Faltaba que, lo denuncie la expresidenta y actual vicepresidenta Cristina Fernández para que los medios “descubran” la realidad, para que los expertos y los comentaristas se sientan “afectados, doloridos, chocados”, por sus declaraciones ante los ilegítimos jueces federales, pero la acusada Sra. Fernández no dice más que la verdad, utilizando una estrategia jurídica que ataca directamente el Poder Judicial, quitándole toda legalidad y legitimidad ante la sociedad y la comunidad internacional. En este sentido la Argentina es “Una nación sin justicia” como afirma en una nota de Perfil, el diplomático Felipe Frydman[1], pero ello, desde hace más de 30 años.
Es sorprendente, que esos mismos expertos, comentaristas, periodistas que siguen de cerca las actividades de la justicia federal de Comodoro Py, “nunca se hicieron eco, ni se enteraron”, de los irregulares juicios en los cuales son víctimas los verdaderos Prisioneros Políticos acusados ilegalmente de lesa humanidad. Que junto con sus abogados y familias denuncian esta situación desde hace décadas. Esos observadores de la justicia federal siempre miraron para otro lado, guardan silencio, no publican, o justificaron con “ellos es diferente”, “es grave lo que hicieron” “son casos excepcionales”, es decir no son personas que merecen el mismo tratamiento judicial y poco importa los derechos fundamentales y la dignidad humana.
Todos saben que el gobierno de los Kirchner (con la complicidad de jueces corruptos) son los que iniciaron el proceso de venganza, de violación a los principios de legalidad, constitucionalidad y convencionales de los hombres y mujeres que en los 70 no integraban las organizaciones terroristas, que se opusieron a sus ataques, defendieron las instituciones del Estado y la sociedad. Hoy se pudren en las cárceles por decisión de los mismos jueces federales que temerosos escucharon las acusaciones y los ataques verbales, ad-hominem y ad-personam de la vicepresidenta de la Nación. Esos cobardes, llamados jueces, paralizados, solo simulaban beber agua de un vaso vacio.
Sería importante que aquellos que critican la forma y el fondo de la declaración de la acusada Sra. Fernández, recuerden los alegatos realizados en los juicios políticos internacionales, porque ella aplicó la metodología de la estrategia de ruptura[2]: «yo estoy aquí para acusar, no para defenderme”[3]. El acusado se convierte en acusador. El objetivo es ser declarado inocente, pero sobre todo mostrar sus ideas. “Defender su causa y no su persona, asegurar uno mismos su defensa política, atacar el régimen acusador, se dirigir a la masa por encima del juez”, fue la línea de conducta que fijó Lenin desde 1905 a todos los bolcheviques llevados ante la justicia
En la defensa (estrategia o proceso) de ruptura, el acusado al estar condenado de antemano por un tribunal constituido de jueces que en realidad son actores políticos, el abogado o el acusado defiende desafiando al mismo tiempo la autoridad del sistema judicial porque es la propia política la que determina la legitimidad del tribunal que juzga. En esta estrategia el abogado defensor y el acusado hacen un llamado al Derecho Internacional Público y a la opinión pública. La defensa de ruptura comenzó con Sócrates en su propio juicio.
El proceso de ruptura más celebre fue luego del incendio del palacio de Reichstag, que era la sede del Parlamento alemán en Berlín, de la noche del 27-28 febrero 1933, donde resultó acusado y condenado en ausencia el comunista búlgaro Georgi Mikhailov Dimitrov, cuando posteriormente fue detenido aplicó esa estrategia acusando a sus acusadores, obteniendo su libertad al cabo de un año de prisión. La primera publicación llamada “La Defensa Acusa” realizada en 1938, por el abogado y hombre político francés, Marcel Willard (1899-1956)
La segunda etapa de estrategia o defensa de ruptura se inicia con el controvertido abogado fallecido Jacques Vergés (1924-2013) quien la puso en práctica durante la guerra en Argelia al defender a los terroristas que atacaban Francia (defendió la que luego sería su esposa). Vergés aseguró la defensa de Klaus Barbie, el capitán Barril (de la célula antiterrorista del gobierno francés bajo la presidencia de Mitterrand) acusado por sus operaciones antiterroristas, a agentes del Estado acusados en el ejercicio de sus funciones, pero también defendió a numerosos jefes de estado, personalidades, etc…de otros países, acusados de crímenes contra la humanidad. Escribió más de treinta obras de carácter jurídico y literario, por su trayectoria llamó la atención de los filósofos Jacques Derrida y Michel Foucault. Para Derrida, el proceso de ruptura de Vergés es: “la radical contestación del propio orden legal, de la autoridad judicial y en último lugar de la legitimidad de la autoridad del Estado que convoca a sus clientes a comparecer delante de la ley”[4].
El abogado Vergés publicó “Estrategia judicial en los procesos políticos”. Según la editorial Anagrama que distribuye la obra en español: “En este análisis de los procesos políticos, Vergés establece una diferencia crucial: la estrategia de connivencia y la estrategia de ruptura. En los procesos de connivencia, como el caso Dreyfus, el acusado respeta las reglas del juego: acepta la legitimidad de las leyes y la competencia del tribunal. Por el contrario, en los procesos de ruptura, el acusado se erige en acusador de los representantes legales de un sistema injusto.”
Según Vergés, en nuestro tiempo – cuando los procesos no se desarrollan en la semiclandestinidad de los tribunales, sino abiertos a la publicidad mundial – los procesos de ruptura pueden resultar a menudo más eficaces para la idea defendida y también para el procesado. En el libro se analizan desde Prometeo, «el acusado político por antonomasia», Jesús y Sócrates, hasta el proceso contra Dimitrov, acusado por los nazis del incendio del Reichstag, en el que ridiculizó a Goering; la defensa de Fidel Castro, tras el asalto al Moncada, pasando por el proceso contra los templarios, la rehabilitación de Juana de Arco o el proceso de Luis XVI y, naturalmente, el juicio de Núremberg, con el que señala la imprecisión del concepto de «crímenes contra la Humanidad» y el fracaso de su pretensión de ser un «gran proceso-espectáculo».
La acusada Sra. Cristina Fernández, recurrió a esta estrategia y los Presos Políticos acusados ilegalmente de lesa humanidad no pueden ignorar ese método, salvo a creer aún en un Estado sin justicia y en el gobierno. Paris, 07 diciembre 2019. CasppaFrance.
[2] La estrategia de ruptura es lo contrario de la defensa de connivencia, donde la justicia si respeta las garantías procesales esenciales, el debido proceso, las reglas jurídicas en general…el abogado desarrolla la defensa sin rechazar sus elementos técnicos, acepta los aspectos normativos y dentro de ese contexto legal trata de demostrar que su defendido no cometió el delito que se le imputa o que la figura delictiva entra en contradicción con los principios generales del derecho determinados por el sistema jurídico.
[3] Palabras de Karl Liebknecht- próximo de Rosa de Luxemburgo- en su juicio como acusado, a Berlín en 1916.
[4] Jacques Derrida in The Force of Law : “The ‘Mystical Foundation of Authority”, Cardozo Law Review, Vol.11, 1990
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Faltaba que, lo denuncie la expresidenta y actual vicepresidenta Cristina Fernández para que los medios “descubran” la realidad, para que los expertos y los comentaristas se sientan “afectados, doloridos, chocados”, por sus declaraciones ante los ilegítimos jueces federales, pero la acusada Sra. Fernández no dice más que la verdad, utilizando una estrategia jurídica que ataca directamente el Poder Judicial, quitándole toda legalidad y legitimidad ante la sociedad y la comunidad internacional. En este sentido la Argentina es “Una nación sin justicia” como afirma en una nota de Perfil, el diplomático Felipe Frydman[1], pero ello, desde hace más de 30 años.
Es sorprendente, que esos mismos expertos, comentaristas, periodistas que siguen de cerca las actividades de la justicia federal de Comodoro Py, “nunca se hicieron eco, ni se enteraron”, de los irregulares juicios en los cuales son víctimas los verdaderos Prisioneros Políticos acusados ilegalmente de lesa humanidad. Que junto con sus abogados y familias denuncian esta situación desde hace décadas. Esos observadores de la justicia federal siempre miraron para otro lado, guardan silencio, no publican, o justificaron con “ellos es diferente”, “es grave lo que hicieron” “son casos excepcionales”, es decir no son personas que merecen el mismo tratamiento judicial y poco importa los derechos fundamentales y la dignidad humana.
Todos saben que el gobierno de los Kirchner (con la complicidad de jueces corruptos) son los que iniciaron el proceso de venganza, de violación a los principios de legalidad, constitucionalidad y convencionales de los hombres y mujeres que en los 70 no integraban las organizaciones terroristas, que se opusieron a sus ataques, defendieron las instituciones del Estado y la sociedad. Hoy se pudren en las cárceles por decisión de los mismos jueces federales que temerosos escucharon las acusaciones y los ataques verbales, ad-hominem y ad-personam de la vicepresidenta de la Nación. Esos cobardes, llamados jueces, paralizados, solo simulaban beber agua de un vaso vacio.
Sería importante que aquellos que critican la forma y el fondo de la declaración de la acusada Sra. Fernández, recuerden los alegatos realizados en los juicios políticos internacionales, porque ella aplicó la metodología de la estrategia de ruptura[2]: «yo estoy aquí para acusar, no para defenderme”[3]. El acusado se convierte en acusador. El objetivo es ser declarado inocente, pero sobre todo mostrar sus ideas. “Defender su causa y no su persona, asegurar uno mismos su defensa política, atacar el régimen acusador, se dirigir a la masa por encima del juez”, fue la línea de conducta que fijó Lenin desde 1905 a todos los bolcheviques llevados ante la justicia
En la defensa (estrategia o proceso) de ruptura, el acusado al estar condenado de antemano por un tribunal constituido de jueces que en realidad son actores políticos, el abogado o el acusado defiende desafiando al mismo tiempo la autoridad del sistema judicial porque es la propia política la que determina la legitimidad del tribunal que juzga. En esta estrategia el abogado defensor y el acusado hacen un llamado al Derecho Internacional Público y a la opinión pública. La defensa de ruptura comenzó con Sócrates en su propio juicio.
El proceso de ruptura más celebre fue luego del incendio del palacio de Reichstag, que era la sede del Parlamento alemán en Berlín, de la noche del 27-28 febrero 1933, donde resultó acusado y condenado en ausencia el comunista búlgaro Georgi Mikhailov Dimitrov, cuando posteriormente fue detenido aplicó esa estrategia acusando a sus acusadores, obteniendo su libertad al cabo de un año de prisión. La primera publicación llamada “La Defensa Acusa” realizada en 1938, por el abogado y hombre político francés, Marcel Willard (1899-1956)
La segunda etapa de estrategia o defensa de ruptura se inicia con el controvertido abogado fallecido Jacques Vergés (1924-2013) quien la puso en práctica durante la guerra en Argelia al defender a los terroristas que atacaban Francia (defendió la que luego sería su esposa). Vergés aseguró la defensa de Klaus Barbie, el capitán Barril (de la célula antiterrorista del gobierno francés bajo la presidencia de Mitterrand) acusado por sus operaciones antiterroristas, a agentes del Estado acusados en el ejercicio de sus funciones, pero también defendió a numerosos jefes de estado, personalidades, etc…de otros países, acusados de crímenes contra la humanidad. Escribió más de treinta obras de carácter jurídico y literario, por su trayectoria llamó la atención de los filósofos Jacques Derrida y Michel Foucault. Para Derrida, el proceso de ruptura de Vergés es: “la radical contestación del propio orden legal, de la autoridad judicial y en último lugar de la legitimidad de la autoridad del Estado que convoca a sus clientes a comparecer delante de la ley”[4].
El abogado Vergés publicó “Estrategia judicial en los procesos políticos”. Según la editorial Anagrama que distribuye la obra en español: “En este análisis de los procesos políticos, Vergés establece una diferencia crucial: la estrategia de connivencia y la estrategia de ruptura. En los procesos de connivencia, como el caso Dreyfus, el acusado respeta las reglas del juego: acepta la legitimidad de las leyes y la competencia del tribunal. Por el contrario, en los procesos de ruptura, el acusado se erige en acusador de los representantes legales de un sistema injusto.”
Según Vergés, en nuestro tiempo – cuando los procesos no se desarrollan en la semiclandestinidad de los tribunales, sino abiertos a la publicidad mundial – los procesos de ruptura pueden resultar a menudo más eficaces para la idea defendida y también para el procesado. En el libro se analizan desde Prometeo, «el acusado político por antonomasia», Jesús y Sócrates, hasta el proceso contra Dimitrov, acusado por los nazis del incendio del Reichstag, en el que ridiculizó a Goering; la defensa de Fidel Castro, tras el asalto al Moncada, pasando por el proceso contra los templarios, la rehabilitación de Juana de Arco o el proceso de Luis XVI y, naturalmente, el juicio de Núremberg, con el que señala la imprecisión del concepto de «crímenes contra la Humanidad» y el fracaso de su pretensión de ser un «gran proceso-espectáculo».
La acusada Sra. Cristina Fernández, recurrió a esta estrategia y los Presos Políticos acusados ilegalmente de lesa humanidad no pueden ignorar ese método, salvo a creer aún en un Estado sin justicia y en el gobierno. Paris, 07 diciembre 2019. CasppaFrance.
[1] “Una nación sin justicia”https://www.perfil.com/noticias/columnistas/una-nacion-sin-justicia.phtml
[2] La estrategia de ruptura es lo contrario de la defensa de connivencia, donde la justicia si respeta las garantías procesales esenciales, el debido proceso, las reglas jurídicas en general…el abogado desarrolla la defensa sin rechazar sus elementos técnicos, acepta los aspectos normativos y dentro de ese contexto legal trata de demostrar que su defendido no cometió el delito que se le imputa o que la figura delictiva entra en contradicción con los principios generales del derecho determinados por el sistema jurídico.
[3] Palabras de Karl Liebknecht- próximo de Rosa de Luxemburgo- en su juicio como acusado, a Berlín en 1916.
[4] Jacques Derrida in The Force of Law : “The ‘Mystical Foundation of Authority”, Cardozo Law Review, Vol.11, 1990