¿Argentina potencia?

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América Latina mantendrá su senda de crecimiento cercana al 2,2 % en 2025, de acuerdo con los pronósticos de Moody’s Analytics sobre la expansión del Producto Interno Bruto (PIB) en las principales economías de la región.

El podio lo lidera Argentina, con un crecimiento del 5,2 % para este año. La expansión se explica por el efecto ‘rebote’ tras la caída del PIB del 1,7 % en 2024 y del 1,6 % en 2023.

No obstante, se prevé que el ritmo ascendente continuará. Moody’s proyecta que la economía argentina crecerá un 3,5 % el próximo año y otro 3,5 % en 2027. 

“Aunque persisten desafíos, la economía argentina ha iniciado una recuperación firme que se prolongará hasta bien entrado 2026”, recalca Moody’s Analytics.

El resto del podio de expansión incluye a otros países latinoamericanos, con la excepción de México, que se mantiene en terreno neutral con un crecimiento del 0,1 % en 2025; de 1 % en 2026 y un avance del 2,6% para 2027.

Perú

Las proyecciones de la consultora aseguran que la economía de Perú experimentará un avance del 3,1 % este año, lo que la ubica en el segundo lugar del ‘ranking’ regional.

El alto precio de los metales en el primer trimestre de este año ha contribuido a los pronósticos positivos de cara al cierre de 2025. En 2026, la estimación de expansión es del 2,9 % y del 3 % para 2027.

Colombia

A la nación andina le sigue Colombia, que proyecta un crecimiento del 2,6 % en 2025; del 2,9 % en 2026 y del 3,3 % para 2027.

En el informe se destaca que la mayor solidez del mercado laboral, con menores índices de desempleo, ha contribuido a mantener el ritmo de crecimiento, pese a las presiones inflacionarias.

Brasil

El gigante sudamericano experimentará una expansión del 2,4% este año, que se desacelerará en 2026 hasta el 1,8 % y que podría repuntar en 2027 hasta el 2,7 %.

Los analistas consideran que Brasil ha mostrado resiliencia, pese a las turbulencias mundiales y el impacto de la inflación, debido a que su robusto mercado laboral ha logrado mantener a flote el consumo. 

Chile

La economía del país sudamericano podría crecer hasta un 2,4% en 2025. En 2026, prevé una expansión del 2 %; y del 2,2 % para el año siguiente.

El informe apunta que los resultados en el primer de este año han sido más alentadores que lo previsto debido a los precios históricamente altos del cobre, del que Chile es el principal exportador mundial.

Uruguay

Un comportamiento similar tendrá el PIB de Uruguay, que podría cerrar este año con un crecimiento del 2,1 %. El pronóstico es que llegue al 2 % en 2026 y al 3,1% en 2027.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Agosto 24, 2025


 

El Político Reticente

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  Por Delia Crespo.

El General José de San Martín, venerado como uno de los mayores libertadores de Sudamérica, fue un hombre de profunda visión militar e integridad personal; sin embargo, notablemente, albergaba poco interés en el poder político. Si bien desempeñó un papel central en la independencia de Argentina, Chile y Perú, San Martín se distanció constantemente de las maquinaciones políticas que siguieron a la liberación. Sus acciones reflejaban una profunda convicción: que los militares debían servir a la nación, no gobernarla.

La aversión de San Martín a la política fue evidente a lo largo de su carrera. Tras liberar Lima en 1821, fue nombrado “Protector del Perú”, título que le otorgaba amplia autoridad. Sin embargo, utilizó este poder con moderación, centrándose en estabilizar la región y sentar las bases para la gobernabilidad democrática. Se negó a declararse presidente o dictador, incluso cuando sus partidarios lo instaron a hacerlo. En cambio, buscó transferir el liderazgo a las instituciones civiles y fomentar la unidad entre las naciones recién independizadas.

Su rechazo más simbólico a la ambición política se produjo en 1822, durante su histórico encuentro con Simón Bolívar en Guayaquil, Ecuador. Aunque los detalles de la conversación se mantienen en secreto, el resultado fue claro: San Martín se hizo a un lado, permitiendo que Bolívar continuara la campaña para liberar a Perú. Renunció al mando, abandonó el continente y nunca regresó a la vida pública. Este acto de modestia fue poco común entre los líderes revolucionarios y subrayó su convicción de que la ambición personal nunca debía eclipsar la causa de la libertad.

La negativa de San Martín a involucrarse en las luchas internas de poder en Argentina ilustra aún más su moderación política. Se negó a apoyar a la facción unitaria contra los federalistas, incluso cuando fue invitado a regresar y liderar. En cambio, se retiró a Europa, viviendo modestamente en Francia hasta su muerte en 1850. Rechazó las ofertas para gobernar o asesorar gobiernos, enfatizando su deseo de mantenerse al margen del conflicto partidista. Los historiadores suelen interpretar la retirada política de San Martín como un reflejo de su carácter: íntegro, austero y comprometido con los ideales de la independencia, más que con el botín del poder. Su legado no es solo el de un brillante estratega, sino el de un hombre que comprendió que el verdadero liderazgo a veces implica saber cuándo dar un paso al costado.

En una época de fervor revolucionario y ambición personal, la silenciosa salida de San Martín es un poderoso testimonio de humildad, patriotismo y el valor perdurable del servicio sin egoísmo.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Agosto 17, 2025


 

La Estatua de José de San Martín en China

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Por Jennifer Qiao.

En la bulliciosa ciudad china de Pekín, lejos de la Cordillera de los Andes y del Río de la Plata, se alza una estatua de bronce del General José de San Martín, uno de los líderes independentistas más venerados de Sudamérica. Este monumento no es solo una conmemoración del héroe argentino, sino también un testimonio de los lazos diplomáticos y culturales entre Argentina y China.

José de San Martín (1778-1850) desempeñó un papel fundamental en la liberación de Argentina, Chile y Perú del dominio colonial español. Su liderazgo, visión y compromiso con la autodeterminación le valieron un lugar junto a figuras como Simón Bolívar en el panteón de la independencia latinoamericana. La estatua en Pekín honra su legado, representándolo con atuendo militar y a caballo, una pose dinámica que transmite fuerza e impulso.

El monumento fue inaugurado a finales del siglo XX como parte de un programa de intercambio cultural, en un momento en que Argentina y China profundizaban sus relaciones bilaterales. Estos gestos son comunes en la diplomacia internacional, donde la instalación de estatuas y monumentos conmemorativos sirve como puente simbólico entre naciones distantes. Para China, albergar la imagen de San Martín simboliza el respeto por las luchas de Latinoamérica por la soberanía y sus héroes.

Ubicada en un espacio público, la estatua invita a los transeúntes a reflexionar sobre los ideales de libertad, liderazgo y respeto intercultural. También funciona como un motivo de orgullo para la comunidad argentina en China, ofreciendo un vínculo tangible con su patria. Para los visitantes chinos, es una oportunidad de aprender sobre una figura histórica de otro continente, enriqueciendo su comprensión de la historia global.


PrisioneroEnArgentina.com

Agosto 13, 2025


 

Legislación necesaria para defenderse de lo absurdo

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NO SON

LO MISMO

Tribunal Penal Internacional

La Haya – Paises Bajos

Tribunal Penal Federal

Buenos Aires – Argentina

 

            El 09/ago/2024, Perú publicó la Ley Nº 32.107 que precisa la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana, donde establece la plena aplicación del principio de irretroactividad de la ley penal y el de legalidad. Este reconocimiento es el de una verdad de Perogrullo, toda vez que estos principios por evidentes no necesitarán un especial reconocimiento normativo. Pero, las presiones de las organizaciones que han usurpado la presunta defensa de los derechos humano, a las que, como «grupo de tareas» se les han sumado los órganos del Sistema Interamericano de Protección a los Derechos Humanos (SIDH), estos son la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Comisión IDH), y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), quienes profesan una clara adhesión ideológica al Foro de Saõ Paulo y sus derivaciones.

            Una prueba es el accionar de la Corte IDH, que por medio del seguimiento de los fallos Barrios Altos y la Cantuta contra Perú, ha presionado a este Estado soberano quien por el comunicado de su Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del 26/jul/2025, en su punto 1 indica: La Presidencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Corte IDH, requiere al Estado de Perú suspender inmediatamente el trámite del proyecto de Ley N°. 7.549/2023 – CR, Ley que concede la amnistía a miembros de la Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú (PNP), y comités de autodefensa que participaron contra el terrorismo entre los años 1980 y 2000 en caso de que este no se suspenda, las autoridades competentes se abstengan de aplicar esta ley.

            El proyecto fue aprobado, y también la ley arriba indicada. Esta última, debe considerarse como una cabeza de playa para la lucha contra las graves interferencia que los órganos de los sistemas internacionales intentan desde una postura de globalismo, afectar las soberanías de los Estados.

            La ley establece:

Artículo 1. Objeto: La presente ley tiene por objeto precisar la aplicación y los alcances de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana, considerando la entrada en vigor del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en el Perú y la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, de conformidad con los principios de legalidad y de prohibición de retroactividad.

Artículo 2. Vigencia del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional: El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional entró en vigencia en el ordenamiento jurídico peruano el 1 de julio de 2002, en concordancia con el artículo 126 del referido estatuto.

El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional tiene competencia temporal únicamente respecto de los hechos sucedidos después de su entrada en vigor en el ordenamiento jurídico peruano.

Artículo 3. Vigencia de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad: La Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad entró en vigencia en el ordenamiento jurídico peruano el 9 de noviembre de 2003, en concordancia con el artículo VIII de la referida convención.

La Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad es de aplicación únicamente respecto de los hechos sucedidos después de su entrada en vigor en el ordenamiento jurídico peruano.

Artículo 4. Prescripción y nulidad: Los delitos cometidos con anterioridad a la entrada en vigencia para el Perú del Estatuto de Roma, y de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, según lo dispuesto en los artículos 2 y 3, prescriben en los plazos establecidos en la ley nacional.

La inobservancia de las disposiciones contenidas en la presente ley constituye una vulneración del principio de legalidad y de las garantías del debido proceso; siendo nula e inexigible en sede administrativa o judicial toda sanción impuesta.

Artículo 5. Irretroactividad de los delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra: Nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 1 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional. Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra.

            Cabe tener en cuenta que la irretroactividad de la ley penal ha sido establecida en los siguientes instrumentos internacionales:

1]: Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH). Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), el 10 de diciembre de 1948. Artículo 11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia hasta que no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

            2]: Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Organización de los Estados Americanos (OEA). 1948. Artículo XXVI.: Derecho a proceso regular. Se presume que todo acusado es inocente, hasta que se pruebe que es culpable.

Toda persona acusada de delito tiene derecho a ser oída en forma imparcial y pública, a ser juzgada por tribunales anteriormente establecidos de acuerdo con leyes preexistentes y a que no se le imponga penas crueles, infamantes o inusitadas.

3]. Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). Ley Nº. 23.054. Artículo. 9. Principio de Legalidad y de Retroactividad: Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho aplicable. Tampoco se puede imponer pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Si con posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, el delincuente se beneficiará de ello.

            Para el establecimiento de una norma internacional, debe darse un acuerdo de cierto número de Estados que luego de numerosas reuniones y compromisos han manifestado su consentimiento para obligarse a ella, que puede incluir la firma, ratificación o adhesión, según el procedimiento que disponga para entrar en vigor. Luego cada estado debe incorporarla a sus normas internas según los propios regímenes.

Todos estos tratados establecen, además, la irrestricta aplicación del principio de igualdad ante la ley, fundante de los derechos humanos, así como han instituido limitaciones a los estados para la protección de los individuos. Para la modificación de dichas declaraciones y convenciones, es necesario un prolongado tramite de convocatorias y decisiones, al igual que para su constitución originaria, así como mayorías especiales de voluntades concurrentes.

            El principio de irretroactividad, nunca fue ni siquiera cuestionado convencionalmente y, por lo tanto, esta en plena vigencia.

            También el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, lo incluye en su artículo artículo 22 – nullum crimen sine lege: 1. Nadie será penalmente responsable de conformidad con el presente Estatuto a menos que la conducta de que se trate constituya, en el momento en que tiene lugar, un crimen de la competencia de la Corte.

  1. La definición de crimen será interpretada estrictamente y no se hará extensiva por analogía. En caso de ambigüedad, será interpretada en favor de la persona objeto de investigación, enjuiciamiento o condena.
  2. Nada de lo dispuesto en el presente artículo afectará a la tipificación de una conducta como crimen de derecho internacional independientemente del presente Estatuto.

            Hay que considerar, que la aplicación de este Estatuto, a diferencia de los tres nombrados al comienzo, es ante la Corte Penal Internacional, con sede en La Haya, Países Bajo, y no otorga franquicias a otros países, es decir que no puede aplicarse ante los Tribunales locales.

            Por consiguiente, las definiciones de delitos de lesa humanidad, lo son solo para aplicar ante la citada Corte.

            En lo que refiere a nuestro país, desde hace casi dos siglos el principio de nullum crimen sine lege ha sido receptado por la Constitución de la Nación Argentina en su Artículo 18: Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa.

            Con el agregado, de que los jueces que instruyan los procesos estén designados con anterioridad al hecho de la causa, lo cual aumenta la garantía contra la designación posterior de jueces ad hoc, sobre la base de intereses ideológicos o partidarios. Condición también invocada por el artículo XXVI de la Declaración Americana arriba mencionada.

            Un planteo en contra de la ley del Perú, es que resultaría violatoria al principio de «ius cogens» que, en el ámbito del derecho internacional, se refiere a normas que son obligatorias para todos los Estados y que no pueden ser derogadas por acuerdos entre ellos. Son normas fundamentales que protegen valores esenciales para la comunidad internacional en su conjunto. El «ius» refiere al derecho, la norma. El «cogens» a la obligación de seguirla. Es el derecho imperativo o norma obligatoria. Si se deconstruye el concepto, y se reconstruye solo con el «cogens» olvidando el «ius», se están negando las normas que garantizan la irretroactividad de la ley, algo que no solo no pueden hacer los estados, ni tampoco los órganos de los organismos internacionales, ya que para estos rigen las normas que los crearon y los sostienen. Además, el principio de ius cogens debe aplicarse en conjunto, ya que forma parte del sistema de protección a los derechos humanos junto al de «erga omnes» que es una expresión latina que significa “respecto de todos” o “frente a todos”. Se utiliza para describir efectos jurídicos que se aplican a todas las personas o entidades, y fundamentalmente con el principio «pro homine», también conocido como principio pro persona o pro personae, que es una regla de interpretación jurídica que establece que, ante la existencia de varias interpretaciones posibles de una norma, se debe elegir aquella que mejor proteja o promueva los derechos humanos de las personas. En otras palabras, se prioriza la interpretación más favorable para la persona, independientemente de la fuente de la norma, sea interna o internacional.

            La Convención Americana sobre Derechos Humanos establece artículos que dejan la puerta abierta para modificar las obligaciones asumidas por los estados, llegando en el caso de Argentina que la incorporó en 1994, a tener una Constitución abierta.

            Uno es el artículo 2, Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho Interno. Si el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el artículo 1 no estuvieren ya garantizados por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados Partes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades.

La condición de que las modificaciones de derecho interno sean según el procedimiento constitucional de cada estado y disposiciones de la CADH, parecen no ser tenidas en cuenta por la Corte IDH.

            Otro es el artículo 26, Desarrollo progresivo. Los Estados Partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados.

El que los derechos sean los derivados de la Carta de la OEA, y no informes o sentencias de órganos del sistema, tampoco parece ser tenido en cuenta. Volver a la ley del Talión, no es progresivo. Los métodos de la Inquisición, tampoco.

            Y, al que con seguridad no tiene afecto es al artículo 1. Obligación de Respetar los Derecho. 1. Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

            La igualdad ante la ley no está en el menú.

            Estos artículos, operados desde los órganos del Sistema Interamericano de Protección a los Derechos Humanos (SIDH), se constituyen en troyanos de la soberanía de los estados, contra los que corresponde librar la batalla cultural, algo que muchos aún no la ven o se empecinan en negar.

            En estos días y por un tiempo, no muy extenso, los políticos están interesados en la obtención o sostenimiento de bancas parlamentarias, por lo que cualquier solicitud de tramite legislativo no tiene muchas posibilidades de prosperar, no obstante, en general para los que nos interesa la defensa irrestricta de las garantías judiciales y del debido proceso, como a los particularmente afectados por la violación al principio de irretroactividad y legalidad, proponemos trabajar sobre proyectos de ley que ratifiquen la obligatoriedad de dichos principios, los que pueden ser también apoyados por presentaciones ante organizaciones como “Change org.” o similares. Por nuestra parte adjuntamos uno de nuestra autoría.

            Aprovechemos la cabeza de playa establecida por el Estado peruano y la defensa de su soberanía, aunque parezca absurdo el planteo de una ley que establecerá una realidad tan palmaria como la que el agua moja, o la ley de gravedad no puede ser derogada.

Buenos Aires, ARGENTINA

 

Josefina Margaroli

jomargaroli@yahoo.com.ar

Sergio Luís Maculan

smaculan@yahoo.com.ar

 


PrisioneroEnArgentina.com

Agosto 13, 2025


 

Colombia acusa a Perú de haber tomado territorio colombiano en la Amazonía

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El presidente de Colombia, Gustavo Petro, responsabilizó a Perú, país vecino, de ocupar un territorio que pertenecería a su país.

El presidente colombiano, Gustavo Petro, acuso a Perú de usurpar un territorio perteneciente a su país en la región amazónica y de violar el Protocolo de Río.

En una interacción en su cuenta de X, el mandatario aclaró que la conmemoración de la Batalla de Boyacá, el próximo jueves, se trasladará a Leticia, capital del departamento del Amazonas “porque otra vez, el gobierno del Perú ha copado un territorio que es de Colombia y ha violado el Protocolo de Rio de Janeiro que le puso fin”.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Agosto 6, 2025


 

Espionaje Sudamericano

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Una empresa de capital mayoritariamente chileno está envuelto en un caso de presunto espionaje en Perú, donde la Fiscalía Anticorrupción y la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI) ya la investigan por los presuntos delitos de tráfico de influencias e infiltración.

La empresa Puma Air, vinculada a Walton Humberto Mery Pinto, antiguo oficial de caballería del Ejército de Chile, instaló un taller mecánico dentro del Ala Aérea N.° 2 de la Fuerza Aérea del Perú (FAP), en el Callao, ciudad colindante con Lima.

Desde 2020 la compañía operaba en instalaciones estratégicas de la base aérea, una de las más importantes de la FAP, alcanzando más de 250 metros cuadrados en arrendamiento, a pesar de que las leyes peruanas prohíben que una sociedad con mayoría accionaria extranjera labore en este tipo de zonas.

Fuentes de la FAP le indicaron a ‘Panorama’ que Mery Pinto no ha entrado al Ala Aérea N.° 2 y negaron que haya habido una violación a la seguridad nacional del Perú. No obstante, en febrero pasado cancelaron el contrato de alquiler con Puma Air.

“Por motivos de seguridad nacional y/o militar, o por fuerza mayor se resuelve unilateralmente el contrato de arrendamiento”, se lee en el documento develado por el dominical.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Julio 17, 2025


 

El cobre de Trump

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La decisión del presidente de EE.UU., Donald J. Trump, de imponer un arancel del 50 % al cobre, medida que entraría en vigencia el próximo 1 de agosto, afectaría directamente a los propios consumidores estadounidenses.

La medida económica de Trump generará en lo inmediato que el mercado estadounidense del cobre se encarezca, porque sus consumidores deberán pagar más por comprar el metal que es importado principalmente desde Chile y Perú.

De acuerdo con el estudio, EE.UU. es aún dependiente del metal que importa desde los dos países suramericanos y actualmente “tiene poca capacidad para sustituir el cobre importado a corto plazo”, ya que las minas estadounidenses “sólo pueden producir el 5 % del cobre mundial”.

Esto generará “dificultades” para reducir “la dependencia del cobre chileno y peruano”, agrega el estudio sobre la medida que se suma a los gravámenes del mismo nivel aplicados al acero y al aluminio que se importan a EE.UU.

Por su parte, el impacto de estos impuestos, según la consultora, será “insignificante” para Chile y Perú, que ocupan el primer y segundo lugar como los principales productores de cobre del mundo. En el caso chileno, el mercado estadounidense representa aproximadamente el 2 % de su Producto Interno Bruto (PIB); mientras que para el peruano es apenas del 0,3 %.

El informe indica que si EE.UU. logra cortar la dependencia del cobre suramericano y aumentar su producción interna a través de reformas de ley y subsidios, situación que no sería en lo inmediato, el país que más se vería afectado en ese escenario sería Chile, porque perdería ese 2 % que exporta a EE.UU.

Lo que sí ha logrado Trump hasta el momento, en medio de su guerra de aranceles, ha sido golpear las monedas de Chile y Perú, que se han depreciado desde que el mandatario anunció los impuestos al cobre el pasado 8 de julio. En el caso del sol peruano, se ha depreciado 0,53 %, mientras que el peso chileno resultó más golpeado con una caída de 2,18 % frente al dólar.

Sin embargo, en lo que va de 2025 las economías de ambos países se han comportado de manera positiva frente al dólar. Desde enero hasta el 15 de julio a las 10:00 de la mañana, el sol peruano mostró una apreciación de 4,87 %; mientras el peso chileno de 3,34 %.

Según los analistas del estudio, los fenómenos de depreciación se han dado debido a la vulnerabilidad con respecto a las fluctuaciones de los precios del cobre y al “sentimiento de riesgo global” por la política arancelaria de Trump.

Lo que sí afectaría a las economías de Chile y Perú, dicen los economistas, sería “un debilitamiento sostenido de la demanda o los precios internacionales del cobre”. Esto “podría afectar a los ingresos fiscales de ambos países, dada su dependencia de los ingresos relacionados con la minería”.

Este martes, la Cámara de Comercio de EE.UU. emitió un comunicado junto con su par de Brasil (AmCham), para advertir que la “implementación de aranceles dañinos” puede provocar un “daño real” a “una de las relaciones económicas más importantes” para Washington y sentar “un precedente preocupante”. 

Ambas cámaras instaron a los gobiernos de EE.UU. y Brasil “a entablar negociaciones de alto nivel” para evitar que los impuestos se hagan realidad. Por esto, alegan que la imposición de 50 % de aranceles, motivado por cuestiones políticas, impactaría negativamente en productos esenciales para cadenas de suministro y consumidores estadounidenses, lo que a su vez eleva los costos en los hogares y reduce la competitividad de las industrias clave de EE.UU.

Recientemente, la Cámara estadounidense advirtió que los aranceles de Trump “están teniendo un impacto real y devastador en miles de pequeñas empresas en todo el país, ya que la incertidumbre, el aumento de los costos y las cancelaciones están golpeando a casa”.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Julio 16, 2025


 

La Batalla del Pisco

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La polémica batalla cultural y legal por la propiedad de la denominación “Pisco” para el aguardiente obtenido por la destilación de vinos de uva “pisquera” y hecho en los Andes suramericanos, ha llegado a su fin tras un fallo judicial que resolvió el conflicto protagonizado entre Perú y Chile.

A través de un fallo de la Corte Superior de Delhi, en India, se determinó que la indicación “Pisco” para la bebida alcohólica tradicional y originaria del siglo XVI, sea utilizada para identificar tanto al licor producido en Perú como en Chile.

La sentencia señala que en India se debe revocar la exclusividad que ostentaba Perú sobre la indicación geográfica “Pisco”. Por ello, ordenó modificar el registro a “Peruvian Pisco” y bajo esa misma línea se permitirá que el destilado de origen chileno sea identificado como “Chilean Pisco”.

El conflicto, que se prolongó durante más de 20 años en las autoridades de propiedad industrial de la India, consiguió poner fin a la batalla por comercializar legalmente el pisco de ambos países en ese país asiático.

“La decisión establece que los viñedos de Perú y Chile pueden vender su brandy de uvas como ‘pisco’ en India, siempre que el etiquetado indique claramente el país de origen”.

“Este fallo es un triunfo histórico para Chile. Es la validación de años de trabajo, investigación y defensa de un producto que nace en los valles de Atacama y Coquimbo, pero que representa a todo el país en el mundo”, dijo Francisco Munizaga, presidente de Pisco Chile A.G.

El pisco peruano cuenta con un registro legal proporcionado por una Indicación Geográfica Protegida (IGP). Su producción se ejecuta en regiones como Lima, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna.

El pisco peruano se caracteriza por la destilación de uvas pisqueras, donde se desechan las cabezas y colas, no se añade agua ni azúcar, y no se añeja en barrica. Por ello se le considera como un destilado más puro.

Por su parte, el pisco chileno cuenta con una Denominación de Origen Controlado (DOC)y se produce principalmente en las regiones de Atacama y Coquimbo.

La principal diferencia con el pisco peruano, es que en Chile se permite la adición de agua para ajustar el grado alcohólico del licor, proceso que está prohibido en Perú.

A pesar de este fallo en India, la polémica disputa por el pisco entre Perú y Chile se mantiene y seguramente está lejos de llegar a un final.

Tanto productores como autoridades de ambos países se mantienen firmes en su posición, especialmente desde Perú, que afirma que la bebida tuvo sus orígenes históricos en sus tierras, a pesar que Chile fue el primer país en registrarla legalmente en 1931.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Julio 14, 2025


 

La propuesta ferroviaria de Brasil y China

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Autoridades de Brasil y China firmaron este lunes un acuerdo de cooperación para investigar la viabilidad de una línea que conecte el estado brasileño de Bahía por ferrocarril con el puerto peruano de Chancay, construido con capital chino.

“Esto no es solo un gesto formal, sino el primer paso de una travesía técnica, institucional y diplomática que busca acercar continentes, acortar distancias y fortalecer lazos entre naciones que comparten una visión a largo plazo”, afirmó el secretario brasileño de Transporte Ferroviario, Leonardo Ribeiro.

Por su parte, el secretario especial del Programa de Aceleración del Crecimiento de la Casa Civil, Maurício Muniz, manifestó su ‘confianza’ en que lograrán culminar los estudios correspondientes y arrojar “buenos resultados” para los países involucrados.

Se proyecta la construcción de una línea férrea que uniría el puerto de Ilheus, en el litoral atlántico de Bahía, con el llamado megapuerto peruano de Chancay, en el océano Pacífico, inaugurado a finales del año pasado. De esa forma, enlazar los océanos Atlántico y Pacífico.

La semana pasada el representante en Perú de la estatal china Cosco Shipping, propietario del 60 % del puerto de Chancay, adelantó que tanto los Gobiernos como los sectores empresariales de Brasil y China tenían interés por mejorar su interconexión comercial a través de la nación andina.

“Brasil necesita un mercado de consumidores porque tiene la necesidad de colocar productos y China tiene una necesidad de recibir productos. Entonces, estamos en una excelente ubicación geográfica que permitirá ese comercio entre esos dos países”, dijo el gerente general adjunto de Cosco Shipping Ports Chancay Perú, Gonzalo Ríos.

Citado por el diario local El Peruano, Ríos indicó que Chancay genera “un enorme interés, tanto de actores públicos como privados de Brasil”, donde buscan “facilidades” desde esa zona del Pacífico para que sus productos “lleguen de una manera más expeditiva a China y Asia”.

 


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Julio 10, 2025


 

Solo el 2% de los peruanos aprueban el desempeño de Boluarte

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Nuevo récord negativo para la presidenta de Perú, Dina Boluarte, cuya aprobación nacional descendió al 2 % y de esa forma se convirtió de forma definitiva en la jefa de Estado más impopular del planeta.

El lunes el diario local Perú21 reveló una encuesta elaborada por Ipsos, del 8 al 9 de mayo a 1.207 personas, en la cual también mostró que se mantiene con una desaprobación de 94 %.

“Es un récord histórico. Nosotros hacemos encuestas desde hace 30 años y no hubo nunca una tendencia de tantos meses de desaprobación a ese nivel tan alto. En el mundo entero no conozco un registro tan pobre”, declaró el director de Estudios de Opinión de Ipsos, Guillermo Loli.

Este martes el medio digital La Encerrona elaboró un gráfico en el cual se refleja que el registro más cercano es del mandatario de Surinam, Chandrikapersad Santokhi, con tan solo 3 %, pero data de 2023. Mientras que el mes pasado el portal Visual Capitalist exhibió como el más impopular al primer ministro de la República Checa, Petr Fiala, con 8 %.

“Hay un rechazo generalizado frente a la inacción del Ejecutivo respecto a lo que pasa en el país, por ejemplo en Pataz. El asesinato de los trabajadores de minera Poderosa está sumando en este rechazo”, añadió Loli.

Hace una semana el país andino se estremeció con el hallazgo de 13 mineros en el distrito de Pataz, región La Libertad, donde descubrieron que estaban maniatados y ejecutados. La respuesta de Boluarte fue instalar una base militar y aplicar un toque de queda en la zona, entre otras medidas.

 


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Mayo 17, 2025


 

Con Perú en crisis, la presidente Boluarte quiere doblar sus sueldo

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Dina Boluarte, busca aumentarse el sueldo en al menos 125 %, pese a la baja aprobación que tiene ante los ciudadanos de su país, Perú.

La mandataria quiere elevar su salario mensual a 35.568 soles (poco más de 9.700 dólares), de los alrededor de 16.000 soles (más de 4.300 dólares) que percibe actualmente.

La iniciativa fue plasmada en un informe del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), presentado el pasado 28 de abril, y que se encuentra ahora en manos de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a la espera de su aprobación.

Una de las principales razones que se brindan en el documento para justificar ese incremento salarial es una sugerencia del Fondo Monetario Internacional (FMI), que indica que las remuneraciones del sector público deben corresponder al valor del trabajo invertido.

Boluarte

El criterio del sueldo se basa en “la consistencia intergubernamental entre funciones y responsabilidades similares de entidades de la administración pública”, y especifica que la presidenta ocupa el más alto cargo jerárquico.

Asimismo, se dice que el valor sugerido mantiene la referencia de los salarios presidenciales en la región, asegurando coherencia con el contexto internacional. De aprobarse la iniciativa, Boluarte pasaría a ser la segunda mandataria con mayor salario en Latinoamérica, solo detrás de Uruguay.

Aparte del sueldo, la presidenta goza de beneficios como la residencia en el Palacio de Gobierno, uso de vehículos oficiales, gastos de representación y cobertura de viajes, entre otros.

Esto se conoce cuando la mandataria cuenta con apenas 4 % de aprobación.

Según los resultados de ese sondeo, además, la labor que viene desarrollando Boluarte como presidenta alcanza un rechazo de 94 %.

“Por el momento social que estamos atravesando, creo que es el peor momento para hablar o proponer o instrumentar un aumento salarial. Mucha gente está asustadísima con la inseguridad ciudadana. El salario real refleja la productividad del trabajador y si hablamos de productividad de la presidenta Dina Boluarte, no precisamente vamos a hablar que está teniendo en sus años de gobierno una productividad elevada”, dijo el economista Jorge González Izquierdo.

 


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Mayo 8, 2025


 

El país de los expresidentes presos y esposas fugadas

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Ollanta Humala se convirtió esta semana en el nuevo expresidente condenado en Perú y, así como sus antecesores, fue apresado mientras su esposa abandonó el país. La ex primera dama, Nadine Heredia, arribó este miércoles a Brasil. 

Humala
Heredia

De acuerdo a la prensa local, Heredia llegó alrededor de las 12:00 del mediodía (hora local) a la Base Aérea de Brasilia a bordo de un avión de la Fuerza Aérea Brasileña (FAB). El Gobierno de Perú le dio un salvoconducto para que Heredia pudiera salir de la Embajada de Brasil en Lima y así llegar a la nación lusoparlante, en la cual el Ejecutivo le concedió asilo diplomático. El mismo día la Justicia peruana sentenció, en primera instancia, tanto a Humala como a Heredia a 15 años de cárcel por lavado de activos, en un caso que involucra a la constructora brasileña Odebrecht (hoy Novonor).

Karp
Toledo

En abril de 2023, el ex jefe de Estado peruano, Alejandro Toledo, regresó a su país extraditado por EE.UU. y casi al mes siguiente su esposa, Eliane Karp, salió de suelo estadounidense a pesar de que también era requerida por un tribunal. Karp, de nacionalidad belga y ascendencia judía, permanece desde entonces en Israel, donde no contemplan la extradición para sus connacionales. Entretanto, Toledo recibió en octubre de 2024 una pena de 20 años y seis meses de prisión por aceptar sobornos de Odebrecht, tipificado por la Corte Superior Nacional como colusión y lavado de activos.

Paredes
Castillo

Un caso similar se vivió a finales de 2022 cuando el entonces dignatario, Pedro Castillo, intentó disolver el Congreso de la República, entre otras medidas que fueron desconocidas por el resto de poderes y terminó con su destitución y captura. Ese mismo día, el 7 de diciembre, su familia se refugió en la Embajada de México en Perú y poco tiempo después le otorgaron asilo. Así como su marido, Lilia Paredes está acusada de formar parte de una presunta organización criminal. A diferencia de los otros dos, así como en su momento el fallecido Alberto Fujimori, Castillo no ha sido sentenciado. Afronta sendas prisiones preventivas que han sido extendidas por presuntos delitos como rebelión.

Ahora Humala se unió a Toledo y a Castillo en el penal de Barbadillo, ubicado dentro de la Dirección de Operaciones Especiales (Diroes) del distrito de Ate, en la provincia de Lima, el presidio destinado en Perú para los expresidentes ajusticiados.

 


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Abril 17, 2025


 

LAS OPINIONES DEL DIPUTADO EDUARDO VALDÉS SOBRE LOS DDHH :

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Por Mario Sandoval1

El artículo «Los derechos humanos no son de izquierda ni de derecha: son de todos y de todas» publicado en el sitio de Perfil por el Diputado Eduardo Valdés el 30marzo2025, https://www.perfil.com/noticias/opinion/los-derechos-humanos-no-son-de-izquierda-ni-de-derecha-son-de-todos-y-de-todas.phtml refleja una interesante opinión al abordar una temática central que divide la Argentina en sus relaciones políticas y sociales en las últimas décadas. Su posición es firme, clara y la hace pública, cuando otros en silencio o en el anonimato critican a los que tratamos esos temas, utilizando métodos ad-hominem o ad-personam.

Permítame, Sr. Diputado Valdés hacer algunos comentarios a su publicación en nombre del disenso democrático:

El título de su escrito es no solo correcto, sino que corresponde al universo de lo real, lo verdadero, es muy importante esta concepción viniendo de un parlamentario nacional. Otros deberían seguir vuestro camino. Nadie tiene el monopolio de los DDHH, es de todos. En ese contexto no puede existir una política de estado de DDHH basada en Derechos Subjetivos porque las Obligaciones Positivas de los Estados solo determinan Derechos Objetivos de todos los ciudadanos por igual. Continuando con esa misma publicación, nos encontramos frente a una articulación imperfecta entre el título del articulo y su contenido. El autor afirma, con justa razón, que la Democracia se fortalece en el disenso, pero en sus argumentos resume que solo tienen razón los que piensan como él, o los que no discuten sobre la cifra impuesta de los desaparecidos, intentando validar como verdad jurídica la verdad histórica subjetiva o de asimilar memoria e historia. 

«Quienes hoy hablan de “memoria completa” no buscan la verdad: buscan instalar esta teoría para diluir responsabilidades», escribe en su artículo el diputado Valdez.

  • Los representantes de lo que serían de una memoria perfecta, en oposición a la completa, no son los que únicamente buscan la verdad (objetiva) como afirma el autor del artículo, el debate se centra al intentar imponer una verdad subjetiva, cargada de ideología, sin poder de refutación.
  • Oponerse a lo que el diputado Valdez argumenta no significa validar o fomentar la impunidad o justificar responsabilidades. « La memoria es la vida en evolución permanente, “abierta a la dialéctica del recuerdo y de la amnesia”, inconsciente de sus deformaciones y vulnerable a las manipulaciones, “sensible a todas las transferencias, pantallas, censuras o proyecciones”; “afectiva y mágica”, tiende a sacralizar los recuerdos, está ligada a la singularidad de los individuos y los grupos a los que pertenece y, por tanto, arraigada en el detalle y lo concreto »…“la memoria es un absoluto y la historia sólo conoce lo relativo2.
  • Buscar la verdad es hacer conocer hechos objetivos, existentes y no elaborar una interpretación ideológica, o tratar de construir una realidad. Porque: “decir la verdad es decir lo que es, lo que existe” (el Parménides, dialogo de Platón); “…verdad es la que nos muestra lo que es” (San Agustín, in De vera religione, XXVI.66). “Lo verdadero es lo que es. Todo lo verdadero lo es por la verdad. Pero nada hay verdadero si no es por la verdad” (San Agustín, libro de los Soliloquios, cap. V) y sobretodo los principales objetos en el estudio de la verdad son: descubrirla cuando se la busca, demostrarla cuando la posee y discernirla respecto de lo falso cuando se la examina (Pascal-1658- sobre el espíritu geométrico y sobre el arte de convencer) La verdad es una, es única. La mentira es infinita (Ensayos).

«Nos debemos la verdad histórica» revindica el Diputado Valdés. El autor si bien no precisa si se refiere a la verdad que se establece y legitima desde el punto de vista de las víctimas, mencionada en sentencias de la CIDH3, deja entrever que se orienta por esa postura y abandona referirse a la verdad procesal o a la verdad histórica de las ciencias humanas y sociales.

  • En cuanto a una llamada Verdad Histórica (subjetiva), en el Caso Lori Berenson Mejía vs. Perú4, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, señaló, refiriéndose a la valoración de la prueba: “El proceso es un medio para realizar la justicia y ésta no puede ser sacrificada en aras de meras formalidades, sin que por ello se afecte la seguridad jurídica y el equilibrio procesal entre las partes. Por referirse a violaciones de derechos humanos y acoger, en consecuencia, el principio de verdad histórica, el proceso ante este Tribunal internacional tiene un carácter menos formalista que el seguido ante las autoridades internas”. Es decir que, esa apreciación no corresponde a la verdad procesal u objetiva, racional, de hechos históricos. Como aporte subjetivo, del universo sensible, no reúne los parámetros que exige la verdad procesal o jurídica objetiva.
  • La Verdad Jurídica Objetiva: En el procedimiento penal tiene excepcional relevancia y debe ser siempre tutelado el interés público que reclama la determinación de la verdad en el juicio, ya que aquél no es sino el medio para alcanzar los valores más altos: la verdad y la justicia. En otras palabras, existe la necesidad de acordar primacía a la verdad jurídica objetiva impidiendo su ocultamiento ritual (CSJN-Fallos: 325:3118). La verdad jurídica objetiva, “si bien es un dato que no se puede omitir, también es una actitud del Juez tendiente al descubrimiento de la verdad, ya no entendida como término jurídico sino por su contenido ético. De esta forma, el impulso del juzgador legitima la decisión jurisdiccional”.5 La verdad jurídica objetiva es el fundamento esencial del proceso penal constituida de hechos relevante y de importancia jurídica. Su realidad, su vivencia, su existencia, fueron fehacientemente acreditadas y sobretodo resistido los análisis efectuados durante la instancia del juicio penal.
  • La Verdad (racional) Histórica de las ciencias sociales y humanas, son hechos que existieron, verificables, que son lo que son y no otra cosa. No se puede afirmar que la verdad histórica (vista por la CIDH) tiene el estatus de verdad, cuando dicho conocimiento de verdadero no existía o no existió. La verdad racional, es a la vez verdad lógica y verdad histórica. En este sentido esa verdad es un hecho y al mismo tiempo que suceso como realización de posibilidades, que es precisamente en lo que consiste la esencia de lo histórico. De nada sirve aseverar, repetir hechos inexistentes, asumir roles morales, intentando transformarlas en verdad, cuando en realidad esas afirmaciones carecen de ese reconocimiento. Dado que «  el que dice una mentira no sabe qué tarea ha asumido, porque estará obligado a inventar veinte más para sostener la certeza de esta primera »6.

Yo elegí defender el Estado de Derecho y los Derechos Humanos de todos por igual, los que defienden conocimientos inexistentes como verdades subjetivas queriendo imponerlas como hechos objetivos, no.

Prof. Mario Sandoval

Presidente de Casppa France

 

1– Mario Sandoval, francés, nació en Buenos Aires. Formación y actividades en ciencias políticas, filosofía, habiendo ocupado funciones en los sectores públicos y privados, la docencia superior y consultorías, a nivel nacional e internacional, en los campos de las relaciones internacionales, la geopolítica. Detenido arbitrariamente por la Argentina, actualmente privado de libertad en la prisión de alta seguridad de la U34 del SPF. Presidente de Casppa-France.

2– Pierre Nora, Les lieux de mémoire. I. La République (París: Gallimard, 1984)

3– Tatiana Rincón Covelli, La verdad histórica: una verdad que se establece y legitima desde el punto de vista de las víctimas. Estudios Socio-Jurídicos Vol 7, Bogotá, agosto 2015.

4– Corte IDH. Caso Lori Berenson Mejía vs. Perú. Sentencia 25noviembre2004. Serie C No.119, párr. 82.

5– Bertolino, Pedro “La Verdad Jurídico Objetivo” por Federico Wagner (Publicado por elDial.com, consultado 06enero2025).

6– Alexander Pope-21mayo1688-30mayo1744

 


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Abril 6, 2025


 

¿Pena de muerte en Perú?

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La pena de muerte en el Perú se aplicaba en caso de traición a la patria, terrorismo, espionaje, genocidio, motín y deserción en tiempos de guerra. La pena de muerte en el Perú ha sido utilizada hasta 1979. Ese mismo año, se abolió para los delitos comunes. La presidenta de Perú, Dina Boluarte, afirmó esta semana que está “pensando seriamente” en plantear que se aplique la pena de muerte para los sicarios y extorsionadores, como una respuesta a la ola de inseguridad que azota el país suramericano.

“A estos malditos asesinos les digo que estoy pensando seriamente en la pena de muerte, porque ningún sicario, ningún extorsionador podrá manchar de sangre a familias que quieren a sus hijos, a emprendedoras, a emprendedores que con justo esfuerzo se labran el futuro”, sostuvo.

Ante una audiencia compuesta mayormente por menores de edad, en un colegio del distrito de Independencia del departamento de Lima, Boluarte inauguró el año escolar y aseguró que no piensa “permitir un muerto más”.

Boluarte

“Nada ni nadie debe afectar la tranquilidad de nuestros niños y de nuestras niñas. Por ello, junto a la Policía Nacional, los serenazgos, las Direcciones Regionales de Educación, las UGEL [Unidad de Gestión Educativa Local] y la comunidad educativa, reforzaremos la seguridad externa en los colegios”, dijo.

Las palabras de la mandataria se producen un día después de que Paul Flores, vocalista de Armonía 10, una reconocida orquesta de cumbia peruana, fuese asesinado por unos sujetos que balearon el autobús en que viajaba, tras salir de un concierto en Lima.

En respuesta, el Gobierno optó por declarar un nuevo estado de emergencia tanto en Lima como en Callao, lo que implica el despliegue de las Fuerzas Armadas en la capital peruana.

El domingo, congresistas de derecha y de izquierda presentaron una moción de censura contra el ministro del Interior, Juan José Santiváñez, por su “incapacidad y falta de liderazgo” para frenar la inseguridad. Según el analista de datos, Juan Carbajal, durante su gestión iniciada en mayo de 2024, se registran más de 1.800 homicidios.


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Marzo 20, 2025


 

El papa Francisco disuelve una congregación acusada de abusos sexuales en Perú

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El papa Francisco disolvió permanentemente al Sodalicio de Vida Cristiana (SVC), la congregación investigada por abusos sexuales en Perú, confirmó ayer lunes la propia organización mediante un comunicado.

El sábado el portal especializado Infovaticana develó la noticia, que fue avisada a más de un centenar de integrantes del SVC reunidos durante su Asamblea General en la ciudad de Aparecida, en Brasil.

El decreto de disolución “hace referencia a la inmoralidad del fundador, Luis Fernando Figari, como indicación de la “inexistencia de un carisma fundacional, y por tanto, la falta de legitimidad eclesial para la permanencia de la institución”, reportó.

Una primicia recibida con regocijo por un sinnúmero de víctimas en Perú, que no había sido oficializada hasta esta jornada, en la cual el Sodalicio reconoció que “la información central sobre el hecho era cierta”.

De esta forma,el pontífice cierra un ciclo iniciado en 2023 cuando envió a Perú una misión especial para indagar las denuncias de múltiples abusos cometidas por el grupo apostólico. En agosto pasado removió a Figari, mientras que en septiembre echó a 10 miembros más, entre ellos el arzobispo emérito de Piura, José Antonio Eguren —a quien Francisco le aceptó la renuncia en abril por este mismo escándalo—.

El SVC fue fundado en 1971 en Perú, pero luego se expandió a otros países como Colombia, Argentina, Brasil, EE.UU. o Italia. Su principal fuente de reclutamiento eran adolescentes de colegios privados de clase alta a los que se llevaba a vivir en comunidad como ‘soldados de Cristo’. En la denuncia original, los querellantes sostienen que en realidad se trataba de una organización de fachada para perpetrar secuestro y abusos físicos y sexuales.

 


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Enero 21, 2024


 

Cuatro expresidentes peruanos podrían ser condenados este 2025

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En los últimos años se ha vuelto cotidiano en Perú que condenen a expresidentes, por diversos delitos, y este 2025 que recién empieza apunta a proseguir la tendencia, de acuerdo a lo reportado por medios locales.

En un recuento, realizado por el diario El Comercio, se registran una serie de juicios emblemáticos, entre los que sobresalen los que enfrentan los exmandatarios Alejandro Toledo (2001-2006), Ollanta Humala (2011-2016), Martín Vizcarra (2018-2020) y Pedro Castillo (2021-2022).

Toledo, quien ya fue sentenciado a 20 años de cárcel en octubre pasado, afrontará la fase final del juicio por el caso Ecoteva, que incluye a su esposa y por el cual se le acusa de presunto lavado de dinero obtenido de coimas de la empresa Odebrecht.

Un juicio de larga data es el de Humala, quien podría escuchar el dictamen definitivo a finales de enero o principios de febrero. Tanto él como su cónyuge están señalados de lavado de activos por presuntamente haber recibido aportes de campaña de Odebrecht.

Toledo
Humala
Vizcarra
Castillo

 

A finales de octubre de 2024 inició el juicio oral de Vizcarra por el presunto delito de cohecho pasivo propio. A diferencia de los otros casos, la indagación está abocada a su gestión como gobernador regional en Moquegua entre 2011 y 2014.

Está imputado por recibir presuntos sobornos para propiciar una licitación. A finales de 2024 se prolongó su impedimento de salida del Perú y como es el único acusado, se prevé que para mitad de año haya una decisión.

Por último, está el jefe de Estado más reciente en dejar el cargo. En diciembre de 2022, Castillo trató de disolver el Congreso para evitar su destitución, que igual terminó ocurriendo con más de 100 votos. Ahora lo inculpan de presunta rebelión y la Fiscalía pide 34 años de prisión.

Al contrario que con el resto de políticos, todavía no ha comenzado su juicio. Si la Justicia peruana programa la audiencia para el primer trimestre, es posible que el profesor rural sea el cuarto exmandatario sentenciado del 2025, según el periódico limeño.

 


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Enero 4, 2025


 

‘La bebecita del crimen’ 

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Wanda del Valle Bermúdez Viera, alias ‘La bebecita de crimen’, llegó la madrugada de este martes a Lima, capital de Perú, extraditada de Colombia, donde fue capturada hace un año al tener una alerta roja internacional por presunta conspiración y sicariato.

En diciembre de 2023, un juzgado de Perú dictó 18 meses de prisión preventiva contra la mujer por el presunto delito de conspiración para el sicariato.

Y esta semana otro tribunal programó una audiencia de control de identidad para Bermúdez, sindicada de pertenecer a la organización criminal ‘Los Llaneros de Sangre Fría’, facción de ‘El Tren de Aragua’.

Habría ofrecido 40.000 dólares para atentar contra el coronel Víctor Revoredo, un alto cargo policial de Perú.

Además, es señalada de extorsión, venta de armas y trata de personas, apuntó la Policía Nacional de Colombia.

 


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Enero 2, 2024


 

¿Pena de muerte en Perú?

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Perú vive una crisis de seguridad que se acentúa mes a mes y se ha erigido en la mayor preocupación de la ciudadanía. En ese contexto, la idea de reinstaurar la pena de muerte volvió al debate e incluso será examinada por uno de los principales miembros del Gobierno.

“Todo el país se encuentra conmocionado por la violencia y el clima de terror que han desatado la delincuencia común y las organizaciones criminales en nuestro país”, reconoció el miércoles el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana, durante su interpelación en el Congreso de la República.

Arana

Cuestionado por algunos de los congresistas que están a favor de reimplantar la pena de muerte, Arana respondió que “como ministro y a veces como persona siento la misma preocupación de que esto debe ser revisado”.

“Les aseguro que voy a estudiar con mucho detalle esta propuesta y en su momento daré mi opinión personal”, añadió Arana, de quien se presume es uno de los funcionarios más cercanos a la presidenta peruana, Dina Boluarte.

Este jueves, el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo Vela, quien le dejará el cargo el próximo mes a la jueza suprema Janet Tello Gilardi, se mostró en desacuerdo.

Tello Gilardi

“Yo rechazo contundentemente la pena de muerte, yo no creo en la pena de muerte. Creo que es algo que ya hemos superado y que no se puede restablecer en el Perú”, manifestó, citado por la prensa local.

Tello Gilardi también se opuso a esa opción. “Respeto mucho al ministro de Justicia, estoy segura de que en los diálogos que vamos a sostener va a analizarlo de mejor manera”, respondió.

Actualmente, la pena de muerte solo puede aplicarse por el delito de traición a la patria (en caso de guerra) y por el de terrorismo, conforme a los tratados que el país ha suscrito y según lo estipula el artículo 140 de la Constitución Política del Perú.

 


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Diciembre 8, 202


 

Propuesta de servicio militar obligatorio en Perú ante el crecimiento de la delincuencia juvenil

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Dos proyectos de ley fueron presentados en los últimos días en el Congreso de la República de Perú con la intención de restaurar la obligatoriedad del servicio militar, que desde 1999 es voluntario.

El primero fue introducido por la parlamentaria María Acuña, del partido derechista Alianza para el Progreso, y menciona una serie de aportes del servicio militar a la formación o la “readaptación integral” de los jóvenes.

“Se constituye en una gran oportunidad de formación técnico productiva, de acceso a formación profesional, incluso a la carrera militar, impactando positivamente en aquellos jóvenes carentes de oportunidades y de la presencia del Estado, que los hace presa fácil de la delincuencia”, dice.

La otra propuesta proviene del distrito limeño de Los Olivos, uno de los más golpeados por el aumento de la inseguridad en la capital del Perú, y está pensado como una acción de “prevención social en favor de la seguridad ciudadana”.

Establece la obligatoriedad del servicio militar para varones y mujeres que hayan estado desempleados por un lapso “mayor a seis meses consecutivos o 12 meses interrumpidos” y que no estén estudiando. “La violencia y el crimen juvenil han alcanzado niveles sin precedentes”, alerta.

“La Policía Nacional del Perú ha reportado un incremento en el número de casos de adolescentes involucrados en actos de sicariato y extorsión, un fenómeno impulsado en parte por la precariedad económica y la falta de alternativas educativas o laborales que enfrentan muchos jóvenes”, añade.

El creciente número de casos de sicariato y extorsión ha convertido a Lima en el centro de sucesos que han conmocionado al país andino. Ante esto, se han realizado varias manifestaciones para exigir a las autoridades que apliquen medidas efectivas para disminuir el flagelo.

 


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Diciembre 5, 2024


 

El megapuerto Chino en Perú

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El megapuerto en la ciudad costera de Chancay, en Perú, que se inaugurará el jueves y contará con la presencia del presidente chino, Xi Jinping, convertirá al país andino en el primer centro logístico del Pacífico sudamericano y en una escala fundamental de la Nueva Ruta de la Seda en la región.

Ubicado a unos 80 kilómetros de Lima, el puerto tiene como principales accionistas a la empresa china Cosco Shipping Ports Limited (CSPL), uno de los mayores conglomerados navieros del mundo y cuyo accionista mayoritario es el Estado chino, con una participación del 60 %, y la peruana Volcan Compañía Minera, con el 40 % restante.

Su inversión asciende, en su primera etapa, a 1.400 millones y su concepción final superará los 3.600 millones de dólares. Debido a la gran dimensión del proyecto, se recibirán embarcaciones de 18 000 a 24.000 contenedores, considerados los buques más grandes del mundo. 

“Esto permite optimizar el tránsito, porque sería menos días de llegada de los productos hacia el Asia (…) e igualmente recibir componentes y productos desde Asia”, comentó a la prensa Gonzalo Rios, gerente general adjunto e

n Cosco Shipping Ports Chancay Perú. 

El puerto cuenta con cuatro muelles -con una longitud de 1.500 metros- y grúas especializadas de hasta 90 metros de altura que operan de manera automática desde un programa virtual, con ayuda de 40 vehículos autónomos. Esto permite reducir el tiempo de permanencia de los buque y, por ende, el costo logístico.

El proyecto cuenta con tres importantes componentes: un túnel subterráneo de 1.8 kilómetros, un complejo de ingreso y la zona operativa portuaria. Se espera que el puerto provoque un impacto económico y social de unos 4.500 millones de dólares al año, equivalente al 1,8 % del PIB.

El ministro de la Producción, Sergio Gonzalez Guerrero, sostuvo que se generarán 8.550 empleos directos, “gracias al acercamiento entre las economías de Asia-Pacifico, permitiéndole a Perú posicionarse como líder económico de la región”.

“Las oportunidades del megapuerto de Chancay harán que podamos dirigirnos al mercado de Asia-Pacífico, donde vive el 55 % de la población mundial, tiene el 22 % de las importaciones y el 38 % del PBI mundial”, detalló.

"Instalación de doble uso": Comando Sur advierte sobre megapuerto que construye China en Perú

La nueva infraestructura portuaria también permitirá redistribuir la carga de países como Chile, Ecuador y Colombia, entre otros, que llegan o se dirigen hacia China, pues implicará ahorro en costos logísticos y tiempos de entrega.

En referencia a las críticas que apuntan a una pérdida de soberanía de la nación y a un incremento de control por parte del gigante asiático, el ministro de Transportes de Perú, Raúl Pérez Reyes, aseguró recientemente que “si bien la propiedad es de una empresa china con una minera, en momento alguno esto implica algún tipo de vulneración a la soberanía”. 

“Esto es territorio peruano, lo es y lo seguirá siendo. Cuando algún barco quiera aproximarse acá seguirá todos los protocolos que tiene que seguir. Este no es un puerto pensado para recibir embarcaciones militares ni equipamiento militar”, afirmó.

 


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Noviembre 15, 2024


 

Condenan por terrorismo a la cúpula de Sendero Luminoso en Perú

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La Justicia de Perú condenó este lunes por terrorismo a la cúpula de Sendero Luminoso, encabezada por Elena Iparraguirre Revoredo, la esposa del fallecido fundador de esa agrupación, Abimael Guzmán.

Durante la lectura de sentencia, que duró más de cuatro horas, la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Nacional explicó las razones para su decisión, luego de un juicio oral que inició en 2021 por el llamado caso ‘Perseo’, refieren medios locales.

Este proceso incluye a Iparraguirre y a otras 43 personas. En su momento también estuvo adherido Guzmán hasta su muerte en la cárcel el 11 de septiembre de 2021.

Guzman

Sobre la cúpula, integrada por Iparraguirre, Osmán Morote, Margot Liendo, María Pantoja, Victoria Trujillo y Florindo Flores, la Fiscalía de la Nación solicitaba cadena perpetua. Mientras que por el resto de senderistas pedían 20 años.

Sin embargo, la Sala Penal presidida por el magistrado, Teofilo Armando Salvador Neyra, declaró la imposibilidad de imponer una segunda cadena perpetua contra Iparraguirre, Morote, Pantoja, Flores y Liendo, quienes recibieron esta pena en 2018. Mientras que Trujillo fue sentenciado a 35 años privado de libertad.

De las 43 personadas señaladas por el Ministerio Público, ocho fueron absueltas.

“Yo me pronuncio contra la criminalización del marxismo, leninismo y maoísmo, pensamiento Gonzalo”, dijo Iparraguirre en referencia a la doctrina ideológica concebida por Guzmán.

La Justicia peruana indicó que la agrupación armada creó el Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef) para “dirigir el frente de Sendero”, convertirlo en su “brazo político” y recibir financiación de actividades ilícitas. Ante esto, ordenó su disolución y el cierre de sus locales.

Este grupo de sentenciados son considerados los cabecillas ‘históricos’ de Sendero Luminoso. Según las autoridades peruanas, los remanentes permanecen en una zona selvática y montañosa. Hace poco anunciaron la captura del “número dos” de la organización, pero luego se conoció que era una información apócrifa difundida por el ministro del Interior, Juan José Santiváñez.

 


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Octubre 29, 2024


 

Congregación peruana acusada de múltiples abusos

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El papa Francisco ordenó el pasado miércoles la expulsión de 10 miembros del Sodalicio de Vida Cristiana, congregación religiosa investigada por abusos sexuales que fueron denunciados hace años en Perú.

Así lo informó la Conferencia Episcopal Peruana tras difundir una nota de prensa de la Nunciatura Apostólica en el país andino, en la cual se apuntó que esta decisión se produce tras la “misión especial” del arzobispo de Malta, Charles Scicluna, y el monseñor español, Jordi Bertomeu.

El Vaticano expulsa al fundador de una congregación acusada de abusos sexuales en Perú

Ambos estuvieron en Perú entre julio y agosto del 2023, cuando recogieron testimonios y evidencias que apuntan a casos de abuso físico, “incluso con sadismo y violencia”, abuso de conciencia, “con métodos sectarios para quebrar la voluntad de los subordinados”, entre otro tipo de abusos.

Ante esto, quedan fuera del Sodalicio el ex superior general, Eduardo Regal Villa; el arzobispo emérito de Piura, José Antonio Eguren —a quien Francisco le aceptó la renuncia hace unos meses por este mismo escándalo—; los ex superiores, Rafael Ismodes y Erwin Scheuch, entre otros.

“El papa Francisco junto a los obispos del Perú y de aquellos lugares en los que está presente el Sodalicio de Vida Cristiana, entristecidos por lo ocurrido, piden perdón a las víctimas y se unen a sus sufrimientos. Asimismo, ruegan a esta Sociedad de Vida Apostólica que inicie un camino de justicia y desarrollo”, manifestó la Nunciatura.

 


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Setiembre 28, 2024


 

Alberto Fujimori

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Perú ha declarado tres días de duelo nacional tras la muerte de su ex líder Alberto Fujimori, quien falleció el miércoles a los 86 años y fue el único presidente peruano que ha sido condenado y encarcelado por crímenes contra los derechos humanos.

El gobierno de la presidenta peruana, Dina Boluarte, también decretó que las banderas ondearán a media asta en los edificios públicos y militares mientras Fujimori, quien gobernó Perú durante la década de 1990, yace en el Museo de la Nación hasta su entierro el sábado.

“Estamos esperando a todos aquellos que quieran despedirlo personalmente. Les agradecemos su apoyo y grandes muestras de solidaridad en estos momentos dolorosos”, publicó en X su hija y líder del partido político Fuerza Popular, Keiko Fujimori.

Fujimori, quien gobernó Perú de 1990 a 2000, sigue siendo una figura muy divisiva en Perú. El ex agrónomo de origen japonés inspiró una lealtad incuestionable de sus seguidores –a pesar de haber sido encarcelado por corrupción y violaciones de los derechos humanos– y el oprobio de sus detractores por su década de mano dura en el poder.

Su liderazgo autocrático dejó un legado perdurable, que sigue dando forma a la política en Perú hasta el día de hoy, ya que su hija Keiko –candidata presidencial en tres ocasiones– lidera un movimiento político populista de derecha.

La decisión de Boluarte de anunciar tres días de luto ha provocado reacciones encontradas en el país, donde la dinastía Fujimori sigue polarizando la fragmentada escena política del país.

Mientras muchos utilizaron las redes sociales para rendir homenaje al líder autoritario que movilizó tropas y tanques para disolver el Congreso en un autogolpe de Estado en 1992, hubo indignación entre las familias de las víctimas de los asesinatos de los escuadrones de la muerte por los que fue condenado a 25 años de cárcel.

“Fujimori, condenado por violaciones a los derechos humanos y corrupción, muere, y un gobierno asesino como el de los años 90 le rinde homenaje”, publicó Gisela Ortiz, cuyo hermano, un estudiante universitario, fue asesinado en una masacre de un escuadrón de la muerte en 1992, por la que Fujimori fue condenado. “Mensajes oficiales de pesar cuando hay impunidad para sus crímenes”.

 


 

SOBERANÍA

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11 de julio de 2024. Diputados y prisioneros imputados por los bien o mal llamados delitos de lesa humanidad, en el SUM de la Unidad Penitenciaria Federal 31 de Ezeiza.

          El 09/ago/2024, el órgano oficial del Gobierno de Perú, publicó la Ley N°. 32.107, LEY QUE PRECISA LA APLICACIÓN Y LOS ALCANCES DEL DELITO DE LESA HUMANIDAD Y CRÍMENES DE GUERRA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA. Durante el trámite legislativo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), dentro de una medida cautelar en los casos Barrios Altos y La Cantuta Vs. Perú, instó a la legislatura peruana a no continuar tratando dicha norma. Una clara injerencia en la soberanía de dicho país.

          Privó el espíritu patriótico y la ley obtuvo su sanción. En tanto en nuestro país, se persigue a legisladores que fueron a visitar en el penal de Ezeiza a detenidos en procesos denominados de lesa humanidad, incluso se amenaza con iniciar acciones penales, esperando encontrar algún tipo penal que lo posibilite, lo cual esta dentro de los comportamientos habituales de las organizaciones apropiadoras de derechos humanos, políticos afines y medios adherentes. Lo objetable es que algunos de los legisladores que participaron intentan disculparse, en lugar de defender la postura de que es obligación de los representantes del pueblo de la Nación interesarse por la situación de detenidos, que son además personas mayores, a las que judicialmente se les ha negado la prisión domiciliaria, cuando los establecimientos carcelarios no están preparados para guarda de gerontes; personas que según lo establecido por la Corte IDH en su opinión consultiva N°. 29/22 tienen la categoría de vulnerables.

Buenos Aires, 09 de agosto de 2024.

Se adjunta copia  de la ley

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Josefina Margaroli

jomargaroli@yahoo.com.ar

  Sergio Luís Maculan

smaculan@yahoo.com.ar

 


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Agosto 11, 2024