bélgica, Luxemburgo, Estrasburgo, Karlsruhe y Berlín.
– IX Encuentro de Presidentes y Magistrados de los Tribunales Constitucionales y de las Salas Constitucionales de América Latina. Florianópolis, Brasil.
– X Encuentro de Presidentes y Magistrados de los Tribunales Constitucionales y de las Salas Constitucionales de América Latina. Santiago de Chile, Chile.
– I Encuentro de Presidentes de las Cortes Supremas de los estados partes del Mercosur. Montevideo, Uruguay.
Investigaciones y Propuestas:
_ Estudio Científico y Propuestas sobre Empresas
del Estado
_ Dictado de Cursos Empresarios: Sobre:
_ Contratos de Obra Pública.
_ Contratos de Suministro.
_ Legislación del Transporte.
_ Empresas del Estado.
_ Ejecuciones Fiscales.
_ Contratos Administrativos.
_ La Ecuación Económica Financiera en las relaciones contractuales.
Necesidad de su mantenimiento equilibrado).
_ Actualización de Precios por depreciación monetaria y
mayores costos.
_ Cuerpo de Abogados del Estado.
_ Integrante de la Delegación Argentina en las Asambleas de la
Asociación Latinoamericana de Ferrocarriles realizado en los E.U.
de México.
_ Propuestas sobre Convenciones referentes a:
1) Normas jurídicas uniformes para el transporte ferroviario y
mixto de personas y equipaje
2) Normas jurídicas uniformes para el transporte de cargas
_ Integrante del Simposio sobre el régimen legal y estructuración
del Cuerpo de Abogados del Estado.
_ Anteproyecto de Ley de Promoción Industrial para el Territorio
Nacional de Tierra del Fuego.
_ Asesor de la Comisión para la unificación de las competencias
de los tribunales civiles y especiales en lo Civil y Comercial Nacional
para la Capital Federal (Ley 23.637).
_ La Tecnología y la Proyección Argentina.
_ Régimen de Marcas. Ley 22.362.
_ Programa de Desarrollo Académico anual del Banco Interamericano
de Desarrollo, sus anexos sobre materias, cursos y cronogramas de las
actividades desarrolladas (seminarios, conferencias y cursos)
_ Profesor del Programa del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para
el dictado de cursos sobre Derechos Intelectuales en general y Derechos
Industriales en particular referido a patentes de invención.
_ Profesor Investigador Académico del Programa de Intercambio de
Desarrollo para el Estudio de los sistemas de Legislación comparada
relativo a los países exportadores e importadores de tecnología
habiendo realizado tales estudios directamente en naciones europeas y
asiáticas: Alemania, Inglaterra, China y Japón.
_ La Problemática del Mercosur. Su necesaria complementación
con un Tribunal Supranacional. Seminario realizado en Asunción,
República de Paraguay.
_ Mecorsur-Alca-Comunidad Económica Europea: Estudio Comparativo.
Conferencia dictada en Miami, Estado Unidos de Norteamérica.
:. Publicaciones:
_ El mantenimiento de la ecuación económica
financiera en los contratos administrativos. (ED, t. 94, p. 406).
_ Empresas del Estado. (Ed. F.A.).
_ Comentarios sobre la Ley General de Ferrocarriles. (Ed. F.A.).
_ Nuevo enfoque sobre Servicios Públicos. (Ed. F.A.).
_ Estatuto de Ferrocarriles Argentinos (análisis crítico
de la Ley Orgánica de Empresas). (Ed. F.A.).
_ Hacia un nuevo concepto del contrato y sistemas de Cargas en los medios
de transporte. (Ed. F.A.).
_ Régimen Jurídico de las Sociedades del Estado. (Ed. F.A.).
_ Convención Internacional de Berna sobre Transporte Ferroviario
Mixto (Análisis-Adaptación para América). (Ed. Alaf,
México).
_ Proyecto de Convención para la Integración del Transporte
Ferroviario y Mixto para América a través de la Asociación
Latinoamericana de Ferrocarriles (ALAF) y de la Unión Panamericana
de Ferrocarriles (UPF). (Ed. Alaf, México).
_ Régimen Jurídico de los juicios de apremio. (L L, Revista)
_ Ideas liminares sobre el proyecto de una Ley General para la coordinación
del Transporte y sus diversos medios. (Ed. F.A.).
_ El problema argentino enfocado desde la perspectiva de la falta de estabilidad
político institucional. (L L, Revista)
_ Patentes farmacéuticas: derecho argentino y comparado. (Boletín
del Centro de Estudios para el Desarrollo de la Industria Químico-Farmacéutica
Argentina, (Derechos Intelectuales, Tomo 5, Ed. Astrea).
_ El Estado Responsable. (Revista Fojas Cero, 17 de Mayo de 1993).
_ Los llamados “poderes” y “funciones” constitucionales
en la Constitución Nacional .
_ La división de Poderes. (E D, t. 165, p. 1385).
_ La Corte Suprema de Justicia de la Nación y su participación
en comisiones con otros poderes, conveniencia o inconveniencia. (L L,
t. 1996-C, p. 904).
_ La Tasa de Justicia frente a la garantía de la defensa en juicio.
(E D, t. 169, p. 1245).
_ Corte Interamericana de Derechos Humanos, experiencia e Informe sobre
el viaje realizado a Washington (Corte Suprema-Organización de
Estados Americanos Comisión de Derechos Humanos) y a Costa Rica
(Corte Suprema-Tribunal Supremo de Elecciones-Organización de Estados
Americanos-Corte Interamericano de Derechos Humanos).
_ Libertad de Prensa. (E D, t. 172, p. 1003).
_ Un llamado de atención sobre las nuevas formas delictuales que
involucran a los niños. Abuso, prostitución, pornografía
infantil, tráfico de niños y turismo sexual. (L L, t. 1977–D,
p. 1076).
_ La protección jurisdiccional de los consumidores. Planteos, otros
derechos novedosos, dudas, interrogantes. (J A, t. 1997–3, p. 917).
_ El Juicio por jurado. Imagen Pública de la Justicia. (L L, t.
1977-A, p. 742).
_ La Independencia del Poder Judicial y los Consejos de la Magistratura.
(J A, 1996 II, p. 802) y ( L L, t. 1996-C, p. 1149)
_ El control de constitucionalidad de las leyes en la República
Argentina. (L L 1997-F, p. 1159).
_ Protección penal de los Derechos Intelectuales. (Revista de Policía
y Criminalística, Año II – N° 4, Marzo 1997, p. 23,
Publicación de la Editorial Policial).
_ El Mercosur y su necesaria complementación mediante un Tribunal
Supranacional. (L L, t. 1998-F, p. 1201).
_ El querellante frente al pedido de absolución del fiscal. (Revista
de Policía y Criminalística, Año IV – N° 6, Octubre
1998, p. 42, Publicación de la Editorial Policial).
_ La Constitución, el periodismo y la libertad de prensa. (L L,
t. 1999-D, p. 933).
_ La competencia federal en estupefacientes en la jurisprudencia de la
Corte Suprema. (J A, t. 1999-3, p. 1128)..
_ La integración económica del continente americano. El
mercado común hemisférico. (E D, t. 183, p. 1453).
_ Libertad de prensa, aspectos penales y civiles en la jurisprudencia
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Doctrina de la Real
Malicia-Derecho de Réplica-Responsabilidad por Reproducción
de Noticias. (Revista de Policía y Criminalística, Año
V – N° 7, Julio 1999, p.41, Publicación de la Editorial Policial).(E
D, 12 de junio 1997, Revista)
_ La especialización del periodismo. (Revista ADEPA– Abril
2000, p. 26).
_ Actualidad en la jurisprudencia de la Corte. La ley 24.390 llamada ley
del 2 por 1. (L L, t. 2000-F, p. 1185).
_ Inseguridad y su influencia en la vida diaria. (Revista de Policía
y Criminalística, Año VI-N° 8, Agosto 2000, p. 36, Publicación
de la Editorial Policial)
_ La relación entre el Poder Judicial y La Prensa: El debate sobre
la Prensa y la Justicia. El Periodismo como condicionante social de la
Justicia Imparcial (Colaboración con el proyecto del Inter-American
Dialogue titulado “Democracia en avance a través de la libertad
de prensa en las Américas” – Septiembre 2000).
_ Necesidad de implementar un tribunal supranacional. (Revista Vocero
Parlamentario – Diciembre 2000 – p. 12).
_ Extradición. Juicio en ausencia y la garantía de la defensa
en juicio consagrada en la Constitución Nacional. Jurisprudencia
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. (E D, Suplemento
Derecho Penal y Procesal Penal 27 de septiembre de 2001, p. 8)
_ Soberanía, supranacionalidad e integración: la cuestión
en los países del Mercosur. (Konrad Adenauer, Anuario de Derecho
Constitucional Latinoamericano, año 2001, Montevideo, p. 233).
_ Resolución de diferendos en el marco de la integración
continental. (Revista Dirigencia – Abril 2001 – p. 76)
_ Derecho a la integración en el MERCOSUR. (Revista Vocero Parlamentario-
Agosto 2001 – p. 40).
:. Libros: Obras jurídicas y libros.
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_ Responsabilidad Aquiliana del Estado y sus Funcionarios
– Ábaco 1990; 1° Edición.
_ Defendamos La Vida. Texto Original “Legislación sobre Tránsito”.
Adaptación para escolares, comentarios y actividades. Editorial
La Llave y Fundación Norma Lidia Troncoso de Vázquez, 1997;
_ Opiniones de un Ministro de la Corte – La Llave, 1997;
_ Libertad de Prensa – Editorial Ciudad Argentina, 1998;
_ Defendamos la Vida. Texto Original “Legislación sobre Tránsito”.
Adaptación con colaboradores para escolares, comentarios y actividades.
2da. Edición La Llave y Fundación Ford, 1999;
_ Legislación Sobre Tránsito. Ley Federal 24.449 (reglamentación,
doctrina, jurisprudencia, comentarios). Código de Tránsito
de la Provincia de Bs. As. Ley Prov. 11.430 – 3era. Edición La
Llave 1999; 4ta. Edición La Llave, 1999; 4° Edición.
_ Opiniones de un Ministro de la Corte “Cuando la prensa prejuzga-operación
desprestigio”- La Llave, 2000
_ Responsabilidad Aquiliana del Estado.2 ° Edición Actualizada
con organismos introducidos por la reforma del año 1994 a la Constitución
Nacional. Editorial La Ley, 2001;
_ Defendamos la Vida. Texto original “Legislación sobre Tránsito”.
Adaptación para escolares, comentarios y actividades. 3ra. Edición
Fundación Octubre y La Llave, 2003;
_ La Ley de Patentes Comentada – En preparación;
_ Tratado Teórico Práctico de Derecho Administrativo – En
corrección;
_ La Competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación-En
Edición.
:. Conferencias:
_ Desarrollo en el área de relaciones laborales
para las Empresas del Estado dependientes del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas.
_ La Escuela de Defensa Nacional. Origen y aporte a la Administración
Pública. Escuela de Defensa.
_ Fundamentos éticos de la Asociación de Abogados del Estado
_ La Evolución de la Legislación de Transporte
_ Regímenes Políticos y Sistemas Electorales
_ Relaciones entre el Fondo Monetario Internacional y la República
Argentina
_ La Constitución; la Ley Sáenz Peña y las reflexiones
sobre la constitucionalidad del régimen de representación
proporcional en la Argentina
_ Responsabilidad de los funcionarios públicos por actos ejecutados
en ejercicio o con ocasión de sus funciones
_ Patentes Farmacéuticas: derecho argentino y comparado
_ La Argentina y el intercambio tecnológico
_ Responsabilidad de Médicos. La Mala Praxis
_ El Intercambio Tecnológico. La capacitación
_ Extensión de la promoción y gestión de la innovación
tecnológica. El investigador frente a la propiedad intelectual.
Patentes de Invención-Conocimiento no patentable
_ Las patentes industriales
_ Derechos Intelectuales, licencias y franchising, problemas actuales
_ Propiedad Industrial. Desarrollo científico, tecnológico,
integración y crecimiento
_ La tasa de justicia frente a la garantía de la Defensa en Juicio.
Congreso de Derecho Procesal.
_ La Responsabilidad del Estado. Contractual y Aquiliana. Clase Magistral
para el Postgrado de Derecho Administrativo. Universidad del Litoral.
Santa Fe, Provincia de Santa Fe; Facultad de Derecho de Lomas de Zamora,
Provincia de Buenos Aires; Facultades de Derecho de la Universidad del
Museo Social Argentino y de la Universidad Kennedy.
_ Legislación sobre Tránsito. Cámara Empresaria de
Autotransporte de Pasajeros.
_ El control de Constitucionalidad de las leyes en la República
Argentina. Quinto encuentro de Presidentes de Tribunales Constitucionales
de América Latina. Nicaragua.
_ Cierre de la Primera Jornada Nacional sobre la Ley de Tránsito
y Seguridad Vial. La Protección Jurisdiccional del Consumidor.
Primeras Jornadas de Derecho Civil en homenaje al Profesor Dr. Guillermo
Borda en la Universidad del Salvador.
_ La resolución de conflictos y la necesidad de implementar un
Tribunal Supranacional. Colegio de Escribanos.
_ Derecho a la Integración en el Mercosur: Necesidad de Implementar
un Tribunal Supranacional. Tercer Congreso de Magistrados del Mercosur.
Asunción, Paraguay.
_ La Libertad de Expresión en el Seminario de Jurisprudencia de
la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Universidad Católica
Argentina.
_ Consejos de la Judicatura de América Latina y España.
Primera reunión Internacional de Presidentes de Consejos de los
Poderes Judiciales. Sucre, Bolivia.
_ La Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Ciclo Jurídico Cultural Anual del Colegio de Abogados de Tucumán.
San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán.
_ El Mercosur y su necesaria implementación con un Tribunal Supranacional.
Miami.
_ La Constitución, el Periodismo y la Libertad de Prensa. Sexto
Encuentro de Presidentes y Magistrados de Salas y Tribunales Constitucionales
de América Latina. Corte Suprema de Justicia de la Nación.
_ La Competencia Federal en materia de estupefacientes en la jurisprudencia
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Jornadas científico
analíticas del Encuentro Nacional de Magistrados Federales Provincia
de Catamarca.
_ La Seguridad en el Transporte. Apertura del Ciclo de Conferencias organizado
por el Comité Argentino de Seguridad en el Transporte de Personas.
Capital Federal.
_ La Responsabilidad Aquiliana del Estado y sus Funcionarios según
la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Vigésimo octavo Taller del Programa de Capacitación Permanente
para Funcionarios Superiores de los Servicios Jurídicos del Estado.
_ Seguridad Urbana. En las Jornadas sobre Seguridad en el 2000. Pilar,
Provincia de Buenos Aires.
_ Algunas cuestiones vinculadas con la seguridad según la Jurisprudencia
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Análisis de
la Ley 24.390. Organizada por el Postgrado de la Facultad de Derecho y
Ciencias Sociales de la Universidad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
_ Mercosur y Nafta. Diferencias y similitudes. La necesidad de una vinculación
continental. Cámara Argentina de Comercio en Florida. Miami.
_ Soberanía, supranacionalidad e integración: la cuestión
de los países del Mercosur. VIII Encuentro de los presidentes y
Magistrados de los Tribunales Constitucionales y de las Salas Constitucionales
de América latina. Europa (Francia, Alemania, Bélgica y
Luxemburgo).
_ Extradición. Juicio en ausencia y la garantía de la defensa
en juicio consagrada en la Constitución Nacional. Jurisprudencia
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Seminario sobre Jurisprudencia
Penal. Facultad de Derecho. Universidad Católica Argentina. Capital
Federal, Provincia de Buenos Aires.
_ La competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Facultad de Derecho. Universidad Católica Argentina. Capital Federal,
Provincia de Buenos Aires.
_ El juez constitucional. Instrumentos jurídicos que debe usar
el juez constitucional.- X Encuentro de los presidentes y Magistrados
de los Tribunales Constitucionales y de las Salas Constitucionales de
América latina. Santiago de Chile, Chile.
_ Los Sistemas de Justicia en el ámbito Sudamericano y los Distintos
Modelos Implementados en la Región en Materia de Capacitación
Judicial. I Encuentro Regional de Representantes de Cortes Supremas y
Tribunales de Justicia de los Países del Cono Sur responsables
del Área de Capacitación Judicial y VII Congreso Nacional
de Escuelas de Capacitación Judicial. San Salvador de Jujuy. Provincia
de Jujuy.
_ El Control de Constitucionalidad. Seminario sobre la Problemática
del Derecho Penal en la República Argentina. Colegio de Abogados
del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Lomas de Zamora, Provincia
de Buenos Aires.
_ La Necesaria Implementación de una Corte Supranacional para el
Mercado Común del Sur. I Encuentro de Presidentes de las Cortes
Supremas de los Estados Partes del Mercosur. Montevideo, Uruguay.
_ Ponencia Aprobada sobre la Necesaria Implementación de un Tribunal
Supranacional para el Mercosur en la VIII Cumbre Iberoamericana de Presidentes
de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia. Brasilia, Brasil.
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:. Leyes y Proyectos de Ley:
_ Proyecto de servicios públicos antieconómicos.
_ Registro de Proveedores del Estado.
_ Proyecto de Coordinación y regulación del transporte.
_ Ley Orgánica de Ferrocarriles Argentinos. Ley 18.360
_ Integrante y luego titular de las Comisiones de Estudio que elaboraron
las siguientes reglamentaciones:
a- Reglamento General de Contrataciones de Ferrocarriles Argentinos integrado
por:
Parte General:
Requisitos y formas de contratar
Registro general de Contrataciones y Proveedores
Cláusulas Especiales de las Contrataciones
Parte Especial:
Contrato de Suministro
Contrato de Venta de Inmuebles
Contrato de Obras Públicas
Locaciones de Servicios
Explotaciones Colaterales
Régimen de los Inmuebles
b- Régimen Orgánico Funcional de la Empresa (su reglamentación)
-Reglamento de Personal
-Reglamento del Consejo de Administración
-Reglamento de la Policía de Seguridad
-Ley de Creación de la Superintendencia de la Policía Federal
Ferroviaria.
-Reglamento interno para el funcionamiento de las Comisiones Asesoras
de Contrataciones de todas las líneas ferroviarias
-Reglamento del Personal de Conducción
-Modificación del Reglamento General de Ferrocarriles
-Reglamento de Sumarios
-Representante ante la Comisión de Coordinación del Ministerio
de Bienestar Social para la fijación de bases generales de viviendas
para el personal de la empresa y la permuta de terrenos ferroviarios.
-Comisión para la reforma del Código Procesal Civil y Comercial
creada por el Ministerio de Justicia.
-Proyecto de ley Nacional de Promoción Económica de Tierra
del Fuego. Promoción Industrial. Promoción Turística.
Radicación de Industrias. Beneficios Tribuarios. Importaciones.
Abastecimiento Financiero.
Proyecto de Ley de Tasa de Justicia presentado en el H. Congreso de la
Nación.
:. Actividad Docente:
_ Ex Profesor Universitario Titular de Derecho Administrativo.
_ Ex Profesor Investigador Académico del Programa Banco Interamericano
de Desarrollo (BID) para estudiar los sistemas legislativos comparados,
a partir de los viajes efectuados a China, Japón, Alemania, Inglaterra.
_ Ex Profesor del Programa del Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
para dictar cursos sobre Derechos Intelectuales en General y Derechos
Industriales en particular referidos a Patentes de Invención.
_ Ex Director Académico para el dictado de cursos, seminarios,
diseño curricular, conferencias relativo al tema: Intercambio Tecnológico
en el marco del Convenio BID-CONICET.
_ Director Académico. Curso Posgrado “La Competencia de la
Corte Suprema”. Facultad de Derecho. Univ Católica Argentina
:. Cargos Desempeñados:
:. Actividad Privada:
_ Abogado Titular del Estudio Jurídico Vázquez
y Asociados, sito en Av. Callao 232 Piso 6° Of. 12. Capital Federal.
Hasta el año 1984.
:. Anteriores, simultanea, posterior o alternativamente:
_ Asesor Jurídico del Instituto Municipal
de Obras Sociales.
_ Jefe Equipo de Abogados de la Sindicatura (Leyes 22.229 Y 22.334) en
relación con 43 empresas del grupo Grecco ( entre otras Resero
S.A.; Furlotti S.A.; Luchesi Hnos S.A.; Diario Mendoza (Prensa del Oeste
S.A.); Constructora Natalio Faingold S.A.; Hijos de Martin Salvarredi
S.A.; Viñas de Yacanto S.R.L.; Viñedos Argentinos S.A.;Alcovidez
S.R.L.; Orandi y Massera S.A.; Grecco Hnos. S.A.; ItalviNa S.A. Transportadores
Mendoza S.A.; Estancias La Cautiva S.A. Estancias Los Silva S.A., etc.).
_ Gerente Comisión Grandes Obras Mesopotámicas (Interviniendo
en los complejos de Zarate Brazo Largo, Salto Grande.
_ Director Representante del Banco Nacional de Desarrollo de Forestal
Fueguina S.A.
_ Asesor jurídico de la Comisión de Transporte de la Honorable
Cámara de Diputados de La Nación.
_ Delegado Confederal de la Confederación General del Trabajo (C.G.T.).
_ Asesor de la Vicepresidencia del Bloque Justicialista de la H. Cámara
de Diputados de la Nación.
_ Asesor de la Dirección de Planeamiento de Ferrocarriles Argentinos.
_ Procurador General de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
_ Jefe de la División Normativa-Ferrocarriles Argentinos.
_ Asesor Jurídico y Abogado de diversas entidades gremiales ( Unión
Tranviarios Automotores; Ferroviarios; Supe, Textiles, Metalúrgicos,
UTA, de la Carne, entre otros.
_ Integrante de la Conducción del Movimiento Justicialista (año
1963 y año 1980)
_ Asesor Gremial del Movimiento Justicialista en la candidatura de la
fórmula Matera Raúl, Sueldo Horacio (luego proscripta en
1964). Coordinador de Grupos Técnicos en el área de Obras
Públicas y Transporte en la candidatura Justicialista Italo Luder
(1983).
:. Actividad en el Poder Judicial:
_ Magistrado del Poder Judicial de la Nación desde 1984 hasta la actualidad:
_ Juez Nacional a Cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 33. 1984/89.
_ Juez (Camarista) de La Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Y Comercial Federal Sala 3. 1989/95. Habiéndose desempeñado como Presidente de la Sala.
_ Vicepresidente de la Excma. Cámara Civil y Comercial Federal. 1992/93.
_ Presidente de la Excma. Cámara Civil y Comercial Federal. 1993/94.
_ Juez (Ministro) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde 1995 hasta el 1 de setiembre de 2004.
Conferencia en el “Ateneo de la República” el 22 de Junio de 2016
Derechos Humanos y “Política de Derechos Humanos”.
La “Política de Derechos Humanos” como instrumento estratégico.
La sigilosa maniobra estratégica británica: de pinzas y combinada.
El brazo jurídico de la maniobra estratégica.
El brazo psico-político y psico-social de la maniobra estratégica.
[/one_half]
[one_half_last]
Por El General
Heriberto Justo Auel
[/one_half_last]
En Síntesis.
• Derechos Humanos y “Política de Derechos Humanos”.
Entender que la “política de derechos humanos” -PDH- ha sido elaborada en nuestra Patria por la democracia emergente de la Guerra del Atlántico Sur -en 1982- para defender los genuinos y verdaderos derechos humanos, en su acepción legítima, sería incurrir en un grave pecado de alta ingenuidad política.
Una cosa son “los derechos humanos” y otra muy distinta es la PDH.
La ONU ha definido con toda claridad lo qué debemos entender por “derechos humanos”:
“Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles”.
Eduardo Luis Duhalde (1) -máximo epígono de ésta política K- nos hizo saber desde la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, qué debemos entender por PDH:
“La demorada exigencia de la sociedad argentina de Memoria, Verdad y Justicia se tradujo en acciones concretas de los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), fruto de la confluencia entre el compromiso político del gobierno nacional y la incansable lucha de los Organismos de Derechos Humanos contra la impunidad”.
Los dos conceptos quedan así perfectamente diferenciados. El primero, abarca a “todos los seres humanos” y el segundo está dirigido exclusivamente -“con acciones concretas”- a quienes lucharon contra el terrorismo revolucionario y son señalados por los “Organismos de Derechos Humanos” como “impunes genocidas” y los acusan como criminales de “lesa humanidad”, por el “compromiso político del gobierno nacional”. El presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación -CSJN- lo ha expresado reiteradamente -de otro modo-: “es una Política de Estado”.
Sin embargo, no es así. Ésta fue y es la matriz de todos los “relatos”. Ha sido y es un mero “compromiso político del gobierno nacional” K, asumido al acceder al poder, habida cuenta de su extrema debilidad. Por otra parte, el Dr. Lorenzetti no está en la CSJN para hacer cumplir “políticas de estado”, sino para hacer cumplir con la Constitución Nacional.
Kirchner reemplazó a la “Corte menemista” para llevar adelante, con “su” nueva Corte y “tras esta cortina de humo de la PDH” -Dr. Adolfo Vázquez dixit (2)-, el latrocinio más grande que registra nuestra historia contra las arcas del Estado Nacional Argentino. PDH y corrupción son interdependientes y paralelos, por ello si terminamos con la corrupción K, retener la PDH es no entender la razón de su existencia.
El profuso e intercambiable empleo -coloquial y/o periodístico- de ambos conceptos, ha llegado a su actual uso indiferenciado -como sinónimos- y así una gran mayoría ciudadana fue llevada a la grave y peligrosa confusión interpretativa de estos términos.
Cuando el Estado Nacional -con un gobierno constitucional- movilizó a las FFAA y abrió la guerra civil contrarrevolucionaria de 1974/88, lo hizo en defensa de la Constitución Nacional y ella contiene a nuestros derechos humanos, ya fueren civiles, políticos, económicos, sociales o culturales y también contiene a nuestras obligaciones o deberes.
El objetivo que defendieron las FFAA en los ´70/80 fue el de preservar la Constitución Nacional -que reiteramos, contenía a nuestros derechos humanos- frente a una agresión revolucionaria conducida desde el exterior, que expresamente postulaba el cambio de la Constitución Argentina por la Cubana y con ello eliminar a nuestros derechos humanos.
¿Qué Estado o constitución comunista reconoce a nuestros derechos humanos?
¿Cómo se explica -entonces- que hoy nuestros “derechos humanos” -mimetizados equívocamente como “PDH”- estén en las manos marxistas de quienes fueron derrotados en combate, guerrilleros revolucionarios que nunca han respetado una Constitución liberal -como lo es la nuestra- y a nuestros derechos humanos, en ella contenidos? ¿Cómo se explica que gran parte de los argentinos, aun hoy, no se aperciban de semejante contradicción?
Cabe explicar -consecuentemente- qué es en verdad la “PDH” y porque “nuestros derechos humanos” quedaron en manos del neo-marxismo “progresista” y del Reino Unido (RU) -en una extraña y solapada colusión totalmente ignorada- contra la débil Argentina emergente de ambas guerras, a partir del año 1984, convirtiendo a dicha “política” en el muro más alto a superar por el actual gobierno nacional.
• La “PDH” como instrumento estratégico.
No es una novedad que los derechos humanos, instrumentados como política o estrategia, han sido empleados recientemente en el amplio espectro de las guerras de la “tercera especie” o de “cuarta/quinta generación” (3). Reagan y SS Juan Pablo II lo hicieron, logrando la implosión de la URSS sin abrir el fuego. Pero lo hicieron coherentemente, con el empleo de los valores de sus culturas y para la preservación de estas. En el caso argentino -e iberoamericano- se dio y se continúa dando todo lo contrario -nuestros valores están en manos neo marxistas- y sufrimos una fuerte transculturización, con su natural consecuencia: la corrupción generalizada.
La población aún no comprende ni asume éste fenómeno psico-social desarrollado a través de las nuevas formas de comunicación -la infoesfera- y nuestra dirigencia política le teme. La “PDH” se ha erigido en una “vaca sagrada”, un tema “tabú” y, de “ella no se habla” (4).
¿Cuál es -sino- la razón del “olvido y perdón” ante el saqueo de la magna ópera “Sueños Compartidos”? Los dramáticos efectos sigilosos de la maniobra estratégica instrumentada por la “PDH” indican que su planeamiento ha sido muy eficiente y que, por tratarse de una desconocida estrategia de aproximación indirecta (5) -ajena a nuestra simple lectura de los hechos superficiales- su resultado continúa perdurando en el tiempo.
Trastocó la victoria en combate de las FFAA en una derrota política y estratégica de la Argentina, cuyos efectos recién salen a la luz después del 10 Dic 15.
El RU, en la guerra del Atlántico Sur de 1982 provocada por la OTAN a través de un señuelo -los chatarreros de Dividoff, por exclusivas necesidades de la guerra fría- comprobó que su incursión agresiva no fue un picnic. Así lo han reconocido algunos de sus altos mandos. Consecuentemente, pocos meses después Londres encontró una estrategia de ínfimo costo y altísimo rendimiento para dejar a la Argentina sin la más mínima capacidad estratégica militar: logró la neutralización y autodestrucción de sus FFAA, en brevísimo tiempo y casi sin costos.
El pensamiento militar occidental -y en particular el pensamiento militar argentino- están fundados en Clausewitz y, a su vez el del prusiano en Napoleón. Su característica central es la lectura lineal de los hechos y la resolución del conflicto por aniquilamiento, cuando éste deriva al empleo de la fuerza.
Contrariamente, en éste aspecto el RU es una excepción en Occidente. Como Imperio Naval Talasocrático -con el dominio periférico de los océanos- encontró más aptas para su débil posición frente a los más fuertes -las potencias centrales europeas-, las ideas estratégicas de Sun-Tsu, en particular el concepto de estrategia por aproximación indirecta. El Cap Liddell Hart (5) elaboró esa doctrina convencional en la primera mitad del siglo XX, mientras Mao Tse Tung (6) -contemporáneamente- lo hacía en el área no convencional, durante la “larga marcha”.
Entendido este trasfondo teórico, abarcaremos mejor a los pasos que se dieron en los hechos, a partir del año 1983. El Dr. Carlos Nino fue un prestigioso y progresista filósofo del derecho, penalista, profesor de la UBA. Periódicamente visitaba la Universidad de Oxford, en la que se había doctorado en leyes en 1977. En 1983, pocos meses después de la derrota militar argentina en el Atlántico Sur, regresó de aquella Universidad -donde se forman las elites de los servicios de inteligencia británicos- y asumió como asesor jurídico del nuevo presidente argentino -junto al Dr. Jaime Malamud Goti (7), Coordinador del “Consejo para la Consolidación de la Democracia”.
A las cuarenta y ocho horas de asumir el cargo Raúl Alfonsín, Nino presentó a la firma del Poder Ejecutivo dos decretos, cuyos borradores traía desde Londres -el 157/83 y el 158/83- Ambos fueron firmados el 13 Dic 83 y contenían “el huevo de la serpiente”.
El Decreto 157/83 llevaba a la Justicia Penal Federal a los agresores terroristas revolucionarios y el 158/83 al Consejo Supremo de las FFAA -CSFFAA- a quienes el Estado Nacional había movilizado en su defensa: las FFAA, las de Seguridad y las Policiales. Todo ello bajo la motivación del posible atropello a los “derechos humanos” -de los cuales los asesores jurídicos eran férreos defensores- en las operaciones de la guerra civil contrarrevolucionaria desarrolladas en el país entre los años 1976 y 1983.
Seis meses después, a mediados de 1984, el Decreto 157/83 fue “cajoneado”. El fiscal a cargo de esa investigación fue ascendido, para sacarlo de la causa, que había avanzado aceleradamente. El CSFFAA había recibido más de 22.000 denuncias y no había llegado a fallar. Por esa razón se le retiraba la causa, que era entregada a la Justicia Penal Federal.
Se iniciaba así el torpe atropello a todos los principios del derecho penal y se alcanzaba el punto culminante de la maniobra estratégica elaborada por la inteligencia británica -que homologaba a la de Stalin del 1921, conocida como “la purga del Ejército del Zar” (8)-.
Éste fue el paso central de una exitosa maniobra estratégica de aproximación indirecta, aun en plena ejecución -33 años después- a través de la Justicia Penal Federal, con la que se obtuvo la ya lograda autodestrucción de la Política de Defensa Argentina y su reemplazo por la perversa “PDH” K.
Llama la atención que se haya limitado la investigación judicial solo al período 76/83, cuando la agresión cubana se inició en 1959 y la respuesta del Gobierno Constitucional Argentino se decretó recién en 1973/74, pero ese “recorte” fue lo que la hizo posible ante la oposición.
¿La dirigencia política necesitó casi quince años para entender que la Argentina estaba siendo agredida por una revolución estalinista que empleaba tácticas terroristas, rurales y más tarde urbanas? Sin embargo, a pesar de esa larga inacción de más de una década, en 1973/74, se improvisó y se pidieron resultados “cuanto antes”, ante el caos sangriento que asolaba al país (4).
• La sigilosa maniobra estratégica británica: de pinzas y combinada.
Contemporáneamente con la firma de los mencionados decretos, un grupo de Oficiales Superiores del Ejército fuimos destinados al Estado Mayor Conjunto de las FFAA -EMCFFAA- convocados por su nuevo Jefe, el Tte Grl Fernández Torres. Me correspondió ocupar la Jefatura del Departamento Políticas y Estrategias y desde esta función impulsar las reformas estructurales de la Defensa Nacional que las experiencias recientes nos habían proporcionado, dramáticamente y a raudales.
Para llevar a buen fin este objetivo autoimpuesto, detectamos a mediados de 1984 el grave obstáculo que nos creaban las consecuencias del Decreto 158/83. Las expuse ante el JEMCFFAA, el Grl Sánchez, el Almte Grondona y el Brig González, quienes conformaban la cúpula del EMCFFAA y ese mismo día recibí la orden de repetir esa exposición ante el Ministro de Defensa, Sr Borrás. Al hacerlo, señalé que el decreto llevaba el embrión de la destrucción de la autoestima de las FFAA y a la vez la licuación de la Justicia Federal. Además, adelanté que con él el gobierno se auto-defenestraba, por no entender que la guerra es un fenómeno socio-político y, como tal, no judiciable. Borrás, al terminar mi detallada exposición, dijo: “A esto hay que ponerle un punto final. Estos Dres…no pisaron nunca un comité”.
Años después, en un almuerzo en el Círculo Militar ante tres testigos, quien había sido asesor jurídico del Ministro en aquellos días, el Dr. Jaunarena, nos dijo que luego de aquella exposición el ministro Borrás le pidió al presidente una reunión en Olivos con Nino y Malamud Goti. Borrás y Jaunarena llegaron tarde a ella, por un incidente en el viaje desde Pergamino. La reunión para tratar una salida a éste grave problema no se hizo. Es cuando comienza a gestarse un conflicto entre el Comandante en Jefe de las FFAA y la masa de las FFAA, que estalla al poco tiempo, en Semana Santa de 1987.
El brazo jurídico de la maniobra estratégica.
Poco tiempo después de la fallida reunión en Olivos, Raúl Borrás falleció y los efectos del Decreto 158/83 se fueron agravando día tras día, acompañando a una inflación creciente y a los conflictos institucionales que se multiplicaban. El “punto final” estaba elaborado como anteproyecto de ley, pero no había voluntad política para llevarlo adelante. Además, los dos asesores jurídicos del presidente -autores del Decreto 158/83- solicitaban una ley complementaria, la de “obediencia debida”, que a todas luces buscaba dilatar los tiempos para alcanzar su subrogación.
El Dr. Facundo Suarez -Señor 5- me comentaba telefónica o personalmente- acerca de estas trabas y dilaciones, estando yo destinado en Neuquén -1986- y Río Gallegos -1987-. Siempre le advertí -como lo había hecho en 1984 ante Borrás- que tarde o temprano “la olla iba a estallar”.
Ésta misma advertencia se la hice llegar por escrito al Grl Ríos Erenú -JEMGE- en Enero de 1987, a través del Sub-JEMGE, Grl Sánchez. En la nota le señalaba que la “batalla jurídica”, que él postulaba, era imposible en los hechos. La copia de dicha nota manuscrita llegó nuevamente a mis manos hace poco tiempo. El Cnl Vivas, mi compañero y amigo, en ese entonces Inspector de Infantería, fue depositario de ella y me la devolvió antes de partir a la Casa del Señor.
En Semana Santa de 1987 “la ola estalló” y el presidente Alfonsín negoció y aprobó, “bajo palabra de honor”, tres puntos -que se cumplieron a medias- con los “caras pintadas” de la Escuela de Infantería:
1) En quince días el Congreso aprobaría la demorada ley de Obediencia Debida.
2) Los Tcnl(s) Rico y Venturino quedaban a disposición de la Justicia Militar.
3) El resto del personal que había adherido al movimiento, regresaba a sus destinos, sin recibir sanción alguna.
Los negociadores por parte de la Escuela de Infantería fueron Monseñor Medina y el Tcnl Vila Melo y por parte del presidente los Dres. Facundo Suárez y Jaunarena. Ésta reunión se desarrolló en el Edificio Cóndor y fue detalladamente relatada -tiempo después- por uno de sus actores, el Tcnl D. Julio Enrique Vila Melo, en un largo artículo -con su firma- en el diario La Nación. Allí se aclaraban muchos hechos que se estaban tergiversando, para no cumplir con lo acordado.
La autodestrucción había tomado el nombre de “batalla jurídica” -por la miopía de los altos mandos- y ello, desde nuestro punto de vista consolidaba el éxito de la estrategia de aproximación indirecta lanzada el 13 Dic 83. El brazo jurídico de la maniobra estratégica británica, instrumentada como operación de pinzas, había inducido eficazmente la auto-destrucción de las FFAA, quintaesencia de una estrategia de aproximación indirecta.
El incumplimiento del punto 3) del acuerdo por parte del nuevo JEMGE -Grl Caridi- y de sus asesores, trajeron nuevos movimientos en diferentes Guarniciones Militares -Tcnl Rico y Cnl Seineldin-, pero estos ya no eran por el Decreto 158/83, sino por problemas derivados de Semana Santa, específicamente internos de la Fuerza. NUNCA se pensó en un golpe de estado, pero esa fue la perversa lectura de quienes apoyaban conscientemente o inconscientemente la “PDH”. En 1989/90 el presidente Menem dicta la Amnistía para militares encausados y para los terroristas revolucionarios. Creíamos que se alcanzaba definitivamente la ansiada pacificación nacional.
El brazo psico-político y psico-social de la maniobra estratégica.
Veamos ahora cómo se instrumentó el otro brazo de la operación de pinzas pergeñada en Oxford y ejecutada ésta por el triple agente de inteligencia -de la FAA, de Montoneros y del RU- Horacio Verbitsky, asesor presidencial desde el año 2003 y presidente del CELS. Su rol le exigía operar sobre la ciudadanía y lograr el apoyo de la opinión pública a la PDH. Ésta operación era central, para sostener en el tiempo a la encubierta maniobra colusiva.
Las izquierdas -comprometidas o simpatizantes con la revolución neo-marxista- llegaron nuevamente al poder, “colados” en la inaudita Alianza. El presidente De la Rúa -1999/2001- debió renunciar por efecto de un golpe de estado civil, provocado desde la intimidad de su gobierno. La anarquía consecuente llevará a la presidencia, dos años después, a Néstor Kirchner -2003/2007-. Un presidente sin votos y sin ideas políticas. El neo marxismo volvía a homologar lo logrado -por unos días- en el gobierno Cámpora.
Al hacerse cargo de la presidencia Kirchner necesitó construir poder y cierta gobernabilidad. Su asesor, Horacio Verbitsky, le señaló que algunos de los últimos gobiernos le habían tendido la mesa: dos décadas de continua propaganda “progresista” desde los medios de comunicación del Estado, habían transformado los “usos y costumbres” de la sociedad urbana, en las grandes ciudades. La transculturación se percibía en las calles, en el lenguaje, en las escuelas y hasta en los muros de la ciudad.
Ergo, aquel desconocido santacruceño, considerado en su pueblo natal como usurero, sin un posicionamiento político firme, audaz, autoritario y desprolijo, debía abrazarse al símbolo de la “PDH”: las “Madres de Plaza de Mayo” y dar continuidad de inmediato a los “Juicios por la Verdad”. Había que anular las “Leyes de la Impunidad”.
La interrumpida maniobra británica en su brazo jurídico, continuaría en el 2003 con un gobierno “pseudo revolucionario”, “nacional y popular”, adscripto subrepticiamente al “chavismo”. La extraña colusión británica/elementos revolucionarios neo marxistas, iniciada tras la firma del Decreto 158/83, se consolidaba, pivoteando ahora sobre el CELS de Verbitsky.
La operación psico-política, no era sencilla. Para empezar, había que reemplazar y obtener una mayoría de votos en la CSJN (2) para lograr la aprobación de la nulidad de las “leyes del perdón” y, además, modificar el concepto de “lesa humanidad” enunciado por el Estatuto de Roma, para acondicionarlo a la maniobra en curso. Los terroristas revolucionarios -en la Argentina- no serían comprendidos por ésta figura y continuarían “amnistiados”, la “PDH” se consideraría una “política de Estado” y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, como querellante, “conduciría” elípticamente a la Justicia Federal, para llevar en masa a las FFAA a los Tribunales y considerarlos “asesinos” o “genocidas” y encuadrarlos en el Código Penal, como delincuentes comunes.
Esta nueva CSJN fue considerada por los “formadores de opinión”, durante años, como la ópera magna del nuevo gobierno. En el “haber” de K, la nueva Corte figuraba en primer término. (9)
También se hizo necesario modificar la constitución del Consejo de la Magistratura en favor del oficialismo, para domesticar a los Jueces y a los Fiscales comandarlos desde la Procuraduría General, que terminaría en las manos K de Gils Carbó, hasta la fecha. El torpe atropello a los principios del derecho penal y a su jurisprudencia, exigió la creación de “militantes” dentro del sistema y así surgió “Justicia Legítima” (9).
El último intento -acompañado por el exonerado juez español Garzón- de subordinar totalmente el Poder Judicial al Ejecutivo, fue el de la “democratización de la Justicia”, ley aprobada por el Congreso -considerado una “escribanía de la presidencia”- en el año 2013 y rechazada por una Jueza Federal y la CSJN, por inconstitucional, con la natural disidencia del “prostibulario” Zaffaroni.
Con esta serie de atrocidades jurídicas nuestro país se encaminaba aceleradamente -hasta el 10 Dic 15- a la categoría de “Estado fallido”. La cortina de humo que debía ocultar a estos escándalos institucionales, acompañados por una fenomenal corrupción económica-financiera, simultánea y rampante, exigía operaciones psico-sociales de encubrimiento de una intensidad y un nivel nunca antes conocida. Quienes la analizaban, citaban a Goebbels.
Se necesitaba un gran “relato” para encubrir tanto desatino, durante tantos años. Esa necesidad de una gruesa cortina de humo llevó al gobierno a asociarse con algunos medios privados y estatizó el 80% de los medios escritos, radiales y televisivos. Gallup Argentina informaba en los 2000 que el 72% del periodismo argentino era de “izquierda”. Millones de dólares eran destinados a pseudo-intelectuales, “periodistas” y actores para sostener increíbles falacias.
El éxito de Verbitsky, como director de la operación de esta narrativa falaz, que se reconstruía permanentemente, estuvo y está acompañada por antiguos comunicadores simpatizantes o pertenecientes a las izquierdas revolucionarias y por jóvenes “despistados”, formados en las aulas del “progresismo relativista”. Son quienes crearon y custodian en los medios a la “vaca sagrada” de la “PDH” -homologándola, aun hoy, con nuestros derechos humanos-. Para la mayoría de nuestros conciudadanos, el único terrorismo abominable es el “terrorismo de Estado”. Otros no existen.
Llevamos quince años involucrados en una nueva guerra mundial, conocida universalmente como “contraterrorista global”; ¿cuántos argentinos conocen su existencia, aunque fuere superficialmente? (10) “De eso no se habla” y en consecuencia se continúa con el “garantismo jurídico” que apunta al “abolicionismo penal”, con el 2×1, con un record mundial de causas que no reciben sanción y un sinfín de etcéteras. Además, existe una inconsciencia generalizada acerca del desequilibrio estratégico provocado por el desarme unilateral argentino.
Aquella sentencia de Séneca -S II d.C.- continúa brillando entre nosotros con todo esplendor: “Peor que la guerra, es el temor a la guerra”. Y allí está la clave de nuestra imparable Inseguridad Nacional. Toda la legislación de Seguridad Nacional ha sido dictada bajo el espíritu que acompañó a la operación estratégica de pinzas que hemos descripto, por elementos cercanos a las organizaciones armadas revolucionarias, pero no sabemos que haya hasta hoy una mínima reacción política, ante la absoluta y creciente indefensión e inseguridad pública.
Está de por medio “el muro más alto que debe superar el actual gobierno”, construido en las últimas décadas desde el Estado, para licuarlo y transformarlo en el santuario del crimen organizado y sobre la sociedad, alienada por una comunicación perversa que la llevó a su transculturación. Los dos brazos de la maniobra estratégica por aproximación indirecta -el jurídico y el comunicacional- fueron eficaces, pero su consecuencia colateral, la corrupción que actualmente desborda al muro, es decir, a la cortina de humo de la “PDH”, está llegando a su fin (8) (11).
Si hubiere decisión política para terminar con la absurda auto-destrucción, roguemos que haya lucidez para iluminar el sendero que conduce a la salida del cerco. Años de una falsa narrativa retiene a gran parte de la ciudadanía en la irrealidad de un espejismo, si bien ésta se está resquebrajando, día a día.
• En Síntesis.
1. En la inmediata posguerra del Atlántico Sur, en 1983, la inteligencia británica en colusión con el neo-marxismo, logró la inducción -por aproximación indirecta- de la autodestrucción institucional y la transculturación social de la Argentina.
2. El instrumento seleccionado fue la “PDH”, que permitió trastocar la victoria táctica argentina -en la guerra contra-revolucionaria- en una derrota política y estratégica, quedando nuestros derechos humanos en manos del terrorismo revolucionario.
3. Los decretos 157 y 158/83 fueron el puntapié inicial de una maniobra de pinzas que aseguró al Foreing Office la imposibilidad operacional militar de la Argentina y dio a la pseudo-revolución continuidad, a pesar de su derrota en el terreno.
4. Un brazo de la maniobra fue ejecutado por la Justicia Penal Federal -sobre el modelo de “la purga leninista del Ejército Zarista” en 1921-. El otro fue conducido por un triple agente de inteligencia, desde una ONG, que operó la conducción sigilosa de los Ministerios de Defensa y de Justicia (12), desde las bambalinas.
5. Esta exitosa operación estratégica logró levantar -infoesfera de por medio-un muro intocable, el de la “PDH”, “vaca sagrada” que logró ocultar durante quince años el mayor asalto K a las cajas de los bienes públicos y la impunidad de terroristas, narcotraficantes y ladrones de guante blanco.
6. El 10 Dic 15 la ciudadanía cambió el rumbo “pseudo-revolucionario” que en las posguerras había transitado diferentes etapas “democráticas”. La corrupción encubierta está saliendo -en el 2016- a superficie y agrieta al muro. Aun no ha llegado a conmover sus cimientos, pero si ello no ocurriera en los próximos meses podríamos volver a la violencia revolucionaria que prometen los remanentes duros del kirchnerismo y la “Declaración Final del XXII Encuentro del Foro de San Pablo en El Salvador” del 27Jun16, cuyo último párrafo vale la pena transcribir, para leer sus entrelíneas:
“América Latina y el Caribe está en estos momentos y seguirá estando al frente de la lucha de los pueblos por una sociedad con justicia y libertad, sin explotación ni opresión; una lucha en la cual los pueblos, sus organizaciones políticas y sociales, y los gobiernos que defienden los intereses populares, se enfrentan a las más poderosas fuerzas del mundo, pero cuyo poderío económico y militar no podrá contra el poder de la razón, de las ideas, y de los más altos valores de la humanidad, que como proclamaba la Revolución Cubana en la Segunda Declaración de La Habana, “ha dicho BASTA y ha echado a andar…” Seguiremos construyendo el poder popular para asegurar las transformaciones económicas, sociales y políticas de los pueblos de América Latina y El Caribe”.
6. Nuestro futuro -y el de la región- está en manos de la ciudadanía argentina y del Gobierno Nacional. Hay indicios de que la sociedad ha despertado de su ensueño, que retiene esperanzas y que esta vez actúa con mayor prudencia. No sabemos aún si la dirigencia política ha asimilado a esa circunstancia. El “socialismo siglo XXI” está en retirada y el BREXIT ha puesto a parir al RU. Los ocupantes de las Islas usurpadas están conmovidos. Es el momento -oportunidad- que tiene el Presidente Macri para clausurar los dos “estados de guerra” que mantenemos abiertos y nos cierran el camino hacia el progreso (4).
CITAS:
(1). El Dr. Luis Eduardo Duhalde fue asesor del “peronismo revolucionario”, profesor en la “Universidad Nacional y Popular de Buenos Aires” -como se llamó la UBA durante el gobierno de Cámpora-, defensor de los “fugados de Trelew”. Cuando asume Kirchner es nombrado Secretario de Derechos Humanos -SDH- y postula la anulación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Transformó a la SDH -cuyo presupuesto aumentó de 1 a 100 millones de pesos- en querellante del “terrorismo de estado” y, como tal, celebraba como un gran “triunfo revolucionario” la lectura de los fallos de los TTOOFF, de pie sobre una mesa y agitando a las barras con banderas rojas, bombos y redoblantes, dentro y fuera de las salas del tribunal, transformando a ellos en “tribunales populares” similares a los bolcheviques que “purgaron” a los oficiales blancos en Rusia, en 1921. (2). Adolfo Vázquez. “Asalto a la Justicia”. Ed. Sudamericana. Mar 16. (3). Heriberto J. Auel. “El Pensamiento Estratégico en el Siglo XXI”. 12Oct14, www.ieeba.com.ar (4) Heriberto J. Auel. “La larga guerra civil argentina y el actual estado de guerra civil revolucionario”. O9Jul13. www.ieeba-com.ar (5) L. B. Hart. “La estrategia de aproximación indirecta”. Biblioteca del Oficial Nro 500/501. Círculo Militar. Sep 60. (6) Mao Tse Tung. “El Libro Rojo de Mao Tse Tung”. Abr 64. Ed Edo Chino. 900 Millones de ejemplares. (7). El Dr. Jaime Malamud Goti, autor de “Terror y Justicia en la Argentina”, vivió durante una década en los EEUU. Citó en sus trabajos a la Guerra del Atlántico Sur como “media guerra” por las “Is. Flalkland/Malvinas”. Penalista de la UBA con pensamiento próximo al del Dr Zaffaroni. Fue parte de un grupo de abogados radicales que, con los Dres. D´Alessio, Gil Lavedra, Enrique Paixao, Leopoldo Schifrin y otros (luego funcionarios del Estado), sugerían llevar a los militares a la Justicia “como causantes de los golpes de estado”, para proyectar la figura de Alfonsín al plano internacional, “aunque ello implicara un severo apartamiento del Derecho”. Éste mismo grupo produjo la reforma del Código de Justicia Militar, que dejó al “jus in bello” en manos legas y que traerá -en el futuro- gravísimos problemas de disciplina en las FFAA. Malamud Goti fue el enlace de éste grupo con el Dr. Nino y conformará el “Centro de Investigaciones Especiales” -CEI- presidido por Zaffaroni y conformado por Nilda Garré, Alicia Oliveira y Diana Conti. (8) Heriberto J. Auel. “Escándalo Judicial en Tucumán”. 25May16. www.ieeba.com.ar (9) La Nación. Editoral. “Nuestros jueces penales federales”. 26 Jun 16. (“De este grupo de magistrados, nacidos de lo peor de la política para juzgar a la política, sólo cabe esperar que sigan haciendo, precisamente, política y no justicia”). (10) Heriberto J. Auel. “La guerra mundial Contra-terrorista Global, ¿Híbrida o Nuclear? Abr 15. www.ieeba.com.ar ( ) El Dr. Alfredo Bisordi fue el fiscal que tomó al Decreto 157/83 y en consideración al enorme acopio de pruebas que reunió, para llevar a juicio oral a los terroristas, fue ascendido y con ello separado de su cargo. Esta causa, como lo hemos señalado, fue “cajoneada”. Pero como era un magistrado honesto y trabajador, continuaba molestando. Aníbal Fernández llegará a pedirle públicamente su “renuncia patriótica”. Como titular de la Cámara de Casación dijo el 26 Abr 87: … “El supuesto retraso de causas contra los militares es una excusa para sacar jueces, con miras a asegurar a Kirchner (y familia) la impunidad en los presuntos delitos de corrupción”. En un escrito de fuerte contenido político, con el que acompañó su presentación ante el Consejo de la Magistratura, tildó a Kirchner de “traidor a la patria”, de “incipiente tirano” y de “aprendiz de déspota no ilustrado”, acusándolo además de encabezar una “venganza” de la organización Montoneros, de haberse refugiado y haber hecho “buena letra” durante la dictadura y de haber apoyado las privatizaciones del gobierno del Dr. Carlos Ménem. El Cronista Comercial, 27Abr87. (12) Carlos Manuel Acuña. “Los Traidores, Intimidades de la Guerra Revolucionaria”. Ed. Buen Combate. 2012. “Verbistky: De La Habana a la Fundación Ford”. Ed. El Pórtico. 2003.
Mencionada en la primera carta y sin respuesta desde hace 5 años, 9 meses y 22 días, por parte de los seis destinatarios de la misma, que por supúesto no deben estar mas en el cargo, presentamos aquí la misma de parte del Sub Oficial Principal, Lic. Luis Orlando González.
Almirante Jorge Omar Godoy
Jefe del Estado Mayor General de la Armada.
S / D
Me dirijo al señor Jefe del EMGA, con el solo interés de informarle y responsabilizarlo y a su Estado Mayor sobre dos cuestiones que me afectan familiarmente y profesionalmente:
1.- Negación manifiesta y encubierta por parte de sus comandos ante una solicitud de auxilio por parte de mi familia directa.
2.- Mi confinamiento en una prisión abyecta, privado de todo derecho, en mi condición de SPIF (RE) de la Armada, víctima de la dictadura militar por un lado y víctima del odio de los hombres vencidos del pasado, por el otro.
Respecto del primero y a poco tiempo después de mi detención llevada a cabo el 04-03-2009, mi señora esposa quien sufre una enfermedad coronaria y otros males, conjuntamente con mis dos hijos discapacitados, en situación desesperada, solicito ante la Dirección General del Personal Naval por intermedio directo del CN. Luis R. Cavotta, acogerse al plan de gobierno que contempla la inserción en las instituciones
públicas de personas con problemas psicosomáticos diferentes, acorde y coadyuvante a la campaña llevada a cabo por la DGPN ante todos los destinos de la Armada, inclusive Círculos de Sub oficiales. Vanos fueron los esfuerzos ante la oficina del nombrado CN. Cavotta y la oficina en donde atiende el SM. Andrés Feduzzi y un Psicólogo de apellido Villella.
Las repetidas idas y venidas de mi esposa, muchas veces cancelando turnos hospitalarios por su padecimiento, solo sirvieron para recibir desvíos informativos, promesas infundadas, creando falsas expectativas a mis chicos, con promesas de pseudos empleos que nunca se hicieron efectivos.
Grande fue mi estupor al descubrir mediante la información que aportó la psiquiatra de familia, que el mencionado psicólogo de la DGPN, con una conducta que evidencia extrema falta de decoro profesional, había confiado a esta, que los chicos no se hicieran ilusiones ya que existía un informe negativo por parte de éste psicólogo de pendiente de esa Dirección (DGPN).
Por cuerda separada, otras autoridades navales, considerando la situación, intentaron extraoficialmente ante sus comandos directo, interceder, pero siempre recibieron respuestas incoherentes e injustificadas – que hay que esperar que se vaya este – que venga ese otro – que se quede aquel, que todo cambie y cosas por el estilo.
Siendo consiente que nuestros tiempos, no son los vuestros, creo y estoy convencido que todo ha sido y se ha manejado con deplorables mentiras y que el motivo es obvio considerando mi especial situación, saber que mienten y se acostumbran a convivir con ello, es lo más inmoral que puede suceder a un militar que conduce hombres.
De manera que convencido y con plena seguridad digo: No vengo a pedirle ningún regalo, no estoy reclamando dádivas, ni compasión, solo estoy relatando y poniendo de manifiesto la mediática incomprensión de las autoridades navales, ante un problema familiar grave de uno de sus subordinados.
Además no embarga este relato ningún atisbo de dubitación en lo que expreso, por consiguiente extenderé en breve a la opinión pública los conceptos más sobresalientes de esta misiva, para que se conozca la verdad sobre la hipocresía naval “ya que cuando la hipocresía sostiene ciertas conductas ideológicamente, se está con la gestión de gobierno o están comprados o tienen miedo”.
Haciendo análisis, cuando la ciudadanía común y el personal subalterno (llámese Sub oficiales) de las FF.AA., se atiene a lo que ve a la lógica normal de los acontecimientos que considera confiables, son niños ingenuos que no entienden lo que pasa. Seguramente algunos no comprenderán, que una fuerza armada, mediante sus conductores de turno abandonen a una familia de un sub oficial preso e inocente, con su esposa enferma y sus dos hijos discapacitados, nacidos en el 76 y 78 respectivamente, prácticamente hijos de la guerra sucia.
Lo mencionado acredita fehacientemente que ustedes señores del Estado Mayor General de la Armada, no están cumpliendo con la vieja regla del honor naval, “de que un hombre de mar nunca abandona a otro hombre de mar” en peligro o en la adversidad. Yo y mi familia hemos naufragado por el fuego apátrida y en su barco. Ustedes dónde están?
Viene bien reproducir un pensamiento de un compañero de prisión en carta abierta “Ustedes sabrán si están orgullosos o avergonzados”, yo siento lástima y dolor, aunque mentalmente sigo libre, gracias a Dios, vivo en paz y Ustedes?
Respecto del segundo punto, otro es el concepto que en mi interior palpita, que suma al primero y realizando un profundo estudio de mi situación con respecto de mi detención y de todos los Sub oficiales de la Armada por presuntos delitos de lesa humanidad, tal es así, veo que el destino jugó en mi contra, pues ojalá yo fuera otrora un auténtico combatiente contra el subversivo y terrorista marxista, puesto que desde la contraria empiezan a respetarse retrospectivamente porque reconocen al otro, el enemigo también albergaba ideales. Lamentablemente esta situación es ajena a mí, no me toca ni mucho menos quiero fingir que lo hice por fría hipocresía del oportunismo. Ni combatí, ni jamás participé en operación alguna, ni nada que se le parezca, nunca empuñé un arma para hacer daño a nadie y jamás causé daño alguno a personas en mi vida. A pesar de ello fui entregado alevosamente por los Stellas, Marrones, Molina Pico, Algimiro Fernández, los Ferrer, los Arosa y contemporáneamente usted.
Basta con revisar los Oficios SGNA A1E N° 369/08 de fecha 30-05-2008 y Oficios AJAR SFE N° 907 de fecha 28-12-2007 N° 48 de fecha 08-05-2008 y N° 199 de fecha 21-04-2008 y otro del mes de diciembre de 2008 en donde se me daba con domicilio desconocido, cuando la información la tenían en el cobro de mi haber y en el RNP. Ello me trajo un serio problema judicial debido a su mala información.
Conforme a todo esto, la soledad me abruma en esta injusta causa, vea Ud., mi jefe directo e inmediato, ningún jefe de la cadena de mando de aquél entonces me acompaña en esta odisea, mucho menos algún compañero de destino, no obstante estoy sumido en un proceso criminal, siendo responsable de cuatrocientos treinta y cinco (435) casos, entre muertes, torturas, secuestros, vejaciones, en concurso de asociación ilícita.
Lo invito a que examine mi foja de concepto y observará quienes fueron mis jefes y otros ausentes en este proceso. De manera que el sub oficial Gonzáles, Cabo Principal en ese entonces y en soledad anárquica absoluta y sin recibir orden de nadie, fue responsable de esos 435 casos. No le parece Almirante que ello es imposible bajo todo punto de vista? Mire si su padre, también Sub oficial de la Armada estuviera en mi situación, no obstante Ud., me ha entregado mediante el Oficio SGNA.A1E N° 369/08.
Sepa Ud., y demás Almirantes que mi moral es alta y no claudicaré en absoluto, aunque Ud., me haya entregado al enemigo, que quiero seguir pensando es también el suyo, o me equivoco?
No obstante hay que valorar su actitud, de sus antecesores y de su Estado Mayor, han sido sumamente generosos con el poder de turno, había que cumplir con el cupo de detenidos políticos y no le quedaban Oficiales en pié y no dudaron negociar a costa de los indefensos Sub oficiales, y echaron mano a ellos. “Sepa Ud., que con los Sub oficiales no se negocia”.
Permítame que me exprese libremente; los únicos responsables, ya ancianos, se están muriendo, algunos cumplen excarcelaciones cómodas en sus domicilios y sabe….Quienes pagaremos las culpas de otros, los que en su tiempo eran Tenientes y nosotros los que ostentábamos el alto grado de Cabos. – Al respecto me hago cierta pregunta.
Que dirán sus hijos y nietos, cuando los nuestros le digan, tu abuelo, tu padre vendió al enemigo a sus propios camaradas. Le recuerdo tener presente el artículo 16 de la Constitución Nacional “Que exige idoneidad para ocupar cualquier cargo” y el artículo 29 de la Constitución Nacional “Delito de traición a la patria”. Los hombres y la historia lo juzgarán.
Seguramente desde los sillones de cuero de los pisos superiores del elefante blanco, vean los pasillos y oficinas del Juez Torres, faltaría un micrófono para que escuchen lo que allí se comenta cuando nos ven con las esposas colocadas cual delincuentes con un uniformado que os conduce del brazo. “Que esperas del Juez, si a estos presos no los defiende nadie, ni siquiera la fuerza”. Viene a cuento lo expresado por Martin Luther King. “El problema no es la maldad de los malos sino el silencio de los buenos”, con el perdón de los malos. Asimismo, le recuerdo a Ud., y a su Estado Mayor, lo que ningún militar puede hacer, pues además viola el código de honor, es consentir los hechos callando, para luego denunciar a sus superiores de antes y a los Sub oficiales de ahora por sus responsabilidades en esos mismos hechos que Ud., consintió expresamente. Eso en buen romance, se califica como falta de lealtad que constituye el estigma más grave que en su vida puede afectar a un militar.
Le pido Almirante que mire a su alrededor, observe a su Estado Mayor, en especial a los Oficiales y Sub oficiales jóvenes, cuál será la herencia que les dejará? Porque esta realidad los condena irremediablemente, ¡¡ pobre Armada!! Aceptaré con cristiana serenidad lo que me sucederá porque soy un Sub oficial (RE) de la Marina, haciendo honor a la lealtad que le debo a mi patria y a la Armada a la que le di la mitad de mi vida.
Pero lo que no he tolerado ni aceptaré nunca, es la incomprensión que ustedes han demostrado para con mi familia “la gran familia naval” ¡¡qué horror!! Que hipocresía, que mentira, cuando el deber de un jefe es velar por el bienestar moral y material de sus subordinados.
Almirante espero que tenga un minuto de tiempo y que use el criterio crítico, que alguna vez fue capital de los hombres probos de mar, se dará cuenta que Ud., y sus antecesores, son los únicos culpables que nosotros los Sub oficiales estemos sumidos en esta desgracia institucional, judicial y montonera.
Solicito se me responda, sea cual fuere la respuesta, me hago cargo y asumo la responsabilidad disciplinaria que me pueda corresponder dado mi estado militar.
Marcos Paz, Febrero de 2011
Lic. Orlando González
SPIF (RE) MR: 320009
Distribución:
1.- Jefe de Estado Mayor General de la Armada
2.- Sub-Jefe del Estado Mayor General de la Armada.
3.- Director General de Personal y Bienestar de la Armada.
Condenado a perpetua por el juez Rozanski, y a pesar de tener 80 años, a Jaime Smart no se le ha permitido la prisión domiciliaria, al alegarse que hay “peligro de fuga”. Esto pone de manifiesto las deficiencias del sistema carcelario y lo perverso e injusto de esta condena.
Jorge Ybarra
Editorial del diario La Nación.
El derecho a la detención domiciliaria
Por Roberto Durrié.
Nuestro país se caracterizó, desde que comenzaron a dictarse las primeras leyes con contenido penal, por tomar previsiones legales para que el cumplimiento de los arrestos o penas no infrinjan un sufrimiento que vaya más allá del que surge naturalmente de una privación de libertad. En este marco, el Código Penal previó la detención en el domicilio para ciertos casos de vulnerabilidad del condenado.
La finalidad del instituto es la de atemperar el mayor gravamen de la privación de la libertad, sea por razones de enfermedad, simple estado de deterioro general, o por la sola razón de una edad avanzada (la norma refiere a internos mayores de 70 años). Esta última hipótesis está prevista en el inciso “d” del artículo 10 del Código Penal y “atiende a la mayor vulnerabilidad de las personas que han llegado a la tercera edad, de acuerdo con las disposiciones de rango constitucional que apuntan a brindar protección a los ancianos” .
Existe consenso, además, en que el régimen de prisión domiciliaria es “un auténtico derecho para quienes se encuentran en las situaciones que describe la norma y que, si bien su concesión no debe ser resuelta en forma automática, en modo alguno está librada a la discrecionalidad judicial”.
La aclaración es importante porque la norma establece la concesión del régimen como una facultad judicial (“podrán” y “a criterio del juez competente”). Sin embargo, tanto la doctrina como la jurisprudencia advierten que eso no supone que se trate de un mecanismo que depende de la pura y simple decisión de los tribunales. La apreciación judicial sólo podría denegar la prisión domiciliaria cuando se corren riesgos de que se desnaturalice o se abrogue, en la práctica, el régimen de detención. Si no está fundada específicamente esta única razón, deberá concederse siempre.
La prisión domiciliaria sufrió una importante reforma en 2009, cuando se introdujeron nuevos supuestos de concesión de esta institución. Asimismo, se reformó también la ley de ejecución penal, previendo que, en algunos de los supuestos de procedencia, debía fundarse la concesión de la prisión domiciliaria en informes médicos, psicológicos y sociales.
El caso del interno mayor de 70 años no fue incluido entre estos supuestos, por lo cual se consideró innecesario fundarlo en dichos informes adicionales. De modo que, aunque nada impide que el tribunal los solicite, aquéllos no constituyen un requisito para la procedencia del instituto.
En algunos casos, la jurisprudencia ha sabido aplicar de este modo la norma, expresando que para los mayores de 70 años, la disposición no exige ningún otro requisito. Sin embargo, otros precedentes han exigido, además del requisito etario, una condición de salud particular. Esto se ha visto al momento de valorar la ejecución de la pena o de la prisión preventiva de personas mayores de 70 años detenidas por delitos llamados de lesa humanidad.
Es necesario advertir que el requisito correspondiente al estado de salud de una persona mayor a 70 años no surge del texto legal. Así, resulta arbitrario rechazar un arresto domiciliario de una persona de avanzada edad con el argumento de que no presenta un cuadro de salud terminal o especialmente delicado.
La norma es clara y no admite otra interpretación que aquella que sostiene que el cumplimiento de la edad prevista abre el derecho a cumplir la pena en forma domiciliaria. La exigencia de un estado de salud deteriorado o terminal, repito, no surge como un requisito de la reglamentación de este instituto.
Profesor titular consulto de Derecho penal en la UCA
Un preso político y las “pequeñas cosas” : Uno de mis nietos aún no pudo conocer a su abuelo…
Por Eugenio Bautista Vilordo.
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El 17/11 de 2016 se cumplieron, y aún no salgo de mi asombro, 10 (diez) años procesado sin condena y privado de mi libertad.
Para entender lo irregular de mi situación, tuve un corto periodo excarcelado después de haber cumplido tres años detenido sin condena, resolución dictada por casación y firme por no haberse presentado la fiscalía en tiempo y forma.
No obstante mediante un recurso extraordinario presentado por el fiscal general, la Corte Suprema de Justicia en un dictado dividido revoco la excarcelación, y aquí me encuentro cumpliendo 10 años privado de mi libertad desconociendo el estado argentino, principios básicos de la justicia universal.
Próximamente cumpliré 80 años, por operaciones en las dos caderas tengo cierta discapacidad. y ninguna posibilidad en influir en el proceso en marcha.
Indudablemente la CSJ no leyó los autos de instrucción donde me imputan cientos de asesinatos , secuestros robo de niños etc., con una redacción confusa, maliciosa y contradictoria, una verdadera zanata, que de haberla leído, se darían cuenta del bochorno judicial que avalaron.
Solo pido que lean mis dos alegatos donde con pruebas fehacientes demuestro mi inocencia.
Me privaron de mis mejores años en el ocaso de mi vida, mi nieto más pequeño aun no pudo conocer a su abuelo.
En una charla a través de internet, ese pequeño de rulos oscuros, redondos ojos brillantes, y tonada caribeña, con la espontaneidad propio de un niño de su edad, me pregunto, si mi hijo era adulto,( es decir su padre).
En una situación normal, este episodio seria una anécdota cómica familiar, pero en realidad esconde el drama de mi familia, mis hijos tuvieron que emigrar, mis nietos nacieron en el extranjero y el nieto más pequeño presa de una confusión total respecto de su abuelo virtual.
Me han privado de contarles los cuentos del abuelo, acariciar sus cabellos, velar su sueño y besar su frente ; el tiempo vital disponible es breve, toda mi familia no podrá olvidar esta injusticia, lo que los hacen renegar de su condición de ciudadano argentino
Soy un paria civil y militar, la justicia no cumple con la constitución, el periodismo ignora nuestra situación y nos anatemiza a todos como genocidas, la Iglesia tibiamente promete pero no hace nada, le remití al Papa una carta explicando mi situación, (con la seguridad que fue recibida) , en la cual le pedía una bendición, no solo no recibí nada ni de terceras personas, sino que se ocupa más de delincuentes reconocidos, que de un pobre viejo privado de su libertad, condenado a muerte en vida.
El Comisario General Jorge Muñoz tuvo un enfrentamiento con elementos montoneros, le mataron dos hombres, rescato de una casa operativa a un menor de cinco meses y lo puso en manos de la justicia. 35 años despues lo procesaron, enjuiciaron y condenaron a prision perpetua.
A una Culebra que, de frío yerta, en el suelo yacía medio muerta un labrador cogió; mas fue tan bueno, que incautamente la abrigó en su seno. Apenas revivió, cuando la ingrata a su gran bienhechor traidora mata.
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LOS HECHOS:
Para agosto de 1976 fui designado por el Comando de Jefatura, Delegado de la Policía Federal en la Ciudad de San Nicolas, Pcia. De Bs. As.
Demás está decir que era una ciudad atemorizada donde la subversión había hecho pie y se movía casi con impunidad. Yo dependía además de mis mandos naturales, del Juez Federal dr. Luis Milesi y en el órden operacional del Regimiento de Ingenieros cuyo Jefe era el coronel Manuel Fernando Saint Amant; el segundo mayor Perez Burkhard y el jefe de operaciones mayor Antonio Bossie.
El día 18 de noviembre por la tarde fui citado por el mayor Perez Bourka, que se encontraba a cargo del regimiento por ausencia de su jefe quien se había trasladado a Bs. As para atenderse de una dolencia asmática. Dicho mayor me presentó a un oficial de la Policía de Santa Fe de apellido Dougurt, quien traía una información señalando una casa ubicada en el barrio Las Mellizas, de San Nicolás, donde se presumía que funcionaba una célula de elementos subversivos. El militar me ordenó que acompañado de dicho oficial y de otro teniente del regimiento me acercara a dicha propiedad y verificara quién vivía allí y que actividad se desarrollaba.
Cerca de las 19.00 con los nombrados y cinco hombres de mi delegación llegue hasta la puerta de la casa en mención y no bien traspuse la puerta de alambre que daba a un jardín delantero, se escuchó una ruidosa ráfaga de ametralladora cuyos proyectiles sentí silbar en mis oídos. De resultas del inesperado ataque dos de mis suboficiales, Vicente Testa y Alberto Loyola cayeron abatidos junto a mi al igual que el oficial Dougurt que resultó gravemente herido. Mientras atendíamos a los caídos, que ya estaban moribundos, se generalizó un tiroteo que cesó a los pocos minutos. Los cuerpos de los suboficiales abatidos fueron llevados de inmediato al hospital de San Nicolás, donde se confirmó su deceso.
Dentro de la propiedad se encontró un arsenal de armas, elementos sanitarios, granadas, una imprenta y un pozo (cárcel del pueblo) construido disimuladamente debajo de una pileta del patio posterior.
Yo dejé a los militares que siguieron, contabilizando lo hallado y me dirigí a la Delegación, donde me entere del deceso de mis hombres, di cuenta telefónicamente al Juez de lo sucedido, ordené la iniciación del sumario de prevención y me aboque a notificar a los familiares de los caídos y a preparar sus exequias.
Antes de la medianoche, encontrándome en mi despacho, me notifican que en un enfrentamiento ( en cercanías de Arroyo del Medio) con una patulla de la delegación había resultado abatido un hombre que trataba de pasar a la provincia de Santa Fe quien a la voz de alto respondió haciendo fuego con un arma. El oficial Caram respondió al fuego y abatió al sospechoso, quien resultó ser uno de los habitantes de la casa del barrio Las Mellizas.
En horas de la madrugada siguiente, cerca de las cinco, fui llamado por el mayor Burkhard quien me extendió un papel que había sido hallado en la casa allanada el cual contenía una dirección de una casa situada en San Nicolás. Junto a ello me ordenó que la allanara y fuera acompañado de un teniente del regimiento con escoltas. Le manifesté que para ese cometido debía previamente notificar al juez federal para contar con su orden y autorización. El mayor no tuvo problemas y telefónicamente le di esas novedad al juez quien me autorizó al allanamiento aclarando que le informara del resultado no bien terminara el procedimiento.
Siempre acompañado de un teniente que se trasladaba en un jeep con cuatro soldados, me dirigí a la calle Juan B. Justo 668, en una camioneta identificable de la delegación acompañado de cinco hombres de la Federal.
Al llegar al lugar (ya había amanecido) le indique al teniente si quería encabezar el allanamiento pero me dijo que mejor lo hiciera yo que estaba mas familiarizado con estos procedimientos. Al llegar a la puerta de la vivienda, golpee fuertemente y dije en voz alta, abran es la Policía Federal. No habrán pasado veinte segundo cuando desde atrás de la puerta me disparan dos balazos que no alcanzaron a rozarme. De inmediato me crucé a la vereda de enfrente donde me refugie detrás de la pared de una altura de 80 cms, que era la entrada de una casa. Mientras corría hacia ese lugar más seguro, le grite al teniente que pidiera refuerzos y a mi gente que corriera hacia las esquinas para no ser víctimas del fuego de armas.
Dado que el regimiento estaba a diez cuadras del lugar y siempre tenían gente en apresto, a los pocos minutos llegó un camión cargado de soldados y un jeep, con el mayor Bossie, quien me grito que se hacía cargo del procedimiento y que yo me quedara en el lugar protegido. Prontamente se desplegaron los efectivos, rodearon la manzana y algunos se ubicaron en los techos adyacentes.
Bossie munido de un megáfono, intimó a los ocupantes de la casa a que salieran y en el caso de que hubiera criaturas las dejaran salir. La respuesta fue otra salva de disparos desde el interior de la vivienda, sin que desde afuera pudiera verse los movimientos de quienes estaban en su interior.
Pasaron varios minutos en ese enfrentamiento hasta que en un momento determinado comenzó a salir humo por una claraboya de techo. Señal de que estaban quemando elementos comprometedores.
Como la situación seguía tensa y no se franqueaban la puerta, Bossie ordenó arrojar por el ventiluz mencionado una granada de gas. A los pocos minutos se escucharon dos o tres disparos en el interior y acto seguido una mujer portando un arma larga, salió por los fondos haciendo fuego hacia el personal de los techos. Desde ese lugar un soldado y un suboficial de la delegación hicieron fuego contra la misma abatiéndola.
A esa instancia sucedió un silencio que preanunciaba el final del enfrentamiento. Los hombres de Ejército lograron forzar la puerta y entraron (Bossie, dos o tres oficiales y un par de suboficiales). Yo había abandonado mi posición protegida, cruce la calle y entre detrás de ellos. En el living de entrada yacían sobre el piso un hombre y una mujer. Ambos tenían armas cortas en sus manos y ambos presentaban heridas penetrantes en las sienes derechas. Al abrir un placard que estaba en baño, donde se había quemado mucha documentación, se encontraron con dos criaturas, una niña 4 años y un niño de cinco años, que semiasfixsiados habían permanecido ocultos y presionados por un colchón.
De inmediato ambos fueron trasladados en una de las ambulancias que había concurrido espontáneamente al lugar; pero pese a la premura ambos menores fallecieron por sofocación (inhalación de monóxido de carbono, gases y compresión provocada por el colchón.)
Al entrar en la casa, por un impulso instintivo me dirigí a la última habitación, un dormitorio, donde al verificar un placard con la puerta entreabierta, descubro a un niño de unos cinco meses, arropado con pañales dentro de un moisés. No presentaba signos de ninguna afección y solo miraba con grandes ojos. Sin dudarlo cargue la canasta con el niño y lo entregue al primer personal sanitario que vi en la calle. El niño, fue llevado al hospital central de San Nicolás donde se comprobó su excelente estado. Entre sus ropas se encontró un documento que lo identificaba como “Manuel Valdez”.
Por supuesto todos los demás habitantes de la casa tenían documentación apócrifa, por lo que fue engorroso identificarlos. En el caso del niño “Valdez” cuyo verdadero nombre mucho mas tarde se supo era Manuel Goncalvez, ordené una minuciosa búsqueda de alguno de sus parientes; pero en vista del nulo resultado de esa búsqueda el juez de menores, dispuso que fuera entregado a un matrimonio de la zona. Desconozco las instancias por la cual Manuel Goncalvez fue identificado para reintegrarse a su familia. Solo se que su madre Ana Maria Granada y su pareja Gastón Roberto Goncalvez eran militantes montoneros. El padre desapareció en la localidad de Escobar y Ana Maria, se la dio por desaparecida, pero en realidad había huido y pasado a la clandestinidad. Por supuesto el niño Manuel se vio recompensado por la desaparición del padre y la muerte de la madre.
El menor Goncalvez, de quien las Abuelas de Plaza de Mayo, se atribuyen haberle devuelto la identidad, pasó a ser la estrellita de esa organización, fue presentado a la sra presidente, junto a la cual viajo a Europa y hasta el día de hoy aparece en los avisos que dicha asociación pasa por TV. Su protagonismo no termina allí, víctima de un resentimiento genético se erigió en querellante para lo cual con la colaboración de una hija de montoneros Ana Oberlin y del fiscal de Justicia Legitima Juan Patricio Murray se armó la causa que me llevó a ser condenado a prisión perpetua.
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Cuando en pleno juicio oral me dijeron si tenía inconveniente en que declarara Goncalvez, manifesté que no tenía ningún problema. Cuando mi abogado le preguntó si sabía quién lo había rescatado de esa casa operativa, dijo con desdén:-creo que fue el comisario Muñoz.
Lo mas cómico del caso es que durante su “declaración” ( no se que puede declarar una persona que al momento de los hechos tenía cinco meses de edad) dijo que los sucesos le había provocado un trauma y cuando veía una gorra militar o un uniforme se ponía a temblar y llorar.
Apostillas:
El coronel Saint Amant, falleció en cautiverio en el hospital de Ezeiza hace menos de un año.
El mayor Perez Burkhard, falleció hace varios años.
El coronel Bossie, cumplió cárcel y está en domiciliaria, enfermo. Lo siguen procesando por otras causas.
Yo, ahora en domiciliaria, después de un año de cárcel en Ezeiza, sigo recurriendo en busca de justicia. Estoy yendo con mi segundo pedido a Casasión para que se revise la causa. Sin perjuicio de ello recurrí a la Comisión Latinoamericana de DDHH, quien tomo la denuncia y me otorgo n° de Expte. Cada tres meses me llevan a Peritos forenses. Una rutina inútil.
El juez Milesi falleció hace muchos años.
En la mitad del juicio oral uno de mis abogados llegó a intuir que la sentencia ya estaba pautada de antemano. Eso se cumplió tal cual. Aunque no se probó nada y yo si pude desnudar la verdad, fui declarado como “Autor Mediato”, figura singular que no me cuadra pues autor mediato es aquel que maneja y da las ordenes desde atrás. Justamente ni yo daba las órdenes ni estaba atrás (si de una pared).
La segunda fiscal dra.Saccone, es la hija del camarista Saccone, que en 1977, aprobó los actuados de San Nicolás y dicto sentencias a una pareja de colaboradores de la célula montonera. En ocasión de mi juicio se pidió separación de la misma (ella misma debió haberse excusado), pero al tribunal no le importó y siguió como fiscal. Por supuesto ello involucra que yo fui enjuiciados dos veces (non bis in idem) el derecho y la constitución lo dicen “no dos veces por la misma causa”
El tribunal oral federal n°2 de Rosario estuvo compuesto por los dres.Jorge Venegas Echague, Omar Digerónimo y Beatriz Caballero de Baravani.
La pareja de suicidas fueron Omar Amestoy y Ana Marí Fettolini, los menores fallecidos Fernando y María Eugenia Amestoy,
Respecto a la pareja de suicidas, yo solicité exhumación de los cadáveres y, o casualidad, se encontraron en ambos cráneos penetraciones de un disparo en cada sien derecha y en uno de ellos los restos de una munición de calibre civil (38 mm). El perito de parte no aseguró que pudiera tratarse de un homicidio(in dubio pro reo)
En cuanto a los disparos efectuados contra mi, que afortunadamente no dieron en el blanco, dejaron profundas marcas en la mampostería y ventanas del frente de las casa en que me refugiaba y otras adyacentes. Se comprobó su existencia y se tomaron tofos con presencia de escribano, cuyo material fue incorporado al expte. Se solicitó pericia de Gendarmería pero, que contrariedad, los peritos llegaron dos días después que había sido revocado el frente de la casa.
Yo, ahora en domiciliaria, después de un año de carcel en Ezeiza, sigo recurriendo en busca de justicia. Estoy yendo con mi segundo pedido a Casasión para que se revise la causa. Sin perjuicio de ello recurrí a la Comisión Latinoamericana de DDHH, quien tomo la denuncia y me otorgo n° de Expte. Cada tres meses me llevan a Peritos forenses. Una rutina inútil.
El coronel Saint Amant, falleció en cautiverio en el hospital de Ezeiza hace menos de un año.
El mayor Perez Burkhard, falleció hace varios años.
El coronel Bossie, cumplió cárcel y esta en domiciliaria, enfermo. Lo siguen procesando por otras causas.
Yo, ahora en domiciliaria, después de un año de carcel en Ezeiza, sigo recurriendo en busca de justicia. Estoy yendo con mi segundo pedido a Casasión para que se revise la causa. Sin perjuicio de ello recurrí a la Comisión Latinoamericana de DDHH, quien tomo la denuncia y me otorgo n° de Expte. Cada tres meses me llevan a Peritos forenses. Una rutina inútil.
El juez Milesi falleció hace muchos años.
En la mitad del juicio oral uno de mis abogados tuvo presunción de que la sentencia ya estaba pautada de antemano. Eso se cumplió tal cual. Aunque no se provo nada y yo si pude desnudar la verdad, fui declarado como “Autor Mediato”,figura singular que no me cuadra pues autor mediato es aquel que maneja y da las ordenes desde atrás. Justamente ni yo daba las órdenes ni estaba atrás (si de una pared).
La segunda fiscal dra. Saccone, es la hija del camarista Saccone, que en 1977, aprobó los actuados de San Nicolas y dicto sentencias a una pareja de colaboradores de la célula montonera. En ocasión de mi juicio se pidió separación de la misma (ella misma debió haberse excusado), pero al tribunal no le importó y siguió como fiscal. Por supuesto ello involucra que yo fui enjuiciados dos veces (non bis in idem) el derecho y la constitución lo dicen “no dos veces por la misma causa” El tribunal oral federal n°2 de Rosario estuvo compuesto por los dres. Jorge Venegas Echague, Omar Digerónimo y Beatriz Caballero de Baravani.
La pareja de suicidas fueron Omar Amestoy y Ana María Fettolini, los menores fallecidos Fernando y María Eugenia Amestoy,
Respecto a la pareja de suicidas, yo solicité exhumación de los cadáveres y, o casualidad, se encontraron en ambos cráneos penetraciones de un disparo en cada sien derecha y en uno de ellos los restos de una munición de calibre civil (38 mm).
En cuanto a los disparos efectuados contra mi, que afortunadamente no dieron en el blanco, dejaron profundas marcas en la mampostería y ventanas del frente de las casa en que me refugiaba y otras adyacentes. Se comprobó su existencia y se tomaron tofos con presencia de escribano, cuyo material fue incorporado al expte. Se solicitó pericia de Gendarmería pero, que contrariedad, los peritos llegaron dos días después que había sido revocado el frente de la casa.
www.DAVIDREY.com.ar estuvo en el Penal de San Felipe, en la provincia de Mendoza, para conocer de cerca el testimonio de todas aquellas personas que encuadran perfectamente dentro de la categoría de Presos Políticos. Entre los muchos denominadores comunes que pueden observarse, la ilegalidad de los apresamientos destaca de modo rotundo. Han hecho de todo (hasta lo imposible, hasta lo ridículo) para meterlos presos.
Leyes nuevas que juzgan “para atrás” (como por ejemplo, el famoso Tratado de Roma al que Argentina adhirió en los años 90), prisiones preventivas que exceden el máximo de dos años, testimonios demostradamente falsos, testigos que un día dicen una cosa y al otro recuerdan otra, querellantes que no conocen ni el nombre de las personas a las que acusan, fiscales militantes de organizaciones políticas, jueces que formaron parte de organizaciones terroristas, en fin… la lista de irregularidades es tan larga como infinita. El ensañamiento es tal que permanecen arrestados en una cárcel común mientras que la misma ley precisa que, por edad (y demás cuestiones) al menos debieran cumplir prisión domiciliaria.
“A nuestros oponentes políticos les ofrezco un trato: Si ellos dejan de mentir sobre nosotros, yo dejaré de decir la verdad sobre ellos”.
Adlai Stevenson
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Si usted cree que debemos vivir en un estado de derecho y tal como hice la semana pasada, le ruego que copie este link (http://tinyurl.com/haftfpc), lo pegue en su navegador y, si está de acuerdo con la petición, la firme y difunda.
No voy a hablar hoy de las consecuencias de la victoria de Donald Trump el martes, una rareza, ya que lo votaron menos ciudadanos que a su contrincante. Las especulaciones sobre el futuro de los Estados Unidos y del mundo han poblado las pantallas y las páginas de todo el globo, y habrá tiempo para hacerlo cuando anuncie su gabinete. Tampoco hablaré aquí de otro número inexplicable: los US$ 65 millones que, en Estados Unidos, dejó a sus deudos Daniel Muñoz, secretario privado de don Néstor (q.e.p.d.).
La semana contuvo un hecho realmente importante que, en medio de la vorágine, pasó bastante desapercibido: la divulgación, por parte de la Secretaría de Derechos Humanos, de una estadística confeccionada durante la “gestión” de Cristina Elizabet Fernández, que estableció en 6348 el número de desaparecidos entre 1976 y 1983. Cuando se conoció el dato, Estela de Carloto bramó de indignación: “En vez de investigar cuántos son, lo importante es encontrarlos”; raro, porque no explicó cómo buscar a los demás si ni siquiera sabe quiénes serían.
La relevancia del número es enorme, toda vez que termina en forma definitiva con el invento de los “30.000”, que tuvo dos fines concretos: la instalación del concepto de genocidio para construir la venganza y, sobre todo, habilitar la recolección de fondos internacionales, organizada por los mismos terroristas para financiar campañas y lujos. Hasta ahora, no bastaba para desmentirlo ni siquiera la imposibilidad de completar los nombres en todas esas chapitas que Kirchner colocara en el Parque de la Memoria pese a que, para intentarlo, se incluyeron a los muertos desde 1955, a quienes cayeron al intentar asaltar instalaciones militares, a quienes se suicidaron ingiriendo cianuro y a los guerrilleros asesinados por sus propias organizaciones.
Es que, si se deja de hablar de genocidio -y la verdadera cifra revelada obliga a ello- se cae la teórica imprescriptibilidad en todos los amañados procesos que permitieron que, aún hoy, cuando ya ha pasado un año del desalojo del kirchnerismo del poder, casi dos mil ancianos continúen presos, privados de todos los derechos de los que gozamos, por imperio de la Constitución, el resto de los argentinos: irretroactividad de la ley penal, principio de inocencia, legalidad del proceso, jueces naturales, límite máximo de la prisión preventiva, 2×1 y prisión domiciliaria a los mayores de 70 años. Y todo eso mientras los corruptos de toda laya se ríen a carcajadas, se pasean en libertad y exhiben impúdicamente sus mal habidas fortunas.
El otro episodio fue la exacerbada polémica desatada por las declaraciones de Miguel Pichetto en favor de una política inmigratoria racional. El Senador fue imprudente, pero no por el contenido de sus dichos -con los cuales, adelanto, coincido- sino por haberlo hecho en un programa periodístico porque los tiempos de aire son limitados y no permiten dar acabada razón de los mismos. Esa imposibilidad de explicarse habilitó a que un sinnúmero de imbéciles y malintencionados se rasgaran rápidamente las vestiduras y lo acusaran de xenófobo y racista, pese a lo justificado de sus afirmaciones.
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La Argentina es el único país que conozco que carece de política inmigratoria, a punto tal que no exige nada a quienes arriban a su territorio: carencia de antecedentes penales, demostración de la capacidad de sustentarse o de vinculaciones que la reemplacen, o aptitudes laborales; además, al poco tiempo obtienen documentos nacionales de identidad. No funcionan así países como Bolivia, Venezuela, Cuba, China, Rusia, Irán, etc., cualquiera sea la orientación, o la falta de ella, del régimen que los gobierna.
Nuestra nación se formó con los inmensas oleadas inmigratorias de fines del siglo XIX y la primera mitad del XX, provenientes de tantas latitudes diferentes que, al fusionarse, nos dieron estas características tan originales de nuestra sociedad. Y debemos continuar con esta tradición, recogida por el preámbulo de la Constitución, de brazos abiertos; pero recordemos que en él se habla de los hombres de “buena voluntad” que quieran habitar nuestro suelo. Ese requisito es esencial y, en esa categoría, obviamente, no entran los delincuentes, los narcotraficantes, los terroristas ni, en general, aquéllos que no están dispuestos a trabajar y, sobre todo, a adaptarse e integrarse a la comunidad; como muestra de cuanto digo, basta recordar que los extranjeros representan el 20% de nuestra población carcelaria.
Pero, pese a que aún aparecemos como un foco de atracción para muchos latinoamericanos, debemos reconocer que, más allá de la potencial riqueza de nuestros recursos naturales, somos un país pobre; tanto que nada menos que un tercio de nosotros vive por debajo de la línea que permite hacerlo con dignidad, carece de agua corriente, de cloacas, de gas y electricidad, de educación y de establecimientos sanitarios aptos, cuando no está directamente desnutrido.
Entonces, y como la caridad empieza por casa, debemos destinar, prioritariamente, nuestros esfuerzos en materia presupuestaria a la atención de las necesidades de nuestros ciudadanos, sin por ello dejar de brindar ayuda humanitaria a extranjeros que lo necesiten. Resulta de todo punto de vista ilegítimo que quienes aquí residen -y pagan sus tributos al fisco, que sostiene el sistema público de salud- deban esperar, a veces por meses, para recibir atención en los hospitales, mientras los turnos son ocupados por “turistas” que, en la práctica, realizan curiosos “tours de salud” para operarse gratuitamente dentro de nuestras fronteras.
Estamos, en este momento, soportando una presión impositiva que es record mundial y, producto de la crisis heredada (e idiotamente no explicada en detalle), los recursos no alcanzan para tantas necesidades sociales; pensemos entonces, por ejemplo, que todos quienes llegan a un hospital hoy, reciben gratuitamente hasta las prótesis, sin pedirles absolutamente nada.
Entonces, ¿por qué ser tan generosos con habitantes de otros países que no asumen su responsabilidad frente a ellos, pero les cobran sus propias gabelas? Para solucionar este intríngulis y, a la vez, compartir el esfuerzo, nuestra Cancillería debería firmar acuerdos recíprocos con todas las naciones de la región, para que cada una, mediante el depósito previo de las sumas necesarias, se hiciera cargo del costo de los tratamientos y prácticas quirúrgicas de sus ciudadanos, cuando éstos fueran atendidos en otro país. Y lo mismo debería aplicarse a la educación superior, aquí también colapsada.
Luego de leer sus nuevas declaraciones sobre la cantidad de desaparecidos, publicadas en los medios, debo decirle como en un título de este mismo sitio, que estamos: MAS CERCA DE LA VERDAD,Lo cual me alegra, si es que puedo sentir alegría, siendo desde hace dos largos años un prisionero ilegal. Usted hoy avanzó y quienes mintieron impunemente no son tan poderosos como ustedes creían y evidentemente temían y por consiguiente ellos están retrocediendo.
Ahora bien usted expresó: “EN LA ARGENTINA SE LEE LA VERDAD COMO POLÉMICA Y LA VERDAD ES LA VERDAD”. Debo decirle esta lo es cuando es completa, cuando también se mencionan a los muertos por el terrorismo, y este no es su caso. El no hacerlo es discriminarlos y por consiguiente a los sufrientes familiares, que siguen reclamando justicia. ¿No lo pensó o no le interesó?
¿CIFRA SIMBÓLICA O RUÍN ESTAFA?
También, a mi entender en forma equivocada, expresó: “DIJE QUE LA CIFRA DE TREINTA MIL DESAPARECIDOS ERA UNA CIFRA SIMBÓLICA”. Al respecto quiero acotar una vez más que esa diferencia abismal, no es un símbolo, sino una cruel mentira. Cruel porque es una falta de respeto a quienes de verdad pudieran haber sido desaparecidos. También a sus familiares, si bien estos más allá de algún caso puntual que todos conocemos, aceptaron mansamente la cifra de la mentira, y hoy guardan silencio. La falacia en sí misma, es el símbolo de lo incorrecto en todo acto de la vida. También es la muestra de lo corrupto de un sistema o una ideología. Eso que usted llama “CIFRA SIMBÓLICA” es simplemente una vulgar estafa. Empleo este término de “estafa” ya que, en una muy burda comparación, sería como si a usted le sustrajeran una de las ruedas del auto y cuando lo denuncia dice: CUATRO.
UN PAÍS QUE SI FUE BOMBARDEADO
Usted “equivocadamente” prosigue: “PARA MÍ ES UNA TRAGEDIA 8.600 PERSONAS MUERTAS EN UN PAÍS QUE NO FUE BOMBARDEADO, QUE FUERON MUERTOS DE A UNO, TORTURADOS” Acá nuevamente se equivoca, o se expresa con mala fe. Con 52 años de edad ya no es un púber, superó el medio siglo de vida. El país si fue bombardeado, no desde un avión en la forma clásica, en una guerra clásica. Esta fue asimétrica y en ella se detonaron 4380 bombas, que causaron numerosos muertos e inválidos de por vida. ¿Le parece que no fuimos bombardeados?
EL RELATO SESGADO
Sobre “MUERTOS DE A UNO Y TORTURADOS”, también estoy en desacuerdo con su versión sesgada. ¿Que hubo torturas y muertos de a uno? Por supuesto, es evidente que si, y yo los rechazo. Pero también tengo la seguridad POR EXPERIENCIA PROPIA que parte de ellos fueron falaz “RELATO”. Muchos de los que usted describe así, y que están dentro de los 8.630, murieron en ataques a dependencias estatales combatiendo, otros por detonación de las bombas que portaban y otros por ejecución sumaria al haber traicionado a la organización terrorista a la que pertenecían. Posiblemente algunos otros estén gozando de buen pasar y buena salud en países del primer mundo. Nunca en Venezuela, Cuba o similar.
ENOJADOS, CON CAMBIEMOS
Otro grave error de concepto usted lo tiene cuando dice “LOS ARGENTINOS ESTAMOS ENOJADOS Y VIOLENTOS. YO SE LO ADJUDICO ABSOLUTAMENTE AL KIRCHNERISMO, NO EXISTÍA ESTO EN LA ARGENTINA”. En parte es cierto, pero le diré una confidencia. Yo y otros muchos, estamos más enojados hoy con el CAMBIEMOS, que ayer con el KIRCHNERISMO al que usted se refiere. Antes sabíamos a qué atenernos. Eran unos delincuentes hipócritas que actuaban como tales, y ustedes que se dicen diferentes, no lo son al avalar lo hecho por ellos y mirar para otro lado ante lo que sigue ocurriendo. Se continúan cometiendo verdaderas aberraciones jurídicas y en prisión siguen muriendo adultos mayores en manos de la “justicia” que no es tal, y que ustedes evasivamente declaran: DEBE SER INDEPENDIENTE. Por supuesto que lo debe ser, pero no ésta, que sobrevive al día de hoy, BAJO LA DIRECTA RESPONSABILIDAD DEL GOBIERNO DEL CAMBIEMOS.
“Donde hay poca justicia es grave tener razón.” Francisco de Quevedo (1580-1645)
En el comunicado que brindamos aquí, el señor René Juan Langlois quien se encuentra detenido en la Unidad Penal 31 de Ezeiza -en representación de todos los presos políticos, prisioneros ilegalmente arrestados y personas tomadas como botín de guerra (Imputados de los mal llamados delitos de Lesa Humanidad) en las distintas cárceles de la República Argentina- nos informa y anuncia medidas colectivas que se llevarán a cabo para despertar conciencias y lograr la legal intervención de las máximas autoridades nacionales, en cuanto a incumplidas promesas de campaña del señor Presidente de la Nación, Ingeniero Mauricio Macri.
Luz, Cámara, Acción III. El circo de los juicios: El video
SIN JUSTICIA NO HAY FUTURO
Estas imágenes y sonidos son el fiel reflejo de la mala e ilegal actuación de la erróneamente considerada hoy como “justicia independiente”. Esa que a pesar de lo expresado por RICARDO LORENZETTI no siguió ni sigue el ejemplo del hombre sabio y justo que en vida fuera el Doctor CARLOS FAYT. Tras estos repudiables actos donde al permitirse la ilegalidad y la mentira en los juicios de los mal llamados delitos de lesa humanidad hay víctimas. Casi 400 de ellas ya fallecieron, otros, por ser adultos mayores septuagenarios y octogenarios en prisión, aguardamos turno en el corredor de la muerte. Pero el mayor daño por acción u omisión se le hizo y hace a los 3 poderes del estado que al no actuar acorde a la Constitución y las leyes vigentes, hoy abusa de nosotros, pero seguramente mañana lo hará con Usted, porque: SIN JUSTICIA NO HAY FUTURO.
Claudio Kussman
Fabian Kussman
PrisioneroEnArgentina.com
Noviembre 25, 2016
Más Circo…
[ezcol_1half] [/ezcol_1half] [ezcol_1half_end] [/ezcol_1half_end]PrisionerEnArgentina.com
Noviembre 25, 2016
Entrevista al doctor Adolfo Vázquez, ex Ministro de la Corte Suprema de Justicia
“Se había cerrado la lucha armada entre los terroristas y los militares argentinos o el Estado argentino. Para que después impongan una ley y digan: ‘Todo eso es nulo…’ “
Nacido en la Capital Federal de la República Argentina, Adolfo Roberto Vázquez es poseedor de una extensa trayectoria en el área de la Justicia. Abogado, escribano, doctorado en Derecho y Ciencias Sociales, ex Ministro de la Corte Suprema, pero -por sobre todo- con un profundo respeto hacia su profesión y a los valores que últimamente se han desdibujado en el país.
La Entrevista
[ezcol_1third]
Su vida y obra
Adolfo Roberto Vazquez
Datos personales
Apellido y nombres: Vázquez, Adolfo Roberto
Fecha de nacimiento: 9 de Junio de 1938
Lugar de nacimiento: Capital Federal
Nacionalidad: argentina
Estado civil: viudo
Domicilio: San Luis 625. Partido de Pilar. Buenos Aires
Última Función Desempeñada: Ministro de la Corte Suprema de Justicia
Mayor Título Universitario: Especialización en Derecho Administrativo (U.B.A. – Doctorado)
Estudios Universitarios Cursados:
Doctor en Derecho y Ciencias Sociales- Universidad de Buenos Aires.
Escribano – Universidad de Buenos Aires.
Abogado – Universidad de Buenos Aires.
Otros Cursos y Seminarios realizados:
_ Especialización en Derecho Administrativo (U.B.A. – Doctorado).
_ Doctor en Derecho y Ciencias Sociales – UBA
_ Especialización en Defensa Nacional (Curso Superior-Escuela Nacional de Defensa).
_ Régimen Legal y Estructuración del Cuerpo de Abogados del Estado.
_ Procedimientos Administrativos – Postgrado (U.B.A.).
_ Derecho Administrativo Profundizado (U.B.A.).
_ Juicio de Apremio (U.N.T.).
_ Organización y Administración de Empresas (S.E.F.P.).
_ Formulación Económico-Financiera en los contratos administrativos (U.B.A.).
_ Estudio de Mercado (Marketing). (I.D.E.A.).
_ Relaciones Económicas Internacionales. (M.R.P.).
_ Responsabilidad Civil. (U.K.)
_ Responsabilidad del Estado. (U.B.A.).
_ Responsabilidad de la Administración Pública. (U.B.A.).
_ Responsabilidad de los Funcionarios. (U.B.A.).
_ La Administración Pública como persona jurídica. (U.M.S.A.).
_ La Relación de Causalidad en los daños y perjuicios. (U.B.A.).
_ La Responsabilidad considerada como categoría jurídica genérica. (U.B.A.).
_ Curso de Inteligencia Estratégica para el Poder Judicial. (A.M.R.A.).
_ Derecho Constitucional Comparado. Competencia de los Tribunales y Salas Constitucionales. (Fundación Konrad Adenauer:
– V Encuentro de Presidentes y Magistrados de las Salas y Tribunales Constitucionales de América Latina. Managua, Nicaragua.
– VII Encuentro de Presidentes y Magistrados de los Tribunales Constitucionales y de las Salas Constitucionales de América Latina. Bélgica, Luxemburgo, Estrasburgo, Karlsruhe y Berlín.
– IX Encuentro de Presidentes y Magistrados de los Tribunales Constitucionales y de las Salas Constitucionales de América Latina. Florianópolis, Brasil.
– X Encuentro de Presidentes y Magistrados de los Tribunales Constitucionales y de las Salas Constitucionales de América Latina. Santiago de Chile, Chile.
– I Encuentro de Presidentes de las Cortes Supremas de los estados partes del Mercosur. Montevideo, Uruguay.
Investigaciones y Propuestas:
_ Estudio Científico y Propuestas sobre Empresas
del Estado
_ Dictado de Cursos Empresarios: Sobre:
_ Contratos de Obra Pública.
_ Contratos de Suministro.
_ Legislación del Transporte.
_ Empresas del Estado.
_ Ejecuciones Fiscales.
_ Contratos Administrativos.
_ La Ecuación Económica Financiera en las relaciones contractuales.
Necesidad de su mantenimiento equilibrado).
_ Actualización de Precios por depreciación monetaria y
mayores costos.
_ Cuerpo de Abogados del Estado.
_ Integrante de la Delegación Argentina en las Asambleas de la
Asociación Latinoamericana de Ferrocarriles realizado en los E.U.
de México.
_ Propuestas sobre Convenciones referentes a:
1) Normas jurídicas uniformes para el transporte ferroviario y
mixto de personas y equipaje
2) Normas jurídicas uniformes para el transporte de cargas
_ Integrante del Simposio sobre el régimen legal y estructuración
del Cuerpo de Abogados del Estado.
_ Anteproyecto de Ley de Promoción Industrial para el Territorio
Nacional de Tierra del Fuego.
_ Asesor de la Comisión para la unificación de las competencias
de los tribunales civiles y especiales en lo Civil y Comercial Nacional
para la Capital Federal (Ley 23.637).
_ La Tecnología y la Proyección Argentina.
_ Régimen de Marcas. Ley 22.362.
_ Programa de Desarrollo Académico anual del Banco Interamericano
de Desarrollo, sus anexos sobre materias, cursos y cronogramas de las
actividades desarrolladas (seminarios, conferencias y cursos)
_ Profesor del Programa del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para
el dictado de cursos sobre Derechos Intelectuales en general y Derechos
Industriales en particular referido a patentes de invención.
_ Profesor Investigador Académico del Programa de Intercambio de
Desarrollo para el Estudio de los sistemas de Legislación comparada
relativo a los países exportadores e importadores de tecnología
habiendo realizado tales estudios directamente en naciones europeas y
asiáticas: Alemania, Inglaterra, China y Japón.
_ La Problemática del Mercosur. Su necesaria complementación
con un Tribunal Supranacional. Seminario realizado en Asunción,
República de Paraguay.
_ Mecorsur-Alca-Comunidad Económica Europea: Estudio Comparativo.
Conferencia dictada en Miami, Estado Unidos de Norteamérica.
:. Publicaciones:
_ El mantenimiento de la ecuación económica
financiera en los contratos administrativos. (ED, t. 94, p. 406).
_ Empresas del Estado. (Ed. F.A.).
_ Comentarios sobre la Ley General de Ferrocarriles. (Ed. F.A.).
_ Nuevo enfoque sobre Servicios Públicos. (Ed. F.A.).
_ Estatuto de Ferrocarriles Argentinos (análisis crítico
de la Ley Orgánica de Empresas). (Ed. F.A.).
_ Hacia un nuevo concepto del contrato y sistemas de Cargas en los medios
de transporte. (Ed. F.A.).
_ Régimen Jurídico de las Sociedades del Estado. (Ed. F.A.).
_ Convención Internacional de Berna sobre Transporte Ferroviario
Mixto (Análisis-Adaptación para América). (Ed. Alaf,
México).
_ Proyecto de Convención para la Integración del Transporte
Ferroviario y Mixto para América a través de la Asociación
Latinoamericana de Ferrocarriles (ALAF) y de la Unión Panamericana
de Ferrocarriles (UPF). (Ed. Alaf, México).
_ Régimen Jurídico de los juicios de apremio. (L L, Revista)
_ Ideas liminares sobre el proyecto de una Ley General para la coordinación
del Transporte y sus diversos medios. (Ed. F.A.).
_ El problema argentino enfocado desde la perspectiva de la falta de estabilidad
político institucional. (L L, Revista)
_ Patentes farmacéuticas: derecho argentino y comparado. (Boletín
del Centro de Estudios para el Desarrollo de la Industria Químico-Farmacéutica
Argentina, (Derechos Intelectuales, Tomo 5, Ed. Astrea).
_ El Estado Responsable. (Revista Fojas Cero, 17 de Mayo de 1993).
_ Los llamados “poderes” y “funciones” constitucionales
en la Constitución Nacional .
_ La división de Poderes. (E D, t. 165, p. 1385).
_ La Corte Suprema de Justicia de la Nación y su participación
en comisiones con otros poderes, conveniencia o inconveniencia. (L L,
t. 1996-C, p. 904).
_ La Tasa de Justicia frente a la garantía de la defensa en juicio.
(E D, t. 169, p. 1245).
_ Corte Interamericana de Derechos Humanos, experiencia e Informe sobre
el viaje realizado a Washington (Corte Suprema-Organización de
Estados Americanos Comisión de Derechos Humanos) y a Costa Rica
(Corte Suprema-Tribunal Supremo de Elecciones-Organización de Estados
Americanos-Corte Interamericano de Derechos Humanos).
_ Libertad de Prensa. (E D, t. 172, p. 1003).
_ Un llamado de atención sobre las nuevas formas delictuales que
involucran a los niños. Abuso, prostitución, pornografía
infantil, tráfico de niños y turismo sexual. (L L, t. 1977–D,
p. 1076).
_ La protección jurisdiccional de los consumidores. Planteos, otros
derechos novedosos, dudas, interrogantes. (J A, t. 1997–3, p. 917).
_ El Juicio por jurado. Imagen Pública de la Justicia. (L L, t.
1977-A, p. 742).
_ La Independencia del Poder Judicial y los Consejos de la Magistratura.
(J A, 1996 II, p. 802) y ( L L, t. 1996-C, p. 1149)
_ El control de constitucionalidad de las leyes en la República
Argentina. (L L 1997-F, p. 1159).
_ Protección penal de los Derechos Intelectuales. (Revista de Policía
y Criminalística, Año II – N° 4, Marzo 1997, p. 23,
Publicación de la Editorial Policial).
_ El Mercosur y su necesaria complementación mediante un Tribunal
Supranacional. (L L, t. 1998-F, p. 1201).
_ El querellante frente al pedido de absolución del fiscal. (Revista
de Policía y Criminalística, Año IV – N° 6, Octubre
1998, p. 42, Publicación de la Editorial Policial).
_ La Constitución, el periodismo y la libertad de prensa. (L L,
t. 1999-D, p. 933).
_ La competencia federal en estupefacientes en la jurisprudencia de la
Corte Suprema. (J A, t. 1999-3, p. 1128)..
_ La integración económica del continente americano. El
mercado común hemisférico. (E D, t. 183, p. 1453).
_ Libertad de prensa, aspectos penales y civiles en la jurisprudencia
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Doctrina de la Real
Malicia-Derecho de Réplica-Responsabilidad por Reproducción
de Noticias. (Revista de Policía y Criminalística, Año
V – N° 7, Julio 1999, p.41, Publicación de la Editorial Policial).(E
D, 12 de junio 1997, Revista)
_ La especialización del periodismo. (Revista ADEPA– Abril
2000, p. 26).
_ Actualidad en la jurisprudencia de la Corte. La ley 24.390 llamada ley
del 2 por 1. (L L, t. 2000-F, p. 1185).
_ Inseguridad y su influencia en la vida diaria. (Revista de Policía
y Criminalística, Año VI-N° 8, Agosto 2000, p. 36, Publicación
de la Editorial Policial)
_ La relación entre el Poder Judicial y La Prensa: El debate sobre
la Prensa y la Justicia. El Periodismo como condicionante social de la
Justicia Imparcial (Colaboración con el proyecto del Inter-American
Dialogue titulado “Democracia en avance a través de la libertad
de prensa en las Américas” – Septiembre 2000).
_ Necesidad de implementar un tribunal supranacional. (Revista Vocero
Parlamentario – Diciembre 2000 – p. 12).
_ Extradición. Juicio en ausencia y la garantía de la defensa
en juicio consagrada en la Constitución Nacional. Jurisprudencia
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. (E D, Suplemento
Derecho Penal y Procesal Penal 27 de septiembre de 2001, p. 8)
_ Soberanía, supranacionalidad e integración: la cuestión
en los países del Mercosur. (Konrad Adenauer, Anuario de Derecho
Constitucional Latinoamericano, año 2001, Montevideo, p. 233).
_ Resolución de diferendos en el marco de la integración
continental. (Revista Dirigencia – Abril 2001 – p. 76)
_ Derecho a la integración en el MERCOSUR. (Revista Vocero Parlamentario-
Agosto 2001 – p. 40).
:. Libros: Obras jurídicas y libros.
[/ezcol_1third] [ezcol_1third]_ Responsabilidad Aquiliana del Estado y sus Funcionarios
– Ábaco 1990; 1° Edición.
_ Patentes Farmacéuticas Derecho Argentino y Comparado-Derechos
Intelectuales, Tomo 5, Astrea 1991;
_ Responsabilidad Contractual de la Administración Pública
– Ábaco 1992;
_ Opiniones de un Ministro de la Corte – La Llave 1996;
_ Legislación Sobre Tránsito (ley, reglamentación,
doctrina, jurisprudencia, comentarios) – 1era. Edición La Llave
1997; 2da. Edición 1997 (Para Editorial Policial);
_ Defendamos La Vida. Texto Original “Legislación sobre Tránsito”.
Adaptación para escolares, comentarios y actividades. Editorial
La Llave y Fundación Norma Lidia Troncoso de Vázquez, 1997;
_ Opiniones de un Ministro de la Corte – La Llave, 1997;
_ Libertad de Prensa – Editorial Ciudad Argentina, 1998;
_ Defendamos la Vida. Texto Original “Legislación sobre Tránsito”.
Adaptación con colaboradores para escolares, comentarios y actividades.
2da. Edición La Llave y Fundación Ford, 1999;
_ Legislación Sobre Tránsito. Ley Federal 24.449 (reglamentación,
doctrina, jurisprudencia, comentarios). Código de Tránsito
de la Provincia de Bs. As. Ley Prov. 11.430 – 3era. Edición La
Llave 1999; 4ta. Edición La Llave, 1999; 4° Edición.
_ Opiniones de un Ministro de la Corte “Cuando la prensa prejuzga-operación
desprestigio”- La Llave, 2000
_ Responsabilidad Aquiliana del Estado.2 ° Edición Actualizada
con organismos introducidos por la reforma del año 1994 a la Constitución
Nacional. Editorial La Ley, 2001;
_ Defendamos la Vida. Texto original “Legislación sobre Tránsito”.
Adaptación para escolares, comentarios y actividades. 3ra. Edición
Fundación Octubre y La Llave, 2003;
_ La Ley de Patentes Comentada – En preparación;
_ Tratado Teórico Práctico de Derecho Administrativo – En
corrección;
_ La Competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación-En
Edición.
:. Conferencias:
_ Desarrollo en el área de relaciones laborales
para las Empresas del Estado dependientes del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas.
_ La Escuela de Defensa Nacional. Origen y aporte a la Administración
Pública. Escuela de Defensa.
_ Fundamentos éticos de la Asociación de Abogados del Estado
_ La Evolución de la Legislación de Transporte
_ Regímenes Políticos y Sistemas Electorales
_ Relaciones entre el Fondo Monetario Internacional y la República
Argentina
_ La Constitución; la Ley Sáenz Peña y las reflexiones
sobre la constitucionalidad del régimen de representación
proporcional en la Argentina
_ Responsabilidad de los funcionarios públicos por actos ejecutados
en ejercicio o con ocasión de sus funciones
_ Patentes Farmacéuticas: derecho argentino y comparado
_ La Argentina y el intercambio tecnológico
_ Responsabilidad de Médicos. La Mala Praxis
_ El Intercambio Tecnológico. La capacitación
_ Extensión de la promoción y gestión de la innovación
tecnológica. El investigador frente a la propiedad intelectual.
Patentes de Invención-Conocimiento no patentable
_ Las patentes industriales
_ Derechos Intelectuales, licencias y franchising, problemas actuales
_ Propiedad Industrial. Desarrollo científico, tecnológico,
integración y crecimiento
_ La tasa de justicia frente a la garantía de la Defensa en Juicio.
Congreso de Derecho Procesal.
_ La Responsabilidad del Estado. Contractual y Aquiliana. Clase Magistral
para el Postgrado de Derecho Administrativo. Universidad del Litoral.
Santa Fe, Provincia de Santa Fe; Facultad de Derecho de Lomas de Zamora,
Provincia de Buenos Aires; Facultades de Derecho de la Universidad del
Museo Social Argentino y de la Universidad Kennedy.
_ Legislación sobre Tránsito. Cámara Empresaria de
Autotransporte de Pasajeros.
_ El control de Constitucionalidad de las leyes en la República
Argentina. Quinto encuentro de Presidentes de Tribunales Constitucionales
de América Latina. Nicaragua.
_ Cierre de la Primera Jornada Nacional sobre la Ley de Tránsito
y Seguridad Vial. La Protección Jurisdiccional del Consumidor.
Primeras Jornadas de Derecho Civil en homenaje al Profesor Dr. Guillermo
Borda en la Universidad del Salvador.
_ La resolución de conflictos y la necesidad de implementar un
Tribunal Supranacional. Colegio de Escribanos.
_ Derecho a la Integración en el Mercosur: Necesidad de Implementar
un Tribunal Supranacional. Tercer Congreso de Magistrados del Mercosur.
Asunción, Paraguay.
_ La Libertad de Expresión en el Seminario de Jurisprudencia de
la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Universidad Católica
Argentina.
_ Consejos de la Judicatura de América Latina y España.
Primera reunión Internacional de Presidentes de Consejos de los
Poderes Judiciales. Sucre, Bolivia.
_ La Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Ciclo Jurídico Cultural Anual del Colegio de Abogados de Tucumán.
San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán.
_ El Mercosur y su necesaria implementación con un Tribunal Supranacional.
Miami.
_ La Constitución, el Periodismo y la Libertad de Prensa. Sexto
Encuentro de Presidentes y Magistrados de Salas y Tribunales Constitucionales
de América Latina. Corte Suprema de Justicia de la Nación.
_ La Competencia Federal en materia de estupefacientes en la jurisprudencia
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Jornadas científico
analíticas del Encuentro Nacional de Magistrados Federales Provincia
de Catamarca.
_ La Seguridad en el Transporte. Apertura del Ciclo de Conferencias organizado
por el Comité Argentino de Seguridad en el Transporte de Personas.
Capital Federal.
_ La Responsabilidad Aquiliana del Estado y sus Funcionarios según
la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Vigésimo octavo Taller del Programa de Capacitación Permanente
para Funcionarios Superiores de los Servicios Jurídicos del Estado.
_ Seguridad Urbana. En las Jornadas sobre Seguridad en el 2000. Pilar,
Provincia de Buenos Aires.
_ Algunas cuestiones vinculadas con la seguridad según la Jurisprudencia
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Análisis de
la Ley 24.390. Organizada por el Postgrado de la Facultad de Derecho y
Ciencias Sociales de la Universidad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
_ Mercosur y Nafta. Diferencias y similitudes. La necesidad de una vinculación
continental. Cámara Argentina de Comercio en Florida. Miami.
_ Soberanía, supranacionalidad e integración: la cuestión
de los países del Mercosur. VIII Encuentro de los presidentes y
Magistrados de los Tribunales Constitucionales y de las Salas Constitucionales
de América latina. Europa (Francia, Alemania, Bélgica y
Luxemburgo).
_ Extradición. Juicio en ausencia y la garantía de la defensa
en juicio consagrada en la Constitución Nacional. Jurisprudencia
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Seminario sobre Jurisprudencia
Penal. Facultad de Derecho. Universidad Católica Argentina. Capital
Federal, Provincia de Buenos Aires.
_ La competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Facultad de Derecho. Universidad Católica Argentina. Capital Federal,
Provincia de Buenos Aires.
_ El juez constitucional. Instrumentos jurídicos que debe usar
el juez constitucional.- X Encuentro de los presidentes y Magistrados
de los Tribunales Constitucionales y de las Salas Constitucionales de
América latina. Santiago de Chile, Chile.
_ Los Sistemas de Justicia en el ámbito Sudamericano y los Distintos
Modelos Implementados en la Región en Materia de Capacitación
Judicial. I Encuentro Regional de Representantes de Cortes Supremas y
Tribunales de Justicia de los Países del Cono Sur responsables
del Área de Capacitación Judicial y VII Congreso Nacional
de Escuelas de Capacitación Judicial. San Salvador de Jujuy. Provincia
de Jujuy.
_ El Control de Constitucionalidad. Seminario sobre la Problemática
del Derecho Penal en la República Argentina. Colegio de Abogados
del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Lomas de Zamora, Provincia
de Buenos Aires.
_ La Necesaria Implementación de una Corte Supranacional para el
Mercado Común del Sur. I Encuentro de Presidentes de las Cortes
Supremas de los Estados Partes del Mercosur. Montevideo, Uruguay.
_ Ponencia Aprobada sobre la Necesaria Implementación de un Tribunal
[/ezcol_1third] [ezcol_1third_end]Supranacional para el Mercosur en la VIII Cumbre Iberoamericana de Presidentes
de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia. Brasilia, Brasil.
:. Leyes y Proyectos de Ley:
_ Proyecto de servicios públicos antieconómicos.
_ Registro de Proveedores del Estado.
_ Proyecto de Coordinación y regulación del transporte.
_ Ley Orgánica de Ferrocarriles Argentinos. Ley 18.360
_ Integrante y luego titular de las Comisiones de Estudio que elaboraron
las siguientes reglamentaciones:
a- Reglamento General de Contrataciones de Ferrocarriles Argentinos integrado
por:
Parte General:
Requisitos y formas de contratar
Registro general de Contrataciones y Proveedores
Cláusulas Especiales de las Contrataciones
Parte Especial:
Contrato de Suministro
Contrato de Venta de Inmuebles
Contrato de Obras Públicas
Locaciones de Servicios
Explotaciones Colaterales
Régimen de los Inmuebles
b- Régimen Orgánico Funcional de la Empresa (su reglamentación)
-Reglamento de Personal
-Reglamento del Consejo de Administración
-Reglamento de la Policía de Seguridad
-Ley de Creación de la Superintendencia de la Policía Federal
Ferroviaria.
-Reglamento interno para el funcionamiento de las Comisiones Asesoras
de Contrataciones de todas las líneas ferroviarias
-Reglamento del Personal de Conducción
-Modificación del Reglamento General de Ferrocarriles
-Reglamento de Sumarios
-Representante ante la Comisión de Coordinación del Ministerio
de Bienestar Social para la fijación de bases generales de viviendas
para el personal de la empresa y la permuta de terrenos ferroviarios.
-Comisión para la reforma del Código Procesal Civil y Comercial
creada por el Ministerio de Justicia.
-Proyecto de ley Nacional de Promoción Económica de Tierra
del Fuego. Promoción Industrial. Promoción Turística.
Radicación de Industrias. Beneficios Tribuarios. Importaciones.
Abastecimiento Financiero.
Proyecto de Ley de Tasa de Justicia presentado en el H. Congreso de la
Nación.
:. Actividad Docente:
_ Ex Profesor Universitario Titular de Derecho Administrativo.
_ Ex Profesor Investigador Académico del Programa Banco Interamericano
de Desarrollo (BID) para estudiar los sistemas legislativos comparados,
a partir de los viajes efectuados a China, Japón, Alemania, Inglaterra.
_ Ex Profesor del Programa del Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
para dictar cursos sobre Derechos Intelectuales en General y Derechos
Industriales en particular referidos a Patentes de Invención.
_ Ex Director Académico para el dictado de cursos, seminarios,
diseño curricular, conferencias relativo al tema: Intercambio Tecnológico
en el marco del Convenio BID-CONICET.
_ Director Académico. Curso Posgrado “La Competencia de la
Corte Suprema”. Facultad de Derecho. Univ Católica Argentina
:. Cargos Desempeñados:
:. Actividad Privada:
_ Abogado Titular del Estudio Jurídico Vázquez
y Asociados, sito en Av. Callao 232 Piso 6° Of. 12. Capital Federal.
Hasta el año 1984.
:. Anteriores, simultanea, posterior o alternativamente:
_ Asesor Jurídico del Instituto Municipal
de Obras Sociales.
_ Jefe Equipo de Abogados de la Sindicatura (Leyes 22.229 Y 22.334) en
relación con 43 empresas del grupo Grecco ( entre otras Resero
S.A.; Furlotti S.A.; Luchesi Hnos S.A.; Diario Mendoza (Prensa del Oeste
S.A.); Constructora Natalio Faingold S.A.; Hijos de Martin Salvarredi
S.A.; Viñas de Yacanto S.R.L.; Viñedos Argentinos S.A.;Alcovidez
S.R.L.; Orandi y Massera S.A.; Grecco Hnos. S.A.; ItalviNa S.A. Transportadores
Mendoza S.A.; Estancias La Cautiva S.A. Estancias Los Silva S.A., etc.).
_ Gerente Comisión Grandes Obras Mesopotámicas (Interviniendo
en los complejos de Zarate Brazo Largo, Salto Grande.
_ Director Representante del Banco Nacional de Desarrollo de Forestal
Fueguina S.A.
_ Asesor jurídico de la Comisión de Transporte de la Honorable
Cámara de Diputados de La Nación.
_ Delegado Confederal de la Confederación General del Trabajo (C.G.T.).
_ Asesor de la Vicepresidencia del Bloque Justicialista de la H. Cámara
de Diputados de la Nación.
_ Gerente Asuntos Jurídicos Ferrocarriles Argentinos.
_ Secretario General de Ferrocarriles Argentinos.
_ Asesor de la Dirección de Planeamiento de Ferrocarriles Argentinos.
_ Procurador General de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
_ Jefe de la División Normativa-Ferrocarriles Argentinos.
_ Asesor Jurídico y Abogado de diversas entidades gremiales ( Unión
Tranviarios Automotores; Ferroviarios; Supe, Textiles, Metalúrgicos,
UTA, de la Carne, entre otros.
_ Integrante de la Conducción del Movimiento Justicialista (año
1963 y año 1980)
_ Asesor Gremial del Movimiento Justicialista en la candidatura de la
fórmula Matera Raúl, Sueldo Horacio (luego proscripta en
1964). Coordinador de Grupos Técnicos en el área de Obras
Públicas y Transporte en la candidatura Justicialista Italo Luder
(1983).
:. Actividad en el Poder Judicial:
_ Magistrado del Poder Judicial de la Nación desde 1984 hasta la actualidad:
[/ezcol_1third_end]_ Juez Nacional a Cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 33. 1984/89.
_ Juez (Camarista) de La Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Y Comercial Federal Sala 3. 1989/95. Habiéndose desempeñado como Presidente de la Sala.
_ Vicepresidente de la Excma. Cámara Civil y Comercial Federal. 1992/93.
_ Presidente de la Excma. Cámara Civil y Comercial Federal. 1993/94.
_ Juez (Ministro) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde 1995 hasta el 1 de setiembre de 2004.
PrisioneroEnArgentina.com
Noviembre 24, 2016
LA POLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS: EL MURO MÁS ALTO A SUPERAR POR EL ACTUAL GOBIERNO
Escribe el General Heriberto Justo Auel.
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Conferencia en el “Ateneo de la República” el 22 de Junio de 2016
Derechos Humanos y “Política de Derechos Humanos”.
[/one_half]La “Política de Derechos Humanos” como instrumento estratégico.
La sigilosa maniobra estratégica británica: de pinzas y combinada.
El brazo jurídico de la maniobra estratégica.
El brazo psico-político y psico-social de la maniobra estratégica.
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Por El General
Heriberto Justo Auel
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En Síntesis.
• Derechos Humanos y “Política de Derechos Humanos”.
Entender que la “política de derechos humanos” -PDH- ha sido elaborada en nuestra Patria por la democracia emergente de la Guerra del Atlántico Sur -en 1982- para defender los genuinos y verdaderos derechos humanos, en su acepción legítima, sería incurrir en un grave pecado de alta ingenuidad política.
Una cosa son “los derechos humanos” y otra muy distinta es la PDH.
La ONU ha definido con toda claridad lo qué debemos entender por “derechos humanos”:
“Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles”.
Eduardo Luis Duhalde (1) -máximo epígono de ésta política K- nos hizo saber desde la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, qué debemos entender por PDH:
“La demorada exigencia de la sociedad argentina de Memoria, Verdad y Justicia se tradujo en acciones concretas de los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), fruto de la confluencia entre el compromiso político del gobierno nacional y la incansable lucha de los Organismos de Derechos Humanos contra la impunidad”.
Los dos conceptos quedan así perfectamente diferenciados. El primero, abarca a “todos los seres humanos” y el segundo está dirigido exclusivamente -“con acciones concretas”- a quienes lucharon contra el terrorismo revolucionario y son señalados por los “Organismos de Derechos Humanos” como “impunes genocidas” y los acusan como criminales de “lesa humanidad”, por el “compromiso político del gobierno nacional”. El presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación -CSJN- lo ha expresado reiteradamente -de otro modo-: “es una Política de Estado”.
Sin embargo, no es así. Ésta fue y es la matriz de todos los “relatos”. Ha sido y es un mero “compromiso político del gobierno nacional” K, asumido al acceder al poder, habida cuenta de su extrema debilidad. Por otra parte, el Dr. Lorenzetti no está en la CSJN para hacer cumplir “políticas de estado”, sino para hacer cumplir con la Constitución Nacional.
Kirchner reemplazó a la “Corte menemista” para llevar adelante, con “su” nueva Corte y “tras esta cortina de humo de la PDH” -Dr. Adolfo Vázquez dixit (2)-, el latrocinio más grande que registra nuestra historia contra las arcas del Estado Nacional Argentino. PDH y corrupción son interdependientes y paralelos, por ello si terminamos con la corrupción K, retener la PDH es no entender la razón de su existencia.
El profuso e intercambiable empleo -coloquial y/o periodístico- de ambos conceptos, ha llegado a su actual uso indiferenciado -como sinónimos- y así una gran mayoría ciudadana fue llevada a la grave y peligrosa confusión interpretativa de estos términos.
Cuando el Estado Nacional -con un gobierno constitucional- movilizó a las FFAA y abrió la guerra civil contrarrevolucionaria de 1974/88, lo hizo en defensa de la Constitución Nacional y ella contiene a nuestros derechos humanos, ya fueren civiles, políticos, económicos, sociales o culturales y también contiene a nuestras obligaciones o deberes.
El objetivo que defendieron las FFAA en los ´70/80 fue el de preservar la Constitución Nacional -que reiteramos, contenía a nuestros derechos humanos- frente a una agresión revolucionaria conducida desde el exterior, que expresamente postulaba el cambio de la Constitución Argentina por la Cubana y con ello eliminar a nuestros derechos humanos.
¿Qué Estado o constitución comunista reconoce a nuestros derechos humanos?
¿Cómo se explica -entonces- que hoy nuestros “derechos humanos” -mimetizados equívocamente como “PDH”- estén en las manos marxistas de quienes fueron derrotados en combate, guerrilleros revolucionarios que nunca han respetado una Constitución liberal -como lo es la nuestra- y a nuestros derechos humanos, en ella contenidos? ¿Cómo se explica que gran parte de los argentinos, aun hoy, no se aperciban de semejante contradicción?
Cabe explicar -consecuentemente- qué es en verdad la “PDH” y porque “nuestros derechos humanos” quedaron en manos del neo-marxismo “progresista” y del Reino Unido (RU) -en una extraña y solapada colusión totalmente ignorada- contra la débil Argentina emergente de ambas guerras, a partir del año 1984, convirtiendo a dicha “política” en el muro más alto a superar por el actual gobierno nacional.
• La “PDH” como instrumento estratégico.
No es una novedad que los derechos humanos, instrumentados como política o estrategia, han sido empleados recientemente en el amplio espectro de las guerras de la “tercera especie” o de “cuarta/quinta generación” (3). Reagan y SS Juan Pablo II lo hicieron, logrando la implosión de la URSS sin abrir el fuego. Pero lo hicieron coherentemente, con el empleo de los valores de sus culturas y para la preservación de estas. En el caso argentino -e iberoamericano- se dio y se continúa dando todo lo contrario -nuestros valores están en manos neo marxistas- y sufrimos una fuerte transculturización, con su natural consecuencia: la corrupción generalizada.
La población aún no comprende ni asume éste fenómeno psico-social desarrollado a través de las nuevas formas de comunicación -la infoesfera- y nuestra dirigencia política le teme. La “PDH” se ha erigido en una “vaca sagrada”, un tema “tabú” y, de “ella no se habla” (4).
¿Cuál es -sino- la razón del “olvido y perdón” ante el saqueo de la magna ópera “Sueños Compartidos”? Los dramáticos efectos sigilosos de la maniobra estratégica instrumentada por la “PDH” indican que su planeamiento ha sido muy eficiente y que, por tratarse de una desconocida estrategia de aproximación indirecta (5) -ajena a nuestra simple lectura de los hechos superficiales- su resultado continúa perdurando en el tiempo.
Trastocó la victoria en combate de las FFAA en una derrota política y estratégica de la Argentina, cuyos efectos recién salen a la luz después del 10 Dic 15.
El RU, en la guerra del Atlántico Sur de 1982 provocada por la OTAN a través de un señuelo -los chatarreros de Dividoff, por exclusivas necesidades de la guerra fría- comprobó que su incursión agresiva no fue un picnic. Así lo han reconocido algunos de sus altos mandos. Consecuentemente, pocos meses después Londres encontró una estrategia de ínfimo costo y altísimo rendimiento para dejar a la Argentina sin la más mínima capacidad estratégica militar: logró la neutralización y autodestrucción de sus FFAA, en brevísimo tiempo y casi sin costos.
El pensamiento militar occidental -y en particular el pensamiento militar argentino- están fundados en Clausewitz y, a su vez el del prusiano en Napoleón. Su característica central es la lectura lineal de los hechos y la resolución del conflicto por aniquilamiento, cuando éste deriva al empleo de la fuerza.
Contrariamente, en éste aspecto el RU es una excepción en Occidente. Como Imperio Naval Talasocrático -con el dominio periférico de los océanos- encontró más aptas para su débil posición frente a los más fuertes -las potencias centrales europeas-, las ideas estratégicas de Sun-Tsu, en particular el concepto de estrategia por aproximación indirecta. El Cap Liddell Hart (5) elaboró esa doctrina convencional en la primera mitad del siglo XX, mientras Mao Tse Tung (6) -contemporáneamente- lo hacía en el área no convencional, durante la “larga marcha”.
Entendido este trasfondo teórico, abarcaremos mejor a los pasos que se dieron en los hechos, a partir del año 1983. El Dr. Carlos Nino fue un prestigioso y progresista filósofo del derecho, penalista, profesor de la UBA. Periódicamente visitaba la Universidad de Oxford, en la que se había doctorado en leyes en 1977. En 1983, pocos meses después de la derrota militar argentina en el Atlántico Sur, regresó de aquella Universidad -donde se forman las elites de los servicios de inteligencia británicos- y asumió como asesor jurídico del nuevo presidente argentino -junto al Dr. Jaime Malamud Goti (7), Coordinador del “Consejo para la Consolidación de la Democracia”.
A las cuarenta y ocho horas de asumir el cargo Raúl Alfonsín, Nino presentó a la firma del Poder Ejecutivo dos decretos, cuyos borradores traía desde Londres -el 157/83 y el 158/83- Ambos fueron firmados el 13 Dic 83 y contenían “el huevo de la serpiente”.
El Decreto 157/83 llevaba a la Justicia Penal Federal a los agresores terroristas revolucionarios y el 158/83 al Consejo Supremo de las FFAA -CSFFAA- a quienes el Estado Nacional había movilizado en su defensa: las FFAA, las de Seguridad y las Policiales. Todo ello bajo la motivación del posible atropello a los “derechos humanos” -de los cuales los asesores jurídicos eran férreos defensores- en las operaciones de la guerra civil contrarrevolucionaria desarrolladas en el país entre los años 1976 y 1983.
Seis meses después, a mediados de 1984, el Decreto 157/83 fue “cajoneado”. El fiscal a cargo de esa investigación fue ascendido, para sacarlo de la causa, que había avanzado aceleradamente. El CSFFAA había recibido más de 22.000 denuncias y no había llegado a fallar. Por esa razón se le retiraba la causa, que era entregada a la Justicia Penal Federal.
Se iniciaba así el torpe atropello a todos los principios del derecho penal y se alcanzaba el punto culminante de la maniobra estratégica elaborada por la inteligencia británica -que homologaba a la de Stalin del 1921, conocida como “la purga del Ejército del Zar” (8)-.
Éste fue el paso central de una exitosa maniobra estratégica de aproximación indirecta, aun en plena ejecución -33 años después- a través de la Justicia Penal Federal, con la que se obtuvo la ya lograda autodestrucción de la Política de Defensa Argentina y su reemplazo por la perversa “PDH” K.
Llama la atención que se haya limitado la investigación judicial solo al período 76/83, cuando la agresión cubana se inició en 1959 y la respuesta del Gobierno Constitucional Argentino se decretó recién en 1973/74, pero ese “recorte” fue lo que la hizo posible ante la oposición.
¿La dirigencia política necesitó casi quince años para entender que la Argentina estaba siendo agredida por una revolución estalinista que empleaba tácticas terroristas, rurales y más tarde urbanas? Sin embargo, a pesar de esa larga inacción de más de una década, en 1973/74, se improvisó y se pidieron resultados “cuanto antes”, ante el caos sangriento que asolaba al país (4).
• La sigilosa maniobra estratégica británica: de pinzas y combinada.
Contemporáneamente con la firma de los mencionados decretos, un grupo de Oficiales Superiores del Ejército fuimos destinados al Estado Mayor Conjunto de las FFAA -EMCFFAA- convocados por su nuevo Jefe, el Tte Grl Fernández Torres. Me correspondió ocupar la Jefatura del Departamento Políticas y Estrategias y desde esta función impulsar las reformas estructurales de la Defensa Nacional que las experiencias recientes nos habían proporcionado, dramáticamente y a raudales.
Para llevar a buen fin este objetivo autoimpuesto, detectamos a mediados de 1984 el grave obstáculo que nos creaban las consecuencias del Decreto 158/83. Las expuse ante el JEMCFFAA, el Grl Sánchez, el Almte Grondona y el Brig González, quienes conformaban la cúpula del EMCFFAA y ese mismo día recibí la orden de repetir esa exposición ante el Ministro de Defensa, Sr Borrás. Al hacerlo, señalé que el decreto llevaba el embrión de la destrucción de la autoestima de las FFAA y a la vez la licuación de la Justicia Federal. Además, adelanté que con él el gobierno se auto-defenestraba, por no entender que la guerra es un fenómeno socio-político y, como tal, no judiciable. Borrás, al terminar mi detallada exposición, dijo: “A esto hay que ponerle un punto final. Estos Dres…no pisaron nunca un comité”.
Años después, en un almuerzo en el Círculo Militar ante tres testigos, quien había sido asesor jurídico del Ministro en aquellos días, el Dr. Jaunarena, nos dijo que luego de aquella exposición el ministro Borrás le pidió al presidente una reunión en Olivos con Nino y Malamud Goti. Borrás y Jaunarena llegaron tarde a ella, por un incidente en el viaje desde Pergamino. La reunión para tratar una salida a éste grave problema no se hizo. Es cuando comienza a gestarse un conflicto entre el Comandante en Jefe de las FFAA y la masa de las FFAA, que estalla al poco tiempo, en Semana Santa de 1987.
El brazo jurídico de la maniobra estratégica.
Poco tiempo después de la fallida reunión en Olivos, Raúl Borrás falleció y los efectos del Decreto 158/83 se fueron agravando día tras día, acompañando a una inflación creciente y a los conflictos institucionales que se multiplicaban. El “punto final” estaba elaborado como anteproyecto de ley, pero no había voluntad política para llevarlo adelante. Además, los dos asesores jurídicos del presidente -autores del Decreto 158/83- solicitaban una ley complementaria, la de “obediencia debida”, que a todas luces buscaba dilatar los tiempos para alcanzar su subrogación.
El Dr. Facundo Suarez -Señor 5- me comentaba telefónica o personalmente- acerca de estas trabas y dilaciones, estando yo destinado en Neuquén -1986- y Río Gallegos -1987-. Siempre le advertí -como lo había hecho en 1984 ante Borrás- que tarde o temprano “la olla iba a estallar”.
Ésta misma advertencia se la hice llegar por escrito al Grl Ríos Erenú -JEMGE- en Enero de 1987, a través del Sub-JEMGE, Grl Sánchez. En la nota le señalaba que la “batalla jurídica”, que él postulaba, era imposible en los hechos. La copia de dicha nota manuscrita llegó nuevamente a mis manos hace poco tiempo. El Cnl Vivas, mi compañero y amigo, en ese entonces Inspector de Infantería, fue depositario de ella y me la devolvió antes de partir a la Casa del Señor.
En Semana Santa de 1987 “la ola estalló” y el presidente Alfonsín negoció y aprobó, “bajo palabra de honor”, tres puntos -que se cumplieron a medias- con los “caras pintadas” de la Escuela de Infantería:
1) En quince días el Congreso aprobaría la demorada ley de Obediencia Debida.
2) Los Tcnl(s) Rico y Venturino quedaban a disposición de la Justicia Militar.
3) El resto del personal que había adherido al movimiento, regresaba a sus destinos, sin recibir sanción alguna.
Los negociadores por parte de la Escuela de Infantería fueron Monseñor Medina y el Tcnl Vila Melo y por parte del presidente los Dres. Facundo Suárez y Jaunarena. Ésta reunión se desarrolló en el Edificio Cóndor y fue detalladamente relatada -tiempo después- por uno de sus actores, el Tcnl D. Julio Enrique Vila Melo, en un largo artículo -con su firma- en el diario La Nación. Allí se aclaraban muchos hechos que se estaban tergiversando, para no cumplir con lo acordado.
La autodestrucción había tomado el nombre de “batalla jurídica” -por la miopía de los altos mandos- y ello, desde nuestro punto de vista consolidaba el éxito de la estrategia de aproximación indirecta lanzada el 13 Dic 83. El brazo jurídico de la maniobra estratégica británica, instrumentada como operación de pinzas, había inducido eficazmente la auto-destrucción de las FFAA, quintaesencia de una estrategia de aproximación indirecta.
El incumplimiento del punto 3) del acuerdo por parte del nuevo JEMGE -Grl Caridi- y de sus asesores, trajeron nuevos movimientos en diferentes Guarniciones Militares -Tcnl Rico y Cnl Seineldin-, pero estos ya no eran por el Decreto 158/83, sino por problemas derivados de Semana Santa, específicamente internos de la Fuerza. NUNCA se pensó en un golpe de estado, pero esa fue la perversa lectura de quienes apoyaban conscientemente o inconscientemente la “PDH”. En 1989/90 el presidente Menem dicta la Amnistía para militares encausados y para los terroristas revolucionarios. Creíamos que se alcanzaba definitivamente la ansiada pacificación nacional.
El brazo psico-político y psico-social de la maniobra estratégica.
Veamos ahora cómo se instrumentó el otro brazo de la operación de pinzas pergeñada en Oxford y ejecutada ésta por el triple agente de inteligencia -de la FAA, de Montoneros y del RU- Horacio Verbitsky, asesor presidencial desde el año 2003 y presidente del CELS. Su rol le exigía operar sobre la ciudadanía y lograr el apoyo de la opinión pública a la PDH. Ésta operación era central, para sostener en el tiempo a la encubierta maniobra colusiva.
Las izquierdas -comprometidas o simpatizantes con la revolución neo-marxista- llegaron nuevamente al poder, “colados” en la inaudita Alianza. El presidente De la Rúa -1999/2001- debió renunciar por efecto de un golpe de estado civil, provocado desde la intimidad de su gobierno. La anarquía consecuente llevará a la presidencia, dos años después, a Néstor Kirchner -2003/2007-. Un presidente sin votos y sin ideas políticas. El neo marxismo volvía a homologar lo logrado -por unos días- en el gobierno Cámpora.
Al hacerse cargo de la presidencia Kirchner necesitó construir poder y cierta gobernabilidad. Su asesor, Horacio Verbitsky, le señaló que algunos de los últimos gobiernos le habían tendido la mesa: dos décadas de continua propaganda “progresista” desde los medios de comunicación del Estado, habían transformado los “usos y costumbres” de la sociedad urbana, en las grandes ciudades. La transculturación se percibía en las calles, en el lenguaje, en las escuelas y hasta en los muros de la ciudad.
Ergo, aquel desconocido santacruceño, considerado en su pueblo natal como usurero, sin un posicionamiento político firme, audaz, autoritario y desprolijo, debía abrazarse al símbolo de la “PDH”: las “Madres de Plaza de Mayo” y dar continuidad de inmediato a los “Juicios por la Verdad”. Había que anular las “Leyes de la Impunidad”.
La interrumpida maniobra británica en su brazo jurídico, continuaría en el 2003 con un gobierno “pseudo revolucionario”, “nacional y popular”, adscripto subrepticiamente al “chavismo”. La extraña colusión británica/elementos revolucionarios neo marxistas, iniciada tras la firma del Decreto 158/83, se consolidaba, pivoteando ahora sobre el CELS de Verbitsky.
La operación psico-política, no era sencilla. Para empezar, había que reemplazar y obtener una mayoría de votos en la CSJN (2) para lograr la aprobación de la nulidad de las “leyes del perdón” y, además, modificar el concepto de “lesa humanidad” enunciado por el Estatuto de Roma, para acondicionarlo a la maniobra en curso. Los terroristas revolucionarios -en la Argentina- no serían comprendidos por ésta figura y continuarían “amnistiados”, la “PDH” se consideraría una “política de Estado” y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, como querellante, “conduciría” elípticamente a la Justicia Federal, para llevar en masa a las FFAA a los Tribunales y considerarlos “asesinos” o “genocidas” y encuadrarlos en el Código Penal, como delincuentes comunes.
Esta nueva CSJN fue considerada por los “formadores de opinión”, durante años, como la ópera magna del nuevo gobierno. En el “haber” de K, la nueva Corte figuraba en primer término. (9)
También se hizo necesario modificar la constitución del Consejo de la Magistratura en favor del oficialismo, para domesticar a los Jueces y a los Fiscales comandarlos desde la Procuraduría General, que terminaría en las manos K de Gils Carbó, hasta la fecha. El torpe atropello a los principios del derecho penal y a su jurisprudencia, exigió la creación de “militantes” dentro del sistema y así surgió “Justicia Legítima” (9).
El último intento -acompañado por el exonerado juez español Garzón- de subordinar totalmente el Poder Judicial al Ejecutivo, fue el de la “democratización de la Justicia”, ley aprobada por el Congreso -considerado una “escribanía de la presidencia”- en el año 2013 y rechazada por una Jueza Federal y la CSJN, por inconstitucional, con la natural disidencia del “prostibulario” Zaffaroni.
Con esta serie de atrocidades jurídicas nuestro país se encaminaba aceleradamente -hasta el 10 Dic 15- a la categoría de “Estado fallido”. La cortina de humo que debía ocultar a estos escándalos institucionales, acompañados por una fenomenal corrupción económica-financiera, simultánea y rampante, exigía operaciones psico-sociales de encubrimiento de una intensidad y un nivel nunca antes conocida. Quienes la analizaban, citaban a Goebbels.
Se necesitaba un gran “relato” para encubrir tanto desatino, durante tantos años. Esa necesidad de una gruesa cortina de humo llevó al gobierno a asociarse con algunos medios privados y estatizó el 80% de los medios escritos, radiales y televisivos. Gallup Argentina informaba en los 2000 que el 72% del periodismo argentino era de “izquierda”. Millones de dólares eran destinados a pseudo-intelectuales, “periodistas” y actores para sostener increíbles falacias.
El éxito de Verbitsky, como director de la operación de esta narrativa falaz, que se reconstruía permanentemente, estuvo y está acompañada por antiguos comunicadores simpatizantes o pertenecientes a las izquierdas revolucionarias y por jóvenes “despistados”, formados en las aulas del “progresismo relativista”. Son quienes crearon y custodian en los medios a la “vaca sagrada” de la “PDH” -homologándola, aun hoy, con nuestros derechos humanos-. Para la mayoría de nuestros conciudadanos, el único terrorismo abominable es el “terrorismo de Estado”. Otros no existen.
Llevamos quince años involucrados en una nueva guerra mundial, conocida universalmente como “contraterrorista global”; ¿cuántos argentinos conocen su existencia, aunque fuere superficialmente? (10) “De eso no se habla” y en consecuencia se continúa con el “garantismo jurídico” que apunta al “abolicionismo penal”, con el 2×1, con un record mundial de causas que no reciben sanción y un sinfín de etcéteras. Además, existe una inconsciencia generalizada acerca del desequilibrio estratégico provocado por el desarme unilateral argentino.
Aquella sentencia de Séneca -S II d.C.- continúa brillando entre nosotros con todo esplendor: “Peor que la guerra, es el temor a la guerra”. Y allí está la clave de nuestra imparable Inseguridad Nacional. Toda la legislación de Seguridad Nacional ha sido dictada bajo el espíritu que acompañó a la operación estratégica de pinzas que hemos descripto, por elementos cercanos a las organizaciones armadas revolucionarias, pero no sabemos que haya hasta hoy una mínima reacción política, ante la absoluta y creciente indefensión e inseguridad pública.
Está de por medio “el muro más alto que debe superar el actual gobierno”, construido en las últimas décadas desde el Estado, para licuarlo y transformarlo en el santuario del crimen organizado y sobre la sociedad, alienada por una comunicación perversa que la llevó a su transculturación. Los dos brazos de la maniobra estratégica por aproximación indirecta -el jurídico y el comunicacional- fueron eficaces, pero su consecuencia colateral, la corrupción que actualmente desborda al muro, es decir, a la cortina de humo de la “PDH”, está llegando a su fin (8) (11).
Si hubiere decisión política para terminar con la absurda auto-destrucción, roguemos que haya lucidez para iluminar el sendero que conduce a la salida del cerco. Años de una falsa narrativa retiene a gran parte de la ciudadanía en la irrealidad de un espejismo, si bien ésta se está resquebrajando, día a día.
• En Síntesis.
1. En la inmediata posguerra del Atlántico Sur, en 1983, la inteligencia británica en colusión con el neo-marxismo, logró la inducción -por aproximación indirecta- de la autodestrucción institucional y la transculturación social de la Argentina.
2. El instrumento seleccionado fue la “PDH”, que permitió trastocar la victoria táctica argentina -en la guerra contra-revolucionaria- en una derrota política y estratégica, quedando nuestros derechos humanos en manos del terrorismo revolucionario.
3. Los decretos 157 y 158/83 fueron el puntapié inicial de una maniobra de pinzas que aseguró al Foreing Office la imposibilidad operacional militar de la Argentina y dio a la pseudo-revolución continuidad, a pesar de su derrota en el terreno.
4. Un brazo de la maniobra fue ejecutado por la Justicia Penal Federal -sobre el modelo de “la purga leninista del Ejército Zarista” en 1921-. El otro fue conducido por un triple agente de inteligencia, desde una ONG, que operó la conducción sigilosa de los Ministerios de Defensa y de Justicia (12), desde las bambalinas.
5. Esta exitosa operación estratégica logró levantar -infoesfera de por medio-un muro intocable, el de la “PDH”, “vaca sagrada” que logró ocultar durante quince años el mayor asalto K a las cajas de los bienes públicos y la impunidad de terroristas, narcotraficantes y ladrones de guante blanco.
6. El 10 Dic 15 la ciudadanía cambió el rumbo “pseudo-revolucionario” que en las posguerras había transitado diferentes etapas “democráticas”. La corrupción encubierta está saliendo -en el 2016- a superficie y agrieta al muro. Aun no ha llegado a conmover sus cimientos, pero si ello no ocurriera en los próximos meses podríamos volver a la violencia revolucionaria que prometen los remanentes duros del kirchnerismo y la “Declaración Final del XXII Encuentro del Foro de San Pablo en El Salvador” del 27Jun16, cuyo último párrafo vale la pena transcribir, para leer sus entrelíneas:
“América Latina y el Caribe está en estos momentos y seguirá estando al frente de la lucha de los pueblos por una sociedad con justicia y libertad, sin explotación ni opresión; una lucha en la cual los pueblos, sus organizaciones políticas y sociales, y los gobiernos que defienden los intereses populares, se enfrentan a las más poderosas fuerzas del mundo, pero cuyo poderío económico y militar no podrá contra el poder de la razón, de las ideas, y de los más altos valores de la humanidad, que como proclamaba la Revolución Cubana en la Segunda Declaración de La Habana, “ha dicho BASTA y ha echado a andar…” Seguiremos construyendo el poder popular para asegurar las transformaciones económicas, sociales y políticas de los pueblos de América Latina y El Caribe”.
6. Nuestro futuro -y el de la región- está en manos de la ciudadanía argentina y del Gobierno Nacional. Hay indicios de que la sociedad ha despertado de su ensueño, que retiene esperanzas y que esta vez actúa con mayor prudencia. No sabemos aún si la dirigencia política ha asimilado a esa circunstancia. El “socialismo siglo XXI” está en retirada y el BREXIT ha puesto a parir al RU. Los ocupantes de las Islas usurpadas están conmovidos. Es el momento -oportunidad- que tiene el Presidente Macri para clausurar los dos “estados de guerra” que mantenemos abiertos y nos cierran el camino hacia el progreso (4).
CITAS:
(1). El Dr. Luis Eduardo Duhalde fue asesor del “peronismo revolucionario”, profesor en la “Universidad Nacional y Popular de Buenos Aires” -como se llamó la UBA durante el gobierno de Cámpora-, defensor de los “fugados de Trelew”. Cuando asume Kirchner es nombrado Secretario de Derechos Humanos -SDH- y postula la anulación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Transformó a la SDH -cuyo presupuesto aumentó de 1 a 100 millones de pesos- en querellante del “terrorismo de estado” y, como tal, celebraba como un gran “triunfo revolucionario” la lectura de los fallos de los TTOOFF, de pie sobre una mesa y agitando a las barras con banderas rojas, bombos y redoblantes, dentro y fuera de las salas del tribunal, transformando a ellos en “tribunales populares” similares a los bolcheviques que “purgaron” a los oficiales blancos en Rusia, en 1921.
(2). Adolfo Vázquez. “Asalto a la Justicia”. Ed. Sudamericana. Mar 16.
(3). Heriberto J. Auel. “El Pensamiento Estratégico en el Siglo XXI”. 12Oct14, www.ieeba.com.ar
(4) Heriberto J. Auel. “La larga guerra civil argentina y el actual estado de guerra civil revolucionario”. O9Jul13. www.ieeba-com.ar
(5) L. B. Hart. “La estrategia de aproximación indirecta”. Biblioteca del Oficial Nro 500/501. Círculo Militar. Sep 60.
(6) Mao Tse Tung. “El Libro Rojo de Mao Tse Tung”. Abr 64. Ed Edo Chino. 900 Millones de ejemplares.
(7). El Dr. Jaime Malamud Goti, autor de “Terror y Justicia en la Argentina”, vivió durante una década en los EEUU. Citó en sus trabajos a la Guerra del Atlántico Sur como “media guerra” por las “Is. Flalkland/Malvinas”. Penalista de la UBA con pensamiento próximo al del Dr Zaffaroni. Fue parte de un grupo de abogados radicales que, con los Dres. D´Alessio, Gil Lavedra, Enrique Paixao, Leopoldo Schifrin y otros (luego funcionarios del Estado), sugerían llevar a los militares a la Justicia “como causantes de los golpes de estado”, para proyectar la figura de Alfonsín al plano internacional, “aunque ello implicara un severo apartamiento del Derecho”. Éste mismo grupo produjo la reforma del Código de Justicia Militar, que dejó al “jus in bello” en manos legas y que traerá -en el futuro- gravísimos problemas de disciplina en las FFAA. Malamud Goti fue el enlace de éste grupo con el Dr. Nino y conformará el “Centro de Investigaciones Especiales” -CEI- presidido por Zaffaroni y conformado por Nilda Garré, Alicia Oliveira y Diana Conti.
(8) Heriberto J. Auel. “Escándalo Judicial en Tucumán”. 25May16. www.ieeba.com.ar
(9) La Nación. Editoral. “Nuestros jueces penales federales”. 26 Jun 16. (“De este grupo de magistrados, nacidos de lo peor de la política para juzgar a la política, sólo cabe esperar que sigan haciendo, precisamente, política y no justicia”).
(10) Heriberto J. Auel. “La guerra mundial Contra-terrorista Global, ¿Híbrida o Nuclear? Abr 15. www.ieeba.com.ar
( ) El Dr. Alfredo Bisordi fue el fiscal que tomó al Decreto 157/83 y en consideración al enorme acopio de pruebas que reunió, para llevar a juicio oral a los terroristas, fue ascendido y con ello separado de su cargo. Esta causa, como lo hemos señalado, fue “cajoneada”. Pero como era un magistrado honesto y trabajador, continuaba molestando. Aníbal Fernández llegará a pedirle públicamente su “renuncia patriótica”. Como titular de la Cámara de Casación dijo el 26 Abr 87: … “El supuesto retraso de causas contra los militares es una excusa para sacar jueces, con miras a asegurar a Kirchner (y familia) la impunidad en los presuntos delitos de corrupción”. En un escrito de fuerte contenido político, con el que acompañó su presentación ante el Consejo de la Magistratura, tildó a Kirchner de “traidor a la patria”, de “incipiente tirano” y de “aprendiz de déspota no ilustrado”, acusándolo además de encabezar una “venganza” de la organización Montoneros, de haberse refugiado y haber hecho “buena letra” durante la dictadura y de haber apoyado las privatizaciones del gobierno del Dr. Carlos Ménem. El Cronista Comercial, 27Abr87.
(12) Carlos Manuel Acuña. “Los Traidores, Intimidades de la Guerra Revolucionaria”. Ed. Buen Combate. 2012. “Verbistky: De La Habana a la Fundación Ford”. Ed. El Pórtico. 2003.
El Sub Oficial de la Armada no tiene quién le escriba…
Mencionada en la primera carta y sin respuesta desde hace 5 años, 9 meses y 22 días, por parte de los seis destinatarios de la misma, que por supúesto no deben estar mas en el cargo, presentamos aquí la misma de parte del Sub Oficial Principal, Lic. Luis Orlando González.
Almirante Jorge Omar Godoy
Jefe del Estado Mayor General de la Armada.
S / D
Me dirijo al señor Jefe del EMGA, con el solo interés de informarle y responsabilizarlo y a su Estado Mayor sobre dos cuestiones que me afectan familiarmente y profesionalmente:
1.- Negación manifiesta y encubierta por parte de sus comandos ante una solicitud de auxilio por parte de mi familia directa.
2.- Mi confinamiento en una prisión abyecta, privado de todo derecho, en mi condición de SPIF (RE) de la Armada, víctima de la dictadura militar por un lado y víctima del odio de los hombres vencidos del pasado, por el otro.
Respecto del primero y a poco tiempo después de mi detención llevada a cabo el 04-03-2009, mi señora esposa quien sufre una enfermedad coronaria y otros males, conjuntamente con mis dos hijos discapacitados, en situación desesperada, solicito ante la Dirección General del Personal Naval por intermedio directo del CN. Luis R. Cavotta, acogerse al plan de gobierno que contempla la inserción en las instituciones
públicas de personas con problemas psicosomáticos diferentes, acorde y coadyuvante a la campaña llevada a cabo por la DGPN ante todos los destinos de la Armada, inclusive Círculos de Sub oficiales. Vanos fueron los esfuerzos ante la oficina del nombrado CN. Cavotta y la oficina en donde atiende el SM. Andrés Feduzzi y un Psicólogo de apellido Villella.
Las repetidas idas y venidas de mi esposa, muchas veces cancelando turnos hospitalarios por su padecimiento, solo sirvieron para recibir desvíos informativos, promesas infundadas, creando falsas expectativas a mis chicos, con promesas de pseudos empleos que nunca se hicieron efectivos.
Grande fue mi estupor al descubrir mediante la información que aportó la psiquiatra de familia, que el mencionado psicólogo de la DGPN, con una conducta que evidencia extrema falta de decoro profesional, había confiado a esta, que los chicos no se hicieran ilusiones ya que existía un informe negativo por parte de éste psicólogo de pendiente de esa Dirección (DGPN).
Por cuerda separada, otras autoridades navales, considerando la situación, intentaron extraoficialmente ante sus comandos directo, interceder, pero siempre recibieron respuestas incoherentes e injustificadas – que hay que esperar que se vaya este – que venga ese otro – que se quede aquel, que todo cambie y cosas por el estilo.
Siendo consiente que nuestros tiempos, no son los vuestros, creo y estoy convencido que todo ha sido y se ha manejado con deplorables mentiras y que el motivo es obvio considerando mi especial situación, saber que mienten y se acostumbran a convivir con ello, es lo más inmoral que puede suceder a un militar que conduce hombres.
De manera que convencido y con plena seguridad digo: No vengo a pedirle ningún regalo, no estoy reclamando dádivas, ni compasión, solo estoy relatando y poniendo de manifiesto la mediática incomprensión de las autoridades navales, ante un problema familiar grave de uno de sus subordinados.
Además no embarga este relato ningún atisbo de dubitación en lo que expreso, por consiguiente extenderé en breve a la opinión pública los conceptos más sobresalientes de esta misiva, para que se conozca la verdad sobre la hipocresía naval “ya que cuando la hipocresía sostiene ciertas conductas ideológicamente, se está con la gestión de gobierno o están comprados o tienen miedo”.
Haciendo análisis, cuando la ciudadanía común y el personal subalterno (llámese Sub oficiales) de las FF.AA., se atiene a lo que ve a la lógica normal de los acontecimientos que considera confiables, son niños ingenuos que no entienden lo que pasa. Seguramente algunos no comprenderán, que una fuerza armada, mediante sus conductores de turno abandonen a una familia de un sub oficial preso e inocente, con su esposa enferma y sus dos hijos discapacitados, nacidos en el 76 y 78 respectivamente, prácticamente hijos de la guerra sucia.
Lo mencionado acredita fehacientemente que ustedes señores del Estado Mayor General de la Armada, no están cumpliendo con la vieja regla del honor naval, “de que un hombre de mar nunca abandona a otro hombre de mar” en peligro o en la adversidad. Yo y mi familia hemos naufragado por el fuego apátrida y en su barco. Ustedes dónde están?
Viene bien reproducir un pensamiento de un compañero de prisión en carta abierta “Ustedes sabrán si están orgullosos o avergonzados”, yo siento lástima y dolor, aunque mentalmente sigo libre, gracias a Dios, vivo en paz y Ustedes?
Respecto del segundo punto, otro es el concepto que en mi interior palpita, que suma al primero y realizando un profundo estudio de mi situación con respecto de mi detención y de todos los Sub oficiales de la Armada por presuntos delitos de lesa humanidad, tal es así, veo que el destino jugó en mi contra, pues ojalá yo fuera otrora un auténtico combatiente contra el subversivo y terrorista marxista, puesto que desde la contraria empiezan a respetarse retrospectivamente porque reconocen al otro, el enemigo también albergaba ideales. Lamentablemente esta situación es ajena a mí, no me toca ni mucho menos quiero fingir que lo hice por fría hipocresía del oportunismo. Ni combatí, ni jamás participé en operación alguna, ni nada que se le parezca, nunca empuñé un arma para hacer daño a nadie y jamás causé daño alguno a personas en mi vida. A pesar de ello fui entregado alevosamente por los Stellas, Marrones, Molina Pico, Algimiro Fernández, los Ferrer, los Arosa y contemporáneamente usted.
Basta con revisar los Oficios SGNA A1E N° 369/08 de fecha 30-05-2008 y Oficios AJAR SFE N° 907 de fecha 28-12-2007 N° 48 de fecha 08-05-2008 y N° 199 de fecha 21-04-2008 y otro del mes de diciembre de 2008 en donde se me daba con domicilio desconocido, cuando la información la tenían en el cobro de mi haber y en el RNP. Ello me trajo un serio problema judicial debido a su mala información.
Conforme a todo esto, la soledad me abruma en esta injusta causa, vea Ud., mi jefe directo e inmediato, ningún jefe de la cadena de mando de aquél entonces me acompaña en esta odisea, mucho menos algún compañero de destino, no obstante estoy sumido en un proceso criminal, siendo responsable de cuatrocientos treinta y cinco (435) casos, entre muertes, torturas, secuestros, vejaciones, en concurso de asociación ilícita.
Lo invito a que examine mi foja de concepto y observará quienes fueron mis jefes y otros ausentes en este proceso. De manera que el sub oficial Gonzáles, Cabo Principal en ese entonces y en soledad anárquica absoluta y sin recibir orden de nadie, fue responsable de esos 435 casos. No le parece Almirante que ello es imposible bajo todo punto de vista? Mire si su padre, también Sub oficial de la Armada estuviera en mi situación, no obstante Ud., me ha entregado mediante el Oficio SGNA.A1E N° 369/08.
Sepa Ud., y demás Almirantes que mi moral es alta y no claudicaré en absoluto, aunque Ud., me haya entregado al enemigo, que quiero seguir pensando es también el suyo, o me equivoco?
No obstante hay que valorar su actitud, de sus antecesores y de su Estado Mayor, han sido sumamente generosos con el poder de turno, había que cumplir con el cupo de detenidos políticos y no le quedaban Oficiales en pié y no dudaron negociar a costa de los indefensos Sub oficiales, y echaron mano a ellos. “Sepa Ud., que con los Sub oficiales no se negocia”.
Permítame que me exprese libremente; los únicos responsables, ya ancianos, se están muriendo, algunos cumplen excarcelaciones cómodas en sus domicilios y sabe….Quienes pagaremos las culpas de otros, los que en su tiempo eran Tenientes y nosotros los que ostentábamos el alto grado de Cabos. – Al respecto me hago cierta pregunta.
Que dirán sus hijos y nietos, cuando los nuestros le digan, tu abuelo, tu padre vendió al enemigo a sus propios camaradas. Le recuerdo tener presente el artículo 16 de la Constitución Nacional “Que exige idoneidad para ocupar cualquier cargo” y el artículo 29 de la Constitución Nacional “Delito de traición a la patria”. Los hombres y la historia lo juzgarán.
Seguramente desde los sillones de cuero de los pisos superiores del elefante blanco, vean los pasillos y oficinas del Juez Torres, faltaría un micrófono para que escuchen lo que allí se comenta cuando nos ven con las esposas colocadas cual delincuentes con un uniformado que os conduce del brazo. “Que esperas del Juez, si a estos presos no los defiende nadie, ni siquiera la fuerza”. Viene a cuento lo expresado por Martin Luther King. “El problema no es la maldad de los malos sino el silencio de los buenos”, con el perdón de los malos. Asimismo, le recuerdo a Ud., y a su Estado Mayor, lo que ningún militar puede hacer, pues además viola el código de honor, es consentir los hechos callando, para luego denunciar a sus superiores de antes y a los Sub oficiales de ahora por sus responsabilidades en esos mismos hechos que Ud., consintió expresamente. Eso en buen romance, se califica como falta de lealtad que constituye el estigma más grave que en su vida puede afectar a un militar.
Le pido Almirante que mire a su alrededor, observe a su Estado Mayor, en especial a los Oficiales y Sub oficiales jóvenes, cuál será la herencia que les dejará? Porque esta realidad los condena irremediablemente, ¡¡ pobre Armada!! Aceptaré con cristiana serenidad lo que me sucederá porque soy un Sub oficial (RE) de la Marina, haciendo honor a la lealtad que le debo a mi patria y a la Armada a la que le di la mitad de mi vida.
Pero lo que no he tolerado ni aceptaré nunca, es la incomprensión que ustedes han demostrado para con mi familia “la gran familia naval” ¡¡qué horror!! Que hipocresía, que mentira, cuando el deber de un jefe es velar por el bienestar moral y material de sus subordinados.
Almirante espero que tenga un minuto de tiempo y que use el criterio crítico, que alguna vez fue capital de los hombres probos de mar, se dará cuenta que Ud., y sus antecesores, son los únicos culpables que nosotros los Sub oficiales estemos sumidos en esta desgracia institucional, judicial y montonera.
Solicito se me responda, sea cual fuere la respuesta, me hago cargo y asumo la responsabilidad disciplinaria que me pueda corresponder dado mi estado militar.
Marcos Paz, Febrero de 2011
Lic. Orlando González
SPIF (RE) MR: 320009
Distribución:
1.- Jefe de Estado Mayor General de la Armada
2.- Sub-Jefe del Estado Mayor General de la Armada.
3.- Director General de Personal y Bienestar de la Armada.
4.- Director de Personal.
5.- Secretario General Naval.
6.- Director General de Inteligencia.
PrisioneroEnArgentina.com
Noviembre 23, 2016
Desde “adentro”: Situación de los Prisioneros Políticos, hoy, en la República Argentina
Escribe: René Juan Langlois.
Clic para agrandar.
Peligro de fuga, con galera y bastón… (O silla de ruedas y pulmotor)
No sería muy smart, fugarse…
Cartas de lectores del diario La Nación.
Peligro de fuga
Condenado a perpetua por el juez Rozanski, y a pesar de tener 80 años, a Jaime Smart no se le ha permitido la prisión domiciliaria, al alegarse que hay “peligro de fuga”. Esto pone de manifiesto las deficiencias del sistema carcelario y lo perverso e injusto de esta condena.
Jorge Ybarra
Editorial del diario La Nación.
El derecho a la detención domiciliaria
Nuestro país se caracterizó, desde que comenzaron a dictarse las primeras leyes con contenido penal, por tomar previsiones legales para que el cumplimiento de los arrestos o penas no infrinjan un sufrimiento que vaya más allá del que surge naturalmente de una privación de libertad. En este marco, el Código Penal previó la detención en el domicilio para ciertos casos de vulnerabilidad del condenado.
La finalidad del instituto es la de atemperar el mayor gravamen de la privación de la libertad, sea por razones de enfermedad, simple estado de deterioro general, o por la sola razón de una edad avanzada (la norma refiere a internos mayores de 70 años). Esta última hipótesis está prevista en el inciso “d” del artículo 10 del Código Penal y “atiende a la mayor vulnerabilidad de las personas que han llegado a la tercera edad, de acuerdo con las disposiciones de rango constitucional que apuntan a brindar protección a los ancianos” .
Existe consenso, además, en que el régimen de prisión domiciliaria es “un auténtico derecho para quienes se encuentran en las situaciones que describe la norma y que, si bien su concesión no debe ser resuelta en forma automática, en modo alguno está librada a la discrecionalidad judicial”.
La aclaración es importante porque la norma establece la concesión del régimen como una facultad judicial (“podrán” y “a criterio del juez competente”). Sin embargo, tanto la doctrina como la jurisprudencia advierten que eso no supone que se trate de un mecanismo que depende de la pura y simple decisión de los tribunales. La apreciación judicial sólo podría denegar la prisión domiciliaria cuando se corren riesgos de que se desnaturalice o se abrogue, en la práctica, el régimen de detención. Si no está fundada específicamente esta única razón, deberá concederse siempre.
La prisión domiciliaria sufrió una importante reforma en 2009, cuando se introdujeron nuevos supuestos de concesión de esta institución. Asimismo, se reformó también la ley de ejecución penal, previendo que, en algunos de los supuestos de procedencia, debía fundarse la concesión de la prisión domiciliaria en informes médicos, psicológicos y sociales.
El caso del interno mayor de 70 años no fue incluido entre estos supuestos, por lo cual se consideró innecesario fundarlo en dichos informes adicionales. De modo que, aunque nada impide que el tribunal los solicite, aquéllos no constituyen un requisito para la procedencia del instituto.
En algunos casos, la jurisprudencia ha sabido aplicar de este modo la norma, expresando que para los mayores de 70 años, la disposición no exige ningún otro requisito. Sin embargo, otros precedentes han exigido, además del requisito etario, una condición de salud particular. Esto se ha visto al momento de valorar la ejecución de la pena o de la prisión preventiva de personas mayores de 70 años detenidas por delitos llamados de lesa humanidad.
Es necesario advertir que el requisito correspondiente al estado de salud de una persona mayor a 70 años no surge del texto legal. Así, resulta arbitrario rechazar un arresto domiciliario de una persona de avanzada edad con el argumento de que no presenta un cuadro de salud terminal o especialmente delicado.
La norma es clara y no admite otra interpretación que aquella que sostiene que el cumplimiento de la edad prevista abre el derecho a cumplir la pena en forma domiciliaria. La exigencia de un estado de salud deteriorado o terminal, repito, no surge como un requisito de la reglamentación de este instituto.
Profesor titular consulto de Derecho penal en la UCA
Triste Cumpleaños
Un preso político y las “pequeñas cosas” : Uno de mis nietos aún no pudo conocer a su abuelo…
Por Eugenio Bautista Vilordo.
El 17/11 de 2016 se cumplieron, y aún no salgo de mi asombro, 10 (diez) años procesado sin condena y privado de mi libertad.
Para entender lo irregular de mi situación, tuve un corto periodo excarcelado después de haber cumplido tres años detenido sin condena, resolución dictada por casación y firme por no haberse presentado la fiscalía en tiempo y forma.
No obstante mediante un recurso extraordinario presentado por el fiscal general, la Corte Suprema de Justicia en un dictado dividido revoco la excarcelación, y aquí me encuentro cumpliendo 10 años privado de mi libertad desconociendo el estado argentino, principios básicos de la justicia universal.
Indudablemente la CSJ no leyó los autos de instrucción donde me imputan cientos de asesinatos , secuestros robo de niños etc., con una redacción confusa, maliciosa y contradictoria, una verdadera zanata, que de haberla leído, se darían cuenta del bochorno judicial que avalaron.
Solo pido que lean mis dos alegatos donde con pruebas fehacientes demuestro mi inocencia.
En una charla a través de internet, ese pequeño de rulos oscuros, redondos ojos brillantes, y tonada caribeña, con la espontaneidad propio de un niño de su edad, me pregunto, si mi hijo era adulto,( es decir su padre).
En una situación normal, este episodio seria una anécdota cómica familiar, pero en realidad esconde el drama de mi familia, mis hijos tuvieron que emigrar, mis nietos nacieron en el extranjero y el nieto más pequeño presa de una confusión total respecto de su abuelo virtual.
Soy un paria civil y militar, la justicia no cumple con la constitución, el periodismo ignora nuestra situación y nos anatemiza a todos como genocidas, la Iglesia tibiamente promete pero no hace nada, le remití al Papa una carta explicando mi situación, (con la seguridad que fue recibida) , en la cual le pedía una bendición, no solo no recibí nada ni de terceras personas, sino que se ocupa más de delincuentes reconocidos, que de un pobre viejo privado de su libertad, condenado a muerte en vida.
EUGENIO BAUTISTA VILARDO
Capitán de Navío IM (RE)
DNI 4 251 385
Detenido político
[/three_fourth] [one_fourth_last padding=”0 0 0 30px”][/one_fourth_last]
El HOMBRE y la culebra
El Comisario General Jorge Muñoz tuvo un enfrentamiento con elementos montoneros, le mataron dos hombres, rescato de una casa operativa a un menor de cinco meses y lo puso en manos de la justicia. 35 años despues lo procesaron, enjuiciaron y condenaron a prision perpetua.
A una Culebra que, de frío yerta,
en el suelo yacía medio muerta
un labrador cogió; mas fue tan bueno,
que incautamente la abrigó en su seno.
Apenas revivió, cuando la ingrata
a su gran bienhechor traidora mata.
LOS HECHOS:
Para agosto de 1976 fui designado por el Comando de Jefatura, Delegado de la Policía Federal en la Ciudad de San Nicolas, Pcia. De Bs. As.
Demás está decir que era una ciudad atemorizada donde la subversión había hecho pie y se movía casi con impunidad. Yo dependía además de mis mandos naturales, del Juez Federal dr. Luis Milesi y en el órden operacional del Regimiento de Ingenieros cuyo Jefe era el coronel Manuel Fernando Saint Amant; el segundo mayor Perez Burkhard y el jefe de operaciones mayor Antonio Bossie.
El día 18 de noviembre por la tarde fui citado por el mayor Perez Bourka, que se encontraba a cargo del regimiento por ausencia de su jefe quien se había trasladado a Bs. As para atenderse de una dolencia asmática. Dicho mayor me presentó a un oficial de la Policía de Santa Fe de apellido Dougurt, quien traía una información señalando una casa ubicada en el barrio Las Mellizas, de San Nicolás, donde se presumía que funcionaba una célula de elementos subversivos. El militar me ordenó que acompañado de dicho oficial y de otro teniente del regimiento me acercara a dicha propiedad y verificara quién vivía allí y que actividad se desarrollaba.
Cerca de las 19.00 con los nombrados y cinco hombres de mi delegación llegue hasta la puerta de la casa en mención y no bien traspuse la puerta de alambre que daba a un jardín delantero, se escuchó una ruidosa ráfaga de ametralladora cuyos proyectiles sentí silbar en mis oídos. De resultas del inesperado ataque dos de mis suboficiales, Vicente Testa y Alberto Loyola cayeron abatidos junto a mi al igual que el oficial Dougurt que resultó gravemente herido. Mientras atendíamos a los caídos, que ya estaban moribundos, se generalizó un tiroteo que cesó a los pocos minutos. Los cuerpos de los suboficiales abatidos fueron llevados de inmediato al hospital de San Nicolás, donde se confirmó su deceso.
Dentro de la propiedad se encontró un arsenal de armas, elementos sanitarios, granadas, una imprenta y un pozo (cárcel del pueblo) construido disimuladamente debajo de una pileta del patio posterior.
Yo dejé a los militares que siguieron, contabilizando lo hallado y me dirigí a la Delegación, donde me entere del deceso de mis hombres, di cuenta telefónicamente al Juez de lo sucedido, ordené la iniciación del sumario de prevención y me aboque a notificar a los familiares de los caídos y a preparar sus exequias.
Antes de la medianoche, encontrándome en mi despacho, me notifican que en un enfrentamiento ( en cercanías de Arroyo del Medio) con una patulla de la delegación había resultado abatido un hombre que trataba de pasar a la provincia de Santa Fe quien a la voz de alto respondió haciendo fuego con un arma. El oficial Caram respondió al fuego y abatió al sospechoso, quien resultó ser uno de los habitantes de la casa del barrio Las Mellizas.
En horas de la madrugada siguiente, cerca de las cinco, fui llamado por el mayor Burkhard quien me extendió un papel que había sido hallado en la casa allanada el cual contenía una dirección de una casa situada en San Nicolás. Junto a ello me ordenó que la allanara y fuera acompañado de un teniente del regimiento con escoltas. Le manifesté que para ese cometido debía previamente notificar al juez federal para contar con su orden y autorización. El mayor no tuvo problemas y telefónicamente le di esas novedad al juez quien me autorizó al allanamiento aclarando que le informara del resultado no bien terminara el procedimiento.
Siempre acompañado de un teniente que se trasladaba en un jeep con cuatro soldados, me dirigí a la calle Juan B. Justo 668, en una camioneta identificable de la delegación acompañado de cinco hombres de la Federal.
Al llegar al lugar (ya había amanecido) le indique al teniente si quería encabezar el allanamiento pero me dijo que mejor lo hiciera yo que estaba mas familiarizado con estos procedimientos. Al llegar a la puerta de la vivienda, golpee fuertemente y dije en voz alta, abran es la Policía Federal. No habrán pasado veinte segundo cuando desde atrás de la puerta me disparan dos balazos que no alcanzaron a rozarme. De inmediato me crucé a la vereda de enfrente donde me refugie detrás de la pared de una altura de 80 cms, que era la entrada de una casa. Mientras corría hacia ese lugar más seguro, le grite al teniente que pidiera refuerzos y a mi gente que corriera hacia las esquinas para no ser víctimas del fuego de armas.
Dado que el regimiento estaba a diez cuadras del lugar y siempre tenían gente en apresto, a los pocos minutos llegó un camión cargado de soldados y un jeep, con el mayor Bossie, quien me grito que se hacía cargo del procedimiento y que yo me quedara en el lugar protegido. Prontamente se desplegaron los efectivos, rodearon la manzana y algunos se ubicaron en los techos adyacentes.
Bossie munido de un megáfono, intimó a los ocupantes de la casa a que salieran y en el caso de que hubiera criaturas las dejaran salir. La respuesta fue otra salva de disparos desde el interior de la vivienda, sin que desde afuera pudiera verse los movimientos de quienes estaban en su interior.
Pasaron varios minutos en ese enfrentamiento hasta que en un momento determinado comenzó a salir humo por una claraboya de techo. Señal de que estaban quemando elementos comprometedores.
Como la situación seguía tensa y no se franqueaban la puerta, Bossie ordenó arrojar por el ventiluz mencionado una granada de gas. A los pocos minutos se escucharon dos o tres disparos en el interior y acto seguido una mujer portando un arma larga, salió por los fondos haciendo fuego hacia el personal de los techos. Desde ese lugar un soldado y un suboficial de la delegación hicieron fuego contra la misma abatiéndola.
A esa instancia sucedió un silencio que preanunciaba el final del enfrentamiento. Los hombres de Ejército lograron forzar la puerta y entraron (Bossie, dos o tres oficiales y un par de suboficiales). Yo había abandonado mi posición protegida, cruce la calle y entre detrás de ellos. En el living de entrada yacían sobre el piso un hombre y una mujer. Ambos tenían armas cortas en sus manos y ambos presentaban heridas penetrantes en las sienes derechas. Al abrir un placard que estaba en baño, donde se había quemado mucha documentación, se encontraron con dos criaturas, una niña 4 años y un niño de cinco años, que semiasfixsiados habían permanecido ocultos y presionados por un colchón.
De inmediato ambos fueron trasladados en una de las ambulancias que había concurrido espontáneamente al lugar; pero pese a la premura ambos menores fallecieron por sofocación (inhalación de monóxido de carbono, gases y compresión provocada por el colchón.)
Al entrar en la casa, por un impulso instintivo me dirigí a la última habitación, un dormitorio, donde al verificar un placard con la puerta entreabierta, descubro a un niño de unos cinco meses, arropado con pañales dentro de un moisés. No presentaba signos de ninguna afección y solo miraba con grandes ojos. Sin dudarlo cargue la canasta con el niño y lo entregue al primer personal sanitario que vi en la calle. El niño, fue llevado al hospital central de San Nicolás donde se comprobó su excelente estado. Entre sus ropas se encontró un documento que lo identificaba como “Manuel Valdez”.
Por supuesto todos los demás habitantes de la casa tenían documentación apócrifa, por lo que fue engorroso identificarlos. En el caso del niño “Valdez” cuyo verdadero nombre mucho mas tarde se supo era Manuel Goncalvez, ordené una minuciosa búsqueda de alguno de sus parientes; pero en vista del nulo resultado de esa búsqueda el juez de menores, dispuso que fuera entregado a un matrimonio de la zona. Desconozco las instancias por la cual Manuel Goncalvez fue identificado para reintegrarse a su familia. Solo se que su madre Ana Maria Granada y su pareja Gastón Roberto Goncalvez eran militantes montoneros. El padre desapareció en la localidad de Escobar y Ana Maria, se la dio por desaparecida, pero en realidad había huido y pasado a la clandestinidad. Por supuesto el niño Manuel se vio recompensado por la desaparición del padre y la muerte de la madre.
El menor Goncalvez, de quien las Abuelas de Plaza de Mayo, se atribuyen haberle devuelto la identidad, pasó a ser la estrellita de esa organización, fue presentado a la sra presidente, junto a la cual viajo a Europa y hasta el día de hoy aparece en los avisos que dicha asociación pasa por TV. Su protagonismo no termina allí, víctima de un resentimiento genético se erigió en querellante para lo cual con la colaboración de una hija de montoneros Ana Oberlin y del fiscal de Justicia Legitima Juan Patricio Murray se armó la causa que me llevó a ser condenado a prisión perpetua.
[/one_half]Cuando en pleno juicio oral me dijeron si tenía inconveniente en que declarara Goncalvez, manifesté que no tenía ningún problema. Cuando mi abogado le preguntó si sabía quién lo había rescatado de esa casa operativa, dijo con desdén:-creo que fue el comisario Muñoz.
Lo mas cómico del caso es que durante su “declaración” ( no se que puede declarar una persona que al momento de los hechos tenía cinco meses de edad) dijo que los sucesos le había provocado un trauma y cuando veía una gorra militar o un uniforme se ponía a temblar y llorar.
Apostillas:
El coronel Saint Amant, falleció en cautiverio en el hospital de Ezeiza hace menos de un año.
El mayor Perez Burkhard, falleció hace varios años.
El coronel Bossie, cumplió cárcel y está en domiciliaria, enfermo. Lo siguen procesando por otras causas.
Yo, ahora en domiciliaria, después de un año de cárcel en Ezeiza, sigo recurriendo en busca de justicia. Estoy yendo con mi segundo pedido a Casasión para que se revise la causa. Sin perjuicio de ello recurrí a la Comisión Latinoamericana de DDHH, quien tomo la denuncia y me otorgo n° de Expte. Cada tres meses me llevan a Peritos forenses. Una rutina inútil.
El juez Milesi falleció hace muchos años.
En la mitad del juicio oral uno de mis abogados llegó a intuir que la sentencia ya estaba pautada de antemano. Eso se cumplió tal cual. Aunque no se probó nada y yo si pude desnudar la verdad, fui declarado como “Autor Mediato”, figura singular que no me cuadra pues autor mediato es aquel que maneja y da las ordenes desde atrás. Justamente ni yo daba las órdenes ni estaba atrás (si de una pared).
La segunda fiscal dra.Saccone, es la hija del camarista Saccone, que en 1977, aprobó los actuados de San Nicolás y dicto sentencias a una pareja de colaboradores de la célula montonera. En ocasión de mi juicio se pidió separación de la misma (ella misma debió haberse excusado), pero al tribunal no le importó y siguió como fiscal. Por supuesto ello involucra que yo fui enjuiciados dos veces (non bis in idem) el derecho y la constitución lo dicen “no dos veces por la misma causa”
El tribunal oral federal n°2 de Rosario estuvo compuesto por los dres.Jorge Venegas Echague, Omar Digerónimo y Beatriz Caballero de Baravani.
La pareja de suicidas fueron Omar Amestoy y Ana Marí Fettolini, los menores fallecidos Fernando y María Eugenia Amestoy,
Respecto a la pareja de suicidas, yo solicité exhumación de los cadáveres y, o casualidad, se encontraron en ambos cráneos penetraciones de un disparo en cada sien derecha y en uno de ellos los restos de una munición de calibre civil (38 mm). El perito de parte no aseguró que pudiera tratarse de un homicidio (in dubio pro reo)
En cuanto a los disparos efectuados contra mi, que afortunadamente no dieron en el blanco, dejaron profundas marcas en la mampostería y ventanas del frente de las casa en que me refugiaba y otras adyacentes. Se comprobó su existencia y se tomaron tofos con presencia de escribano, cuyo material fue incorporado al expte. Se solicitó pericia de Gendarmería pero, que contrariedad, los peritos llegaron dos días después que había sido revocado el frente de la casa.
El coronel Saint Amant, falleció en cautiverio en el hospital de Ezeiza hace menos de un año.
El mayor Perez Burkhard, falleció hace varios años.
El coronel Bossie, cumplió cárcel y esta en domiciliaria, enfermo. Lo siguen procesando por otras causas.
Yo, ahora en domiciliaria, después de un año de carcel en Ezeiza, sigo recurriendo en busca de justicia. Estoy yendo con mi segundo pedido a Casasión para que se revise la causa. Sin perjuicio de ello recurrí a la Comisión Latinoamericana de DDHH, quien tomo la denuncia y me otorgo n° de Expte. Cada tres meses me llevan a Peritos forenses. Una rutina inútil.
El juez Milesi falleció hace muchos años.
En la mitad del juicio oral uno de mis abogados tuvo presunción de que la sentencia ya estaba pautada de antemano. Eso se cumplió tal cual. Aunque no se provo nada y yo si pude desnudar la verdad, fui declarado como “Autor Mediato”,figura singular que no me cuadra pues autor mediato es aquel que maneja y da las ordenes desde atrás. Justamente ni yo daba las órdenes ni estaba atrás (si de una pared).
La segunda fiscal dra. Saccone, es la hija del camarista Saccone, que en 1977, aprobó los actuados de San Nicolas y dicto sentencias a una pareja de colaboradores de la célula montonera. En ocasión de mi juicio se pidió separación de la misma (ella misma debió haberse excusado), pero al tribunal no le importó y siguió como fiscal. Por supuesto ello involucra que yo fui enjuiciados dos veces (non bis in idem) el derecho y la constitución lo dicen “no dos veces por la misma causa”
El tribunal oral federal n°2 de Rosario estuvo compuesto por los dres. Jorge Venegas Echague, Omar Digerónimo y Beatriz Caballero de Baravani.
La pareja de suicidas fueron Omar Amestoy y Ana María Fettolini, los menores fallecidos Fernando y María Eugenia Amestoy,
Respecto a la pareja de suicidas, yo solicité exhumación de los cadáveres y, o casualidad, se encontraron en ambos cráneos penetraciones de un disparo en cada sien derecha y en uno de ellos los restos de una munición de calibre civil (38 mm).
En cuanto a los disparos efectuados contra mi, que afortunadamente no dieron en el blanco, dejaron profundas marcas en la mampostería y ventanas del frente de las casa en que me refugiaba y otras adyacentes. Se comprobó su existencia y se tomaron tofos con presencia de escribano, cuyo material fue incorporado al expte. Se solicitó pericia de Gendarmería pero, que contrariedad, los peritos llegaron dos días después que había sido revocado el frente de la casa.
Jorge Muñoz
Comisario General Policía Federal Argentina
PrisioneroEnArgentina.com
Noviembre 16, 2016
Las insólitas razones por las que hay Presos Políticos en el Penal de San Felipe
Por David Rey.
www.DAVIDREY.com.ar estuvo en el Penal de San Felipe, en la provincia de Mendoza, para conocer de cerca el testimonio de todas aquellas personas que encuadran perfectamente dentro de la categoría de Presos Políticos. Entre los muchos denominadores comunes que pueden observarse, la ilegalidad de los apresamientos destaca de modo rotundo. Han hecho de todo (hasta lo imposible, hasta lo ridículo) para meterlos presos.
Leyes nuevas que juzgan “para atrás” (como por ejemplo, el famoso Tratado de Roma al que Argentina adhirió en los años 90), prisiones preventivas que exceden el máximo de dos años, testimonios demostradamente falsos, testigos que un día dicen una cosa y al otro recuerdan otra, querellantes que no conocen ni el nombre de las personas a las que acusan, fiscales militantes de organizaciones políticas, jueces que formaron parte de organizaciones terroristas, en fin… la lista de irregularidades es tan larga como infinita. El ensañamiento es tal que permanecen arrestados en una cárcel común mientras que la misma ley precisa que, por edad (y demás cuestiones) al menos debieran cumplir prisión domiciliaria.
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¡Qué números raros!
Por Enrique Guillermo Avogadro.
Si usted cree que debemos vivir en un estado de derecho y tal como hice la semana pasada, le ruego que copie este link (http://tinyurl.com/haftfpc), lo pegue en su navegador y, si está de acuerdo con la petición, la firme y difunda.
No voy a hablar hoy de las consecuencias de la victoria de Donald Trump el martes, una rareza, ya que lo votaron menos ciudadanos que a su contrincante. Las especulaciones sobre el futuro de los Estados Unidos y del mundo han poblado las pantallas y las páginas de todo el globo, y habrá tiempo para hacerlo cuando anuncie su gabinete. Tampoco hablaré aquí de otro número inexplicable: los US$ 65 millones que, en Estados Unidos, dejó a sus deudos Daniel Muñoz, secretario privado de don Néstor (q.e.p.d.).
La semana contuvo un hecho realmente importante que, en medio de la vorágine, pasó bastante desapercibido: la divulgación, por parte de la Secretaría de Derechos Humanos, de una estadística confeccionada durante la “gestión” de Cristina Elizabet Fernández, que estableció en 6348 el número de desaparecidos entre 1976 y 1983. Cuando se conoció el dato, Estela de Carloto bramó de indignación: “En vez de investigar cuántos son, lo importante es encontrarlos”; raro, porque no explicó cómo buscar a los demás si ni siquiera sabe quiénes serían.
La relevancia del número es enorme, toda vez que termina en forma definitiva con el invento de los “30.000”, que tuvo dos fines concretos: la instalación del concepto de genocidio para construir la venganza y, sobre todo, habilitar la recolección de fondos internacionales, organizada por los mismos terroristas para financiar campañas y lujos. Hasta ahora, no bastaba para desmentirlo ni siquiera la imposibilidad de completar los nombres en todas esas chapitas que Kirchner colocara en el Parque de la Memoria pese a que, para intentarlo, se incluyeron a los muertos desde 1955, a quienes cayeron al intentar asaltar instalaciones militares, a quienes se suicidaron ingiriendo cianuro y a los guerrilleros asesinados por sus propias organizaciones.
Es que, si se deja de hablar de genocidio -y la verdadera cifra revelada obliga a ello- se cae la teórica imprescriptibilidad en todos los amañados procesos que permitieron que, aún hoy, cuando ya ha pasado un año del desalojo del kirchnerismo del poder, casi dos mil ancianos continúen presos, privados de todos los derechos de los que gozamos, por imperio de la Constitución, el resto de los argentinos: irretroactividad de la ley penal, principio de inocencia, legalidad del proceso, jueces naturales, límite máximo de la prisión preventiva, 2×1 y prisión domiciliaria a los mayores de 70 años. Y todo eso mientras los corruptos de toda laya se ríen a carcajadas, se pasean en libertad y exhiben impúdicamente sus mal habidas fortunas.
El otro episodio fue la exacerbada polémica desatada por las declaraciones de Miguel Pichetto en favor de una política inmigratoria racional. El Senador fue imprudente, pero no por el contenido de sus dichos -con los cuales, adelanto, coincido- sino por haberlo hecho en un programa periodístico porque los tiempos de aire son limitados y no permiten dar acabada razón de los mismos. Esa imposibilidad de explicarse habilitó a que un sinnúmero de imbéciles y malintencionados se rasgaran rápidamente las vestiduras y lo acusaran de xenófobo y racista, pese a lo justificado de sus afirmaciones.
[/one_half] [one_half_last padding=”0 0 0 30px”]La Argentina es el único país que conozco que carece de política inmigratoria, a punto tal que no exige nada a quienes arriban a su territorio: carencia de antecedentes penales, demostración de la capacidad de sustentarse o de vinculaciones que la reemplacen, o aptitudes laborales; además, al poco tiempo obtienen documentos nacionales de identidad. No funcionan así países como Bolivia, Venezuela, Cuba, China, Rusia, Irán, etc., cualquiera sea la orientación, o la falta de ella, del régimen que los gobierna.
Nuestra nación se formó con los inmensas oleadas inmigratorias de fines del siglo XIX y la primera mitad del XX, provenientes de tantas latitudes diferentes que, al fusionarse, nos dieron estas características tan originales de nuestra sociedad. Y debemos continuar con esta tradición, recogida por el preámbulo de la Constitución, de brazos abiertos; pero recordemos que en él se habla de los hombres de “buena voluntad” que quieran habitar nuestro suelo. Ese requisito es esencial y, en esa categoría, obviamente, no entran los delincuentes, los narcotraficantes, los terroristas ni, en general, aquéllos que no están dispuestos a trabajar y, sobre todo, a adaptarse e integrarse a la comunidad; como muestra de cuanto digo, basta recordar que los extranjeros representan el 20% de nuestra población carcelaria.
Pero, pese a que aún aparecemos como un foco de atracción para muchos latinoamericanos, debemos reconocer que, más allá de la potencial riqueza de nuestros recursos naturales, somos un país pobre; tanto que nada menos que un tercio de nosotros vive por debajo de la línea que permite hacerlo con dignidad, carece de agua corriente, de cloacas, de gas y electricidad, de educación y de establecimientos sanitarios aptos, cuando no está directamente desnutrido.
Entonces, y como la caridad empieza por casa, debemos destinar, prioritariamente, nuestros esfuerzos en materia presupuestaria a la atención de las necesidades de nuestros ciudadanos, sin por ello dejar de brindar ayuda humanitaria a extranjeros que lo necesiten. Resulta de todo punto de vista ilegítimo que quienes aquí residen -y pagan sus tributos al fisco, que sostiene el sistema público de salud- deban esperar, a veces por meses, para recibir atención en los hospitales, mientras los turnos son ocupados por “turistas” que, en la práctica, realizan curiosos “tours de salud” para operarse gratuitamente dentro de nuestras fronteras.
Estamos, en este momento, soportando una presión impositiva que es record mundial y, producto de la crisis heredada (e idiotamente no explicada en detalle), los recursos no alcanzan para tantas necesidades sociales; pensemos entonces, por ejemplo, que todos quienes llegan a un hospital hoy, reciben gratuitamente hasta las prótesis, sin pedirles absolutamente nada.
Entonces, ¿por qué ser tan generosos con habitantes de otros países que no asumen su responsabilidad frente a ellos, pero les cobran sus propias gabelas? Para solucionar este intríngulis y, a la vez, compartir el esfuerzo, nuestra Cancillería debería firmar acuerdos recíprocos con todas las naciones de la región, para que cada una, mediante el depósito previo de las sumas necesarias, se hiciera cargo del costo de los tratamientos y prácticas quirúrgicas de sus ciudadanos, cuando éstos fueran atendidos en otro país. Y lo mismo debería aplicarse a la educación superior, aquí también colapsada.
[/one_half_last]Enrique Guillermo Avogadro
PrisioneroEnArgentina.com
Bs.As., 13 Nov 16
CARTA NÚMERO CINCO A DARÍO LOPÉRFIDO
Por Claudio Kussman.
MÁS CERCA DE LA VERDAD, PERO NO MUCHO
Luego de leer sus nuevas declaraciones sobre la cantidad de desaparecidos, publicadas en los medios, debo decirle como en un título de este mismo sitio, que estamos: MAS CERCA DE LA VERDAD, Lo cual me alegra, si es que puedo sentir alegría, siendo desde hace dos largos años un prisionero ilegal. Usted hoy avanzó y quienes mintieron impunemente no son tan poderosos como ustedes creían y evidentemente temían y por consiguiente ellos están retrocediendo.
Ahora bien usted expresó: “EN LA ARGENTINA SE LEE LA VERDAD COMO POLÉMICA Y LA VERDAD ES LA VERDAD”. Debo decirle esta lo es cuando es completa, cuando también se mencionan a los muertos por el terrorismo, y este no es su caso. El no hacerlo es discriminarlos y por consiguiente a los sufrientes familiares, que siguen reclamando justicia. ¿No lo pensó o no le interesó?
¿CIFRA SIMBÓLICA O RUÍN ESTAFA?
También, a mi entender en forma equivocada, expresó: “DIJE QUE LA CIFRA DE TREINTA MIL DESAPARECIDOS ERA UNA CIFRA SIMBÓLICA”. Al respecto quiero acotar una vez más que esa diferencia abismal, no es un símbolo, sino una cruel mentira. Cruel porque es una falta de respeto a quienes de verdad pudieran haber sido desaparecidos. También a sus familiares, si bien estos más allá de algún caso puntual que todos conocemos, aceptaron mansamente la cifra de la mentira, y hoy guardan silencio. La falacia en sí misma, es el símbolo de lo incorrecto en todo acto de la vida. También es la muestra de lo corrupto de un sistema o una ideología. Eso que usted llama “CIFRA SIMBÓLICA” es simplemente una vulgar estafa. Empleo este término de “estafa” ya que, en una muy burda comparación, sería como si a usted le sustrajeran una de las ruedas del auto y cuando lo denuncia dice: CUATRO.
UN PAÍS QUE SI FUE BOMBARDEADO
Usted “equivocadamente” prosigue: “PARA MÍ ES UNA TRAGEDIA 8.600 PERSONAS MUERTAS EN UN PAÍS QUE NO FUE BOMBARDEADO, QUE FUERON MUERTOS DE A UNO, TORTURADOS” Acá nuevamente se equivoca, o se expresa con mala fe. Con 52 años de edad ya no es un púber, superó el medio siglo de vida. El país si fue bombardeado, no desde un avión en la forma clásica, en una guerra clásica. Esta fue asimétrica y en ella se detonaron 4380 bombas, que causaron numerosos muertos e inválidos de por vida. ¿Le parece que no fuimos bombardeados?
EL RELATO SESGADO
Sobre “MUERTOS DE A UNO Y TORTURADOS”, también estoy en desacuerdo con su versión sesgada. ¿Que hubo torturas y muertos de a uno? Por supuesto, es evidente que si, y yo los rechazo. Pero también tengo la seguridad POR EXPERIENCIA PROPIA que parte de ellos fueron falaz “RELATO”. Muchos de los que usted describe así, y que están dentro de los 8.630, murieron en ataques a dependencias estatales combatiendo, otros por detonación de las bombas que portaban y otros por ejecución sumaria al haber traicionado a la organización terrorista a la que pertenecían. Posiblemente algunos otros estén gozando de buen pasar y buena salud en países del primer mundo. Nunca en Venezuela, Cuba o similar.
ENOJADOS, CON CAMBIEMOS
Otro grave error de concepto usted lo tiene cuando dice “LOS ARGENTINOS ESTAMOS ENOJADOS Y VIOLENTOS. YO SE LO ADJUDICO ABSOLUTAMENTE AL KIRCHNERISMO, NO EXISTÍA ESTO EN LA ARGENTINA”. En parte es cierto, pero le diré una confidencia. Yo y otros muchos, estamos más enojados hoy con el CAMBIEMOS, que ayer con el KIRCHNERISMO al que usted se refiere. Antes sabíamos a qué atenernos. Eran unos delincuentes hipócritas que actuaban como tales, y ustedes que se dicen diferentes, no lo son al avalar lo hecho por ellos y mirar para otro lado ante lo que sigue ocurriendo. Se continúan cometiendo verdaderas aberraciones jurídicas y en prisión siguen muriendo adultos mayores en manos de la “justicia” que no es tal, y que ustedes evasivamente declaran: DEBE SER INDEPENDIENTE. Por supuesto que lo debe ser, pero no ésta, que sobrevive al día de hoy, BAJO LA DIRECTA RESPONSABILIDAD DEL GOBIERNO DEL CAMBIEMOS.
Claudio Kussman
PrisioneroEnArgentina.com
Noviembre 13, 2016
Comunicado de los Presos Políticos Argentinos: BASTA DE PRISIÓN ILEGAL, DOLOR Y MUERTE
En el comunicado que brindamos aquí, el señor René Juan Langlois quien se encuentra detenido en la Unidad Penal 31 de Ezeiza -en representación de todos los presos políticos, prisioneros ilegalmente arrestados y personas tomadas como botín de guerra (Imputados de los mal llamados delitos de Lesa Humanidad) en las distintas cárceles de la República Argentina- nos informa y anuncia medidas colectivas que se llevarán a cabo para despertar conciencias y lograr la legal intervención de las máximas autoridades nacionales, en cuanto a incumplidas promesas de campaña del señor Presidente de la Nación, Ingeniero Mauricio Macri.
El Comunicado.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 2, 2016
El caso Poch, o el Plan sistemático para acusar sin pruebas
El Caso Poch.
Acusar sin pruebas en los casos de Lesa Humanidad.
Declaraciones del Dr. Ibañez, representante legal de Julio Poch.
PrisioneroEnArgentina.com
Mayo 21, 2016