En una imaginaria contienda entre criminales y víctimas, el resultado parcial seria 1 a 0 a favor de los malos ante los buenos. El proyecto de ley que instaura un régimen de protección a las víctimas de delitos y que obtuviera la media sanción por unanimidad en la Camara Baja en el mes de noviembre, por obra y gracia de la desidia de los miembros de la Camara de Senadores –
algunos jefes de bloque, hasta reconocieron no haberla leido – no fue tratada en las sesiones ordinarias y quedó a la espera de que el Poder Ejecutivo la envíe a las extraordinarias para finalmente sea convertida en ley. De esa manera, se reconocería un derecho natural y humano a las víctimas y sus familiares, dando por tierra el nefasto abolicionismo que predican los discipulos de la abominable doctrina zaffaroniana, que en nombre de lo que ellos llaman “ garantismo ”, brindan todo tipo de protección y resguardo a los delincuentes – abogados defensores gratuitos, reduccion de pena, salidas transitoria aceleradas, entre otros desatinos -, dejando en la mayor y mas cruel indigencia defensiva a las víctimas y a sus familiares.
Quiera Dios iluminar a los señores senadores y que el resultado de esta lucha – que lleva muchos años – se revierta a favor de los buenos y en contra de los malos, los eternos protegidos del siniestro doctor Eugenio Zaffaroni y sus intoxicados discipulos.
A decir verdad, no pensaba molestarme en contestarle a este señor quien de una se quitó la mitad del apellido vaya uno a saber sus razones… Suárez “Mason” y cobardemente escribe su opinión (desde afuera y en libertad) sobre el documento que sacaron los Presos Políticos de Argentina dirigiéndome la misiva a mí, en lugar de hacérsela llegar a los Presos Políticos, cosa muy fácil de hacer.
Yo no tengo nada que ver con lo que allí se expresa.
No soy Preso Político.
No soy militar como su hermano o su padre.
Le agradezco su consideración hacia mi persona por mandarme la carta, pero no soy su estafeta.
I think he is out of focus and knows nothing about what is really happening.
Dear Mr. Suarez … “and something else “
If you have the balls, write to the prisoners directly and please …do not kill the messenger..
best regards,
Ana Barreiro
Ana Barreiro
Restauradora y Perito de Arte
(Esposa de ex my Ernesto Barreiro, Preso Político por salvar a la patria)
Madre y hermana de arquitecto
Conductora del programa radial De Eso No Se Habla.
El 19 de diciembre del año 2014, allí con 81 años cumplidos, el Comisario Omar Hernández fue detenido bajo cargos que aún hoy, más de 24 meses después, todos quisiéramos conocer.
Fue llevado a Comodoro Py, donde fue notificado que -nada menos- el juez Rafecas estaba al frente de su caso. Luego de este acto, su destino fue la Unidad Penal de Marcos Paz.
Hernández hoy -con su prisión preventiva vencida- duerme en el calabozo (Habitación según los grupos de “Derechos Humanos” argentinos) de la Unidad Penal 31 de Ezeiza. Si bien es un hombre lúcido y de buena dicción, posee problemas de salud. A los lógicos de la edad (Otra vez según los dichos de Adriana Taboada) como graves problemas de visión -cataratas- e inconvenientes odontológicos (No puede masticar) se le suman dificultades prostáticas que requieren un control cada 4 meses que nunca se lleva a cabo. Sin olvidar que su presión arterial parece estar estancada en 170-100.
Sus defensores legales han solicitado la eximición de prisión. La misma fue denegada. El paso siguiente fue el pedido de detención domiciliaria… y la aventura es la aventura: De la Cámara de Apelaciones pasó a la Cámara de Casación y de allí… nuevamente al cajón donde el juez Rafecas nunca pasa el plumero. Cuando la defensoría presentó un informe con el historial clínico del comisario Hernández, el doctor Rafecas envió el caso a juicio oral, dependiendo de la resolución del Tribunal Federal 5 de San Martín si esta fecha será en un futuro cercano o no. ¿Mi intuición? Cuatro o cinco años, siendo muy optimista. Ya no se puede decir que asombra, pero el caso del Comisario Hernández yace en un alegato de testigos que dicen haber sido arrestados y trasladados a una comisaria bajo su mando en Moreno en los años 76 o 77 donde a su vez eran transferidos a un Centro de Detención para ser sometidos a interrogatorios. No se pudo comprobar la existencia de este centro, ni el nombre o el rostro de Hernández fue mencionado o identificado.
Ya sabemos que por haber pertenecido a una fuerza en los años setentas, el Poder Judicial suele dictar imputaciones por control remoto al por mayor. El típico caso de haber estado en la profesión equivocada, en la hora equivocada: Un ex uniformado, parado en cualquier mosaico de suelo argentino.
“MANIFIESTA primeramente debo decir que pretender que una persona de 71 años pruebe su inocencia sobre hechos ocurridos hace 40 años, sin como es lógico no sabía lo que iba a producirse hoy, si no hubiera juntado elementos de prueba, como actas de procedimiento, y hubiera llevado un diario”. (sic)
Este es el párrafo con el que inicié mi declaración indagatoria, el día 20/12/2016 en donde por primera vez pude hacerlo ante un juez, en persona, luego de dos años y veintidós días de detención. En este caso el Dr. Dr. Walter E. LÓPEZ DA SILVA y un fiscal el Dr. Horacio Antonio CASTAÑO. Esto me hizo tomar una vez más debida noción de que volver a ser libre, es una MISIÓN IMPOSIBLE, y que me toman por un TONTO RETONTO. Todo es una farsa, ya que uno no es interrogado, y lo que diga, no sirve para absolutamente nada.
PARA NOSOTROS, TODOS CIEGOS, SORDOS Y MUDOS
“A cambio de eso me engarronaron, me metieron en una cárcel, pasé por un falso hospital penitenciario lleno de sarna o atendiendo ancianos terminales, algunas veces con sus miembros amputados, y sin retención fisiológica. Se está llevando a cabo un exterminio que la justicia no quiere ver, con septuagenarios y octogenarios. A mí me enseñaron dos cosas básicas como policía: nunca engarronar a nadie y nunca golpear al caído”.(sic)
El tiempo en prisión sigue transcurriendo inexorablemente en espera de un lejano juicio, que no es garantía de justicia imparcial para nada. Es más de lo mismo. Uno denuncia hechos de acción pública y los togados impávidos. Al igual que los políticos, eclesiásticos y otras yerbas, son ciegos, sordos y mudos.
SIN DEFENSA
“También desde ese tiempo, diciembre de 2014 cuando me indagara una empleada contratada de la Secretaria de Derechos Humanos, y no un juez y un fiscal como yo pedía, pedí una serie de elementos de prueba. Pasaron tres abogados defensores particulares, dos veces defensoría oficial y al día de hoy están faltando de once elementos que solicité…” (tres elementos)
Inclusive las defensas carecen de información detallada de los hechos por falta de lectura de la causa en la que uno está involucrado, la que está compuesta por varias decenas de miles de fojas utilizadas. Uno mismo, tampoco sabe lo que pasó en forma fehaciente ya que por más que pida, reitere, exija, haga huelga de hambre, gaste elevadas sumas de dinero en abogados, etc. ni aun así llega a tener acceso a los elementos que según dicen existen en la causa. Lo lamentable es que muchos de ellos a uno lo favorecen y la burocracia judicial no los tiene en cuenta, los oculta agregando fojas de a miles, y nada dice de su existencia.
SON INMORALES
“Voy a reiterar una vez más que cuando fue la videoconferencia en donde di 26 razones por qué no iba a declarar el secretario con cargo de juez subrogante MARTÍNEZ, le ofreció al fiscal PALAZZANI armarme una gran causa, una gran BAYON. Lo cual escuché debido a que había quedado el micrófono abierto y que seguramente las personas allí presentes no mienten, pueden dar razón de ello. Esas cosas no se hacen. Considero que son inmorales”.(sic)
Acá se acomodaron a no pocos jueces, políticos, empresarios, jefes uniformados, periodistas, sindicalistas empresarios de medios, etc. -imputados de hechos aberrantes- que siguen en libertad y nosotros quedamos para ser sacrificados, al igual que nuestras esposas y familias. No importa si somos inocentes o culpables, si carecíamos de jerarquía en la década del 70 o no. Hoy estamos en un callejón sin salida. Afortunados aquellos que se auto engañan esperanzados en un PAPA político, un MACRI de vacaciones, o en un MILAGRO. Para los dos primeros nosotros no existimos y para el tercero, este por ahora no existe.
“Si es un milagro, cualquier testimonio es suficiente,
El tribunal jujeño condenó a Sala a tres años de prisión en suspenso por daños e instigación y fue sobreseída por amenazas; además deberá realizar tareas comunitarias.
María Eugenia Vidal.
María Eugenia Vidal se aumentó el sueldo a $525.000 mensuales, según el Decreto 1278 del 12 de Octubre de este año, la remuneración de un ministro bonaerense es de $437.500 y el de un subsecretario, $350.000. El decreto extrañamente no aparece publicado en sitios oficiales de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires.
Carlos Sanguinetti.
Carlos Sanguinetti, ex subsecretario de Atención de las Adicciones de la provincia de Buenos Aires durante la gestión de Daniel Scioli, fue detenido en las últimas horas en el marco de una causa en que se investiga una presunta estafa con la compra de insumos para hospitales y centros de atención.
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Cristina Fernández de Kirchner.
Ordenan reabrir la denuncia de Nisman contra Cristina Kirchner por encubrimiento en la causa AMIA. Así lo decidió la Sala I de la Cámara de Casación Penal. Es la imputación del fallecido fiscal contra la ex presidenta por el Memorándum con Irán.
Mauricio Macri.
Las declaraciones del presidente:
Sobre Cristina Kirchner: “Ella quiere inventarse una realidad propia. No es una perseguida política, ella tiene que ir y contestar”
Sobre Milagro Sala: “Hay muchísimos testigos del abuso de poder que le dio el kirchnerismo durante mucho tiempo”.
Sobre Carrió: “Sus denuncias, a mí no me constan. Pasan estrictamente por ella; no es el Gobierno ni Cambiemos que tienen como política denunciar sistemáticamente al presidente de la Corte”
“Nací en una granja, críeme en el campo, con la gente que reza y que vive del santo trabajo. Los dos seres que vida me dieron, murieron temprano. Y mi padre me dijo al morirse: -hijo mío, en el llar hay un clavo, del que pende un tesoro bendito… ve, búscalo y tráelo. Fui, busqué, remiré y a mi padre, solo pude largarle…un rosario. -¡es él- dijo al verlo, mi tesoro santo, la herencia bendita que te dejo y que a mí me dejaron. Tú abuelo, mi padre, tuvo callos de tanto rezarlo, Y tu madre con él en el cuello se fue al camposanto. Yo quíteselo allí y ahora muero gustoso besándolo. Bienes de la tierra, hijo mío, no puedo dejártelos; pero en este rosario te dejo los tesoros de un padre cristiano. Para ti que no sabes de letras, es un gran catecismo el rosario, y en los días que vayas a misa, buen devocionario, que sabrás tu leer cuando sepas mejor meditarlo. No hay medio más útil para nunca caer en pecado, para siempre cumplir los deberes, para hacerse de todos hermano. Si más se rezara, no se vieran ni guerras, ni escándalos, ni presidios ni jaulas de infierno… sino dulces hogares cristianos. Cuando tomes esposa, hijo mío, siempre te una con ella este lazo; y los hijos que el cielo te diere, dales tú por herencia el rosario. Con él, siendo pobre, siempre tuve salud y trabajo; y el pan nuestro que Dios le pedía, jamás me ha faltado. Mas… ¡ya siento acercarse a la Virgen! ¡Ya me duermo tranquilo en sus brazos!. Murióse mi padre, y era entonces yo, un pobre muchacho. Hoy que soy un hombre, y recuerdo los tiempos pasados… al mirar a mi patria en la horca y a la Iglesia en el Monte Calvario… ¿Qué será?, ¿Qué será?, me pregunto, Y el pueblo cristiano con su muerta piedad me contesta: “Es que poco se reza el Rosario”.
La diputada nacional Elisa Carrió (CC-ARI) amplió ayer miércoles 28 de diciembre su denuncia penal en los Tribunales Federales de Comodoro Py contra el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Luis Lorenzetti, y solicitó que se investigue a la mutual “Pyme Rural”, que integrarían el juez, familiares y socios suyos. La legisladora sostuvo en la presentación que la mutual presuntamente habría llevado adelante operaciones de cambio de cheques entre la Asociación de Fútbol Argentina (AFA) y los clubes Sportivo Ben Hur, Atlético 9 de Julio, Sportivo Belgrano y la mutual Club SP Ben Hur. Elisa Carrió sostuvo que “Según he podido saber, el 54 por ciento del padrón de asociados de la mutual Pyme Rural se asociaron el mismo día: 15 de mayo del 2015″, y enumeró que entre los socios figuran el titular de la Corte y su hermana Susana Graciela Lorenzetti ; su hija Lucia Lorenzetti ; su hijo Franco Miguel Lorenzetti; y su ex esposa Analía Cortassa.
La diputada le pidió a la juez Servini que se solicite al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social todos los expedientes que versen en dicha institución respecto de las actividades de la mutual y a la Unidad de Información Financiera (UIF), los Reportes de Operaciones Sospechosas que haya recibido respecto de las actividades de la cooperativa”.
Cosas que pasan, gente que llama. Si bien no es nuestro principal tema, todas las opiniones, todas las ideas -por más distantes que pueden ser a nuestro pensamiento- tendrían lugar en la publicación. Esa fue la consigna desde el comienzo. Algunas cuestiones escapan a nuestros conocimientos. En realidad, muchas.
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El teléfono suena constantemente, el email llena casilleros más velozmente de lo que podemos leer y los comentarios -halagando o criticando- inundan el pie de nuestras páginas. Una parte de las comunicaciones son de presos políticos, familiares de presos políticos y una gran parte de ciudadanos realmente ocupados por las miserias que este cínico mundo les (nos) hace vivir. Aún estamos en deuda de una mención a lectores que -angustiados- llamaban preguntando sobre la huelga de hambre de Kussman, luego de Cabanillas y últimamente, del masivo ayuno de los prisioneros ilegalmente arrestados en cárceles argentinas.
También llaman los “se lo juro”.
Los “se lo juro” son otra clase de lectores que -tal vez ante la falta de publicaciones especializadas- recurren a nosotros para contar sus historias. Aquí, lo que podemos rescatar de algunos llamados.
Los Ángeles, no California
En diciembre del año 2015, recibimos un llamado de North Carolina en donde un compatriota quería compartir ciertas experiencias que le han tocado vivir.
Los ángeles están entre nosotros y son criaturas encantadoras, de acuerdo a nuestro testigo, portan alas fáciles de cubrir, pero no son las señoritas descalzas de Victoria Secret. Son -en gran número- personas adultas que suelen dar consejos de vida y también en demandas políticas. Sus conceptos son claros y en sus apariciones no dudan en mencionar sus predilecciones. Macri, para los ángeles, es un hombre rodeado por un aura de bondad, algo que no poseen Donald Trump, Raúl Castro o Robert Mugabe. Tampoco los Kirchners. Los ángeles, sin lugar a dudas, no están con los Kirchners. Es usual que estos enviados se presenten en el atardecer y no tienen pelos en la lengua. Todo lo manifiestan cara a cara. Usted sabe, para lograr armonía no hay que discutir sobre religión, fútbol o política. En caso de avistar a un ángel, no discuta con ellos de política.
Los Extraterrestres y el dedito.
El corriente diciembre una señora originaria de Santa Fé, pero residente en North Miami, nos acercó telefónicamente sus conocimientos en uno de esos tantos temas que nosotros desconocemos.
No quieren llamar a casa por teléfono, no lo necesitan. Tienen poderes telepáticos, telequinéticos, y teletransportadores. Los Extraterrestres quieren apoderarse del mundo y envían a gente como Kirchner, Chávez, Castro, Putin, George W. Bush u Obama para allanarles el camino. Creen que el fútbol es para ignorantes y son muy manolargas. En todos los encuentros, hombres y mujeres son apresados, desnudados y en ellos practican extraños experimentos. Una vez terminada esta revisación médica, los liberados son abandonados cerca de sus hogares y nunca obtienen un mísero cenicero como recuerdo. Hay otros tipos de extraterrestres, seres muy pequeños, difícil de percibir para el ojo humano que viven entre la cosecha y deciden si arruinarla o no, estableciendo un barómetro comercial a su antojo (¿La tierra es para el que la trabaja?) En fin, esta clase de E.T. hace su tarea en silencio, pero de manera poderosa. Yo los conocía como insectos. Parece que no.
Yo no creo en Brujas, pero que las hay presidentas, las hay
No puedo precisar cuándo, pero el llamado provino de algún lugar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para ser perfectamente honesto, no recuerdo -pese a la cercanía del hecho- si era un hombre o una mujer, pero sí quedó en mi memoria parte de la historia relatada de las brujas modernas.
No, usted no está durmiendo con el enemigo, ni es esa avejentada versión de la niña que desposó allá lejos y hace tiempo y viene de visitas todos los domingos para criticar ya que usted se la pasa pegado al televisor sin hacer otra cosa. Quien nos cuenta de estas cosas, brinda una versión más depurada.
Las brujas no tienen hijos, es por ello que no les interesa el futuro de la humanidad. Cuando fallan con este precepto, sus hijos nacen mitad humano, mitad urraca o mitad humano, mitad pingüino obeso. Es como una maldición entre ellas, ya que las brujas muy raramente se llevan bien entre sí, Curiosamente, las brujas no apoyan a Cristina Kirchner, Dilma o Michelle Bachelet. Nunca he escuchado -por parte de las hechiceras- nada en contra de López Rega. No solo por esta última primacía, pero es mi entender que las brujas no son feministas, ya que estarán ligadas a la escoba de por vida. Y un caldero.
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Noche de Vampiros
“Los Vampiros ya no tienen el poder que tenían antes”, afirmó una joven voz femenina al otro lado de la bocina del teléfono, en su Monclova natal (Estado de Nuevo León, México, no Transilvania)
Usted tendrá dos hipótesis: Los Vampiros habitan los senados, los congresos o los colegios de abogados. O en castillos tenebrosos, tal como Bram Stoker nos ha enseñado. No, parece que los Vampiros están en nuestra sociedad caminando codo a codo con nosotros. La globalización les ha hecho muy mal y no pueden competir con las clases dirigentes. Es un hecho que odian a los políticos pese a ello, entre sus sueños remotos figuran los de convertirse en uno de estos. Nunca lo conseguirán. No están a la altura. Si se encuentra con un Vampiro chupasangre en el ascensor en el piso 27 de un edificio, no tema. No hay nada que esta criatura pueda hacerle, que los Kirchner no le hayan hecho previamente. Al enemigo, ni ajo, ni crucifijos.
Estoy hecho un Demonio.
¿Quién no habrá dormido con un ojo abierto luego de leer a William Peter Blatty y su creación “El Exorcista”? Nada de pobres diablos, entiendo que plantea Dorita, en su llamado desde Mendoza.
Es voz popular que los demonios no simpatizan con los curas. Esto -según uno de nuestros interlocutores- es un mito. Se necesitan mutuamente. Es una relación casi radicícola. Tampoco es verídico que sean fanáticos de Independiente o del Manchester United. Generalmente lo son del Banco Nación, Banco Provincia, Banco Central. Platón dice que el comportamiento guerrero de los hombres es naturaleza humana. Craso error, Platón. No es el Hombre, son los Demonios. Estos aprovechan la mínima debilidad del Hombre para poseerlos. Si un hombre se agacha para recoger una billetera que no le pertenece, en la calle, con intenciones que quedársela, el Demonio ya lo penetró. Al mínimo descuido, los Demonios atraviesan la materia y se apoderan de nuestras conductas. Por ello es, basado en las recomendaciones de esta lectora, que no hay que enojarse con nadie por sus malas acciones. Es que está hecho un Demonio.
El Fantasma de la Máquina
Espíritus, fantasmas y sonidos guturales pertenecen al mismo sindicato. Quien intercambia palabras conmigo es Argentina, pero Texana adoptiva desde que llegó a Estados Unidos en el ’91 o ’92.
“No debemos dejarnos fascinar por el mundo de los espíritus, sino por Dios y Su impresionante carácter y atributos” (Salmos 27:4) Excepto si se trata del Espíritu Santo. De acuerdo con la persona que me informó, los fantasmas no tienen tendencias políticas, pero parecieran ser los piqueteros del movimiento paranormal ya que se asientan en lugares que no les pertenecen. Estos entes -por alguna razón desconocida- no pueden cruzar ríos, lagos o ningún cuerpo de agua. Si usted tiene en su casa un fantasma acosándole, no se trata del tío Manolo ya que este no habría haber podido dejar su Galicia natal. O tal vez, ningún espíritu sea propenso a mojar sus vestiduras (¿De dónde sacan la ropa?) y pescar un resfriado peligroso para su salud. La persona que nos cuenta sobre fantasmas nos dice que los hay buenos y los hay malos -como en la vida misma, la vida después de la muerte tiene los uniformes hábitos sociales- Los fantasmas buenos no pueden encontrar la ruta al más allá ya que no quieren dejar a sus seres queridos. De los espíritus malos no hay mucha data. Tal vez no quieran perder algún subsidio.
Una vez que usted hubo conocido estas curiosidades, ¿está seguro que no le va a resultar aún más duro encontrar un candidato político a quien votar en las próximas elecciones?
Mi nombre es Mario Suárez. Mi hermano es uno de los presos en Marcos Paz. Su nombre es Carlos Suárez Mason. También mi padre fue uno de los primeros Presos en morir en manos del entonces régimen Kirchnerista.
El comunicado parece no otra cosa que algo escrito por militares. Le aclaro que entre otras cosas soy egresado del Liceo Militar General San Martín, muchos de mis compañeros están Presos hoy.
Estoy de acuerdo con el espíritu del comunicado pero realmente parece un bando militar, algo escrito por militares. Para que esto sea efectivo deben estar todos en un cien por ciento de acuerdo.
Creo esto es mucho más sencillo y menos complicado de lo que parece. El comunicado es realmente largo y se explaya en cosas que la mayoría de la población no entiende, no quiere entender y le importa un rábano entender. Le aclaro que en esta causa llevo años, mucho antes que su esposo este detenido o enjuiciado, pues a mí padre, Alfonsin lo persiguió desde el día que asumió, algo que sabíamos de antemano.
Creo que la base es simple: una persona debe ser Juzgada por los códigos vigentes en el momento del supuesto crimen. En los setenta lo vigente era el Código de Justicia Militar no la justicia civil. No solo eso, Alfonsin crea la ley de responsabilidad que aplica a las Juntas y a lo que sigue a los. Efectos de encarcelar no juzgar. Todo es ilegal y anticonstitucional.
Los Presos seguirán allí mientras respiren . Las huelgas de hambre o desayunos de abstinencia nada harán ni producirán . Esto gobierno como los anteriores son de izquierda, a tal punto que el gobierna de Macri tiene como ministra de Seguridad a una Montonera, y además paga setecientos cincuenta millones de dólares anuales en pensiones a Montoneros y Erpianos . Cree usted que habrá justicia cuando algunos de los jueces son miembros reconocidos del ERP?.
Creo la solución es solo una. Mientras quienes combatieron la subversión sigan concurriendo a los juicios como carne de cañón le están facilitando el juego a la izquierda y a quienes los usan para su circo de venganza, no de justicia. Lo mejor para todos es negarse en conjunto a no participar más de esta parodia pues justicia no habrá nunca para ellos solo los hacen participar en un acto en el que repetidamente les violan los derechos y les repiten de a uno usted está condenado a perpetúa. Les dejan decir lo que quieran como hizo el Cnl Horacio Losito, compañero mío del Liceo Militar…pero en definitiva sus sentencias están escritas hace rato.
Esto no es una decisión basada en la justicia sino la extrema izquierda que gobierna y manda incluso hoy con Macri. La única solución viable la propuso el Dr. Cosme Beccar Varela, quien solicitó al presidente Macri un indulto. Porque el indulto? Pues quienes cometieron esta barbarie judicial son quienes hoy son jueces, que obviamente no darán marcha atrás. Macri ya denegó el indulto por escrito al Dr Beccar Varela.
El camino que les queda para ser escuchados es negarse todos en conjunto a seguir participando en el circo que solo alimenta los deseos de la extrema izquierda. Si así lo hacen y se niegan a seguir en esta parodia entonces serán escuchados. Los amenazaran, dirán montón de barbaridades pero Presos han de seguir hasta que ellos hagan algo para redimirse. No hace falta ni suicidarse ni hace ayuno, solo ponerse de pie y decir basta.
Hay que recordar:
Que las agrupaciones de “Derechos Humanos” solo trabajan para los terroristas pues son funcionales al terrorismo. La abuelas y madres de plaza de mayo, como la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos son solo organizaciones creadas para proteger a los terroristas y sus familias, nada importa a estos grupos los Derechos de nadie.
Que el actual gobierno paga a los Montoneros y Erpianos 750 millones de dólares en pensiones anuales
Que la actual ministra de Seguridad de este gobierno es miembro de la organización Montoneros.
Que ningún miembro de este gobierno recibió ni, se interesó por ninguna de las victimas del terrorismo
Que el terrorismo produjo en el territorio nacional 22,600 atentados y nadie hace una simple mención de los mismo es como aquí no pasó nada
Que muchos de los que se llaman jueces son miembros del ERP o que han participado en operaciones para el terrorismo o son familiares de supuestas victimas
Que muchos han sido condenados por la suposición de que Hubo treinta mil desaparecidos cuando en realidad esa cifra fue utilizada a los efectos de recibir fondos de Europa, fondos que se repartieron en una lista secreta, que el gobierno maneja. Ahora este gobierno dice que los desaparecidos son siete mil quinientos?…que pasa con las personas a quienes se condenó por la cifra de treinta mil, como por ejemplo a los miembros de las Juntas ?
Si alguno tiene esperanza en esta justicia está realmente con expectativas no ciertas dado que la mayoría, como mi hermano están en prision preventiva por diez años cuando en realidad no da en ser más de dos…
Esto es solo una parte. Me parece lo mejor quedarse y no concurrir a que los sigan basureando y negarse a participar en el negocio de la izquierda, y de este gobierno que incluso llevó al presidente de los EEUU a rendir homenaje a treinta mil desaparecidos que están en una lista en una pared, realmente siniestro.
Si se niegan en conjunto podrán ser escuchados , si no son escuchados se ahorrarán participar en un acto en el que les comuniquen que ya están condenados y así se los sigue vejando.
Espero que, el,concepto, sea claro. Ojalá todos se pusieran de acuerdo…
III-La indivisibilidad de los Derechos Humanos: Todos los derechos humanos son universales2 , indivisibles, interdependientes y están relacionados entre sí. La comunidad internacional debe tratar los derechos humanos en general de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo énfasis. Debe tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y regionales, así como los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos, pero los Estados tienen el deber, sean cuales fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales (Párrafo 5 de la Declaración y Programa de Acción de Viena, 1993)3
El principio de la indivisibilidad de los Derechos Humanos, el cual reconoce que ningún derecho humano es intrínsecamente inferior a otro, constituye un desafío permanente para las Naciones Unidas quien, a la fecha, no puede afirmar la universalidad efectiva de los mismos, frente a rivalidades de intereses y falta de voluntades políticas. La tesis de la dicotomía se impuso, al oponer radicalmente diferentes categorías de derechos tanto por su naturaleza que por su régimen jurídico: los derechos económicos y sociales serian, contrariamente a los derechos civiles y políticos, derechos con prestación no directamente justiciable, serian derechos secundarios….
La indivisibilidad de los derechos humanos4 es una característica que indica que no puede prescindirse de ninguno de ellos y ningún derecho puede disfrutarse a costa de otro. Implica también la imposibilidad de que se den contradicciones entre los derechos humanos y la estrecha relación entre derechos individuales y derechos sociales. Todos los derechos humanos (civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, colectivos), son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance en uno de estos derechos facilita el avance de los demás. Igualmente, la vulneración de un derecho afecta negativamente a los demás.5
IV-Los derechos del hombre como religión civil, religión de la humanidad: Recordando, que el positivismo de Augusto Comte es considerado como una religión de la humanidad, que Elie Wiesel (premio nobel de la paz 1986) calificó a los Derechos Humanos de “religión laica mundial de alcance planetario”, Nadine Gordimer, (premio Nobel de Literatura 1991), consideró los derechos humanos como la «religión de la humanidad»6 , Régis Debray, como «la última de nuestras religiones civiles en aparecer, el alma de un mundo sin alma» 7 y para Ignatieff, Michael: “….los derechos humanos son mal interpretados si lo vemos como una “religión laica”. No son un credo, no son metafísicas. Pensar eso es convertirlos en una especie de idolatría: el humanismo adorándose a sí mismo” 8 .
1-Harouel, Jean-Louis, en su reciente publicación sobre los derechos humanos9 , afirma que: “En los últimos decenios del siglo XX, la religión comunista cede la plaza a la religión humanitaria como proyecto universal de salvación terrestre. Europa rindió un real culto a los derechos humanos, cercano al fanatismo a partir de los 80’ con la implosión de la unión soviética. Los derechos humanos reemplazaron el comunismo como brújula indicando el sentido de la historia, como motor de la gran máquina histórica providencial que condujera la humanidad hacia la tierra prometida de un futuro radioso. Como el comunismo y otros avatares de la religión de la humanidad, la religión política actual de los derechos humanos es a la vez un milenarismo y la gnosis” (páginas 46-47). Más allá de todo lo que se opone al milenarismo y al gnosticismo tienen un punto en común: rechazan considerar que el mal puede residir en el hombre como lo enseñan el judaísmo, el cristianismo y el islam. El hombre es víctima, es inocente del mal que puede hacer. Esta ideología según la cual el infractor es en realidad una víctima, anuncia lo que se llama hoy día: la cultura de la excusa, (paginas 51-52). No olvidemos que, desde 1933, un humanismo religioso se manifestó en numerosas declaraciones10, se trate de la Asociación Humanista Americana11, el Consejo para el Humanismo Secular12, la Academia Internacional de Humanismo de USA o la Unión Internacional Humanista y Ética13. Por ejemplo:
2-El Manifiesto humanista I de 193314, presentó en 15 puntos la tesis del humanismo religioso.
3-El Manifiesto humanista II de 197315, afirmó la religión humanista, defendiendo, en un contexto de guerra fría, los derechos humanos a nivel universal, en particular a favor del derecho a viajar más allá de las fronteras nacionales en una época, en la que la gente que vivía bajo la órbita soviética, tenía prohibido hacerlo.“Es la obligación moral de las naciones desarrolladas el proveer, a través de una autoridad internacional que proteja los derechos humanos….”, (punto 15).
4-La Declaración Secular Humanista de 198016, declara que: “Como humanistas seculares, generalmente somos escépticos sobre afirmaciones sobrenaturales”. En su ideal de libertad, defienden los derechos humanos, incluidos el derecho a proteger la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad”.
5-La Declaración de Interdependencia: una nueva ética global, de 198817, proclama un humanismo religioso porque “Las grandes religiones del pasado han predicado con asiduidad la hermandad universal. Desgraciadamente, sus discordantes o intolerantes creencias han convertido este ideal moral en algo imposible de cumplir”. Reafirman entre otros derechos” Punto 11: Igual protección bajo la ley, cosa que es vital en una sociedad libre: (a) el derecho a un juicio justo, (b) el derecho a la protección contra arrestos arbitrarios o castigos inusuales, y (c) el derecho a un trato humano “, (capítulo II Derechos Humanos) y la obligación de los individuos de asumir responsabilidades morales (capítulo III responsabilidades humanas)
6-El Manifiesto Humanista del 200018 , hace un llamado a favor de un nuevo humanismo planetario. Precisando que: “apreciamos la necesidad de preservar las mejores enseñanzas éticas en las tradiciones religiosas de la humanidad, muchas de las cuales compartimos”, como también “….preservar los derechos humanos y mejorar la libertad y la dignidad humanas…”. Para los firmantes de este manifiesto, los derechos humanos se deben aplicar a la esfera privada del hogar, la familia….y en el Manifiesto Humanista III del 200319, declaran “…trabajar para apoyar el disfrute igual de derechos humanos”
V-Después de la II Guerra Mundial: Desafíos y percepciones de los derechos humanos. En la coyuntura geopolítica de ese periodo, los derechos humanos resurgen y se afirman como centro de debates y de luchas políticas, se transforman en objeto político. Preocupaciones nuevas nacen de esa actualidad, que se sustituyen o se agregan a otras reivindicaciones ya presentes. Así, el apoyo a los disidentes de los países de la ex unión soviética y a la crítica a los regímenes totalitarios, marcaron una articulación importante en la historia ideológica y teórica de los derechos humanos. Diversos eventos históricos mayores de los años 70’ y comienzo de los 80’ aceleraron la dimensión de la acción humanitaria en reemplazo de lo político. Numerosos actores se manifestaron sobre esta nueva etapa de los derechos humanos, por ejemplo:
1-Hannah Arendt, en los orígenes del totalitarismo20, precisa, entre otros, dos aspectos históricos fundamentales:
“Cuando fueron proclamados por vez primera los Derechos del Hombre eran considerados como independientes de la Historia y de los privilegios que la Historia había conferido a ciertos estratos de la sociedad. La nueva independencia constituyó la recientemente descubierta dignidad del hombre. Desde el comienzo, esta nueva dignidad fue de una naturaleza más bien ambigua. Los derechos históricos fueron reemplazados por los derechos naturales, la «Naturaleza» ocupó el lugar de la Historia y se supuso tácitamente que la Naturaleza resultaba menos extraña que la Historia a la esencia del hombre”.
El hombre del siglo XX ha llegado a emanciparse de la Naturaleza hasta el mismo grado que el hombre del siglo XVIII se emancipó de la Historia. Por otra parte, la Humanidad, que en el siglo XVIII, en la terminología kantiana, no era más que una idea ordenadora, se ha convertido hoy en un hecho ineludible. Esta nueva situación, en la que la «Humanidad» ha asumido efectivamente el papel atribuido antaño a la Naturaleza o a la Historia, significa en este contexto que el derecho a tener derechos o el derecho de cada individuo a pertenecer a la Humanidad tendría que ser garantizado por la misma Humanidad. No es en absoluto seguro que ello pueda ser posible.
Esta percepción, se encuentra en los principios de la ruptura cultural proveniente de la revolución de 1968, que alterna la relación hombre-sociedad. Antes del 68, se consideraba que el individuo debía algo a la sociedad y por el periodo post 68, se estima que es la sociedad que debe algo al individuo.
2-En la esfera geopolítica y de la seguridad internacional, durante el periodo de confrontación este-oeste, el Acta Final de Helsinki de 1975, la CSCE (actual OSCE), muestra los derechos humanos como un mecanismo más de medidas de confianza mutua con los países de la ex unión soviética. El punto VII, precisa que: “Los Estados participantes respetarán los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, incluyendo la libertad de pensamiento, conciencia, religión o creencia, sin distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión” 21 .
3-Para Michel Villey: “Los derechos humanos son una noción moral que una evolución errática de la filosofía política logró con el tiempo hacerla pasar por un derecho, afirmando abiertamente su inexistencia y que cada uno de estos pretendidos derechos humanos es la negación de otros derechos humanos. El concepto de derechos humanos proviene del marco subjetivista de la escuela moderna del derecho natural teniendo presente que el derecho no conoce un sujeto sino lo que es asignado. Nadie posee un derecho sino por intermedio de una decisión de un tercero imparcial. Villey: Acusó a los “los inventores de los derechos humanos” de haber “sacrificado la justicia, sacrificado el derecho”. Criticó la « religión de los derechos humanos ». Declaró, siguiendo Burke, Bentham y Marx, « ilusorios », « irrealizables », « contradictorios » e « ideológicos » esos pretendidos derechos. Consideró que los derechos humanos no son siempre para todos, compartiendo así las críticas de Marx sobre el « pseudo-universalismo » de los mismos, constituidos de libertades expresamente iguales para todos, pero de hecho están reservadas a ciertas categorías de personas” 22 .
4- Claude Lefort (1924-2010) y Etienne Balibar, reconocen que los derechos del hombre son derechos políticos. Para el primero, “la violación de esos derechos pone en cuestión no solamente la dignidad de los individuos sino también la forma de la sociedad. No es posible pensar una sociedad democrática sin el pleno reconocimiento y ejercicio de los derechos del hombre”. 23 Para Balibar: “Lejos de ser derechos garantizados a todos los hombres a título privado, los derechos del hombre son derechos plenamente políticos. Manifiestan La idea de un derecho de los hombres, de todos los hombres, a la política”24
5-El filosofo Regis Debray al analizar, en los 80’, los derechos humanos en las relaciones diplomáticas con los países del Este europeo, describió que: “El terrorismo de los Derechos Humanos al cual la opinión intelectual enfrentó a los gobiernos desde hace 10 años en nombre de la lucha anti-totalitaria casi, con su microclima de la histeria confusional, arruina nuestra política en Europa del Este….”, afirmando que: “la doctrina de los derechos humanos es la última de nuestras religiones civiles”.25
6-El filósofo alemán Jürgen Habermas afirma que: “Los derechos humanos constituyen una utopía realista en la medida en que no proponen más imágenes engañosas de una utopía social que promete la felicidad colectiva, sino que fundan el ideal de una sociedad justa en las instituciones de los estados constitucionales. Sin duda, esta idea de la justicia que pretende trascender todo contexto introduce también una tensión problemática con las realidades sociales y políticas. Además de la fuerza meramente simbólica de los derechos humanos de algunas “democracias de fachada” que encontramos en América Latina y en otros lugares del mundo, la política de los derechos humanos de las Naciones Unidas revela la contradicción que existe entre difundir, por un lado, la retórica de los derechos humanos, y por el otro, abusar de ellos como medio para legitimar las políticas de poder usuales”.26 .
7-El profesor Günther Jacobs, sostiene que: “…estoy seguro de que este tiempo actual se acaba y que esto se debe a un extremo individualismo de las personas. Hoy se habla de derechos humanos, pero sólo importa la expansión económica. EE.UU. chantajea a China invocando los derechos humanos, pero en el fondo de todo están los intereses económicos y nada más. Soy escéptico con respecto al sentido universal de esos derechos” 27 .
8-Para Sevillia, Jean28: “Lo políticamente correcto (en este caso los derechos humanos como nueva corriente) no parte de hechos y los estudia en su momento concreto, separando las causas de las consecuencias, sino que saca sus imágenes de la historia, borra su complejidad, juzgando la historia pasada en nombre del presente. Juega con las épocas y los lugares, resucitando un fenómeno desaparecido o proyectando en los siglos anteriores una realidad contemporánea. El hecho de que sus conceptos no signifiquen nada fuera de su contexto poco importante, el anacronismo y las vistas simplistas en sus análisis, son rentables en los poderes mediáticos. Lo políticamente correcto: Todo lo reduce al enfrentamiento binario del Bien y del Mal, pero un Bien y un Mal reinterpretados según la moral de hoy en día. Así, la historia se convierte en campo de exorcismo permanente: cuanto más se anatematizan las fuerzas oscuras del pasado, más debe uno justificarse de no mantener con ellas ninguna solidaridad. Se demonizan asa personajes, sociedades y épocas enteras. Sin embargo no es más que una engañifa”. La historia tiene un campo muy amplio, donde una multiplicidad de causas actúa en una época determinada. Comprender el pasado exige ponerse en las mentalidades de la época. No es mundo de la ciencia, sino de la conciencia, no es el reino del rigor, sino del clamor, no es la victoria de la crítica, sino de la dialéctica”.
Paris, 25 diciembre 2016,
Prof. Mario Sandoval,
marios46@hotmail.com
1 Mario Sandoval, francés, nació en Buenos Aires. Formación y actividades en ciencias políticas, filosofía, habiendo ocupado funciones en los sectores públicos y privados, la docencia superior y consultorías, a nivel nacional e internacional, en los campos de las relaciones internacionales, la geopolítica. Regularmente participa a conferencias, asesorías, publicaciones coloquios a nivel internacional. Miembro de centros de investigaciones, asociaciones multidisciplinarias.
2 El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales… ¿Que son los derechos humanos? Oficina del Alto Comisionado Naciones Unidas http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx
4 Previsto entre otros documentos internacionales: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), Declaración sobre el derecho al Desarrollo (1986), Declaración sobre el sexagésimo aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos (2008), Proclamación de Teherán (1968), Declaración de Bangkok (1993), Declaración y Programa de Acción de Viena (1993)….
22 Villey, Michel in Le Droit et les droits de l’homme (PUF, 1983), François Viangalli in Les Droits de l’homme sont-ils vra http://www.revuedlf.com/droit-fondamentaux/les-droits-de-l%e2%80%99hommesont-ils-vraiment-du-droit/iment du droit ? , Schouppe, Jean-Pierre in Réflexions sur la conception du Droit de M. Villey http://dadun.unav.edu/bitstream/10171/12761/1/PD_25-2_08.pdf
23 Lefort, Claude, in La invención democrática. Ed. Nueva Visión, Buenos Aires, 1990.
24 Balibar, Etienne, in La proposition de l’égaliberté, Ed. Puf, 2015.
25 Regis Debray, in Que vive la République, Ed. Odile Jacob, 1989, chapitre: les droits de l’homme contre la justice: paginas. 172-173.
26 Jürgen Habermas in El concepto de dignidad humana y la utopía realista de los derechos humanos. Dianoia, volumen LV, numero 64 (mayo 2010, página 19).
En primer lugar le deseo que tenga un Feliz Año. Destaco su actuación política y valoro mucho su “objetividad histórica” respecto de la triste historia que nos ha tocado vivir a todos los argentinos. Condeno por cierto los atropellos cometidos por el Gobierno Civico-Militar que derrocó a María Estela Martínez de Perón, responsable con Cafiero – yo lo conocí mucho a el en vida- y los otros Ministros que firmaron el “aniquilamiento de las fuerzas revolucionarias del ERP y Montoneros”. No dude que pienso que es algo realmente espantoso y reprobable la desaparición forzada de personas y de el tema de los niños inocentes, etc. Es reprobobable bajo todo punto de vista.
Los montoneros y los erpianos no fueron tampoco “jovenes idealistas” fueron tan criminales como podríamos decir de aquellos militares que mataron a inocentes personas. Soy muy amigo de Arturito Larrabure, es más en su libro “Un Canto a la Patria” escribí las orejas del mismo. Tanto él, como, yo y muchos más creemos en la necesidad de lograr una pronta pacificacion del país. Es necesario según mi opinión que he expresado en mis numerosas notas periodisticas que en algun momento la sociedad argentina y la clase poítica discutan “racionalmente” “con objetividad histórica” los desgraciados hechos de una historia que nos sigue dividiendo.Antes de un referendum en tal sentido todos debemos cumplir pasos previos que es el de madurar, dialogar con respeto sobre hechos que me causan dolor y tristeza.
Deseo contarle mi historia personal. A los dos meses de casados -dos hijos de militares de alta graduación, amenazados- trabajando ambos en el Ministerio de Defensa sufrimos un atentado. Una noche quisieron secuestrar a mi mujer -sobrina directa del Senador Juan Carlos Cornejo Linares-. Me encierran luego de ponerme una pistola en la cabeza, mi mujer intenta escapar y se cae de un cuarto piso al vacío. Vaya milagro de Dios rebota en un toldo de un primer piso y quebrada la pelvis, los brazos, los pies, cayó sentada. No se pudo probar pero la Justicia sospecha que fueron Organizaciones Terroristas. A mi el Erp me quizo mandar a matar cuando yo, estando en Nicaragua prestando funciones diplomaticas, descubrí el vinculo de los sandinistas con el Ataque a la Tablada. Esta Señora integrante del ERP estaba casada con el Jefe de Policía Nicaraguense. Finalmente me ofrecieron otro destino diplomático pero yo me fui de Argentina durante varios años buscando paz y tranquilidad. Pese a todo, no odio, no busco venganzas, busco la pacificacion nacional que es un derecho constitucional.
Juicios de “lesa humanidad”? Estimada Señora, los mismos deben respetar la Constitución Nacional, el debido proceso legal, para mi es inadmisible que jueces ex-terroristas, testigos ex-terroristas, pruebas falsas, condenen a personas de las cuales se sospecha cometieron delitos que nunca se probaron. Esos juicios deben respetar las normas constitucionales, el que cometió delitos y se comprueba, yo lo lamento. Tendrán que pasar un largo tiempo en la cárcel. Pero, que pasa? Como es posible que haya presos sin condena, en la cárcel durante 3 o 4 años y que jamás hayan podido declarar frente a un Juez y/o frente a los fiscales acusadores? Hay muchísimos casos, no me lo contaron, lo conozco en forma directa por los protagonistas.
Creo que todos los argentinos deberían leer con mucha atención -como lo he hecho yo- las deliberaciones en las Camaras de Diputados y Senadores los meses previos al Golpe Cívico-Militar del 24 de marzo de 1976.
La Corte Suprema y en especial su Presidente el Dr. Lorenzetti, no hablan mucho de muchas cosas que deberían hablar sobre todo de la “ilegalidad manifiesta” de los procesos judiciales de “Lesa Humanidad” Tampoco este Señor -lo pongo en mayuscula no se porqué- (yo pienso lo mismo que Lilita Carrio) tampoco habla de la corrupción en la Justicia Federal. Ahora por suerte lo nombraron al Dr. Rossati que ha comenzado a hablar de “jueces honestos y jueces corruptos”
Nuestra sociedad se ha vuelto “inmoral” y “el amor al dinero” no tiene límites, hasta vemos que los funcionarios corruptos que han dejado el Poder hace poco han llegado al extremo de convertir en delincuentes a sus propios hijos. No hace mucho escribí una nota titulada “Más filósofos en el Cumbre del Poder Político”. Si quienes nos gobiernan comprenden mi mensaje veremos como podremos hacer para buscar soluciones en una sociedad argentina que me da lástima.
Me gustaria conocer sus puntos de vista sobre lo que le envío e intercambiar los mismos en forma madura, sincera. Todos debemos pensar en soluciones racionales que nos permitan lograr la paz, la felicidad y la reconciliación de todos los argentinos.
Un Feliz Año para usted, su familia y sus seres queridos.
La agente de Policía Carla Céspedes está detenida desde hace una semana, después de haber detenido un robo en un supermercado y arriesgado su vida en ese incidente.
Dos delincuentes habían entrado para robar en un supermercado chino del Parque Centenario, cuando se confrontaron con la agente de policía Carla Céspedes. En el enfrentamiento perdió la vida uno de los malhechores debido al accionar de esta miembro de seguridad.
Los hechos se dieron en la calle Ramos Mejía, en donde el establecimiento había sido asaltado. Más tarde la policía y los ladrones tendrían un enfrentamiento armado.
Desde el día del hecho, la mujer policía -que solo cumplía con su deber- se encuentra detenida.
El hecho se produjo el jueves pasado, ese día un proveedor de mercadería acababa de cobrar alrededor de 1500 pesos, cuando irrumpieron los dos asaltantes, uno de ellos portando un arma de fuego, y le robaron el dinero y su celular. Cuando los criminales quisieron huir del lugar, no se percataron que les esperaba la agente integrante del cuerpo de Policía Federal de la ciudad. Al querer evadir la detención policial, comenzó un intercambio de disparos en el cual, uno de los ladrones cayó sin vida, mientras que el otro asaltante se dio a la fuga. Momentos más tarde se decidió la injusta detención de la policía por haber cumplido correctamente sus funciones como servidora pública.
Debido al riesgo de ataques terroristas. España mantiene desde hace ya un año y medio el alerta 4 , máximo refuerzo de medidas de seguridad.
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Comenzó en junio de 2015 y desde entonces España se encuentra en el nivel de alerta 4 ante el riesgo de que los yihadistas intenten perpetrar un atentado. De forma periódica, los especialistas analizan en la Secretaría de Estado de Seguridad la posibilidad de modificar ese nivel, de rebajarlo ante la perspectiva de que la amenaza haya disminuido. Pero hasta la fecha, los expertos tanto de la seguridad del Estado como de la Inteligencia coinciden en que no hay que rebajar este nivel previo a la máxima alerta.
Los cinco niveles de alerta
Nivel 1 (riesgo bajo)
Las actuaciones se orientan a la “identificación de potenciales objetivos terroristas”,
así como el mantenimiento de medidas de seguridad “genéricas” y actuaciones para evitar situaciones de riesgo futuras.
Nivel 2 (riesgo moderado)
Se centra en “asegurar un óptimo control de los posibles objetivos de atentado terrorista”,
salvaguardando el normal desarrollo de su actividad habitual y evitando cualquier incidencia que la impida o dificulte.
Nivel 3 (riesgo medio)
Se hace “un reforzamiento” del control de esos posibles objetivos y la “intensificación
de la actividad investigativa y de inteligencia por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”.
Nivel 4 (riesgo alto)
Supone “el máximo reforzamiento de los dispositivos de seguridad”.
Nivel 5 (riesgo muy alto)
Conlleva medidas de “carácter excepcional”. La Instrucción se detiene en este último
nivel para decir que “se podrán solicitar los oportunos apoyos a las Fuerzas Armadas”.
Especifica además Interior que el Ejército podrá ser requerido para realizar labores de
“vigilancia y protección de infraestructuras críticas” y otros “objetivos estratégicos” incluyendo “
el reconocimiento aéreo de objetivos estratégicos no urbanos”. En el Nivel 5
también se podrá decretar la “restricción y control del espacio aéreo”.
Según explicaron fuentes cercanas al comité que pone sobre la mesa los datos e indicios antes de tomar la decisión, el Ministerio del Interior no modificará durante las Navidades este estado de emergencia. Estas fuentes explican también que no hay más datos que hagan necesario elevar al nivel 5, el máximo, la alerta. Ése estadio supondría la irrupción directa de las Fuerzas Armadas en el despliegue antiterrorista. Pero ahora mismo, no se contempla ningún cambio de escenario, ni a mejor ni a peor.
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Estas fuentes recuerdan la evolución de las actuaciones policiales en España y el gran número de operaciones que se están llevando a cabo fundamentalmente en los dos últimos años.
Hasta 2014, la Guardia Civil y la Policía Nacional llevaban a cabo alrededor de una docena de actuaciones contra yihadistas. En 2015 y en lo que llevamos de 2016 se han superado con creces las 30 actuaciones cada año. El año pasado fueron 36 operaciones con un total de 75 detenidos. Este año el número de actuaciones asciende ya a 33, y son 64 los detenidos por formar parte de estas tramas.
Los especialistas alertan también del importante número de sospechosos que ingresan el prisión. Sin embargo, estos analistas entienden que aún sigue siendo alto el porcentaje de los que quedan en libertad. Entienden que aún existe algo de falta de sensibilidad judicial y una legislación muy precisa para poder combatir este terrorismo. Porque, como apuntan estas fuentes, este año, de los 64 detenidos, han ingresado en prisión 46, lo que supone un 72%. Aún hay un porcentaje muy alto que queda en libertad. «Tenemos que actuar en cuanto tenemos la más mínima sospecha, no podemos esperar porque la radicalización avanza muy rápida», apuntan mandos antiterroristas que reclaman más presión judicial contra el yihadismo.
La actual guerra contra el terrorismo islámico permitió descubrir para unos, confirmar para otros, que si los principios de los derechos humanos se politizan o se constituyen en doctrina de un gobierno, los mismos se transforman en un desafío para la cohesión social y la seguridad holística de las naciones. Es en un contexto de desorden mundial que filósofos, politólogos, teólogos, juristas, como también especialistas de otras disciplinas de las ciencias sociales y humanas, se interrogan desde cierto tiempo sobre los Derechos Humanos desde diversas ópticas: religión secular, religión civil, política pública, derechos subjetivos, dogma, principio de indivisibilidad….
Si bien los Derechos Humanos2 son la expresión actual de antiguas luchas por la justicia social y la dignidad humana sus orígenes remontan al Cilindro de Ciro ( 539 a. C)3 , seguido entre otras referencias, por el Pacto de los Virtuosos (Hilf-Al-Fudul) ~590 d. C, la Carta Magna de las libertades de 1215, La Carta de Manden de ~1222, la Carta de derechos o Declaración de derechos (Bill of Rights) de 1689, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789), hasta la actual Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, con sus numerosos Tratados internacionales de derechos humanos vinculantes. Los mismos también fueron objeto de debates entre los intelectuales liberales y marxistas, pero el movimiento de los Derechos Humanos que se conoce a la fecha, tuvo sus inicios a nivel internacional a partir de los años 70’ como instrumento de apoyo a los disidentes de los países de la ex unión soviética, de críticas y de luchas contra el totalitarismo, en un periodo anticomunista. Así, los derechos del hombre adquieren un estatus de objeto político, convirtiéndose en sujeto de confrontaciones ideológicas donde el individuo se define por su derecho a tener derecho según la conocida frase (de extrema actualidad) de Hannah Arendt (1906-1975).
I-Los derechos humanos y sus primeros críticos. Sabiendo que la Declaración de Independencia Americana de 1776, precisa “…..que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad…”4 y que la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 17895 , determina en su Artículo 2: La finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión. Observando que los derechos humanos, derechos del ciudadano, derechos del hombre, mencionados en la declaraciones americana de 1776 y las francesas de 1789, 17916 , 17937 y 17958 , son: la vida, la libertad y la prosecución de la felicidad, para la visión americana, y la igualdad ante la ley, libertad, protección para propiedad y soberanía nacional para la óptica francesa, algunas críticas se manifestaron en relación a esas declaraciones, por ejemplo:
1-Edmund Burke (1729-1797): Manifestó su desacuerdo con la lógica moral de los derechos humanos en su obra Les Réflexions sur la Révolution de France (01 noviembre 1790). Considera esos derechos como una norma abstracta que hace imposible el reconocimiento de las reclamaciones especificas de un pueblo. En la famosa ley del tercer año del reinado de Carlos I, llamada petición de derechos, el parlamento dice al rey “vuestros súbditos han heredados esta libertad, no fundando el reclamo de sus franquicias sobre principios abstractos como los derechos del hombre, sino sobre los derechos de los ingleses y un patrimonio que precede de sus mayores…”9
2-Thomas Paine (1737-1809), en la publicación El derecho del hombre de 179110 , responde a Burke, precisando que “Los derechos del hombre son los de todas, generaciones, y ninguna tiene facultad de arrogárselos” (pág. 119). Que los gobiernos actúan para preservar los derechos de las personas que ellos tienen como misión de protegerlas. “El hombre no tiene poder alguno en materias de derecho personal…” (pág. 78), y que ningún gobierno no puede fundar su autoridad sobre el mismo. “La nación es esencialmente la fuente de toda soberanía, y ningún hombre o junta de hombres no pueden ejercer alguna autoridad, que no derive expresamente de ella…” (pág. 61).
3-Jeremy Bentham (1748-1832). Rechaza el estado de naturaleza o un estatus moral prepolítico de los derechos humanos, a los que considera declaraciones retoricas y los denomina falacias anárquicas (de confusión, de obscuridad), porque tienen una tendencia a destruir toda organización de gobierno y preparar la disolución de una autoridad legal. El autor determina, que « las leyes reales dan nacimientos a los derechos11 reales….en el otro sentido, es la criatura quimérica de una ley imaginaria, una pretendida ley de la naturaleza, una metáfora usual para los poetas, retóricos y los charlatanes de legislación… El germen de esta falsa teoría de los derechos del hombre está en las pasiones del corazón humano12. Cuando se emplea la palabra derecho en un sentido superior a la ley, se reconoce un Derecho que ataca la Ley, que la anula. En ese sentido, esa palabra (derecho) es el arma más peligrosa de la anarquía.
4-Para los opositores a la Declaración francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, Joseph de Maistre (1753-1821)13 y Louis de Bonald (1754-1840)14 , no existe ninguna otra fuente de autoridad más que Dios y por consecuencia no puede haber una norma humana de derecho que socave su autoridad. Los hombres no pueden despojarse de algo que los trasciende, cualquier acuerdo que se encuentre dentro de la voluntad de los hombres requiere una legitimación externa para fundamentarla.
5-Auguste Comte (1798-1857), para quien la idea de derechos humanos, se presenta de manera engañosa porque esa concepción implicaría que los derechos están subordinados a los deberes. Así, “La palabra derecho debiera ser apartada del verdadero lenguaje político, como la palabra causa del auténtico lenguaje filosófico”…, la metafísica de los últimos cinco siglos, introdujo, pretendidos derechos humanos, que únicamente comportó un oficio negativo” (antisocial e individualista). En el estado positivo, la idea de derecho desaparece irrevocablemente. Cada individuo tiene deberes para todos, pero nadie tiene ningún derecho propiamente dicho. Las justas garantías individuales resultan solamente de esta universal reciprocidad de obligación, que reproduce el equivalente moral de los derechos anteriores. Dicho de otro modo; nadie posee otro derecho que el de cumplir siempre su deber” 15
6-Karl Marx (1818-1883): en la Cuestión Judía (1844)16, afirma que: “….los derechos humanos bajo su forma autentica, bajo la forma que les dieron sus descubridores, los norteamericanos y franceses, son derechos políticos, que solo pueden ejercerse en comunidad con otros hombres. Su contenido es la participación en la comunidad y concretamente en la comunidad política, en el Estado. Estos derechos entran en la categoría de la libertad política, de los derechos cívicos….Así, “…la idea de los derechos humanos…no es una idea innata al hombre, sino éste la conquista en lucha contra las tradiciones históricas en la que el hombre había sido educado antes. Los derechos humanos no son, un don de la naturaleza, un regalo de la historia anterior, sino el fruto de la lucha contra el azar del nacimiento y contra los privilegios…”. Para Marx, “Los llamados derechos humanos, a diferencia de los derechos del ciudadano, no son otra cosa que los derechos del miembro de la sociedad burguesa, es decir, del hombre egoísta, del hombre separado del hombre y de la comunidad”.
7-La Iglesia Católica: en un primer tiempo, criticó los derechos humanos de la Revolución Francesa porque hace mención de derechos naturales. Desde fines del siglo XIX la doctrina social de la iglesia asocia a esos derechos afirmados en diversas encíclicas y declaraciones papales:
El Papa Pio VI, en 1791, condenó la Declaración de los Derechos de 1789 por ser contrarios a la religión y a la sociedad. En 1832, Gregorio XVI y la encíclica Quanta cura de 1864, califican los Derechos Humanos de verdadero delirio.
A partir de la encíclica Rerum novarum de 1891 de León XIII, la cual brindó un contenido teológico al derecho subjetivo, la noción de los derechos humanos comienza a introducirse en la doctrina social de la iglesia. El reconocimiento continua en Pacem in terris de 1963, Gaudium et spes de 1965 las declaraciones de Paulo VI (1968) y de Juan Pablo II (1979).
La admisión por parte de la iglesia de los derechos humanos remite a la versión cristiana de los derechos. La iglesia esta tanto a favor de los Derechos como en su contra. Es favorable cuando son bien y justamente interpretados. Le son hostiles cuando son mal e injustamente interpretados. 17
II-Dignidad humana: Sin olvidar la influencia del cristianismo, la dignidad de la persona humana es intangible, debe ser respectada y protegida por los gobiernos, constituye el fundamento de los derechos humanos, es la consideración que merece una persona. Dignidad humana y Derechos Humanos forman una unidad conceptual. El principio de la dignidad es el primer principio que funda todos los otros, instituye la base del estado de Derecho. La importancia de la dignidad humana (contemporáneo) en relación a la dignidad humana (tradicional)18, consiste a conectar de manera interna dignidad y derecho, porque la concepción moderna de la dignidad humana comprende el hombre como sujeto19 , por ejemplo:
1- Para E. Kant (1724-1804)20, en el análisis que realiza de la dignidad (como elemento moderno de dignidad humana), afirma que “el hombre es un fin en sí mismo, no es una cosa, no es un objeto que se lo pueda tratar simplemente como medio para usos de otros individuos…” Numerosos son los autores que realizan estudios sobre la relación de la dignidad y los derechos humanos en la filosofía de Kant21 .
2- La constitución pastoral gaudium et spes, manifiesta que: “…La propia dignidad humana pide, pues, que glorifique a Dios en su cuerpo y no permita que lo esclavicen las inclinaciones depravadas de su corazón…”22 .
3- En 2010, Jürgen Habermas: precisa que la dignidad humana….”constituye la fuente moral de la que todos los derechos fundamentales derivan su sustento” “….siempre ha existido una conexión interna entre la noción moral de dignidad humana y la concepción jurídica de los derechos humanos, aunque ésta solo se haya manifestado de manera explícita en el pasado reciente….,” la dignidad humana:”…es la fuente de la que derivan todos los derechos básicos” 23 En los documentos internacionales, la dignidad humana, es mencionada, por ejemplo: 1- Preámbulo de la Constitución de la Unesco24, donde se invocan “los principios democráticos de la dignidad, la igualdad y el respeto mutuo de los hombres” 2- En dos documentos fundamentales de la Unesco: – La Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos del 11 de noviembre de 199725 – La Declaración universal sobre Bioética y Derechos Humanos del 19 de octubre de 200526 3- El Convenio Europeo sobre los derechos humanos y la Biomedicina: Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina del consejo de Europa (04 abril 1997)
4- La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), reconoce en su preámbulo que todos los miembros de la familia humana tienen una “Dignidad intrínseca” y en el artículo 1°, afirma que: “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos…” 27 5- La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (18-02-2000)28 , determina en su artículo 1°: “la dignidad humana es inviolable. Sera respetada y protegida”.
Paris, 27 diciembre 2016,
Prof. Mario Sandoval,
marios46@hotmail.com
1 Mario Sandoval, francés, nació en Buenos Aires. Formación y actividades en ciencias políticas, filosofía, habiendo ocupado funciones en los sectores públicos y privados, la docencia superior y consultorías, a nivel nacional e internacional, en los campos de las relaciones internacionales, la geopolítica. Regularmente participa a conferencias, asesorías, publicaciones coloquios a nivel internacional. Miembro de centros de investigaciones, asociaciones multidisciplinarias.
2Los derechos humanos: “son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles…….”.in ¿Qué son los derechos humanos? Oficina del Alto Comisionado Naciones Unidas http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx
3 La ONU, en 1971, procedió a su traducción en todas las lenguas oficiales, como primer documento de los Derechos Humanos
6 Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1791: Articulo 2: El objetivo de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del Hombre; estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y, sobre todo, la resistencia a la opresión.
7 Declaración de 1793: Artículo 1: Finalidad de la sociedad: el bienestar común. La finalidad de la sociedad es el bienestar común. El gobierno es instituido para garantizar al hombre la vigencia de sus derechos naturales e imprescriptibles. Artículo 2 Igualdad, libertad, seguridad y propiedad. Estos derechos son la igualdad, la libertad, la seguridad, la propiedad.
8 Declaración 1795: El pueblo francés proclama, en presencia del ser supremo, la declaración siguiente de los derechos y deberes del hombre y del ciudadano. Artículo 1. Los derechos del hombre en sociedad son la libertad, la igualdad, la seguridad, la propiedad.
11 Para Benthaman: La palabra derecho tiene dos sentidos, uno propio y otro metafórico, en la lengua inglesa, se toma como adjetivo y como sustantivo. Como adjetivo, tiene un sentido moral: significa adecuado, razonable, útil. Como sustantivo, tiene dos sentidos: legal o ilegal.
12 Jeremy Bentham in Sophismes anarchiques: Examen critique de diverses déclarations des droits de l’homme et du citoyen in Œuvres de Jérémie Bentham, Tome I, Société Belge de Librairie, 1840, paginas 507-535
13 Joseph de Maistre in Considérations sur la France (1796)
14 Louis de Bonald, in Théorie du pouvoir politique et religieux (1796).
15 August Comte in Système de Politique Positive ou Traité de Sociologie, Instituant la Religion de l’Humanité, Paris, juillet 1851, Tome Premier, page. 361. https://archive.org/details/systmedepoliti01comt
18 Antonio Pele in La dignidad humana: modelo contemporáneo y modelos tradicionales, Revista Brasileira de Direito, 11(2), 7-17 julio 2015, https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:WKsijoBK2IAJ:https://dialnet.unirioja.es/descarga/arti culo/5379213.pdf+&cd=1&hl=fr&ct=clnk&gl=fr&client=firefox-b
19 Christoph Menke, in « De la dignité de l’homme à la dignité humaine : le sujet des droits de l’homme », Trivium n°3/2009, consulté le 23 décembre 2016: http://trivium.revues.org/3303
20 E. Kant trata los aspectos de la dignidad en varias obras, por ejemplo in Fundamentación de la metafísica de las costumbres, Critica de la razón práctica, y en particular en metafísica de las costumbres.
El juez Julián Ercolini procesó a la ex presidente Cristina Elisabet Fernández de Kirchner por asociación ilícita y administración fraudulenta agravada y ordenó un embargo por 10.000 millones de pesos.
También procesó al ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, al ex secretario de Obras Públicas José López y al detenido empresario Lázaro Báez, entre otros, según una resolución firmada hoy. Abel Fatala, ex subsecretario de esa misma área; Nelson Periotti, el titular de Vialidad Nacional; y otros responsables políticos y técnicos del gobierno kirchnerista tanto a nivel nacional como provincial, también involucrados.
La misma medida le cayó al primo de Néstor Kirchner, Carlos Santiago Kirchner, en la distribución de la obra pública que convirtió a Báez, presunto testaferro de la ex familia presidencial, en de mendigo a multimillonario.
Informe elaborado por la Comisión de Enlace Interpenales de los Presos Políticos de Argentina con motivo de la 1eras Jornadas de ayuno y análisis llevada a cabo los días 8 y 9 de diciembre de 2016.
INTRODUCCIÓN
En primer lugar debemos destacar el rotundo éxito obtenido por los PP al lograr un método de comunicación y coordinación permanente que permitió la adhesión de la totalidad de los prisioneros de todo el país a estas jornadas. Es de destacar además la participación activa de tres presas políticas detenidas en el penal de Ezeiza, quienes a pesar de sus graves condiciones de detención han acompañado el ayuno del resto de los prisioneros.
También es de resaltar el apoyo y acompañamiento de miles de familiares, ONG amigas, amistades y hasta personas ajenas a nuestro medio que se solidarizaron con este primer esfuerzo, enriquecido por el soporte brindado por todos ellos.
Por su parte el personal penitenciario federal y de las distintas provincias cumplió atinadamente con sus responsabilidades, tomando las medidas correspondientes a fin de dejar constancia del evento de acuerdo a la reglamentación vigente y el debido control de la salud de todos los participantes. En este marco ha quedado claro que el objetivo de esta actividad no tenía relación alguna con las instituciones penitenciarias.
Los integrantes de los equipos de trabajo han expresado libremente su opinión respecto del temario establecido, con aportes significativos para la redacción de este primer informe, como así también establecer que dichos equipos continuaran funcionando a fin de elaborar un plan de acción que será puesto a consideración de todos los PP en forma reservada y en fecha ya establecida.
Dado que el presente trabajo es de carácter general, paulatinamente iremos difundiendo los informes producidos en los distintos penales en lo atinente a la situación local de cada uno de ellos.
PRIMERA PARTE:
Balance del 1er año de gobierno de Cambiemos en relación con los DDHH de los PP.
Gran parte de la sociedad argentina votó en 2015 la posibilidad de un cambio real para nuestro país, luego de 12 años de latrocinio, incapacidad, corrupción, odio, venganza y violación sistemática del Estado de Derecho.
Dentro de esa mayoría se encuentran los presos políticos, sus familias, amigos y un sector relevante de la ciudadanía, incluyendo a gran parte de los miembros de las FFAA, de seguridad y policiales, quienes votaron con la esperanza de una solución favorable para quienes encuentran injustamente encarcelados por causas de DDH de los años 70.
Nuestras expectativas siguen en pie, pero también tenemos la necesidad de expresar nuestro desconcierto frente a lo ocurrido en el primer año de gobierno de Cambiemos. Nadie ignora la gravedad de lo heredado en todos los ámbitos, pero los tiempos del gobernante le exigen determinar prioridades que aunque no sean en beneficio de muchos y que no permite gradualismo alguno, hace necesario tomar medidas urgentes, porque ante una injusticia no hay otra solución que repararla con la velocidad que impone el ciclo vital de quienes la padecen.
He aquí nuestras reflexiones, que deseamos sean tenidas en cuenta por aquellos de quienes dependen nuestras vidas:
El Presidente Mauricio Macri inicia su mandato con un mensaje en el Congreso Nacional donde expresa que las tres prioridades de su gobierno serán: pobreza cero, la lucha contra el narcotráfico y la unión nacional.
Desde una perspectiva integral estos objetivos deben ir confluyendo en forma mancomunada, y dentro de esa integración adquiere especial relevancia el de la unión nacional. Es improbable que sin este faro rector, los otros dos puedan llegar a buen puerto; sin una base aún precaria de unión nacional basada en la paz y en la convivencia de sectores antagónicos, quizás la lucha contra el narcotráfico, y más aún, lograr pobreza cero no sean más que una nueva quimera que quedará solo como una expresión de deseos.
La unión nacional es un postulado que ha sido reiterado sistemáticamente como meta de los distintos gobiernos de turno. Sin embargo, luego de doce años de destrucción del tejido social de nuestra sociedad, donde la famosa grieta que tanto se menciona fruto del enfrentamiento ideológico de la década del 70 se ha profundizado, por lo tanto dicho postulado se ha transformado en una imperiosa necesidad de concreción.
La paz es hoy una especie de ficción para nuestro pueblo, castigado entre otras cosas, por la violencia cotidiana de la inseguridad como método de expropiación de recursos, bienes y vidas humanas.
Respecto de la violencia de hoy, tiene su origen en los grupos antagónicos más radicalizados (grupos de izquierda y organismos de DDHH), que con distintas formas y métodos tienen como slogan “Ni olvido ni perdón”. No comprender el fenómeno de la violencia bajo este ropaje es no entender la naturaleza del accionar de estos sectores creados e incentivados por el kirchnerismo, sectores afines y parasitarios de éste, cuyas herramientas políticas son la extorsión, el amedrentamiento y la potencial capacidad de desestabilización institucional, ante situaciones políticas adversas como la actual.
Lo curioso, es que los mismos representan una ínfima minoría respecto del electorado y del conjunto de los argentinos. El narcotráfico y la pobreza no son responsabilidad de los sectores más postergados sino de quienes hacen de ellos herramientas políticas para reconquistar el poder.
Lo señalado hace explícito que el gobierno debe ser el actor principal en el desmantelamiento de estas estructuras para así acercarse a poder alcanzar en forma duradera los tres objetivos planteados.
Entre los desaciertos que pueden formularse al Presidente en la cuestión de los DDHH es la sobreactuación asimétrica realizada con los actos en el denominado espacio de la memoria en ocasión de la visita de los mandatarios Barack Obama y Francois Hollande.
La estrategia elegida fue desafortunada por cuanto no tiene trascendencia alguna para los públicos de USA y Francia respectivamente como así tampoco para el de nuestro país y en especial para los organismos de DDHH, al haber sido marginados de tales actos.
En resumen, nada para recordar ni que devenga en algún beneficio concreto para Argentina, habida cuenta del pragmatismo y la consabida cuota de cinismo de los países del primer mundo en esta materia.
Como corolario, ambos mandatarios han sufrido recientemente la derrota en las urnas por más de una razón, de las que no se debe excluir sus políticas erráticas para con el terrorismo.
Del mismo tenor resultó la participación del Ingeniero Macri en el proceso de paz en Colombia, rechazado a su vez por una consulta popular con resultado para pocos sorpresivo.
A ello se suma el desaire a las víctimas del terrorismo de los 70, como acabada muestra de la ya añeja corrección política. ¿Cómo es posible que hasta el día de hoy no se reconozcan como victimas los soldados que fueron abatidos en el ataque al cuartel de Formosa en 1975? ¿Cuál es la excusa perversa para que no se los reconozca como víctimas a miles de civiles y militares, quienes sufrieron la más cruel de las violencias, la que se ejerce con el objeto de aterrorizar a la sociedad, sin importar otra cosa que matar, secuestrar y robar, como lo hicieron las organizaciones terroristas en los 70?
Por ello es obligación del gobierno nacional difundir en detalle el legado histórico basado en la verdad de lo ocurrido, tal como lo manifestara la Cámara Federal de la Capital en el juicio a las Juntas Militares en 1985:
“La situación preexistente al 24 de marzo de 1976.
Ya ha quedado suficientemente demostrado, al punto de caracterizarlo como un hecho notorio, que ese fenómeno delictivo asoló al país desde la década de 1960, generando un temor cada vez más creciente en la población, al par que una grave preocupación en las autoridades.
También está fuera de discusión que a partir de la década de 1970 el terrorismo se agudizó en forma gravísima, lo que se manifestó a través de los métodos empleados por los insurgentes; por su cantidad; por su estructura militar; por su capacidad ofensiva; por su poder de fuego; por los recursos económicos con que contaban provenientes de la comisión de robos, secuestros extorsivos y variada gama de delitos económicos; por su infraestructura operativa y de comunicaciones; la organización celular que adoptaron como modo de lograr la impunidad; por el uso de la sorpresa en los atentados irracionalmente indiscriminados; la capacidad para interceptar medios masivos de comunicación; tomar dependencias policiales y asaltar unidades militares.
En suma, se tiene por acreditado que la subversión terrorista puso una condición sin la cual los hechos que hoy son objeto de juzgamiento posiblemente no se hubieran producido.
Además, el Tribunal también admite que esos episodios constituyeron una agresión contra la sociedad argentina y el Estado, emprendida sin derecho, y que éste debía reaccionar para evitar que su crecimiento pusiera en peligro la estabilidad de las instituciones asentadas en una filosofía cuya síntesis, imposible de mejorar, se halla expuesta en la Constitución Nacional.
En consideración a los múltiples antecedentes acopiados en este proceso, especialmente documentación secuestrada, y a las características que asumió el fenómeno terrorista en la República Argentina, cabe concluir que dentro de los criterios clasificatorios que se vienen de expresar, éste se correspondió con el concepto de Guerra Revolucionaria.”
Las formas de gobernar en tiempos actuales pueden tener formatos diversos, pero dentro del elegido no hay lugar para la ingenuidad, el realismo político impone adecuarse a la situación social imperante, ora en forma gradual ora inmediata; si bien la paz requiere de ambos tiempos, la preminencia para alcanzarla debe ser la de la urgencia.
Es por ello que se impone una perentoria acción de esclarecimiento histórico, la que debe servir a las futuras generaciones, como ejemplo de lo que no debe ocurrir y que la sociedad debe enfrentar con las armas que proporciona la democracia y la verdadera justicia.
Es probable que en su primer análisis la coalición triunfante no haya evaluado la significación de la corrupción, principal pilar de la supervivencia de los flagelos que se propuso enfrentar.
El gobierno debe agotar todas las instancias posibles a su alcance a fin de reducir al máximo el poder de las mafias que actúan de consuno con los sectores radicalizados, tales como la estafa de “Sueños compartidos”, actores principales de nuestros desencuentros.
La corrupción se sirve y les sirve a estos en un círculo vicioso que constituyen la nueva máquina de impedir.
Uno de los centros de gravedad más sutil del accionar de la corrupción se encuentra en el ámbito del denominado por el Presidente, “el curro de los derechos humanos”. No es momento hacer aquí un inventario de ellos, hoy largamente conocidos por gran parte de nuestra sociedad. Ello se transluce cabalmente en el anexo 1.
Si es necesario que el gobierno asuma este problema con suma premura; mientras el parlamento trata de crear más impuestos se siguen dilapidando sumas impresionantes para falsas indemnizaciones o mantenimiento de ONGs y otro tipo de organismos que utilizan esos fondos en beneficio personal, con fines políticos y/o propagandísticos.
Una muestra de ello es el pacto espurio realizado entre el gobierno de la CABA y las abuelas de plaza de mayo para obtener votos en la legislatura a cambio de un aporte cuantioso de fondos para propaganda.
De la misma manera el gobierno de Cambiemos en la CABA apoya al sindicato de encargados de edificios, de pura cepa kirchnerista y dueños de Página 12, para financiar vía publicidad oficial al mencionado diario.
Otro tanto le cabe a la Secretaria de DDHH, una dependencia oficial que si bien cumple un rol de contención de los grupúsculos más recalcitrantes, solo logra el rechazo de las partes en pugna, por la falta de objetivos claros y una retórica vacía que solo obtiene el repudio de todos los involucrados en esta materia.
Una muestra cabal de lo señalado es el intento de ampliar el slogan “Verdad, memoria y justicia” agregando al mismo más palabras sin ton ni son, y que solo contribuyen a la confusión y al desencuentro.
Asimismo, por un lado se recorta el presupuesto del organismo y por el otro, como es público y notorio, se solventa generosamente la participación en los procesos como querellantes de agrupaciones afines a los grupos terroristas de los 70, y cuya tarea principal es amedrentar y conducir el accionar de fiscalías y jueces, convirtiéndose en los principales medios de venganza en los diversos juicios.
De la misma manera relativiza un hecho objetivo respecto del informe producido acerca de la verdadera cantidad de desaparecidos (8571) derribando el mito de los 30000, pero con la suficiente ambiguedad literaria como para hacer creer que no es lo que realmente es.
En lo que respecta a la relación del Poder Ejecutivo con la justicia, destacamos con preocupación las denuncias de la diputada Elisa Carrió, el pobre desempeño de los representantes del gobierno en el Consejo de la Magistratura, y sobre todo la supervivencia de la Procuradora General de la Nación, cabeza explícita de una asociación cuasi ilegal, quien es una roca en el zapato para cualquier intento de cambios profundos en materia de DDHH y corrupción.
Por último, queda como interrogante si no hubiera sido necesario, ante la gravedad de la herencia recibida, haber instrumentado algo similar al mentado pacto de La Moncloa. Los problemas de todo orden que afronta el gobierno (incluido el tema de los DDHH) en estos tiempos hubieran quizás requerido de un gran acuerdo entre los distintos actores de la política, economía, sociales, religiosos, etc.
La magia de las encuestas no produce gobernantes lucidos, lo son quienes las utilizan exitosamente como un recurso más de la política. Y si de encuestas se trata, esta Comisión posee varias realizadas en distintas épocas y que son de una elocuencia contundente respecto a los denominados “juicios de lesa humanidad”: O las dos partes o ninguna.
SEGUNDA PARTE
Evaluación de la justicia con relación a las causas de “lesa humanidad”.
Si existe en Argentina una verdadera tragedia, ella ocurre en el ámbito del poder judicial federal, en particular en el fuero penal. No debe sorprender que en cualquier informe o encuesta, etc, el sector más desprestigiado frente a la sociedad es el Poder Judicial
Ello no es algo nuevo, ya que el poder político mantiene desde hace años una relación con éste, que no solo viola la independencia de poderes, sino que expone públicamente los peores atributos asignables a quienes deben velar por los derechos y garantías de todos los ciudadanos de nuestro país.
Pero desde el punto de vista de los denominados “juicios de lesa humanidad” se han sobrepasado todas las barreras existentes para con los enjuiciados, es decir los presos políticos. Para mayor abundancia y claridad hemos agregado el anexo 2, donde se fundamentan las razones de nuestro carácter de tales, basados en todas las violaciones que comete la justicia para con nosotros.
Pero ¿cuando se inicia esta conducta enfermiza de los hombres de la toga manchada por la prevaricación? Quien o quienes son los artífices de los tremendos desatinos cometidos por quienes deberían ser garantes de nuestros derechos?
La respuesta es simple: a partir de pacto doloso entre el extinto Nestor Kirchner y Ricardo Lorenzetti, siendo aquel quien impusiera como condición para este de su futuro status de presidente de la Corte Suprema de Justicia, la necesidad de reabrir los juicios a los miembros de las FFAA y de Seguridad por los hechos de los 70, luego de transcurridos diecisiete años de promulgadas las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, las que lograron pacificar al país, a pesar de las inevitables secuelas que sobre unos y otros quedarían como sacrificio para afianzar la paz.
Lorenzetti es a su vez autor de un nuevo concepto en la ciencia política, “los juicios de lesa humanidad son una política de estado fruto del pacto entre la sociedad y el Estado”.
El problema es que los pactos entre la sociedad y el Estado se plasman, en la modernidad, en las constituciones. Argentina tuvo una reforma constitucional en 1994, donde no hubo ninguna postura que tratara de incluir ese incordio en tan reciente actualización de nuestra carta magna; es decir una vez más el relato se impone a la contundencia de los hechos, aún apoyado en la relativa legitimidad de alguna ley posterior.
Para ello había que contar con algún fundamentador de la ruptura de las derechos consagrados en nuestra constitución; allí la tarea sucia corrió por parte de uno de los juristas más venales de nuestra historia, Eugenio Zaffaroni, quien, con un alambicado desarrollo pseudo jurídico, puso las bases indispensables para avanzar con los juicios de “lesa humanidad”, verdadero disparate único en el mundo.
Estos personajes pues, pusieron en marcha la maquinaria criminal penal que arrasó con casi dos mil años de evolución en la ciencia jurídica occidental, provocando la muerte y el virtual secuestro en cárceles de miles de personas que, siendo inmensa mayoría de baja jerarquía en sus instituciones en aquella época, sirven de excusa para que de allí en más los DDHH queden al servicio de un gobierno que desnaturalizó sus fines para hacerlos un medio más del vaciamiento de la arcas de la Republica.
Sin embargo, nuevamente, aquí no podemos seguir lamentándonos de lo ocurrido sin pensar que el gobierno actual no puede redimir parte de los daños causados.
Pues es insostenible la postura del mismo respecto de un irrestricto respeto a la división de poderes, porque es público y notorio que el gobierno anterior, a través de un Consejo de la Magistratura adicto, designó numerosos jueces en el fuero penal federal vinculados por sangre o ideología con las organizaciones terroristas actuantes en los 70.Recientemente la Cámara de Casación Penal separó del Tribunal Federal de Santiago del Estero a dos sus integrantes por haber pertenecido al ejército Revolucionario del Pueblo y al restante por sus vinculaciones con las organizaciones de DDHH querellantes en los juicios de lesa humanidad.
Como ellos, que venían actuando impunemente en numerosas causas que ahora deben ser revisadas, también se ubicaron en el Ministerio Público Fiscal, apadrinados por Alejandra Gils Carbó, funcionarios de manifiesta parcialidad.
Bien podemos decir que frente al eufemismo “terrorismo de estado”, la mayoría del poder judicial del fuero penal y la Procuración, por ideología o por intereses espurios, se encuentran desarrollando operaciones que podemos denominar “terrorismo judicial”.
Porque también es público y notorio que los tribunales orales federales, por temor o ideología, han dictado sentencias apartándose de la regla de oro del proceso penal que dispone que todo fallo condenatorio debe estar basado en la existencia objetiva y subjetiva, y más allá de toda duda razonable, de pruebas suficientes que acrediten la existencia del hecho y la responsabilidad del acusado.
El fallo absolutorio de la sala III de la Cámara de Casación Penal, en la causa “Carrizo Salvadores”, que significó la libertad de tres oficiales subalternos del Ejército, condenados a prisión perpetua por el Tribunal Oral Criminal de Catamarca, es una prueba irrefutable de lo que venimos diciendo. Resulta imperiosa realizar una auditoría de todo lo actuado por esta justicia genuflexa o militante a partir del año 2003.
Porque también es público y notorio que estos mismos tribunales, en abierto desconocimiento de las leyes 24390 y 26472, han extendido los plazos de prisión preventiva sin sentencia firme más allá de los tres años y negado la prisión domiciliaria a los mayores de 70 años.
Porque también es público y notorio que esos mismos tribunales han convertido reales enfrentamientos mantenidos por las fuerzas militares y de seguridad con peligrosos terroristas en supuestos simulacros, a pesar de que en no pocos de ellos, se registraron bajas en las fuerzas legales.
Como resultado, permanecen privados de libertad desde hace muchos años, militares y policías jóvenes y de baja jerarquía en aquellos años, porque los familiares de los abatidos necesitan fallos condenatorios para lograr el pago de las leyes reparatorias.
Porque también es público y notorio que tribunales de USA, España, Italia, Brasil y Francia han rechazado en no pocos casos y con duros términos, las extradiciones solicitadas por la justicia argentina por desconocer los principios de irretroactividad de la ley penal, los plazos de prescripción o directamente invocar como prueba de cargo testimonios acusatorios de los propios terroristas o simples conjeturas, como lo son la pertenencia a una determinada unidad militar o dependencia policial.
Es esta justicia la que libera asesinos, violadores convictos y confesos, de espalda a las víctimas y de toda la sociedad, que vuelven a violar y matar; sin embargo la corrupción y el garantismo desestabilizador imponen sus propias reglas.
Para terminar, recientemente un juez argentino dictaminó que la orangutana Sandra, alojada en zoológico de Buenos Aires, “es una persona no humana” y como tal debe gozar de ciertos derechos.
La justicia penal argentina, en sus dictamenes sobre los presos políticos respecto a los derechos que se nos conculcan, nos coloca en un limbo de nivel inferior al de Sandra.
TERCERA PARTE
Los organismos internacionales de DDHH y los presos políticos argentinos
Los organismos internacionales de DDHH, ya sean de origen supranacional o como ONGs, en general no están integrados por los países más poderosos de la tierra; ellos están fuera del radar de esas estructuras, a pesar de los desmanes que cometen de todo orden durante guerras, o conflictos de distinta índole.
Ellos aplican parámetros que sí se utilizan para quienes, como en nuestro país se han sometido sin atenuantes a pesar de lo que dictamina nuestra constitución y lo dictado por los tratados internacionales incorporados a ella.
Ella dictamina que, en última instancia prevalecerá lo que está establecido en el acápite de derechos y garantías. Como muestra de la arbitrariedad reinante, esto tampoco es tenido en cuenta para el caso de juicios políticos realizados contra los PP.
En la ONU la mayoría de los países miembros intentan dictar resoluciones basados en la dialéctica a favor del supuestamente más débil, pero dichas medidas pocas veces entran en colisión con los intereses de los poderosos y cuando lo hacen son olímpicamente ignoradas por sus destinatarios.
Como dato elocuente es necesario recordar que la Corte Penal Internacional no tiene, entre quienes se someten a su escrutinio, a las grandes potencias.
Por su parte la Comisión Interamericana de DDHH es hoy una estructura dominada por el lobby bolivariano, integrado de parte de nuestro país por quienes más hicieron por la división, el enfrentamiento y los derechos de criminales y violadores, un grupo integrado por ex terroristas encabezados por un ex juez prostibulario.
No es de extrañar entonces que esos organismos, comprometidos con el pseudo progresismo, operen contra gobiernos que sufren el embate de quienes no toleran que se ejerza una sana alternativa en el ejercicio del poder. Tal el caso de los extravagantes reclamos por la liberación de Milagro Sala en tiempo record, dados los plazos que usualmente se estipulan transcurran para realizar sus reclamos.
Este es otro ejemplo acerca de la confusión del gobierno respecto de la consideración que aquellos merecen, la puerta al verdadero progreso se abre cerrándole el paso a estas maniobras que tienen por objeto mantener viva la militancia desplazada por el voto popular y cubrir de antemano a la ex mandataria en su inexorable destino judicial.
Los PP requerimos que nuestro gobierno actúe con firmeza ante estos reclamos y se haga cargo de los nuestros en esos organismos, con la misma velocidad con que ellos actúan ante casos inadmisibles.
CUARTA PARTE
Las Iglesias
La Iglesia Católica Argentina vive un proceso inédito de conmoción con la consagración del Cardenal Jorge Bergoglio como el Papa Francisco. Este, desde el inicio de su gestión ha bregado y lo siguiendo haciendo, por la paz en el mundo y en especial en nuestro país, bajo las normas que impone el cristianismo moderno, las que a veces, suelen colisionar con los intereses políticos de su propio país.
Sin embargo sabemos que contamos con su apoyo y la de la mayoría de los prelados argentinos. Prueba de ello son las reiteradas visitas a los PP que realizan distintos miembros de la jerarquía católica argentina.
Si bien la Iglesia posee una forma particular de expresarse y hacerse oír, son a todas luces evidentes sus esfuerzos por que se alcance una solución adecuada para nuestra situación.
Queremos aquí dar gracias y hacer saber que mantenemos intacta nuestra fe en quienes tienen diariamente una ingente tarea en pos de los más débiles y necesitados.
Es oportuno recordar aquí parte de lo manifestado en la Asamblea Episcopal del año 2005 en la carta pastoral “Una luz para reconstruir la Nación”, como muestra de su mirada comprensiva y elevada acerca del confuso derrotero de nuestra Patria en su perspectiva histórica.
CARTA PASTORAL
“UNA LUZ PARA RECONSTRUIR LA NACIÓN (2005)
“III. Cuatro Valores Fundamentales de la Vida Social
1° La verdad
– 27. La verdad es un valor fundamental que desde siempre la humanidad busca ansiosa. Tiene una dimensión objetiva que fundamenta la actividad del hombre, posibilita el diálogo, fundamenta la sociedad e ilumina sobre la moralidad de los comportamientos de los ciudadanos y de los grupos sociales: verdad de la naturaleza del hombre, de la vida, de la familia, de la sociedad. Verdad, también, de los hechos acaecidos.
La interpretación de la historia argentina está atravesada por cierto maniqueísmo, que ha alimentado el encono entre los argentinos. Lo dijimos en mayo de 1981, en “Iglesia y Comunidad Nacional: “Desgraciadamente, con frecuencia, cada sector ha exaltado los valores que representa y los intereses que defiende, excluyendo los de los otros grupos. Así en nuestra historia se vuelve difícil el diálogo político. Esta división, este desencuentro de los argentinos, este no querer perdonarnos mutuamente, hace difícil el reconocimiento de los errores propios y, por tanto, la reconciliación. No podemos dividir al país, de una manera simplista, entre buenos y malos, justos y corruptos, patriotas y apátridas. No queremos negar que haya un gravísimo problema ético en la raíz de la crítica situación que vive el País, pero nos resistimos a plantearlo en los términos arriba recordados”.
A veintidós años de la restauración de la Democracia conviene que los mayores nos preguntemos si trasmitimos a los jóvenes toda la verdad sobre lo acaecido en la década del 70. O si estamos ofreciéndole una visión sesgada de los hechos, que podría fomentar nuevos enconos entre los argentinos. Ello sería así si despreciásemos la gravedad del terror de Estado, los métodos empleados y los consecuentes crímenes de lesa humanidad, que nunca lloraremos suficientemente. Pero podría suceder también lo contrario, que se callasen los crímenes de la guerrilla, o no se los abominase debidamente. Éstos de ningún modo son comparables con el terror de Estado, pero ciertamente aterrorizaron a la población y contribuyeron a enlutar a la Patria. Los jóvenes deben conocer también este capítulo de la verdad histórica. A tal fin, todos, pero en especial ustedes, fieles laicos, que vivieron en aquella época y eran adultos, tienen la obligación de dar su testimonio. Es peligroso para el futuro del País hacer lecturas parciales de la historia. Desde el presente, y sobre la base de la verdad y la justicia, debemos asumir y sanar nuestro pasado.”
Sin embargo existen sectores dentro de ella quienes persisten en exigir de nosotros gestos unilaterales destinados a un forzado pedido de perdón y arrepentimiento como un paso necesario en el camino para la reconciliación nacional.
Por ello se hace necesario traer a la memoria la decisión de los distintos Comandantes de las FFAA en la década del 90, donde públicamente condenaron la violencia institucional y del terrorismo, en representación de sus integrantes, quienes en su mayoría y en la época habían participado de las operaciones ordenadas por las máximas jerarquías políticas y militares y apoyadas por gran parte de la sociedad.
Pero, si es genuino el deseo de alcanzar un amplio consenso para la reconciliación nacional, también es imprescindible que realicen un auténtico mea culpa todos los sectores que de una forma u otra, por acción u omisión fueron responsables, participes, cómplices y que estuvieron involucrados en tan dramáticos hechos, como el empresariado, partidos políticos, sindicatos y otros ámbitos corporativos, incluyendo a la propia Iglesia; poniendo en su justo lugar el rol cumplido por las FFAA, FFSS y Policiales, quienes hasta el día de hoy parecen ser los únicos responsables de la tragedia vivida en los 70.
Como institución basada en valores morales y espirituales, la Iglesia Argentina es la más indicada para encabezar un vasto movimiento abarcativo de todos los involucrados a través un instrumento de acción concreto.
Este movimiento, cuya finalidad debería ser cerrar las heridas del pasado, necesita que todos los que en él participen lo hagan de buena voluntad, estén dispuestos a reconocer sus errores y a asumir el costo de los mismos con el consiguiente arrepentimiento y perdón de todas las partes.
Consideramos a esta propuesta uno de los caminos posibles en pos de una profunda, sincera y amplia reconciliación, con la intención de alcanzar una verdadera unión de todos los argentinos.
EL APOYO DE LAS IGLESIAS EVANGELICAS
En un hecho sin precedentes los PP de Ezeiza recibieron la visita de uno de los pastores más importantes de occidente, el Sr Luis Palau, de origen argentino y afincado hace muchos años en USA. Junto a uno de sus anfitriones argentinos, el pastor Ruben Proietti, se reunieron en el penal donde se encuentran los camaradas detenidos, por invitación de aquellos que profesan la fe evangelista, donde sostuvieron una asamblea informal con la mayoría de quienes allí están detenidos.
Hombres de una profunda fe y sentido de la caridad, no solo manifestaron su apoyo, sino también su compromiso para con nuestra causa y su voluntad de acompañar nuestros reclamos.
QUINTA PARTE
Balance de las acciones realizadas por las ONGs amigas y referentes de la causa de los PP.
Es imposible reducir en algunas frases el significado de lo hecho por quienes nos han acompañado en todo momento a lo largo de este infame derrotero.
Hombres y mujeres, familiares, amigos y desconocidos, de cualquier clase, condición o profesión luchan incansablemente por nuestros derechos y por ende, nuestra libertad.
Muchos fueron quedando por el camino, pero la justicia de la causa hizo que otros tomaran el testimonio y continuaran bregando más allá incluso de sus propias fuerzas. Sus logros, sin duda, han dado resultado, una prueba de ello es el manifiesto que destacados juristas hicieron público en julio del corriente año y que constituye un espaldarazo a todo lo hecho por quienes caminan a nuestro lado.
Es por ello que reproducimos en el anexo 3 ese documento, como fruto del empeño de todos ellos y muestra de lo justo de su compromiso.
SEXTA PARTE
Conclusiones y probable evolución
Este primer evento conjunto ha puesto en evidencia el espíritu y capacidad de lucha de los PP, quienes a pesar de la edad, enfermedades y el tiempo de detención, continuamos y continuaremos bregando pacífica e incansablemente por nuestra causa, aún a costa de nuestras propias vidas.
La familia militar y de seguridad se comprometió no solo con su voto, sino también en la propia actividad de campaña y fiscalización en favor de Cambiemos, con la expectativa de un profundo cambio respecto del “curro de los DDHH”.
De mantenerse la situación de los PP sin cambios sustanciales, en las elecciones de 2017 este compromiso probablemente sufra alteraciones inevitables.
Queda en manos del gobierno evaluar, si es conveniente en un escenario electoral por demás complicado, tener como votantes adversos a este valioso cuantitativamente sector social.
Dicho sector tiene objetivos claramente acotados, en tanto que, aquellos que reivindican posturas radicalizadas, nunca serán seducidos como votantes, pues su finalidad es la de perturbar y hostigar al infinito al gobernante de turno, aun recibiendo generosos dádivas para el funcionamiento de sus estructuras, por parte de éste.
El método del gradualismo sostenido por el gobierno es interpretado por el Poder Judicial como un síntoma de debilidad y por ende, éste continúa con el mismo ímpetu prevaricador de la época kirchnerista.
Respetando la división de poderes, se hace indispensable, por parte del gobierno, una rápida revisión de los hechos del pasado con la inevitable instalación de la verdad de lo acontecido, como contraparte al relato único instalado por el kirchnerismo en los juicios que se llevan cabo.
Para ello el gobierno puede contar con el concurso de innumerable cantidad de voces autorizadas, escritores, historiadores, periodistas, políticos, empresarios, eclesiásticos que pueden realizar contundentes aportes para tal fin.
El juicio a las Juntas Militares expone en forma objetiva lo que aquí sostenemos, tal como se refirió en un párrafo precedente en este documento.
“Además, el Tribunal también admite que esos episodios constituyeron una agresión contra la sociedad argentina y el Estado, emprendida sin derecho, y que éste debía reaccionar para evitar que su crecimiento pusiera en peligro la estabilidad de las instituciones asentadas en una filosofía cuya síntesis, imposible de mejorar, se halla expuesta en la Constitución Nacional.”
La decisión de un gobierno respecto de instalar honestamente lo acontecido desde el punto de vista histórico, más allá de las opiniones que esto haya merecido, a fin de instar a la justicia a proceder sobre los hechos no es nada nuevo; así lo hizo el gobierno alfonsinista en 1984 y más tarde y en forma aviesa, el kirchnerismo.
En el segundo caso es fácil de comprobar, mediante una simple lectura de las sentencias de los tribunales cuando hacen referencia al contexto histórico. Allí se evidencia el “relato” en su más fiel expresión, habiendo hecho suya los jueces la versión apócrifa del pasado instalada por ese gobierno.
Es menester que sin demora se comience con los mínimos gestos simbólicos de reconocimiento de las víctimas del terrorismo. Esos homenajes constituirían el paso inicial para acercarnos a la verdad histórica.
Por otra parte también requerimos que se les conceda espacio en los medios públicos de difusión a las ONGs que nos apoyan, a la par de los que utilizan los organismos de DDHH.
Parecería que para obtener algún beneficio del gobierno es indispensable realizar violentas manifestaciones de fuerza, por lo que esperamos que no sea necesario aplicar este requisito para ser escuchados en esta solicitud.
El Presidente no puede demorar, pues, la versión real y precisa de lo ocurrido en los 70; especular con ello solo beneficia a los sectarios y los corruptos, dejando inermes a quienes padecen la arbitrariedad más alevosa de nuestra historia.
De lo contrario, la inercia no solo mantendrá el statu quo, sino que agravará la situación de todos los PP, sumando nuevas causas, nuevas detenciones y la continuidad sine die de estos juicios políticos, a todas luces ilegítimos.
Contrariamente a lo que manifiestan la mayoría de los jueces y algunos políticos respecto a que estos juicios son únicos y un ejemplo en el mundo, nos preguntamos si no se comprende cómo funciona este en realidad, puertas adentro somos el hazmerreír de todos los países serios, los que en situaciones similares optaron por una rápida solución y la imperiosa obligación de evitar el desprestigio de sus FFAA, de seguridad y policiales, preservando instituciones y la unión nacional.
Asimismo, requerimos que los actuales jefes de las instituciones armadas, de seguridad y policiales reflexionen acerca del peso que los PP cargan sobre sus vidas y la de sus familias, teniendo en cuenta que todos sus integrantes, en los años 70, han sido protagonistas de una u otra forma de esos trágicos hechos.
Militares y miembros de las fuerzas de seguridad y policiales somos chivos expiatorios, sufriendo prisión por muchos años y peor aún, con costo de vidas, por esta insana e ignominiosa política persecutoria.
En consecuencia a partir del evento del 8 y 9 de diciembre de 2016, los PP ya se encuentran organizados y en estado deliberativo permanente, evaluando los pasos a seguir por el gobierno y la justicia, respecto de la política de DDHH, con la finalidad de ir adoptando las acciones pertinentes en función de futuras decisiones políticas y judiciales.
La Comisión de Enlace Interpenales ha elaborado un plan de acción tentativo para llevar a cabo por los PP de todo el país, en base al escenario más desfavorable, tal como se vislumbra a la fecha.
Los PP no descansarán hasta haber visto concretado su más caro anhelo, la libertad.
LOS NUMEROS QUE HABLAN
Aunque se ha generalizado la opinión según la cual el gobierno no comunica adecuadamente sus actividades, lentamente está logrando que la sociedad tome conciencia del despilfarro de recursos y el costo de la corrupción. No obstante ello y pese al esfuerzo del Ejecutivo para lograr que los jueces federales tan sólo cumplan con su función, existe una materia que aún queda pendiente.
Ya no hay dudas de que el kirchnerismo, al elegir la política de derechos humanos centrada en el juicio y castigo de los militares como eje central de su acción de gobierno, generó una eficiente pantalla que distrajo a la sociedad sobre el saqueo de los fondos públicos.
Ese festival de derechos humanos le costó al país cifras millonarias que han sido deliberadamente ocultadas a la opinión pública.
La materialización de la decisión política de encarcelamiento de militares a una cápita diaria de $700, teniendo en consideración que se trata de gerontes con alto consumo de medicamentos, que requieren alimentación especial, frecuentes traslados a centros hospitalarios, estudios médicos costosos, etc., arroja un costo estimado [a valores actuales] de $2.650.460.000 [U$S 176.669.733] que el Estado ha erogado desde 1998, cuando ingresó el primer detenido por delitos de lesa humanidad que ha permanecido en prisión desde hace 19 años.
Entre 1998 y 2003 el alojamiento en prisiones insumió aproximadamente $ 5.621.000. Posteriormente la política kirchnerista incrementó la cantidad de detenidos en prisiones comunes hasta acumular a Julio de 2016 la millonaria cifra mencionada.
En la actualidad la cantidad de detenidos en prisiones disminuyó a un valor medio de 516, con lo cual el costo de alojamiento se redujo a $131.838.000 [U$S 8.789.000] por año, sin considerar los costos del mantenimiento de las prisiones domiciliarias [pulseras, traslados, etc.].
Un segundo aspecto es el costo de los juicios realizados en distintos puntos del país, pero antes de ingresar en ese análisis es prudente revisar brevemente cómo funciona la mecánica de este tipo de juicios.
El caso “ESMA”, por ejemplo, es por demás elocuente. En doce años dedicados a estos procesos, con un costo multimillonario y violando las garantías previstas en la CN y en los pactos internacionales de derechos humanos, luego de tres juicios orales que insumieron más de 9 años, el Estado sólo logró llevar a juicio, primero a un único imputado, luego en un segundo juicio a 19 y en el tercero a 64, de los cuales 6 fallecieron durante el desarrollo del debate.
Los 19 acusados en el segundo juicio fueron también imputados en el tercer juicio, por casos diferentes pero pertenecientes a la misma plataforma fáctica, y ya se encuentra en preparación un cuarto juicio en el cual también serán acusados los anteriormente imputados. Este mecanismo cíclico y perverso diseñado por el Estado, creó un sin fin en el cual los justiciables y los testigos se repiten sine die en un estado de juicio permanente, cuya verdadera finalidad no era otra que bloquear a la justicia federal para permitir la prescripción de las causas por narcotráfico y corrupción.
El costo aproximado de los juicos de venganza celebrados en el país entre 2003 y 2015, es superior a los U$S 670.000.000 sin haberse considerado costos adicionales tales como alquileres de teatros, traslados de funcionarios del Poder Judicial a Europa y EE.UU para recoger testimonios, traslados de testigos, pagos a éstos, pagos ocultos generalmente a cargo de la ex SIDE, ni el costo de la infraestructura de apoyo [sicólogos y otros profesionales que asistieron a los testigos durante los procesos] etc. sumado al alojamiento de los acusados en prisiones arroja un promedio de U$S 70.555.811 anuales.
En ese sentido, juicios internacionales sustanciados a los máximos responsables de hechos de gran magnitud en comparación con lo ocurrido en los años ’70, dan una idea de la dimensión de estos procesos. En Camboya por ejemplo los juicios incoados por delitos cometidos por los máximos responsables del Khmer Rouge [partido comunista camboyano] a quienes se los acusó por la muerte 50.000[1] personas y más de un millón de víctimas en los años ’70, desde julio de 2007 hasta fines de 2013, costaron U$S 200 millones[2] [U$S 33.333.333 por año]. En 2006 la revista de la Cruz Roja Internacional publicó un artículo de Pierre Hazan “Medir el impacto de las políticas de castigo y de perdón: en favor de una evaluación de la justicia de transición”, en el que da cuenta que: El Consejo de Seguridad de la ONU también creó los dos tribunales ad hoc de las Naciones Unidas, el de ex Yugoslavia y el de Ruanda, cuyos gastos de funcionamiento representan más del 15% del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas. Desde su creación, en 1993-1994, sólo esos dos tribunales han costado a las Naciones Unidas más de 1.600 millones de dólares EE. UU.; juntos, su costo actual supera los 250 millones de dólares EE. UU. anuales. Más adelante, en relación al tribunal internacional de Ruanda encargado de juzgar a los responsables del genocidio que dejó más de 800.000 víctimas agrega: Sin duda, hubiera sido mejor invertir los 700 millones de dólares [U$S 31.818.181 anuales] que costó el TPIR hasta ahora en reconstruir el sistema judicial y el Estado de derecho en Ruanda, y en morigerar la tendencia del Gobierno al autoritarismo.
Por último cabe mencionar el costo de las reparaciones a ex integrantes de las organizaciones armadas terroristas y a sus familiares, cuya erogación según las leyes aprobadas que se consignan en el anexo I, fue estimada en la Revista del Colegio de Abogados de la Ciudad de Bs As[3], por el Dr. Emilio Cárdenas, quien refiere que el monto de indemnizaciones pagadas hasta el 2008, exclusivamente a las víctimas de las acciones de agentes estatales, asciende a U$S 1.277.000.000[4] en función de la ley 24.411, y de U$S 648.000.000 en función de la ley 24.043.
El Estado no sólo ha reparado a los familiares y ex integrantes de las organizaciones armadas sino que también decidió iniciar una persecución penal cuarenta años después de los hechos a pesar de los impedimentos legales para hacerlo. De alguna manera, las reparaciones al daño sufrido pueden ser contestes con la suspensión de una persecución penal, tal como afirmó el ministro Fayt en el considerando 48 de su voto en el caso “Mazzeo”, las …medidas que impliquen la imposibilidad del castigo penal no merecen objeciones si se acompañan con el respeto del derecho de las víctimas a una compensación y a la verdad. Pero en la Argentina sobre una exorbitante política de reparaciones que se puede apreciar en el Anexo I, se instauraron no sólo la voracidad del beneficio económico sino también los deseos de venganza. Mientras las víctimas civiles inocentes que dejaron las organizaciones armadas terroristas cuyo número supera las 17.000 personas, nunca tuvieron acceso a las reparaciones.
El curro de los derechos humanos, como definió el presidente Mauricio Macri en su momento a esta dilapidación de fondos públicos, costó al Estado por todo concepto [juicios ilegales, encarcelamiento arbitrario y reparaciones asimétricas] aproximadamente U$S 2.771.699.733 de los cuales gastó U$S 846.669.733 para acusar a 2000 personas y encarcelar ilegalmente a 1.100 ancianos a un costo anual de U$S 70.555.811.
Como contra partida a lo obrado en Argentina, en el informe preparado por la Comisión por la verdad y la Reconciliación firmado por el arzobispo Desmond Tutu de Sudáfrica, se consignan 83.631 casos de violaciones en los que se optó por aplicar políticas de perdón.
Entre otros fundamentos el Arzobispo explica en el punto 23 de su informe: Otra razón por la que Nüremberg no era una opción viable, era porque nuestro país no podía disponer de los recursos en tiempo, dinero y personal que habríamos tenido que invertir para este tipo de operación.
El 30 de octubre de 1985, el presidente Alfonsín promulgó la ley 23.278 por la cual se reconoce a los fines jubilatorios, el período de inactividad derivado de cesantía o de la actividad que debió abandonar por el exilio.
LEY 23.466
El 10 diciembre de 1986, el presidente Alfonsín promulgó la ley 23.466 y posteriormente el decreto reglamentario n° 1228/87, otorgando una pensión no contributiva equivalente al 75% del salario mínimo, vital y móvil a los familiares de personas desaparecidas antes del 10 de diciembre de 1983. El artículo 8 concedía un año de plazo para la presentación de la documentación requerida.
Dos años después, el 27 de abril de 1988, se aprobó la ley N° 23.552 extendiendo dicho plazo por un año más.
Ya durante el gobierno del presidente Menem, se promulgó el 10 de agosto de 1989 la ley 23.690 que modificó la ley 23.466, ampliando el horizonte de beneficiarios.
Un año más tarde el 25 de julio de 1990, se aprobó la ley 23.793 destinada a modificar nuevamente la ley 23.466, reemplazando el monto de la pensión acordada por el equivalente al mínimo de una jubilación ordinaria.
El 2 de julio de 2007 el presidente Kirchner aprobó la ley 26.267 que modificó una vez más la ley 23.466, otorgándole carácter permanente al beneficio previsto, sin limitación de tiempo para solicitarlo y ampliando el horizonte de beneficiarios.
DECRETO 70/91
El 10 de enero de 1991 el presidente Menem por decretos 70/91 y 2151/91, dispuso se otorgue la treintava parte de la remuneración mensual asignada a la máxima categoría del escalafón del personal civil de la Administración Pública Nacional, por cada día que duró la medida para aquellas personas que hubieran sido puestas a disposición del PEN por acto emanado de éste, antes del 10 de diciembre de 1983 y que, habiendo iniciado juicio por indemnización de daños y perjuicios por tal motivo antes del 10 de diciembre de 1985, no hubieran obtenido satisfacción por haberse hecho lugar a la prescripción mediante sentencia firme.
El 1 de agosto de 1994 el Presidente Menem por decreto 1313/94, otorgó a las personas encuadradas en el decreto 70/91 los mismos beneficios que a las personas previstas en la ley 24.043.
LEY 24.043
El 23 de diciembre de 1991 se promulgó la ley 24.043 [Decreto reglamentario N°1023 del 24 de junio de 1992], a fin de otorgar la treintava parte de la remuneración mensual asignada a la categoría superior del escalafón para el personal civil de la administración pública nacional por cada día que duró la medida, a las personas que durante la vigencia del estado de sitio hubieran sido puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional por decisión de éste, o que siendo civiles hubiesen sufrido detención en virtud de actos emanados de tribunales militares, hayan o no iniciado juicio por daños y perjuicios, siempre que no hubiesen percibido indemnización alguna en virtud de sentencia judicial, con motivo de los hechos contemplados en la presente. Por el Art. 6 otorgaba 180 días para la presentación de la solicitud del beneficio.
El 11 de enero de 1995 se aprobó la ley 24.436, ampliando el plazo en 180 días para la presentación de la solicitud del beneficio previsto por ley 24.043.
El 3 de marzo de 1997 el Presidente Menem por decreto 205/97, dispuso la flexibilización de los medios de prueba exigidos por el Art. 4° de la reglamentación de esta ley.
El 16 de diciembre de 1997 se aprobó la ley 24.906, prorrogando el plazo por 90 días para las personas que hubiesen estado detenidas por disposición del PEN o de los tribunales militares entre 6 de noviembre de 1974 y el 10 de diciembre de 1983. [Obsérvese que esta ley incluye a aquellos detenidos por el gobierno de iure de M.E.M. de Perón].
El 19 de noviembre de 2001 se promulgó la ley 25.497 prorrogando por 90 días improrrogables, la posibilidad de acogerse a los beneficios de la ley 24.043.
El 28 de noviembre de 2003 el presidente Kirchner promulgó la ley 25.814, prorrogando un año más la posibilidad de acogerse a los beneficios previstos por las leyes 24.043 y 24.411.
El cinco de enero de 2005 se aprobó la ley 25.985, prorrogándose la posibilidad de acogerse a los beneficios de las leyes mencionadas durante dos años más.
El 18 de diciembre de 2006 se aprobó la ley 26.178 [Dto. 1895], prorrogando por dos años más el plazo para acogerse a los beneficios de las leyes 24.043 y 24.411.
El 15 de octubre de 2009 la presidente Cristina Fernández promulgó la ley 26.521, prorrogando por dos años más los beneficios de las leyes referidas.
LEY 24.411
La ley 24.411 promulgada el 28 de diciembre de 1994 [Dto. 2368/94] por el presidente Menem, amplió los beneficios a los causahabientes de los desaparecidos como consecuencia de los actos de las fuerzas armadas, de seguridad, o grupos paramilitares, otorgando un beneficio extraordinario equivalente a la remuneración mensual de los agentes Nivel A del personal civil de la administración pública.
El artículo 7 preveía la presentación de la documentación requerida en un plazo de 180 días bajo apercibimiento de caducidad. Una vez obtenido el beneficio quedaba firme aunque ocurra la aparición de la persona.
Seis meses después, el 7 de julio de 1995, se promulgó la ley 24.499 ampliando a cinco años el plazo para la presentación de la documentación necesaria.
El 23 de mayo de 1997 se aprobó la ley 24.823, que regula aspectos vinculados a los beneficios previstos en la ley 24.411.
LEY 24.734
El 6 de diciembre de 1996, el presidente Menem promulgó la ley 24.734, otorgando el derecho de hacer uso de los servicios del sistema de cobertura médica a toda persona con beneficio acordado por la autoridad competente, conforme al régimen de la ley 23.466, y una pensión para menores de 21 años de progenitores desaparecidos.
LEY 25.192
El 24 de noviembre de 1999 el presidente Menem promulgó la ley 25.192 [Dto. 1374/94] estableciendo beneficios extraordinarios por única vez, equivalentes a la remuneración mensual de los agentes Nivel “A” del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, por el coeficiente cien, a los causahabientes de las personas que fallecieron entre el 9 y el 12 de junio de 1956, con motivo de la represión del levantamiento cívico militar de esas jornadas o de su disidencia política, pudiéndose emplear cualquier medio de prueba para acreditar tales circunstancias.
LEY 25.914
El 25 de agosto de 2004 el presidente Kirchner promulgó la ley 25.914, estableciendo por única vez una suma equivalente a veinte veces la remuneración mensual de los agentes Nivel A, Grado 8, del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, para las personas que hubieren nacido durante la privación de la libertad de sus madres, o que siendo menores hubiesen permanecido detenidos en relación a sus padres, siempre que cualquiera de éstos hubiese estado detenido y/o desaparecido por razones políticas, ya sea a disposición del Poder Ejecutivo nacional y/o tribunales militares.
LEY 26.564
El 15 de diciembre de 2009 la presidente Cristina Fernández promulgó la ley 26.564 [Dto. 2043/09] extendiendo los beneficios de las leyes 24.043 y 24.411, a las víctimas del accionar de los rebeldes en los levantamientos del 16 de junio de 1955 y del 16 de septiembre de 1955, sea que los actos fueran realizados por integrantes de las Fuerzas Armadas, de seguridad o policiales, o por grupos paramilitares o civiles incorporados de hecho a alguna de las fuerzas. Incluyendo en los beneficios indicados a quienes en dicho período hubieran estado, detenidos, procesados, condenados y/o a disposición de la Justicia o por los Consejos de Guerra, conforme lo establecido por el Decreto 4161/55, o el Plan Conintes (Conmoción Interna del Estado), y/o las leyes 20.840, 21.322, 21.323, 21.325, 21.264, 21.463, 21.459 y 21.886.
LEY 26.913
El 16 de diciembre de 2013 la presidente Cristina Fernández promulgó la ley 26.913 [Dto. 2162], estableciendo una pensión graciable igual a la remuneración mensual asignada a la Categoría D Nivel 0 (cero), Planta Permanente Sin Tramo —Agrupamiento General— del Escalafón para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público —SINEP—, para ex presos políticos, civiles o militares, por haber estado privados de libertad por sentencia de Consejos de Guerra, puestos a disposición del PEN, o por el accionar de las fuerzas armadas o de seguridad, por tribunales militares bajo la vigencia de la Doctrina de la seguridad Nacional, o por tribunales civiles por aplicación de la 20.840/74 o el artículo 210 bis y/o 213 bis.
REPARACIONES DE
LAS PROVINCIAS
PROVINCIA DE BS AS
Las provincias también promulgaron leyes de reparación. En la provincia de Buenos Aires se aprobaron, entre otras, las siguientes leyes:
LEY 11.914
La ley 11.914 otorga becas para estudiantes hijos de desaparecidos equivalentes a una pensión no contributiva, y cobertura asistencial de salud cuando no le fuera provista por su condición de estudiante.
LEY 12.545
Reconoce el cómputo de antigüedad y ajuste por cargo, para integrantes del Servicio Penitenciario o Policía de la Provincia declarados prescindibles en 1976.
LEY 13.026
Reconocimiento a los fines jubilatorios de la antigüedad de personas que hayan sufrido prisión, exilio o privación de la libertad que no fueren consecuencia de la comisión de delitos comunes, hayan sido exoneradas, cesanteadas o inducidas a renunciar a los cargos públicos que ejercían en cualesquiera de los Poderes del Estado Provincial, Entes Autárquicos, Municipios y el Banco de la Prov. de Bs. As., o en ejercicio de cargos electivos o desempeñándose en funciones con mandato fijo al 16/09/55, 5/06/62, 28/06/66 y 24/03/76. En el mismo sentido la provincia de Neuquén aprobó la ley 2865 otorgando una indemnización de 30 salarios mínimo, vital y móvil a personas que fueron cesanteadas durante la última dictadura militar.
LEY 13.697
Establece la exención impositiva de inmuebles que fueron última vivienda de personas desaparecidas por el accionar de las fuerzas armadas, de seguridad o de cualquier grupo paramilitar con anterioridad al 10/12/83.
LEY 13.745
Otorga un subsidio mensual y vitalicio equivalente a la remuneración mensual que percibe un agente del Agrupamiento Jerárquico Categoría 24 con treinta (30) horas de labor semanal de la Administración Pública Provincial, para los progenitores de personas que hayan sido secuestradas y desaparecidas o muertas por causas de la represión ilegal en el período comprendido entre el 6 de noviembre de 1974 y el 10 de diciembre de 1983.
LEY 13.807
Otorga una pensión graciable equivalente al nivel de remuneración del Personal sin Estabilidad, categoría Director Provincial o General de la ley 10.430, para personas que durante el período comprendido entre el 16 de septiembre de 1955 hasta el 12 de octubre de 1963, hubiesen sido detenidos, procesados, condenados y/o permanecido a disposición del Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, de la Justicia Federal o Provincial, o detenidos y condenados por tribunales militares y/o consejos de guerra del “Plan CONINTES”, por cuestiones políticas vinculadas a su participación en la denominada “Resistencia Peronista”.
LEY 13.808
Otorga una pensión graciable equivalente a tres (3) sueldos básicos de la Categoría Ingresantes del Agrupamiento Administrativo -clase 4- o la que en el futuro la reemplace, de la escala salarial de la ley 10.430, para participantes del “Operativo Cóndor”
Los beneficiarios de esta ley gozarán de las coberturas que otorga el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA).
LEY 13.940
Exención impositiva de inmuebles de ex detenidos e hijos. (Ley 13940) para titulares de dominio comprendidos en las Leyes Nacionales Nº 24.043 (ex detenidos) y Nº 25.914 (nacidos en cautiverio o que estuvieron detenidos con sus padres), que sean propietarios, poseedores o usufructuarios.
LEY 14.042
Otorga una pensión graciable para ex presos políticos del período 76/83 que hayan sido condenados
por un Consejo de Guerra, puestos a disposición del PEN y/o privados de su libertad como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, por causas políticas, gremiales o estudiantiles.
[1] En un conflicto calificado como autogenocidio.
[2] “Justice and the killing fields”, The economist, November 2nd 2013, pág. 47.
[3] Tomo 68 N°1, de Julio de 2008, página 26 nota al pie.
[5] Graciela Fernández Meijide, madre de un desaparecido e integrante de la CONADEP, reafirmó públicamente que el número de víctimas directas de los miembros de las organizaciones armadas es de 7954, y reconoció que la difusión del número 30.000 fue un ardid político para llamar la atención de ciertos países y organizaciones internacionales.
http: //www.perfil.com/contenidos/2009/08/03/noticia_0020.html, consultada el 9 de en enero 2014.
PORQUE SOMOS PRESOS POLITICOS
I: ILEGALIDAD: Se nos acusa de hechos queno eran delitos en el momento de haber ocurrido y no lo son ni siquiera hoy.- No están tipificados en el Código Penal argentino.-
2: Para lograr encarcelarlos se ha violado y no respetado de hecho y de manera ilegal: la Constitución Nacional, el Tratado de Roma, el Pacto de Costa Rica, el Código de Justicia Militar, y el Código Penal Argentino.-
3: La mayoría de los privados ilegalmente de su libertad mediante la figura de prisión preventiva, han superado el plazo máximo en esa condición establecidos en la legislación vigente, tanto nacional como internacional sin sentencia firme.- En muchos casos dicho plazo ha sido superado por más de 15 años (Acosta), 14 años, (Cavallo), 13años, (Radice, Rolón), 11, (Reta, Fiorucci, Padován) 10, (Amelong, Losito, DeMarchi) etc.-
4: El desarrollo de los juicios es completamente diferente de un juicio corriente.- No se respeta en Código Procesal Penal de la Nación Argentina en multitud de aspectos: por ejemplo:
Violación del principio de igualdad de armas entre la defensa y la fiscalía.- El principio de igualdad de armas constituye un elemente esencial de la garantía del derecho de defensa.- Cada parte del proceso penal debe poder presentar su caso bajo garantías judiciales, que permitan equilibrar los medios y posibilidades de actuación procesal, de tal manera que no se genere una posición desventajosa de una de las partes, frente a otra parte, como de hecho se presenta entre el ente acusador y el acusado en estos juicios, ampliamente a favor del primero y en detrimento del segundo.-
La garantía del debido proceso.-
Se incorporan testimonios por lectura (sin el testigo presente), e incluso se los da por incorporados en bloque; con lo que es imposible defenderse ya que no se puede preguntar al testigo porque no está.- En un juicio normal la declaración de un muerto no es admisible, en estos juicios sin embargo es aceptada.-
Se admite el testimonio de un solo testigo como suficiente para condenar a un acusado, convirtiendo los juicios en verdaderos “tribunales populares”.- Basta con que una persona acuse para que se condene al imputado.-
Para la condena del imputado, se admiten como única prueba el testimonio de la que es presentada como víctima de la fiscalía o la querella, o el de familiares o amigos de aquella, lo que en otros juicios es considerado como incluido dentro de la denominada “Generales de la Ley” y por ende un hecho limitativo del mencionado testimonio.-
Todas las modificaciones que realizan los tribunales respecto de un juicio normal van en contra de los acusados.-
5.-Hoy resulta frecuente escuchar en los tribunales de Comodoro Py “en este país, hay tres clases de derechos: el que se aplica a la gente común, el de los políticos y el de los militares”.-
6.- Para hacer esto posible se necesita una decisión política del más alto nivel, porque de otra manera no podrían haber violado el marco legal vigente (Nacional e Internacional), donde se destaca particularmente la violación al principio de legalidad (hecho tremendamente grave).- Esto lo reconoció Alberto Fernández, ex jefe de gabinete, en un reportaje que le hizo en marzo del 2009 Eduardo Aliberti de radio “La Red”: “…apenas asumimos el primer tema con que tuvimos lidiar fue el de los militares.- Todas nuestros asesores jurídicos nos dijeron que era un tema cerrado: con el ejercicio de la voluntad política hicimos todo (lo que se conoce…)”.-Este mecanismo es el que hemos usado de ahí en adelante con todos los problemas con que nos encontramos.-
7.– Concretamente y tratando de explicar lo ya mencionado , en los procesos llevados a cabo se destaca las continuas violaciones a: I)La Constitución Argentina, en particular su artículo 18 prescribe la necesidad del debido proceso legal y la inviolabilidad de la defensa en juicio, como resguardos constitucionales en el cumplimiento de la labor jurisdiccional de estado, para que ésta se desenvuelva dentro del marco jurídico que aquella establece.- El debido proceso penal implica que no se omita el conjunto de reglas legales y de equidad que definen los derechos y deberes humanos, y más específicamente supone el total cumplimiento de las etapas procesales, que otorguen al procesado, oportunidades de defensa, prueba, juez de la Ley y sentencia fundada.- Asimismo, conlleva el derecho al juicio previo que debe contener en forma perentoria, entre otras garantías:
La acusación o demanda clara en la exposición del hecho que sirve de base.-
La oportunidad de defensa para que el imputado o demandado pueda ser oído con amplitud y defendido eficazmente, no pudiendo ser obligado a declarar contra sí mismo.-
La prueba que debe poder ser ofrecida, producida y analizada jurisdiccionalmente.-
La irretroactividad de la Ley, que debe ser previa al hecho del proceso con la excepción en materia penal de la Ley más benigna.-
La necesaria decisión fundada del tribunal o sentencia, que debe ser motivada, razonada y con arreglo a pautas lógicas y derivadas del derecho vigente.-
Todo el desenvolvimiento del juicio debe ser ante los jueces propios, que son aquellos denominados naturales o designados por la Ley, únicos competentes para desarrollar la actividad judicial del estado, proscribiéndose las comisiones especiales.- Todas estas garantías son sistemáticamente violadas en estos juicios, pues entre otras cosas:
El solo hecho de haber pertenecido a las FFAA o FFSS en la época del presunto hecho investigado, hace pasible a sus integrantes de ser procesados y luego condenados, mediante una acusación que acumula casos sistemáticamente repetidos para todos los acusados, sin que resulte necesario la prueba de su participación efectiva en el hecho del que se los acusa.-
La prueba testimonial (prácticamente excluyente de cualquier otro tipo de prueba en estos juicios), como ya fue explicitado previamente no cumple con los más elementales principios del debido proceso.-
Es constantemente violado el principio de irretroactividad de la Ley Penal, aplicándose a los procesados una Legislación Nacional y fundamentalmente Internacional no existente y/o no ratificada por nuestro país al momento de los presuntos hechos investigados, violándose con ello el derecho a ser juzgado con el marco legal vigente al momento de dichos hechos.-
Por lo mencionado anteriormente, la decisión y sentencia de los tribunales que llevan adelante estos juicios, no deriva del derecho vigente en el momento de los presuntos hechos investigados.-
Los procesados son juzgados por Tribunales incompetentes que no responden a la calificación de jueces naturales, dado que no son los jueces designados por la Ley al momento de los presuntos hechos investigados.- Todo lo mencionado viola el principio de Legalidad (pilar básico del derecho) y convierte a todos estos procesos en juicios ilegales e insanablemente nulos.- (Entre otros, sostienen esta postura los miembros del Tribunal que juzgó a las Juntas e 1985.-
II.- El tratado de Roma: Es violado constantemente de dos formas:
El gobierno argentino, a través de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, hace valer el Tratado de Roma de manera – Esto es ilegal y está explícitamente incluido y prohibido en la letra del tratado.-
Independientemente de lo arriba mencionado (lo que de por sí inhabilita su aplicación a los presuntos hechos investigados), además es aplicado en forma sesgada: para unos sí (agentes del estado), para otros no (terroristas).-
III.- El Pacto de San José de Costa Rica: Dicho pacto en su artículo 8 establece entre otros principios: Garantías Judiciales:
Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la Ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, fiscal o de cualquier otro carácter.-
Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que sepresuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad.-.- Durante el proceso, toda persona tiene derecho en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:
Derecho de la defensa de interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de obtener la comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que puedan arrojar luz sobre los hechos:
El inculpado absuelto por una sentencia firme no podrá ser sometido a nuevo juicio por los mismos hechos.- Es decir que en estos juicios el Pacto de San José de Costa Rica, tampoco se cumple y también son sistemáticamente violados sus principios.- Así por ejemplo:
Como ya se mencionara, la mayoría de los procesados soportan plazos de prisión preventiva muy superiores a los establecidos en la legislación nacional e internacional vigente (en muchos casos más de cuatro (4) veces dichos plazos, entre ellos por el propio Pacto de San José de Costa Rica.-
Todos los procesados son juzgados por tribunales incompetentes e ilegales, ya que los juicios no están a cargo de sus jueces naturales, como así también se trata de tribunales establecidos con posterioridad a los hechos investigados.-
El derecho de las defensas a interrogar a los testigos de la fiscalía o de la querella ser ve permanentemente atacado por los propios jueces integrantes de cada tribunal, restringiendo el tipo y cantidad de preguntas a realizar los mismos.-
IV.- Código de Justicia Militar y el Código Penal Argentino.-
Se utiliza el Código Penal para condenar a los procesados, basándose en delitos no tipificados en el mismo, en la época en que presuntamente ocurrieron los hechos.- Asimismo y fundamentalmente se debe tener en cuenta que el único Código Penal vigente para los procesados, en la época que presuntamente ocurrieron los hechos, era el Código de Justicia Militar (Ley Nacional nº 14.029), razón por la cual los procesos llevados a cabo, deberían haberse regido exclusivamente por dicho código.-
Las causas contra el personal militar en los primeros años de sustanciación (fundamentalmente cuando se juzgó a las Juntas Militares que condujeron la Guerra Contrarrevolucionaria), utilizaron como ley aplicable el CJM.- Ello debió ser siempre así, porque los hechos que se investigan en las mencionadas causas, pertenecen a la Justicia Militar (art. 108 de CJM y art. 10 de la Ley 23.049), por lo que corresponde analizar la responsabilidad de los procesados, a la luz de las disposiciones normativas de la justicia militar.-
Ello produjo una situación paradójicamente injusta, además de inconstitucional, dado que las máximas autoridades militares y políticas nacionales que condujeron la guerra contrarrevolucionariafueron exclusivamente mediante el CJM, mientras que sus subordinados están siendo juzgados mediante el Código Penal local y el Derecho Internacional.- De hecho se ha dado la situación absurda que algunos comandantes de las juntas fueron condenados con penas (5 a 15) años sensiblemente inferiores a las luego aplicadas a los subordinados que actuaron en cumplimiento de las órdenes impartidas por aquellos (prisión perpetua).-
Se menciona a modo de ejemplo una parte de la sentencia en la causa 13/84 contra las juntas miliares; “con motivo de la ejecución de un acto de servicio en el sentido del artículo 878 del Código de Justicia Militar…por esta razón dichas órdenes se hallan encuadradas en el artículo 514 del código citado”.- Es decir que el CJM constituye la legislación anterior que rige todas éstas causas, y la que correspondería aplicar al dictar la sentencia sobre las mismas, lo que de hecho no ha sucedido a partir de su reapertura por la inconstitucional anulación de la Ley de Obediencia Debida y por lo tanto, incide muy negativamente en el derecho de defensa de todos los imputados, particularmente en lo referido al instituto de la obediencia debida.- Resulta importante mencionar que el hecho que las leyes 24.952 y25.779 hayan derogado y anulado la ley 23.521 respectivamente, no impide la aplicación de la eximente deobediencia debida militar, prevista en el artículo 514 del CJM, en que fuera aplicado paradójicamente para condenar a los miembros de las Juntas Militares en la causa 13/84 e injusta e inconstitucionalmente no es considerado en las causas de sus subordinados.-Artículo 514 CJM: “…cuando se haya cometido delito por la ejecución de una orden de servicio, el superior que la hubiere dado será el único responsable y solo será considerado cómplice el inferior, cuando éste se hubiere excedido en el cumplimiento de ducha orden…”.-
La responsabilidad en el caso de cometerse un delito, será siempre del superior que dio la orden.- Al subordinado únicamente le es aplicable la figura de cómplice, solo y exclusivamente cuando se hubiere excedido en el cumplimiento de la orden.- (Ej.: se le ordenó al subordinado controlar la documentación, pero éste se excedió y procedió a la detención de la persona).- La ley nunca califica como autor al subordinado.-
Resulta entonces importante destacar que en el ordenamiento jurídico miliar, vigente al momento en que presuntamente ocurrieron los hechos investigados: a) El subordinado que recibe una orden del servicio, nunca está facultado a efectuar ningún tipo de análisis previo a su cumplimiento, respecto, por ejemplo, si la orden recibida constituirá o no un delito, para luego decidir por sí, si la cumple o no; b) Tampoco está facultado a reclamar ante su superior con efecto suspensivo de la orden (dejarla de cumplir mientras reclama) art.. 675 CJM); c) Por el contrario, el subordinado que no cumple una orden del servicio (en cualquier circunstancia) comete delito (arts. 667, 674.675 CJM); d) Si la ejecución de una orden del servicio dada por un superior derivara en un delito, el único responsable es el superior (art. 514 CJM); e) El subordinado será responsable como cómplice, sólo y exclusivamente si durante el cumplimiento de la orden recibida, se comprueba la condición legal de exceso en el cumplimiento de la misma (art. 514 CJM).-
Sintetizando son PRESOS POLITICOS porque para poder llevar adelante el objetivo político de su procesamiento y juzgamiento, el Estado Argentino ha debido violar, tergiversar y “manipular” todas las garantías y derechos constitucionales, creando un situación jurídica e ilegal y totalmente alejada de los más elementales principios del derecho, de la que destacamos en la edición 03122014 del 03 de diciembre de 2014, página 62 de 72
*Juzgados por Tribunales Incompetentes e ilegales*
*Procesados y condenados en juicios ilegales e insanablemente nulos*
*Nuevo juzgamiento a quienes ya fueron procesados y absueltos con sentencia firme, en la misma causa*
*Acusaciones con acumulación generalizada de casos para todos los `procesados, por el solo hecho de ser miembro de las FFAA y FFSS, en el momento de los hechos investigados y sin que requiera una prueba tangible de su real participación en dichos hechos*
*Inconstitucionalmente se descartó para su juzgamiento el único Código Penal vigente para los procesados en el momento de los hechos que se pretende juzgar, que era el Código de Justicia Militar*
*Violación sistemática y reiterada de las garantías constitucionales del principio de legalidad y el debido proceso*
*Condenas basadas en pruebas que no se ajustan a las formalidades legales*
Prisiones Preventivas que superan excesivamente los límites establecidos en la legislación vigente.- Edición 03122014 de diciembre, 2014, páginas 63 de 72*
“…EL CRIMEN PERFECTO NO EXISTE, PERO CREA UNA DUDA RAZONABLE, Y TENDRAS LA DEFENSA PERFECTA…”.-
MANIFIESTO
SOLICITAMOS JUSTICIA PARA
LOS JUICIOS DE LESA HUMANIDAD
Buenos Aires, 9 de julio de 2016.
Y la que los músicos llaman armonía en el canto,
es lo que en la ciudad se llama concordia,
vínculo de bienestar seguro y óptimo para toda república,
pues ésta no puede subsistir sin la justicia.
[…] es muy cierto que […]
no puede gobernarse una república sin la justicia.
Cicerón, República, II, 42 y 44
Quienes firmamos esta declaración hemos dedicado nuestras vidas a la enseñanza y la práctica del derecho y, por ende, al servicio de su fin o ideal: la justicia.
La justicia entre nosotros ha sufrido ataques y daños de considerable envergadura durante los últimos años, lo que ha generado amenazas muy graves para el bien común y la salud de la República.
Creemos que, gran parte del universo jurídico de la Argentina, con la sola exclusión de individuos fuertemente ideologizados, ha tomado conciencia del grave estado de situación que afecta a los detenidos acusados de delitos de lesa humanidad que viola elementales nociones de justicia y sus derechos humanos.
Así, se constata que, bajo el pretexto de la comisión de delitos de lesa humanidad, se violó el principio de legalidad, se reabrieron procesos que habían adquirido categoría de cosa juzgada y a los supuestos responsables de esos delitos se los ha privado de su derecho a un debido proceso, se les ha negado el beneficio de la detención domiciliaria y se los ha excluido de una asistencia médica elemental.
Son los únicos a quienes se mantiene en prisión provisional, sin condena, luego de dos, tres, diez y más años. Son los únicos a los cuales se les niega la aplicación de la ley penal más benigna para el cómputo de sus penas. Son los únicos a los cuales se les niega el instituto de la prescripción. Son los únicos a quienes no se les conceden la excarcelación, la libertad condicional o las salidas transitorias de las que gozan legalmente todos los presos, no importa el crimen por el que hayan sido acusados o condenados.
De resultas de este estado de cosas, hasta el momento 1.435 personas han sido privadas de su libertad y, de éstas, 248 llevan más de tres años de prisión preventiva y 360 han muerto en cautiverio. Todo ello en abierta violación a tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional, como la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otros.
No menos censurable es el contexto y forma en que se han desarrollado estos juicios, ofreciendo en muchos casos un espectáculo indigno, absolutamente impropio de lo que debe esperarse de un tribunal, llegándose incluso a trasladar a los tribunales a personas en camilla o visible situación de incapacidad.
Asimismo, a los parientes de las víctimas del terrorismo que tuvo lugar antes de 1976 no se les ha reconocido reparación alguna, ni siquiera el derecho a la verdad. Una jurisprudencia amaneada ha considerado que los graves hechos que se llevaron la vida de sus parientes no constituyen delitos de lesa humanidad por no haber existido intervención del Estado en su comisión. Ello pese a que el Estatuto de Roma, que creó la Corte Penal Internacional y tipificó la figura de lesa humanidad, vigente en la Argentina a partir de julio de 2002, considera expresamente, tanto a los delitos cometidos por agentes del Estado cuanto a los perpetrados por bandas armadas, dentro de la misma categoría de lesa humanidad y, por ende, sujetos a idéntico régimen de imprescriptibilidad, entre otras características diferenciadoras de los delitos comunes.
En la última década se ha hecho una seria discriminación en detrimento de los hombres que llevaron a cabo la represión contra el terrorismo, quienes, aunque incurrieron en excesos y extralimitaciones inadmisibles, recibieron en todos los casos penas gravísimas. Mientras que a los responsables directos o indirectos del terrorismo se los ha colmado de honores; y en muchos casos se los ha premiado con cargos públicos e indemnizaciones. Esta asimetría hiere la conciencia y reclama urgente reparación. De lo contrario lejos de hacerse justicia se habrá incurrido en una grave arbitrariedad.
No podemos aceptar que cumplido el Bicentenario de nuestra in- dependencia, persista esta situación que continuará creando grietas en la sociedad, y que además, puede acarrearle a la Argentina responsabilidad internacional por la grosera violación de convenios internacionales. Esto debe terminar. El nuevo gobierno, la nueva dirigencia política, despojada de la ideología y de la instrumentalización política del odio y la venganza que caracterizaron a los años precedentes, constituyen una esperanza y es indispensable que restauren la concordia y la plena vigencia de los principios y contenidos del orden jurídico.
Juan Ramón Aguirre Lanari – Julio E. Altamira Gigena – Jaime Anaya – Gregorio Badeni – Alberto Bianchi – Juan Carlos Cassagne – Iván José María Cullen -Siro M.A. De Martini – Daniel Funes de Rioja – Guillermo Ledesma – Roberto Luqui – Daniel Sabsay – Alfonso Santiago – Jorge Vanossi
*Se nos informa que un anexo de este reporte es de caracter reservado.
Algún revuelo ha provocado entre agrupaciones de Derechos Humanos y organizaciones de izquierda, el traslado de adultos mayores acusados de los mal llamados delitos de lesa humanidad a la Unidad Penitenciaria 34 de Campo de Mayo. Dicha unidad había sido cerrada y semi demolida en septiembre del año 2013 cuando los prisioneros allí alojados fueran trasladados a la cárcel de Marcos Paz. Hoy tras imprescindibles refacciones vuelve a funcionar como tal y esto es rechazado al considerarse por razones desconocidas, que es nada menos que un lugar de alojamiento Vip. Mucho se está escribiendo en diferentes medios al respecto pero debo destacar un párrafo de un artículo aparecido en el diario “La voz de Tandil” http://lavozdetandil.com.ar/2016/12/23/fiscal-rechaza-el-traslado-de-un-represor-condenado-a-una-unidad-penal-de-campo-de-mayo/ en el que la fiscal Ángela Ramos en un recurso presentado ante el TOF 6 expresó: ”llamó poderosamente la atención el lenguaje utilizado por el director de la Unidad para referirse a las celdas de alojamiento, como habitaciones individuales o compartidas”. Realmente lo que tendría que llamar poderosamente la atención es que una funcionaria muy bien paga, perteneciente al poder judicial haga este tipo de acotaciones que siendo magnánimos podríamos calificar de ideológicamente mal intencionadas.
MATABURRO
Recurriendo a un mataburro o diccionario, y lo de mataburro no es alusión personal alguna, a tan puntillosa funcionaria, podemos leer que: HABITACIÓN es la parte separada por paredes o tabiques en que se divide una casa u otro edificio, especialmente la que está destinada a dormir y CELDA: es cada una de las habitaciones donde se recluye a los presos de una cárcel. Ante semejante controversia yo le recomendaría al señor director del lugar que para conformar a los semidioses de la justicia emplee el término: MAZMORRA. En este caso le faltará la humedad y la oscuridad que caracterizan a las mismas, lo cual podrá lograrlo cortando el suministro eléctrico y arrojando baldes de agua. Esto hará que los funcionarios de “la justicia independiente” lo consideren un excelente penitenciario y hasta en una de esas lo asciendan.
“Los funcionarios son los empleados que el ciudadano paga para
Felices Fiestas escucho por doquier y mecánicamente respondo “y para vos también, que lo pases bien con tu familia”.
¿La verdad? Somos todos unos hipócritas. Tenemos “Felices Fiestas” porque los que están presos se la jugaron en su momento e hicieron lo que tenían que hacer, bien o mal, nadie les enseñó cómo se combate al terrorismo, los políticos huyeron y los dejaron solos pero ellos hicieron lo que tenían que hacer para que el país siga existiendo y nosotros con él. Esos que se la jugaron están presos y los “felicitadores” con el diario del lunes, desde tierra firme, teorizan que si había que devolver los cuerpos, que si hubiera sido mejor hacer juicios sumarios, que había que hacer así o asá. ¡ ENTIENDANLO! Aunque les hubieran dado una pasantía, un sueldo y un pasaje de avión para otro país (a muchos se los dieron) hoy estarían protestando de la misma manera: “JUICIO Y CASTIGO A LOS GENOCIDAS” porque ésta es su revolución por otros medios. No pudieron imponer el comunismo pero no se resignan a que su “revolución” deje de existir. Saben que perdieron pero su pequeña victoria es arruinarle la vida a todo el mundo, algún ex monto lo ha confesado. “Ya no vamos a vencer…pero seguimos aquí y van a tener que soportarnos”.
Ya no dicen “Hasta la Victoria siempre” ahora dicen “Hasta siempre” o “Hasta la memoria siempre” o “Hasta la próxima parada de colectivo siempre”. Se falsifican a sí mismos justificándose… pero joden.
Thomas Nast es conocido como el Padre de los dibujos -animados y satíricos-, habiendo creado arte político durante el siglo 19, criticando la corrupción, la esclavitud y sosteniendo los derchos del indio americano tanto como de los afroamericanos en su lucha contra el KKK.
En el Museo de los Emigrantes de Hamburgo se presenta una exhibición dedicada a Thomas Nast, el dibujante de origen alemán que le dio cuerpo a San Nicolás con la fisonomía que se le conoce hoy día en una gran porción del planeta Tierra.
El museo honra la memoria de los cinco millones de emigrantes que entre 1850 y 1939 zarparon desde Hamburgo hacia todas partes del mundo. Uno de ellos fue Thomas Nast, el ilustrador estadounidense de origen teutón al que se le atribuye la creación del Santa Claus moderno.
Thomas Nast nació en Landau in der Pfalz, el 27 de setiembre de 1840. Cuando tenía seis años arribó a Nueva York con su familia procurando dejar atrás la pobreza que los castigaba en su lugar natal. Tras estudiar brevemente en la Academia Nacional de Diseño, pasó a trabajar como diseñador en la imprenta de un periódico se unió al equipo de la revista “Harper’s”, en cuya portada apareció su primera versión de Santa Claus el 3 de enero de 1863, probablemente inspirada por la figura secular del San Nicolás de Mira en la Alemania protestante–, un personaje cubierto de pieles, panzón, barbudo y de bigotes pronunciados que él recordaba de su niñez.
Desde entonces y durante tres décadas consecutivas, Nast estuvo dibujando un Santa Claus diferente cada año.
Pero Thomas Nast no solamente le dio cara y cuerpo a Santa Claus; fue un comprometido activista por los derechos humanos y sus dibujos también reivindicaron los derechos de los indios americanos y los inmigrantes chinos, criticaron la violencia del Ku Klux Klan y abogaron por la abolición de la esclavitud, erigiéndolo en uno de los precursores de la caricatura política en Estados Unidos de América: Nast dibujó el primer elefante emblemático del partido republicano, el primer asno representativo del partido demócrata y una de las primeras personificaciones del Tío Sam. Nast desarrolló un discurso visual mordaz que lo convirtió en el comentarista político más temido en la segunda mitad del siglo XIX.
Las ilustraciones de Nast contribuyeron a la caída del político William Tweed, también conocido como “Boss” (Jefe). Tweed temía tanto el lápiz de Nast que envió un emisario que le propuso un soborno de 500 000 dólares para terminar su campaña anti-Tweed y para abandonar el país. Nast rechazó la oferta y redobló sus ataques. Tweed fue arrestado en 1873 y condenado por fraude. Cuando el Boss intentó escaparse de la justicia en diciembre de 1875, huyendo hacia Cuba y de allí a España, los funcionarios encargados de detenerlo en Vigo pudieron identificarlo gracias a los dibujos de Nast.
Nast se hizo popular por dibujar sus viñetas directamente desde los campos de batalla durante la guerra civil estadounidense. Según historiadores, el mismísimo Abraham Lincoln observaba en Nast al mejor agente de reclutamiento. Thomas Nast compartía las opiniones políticas de su amigo Mark Twain y permaneció numerosos años fiel a las ideas republicanas.
Nast se oponía a la inflación de la moneda y, para ilustrar la situación, caricaturizó a un bebé en andrajos. Desempeñó un rol importante en la elección presidencial de Rutherford B. Hayes en 1876. Rutherford B. Hayes, decimonoveno presidente de la Unión, encontraba en él al más potente de sus aliados.
Thomas Nast murió a los 62 años tras contraer la fiebre amarilla en Guayaquil, Ecuador, adonde había sido enviado por Theodore Roosevelt como cónsul general de los Estados Unidos en 1902.
Ciento catorce años después, su sobrino nieto, Lucio Nast, habita una de las cárceles federales argentinas acusado de delitos contra la humanidad, sin pruebas, con múltiples prisiones preventivas vencidas, víctima de otra creación -esta vez macabra- del gobierno de Néstor y Cristina Kirchner, célebres inventores de un “relato” que hace trizas esos derechos humanos que su tío abuelo, Thomas Nast desde su lugar en el mundo, tanto luchó por establecer.
Me congratulo con sus empeños y esfuerzos, muchas veces heroicos en la noble tarea de velar por las personas que se encuentran prisioneros sin las garantías mínimas de un estado de derecho.
Reflexión:
Entiendo y lo sostengo que el Estado que descuida a los indefensos y desprotegidos comete un grave delito que clama al cielo. Es por eso esque admiro su labor y mecongratulo por su intermediocon todos los que empeñan sus esfuerzos, muchas veces heroicos en la noble tarea de velar por las personas que se encuentran prisioneros sin las garantías mínimas de un estado de derecho. El destino me ha concedido el privilegio de participar de dos categorías. La deuna persona con problema (Amputado de una pierna) que hace lo posible por igualarse a sus prójimos y así brindarse a los demás, y la de un hombre público al que le ha tocado el honor y la posibilidad de poder defender dentro de sus posibilidades a quienes me necesiten. Viene al caso recordar por su enorme dedicación al servicio del prójimo, una enseñanza de Platón, una de las lumbreras de nuestra civilización:“la buena educación da al cuerpo y al alma toda la belleza y la perfección de que son capaces”. Pues son ustedes, los Kussman y así debe ser reconocido, los que dedican su tiempo, sus esfuerzos y su saber a qué seres que son imagen y semejanza de Dios – hombres y mujeres –, sean plausibles de los derechos humanos. A que Sujetos y Personas en la mayoría de los casos sin prueba alguna y menos certeza puedan tener un juicio digno y no una ficción. Entonces Trabajemos junto a los hermanos y a quienes conforman “Prisioneros en Argentina”, para que no haya nadie en nuestro País que sea tratado sin las garantías del derecho de defensa, del debido procedimiento e igualdad de tratamiento. No es compasión sino justicia lo que necesitan los presos políticos. Justicia es dar a cada uno lo que le corresponde. Reconozcamos en ellos un derecho elemental, de los más elementales de los derechos humanos. Reconozcamos en ellos el remedio del Indulto. Feliz Navidad mis queridos amigos. Muchas gracias por su loable labor.
En el pasado ya lejano, por tratar siempre de aprender a ser mejor cazador de seres humanos que cometían delitos, puntualmente luego de labrar las actuaciones para entregarlos en la dependencia de jurisdicción, me detenía a conversar con algunos de ellos. En especial cuando sus acciones eran calamitosas en extremo. Casi siempre al amanecer, después de una noche de trabajo, frente a un buen desayuno para recuperar fuerzas, cambiábamos impresiones y pareceres entre los que habíamos participado en la tarea de atraparlos. Intentábamos entender un poco más sobre el accionar de estos seres, que muchas veces se regodeaban al causar daño a terceros.
LA PRESA
Pasó el tiempo y ahora yo, inmerecidamente, soy la presa, a pesar de lo cual, quise hacer lo mismo que en el ayer lejano, al saber que finalmente luego de reclamar durante 2 años y 22 días estaría frente a miembros del poder judicial en carne y hueso. Si bien sabía que encontraría indiferentes, el premio mayor por supuesto, eran los fiscales JOSÉ A. NEBBIA y MIGUEL PALAZZANI ahijados dilectos del hoy procurador ABÉL CÓRDOBA, autores de prevaricar obscenamente y así llevar a la muerte en cautiverio a adultos mayores imputados de los mal llamados delitos de lesa humanidad. De ellos quería conocer su forma de dar la mano, su higiene, vestimenta y observar su lenguaje gestual y principalmente ver sus ojos. Como antes mi intención era intentan asomarme a algún oscuro abismo, si es que este existe.
LOS DEPREDADORES
A través de ellos poder intentar saber qué tipo de depredadores humanos son, para llegar a hacer en la función pública lo que hacen, y en la forma que lo hacen. Concretamente me refiero a provocar cobardemente la muerte de terceros, sin conocerlos y sin importarles si estos son culpables o inocentes, engañando inclusive a las víctimas o a sus familiares. Con un aditamento que me resulta sorprendente, y es, que ni se interesan por ver en persona su obra. Clavan sus garras y abandonan los despojos. Simultáneamente en este y en otros casos, verdaderos y posibles responsables quedan en libertad. Lamentablemente quedé defraudado. Como ya expresara no quisieron o no tuvieron el valor para presentarse y en su lugar estuvo el fiscal ANTONIO CASTAÑO, que lo sé honesto pero no muy compenetrado de la causa en la que estoy vilmente imputado. Los presentes resultaron ser funcionarios indiferentes a lo que yo expresaba y a la documentación que entregaba. Muchos años de labor burocrática aislados en sus despachos, definitivamente los moldearon, haciéndolos similares entre sí, y uno pasa a ser nada más que un expediente a veces mal leído. No obstante debo dar casi las gracias por haber sido escuchado y saber a través de las positivas palabras del defensor oficial Doctor GUSTAVO RODRIGUEZ, que “por lo menos tengo la defensa armada para el día del juicio”. Eso sí, todavía faltan 3, 4 o más años para este, y habrá que evaluar si llegaré con raciocinio o vida al mismo. Mientras por estar en prisión, hora tras hora, el tiempo inexorablemente nos es robado ilegalmente.
“Al final, lo que importa no son los años de vida, sino la vida de los años”.
Muerte de migrantes. La Abstención de Estados Unidos sobre los asentamientos israelíes. El Racista, Carl Paladino. El Avión libio. La Carrera de armas nucleares.
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Migrantes
Se teme que unas 100 personas podrían haber perecido en dos naufragios frente a la costa de Italia, lo que eleva el número de inmigrantes que -se estima- se han ahogado en el Mar Mediterráneo este año a un récord de 5.000, dijeron el viernes agencias de las Naciones Unidas.
La cuenta de los muertos, mientras trataban de cruzar la vasta extensión de aguas traicioneras para llegar a Europa, se disparó en 2016 a pesar de los cruces mucho menos frecuentes que el año pasado.
En el año 2015, más de un millón de personas cruzaron el océano y cerca de 3.800 murieron durante el viaje, según la Organización Internacional de Migraciones.
En lo que va del año, cerca de 359.000 inmigrantes y refugiados que huyen de las zonas de Oriente Medio y África afectadas por la guerra han llegado a Europa por mar, según cifras de la misma organización. En su mayoría, intentan hacer el cruce entre Libia e Italia.
Abstención Americana
En una medida diplomática sin precedentes, los Estados Unidos se abstuvieron el viernes de una resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que exigía el fin de los asentamientos israelíes.
La resolución fue aprobada 14-0 con una abstención. La votación fue recibida con fuertes aplausos en la repleta sala del Consejo de Seguridad.
La medida exige que Israel “deje de inmediato y completamente todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental”. Declara que el establecimiento de asentamientos por Israel no tiene “validez legal y constituye una violación flagrante en virtud del derecho internacional”.
Al abstenerse, los Estados Unidos rechazaron las peticiones de un veto del presidente electo, Donald Trump, quien, en una medida sin precedentes, logró retrasar la votación al día, ponderando con Egipto, el patrocinador inicial de la resolución.
Avión secuestrado
Dos secuestradores de un avión de pasajeros libio, supuestamente partidarios del difunto líder de ese país, Moammar Gadafi, se rindieron tras desviar el avión Afriqiyah Airways del país de África del Norte a la isla de Malta. Las 118 personas a bordo salieron del avión con seguridad.
El primer ministro de Malta, Joseph Muscat, dijo: “Los secuestradores se rindieron y fueron puestos bajo custodia”. Joseph Muscat dijo que los secuestradores del avión tenían una pistola y una granada de mano.
La televisión estatal de Malta TVM dijo que los dos secuestradores amenazaron con volar el Airbus A320. Todos los vuelos al aeropuerto internacional de Malta fueron desviados inmediatamente después del aterrizaje y los equipos de emergencia, incluyendo negociadores, fueron enviados a la pista del aeropuerto.
El Primer Ministro Muscat dijo que había 111 pasajeros a bordo – 82 varones, 28 mujeres y un bebé- y siete miembros de la tripulación.
Carl Paladino, el racista
El ex candidato a gobernador de Nueva York, Carl Paladino, se enfrenta a una reacción violenta en las redes sociales por un comentario racista sobre la primera dama Michelle Obama.
Paladino, quien fue copresidente honorario de la campaña de Nueva York del presidente electo Donald Trump, fue una de las pocas docenas de prominentes figuras de la ciudad de Buffalo para un reportaje de fin de año sobre sus esperanzas para el 2017.
En respuesta a una pregunta sobre quién debe “irse”, Paladino sugirió que la primera dama debería “volver a ser un hombre” y trasladarse a una cueva africana.
“Me gustaría que (Michelle Obama) volviera a ser un macho y fuera soltada en el interior de la jungla de Zimbabwe, donde viviría cómodamente en una cueva con Maxie, el gorila”, respondió Paladino.
Carrera armamentista
La historia de la carrera de armamentos nucleares entre Estados Unidos y Rusia ganó relevancia esta semana después de que el presidente electo Donald Trump se expresara sobre la expansión de la capacidad nuclear de Estados Unidos y expusiera sus comentarios sobre si estaría dispuesto a permitir otra carrera de armamentos si fuera necesario.
Entre 1945, cuando Estados Unidos lanzó dos bombas atómicas sobre Japón para finalizar la Segunda Guerra Mundial y 1972, cuando se firmó el primer tratado global de reducción de armas nucleares entre los Estados Unidos y la Unión Soviética, ambas naciones emprendieron una carrera para construir, desarrollar y desplegar tantas armas nucleares como sea posible.
Aquí hay algunas preguntas y respuestas sobre la carrera de armamentos, su historia y conclusión:
¿Cuándo comenzó la carrera de armamentos?
Comenzó en 1945, cuando Estados Unidos explotó su primera bomba atómica el 16 de julio en Alamogordo, Nuevo México, después de una masiva campaña de investigación conocida como el Proyecto Manhattan. La exitosa prueba de la bomba llevó a su uso en dos ciudades japonesas en agosto de 1945, Hiroshima y Nagasaki. La Unión Soviética sabía de la labor de Estados Unidos en cuanto a la bomba atómica y comenzó a trabajar en una unidad propia.
¿Cuándo los soviéticos consiguen la bomba?
Los soviéticos hicieron explotar su primera bomba atómica el 29 de agosto de 1949, en sus instalaciones de Semipalatinsk, en lo que ahora es Kazajstán. Los funcionarios estadounidenses, que creían que tendrían un mayor monopolio sobre las armas atómicas, detectaron la explosión soviética el 3 de septiembre, cuando un avión espía que sobrevolaba Siberia divisó señales de material radiactivo en el aire. El presidente Harry Truman le dijo al pueblo estadounidense más tarde ese mes sobre la bomba soviética.
¿Qué es la bomba de hidrógeno?
La bomba termonuclear o de hidrógeno, que algunos de
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sus desarrolladores llamaron el “Super”, fue utilizada y probada por primera vez sobre el atolón pacífico de Eniwetak el 1 de noviembre de 1952. Los soviéticos explotaron su primera bomba de hidrógeno el 22 de noviembre de 1955. Las bombas de hidrógeno son mucho más potentes que las bombas atómicas y los isótopos fusibles de hidrógeno sirven para crear una explosión más potente.
¿Qué es la destrucción mutuamente asegurada?
Esta fue una política desarrollada durante el gobierno de Kennedy en los años 60, en la cual tanto Estados Unidos como la Unión Soviética serían disuadidos de iniciar una guerra nuclear debido al conocimiento de que cada lado sería destruido por el otro. Ni los Estados Unidos, ni la Unión Soviética podían estar seguros de que el equipo que golpearía primero eliminaría suficientes armas del otro para evitar ser destruido en una cadena de represalias.
¿Cuál fue el pico de la carrera armamentista?
Según el Boletín de Científicos Atómicos, los Estados Unidos tenían 32.040 ojivas nucleares en 1967, mientras que los Soviets alcanzaron un máximo de 45.000 en 1986.
¿Qué tratados frenaron la carrera armamentista?
El 5 de agosto de 1963, los ministros de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos y la Unión Soviética firmaron el Tratado de Prohibición de Pruebas que detuvo los ensayos nucleares en la atmósfera terrestre. El 26 de mayo de 1972, el Presidente Richard Nixon y el líder soviético Leonid Brezhnev firmaron el primer Tratado de Limitación de Armas Estratégicas, que pedía las primeras reducciones en el número de armas nucleares. También se firmó un segundo tratado que limitaba los sistemas de misiles antibalísticos.
¿Qué es la Iniciativa de Defensa Estratégica?
SDI, popularmente conocida como Star Wars, fue propuesta por primera vez por el presidente Ronald Reagan el 23 de marzo de 1983. Solicitó una serie de satélites y misiles terrestres que dispararían los misiles entrantes de la Unión Soviética y otras naciones. Los opositores, entre ellos los soviéticos, creían que desestabilizaría el tratado de misiles antibalísticos de 1972 y alentaron e incentivaron a creer que Estados Unidos podría lanzar un primer ataque contra los soviéticos. Uno de sus principales defensores fue Edward Teller, el científico nuclear que ayudó a desarrollar precisamente la bomba de hidrógeno.
¿Qué hizo Ronald Reagan?
Reagan entró en la Casa Blanca en 1981 después de oponerse a la segunda ronda de conversaciones SALT y hablar muy crudamente sobre la Unión Soviética. Propuso la Iniciativa de Defensa Estratégica y también se refirió a la Unión Soviética como el Imperio del Mal. En 1985, sin embargo, Reagan hablaba abiertamente sobre la eliminación de todas las armas nucleares. Se reunió con el nuevo líder soviético Mikhail Gorbachov en 1985 y 1986 para conversaciones nucleares altamente publicitadas. En diciembre de 1987 firmó un tratado que limitaría los misiles nucleares de corto y mediano alcance. En 1988, los Estados Unidos y la Unión Soviética habían acordado un marco que exigía reducciones drásticas de las armas nucleares. En julio de 1991, el Presidente George H.W. Bush y Gorbachov firmaron el Tratado de Reducción de Armas Estratégicas que bloqueó esas reducciones.
¿Cuál fue el último tratado importante entre los Estados Unidos y Rusia?
El 8 de abril de 2010, el presidente Obama y el presidente ruso Dmitry Medvedev firmaron el nuevo Tratado START en Praga. Pidió el corte de lanzadores estratégicos de misiles nucleares a la mitad y un número total de ojivas nucleares desplegadas a un límite de 1.550. El Senado ratificó el tratado en diciembre de 2010 por una votación de 71-26.
¿Cuántas armas nucleares tienen Estados Unidos y Rusia?
Rusia tiene 7.300 ojivas nucleares, mientras que Estados Unidos tiene 6.970.
¿Dónde se puede aprender más sobre la carrera armamentista?
La fabricación de la bomba atómica por Richard Rhodes es una historia excelente sobre el proyecto de Manhattan y sus consecuencias. La fabricación de la bomba de hidrógeno detalla el trabajo de Teller y de otros para terminar ese proyecto. Comando y control: Las armas nucleares, el accidente de Damasco y la ilusión de la seguridad Eric Schlosser muestra los problemas de mantenimiento de los misiles estadounidenses y los riesgos de una guerra nuclear accidental. Rhodes cerró su trilogía sobre la historia nuclear con Arsenals of Folly: La realización de la carrera de armas nucleares.
Los Buenos contra los Malos
Por Alejo Uribe.
En una imaginaria contienda entre criminales y víctimas, el resultado parcial seria 1 a 0 a favor de los malos ante los buenos. El proyecto de ley que instaura un régimen de protección a las víctimas de delitos y que obtuviera la media sanción por unanimidad en la Camara Baja en el mes de noviembre, por obra y gracia de la desidia de los miembros de la Camara de Senadores –
algunos jefes de bloque, hasta reconocieron no haberla leido – no fue tratada en las sesiones ordinarias y quedó a la espera de que el Poder Ejecutivo la envíe a las extraordinarias para finalmente sea convertida en ley. De esa manera, se reconocería un derecho natural y humano a las víctimas y sus familiares, dando por tierra el nefasto abolicionismo que predican los discipulos de la abominable doctrina zaffaroniana, que en nombre de lo que ellos llaman “ garantismo ”, brindan todo tipo de protección y resguardo a los delincuentes – abogados defensores gratuitos, reduccion de pena, salidas transitoria aceleradas, entre otros desatinos -, dejando en la mayor y mas cruel indigencia defensiva a las víctimas y a sus familiares.
Quiera Dios iluminar a los señores senadores y que el resultado de esta lucha – que lleva muchos años – se revierta a favor de los buenos y en contra de los malos, los eternos protegidos del siniestro doctor Eugenio Zaffaroni y sus intoxicados discipulos.
Alejo Uribe
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 30, 2016
ANA BARREIRO le contesta a MARIO SUAREZ: EL COMUNICADO DE LOS PRESOS POLITICOS DE ARGENTINA
Por Ana Barreiro.
A decir verdad, no pensaba molestarme en contestarle a este señor quien de una se quitó la mitad del apellido vaya uno a saber sus razones… Suárez “Mason” y cobardemente escribe su opinión (desde afuera y en libertad) sobre el documento que sacaron los Presos Políticos de Argentina dirigiéndome la misiva a mí, en lugar de hacérsela llegar a los Presos Políticos, cosa muy fácil de hacer.
Yo no tengo nada que ver con lo que allí se expresa.
No soy Preso Político.
No soy militar como su hermano o su padre.
Le agradezco su consideración hacia mi persona por mandarme la carta, pero no soy su estafeta.
Ana Barreiro
Restauradora y Perito de Arte
(Esposa de ex my Ernesto Barreiro, Preso Político por salvar a la patria)
Madre y hermana de arquitecto
Conductora del programa radial De Eso No Se Habla.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 29, 2016
Comisario Omar Hernández, 83 años. Otro imputado al que ningún “testigo” menciona o identifica.
El 19 de diciembre del año 2014, allí con 81 años cumplidos, el Comisario Omar Hernández fue detenido bajo cargos que aún hoy, más de 24 meses después, todos quisiéramos conocer.
Fue llevado a Comodoro Py, donde fue notificado que -nada menos- el juez Rafecas estaba al frente de su caso. Luego de este acto, su destino fue la Unidad Penal de Marcos Paz.
Hernández hoy -con su prisión preventiva vencida- duerme en el calabozo (Habitación según los grupos de “Derechos Humanos” argentinos) de la Unidad Penal 31 de Ezeiza. Si bien es un hombre lúcido y de buena dicción, posee problemas de salud. A los lógicos de la edad (Otra vez según los dichos de Adriana Taboada) como graves problemas de visión -cataratas- e inconvenientes odontológicos (No puede masticar) se le suman dificultades prostáticas que requieren un control cada 4 meses que nunca se lleva a cabo. Sin olvidar que su presión arterial parece estar estancada en 170-100.
Sus defensores legales han solicitado la eximición de prisión. La misma fue denegada. El paso siguiente fue el pedido de detención domiciliaria… y la aventura es la aventura: De la Cámara de Apelaciones pasó a la Cámara de Casación y de allí… nuevamente al cajón donde el juez Rafecas nunca pasa el plumero. Cuando la defensoría presentó un informe con el historial clínico del comisario Hernández, el doctor Rafecas envió el caso a juicio oral, dependiendo de la resolución del Tribunal Federal 5 de San Martín si esta fecha será en un futuro cercano o no. ¿Mi intuición? Cuatro o cinco años, siendo muy optimista. Ya no se puede decir que asombra, pero el caso del Comisario Hernández yace en un alegato de testigos que dicen haber sido arrestados y trasladados a una comisaria bajo su mando en Moreno en los años 76 o 77 donde a su vez eran transferidos a un Centro de Detención para ser sometidos a interrogatorios. No se pudo comprobar la existencia de este centro, ni el nombre o el rostro de Hernández fue mencionado o identificado.
Ya sabemos que por haber pertenecido a una fuerza en los años setentas, el Poder Judicial suele dictar imputaciones por control remoto al por mayor. El típico caso de haber estado en la profesión equivocada, en la hora equivocada: Un ex uniformado, parado en cualquier mosaico de suelo argentino.
Por Fabian Kussman.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 28, 2016
MISION IMPOSIBLE o TONTO Y RETONTO
Por Claudio Kussman.
MISIÓN IMPOSIBLE O TONTO Y RETONTO
“MANIFIESTA primeramente debo decir que pretender que una persona de 71 años pruebe su inocencia sobre hechos ocurridos hace 40 años, sin como es lógico no sabía lo que iba a producirse hoy, si no hubiera juntado elementos de prueba, como actas de procedimiento, y hubiera llevado un diario”. (sic)
Este es el párrafo con el que inicié mi declaración indagatoria, el día 20/12/2016 en donde por primera vez pude hacerlo ante un juez, en persona, luego de dos años y veintidós días de detención. En este caso el Dr. Dr. Walter E. LÓPEZ DA SILVA y un fiscal el Dr. Horacio Antonio CASTAÑO. Esto me hizo tomar una vez más debida noción de que volver a ser libre, es una MISIÓN IMPOSIBLE, y que me toman por un TONTO RETONTO. Todo es una farsa, ya que uno no es interrogado, y lo que diga, no sirve para absolutamente nada.
PARA NOSOTROS, TODOS CIEGOS, SORDOS Y MUDOS
“A cambio de eso me engarronaron, me metieron en una cárcel, pasé por un falso hospital penitenciario lleno de sarna o atendiendo ancianos terminales, algunas veces con sus miembros amputados, y sin retención fisiológica. Se está llevando a cabo un exterminio que la justicia no quiere ver, con septuagenarios y octogenarios. A mí me enseñaron dos cosas básicas como policía: nunca engarronar a nadie y nunca golpear al caído”.(sic)
El tiempo en prisión sigue transcurriendo inexorablemente en espera de un lejano juicio, que no es garantía de justicia imparcial para nada. Es más de lo mismo. Uno denuncia hechos de acción pública y los togados impávidos. Al igual que los políticos, eclesiásticos y otras yerbas, son ciegos, sordos y mudos.
SIN DEFENSA
“También desde ese tiempo, diciembre de 2014 cuando me indagara una empleada contratada de la Secretaria de Derechos Humanos, y no un juez y un fiscal como yo pedía, pedí una serie de elementos de prueba. Pasaron tres abogados defensores particulares, dos veces defensoría oficial y al día de hoy están faltando de once elementos que solicité…” (tres elementos)
Inclusive las defensas carecen de información detallada de los hechos por falta de lectura de la causa en la que uno está involucrado, la que está compuesta por varias decenas de miles de fojas utilizadas. Uno mismo, tampoco sabe lo que pasó en forma fehaciente ya que por más que pida, reitere, exija, haga huelga de hambre, gaste elevadas sumas de dinero en abogados, etc. ni aun así llega a tener acceso a los elementos que según dicen existen en la causa. Lo lamentable es que muchos de ellos a uno lo favorecen y la burocracia judicial no los tiene en cuenta, los oculta agregando fojas de a miles, y nada dice de su existencia.
SON INMORALES
“Voy a reiterar una vez más que cuando fue la videoconferencia en donde di 26 razones por qué no iba a declarar el secretario con cargo de juez subrogante MARTÍNEZ, le ofreció al fiscal PALAZZANI armarme una gran causa, una gran BAYON. Lo cual escuché debido a que había quedado el micrófono abierto y que seguramente las personas allí presentes no mienten, pueden dar razón de ello. Esas cosas no se hacen. Considero que son inmorales”.(sic)
Acá se acomodaron a no pocos jueces, políticos, empresarios, jefes uniformados, periodistas, sindicalistas empresarios de medios, etc. -imputados de hechos aberrantes- que siguen en libertad y nosotros quedamos para ser sacrificados, al igual que nuestras esposas y familias. No importa si somos inocentes o culpables, si carecíamos de jerarquía en la década del 70 o no. Hoy estamos en un callejón sin salida. Afortunados aquellos que se auto engañan esperanzados en un PAPA político, un MACRI de vacaciones, o en un MILAGRO. Para los dos primeros nosotros no existimos y para el tercero, este por ahora no existe.
Claudio Kussman
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 28, 2016
Carta al señor presidente de la República Argentina, Ingeniero Macri: SOLICITO IGUALDAD
Escribe Pedro Guerrero.
Pedro César Guerrero es un preso político detenido en la Unidad Penal 31 de Ezeiza.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 28, 2016
Todo por un peso
Noticias alrededor del territorio argentino.
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Milagro Sala.
El tribunal jujeño condenó a Sala a tres años de prisión en suspenso por daños e instigación y fue sobreseída por amenazas; además deberá realizar tareas comunitarias.
María Eugenia Vidal.
María Eugenia Vidal se aumentó el sueldo a $525.000 mensuales, según el Decreto 1278 del 12 de Octubre de este año, la remuneración de un ministro bonaerense es de $437.500 y el de un subsecretario, $350.000. El decreto extrañamente no aparece publicado en sitios oficiales de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires.
Carlos Sanguinetti.
Carlos Sanguinetti, ex subsecretario de Atención de las Adicciones de la provincia de Buenos Aires durante la gestión de Daniel Scioli, fue detenido en las últimas horas en el marco de una causa en que se investiga una presunta estafa con la compra de insumos para hospitales y centros de atención.
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Cristina Fernández de Kirchner.
Ordenan reabrir la denuncia de Nisman contra Cristina Kirchner por encubrimiento en la causa AMIA. Así lo decidió la Sala I de la Cámara de Casación Penal. Es la imputación del fallecido fiscal contra la ex presidenta por el Memorándum con Irán.
Mauricio Macri.
Las declaraciones del presidente:
Sobre Cristina Kirchner: “Ella quiere inventarse una realidad propia. No es una perseguida política, ella tiene que ir y contestar”
Sobre Milagro Sala: “Hay muchísimos testigos del abuso de poder que le dio el kirchnerismo durante mucho tiempo”.
Sobre Carrió: “Sus denuncias, a mí no me constan. Pasan estrictamente por ella; no es el Gobierno ni Cambiemos que tienen como política denunciar sistemáticamente al presidente de la Corte”
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 29, 2016
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Ángel de la granja…
Por Jorge B. Lobo Aragón.
“Nací en una granja, críeme en el campo, con la gente que reza y que vive del santo trabajo. Los dos seres que vida me dieron, murieron temprano. Y mi padre me dijo al morirse: -hijo mío, en el llar hay un clavo, del que pende un tesoro bendito… ve, búscalo y tráelo. Fui, busqué, remiré y a mi padre, solo pude largarle…un rosario. -¡es él- dijo al verlo, mi tesoro santo, la herencia bendita que te dejo y que a mí me dejaron. Tú abuelo, mi padre, tuvo callos de tanto rezarlo, Y tu madre con él en el cuello se fue al camposanto. Yo quíteselo allí y ahora muero gustoso besándolo. Bienes de la tierra, hijo mío, no puedo dejártelos; pero en este rosario te dejo los tesoros de un padre cristiano. Para ti que no sabes de letras, es un gran catecismo el rosario, y en los días que vayas a misa, buen devocionario, que sabrás tu leer cuando sepas mejor meditarlo. No hay medio más útil para nunca caer en pecado, para siempre cumplir los deberes, para hacerse de todos hermano. Si más se rezara, no se vieran ni guerras, ni escándalos, ni presidios ni jaulas de infierno… sino dulces hogares cristianos. Cuando tomes esposa, hijo mío, siempre te una con ella este lazo; y los hijos que el cielo te diere, dales tú por herencia el rosario. Con él, siendo pobre, siempre tuve salud y trabajo; y el pan nuestro que Dios le pedía, jamás me ha faltado. Mas… ¡ya siento acercarse a la Virgen! ¡Ya me duermo tranquilo en sus brazos!. Murióse mi padre, y era entonces yo, un pobre muchacho. Hoy que soy un hombre, y recuerdo los tiempos pasados… al mirar a mi patria en la horca y a la Iglesia en el Monte Calvario… ¿Qué será?, ¿Qué será?, me pregunto, Y el pueblo cristiano con su muerta piedad me contesta: “Es que poco se reza el Rosario”.
Carrió, Lorenzetti y la “PYME RURAL”
La diputada nacional Elisa Carrió (CC-ARI) amplió ayer miércoles 28 de diciembre su denuncia penal en los Tribunales Federales de Comodoro Py contra el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Luis Lorenzetti, y solicitó que se investigue a la mutual “Pyme Rural”, que integrarían el juez, familiares y socios suyos. La legisladora sostuvo en la presentación que la mutual presuntamente habría llevado adelante operaciones de cambio de cheques entre la Asociación de Fútbol Argentina (AFA) y los clubes Sportivo Ben Hur, Atlético 9 de Julio, Sportivo Belgrano y la mutual Club SP Ben Hur. Elisa Carrió sostuvo que “Según he podido saber, el 54 por ciento del padrón de asociados de la mutual Pyme Rural se asociaron el mismo día: 15 de mayo del 2015″, y enumeró que entre los socios figuran el titular de la Corte y su hermana Susana Graciela Lorenzetti ; su hija Lucia Lorenzetti ; su hijo Franco Miguel Lorenzetti; y su ex esposa Analía Cortassa.
La diputada le pidió a la juez Servini que se solicite al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social todos los expedientes que versen en dicha institución respecto de las actividades de la mutual y a la Unidad de Información Financiera (UIF), los Reportes de Operaciones Sospechosas que haya recibido respecto de las actividades de la cooperativa”.
Esos Llamados Raros
Por Fabian Kussman.
Cosas que pasan, gente que llama. Si bien no es nuestro principal tema, todas las opiniones, todas las ideas -por más distantes que pueden ser a nuestro pensamiento- tendrían lugar en la publicación. Esa fue la consigna desde el comienzo. Algunas cuestiones escapan a nuestros conocimientos. En realidad, muchas.
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El teléfono suena constantemente, el email llena casilleros más velozmente de lo que podemos leer y los comentarios -halagando o criticando- inundan el pie de nuestras páginas. Una parte de las comunicaciones son de presos políticos, familiares de presos políticos y una gran parte de ciudadanos realmente ocupados por las miserias que este cínico mundo les (nos) hace vivir. Aún estamos en deuda de una mención a lectores que -angustiados- llamaban preguntando sobre la huelga de hambre de Kussman, luego de Cabanillas y últimamente, del masivo ayuno de los prisioneros ilegalmente arrestados en cárceles argentinas.
También llaman los “se lo juro”.
Los “se lo juro” son otra clase de lectores que -tal vez ante la falta de publicaciones especializadas- recurren a nosotros para contar sus historias. Aquí, lo que podemos rescatar de algunos llamados.
Los Ángeles, no California
En diciembre del año 2015, recibimos un llamado de North Carolina en donde un compatriota quería compartir ciertas experiencias que le han tocado vivir.
Los ángeles están entre nosotros y son criaturas encantadoras, de acuerdo a nuestro testigo, portan alas fáciles de cubrir, pero no son las señoritas descalzas de Victoria Secret. Son -en gran número- personas adultas que suelen dar consejos de vida y también en demandas políticas. Sus conceptos son claros y en sus apariciones no dudan en mencionar sus predilecciones. Macri, para los ángeles, es un hombre rodeado por un aura de bondad, algo que no poseen Donald Trump, Raúl Castro o Robert Mugabe. Tampoco los Kirchners. Los ángeles, sin lugar a dudas, no están con los Kirchners. Es usual que estos enviados se presenten en el atardecer y no tienen pelos en la lengua. Todo lo manifiestan cara a cara. Usted sabe, para lograr armonía no hay que discutir sobre religión, fútbol o política. En caso de avistar a un ángel, no discuta con ellos de política.
Los Extraterrestres y el dedito.
El corriente diciembre una señora originaria de Santa Fé, pero residente en North Miami, nos acercó telefónicamente sus conocimientos en uno de esos tantos temas que nosotros desconocemos.
No quieren llamar a casa por teléfono, no lo necesitan. Tienen poderes telepáticos, telequinéticos, y teletransportadores. Los Extraterrestres quieren apoderarse del mundo y envían a gente como Kirchner, Chávez, Castro, Putin, George W. Bush u Obama para allanarles el camino. Creen que el fútbol es para ignorantes y son muy manolargas. En todos los encuentros, hombres y mujeres son apresados, desnudados y en ellos practican extraños experimentos. Una vez terminada esta revisación médica, los liberados son abandonados cerca de sus hogares y nunca obtienen un mísero cenicero como recuerdo. Hay otros tipos de extraterrestres, seres muy pequeños, difícil de percibir para el ojo humano que viven entre la cosecha y deciden si arruinarla o no, estableciendo un barómetro comercial a su antojo (¿La tierra es para el que la trabaja?) En fin, esta clase de E.T. hace su tarea en silencio, pero de manera poderosa. Yo los conocía como insectos. Parece que no.
Yo no creo en Brujas, pero que las hay presidentas, las hay
No puedo precisar cuándo, pero el llamado provino de algún lugar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para ser perfectamente honesto, no recuerdo -pese a la cercanía del hecho- si era un hombre o una mujer, pero sí quedó en mi memoria parte de la historia relatada de las brujas modernas.
No, usted no está durmiendo con el enemigo, ni es esa avejentada versión de la niña que desposó allá lejos y hace tiempo y viene de visitas todos los domingos para criticar ya que usted se la pasa pegado al televisor sin hacer otra cosa. Quien nos cuenta de estas cosas, brinda una versión más depurada.
Las brujas no tienen hijos, es por ello que no les interesa el futuro de la humanidad. Cuando fallan con este precepto, sus hijos nacen mitad humano, mitad urraca o mitad humano, mitad pingüino obeso. Es como una maldición entre ellas, ya que las brujas muy raramente se llevan bien entre sí, Curiosamente, las brujas no apoyan a Cristina Kirchner, Dilma o Michelle Bachelet. Nunca he escuchado -por parte de las hechiceras- nada en contra de López Rega. No solo por esta última primacía, pero es mi entender que las brujas no son feministas, ya que estarán ligadas a la escoba de por vida. Y un caldero.
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Noche de Vampiros
“Los Vampiros ya no tienen el poder que tenían antes”, afirmó una joven voz femenina al otro lado de la bocina del teléfono, en su Monclova natal (Estado de Nuevo León, México, no Transilvania)
Usted tendrá dos hipótesis: Los Vampiros habitan los senados, los congresos o los colegios de abogados. O en castillos tenebrosos, tal como Bram Stoker nos ha enseñado. No, parece que los Vampiros están en nuestra sociedad caminando codo a codo con nosotros. La globalización les ha hecho muy mal y no pueden competir con las clases dirigentes. Es un hecho que odian a los políticos pese a ello, entre sus sueños remotos figuran los de convertirse en uno de estos. Nunca lo conseguirán. No están a la altura. Si se encuentra con un Vampiro chupasangre en el ascensor en el piso 27 de un edificio, no tema. No hay nada que esta criatura pueda hacerle, que los Kirchner no le hayan hecho previamente. Al enemigo, ni ajo, ni crucifijos.
Estoy hecho un Demonio.
¿Quién no habrá dormido con un ojo abierto luego de leer a William Peter Blatty y su creación “El Exorcista”? Nada de pobres diablos, entiendo que plantea Dorita, en su llamado desde Mendoza.
Es voz popular que los demonios no simpatizan con los curas. Esto -según uno de nuestros interlocutores- es un mito. Se necesitan mutuamente. Es una relación casi radicícola. Tampoco es verídico que sean fanáticos de Independiente o del Manchester United. Generalmente lo son del Banco Nación, Banco Provincia, Banco Central. Platón dice que el comportamiento guerrero de los hombres es naturaleza humana. Craso error, Platón. No es el Hombre, son los Demonios. Estos aprovechan la mínima debilidad del Hombre para poseerlos. Si un hombre se agacha para recoger una billetera que no le pertenece, en la calle, con intenciones que quedársela, el Demonio ya lo penetró. Al mínimo descuido, los Demonios atraviesan la materia y se apoderan de nuestras conductas. Por ello es, basado en las recomendaciones de esta lectora, que no hay que enojarse con nadie por sus malas acciones. Es que está hecho un Demonio.
El Fantasma de la Máquina
Espíritus, fantasmas y sonidos guturales pertenecen al mismo sindicato. Quien intercambia palabras conmigo es Argentina, pero Texana adoptiva desde que llegó a Estados Unidos en el ’91 o ’92.
“No debemos dejarnos fascinar por el mundo de los espíritus, sino por Dios y Su impresionante carácter y atributos” (Salmos 27:4) Excepto si se trata del Espíritu Santo. De acuerdo con la persona que me informó, los fantasmas no tienen tendencias políticas, pero parecieran ser los piqueteros del movimiento paranormal ya que se asientan en lugares que no les pertenecen. Estos entes -por alguna razón desconocida- no pueden cruzar ríos, lagos o ningún cuerpo de agua. Si usted tiene en su casa un fantasma acosándole, no se trata del tío Manolo ya que este no habría haber podido dejar su Galicia natal. O tal vez, ningún espíritu sea propenso a mojar sus vestiduras (¿De dónde sacan la ropa?) y pescar un resfriado peligroso para su salud. La persona que nos cuenta sobre fantasmas nos dice que los hay buenos y los hay malos -como en la vida misma, la vida después de la muerte tiene los uniformes hábitos sociales- Los fantasmas buenos no pueden encontrar la ruta al más allá ya que no quieren dejar a sus seres queridos. De los espíritus malos no hay mucha data. Tal vez no quieran perder algún subsidio.
Una vez que usted hubo conocido estas curiosidades, ¿está seguro que no le va a resultar aún más duro encontrar un candidato político a quien votar en las próximas elecciones?
Fabian Kussman
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 28, 2016
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Sobre el Comunicado de Presos Políticos
Escribe Mario Suárez.
Estimada Sra de Barreiro:
Mi nombre es Mario Suárez. Mi hermano es uno de los presos en Marcos Paz. Su nombre es Carlos Suárez Mason. También mi padre fue uno de los primeros Presos en morir en manos del entonces régimen Kirchnerista.
El comunicado parece no otra cosa que algo escrito por militares. Le aclaro que entre otras cosas soy egresado del Liceo Militar General San Martín, muchos de mis compañeros están Presos hoy.
Estoy de acuerdo con el espíritu del comunicado pero realmente parece un bando militar, algo escrito por militares. Para que esto sea efectivo deben estar todos en un cien por ciento de acuerdo.
Creo esto es mucho más sencillo y menos complicado de lo que parece. El comunicado es realmente largo y se explaya en cosas que la mayoría de la población no entiende, no quiere entender y le importa un rábano entender. Le aclaro que en esta causa llevo años, mucho antes que su esposo este detenido o enjuiciado, pues a mí padre, Alfonsin lo persiguió desde el día que asumió, algo que sabíamos de antemano.
Creo que la base es simple: una persona debe ser Juzgada por los códigos vigentes en el momento del supuesto crimen. En los setenta lo vigente era el Código de Justicia Militar no la justicia civil. No solo eso, Alfonsin crea la ley de responsabilidad que aplica a las Juntas y a lo que sigue a los. Efectos de encarcelar no juzgar. Todo es ilegal y anticonstitucional.
Los Presos seguirán allí mientras respiren . Las huelgas de hambre o desayunos de abstinencia nada harán ni producirán . Esto gobierno como los anteriores son de izquierda, a tal punto que el gobierna de Macri tiene como ministra de Seguridad a una Montonera, y además paga setecientos cincuenta millones de dólares anuales en pensiones a Montoneros y Erpianos . Cree usted que habrá justicia cuando algunos de los jueces son miembros reconocidos del ERP?.
Creo la solución es solo una. Mientras quienes combatieron la subversión sigan concurriendo a los juicios como carne de cañón le están facilitando el juego a la izquierda y a quienes los usan para su circo de venganza, no de justicia. Lo mejor para todos es negarse en conjunto a no participar más de esta parodia pues justicia no habrá nunca para ellos solo los hacen participar en un acto en el que repetidamente les violan los derechos y les repiten de a uno usted está condenado a perpetúa. Les dejan decir lo que quieran como hizo el Cnl Horacio Losito, compañero mío del Liceo Militar…pero en definitiva sus sentencias están escritas hace rato.
Esto no es una decisión basada en la justicia sino la extrema izquierda que gobierna y manda incluso hoy con Macri. La única solución viable la propuso el Dr. Cosme Beccar Varela, quien solicitó al presidente Macri un indulto. Porque el indulto? Pues quienes cometieron esta barbarie judicial son quienes hoy son jueces, que obviamente no darán marcha atrás. Macri ya denegó el indulto por escrito al Dr Beccar Varela.
El camino que les queda para ser escuchados es negarse todos en conjunto a seguir participando en el circo que solo alimenta los deseos de la extrema izquierda. Si así lo hacen y se niegan a seguir en esta parodia entonces serán escuchados. Los amenazaran, dirán montón de barbaridades pero Presos han de seguir hasta que ellos hagan algo para redimirse. No hace falta ni suicidarse ni hace ayuno, solo ponerse de pie y decir basta.
Hay que recordar:
Que las agrupaciones de “Derechos Humanos” solo trabajan para los terroristas pues son funcionales al terrorismo. La abuelas y madres de plaza de mayo, como la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos son solo organizaciones creadas para proteger a los terroristas y sus familias, nada importa a estos grupos los Derechos de nadie.
Que el actual gobierno paga a los Montoneros y Erpianos 750 millones de dólares en pensiones anuales
Que la actual ministra de Seguridad de este gobierno es miembro de la organización Montoneros.
Que ningún miembro de este gobierno recibió ni, se interesó por ninguna de las victimas del terrorismo
Que el terrorismo produjo en el territorio nacional 22,600 atentados y nadie hace una simple mención de los mismo es como aquí no pasó nada
Que muchos de los que se llaman jueces son miembros del ERP o que han participado en operaciones para el terrorismo o son familiares de supuestas victimas
Que muchos han sido condenados por la suposición de que Hubo treinta mil desaparecidos cuando en realidad esa cifra fue utilizada a los efectos de recibir fondos de Europa, fondos que se repartieron en una lista secreta, que el gobierno maneja. Ahora este gobierno dice que los desaparecidos son siete mil quinientos?…que pasa con las personas a quienes se condenó por la cifra de treinta mil, como por ejemplo a los miembros de las Juntas ?
Si alguno tiene esperanza en esta justicia está realmente con expectativas no ciertas dado que la mayoría, como mi hermano están en prision preventiva por diez años cuando en realidad no da en ser más de dos…
Esto es solo una parte. Me parece lo mejor quedarse y no concurrir a que los sigan basureando y negarse a participar en el negocio de la izquierda, y de este gobierno que incluso llevó al presidente de los EEUU a rendir homenaje a treinta mil desaparecidos que están en una lista en una pared, realmente siniestro.
Si se niegan en conjunto podrán ser escuchados , si no son escuchados se ahorrarán participar en un acto en el que les comuniquen que ya están condenados y así se los sigue vejando.
Espero que, el,concepto, sea claro. Ojalá todos se pusieran de acuerdo…
Muchas gracias
Mario Suárez
arquitecto
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 28, 2016
Breves interrogaciones sobre los Derechos Humanos: Necesidad de más justicia menos ideología. 2da Parte
Por Mario Sandoval 1
III-La indivisibilidad de los Derechos Humanos: Todos los derechos humanos son universales2 , indivisibles, interdependientes y están relacionados entre sí. La comunidad internacional debe tratar los derechos humanos en general de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo énfasis. Debe tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y regionales, así como los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos, pero los Estados tienen el deber, sean cuales fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales (Párrafo 5 de la Declaración y Programa de Acción de Viena, 1993)3
El principio de la indivisibilidad de los Derechos Humanos, el cual reconoce que ningún derecho humano es intrínsecamente inferior a otro, constituye un desafío permanente para las Naciones Unidas quien, a la fecha, no puede afirmar la universalidad efectiva de los mismos, frente a rivalidades de intereses y falta de voluntades políticas. La tesis de la dicotomía se impuso, al oponer radicalmente diferentes categorías de derechos tanto por su naturaleza que por su régimen jurídico: los derechos económicos y sociales serian, contrariamente a los derechos civiles y políticos, derechos con prestación no directamente justiciable, serian derechos secundarios….
La indivisibilidad de los derechos humanos4 es una característica que indica que no puede prescindirse de ninguno de ellos y ningún derecho puede disfrutarse a costa de otro. Implica también la imposibilidad de que se den contradicciones entre los derechos humanos y la estrecha relación entre derechos individuales y derechos sociales. Todos los derechos humanos (civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, colectivos), son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance en uno de estos derechos facilita el avance de los demás. Igualmente, la vulneración de un derecho afecta negativamente a los demás.5
IV-Los derechos del hombre como religión civil, religión de la humanidad: Recordando, que el positivismo de Augusto Comte es considerado como una religión de la humanidad, que Elie Wiesel (premio nobel de la paz 1986) calificó a los Derechos Humanos de “religión laica mundial de alcance planetario”, Nadine Gordimer, (premio Nobel de Literatura 1991), consideró los derechos humanos como la «religión de la humanidad»6 , Régis Debray, como «la última de nuestras religiones civiles en aparecer, el alma de un mundo sin alma» 7 y para Ignatieff, Michael: “….los derechos humanos son mal interpretados si lo vemos como una “religión laica”. No son un credo, no son metafísicas. Pensar eso es convertirlos en una especie de idolatría: el humanismo adorándose a sí mismo” 8 .
1-Harouel, Jean-Louis, en su reciente publicación sobre los derechos humanos9 , afirma que: “En los últimos decenios del siglo XX, la religión comunista cede la plaza a la religión humanitaria como proyecto universal de salvación terrestre. Europa rindió un real culto a los derechos humanos, cercano al fanatismo a partir de los 80’ con la implosión de la unión soviética. Los derechos humanos reemplazaron el comunismo como brújula indicando el sentido de la historia, como motor de la gran máquina histórica providencial que condujera la humanidad hacia la tierra prometida de un futuro radioso. Como el comunismo y otros avatares de la religión de la humanidad, la religión política actual de los derechos humanos es a la vez un milenarismo y la gnosis” (páginas 46-47). Más allá de todo lo que se opone al milenarismo y al gnosticismo tienen un punto en común: rechazan considerar que el mal puede residir en el hombre como lo enseñan el judaísmo, el cristianismo y el islam. El hombre es víctima, es inocente del mal que puede hacer. Esta ideología según la cual el infractor es en realidad una víctima, anuncia lo que se llama hoy día: la cultura de la excusa, (paginas 51-52). No olvidemos que, desde 1933, un humanismo religioso se manifestó en numerosas declaraciones10, se trate de la Asociación Humanista Americana11, el Consejo para el Humanismo Secular12, la Academia Internacional de Humanismo de USA o la Unión Internacional Humanista y Ética13. Por ejemplo:
2-El Manifiesto humanista I de 193314, presentó en 15 puntos la tesis del humanismo religioso.
3-El Manifiesto humanista II de 197315, afirmó la religión humanista, defendiendo, en un contexto de guerra fría, los derechos humanos a nivel universal, en particular a favor del derecho a viajar más allá de las fronteras nacionales en una época, en la que la gente que vivía bajo la órbita soviética, tenía prohibido hacerlo.“Es la obligación moral de las naciones desarrolladas el proveer, a través de una autoridad internacional que proteja los derechos humanos….”, (punto 15).
4-La Declaración Secular Humanista de 198016, declara que: “Como humanistas seculares, generalmente somos escépticos sobre afirmaciones sobrenaturales”. En su ideal de libertad, defienden los derechos humanos, incluidos el derecho a proteger la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad”.
5-La Declaración de Interdependencia: una nueva ética global, de 198817, proclama un humanismo religioso porque “Las grandes religiones del pasado han predicado con asiduidad la hermandad universal. Desgraciadamente, sus discordantes o intolerantes creencias han convertido este ideal moral en algo imposible de cumplir”. Reafirman entre otros derechos” Punto 11: Igual protección bajo la ley, cosa que es vital en una sociedad libre: (a) el derecho a un juicio justo, (b) el derecho a la protección contra arrestos arbitrarios o castigos inusuales, y (c) el derecho a un trato humano “, (capítulo II Derechos Humanos) y la obligación de los individuos de asumir responsabilidades morales (capítulo III responsabilidades humanas)
6-El Manifiesto Humanista del 200018 , hace un llamado a favor de un nuevo humanismo planetario. Precisando que: “apreciamos la necesidad de preservar las mejores enseñanzas éticas en las tradiciones religiosas de la humanidad, muchas de las cuales compartimos”, como también “….preservar los derechos humanos y mejorar la libertad y la dignidad humanas…”. Para los firmantes de este manifiesto, los derechos humanos se deben aplicar a la esfera privada del hogar, la familia….y en el Manifiesto Humanista III del 200319, declaran “…trabajar para apoyar el disfrute igual de derechos humanos”
V-Después de la II Guerra Mundial: Desafíos y percepciones de los derechos humanos. En la coyuntura geopolítica de ese periodo, los derechos humanos resurgen y se afirman como centro de debates y de luchas políticas, se transforman en objeto político. Preocupaciones nuevas nacen de esa actualidad, que se sustituyen o se agregan a otras reivindicaciones ya presentes. Así, el apoyo a los disidentes de los países de la ex unión soviética y a la crítica a los regímenes totalitarios, marcaron una articulación importante en la historia ideológica y teórica de los derechos humanos. Diversos eventos históricos mayores de los años 70’ y comienzo de los 80’ aceleraron la dimensión de la acción humanitaria en reemplazo de lo político. Numerosos actores se manifestaron sobre esta nueva etapa de los derechos humanos, por ejemplo:
1-Hannah Arendt, en los orígenes del totalitarismo20, precisa, entre otros, dos aspectos históricos fundamentales:
“Cuando fueron proclamados por vez primera los Derechos del Hombre eran considerados como independientes de la Historia y de los privilegios que la Historia había conferido a ciertos estratos de la sociedad. La nueva independencia constituyó la recientemente descubierta dignidad del hombre. Desde el comienzo, esta nueva dignidad fue de una naturaleza más bien ambigua. Los derechos históricos fueron reemplazados por los derechos naturales, la «Naturaleza» ocupó el lugar de la Historia y se supuso tácitamente que la Naturaleza resultaba menos extraña que la Historia a la esencia del hombre”.
El hombre del siglo XX ha llegado a emanciparse de la Naturaleza hasta el mismo grado que el hombre del siglo XVIII se emancipó de la Historia. Por otra parte, la Humanidad, que en el siglo XVIII, en la terminología kantiana, no era más que una idea ordenadora, se ha convertido hoy en un hecho ineludible. Esta nueva situación, en la que la «Humanidad» ha asumido efectivamente el papel atribuido antaño a la Naturaleza o a la Historia, significa en este contexto que el derecho a tener derechos o el derecho de cada individuo a pertenecer a la Humanidad tendría que ser garantizado por la misma Humanidad. No es en absoluto seguro que ello pueda ser posible.
Esta percepción, se encuentra en los principios de la ruptura cultural proveniente de la revolución de 1968, que alterna la relación hombre-sociedad. Antes del 68, se consideraba que el individuo debía algo a la sociedad y por el periodo post 68, se estima que es la sociedad que debe algo al individuo.
2-En la esfera geopolítica y de la seguridad internacional, durante el periodo de confrontación este-oeste, el Acta Final de Helsinki de 1975, la CSCE (actual OSCE), muestra los derechos humanos como un mecanismo más de medidas de confianza mutua con los países de la ex unión soviética. El punto VII, precisa que: “Los Estados participantes respetarán los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, incluyendo la libertad de pensamiento, conciencia, religión o creencia, sin distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión” 21 .
3-Para Michel Villey: “Los derechos humanos son una noción moral que una evolución errática de la filosofía política logró con el tiempo hacerla pasar por un derecho, afirmando abiertamente su inexistencia y que cada uno de estos pretendidos derechos humanos es la negación de otros derechos humanos. El concepto de derechos humanos proviene del marco subjetivista de la escuela moderna del derecho natural teniendo presente que el derecho no conoce un sujeto sino lo que es asignado. Nadie posee un derecho sino por intermedio de una decisión de un tercero imparcial. Villey: Acusó a los “los inventores de los derechos humanos” de haber “sacrificado la justicia, sacrificado el derecho”. Criticó la « religión de los derechos humanos ». Declaró, siguiendo Burke, Bentham y Marx, « ilusorios », « irrealizables », « contradictorios » e « ideológicos » esos pretendidos derechos. Consideró que los derechos humanos no son siempre para todos, compartiendo así las críticas de Marx sobre el « pseudo-universalismo » de los mismos, constituidos de libertades expresamente iguales para todos, pero de hecho están reservadas a ciertas categorías de personas” 22 .
4- Claude Lefort (1924-2010) y Etienne Balibar, reconocen que los derechos del hombre son derechos políticos. Para el primero, “la violación de esos derechos pone en cuestión no solamente la dignidad de los individuos sino también la forma de la sociedad. No es posible pensar una sociedad democrática sin el pleno reconocimiento y ejercicio de los derechos del hombre”. 23 Para Balibar: “Lejos de ser derechos garantizados a todos los hombres a título privado, los derechos del hombre son derechos plenamente políticos. Manifiestan La idea de un derecho de los hombres, de todos los hombres, a la política”24
5-El filosofo Regis Debray al analizar, en los 80’, los derechos humanos en las relaciones diplomáticas con los países del Este europeo, describió que: “El terrorismo de los Derechos Humanos al cual la opinión intelectual enfrentó a los gobiernos desde hace 10 años en nombre de la lucha anti-totalitaria casi, con su microclima de la histeria confusional, arruina nuestra política en Europa del Este….”, afirmando que: “la doctrina de los derechos humanos es la última de nuestras religiones civiles”.25
6-El filósofo alemán Jürgen Habermas afirma que: “Los derechos humanos constituyen una utopía realista en la medida en que no proponen más imágenes engañosas de una utopía social que promete la felicidad colectiva, sino que fundan el ideal de una sociedad justa en las instituciones de los estados constitucionales. Sin duda, esta idea de la justicia que pretende trascender todo contexto introduce también una tensión problemática con las realidades sociales y políticas. Además de la fuerza meramente simbólica de los derechos humanos de algunas “democracias de fachada” que encontramos en América Latina y en otros lugares del mundo, la política de los derechos humanos de las Naciones Unidas revela la contradicción que existe entre difundir, por un lado, la retórica de los derechos humanos, y por el otro, abusar de ellos como medio para legitimar las políticas de poder usuales”.26 .
7-El profesor Günther Jacobs, sostiene que: “…estoy seguro de que este tiempo actual se acaba y que esto se debe a un extremo individualismo de las personas. Hoy se habla de derechos humanos, pero sólo importa la expansión económica. EE.UU. chantajea a China invocando los derechos humanos, pero en el fondo de todo están los intereses económicos y nada más. Soy escéptico con respecto al sentido universal de esos derechos” 27 .
8-Para Sevillia, Jean28: “Lo políticamente correcto (en este caso los derechos humanos como nueva corriente) no parte de hechos y los estudia en su momento concreto, separando las causas de las consecuencias, sino que saca sus imágenes de la historia, borra su complejidad, juzgando la historia pasada en nombre del presente. Juega con las épocas y los lugares, resucitando un fenómeno desaparecido o proyectando en los siglos anteriores una realidad contemporánea. El hecho de que sus conceptos no signifiquen nada fuera de su contexto poco importante, el anacronismo y las vistas simplistas en sus análisis, son rentables en los poderes mediáticos. Lo políticamente correcto: Todo lo reduce al enfrentamiento binario del Bien y del Mal, pero un Bien y un Mal reinterpretados según la moral de hoy en día. Así, la historia se convierte en campo de exorcismo permanente: cuanto más se anatematizan las fuerzas oscuras del pasado, más debe uno justificarse de no mantener con ellas ninguna solidaridad. Se demonizan asa personajes, sociedades y épocas enteras. Sin embargo no es más que una engañifa”. La historia tiene un campo muy amplio, donde una multiplicidad de causas actúa en una época determinada. Comprender el pasado exige ponerse en las mentalidades de la época. No es mundo de la ciencia, sino de la conciencia, no es el reino del rigor, sino del clamor, no es la victoria de la crítica, sino de la dialéctica”.
Paris, 25 diciembre 2016,
Prof. Mario Sandoval,
marios46@hotmail.com
1 Mario Sandoval, francés, nació en Buenos Aires. Formación y actividades en ciencias políticas, filosofía, habiendo ocupado funciones en los sectores públicos y privados, la docencia superior y consultorías, a nivel nacional e internacional, en los campos de las relaciones internacionales, la geopolítica. Regularmente participa a conferencias, asesorías, publicaciones coloquios a nivel internacional. Miembro de centros de investigaciones, asociaciones multidisciplinarias.
2 El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales… ¿Que son los derechos humanos? Oficina del Alto Comisionado Naciones Unidas http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx
3 Declaración de Viena,1993 http://www.ohchr.org/Documents/Events/OHCHR20/VDPA_booklet_Spanish.pdf
4 Previsto entre otros documentos internacionales: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), Declaración sobre el derecho al Desarrollo (1986), Declaración sobre el sexagésimo aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos (2008), Proclamación de Teherán (1968), Declaración de Bangkok (1993), Declaración y Programa de Acción de Viena (1993)….
5 DHpedia de los derechos humanos http://dhpedia.wikispaces.com/Indivisibilidad+de+los+derechos+humanos
6 Alain de Benoist: in Más allá de los Derechos Humanos. Defender las libertades, 2008
7 Regis Debray in Que vive la République, Odile Jacob, 1989, p. 173
8 Ignatieff, Michael, Los derechos humanos como política e idolatría, Introducción de Amy Gutman, Barcelona, Paidós, 2003, pág. 75
9 Harouel, Jean-Louis in Les Droits de l’Homme contre le Peuple, Ed. Desclée de Brouwer, 2016
10 Declaraciones humanistas 1933-2003 http://www.pragmatism.org/humanistdeclarations.pdf
11 Asociación Humanista Americana https://americanhumanist.org/
12 Consejo para el Humanismo Secular http://www.secularhumanism.org/
13 Unión Internacional Humanista y Ética http://iheu.org/humanism/what-is-humanism/
14Manifiesto humanista I de mayo-junio 1933,
15 puntos por un humanismo religioso. http://www.filosofia.org/cod/c1933hum.htm 15 Manifiesto Humanista II de 1973, 17 puntos http://www.20desetiembre.org/index.php?option=com_content&task=view&id=23
16 A Secular Humanist Declaration 1980, https://www.secularhumanism.org/index.php/11
17 La Declaración de Interdependencia: una nueva ética global, 1988 https://web.archive.org/web/20131010011004/http://iheu.org/content/declaration-interdependence-new-globalethics
18 Manifiesto Humanista del 2000 http://www.filosofia.org/cod/c1999hum.htm
19 Manifiesto Humanista III del 2003 http://www.humanistaspr.org/el-humanismo-y-sus-aspiraciones-tercermanifiesto-humanista/
20 Hannah Arendt in Los origines del totalitarismo (edición Taurus, 1998), paginas 248-249. https://larisadelser.wikispaces.com/file/view/Arendt-Hannah-Los-Origenes-Del-Totalitarismo.pdf
21 OSCE-CSCE, acta final de Helsinki, 1975 http://www.osce.org/es/mc/39506?download=true
22 Villey, Michel in Le Droit et les droits de l’homme (PUF, 1983), François Viangalli in Les Droits de l’homme sont-ils vra http://www.revuedlf.com/droit-fondamentaux/les-droits-de-l%e2%80%99hommesont-ils-vraiment-du-droit/iment du droit ? , Schouppe, Jean-Pierre in Réflexions sur la conception du Droit de M. Villey http://dadun.unav.edu/bitstream/10171/12761/1/PD_25-2_08.pdf
23 Lefort, Claude, in La invención democrática. Ed. Nueva Visión, Buenos Aires, 1990.
24 Balibar, Etienne, in La proposition de l’égaliberté, Ed. Puf, 2015.
25 Regis Debray, in Que vive la République, Ed. Odile Jacob, 1989, chapitre: les droits de l’homme contre la justice: paginas. 172-173.
26 Jürgen Habermas in El concepto de dignidad humana y la utopía realista de los derechos humanos. Dianoia, volumen LV, numero 64 (mayo 2010, página 19).
27″El enemigo tiene menos derechos”, dice Günther Jakobs in La Nación, 26 julio 2006 http://www.lanacion.com.ar/826258-el-enemigo-tiene-menos-derechos-dice-gunther-jakobs
28 Jean Sevillia, in Históricamente Incorrecto. Para acabar con el pasado único. Madrid Ed. El buey mudo, 2006.
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Diciembre 27, 2016
Para la señora Graciela Fernandez Meijide, de mi consideración y respeto.
Por Francisco Bénard.
En primer lugar le deseo que tenga un Feliz Año. Destaco su actuación política y valoro mucho su “objetividad histórica” respecto de la triste historia que nos ha tocado vivir a todos los argentinos. Condeno por cierto los atropellos cometidos por el Gobierno Civico-Militar que derrocó a María Estela Martínez de Perón, responsable con Cafiero – yo lo conocí mucho a el en vida- y los otros Ministros que firmaron el “aniquilamiento de las fuerzas revolucionarias del ERP y Montoneros”. No dude que pienso que es algo realmente espantoso y reprobable la desaparición forzada de personas y de el tema de los niños inocentes, etc. Es reprobobable bajo todo punto de vista.
Los montoneros y los erpianos no fueron tampoco “jovenes idealistas” fueron tan criminales como podríamos decir de aquellos militares que mataron a inocentes personas. Soy muy amigo de Arturito Larrabure, es más en su libro “Un Canto a la Patria” escribí las orejas del mismo. Tanto él, como, yo y muchos más creemos en la necesidad de lograr una pronta pacificacion del país. Es necesario según mi opinión que he expresado en mis numerosas notas periodisticas que en algun momento la sociedad argentina y la clase poítica discutan “racionalmente” “con objetividad histórica” los desgraciados hechos de una historia que nos sigue dividiendo.Antes de un referendum en tal sentido todos debemos cumplir pasos previos que es el de madurar, dialogar con respeto sobre hechos que me causan dolor y tristeza.
Deseo contarle mi historia personal. A los dos meses de casados -dos hijos de militares de alta graduación, amenazados- trabajando ambos en el Ministerio de Defensa sufrimos un atentado. Una noche quisieron secuestrar a mi mujer -sobrina directa del Senador Juan Carlos Cornejo Linares-. Me encierran luego de ponerme una pistola en la cabeza, mi mujer intenta escapar y se cae de un cuarto piso al vacío. Vaya milagro de Dios rebota en un toldo de un primer piso y quebrada la pelvis, los brazos, los pies, cayó sentada. No se pudo probar pero la Justicia sospecha que fueron Organizaciones Terroristas. A mi el Erp me quizo mandar a matar cuando yo, estando en Nicaragua prestando funciones diplomaticas, descubrí el vinculo de los sandinistas con el Ataque a la Tablada. Esta Señora integrante del ERP estaba casada con el Jefe de Policía Nicaraguense. Finalmente me ofrecieron otro destino diplomático pero yo me fui de Argentina durante varios años buscando paz y tranquilidad. Pese a todo, no odio, no busco venganzas, busco la pacificacion nacional que es un derecho constitucional.
Juicios de “lesa humanidad”? Estimada Señora, los mismos deben respetar la Constitución Nacional, el debido proceso legal, para mi es inadmisible que jueces ex-terroristas, testigos ex-terroristas, pruebas falsas, condenen a personas de las cuales se sospecha cometieron delitos que nunca se probaron. Esos juicios deben respetar las normas constitucionales, el que cometió delitos y se comprueba, yo lo lamento. Tendrán que pasar un largo tiempo en la cárcel. Pero, que pasa? Como es posible que haya presos sin condena, en la cárcel durante 3 o 4 años y que jamás hayan podido declarar frente a un Juez y/o frente a los fiscales acusadores? Hay muchísimos casos, no me lo contaron, lo conozco en forma directa por los protagonistas.
Creo que todos los argentinos deberían leer con mucha atención -como lo he hecho yo- las deliberaciones en las Camaras de Diputados y Senadores los meses previos al Golpe Cívico-Militar del 24 de marzo de 1976.
La Corte Suprema y en especial su Presidente el Dr. Lorenzetti, no hablan mucho de muchas cosas que deberían hablar sobre todo de la “ilegalidad manifiesta” de los procesos judiciales de “Lesa Humanidad” Tampoco este Señor -lo pongo en mayuscula no se porqué- (yo pienso lo mismo que Lilita Carrio) tampoco habla de la corrupción en la Justicia Federal. Ahora por suerte lo nombraron al Dr. Rossati que ha comenzado a hablar de “jueces honestos y jueces corruptos”
Nuestra sociedad se ha vuelto “inmoral” y “el amor al dinero” no tiene límites, hasta vemos que los funcionarios corruptos que han dejado el Poder hace poco han llegado al extremo de convertir en delincuentes a sus propios hijos. No hace mucho escribí una nota titulada “Más filósofos en el Cumbre del Poder Político”. Si quienes nos gobiernan comprenden mi mensaje veremos como podremos hacer para buscar soluciones en una sociedad argentina que me da lástima.
Me gustaria conocer sus puntos de vista sobre lo que le envío e intercambiar los mismos en forma madura, sincera. Todos debemos pensar en soluciones racionales que nos permitan lograr la paz, la felicidad y la reconciliación de todos los argentinos.
Un Feliz Año para usted, su familia y sus seres queridos.
Con respeto a su persona y a su trayectoria,
Carla en el país de las pesadillas
La agente de Policía Carla Céspedes está detenida desde hace una semana, después de haber detenido un robo en un supermercado y arriesgado su vida en ese incidente.
Dos delincuentes habían entrado para robar en un supermercado chino del Parque Centenario, cuando se confrontaron con la agente de policía Carla Céspedes. En el enfrentamiento perdió la vida uno de los malhechores debido al accionar de esta miembro de seguridad.
Los hechos se dieron en la calle Ramos Mejía, en donde el establecimiento había sido asaltado. Más tarde la policía y los ladrones tendrían un enfrentamiento armado.
Desde el día del hecho, la mujer policía -que solo cumplía con su deber- se encuentra detenida.
El hecho se produjo el jueves pasado, ese día un proveedor de mercadería acababa de cobrar alrededor de 1500 pesos, cuando irrumpieron los dos asaltantes, uno de ellos portando un arma de fuego, y le robaron el dinero y su celular. Cuando los criminales quisieron huir del lugar, no se percataron que les esperaba la agente integrante del cuerpo de Policía Federal de la ciudad. Al querer evadir la detención policial, comenzó un intercambio de disparos en el cual, uno de los ladrones cayó sin vida, mientras que el otro asaltante se dio a la fuga. Momentos más tarde se decidió la injusta detención de la policía por haber cumplido correctamente sus funciones como servidora pública.
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Diciembre 27, 2016
España mantiene alerta 4
Debido al riesgo de ataques terroristas. España mantiene desde hace ya un año y medio el alerta 4 , máximo refuerzo de medidas de seguridad.
Comenzó en junio de 2015 y desde entonces España se encuentra en el nivel de alerta 4 ante el riesgo de que los yihadistas intenten perpetrar un atentado. De forma periódica, los especialistas analizan en la Secretaría de Estado de Seguridad la posibilidad de modificar ese nivel, de rebajarlo ante la perspectiva de que la amenaza haya disminuido. Pero hasta la fecha, los expertos tanto de la seguridad del Estado como de la Inteligencia coinciden en que no hay que rebajar este nivel previo a la máxima alerta.
Según explicaron fuentes cercanas al comité que pone sobre la mesa los datos e indicios antes de tomar la decisión, el Ministerio del Interior no modificará durante las Navidades este estado de emergencia. Estas fuentes explican también que no hay más datos que hagan necesario elevar al nivel 5, el máximo, la alerta. Ése estadio supondría la irrupción directa de las Fuerzas Armadas en el despliegue antiterrorista. Pero ahora mismo, no se contempla ningún cambio de escenario, ni a mejor ni a peor.
[/one_half] [one_half_last padding=”0 0 0 30px”]Estas fuentes recuerdan la evolución de las actuaciones policiales en España y el gran número de operaciones que se están llevando a cabo fundamentalmente en los dos últimos años.
Hasta 2014, la Guardia Civil y la Policía Nacional llevaban a cabo alrededor de una docena de actuaciones contra yihadistas. En 2015 y en lo que llevamos de 2016 se han superado con creces las 30 actuaciones cada año. El año pasado fueron 36 operaciones con un total de 75 detenidos. Este año el número de actuaciones asciende ya a 33, y son 64 los detenidos por formar parte de estas tramas.
Los especialistas alertan también del importante número de sospechosos que ingresan el prisión. Sin embargo, estos analistas entienden que aún sigue siendo alto el porcentaje de los que quedan en libertad. Entienden que aún existe algo de falta de sensibilidad judicial y una legislación muy precisa para poder combatir este terrorismo. Porque, como apuntan estas fuentes, este año, de los 64 detenidos, han ingresado en prisión 46, lo que supone un 72%. Aún hay un porcentaje muy alto que queda en libertad. «Tenemos que actuar en cuanto tenemos la más mínima sospecha, no podemos esperar porque la radicalización avanza muy rápida», apuntan mandos antiterroristas que reclaman más presión judicial contra el yihadismo.
España .
Alerta 4.
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Diciembre 27, 2016
Breves interrogaciones sobre los Derechos Humanos: Necesidad de más justicia menos ideología. 1ra Parte
Por Mario Sandoval 1
La actual guerra contra el terrorismo islámico permitió descubrir para unos, confirmar para otros, que si los principios de los derechos humanos se politizan o se constituyen en doctrina de un gobierno, los mismos se transforman en un desafío para la cohesión social y la seguridad holística de las naciones. Es en un contexto de desorden mundial que filósofos, politólogos, teólogos, juristas, como también especialistas de otras disciplinas de las ciencias sociales y humanas, se interrogan desde cierto tiempo sobre los Derechos Humanos desde diversas ópticas: religión secular, religión civil, política pública, derechos subjetivos, dogma, principio de indivisibilidad….
Si bien los Derechos Humanos2 son la expresión actual de antiguas luchas por la justicia social y la dignidad humana sus orígenes remontan al Cilindro de Ciro ( 539 a. C)3 , seguido entre otras referencias, por el Pacto de los Virtuosos (Hilf-Al-Fudul) ~590 d. C, la Carta Magna de las libertades de 1215, La Carta de Manden de ~1222, la Carta de derechos o Declaración de derechos (Bill of Rights) de 1689, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789), hasta la actual Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, con sus numerosos Tratados internacionales de derechos humanos vinculantes. Los mismos también fueron objeto de debates entre los intelectuales liberales y marxistas, pero el movimiento de los Derechos Humanos que se conoce a la fecha, tuvo sus inicios a nivel internacional a partir de los años 70’ como instrumento de apoyo a los disidentes de los países de la ex unión soviética, de críticas y de luchas contra el totalitarismo, en un periodo anticomunista. Así, los derechos del hombre adquieren un estatus de objeto político, convirtiéndose en sujeto de confrontaciones ideológicas donde el individuo se define por su derecho a tener derecho según la conocida frase (de extrema actualidad) de Hannah Arendt (1906-1975).
I-Los derechos humanos y sus primeros críticos. Sabiendo que la Declaración de Independencia Americana de 1776, precisa “…..que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad…”4 y que la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 17895 , determina en su Artículo 2: La finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión. Observando que los derechos humanos, derechos del ciudadano, derechos del hombre, mencionados en la declaraciones americana de 1776 y las francesas de 1789, 17916 , 17937 y 17958 , son: la vida, la libertad y la prosecución de la felicidad, para la visión americana, y la igualdad ante la ley, libertad, protección para propiedad y soberanía nacional para la óptica francesa, algunas críticas se manifestaron en relación a esas declaraciones, por ejemplo:
1-Edmund Burke (1729-1797): Manifestó su desacuerdo con la lógica moral de los derechos humanos en su obra Les Réflexions sur la Révolution de France (01 noviembre 1790). Considera esos derechos como una norma abstracta que hace imposible el reconocimiento de las reclamaciones especificas de un pueblo. En la famosa ley del tercer año del reinado de Carlos I, llamada petición de derechos, el parlamento dice al rey “vuestros súbditos han heredados esta libertad, no fundando el reclamo de sus franquicias sobre principios abstractos como los derechos del hombre, sino sobre los derechos de los ingleses y un patrimonio que precede de sus mayores…”9
2-Thomas Paine (1737-1809), en la publicación El derecho del hombre de 179110 , responde a Burke, precisando que “Los derechos del hombre son los de todas, generaciones, y ninguna tiene facultad de arrogárselos” (pág. 119). Que los gobiernos actúan para preservar los derechos de las personas que ellos tienen como misión de protegerlas. “El hombre no tiene poder alguno en materias de derecho personal…” (pág. 78), y que ningún gobierno no puede fundar su autoridad sobre el mismo. “La nación es esencialmente la fuente de toda soberanía, y ningún hombre o junta de hombres no pueden ejercer alguna autoridad, que no derive expresamente de ella…” (pág. 61).
3-Jeremy Bentham (1748-1832). Rechaza el estado de naturaleza o un estatus moral prepolítico de los derechos humanos, a los que considera declaraciones retoricas y los denomina falacias anárquicas (de confusión, de obscuridad), porque tienen una tendencia a destruir toda organización de gobierno y preparar la disolución de una autoridad legal. El autor determina, que « las leyes reales dan nacimientos a los derechos11 reales….en el otro sentido, es la criatura quimérica de una ley imaginaria, una pretendida ley de la naturaleza, una metáfora usual para los poetas, retóricos y los charlatanes de legislación… El germen de esta falsa teoría de los derechos del hombre está en las pasiones del corazón humano12. Cuando se emplea la palabra derecho en un sentido superior a la ley, se reconoce un Derecho que ataca la Ley, que la anula. En ese sentido, esa palabra (derecho) es el arma más peligrosa de la anarquía.
4-Para los opositores a la Declaración francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, Joseph de Maistre (1753-1821)13 y Louis de Bonald (1754-1840)14 , no existe ninguna otra fuente de autoridad más que Dios y por consecuencia no puede haber una norma humana de derecho que socave su autoridad. Los hombres no pueden despojarse de algo que los trasciende, cualquier acuerdo que se encuentre dentro de la voluntad de los hombres requiere una legitimación externa para fundamentarla.
5-Auguste Comte (1798-1857), para quien la idea de derechos humanos, se presenta de manera engañosa porque esa concepción implicaría que los derechos están subordinados a los deberes. Así, “La palabra derecho debiera ser apartada del verdadero lenguaje político, como la palabra causa del auténtico lenguaje filosófico”…, la metafísica de los últimos cinco siglos, introdujo, pretendidos derechos humanos, que únicamente comportó un oficio negativo” (antisocial e individualista). En el estado positivo, la idea de derecho desaparece irrevocablemente. Cada individuo tiene deberes para todos, pero nadie tiene ningún derecho propiamente dicho. Las justas garantías individuales resultan solamente de esta universal reciprocidad de obligación, que reproduce el equivalente moral de los derechos anteriores. Dicho de otro modo; nadie posee otro derecho que el de cumplir siempre su deber” 15
6-Karl Marx (1818-1883): en la Cuestión Judía (1844)16, afirma que: “….los derechos humanos bajo su forma autentica, bajo la forma que les dieron sus descubridores, los norteamericanos y franceses, son derechos políticos, que solo pueden ejercerse en comunidad con otros hombres. Su contenido es la participación en la comunidad y concretamente en la comunidad política, en el Estado. Estos derechos entran en la categoría de la libertad política, de los derechos cívicos….Así, “…la idea de los derechos humanos…no es una idea innata al hombre, sino éste la conquista en lucha contra las tradiciones históricas en la que el hombre había sido educado antes. Los derechos humanos no son, un don de la naturaleza, un regalo de la historia anterior, sino el fruto de la lucha contra el azar del nacimiento y contra los privilegios…”. Para Marx, “Los llamados derechos humanos, a diferencia de los derechos del ciudadano, no son otra cosa que los derechos del miembro de la sociedad burguesa, es decir, del hombre egoísta, del hombre separado del hombre y de la comunidad”.
7-La Iglesia Católica: en un primer tiempo, criticó los derechos humanos de la Revolución Francesa porque hace mención de derechos naturales. Desde fines del siglo XIX la doctrina social de la iglesia asocia a esos derechos afirmados en diversas encíclicas y declaraciones papales:
El Papa Pio VI, en 1791, condenó la Declaración de los Derechos de 1789 por ser contrarios a la religión y a la sociedad. En 1832, Gregorio XVI y la encíclica Quanta cura de 1864, califican los Derechos Humanos de verdadero delirio.
A partir de la encíclica Rerum novarum de 1891 de León XIII, la cual brindó un contenido teológico al derecho subjetivo, la noción de los derechos humanos comienza a introducirse en la doctrina social de la iglesia. El reconocimiento continua en Pacem in terris de 1963, Gaudium et spes de 1965 las declaraciones de Paulo VI (1968) y de Juan Pablo II (1979).
La admisión por parte de la iglesia de los derechos humanos remite a la versión cristiana de los derechos. La iglesia esta tanto a favor de los Derechos como en su contra. Es favorable cuando son bien y justamente interpretados. Le son hostiles cuando son mal e injustamente interpretados. 17
II-Dignidad humana: Sin olvidar la influencia del cristianismo, la dignidad de la persona humana es intangible, debe ser respectada y protegida por los gobiernos, constituye el fundamento de los derechos humanos, es la consideración que merece una persona. Dignidad humana y Derechos Humanos forman una unidad conceptual. El principio de la dignidad es el primer principio que funda todos los otros, instituye la base del estado de Derecho. La importancia de la dignidad humana (contemporáneo) en relación a la dignidad humana (tradicional)18, consiste a conectar de manera interna dignidad y derecho, porque la concepción moderna de la dignidad humana comprende el hombre como sujeto19 , por ejemplo:
1- Para E. Kant (1724-1804)20, en el análisis que realiza de la dignidad (como elemento moderno de dignidad humana), afirma que “el hombre es un fin en sí mismo, no es una cosa, no es un objeto que se lo pueda tratar simplemente como medio para usos de otros individuos…” Numerosos son los autores que realizan estudios sobre la relación de la dignidad y los derechos humanos en la filosofía de Kant21 .
2- La constitución pastoral gaudium et spes, manifiesta que: “…La propia dignidad humana pide, pues, que glorifique a Dios en su cuerpo y no permita que lo esclavicen las inclinaciones depravadas de su corazón…”22 .
3- En 2010, Jürgen Habermas: precisa que la dignidad humana….”constituye la fuente moral de la que todos los derechos fundamentales derivan su sustento” “….siempre ha existido una conexión interna entre la noción moral de dignidad humana y la concepción jurídica de los derechos humanos, aunque ésta solo se haya manifestado de manera explícita en el pasado reciente….,” la dignidad humana:”…es la fuente de la que derivan todos los derechos básicos” 23 En los documentos internacionales, la dignidad humana, es mencionada, por ejemplo: 1- Preámbulo de la Constitución de la Unesco24, donde se invocan “los principios democráticos de la dignidad, la igualdad y el respeto mutuo de los hombres” 2- En dos documentos fundamentales de la Unesco: – La Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos del 11 de noviembre de 199725 – La Declaración universal sobre Bioética y Derechos Humanos del 19 de octubre de 200526 3- El Convenio Europeo sobre los derechos humanos y la Biomedicina: Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina del consejo de Europa (04 abril 1997)
4- La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), reconoce en su preámbulo que todos los miembros de la familia humana tienen una “Dignidad intrínseca” y en el artículo 1°, afirma que: “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos…” 27 5- La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (18-02-2000)28 , determina en su artículo 1°: “la dignidad humana es inviolable. Sera respetada y protegida”.
Paris, 27 diciembre 2016,
Prof. Mario Sandoval,
marios46@hotmail.com
1 Mario Sandoval, francés, nació en Buenos Aires. Formación y actividades en ciencias políticas, filosofía, habiendo ocupado funciones en los sectores públicos y privados, la docencia superior y consultorías, a nivel nacional e internacional, en los campos de las relaciones internacionales, la geopolítica. Regularmente participa a conferencias, asesorías, publicaciones coloquios a nivel internacional. Miembro de centros de investigaciones, asociaciones multidisciplinarias.
2Los derechos humanos: “son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles…….”.in ¿Qué son los derechos humanos? Oficina del Alto Comisionado Naciones Unidas http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx
3 La ONU, en 1971, procedió a su traducción en todas las lenguas oficiales, como primer documento de los Derechos Humanos
4 La Declaración de Independencia https://www.archives.gov/espanol/la-declaracion-de-independencia.html
5Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 http://www.conseilconstitutionnel.fr/conseil-constitutionnel/root/bank_mm/espagnol/es_ddhc.pdf
6 Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1791: Articulo 2: El objetivo de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del Hombre; estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y, sobre todo, la resistencia a la opresión.
7 Declaración de 1793: Artículo 1: Finalidad de la sociedad: el bienestar común. La finalidad de la sociedad es el bienestar común. El gobierno es instituido para garantizar al hombre la vigencia de sus derechos naturales e imprescriptibles. Artículo 2 Igualdad, libertad, seguridad y propiedad. Estos derechos son la igualdad, la libertad, la seguridad, la propiedad.
8 Declaración 1795: El pueblo francés proclama, en presencia del ser supremo, la declaración siguiente de los derechos y deberes del hombre y del ciudadano. Artículo 1. Los derechos del hombre en sociedad son la libertad, la igualdad, la seguridad, la propiedad.
9 Edmundo Burke in Reflexiones sobre la Revolución de Francia, México, 1826, página 32, http://cdigital.dgb.uanl.mx/la/1080012273/1080012273.PDF
10 Thomas Paine, in El Derecho del Hombre para el uso y provecho del género humano, Filadelfia, 1821, https://mcrcalicante.files.wordpress.com/2014/06/derecho-del-hombre-thomas-paine.pdf
11 Para Benthaman: La palabra derecho tiene dos sentidos, uno propio y otro metafórico, en la lengua inglesa, se toma como adjetivo y como sustantivo. Como adjetivo, tiene un sentido moral: significa adecuado, razonable, útil. Como sustantivo, tiene dos sentidos: legal o ilegal.
12 Jeremy Bentham in Sophismes anarchiques: Examen critique de diverses déclarations des droits de l’homme et du citoyen in Œuvres de Jérémie Bentham, Tome I, Société Belge de Librairie, 1840, paginas 507-535
13 Joseph de Maistre in Considérations sur la France (1796)
14 Louis de Bonald, in Théorie du pouvoir politique et religieux (1796).
15 August Comte in Système de Politique Positive ou Traité de Sociologie, Instituant la Religion de l’Humanité, Paris, juillet 1851, Tome Premier, page. 361. https://archive.org/details/systmedepoliti01comt
16 Karl Marx, in La cuestión judía (escrita en 1843, publicada en 1844), versión española en archivo chile http://www.archivochile.com/Marxismo/Marx%20y%20Engels/kmarx0035.pdf
17 Alain de Benoist: in Más allá de los Derechos Humanos. Defender las libertades, 2008 https://archive.org/details/MasAllaDeLosDerechosHumanos
18 Antonio Pele in La dignidad humana: modelo contemporáneo y modelos tradicionales, Revista Brasileira de Direito, 11(2), 7-17 julio 2015, https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:WKsijoBK2IAJ:https://dialnet.unirioja.es/descarga/arti culo/5379213.pdf+&cd=1&hl=fr&ct=clnk&gl=fr&client=firefox-b
19 Christoph Menke, in « De la dignité de l’homme à la dignité humaine : le sujet des droits de l’homme », Trivium n°3/2009, consulté le 23 décembre 2016: http://trivium.revues.org/3303
20 E. Kant trata los aspectos de la dignidad en varias obras, por ejemplo in Fundamentación de la metafísica de las costumbres, Critica de la razón práctica, y en particular en metafísica de las costumbres.
21Por ejemplo: Javier Orlando Aguirre-Pabon, in Dignidad, derechos humanos y filosofía practica de Kant, Revista n° 123, Universidad Javeriana, Bogotá, https://revistascolaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/vniversitas/article/view/29787/26907
22La constitución pastoral gaudium et spes sobre la iglesia en el mundo actual, 1965, capitulo 1: la dignidad de la persona humana http://www.vatican.va/archive/hist_councils/ii_vatican_council/documents/vat-ii_const_19651207_gaudium-et-spes_sp.html
23 Jürgen Habermas in “el concepto de dignidad humana y utopía realista de los derechos humanos”. Dianoia, volumen LV, n° 64, mayo 2010, pp.3-25 http://www.scielo.org.mx/pdf/dianoia/v55n64/v55n64a1.pdf
24 Constitución de la Unesco http://portal.unesco.org/es/ev.phpURL_ID=15244&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html
25 La Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos, 11 de noviembre de 1997 http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=13177&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html
26La Declaración universal sobre Bioética y Derechos Humanos, 19 de octubre de 2005 http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=31058&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html
27 La Declaración Universal de los derechos Humanos (1948) http://www.un.org/es/documents/udhr/ 28 Derechos Fundamentales de la Unión Europea (18-02-2000) http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf
Mario Sandoval
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 27, 2016
PROCESADA
El juez Julián Ercolini procesó a la ex presidente Cristina Elisabet Fernández de Kirchner por asociación ilícita y administración fraudulenta agravada y ordenó un embargo por 10.000 millones de pesos.
También procesó al ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, al ex secretario de Obras Públicas José López y al detenido empresario Lázaro Báez, entre otros, según una resolución firmada hoy. Abel Fatala, ex subsecretario de esa misma área; Nelson Periotti, el titular de Vialidad Nacional; y otros responsables políticos y técnicos del gobierno kirchnerista tanto a nivel nacional como provincial, también involucrados.
La misma medida le cayó al primo de Néstor Kirchner, Carlos Santiago Kirchner, en la distribución de la obra pública que convirtió a Báez, presunto testaferro de la ex familia presidencial, en de mendigo a multimillonario.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 27, 2016
Presos Políticos: Conclusiones luego de la jornada de ayuno.
LA VERDAD NOS HARÁ LIBRES!!!
Informe elaborado por la Comisión de Enlace Interpenales de los Presos Políticos de Argentina con motivo de la 1eras Jornadas de ayuno y análisis llevada a cabo los días 8 y 9 de diciembre de 2016.
INTRODUCCIÓN
PRIMERA PARTE:
Balance del 1er año de gobierno de Cambiemos en relación con los DDHH de los PP.
Ya ha quedado suficientemente demostrado, al punto de caracterizarlo como un hecho notorio, que ese fenómeno delictivo asoló al país desde la década de 1960, generando un temor cada vez más creciente en la población, al par que una grave preocupación en las autoridades.
También está fuera de discusión que a partir de la década de 1970 el terrorismo se agudizó en forma gravísima, lo que se manifestó a través de los métodos empleados por los insurgentes; por su cantidad; por su estructura militar; por su capacidad ofensiva; por su poder de fuego; por los recursos económicos con que contaban provenientes de la comisión de robos, secuestros extorsivos y variada gama de delitos económicos; por su infraestructura operativa y de comunicaciones; la organización celular que adoptaron como modo de lograr la impunidad; por el uso de la sorpresa en los atentados irracionalmente indiscriminados; la capacidad para interceptar medios masivos de comunicación; tomar dependencias policiales y asaltar unidades militares.
En suma, se tiene por acreditado que la subversión terrorista puso una condición sin la cual los hechos que hoy son objeto de juzgamiento posiblemente no se hubieran producido.
Además, el Tribunal también admite que esos episodios constituyeron una agresión contra la sociedad argentina y el Estado, emprendida sin derecho, y que éste debía reaccionar para evitar que su crecimiento pusiera en peligro la estabilidad de las instituciones asentadas en una filosofía cuya síntesis, imposible de mejorar, se halla expuesta en la Constitución Nacional.
En consideración a los múltiples antecedentes acopiados en este proceso, especialmente documentación secuestrada, y a las características que asumió el fenómeno terrorista en la República Argentina, cabe concluir que dentro de los criterios clasificatorios que se vienen de expresar, éste se correspondió con el concepto de Guerra Revolucionaria.”
SEGUNDA PARTE
Evaluación de la justicia con relación a las causas de “lesa humanidad”.
TERCERA PARTE
Los organismos internacionales de DDHH y los presos políticos argentinos
CUARTA PARTE
Las Iglesias
CARTA PASTORAL
“UNA LUZ PARA RECONSTRUIR LA NACIÓN (2005)
“III. Cuatro Valores Fundamentales de la Vida Social
1° La verdad
– 27. La verdad es un valor fundamental que desde siempre la humanidad busca ansiosa. Tiene una dimensión objetiva que fundamenta la actividad del hombre, posibilita el diálogo, fundamenta la sociedad e ilumina sobre la moralidad de los comportamientos de los ciudadanos y de los grupos sociales: verdad de la naturaleza del hombre, de la vida, de la familia, de la sociedad. Verdad, también, de los hechos acaecidos.
A veintidós años de la restauración de la Democracia conviene que los mayores nos preguntemos si trasmitimos a los jóvenes toda la verdad sobre lo acaecido en la década del 70. O si estamos ofreciéndole una visión sesgada de los hechos, que podría fomentar nuevos enconos entre los argentinos. Ello sería así si despreciásemos la gravedad del terror de Estado, los métodos empleados y los consecuentes crímenes de lesa humanidad, que nunca lloraremos suficientemente. Pero podría suceder también lo contrario, que se callasen los crímenes de la guerrilla, o no se los abominase debidamente. Éstos de ningún modo son comparables con el terror de Estado, pero ciertamente aterrorizaron a la población y contribuyeron a enlutar a la Patria. Los jóvenes deben conocer también este capítulo de la verdad histórica. A tal fin, todos, pero en especial ustedes, fieles laicos, que vivieron en aquella época y eran adultos, tienen la obligación de dar su testimonio. Es peligroso para el futuro del País hacer lecturas parciales de la historia. Desde el presente, y sobre la base de la verdad y la justicia, debemos asumir y sanar nuestro pasado.”
EL APOYO DE LAS IGLESIAS EVANGELICAS
QUINTA PARTE
Balance de las acciones realizadas por las ONGs amigas y referentes de la causa de los PP.
SEXTA PARTE
Conclusiones y probable evolución
LOS NUMEROS QUE HABLAN
Aunque se ha generalizado la opinión según la cual el gobierno no comunica adecuadamente sus actividades, lentamente está logrando que la sociedad tome conciencia del despilfarro de recursos y el costo de la corrupción. No obstante ello y pese al esfuerzo del Ejecutivo para lograr que los jueces federales tan sólo cumplan con su función, existe una materia que aún queda pendiente.
Ya no hay dudas de que el kirchnerismo, al elegir la política de derechos humanos centrada en el juicio y castigo de los militares como eje central de su acción de gobierno, generó una eficiente pantalla que distrajo a la sociedad sobre el saqueo de los fondos públicos.
Ese festival de derechos humanos le costó al país cifras millonarias que han sido deliberadamente ocultadas a la opinión pública.
La materialización de la decisión política de encarcelamiento de militares a una cápita diaria de $700, teniendo en consideración que se trata de gerontes con alto consumo de medicamentos, que requieren alimentación especial, frecuentes traslados a centros hospitalarios, estudios médicos costosos, etc., arroja un costo estimado [a valores actuales] de $2.650.460.000 [U$S 176.669.733] que el Estado ha erogado desde 1998, cuando ingresó el primer detenido por delitos de lesa humanidad que ha permanecido en prisión desde hace 19 años.
Entre 1998 y 2003 el alojamiento en prisiones insumió aproximadamente $ 5.621.000. Posteriormente la política kirchnerista incrementó la cantidad de detenidos en prisiones comunes hasta acumular a Julio de 2016 la millonaria cifra mencionada.
En la actualidad la cantidad de detenidos en prisiones disminuyó a un valor medio de 516, con lo cual el costo de alojamiento se redujo a $131.838.000 [U$S 8.789.000] por año, sin considerar los costos del mantenimiento de las prisiones domiciliarias [pulseras, traslados, etc.].
Un segundo aspecto es el costo de los juicios realizados en distintos puntos del país, pero antes de ingresar en ese análisis es prudente revisar brevemente cómo funciona la mecánica de este tipo de juicios.
El caso “ESMA”, por ejemplo, es por demás elocuente. En doce años dedicados a estos procesos, con un costo multimillonario y violando las garantías previstas en la CN y en los pactos internacionales de derechos humanos, luego de tres juicios orales que insumieron más de 9 años, el Estado sólo logró llevar a juicio, primero a un único imputado, luego en un segundo juicio a 19 y en el tercero a 64, de los cuales 6 fallecieron durante el desarrollo del debate.
Los 19 acusados en el segundo juicio fueron también imputados en el tercer juicio, por casos diferentes pero pertenecientes a la misma plataforma fáctica, y ya se encuentra en preparación un cuarto juicio en el cual también serán acusados los anteriormente imputados. Este mecanismo cíclico y perverso diseñado por el Estado, creó un sin fin en el cual los justiciables y los testigos se repiten sine die en un estado de juicio permanente, cuya verdadera finalidad no era otra que bloquear a la justicia federal para permitir la prescripción de las causas por narcotráfico y corrupción.
El costo aproximado de los juicos de venganza celebrados en el país entre 2003 y 2015, es superior a los U$S 670.000.000 sin haberse considerado costos adicionales tales como alquileres de teatros, traslados de funcionarios del Poder Judicial a Europa y EE.UU para recoger testimonios, traslados de testigos, pagos a éstos, pagos ocultos generalmente a cargo de la ex SIDE, ni el costo de la infraestructura de apoyo [sicólogos y otros profesionales que asistieron a los testigos durante los procesos] etc. sumado al alojamiento de los acusados en prisiones arroja un promedio de U$S 70.555.811 anuales.
En ese sentido, juicios internacionales sustanciados a los máximos responsables de hechos de gran magnitud en comparación con lo ocurrido en los años ’70, dan una idea de la dimensión de estos procesos. En Camboya por ejemplo los juicios incoados por delitos cometidos por los máximos responsables del Khmer Rouge [partido comunista camboyano] a quienes se los acusó por la muerte 50.000[1] personas y más de un millón de víctimas en los años ’70, desde julio de 2007 hasta fines de 2013, costaron U$S 200 millones[2] [U$S 33.333.333 por año]. En 2006 la revista de la Cruz Roja Internacional publicó un artículo de Pierre Hazan “Medir el impacto de las políticas de castigo y de perdón: en favor de una evaluación de la justicia de transición”, en el que da cuenta que: El Consejo de Seguridad de la ONU también creó los dos tribunales ad hoc de las Naciones Unidas, el de ex Yugoslavia y el de Ruanda, cuyos gastos de funcionamiento representan más del 15% del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas. Desde su creación, en 1993-1994, sólo esos dos tribunales han costado a las Naciones Unidas más de 1.600 millones de dólares EE. UU.; juntos, su costo actual supera los 250 millones de dólares EE. UU. anuales. Más adelante, en relación al tribunal internacional de Ruanda encargado de juzgar a los responsables del genocidio que dejó más de 800.000 víctimas agrega: Sin duda, hubiera sido mejor invertir los 700 millones de dólares [U$S 31.818.181 anuales] que costó el TPIR hasta ahora en reconstruir el sistema judicial y el Estado de derecho en Ruanda, y en morigerar la tendencia del Gobierno al autoritarismo.
Por último cabe mencionar el costo de las reparaciones a ex integrantes de las organizaciones armadas terroristas y a sus familiares, cuya erogación según las leyes aprobadas que se consignan en el anexo I, fue estimada en la Revista del Colegio de Abogados de la Ciudad de Bs As[3], por el Dr. Emilio Cárdenas, quien refiere que el monto de indemnizaciones pagadas hasta el 2008, exclusivamente a las víctimas de las acciones de agentes estatales, asciende a U$S 1.277.000.000[4] en función de la ley 24.411, y de U$S 648.000.000 en función de la ley 24.043.
El Estado no sólo ha reparado a los familiares y ex integrantes de las organizaciones armadas sino que también decidió iniciar una persecución penal cuarenta años después de los hechos a pesar de los impedimentos legales para hacerlo. De alguna manera, las reparaciones al daño sufrido pueden ser contestes con la suspensión de una persecución penal, tal como afirmó el ministro Fayt en el considerando 48 de su voto en el caso “Mazzeo”, las …medidas que impliquen la imposibilidad del castigo penal no merecen objeciones si se acompañan con el respeto del derecho de las víctimas a una compensación y a la verdad. Pero en la Argentina sobre una exorbitante política de reparaciones que se puede apreciar en el Anexo I, se instauraron no sólo la voracidad del beneficio económico sino también los deseos de venganza. Mientras las víctimas civiles inocentes que dejaron las organizaciones armadas terroristas cuyo número supera las 17.000 personas, nunca tuvieron acceso a las reparaciones.
El curro de los derechos humanos, como definió el presidente Mauricio Macri en su momento a esta dilapidación de fondos públicos, costó al Estado por todo concepto [juicios ilegales, encarcelamiento arbitrario y reparaciones asimétricas] aproximadamente U$S 2.771.699.733 de los cuales gastó U$S 846.669.733 para acusar a 2000 personas y encarcelar ilegalmente a 1.100 ancianos a un costo anual de U$S 70.555.811.
Como contra partida a lo obrado en Argentina, en el informe preparado por la Comisión por la verdad y la Reconciliación firmado por el arzobispo Desmond Tutu de Sudáfrica, se consignan 83.631 casos de violaciones en los que se optó por aplicar políticas de perdón.
Entre otros fundamentos el Arzobispo explica en el punto 23 de su informe: Otra razón por la que Nüremberg no era una opción viable, era porque nuestro país no podía disponer de los recursos en tiempo, dinero y personal que habríamos tenido que invertir para este tipo de operación.
EN SÍNTESIS
Estado
Víctimas directas
Costo de los juicios en dólares
Período valorizado
Costo anual
aproximado
en dólares
ANEXO I
REPARACIÓN ESTATAL
LEY 23.278
El 30 de octubre de 1985, el presidente Alfonsín promulgó la ley 23.278 por la cual se reconoce a los fines jubilatorios, el período de inactividad derivado de cesantía o de la actividad que debió abandonar por el exilio.
LEY 23.466
El 10 diciembre de 1986, el presidente Alfonsín promulgó la ley 23.466 y posteriormente el decreto reglamentario n° 1228/87, otorgando una pensión no contributiva equivalente al 75% del salario mínimo, vital y móvil a los familiares de personas desaparecidas antes del 10 de diciembre de 1983. El artículo 8 concedía un año de plazo para la presentación de la documentación requerida.
DECRETO 70/91
El 10 de enero de 1991 el presidente Menem por decretos 70/91 y 2151/91, dispuso se otorgue la treintava parte de la remuneración mensual asignada a la máxima categoría del escalafón del personal civil de la Administración Pública Nacional, por cada día que duró la medida para aquellas personas que hubieran sido puestas a disposición del PEN por acto emanado de éste, antes del 10 de diciembre de 1983 y que, habiendo iniciado juicio por indemnización de daños y perjuicios por tal motivo antes del 10 de diciembre de 1985, no hubieran obtenido satisfacción por haberse hecho lugar a la prescripción mediante sentencia firme.
LEY 24.043
El 23 de diciembre de 1991 se promulgó la ley 24.043 [Decreto reglamentario N°1023 del 24 de junio de 1992], a fin de otorgar la treintava parte de la remuneración mensual asignada a la categoría superior del escalafón para el personal civil de la administración pública nacional por cada día que duró la medida, a las personas que durante la vigencia del estado de sitio hubieran sido puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional por decisión de éste, o que siendo civiles hubiesen sufrido detención en virtud de actos emanados de tribunales militares, hayan o no iniciado juicio por daños y perjuicios, siempre que no hubiesen percibido indemnización alguna en virtud de sentencia judicial, con motivo de los hechos contemplados en la presente. Por el Art. 6 otorgaba 180 días para la presentación de la solicitud del beneficio.
LEY 24.411
La ley 24.411 promulgada el 28 de diciembre de 1994 [Dto. 2368/94] por el presidente Menem, amplió los beneficios a los causahabientes de los desaparecidos como consecuencia de los actos de las fuerzas armadas, de seguridad, o grupos paramilitares, otorgando un beneficio extraordinario equivalente a la remuneración mensual de los agentes Nivel A del personal civil de la administración pública.
El artículo 7 preveía la presentación de la documentación requerida en un plazo de 180 días bajo apercibimiento de caducidad. Una vez obtenido el beneficio quedaba firme aunque ocurra la aparición de la persona.
LEY 24.734
El 6 de diciembre de 1996, el presidente Menem promulgó la ley 24.734, otorgando el derecho de hacer uso de los servicios del sistema de cobertura médica a toda persona con beneficio acordado por la autoridad competente, conforme al régimen de la ley 23.466, y una pensión para menores de 21 años de progenitores desaparecidos.
LEY 25.192
El 24 de noviembre de 1999 el presidente Menem promulgó la ley 25.192 [Dto. 1374/94] estableciendo beneficios extraordinarios por única vez, equivalentes a la remuneración mensual de los agentes Nivel “A” del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, por el coeficiente cien, a los causahabientes de las personas que fallecieron entre el 9 y el 12 de junio de 1956, con motivo de la represión del levantamiento cívico militar de esas jornadas o de su disidencia política, pudiéndose emplear cualquier medio de prueba para acreditar tales circunstancias.
LEY 25.914
El 25 de agosto de 2004 el presidente Kirchner promulgó la ley 25.914, estableciendo por única vez una suma equivalente a veinte veces la remuneración mensual de los agentes Nivel A, Grado 8, del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, para las personas que hubieren nacido durante la privación de la libertad de sus madres, o que siendo menores hubiesen permanecido detenidos en relación a sus padres, siempre que cualquiera de éstos hubiese estado detenido y/o desaparecido por razones políticas, ya sea a disposición del Poder Ejecutivo nacional y/o tribunales militares.
LEY 26.564
El 15 de diciembre de 2009 la presidente Cristina Fernández promulgó la ley 26.564 [Dto. 2043/09] extendiendo los beneficios de las leyes 24.043 y 24.411, a las víctimas del accionar de los rebeldes en los levantamientos del 16 de junio de 1955 y del 16 de septiembre de 1955, sea que los actos fueran realizados por integrantes de las Fuerzas Armadas, de seguridad o policiales, o por grupos paramilitares o civiles incorporados de hecho a alguna de las fuerzas. Incluyendo en los beneficios indicados a quienes en dicho período hubieran estado, detenidos, procesados, condenados y/o a disposición de la Justicia o por los Consejos de Guerra, conforme lo establecido por el Decreto 4161/55, o el Plan Conintes (Conmoción Interna del Estado), y/o las leyes 20.840, 21.322, 21.323, 21.325, 21.264, 21.463, 21.459 y 21.886.
LEY 26.913
El 16 de diciembre de 2013 la presidente Cristina Fernández promulgó la ley 26.913 [Dto. 2162], estableciendo una pensión graciable igual a la remuneración mensual asignada a la Categoría D Nivel 0 (cero), Planta Permanente Sin Tramo —Agrupamiento General— del Escalafón para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público —SINEP—, para ex presos políticos, civiles o militares, por haber estado privados de libertad por sentencia de Consejos de Guerra, puestos a disposición del PEN, o por el accionar de las fuerzas armadas o de seguridad, por tribunales militares bajo la vigencia de la Doctrina de la seguridad Nacional, o por tribunales civiles por aplicación de la 20.840/74 o el artículo 210 bis y/o 213 bis.
REPARACIONES DE
LAS PROVINCIAS
PROVINCIA DE BS AS
Las provincias también promulgaron leyes de reparación. En la provincia de Buenos Aires se aprobaron, entre otras, las siguientes leyes:
LEY 11.914
La ley 11.914 otorga becas para estudiantes hijos de desaparecidos equivalentes a una pensión no contributiva, y cobertura asistencial de salud cuando no le fuera provista por su condición de estudiante.
LEY 12.545
Reconoce el cómputo de antigüedad y ajuste por cargo, para integrantes del Servicio Penitenciario o Policía de la Provincia declarados prescindibles en 1976.
LEY 13.026
Reconocimiento a los fines jubilatorios de la antigüedad de personas que hayan sufrido prisión, exilio o privación de la libertad que no fueren consecuencia de la comisión de delitos comunes, hayan sido exoneradas, cesanteadas o inducidas a renunciar a los cargos públicos que ejercían en cualesquiera de los Poderes del Estado Provincial, Entes Autárquicos, Municipios y el Banco de la Prov. de Bs. As., o en ejercicio de cargos electivos o desempeñándose en funciones con mandato fijo al 16/09/55, 5/06/62, 28/06/66 y 24/03/76. En el mismo sentido la provincia de Neuquén aprobó la ley 2865 otorgando una indemnización de 30 salarios mínimo, vital y móvil a personas que fueron cesanteadas durante la última dictadura militar.
LEY 13.697
Establece la exención impositiva de inmuebles que fueron última vivienda de personas desaparecidas por el accionar de las fuerzas armadas, de seguridad o de cualquier grupo paramilitar con anterioridad al 10/12/83.
LEY 13.745
Otorga un subsidio mensual y vitalicio equivalente a la remuneración mensual que percibe un agente del Agrupamiento Jerárquico Categoría 24 con treinta (30) horas de labor semanal de la Administración Pública Provincial, para los progenitores de personas que hayan sido secuestradas y desaparecidas o muertas por causas de la represión ilegal en el período comprendido entre el 6 de noviembre de 1974 y el 10 de diciembre de 1983.
LEY 13.807
Otorga una pensión graciable equivalente al nivel de remuneración del Personal sin Estabilidad, categoría Director Provincial o General de la ley 10.430, para personas que durante el período comprendido entre el 16 de septiembre de 1955 hasta el 12 de octubre de 1963, hubiesen sido detenidos, procesados, condenados y/o permanecido a disposición del Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, de la Justicia Federal o Provincial, o detenidos y condenados por tribunales militares y/o consejos de guerra del “Plan CONINTES”, por cuestiones políticas vinculadas a su participación en la denominada “Resistencia Peronista”.
LEY 13.808
Otorga una pensión graciable equivalente a tres (3) sueldos básicos de la Categoría Ingresantes del Agrupamiento Administrativo -clase 4- o la que en el futuro la reemplace, de la escala salarial de la ley 10.430, para participantes del “Operativo Cóndor”
Los beneficiarios de esta ley gozarán de las coberturas que otorga el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA).
LEY 13.940
Exención impositiva de inmuebles de ex detenidos e hijos. (Ley 13940) para titulares de dominio comprendidos en las Leyes Nacionales Nº 24.043 (ex detenidos) y Nº 25.914 (nacidos en cautiverio o que estuvieron detenidos con sus padres), que sean propietarios, poseedores o usufructuarios.
LEY 14.042
Otorga una pensión graciable para ex presos políticos del período 76/83 que hayan sido condenados
por un Consejo de Guerra, puestos a disposición del PEN y/o privados de su libertad como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, por causas políticas, gremiales o estudiantiles.
[1] En un conflicto calificado como autogenocidio.
[2] “Justice and the killing fields”, The economist, November 2nd 2013, pág. 47.
[3] Tomo 68 N°1, de Julio de 2008, página 26 nota al pie.
[4] Convertidos al valor del dólar en 2008.
[5] Graciela Fernández Meijide, madre de un desaparecido e integrante de la CONADEP, reafirmó públicamente que el número de víctimas directas de los miembros de las organizaciones armadas es de 7954, y reconoció que la difusión del número 30.000 fue un ardid político para llamar la atención de ciertos países y organizaciones internacionales.
http: //www.perfil.com/contenidos/2009/08/03/noticia_0020.html, consultada el 9 de en enero 2014.
PORQUE SOMOS PRESOS POLITICOS
I: ILEGALIDAD: Se nos acusa de hechos que no eran delitos en el momento de haber ocurrido y no lo son ni siquiera hoy.- No están tipificados en el Código Penal argentino.-
2: Para lograr encarcelarlos se ha violado y no respetado de hecho y de manera ilegal: la Constitución Nacional, el Tratado de Roma, el Pacto de Costa Rica, el Código de Justicia Militar, y el Código Penal Argentino.-
3: La mayoría de los privados ilegalmente de su libertad mediante la figura de prisión preventiva, han superado el plazo máximo en esa condición establecidos en la legislación vigente, tanto nacional como internacional sin sentencia firme.- En muchos casos dicho plazo ha sido superado por más de 15 años (Acosta), 14 años, (Cavallo), 13años, (Radice, Rolón), 11, (Reta, Fiorucci, Padován) 10, (Amelong, Losito, DeMarchi) etc.-
4: El desarrollo de los juicios es completamente diferente de un juicio corriente.- No se respeta en Código Procesal Penal de la Nación Argentina en multitud de aspectos: por ejemplo:
5.-Hoy resulta frecuente escuchar en los tribunales de Comodoro Py “en este país, hay tres clases de derechos: el que se aplica a la gente común, el de los políticos y el de los militares”.-
6.- Para hacer esto posible se necesita una decisión política del más alto nivel, porque de otra manera no podrían haber violado el marco legal vigente (Nacional e Internacional), donde se destaca particularmente la violación al principio de legalidad (hecho tremendamente grave).- Esto lo reconoció Alberto Fernández, ex jefe de gabinete, en un reportaje que le hizo en marzo del 2009 Eduardo Aliberti de radio “La Red”: “…apenas asumimos el primer tema con que tuvimos lidiar fue el de los militares.- Todas nuestros asesores jurídicos nos dijeron que era un tema cerrado: con el ejercicio de la voluntad política hicimos todo (lo que se conoce…)”.- Este mecanismo es el que hemos usado de ahí en adelante con todos los problemas con que nos encontramos.-
7.– Concretamente y tratando de explicar lo ya mencionado , en los procesos llevados a cabo se destaca las continuas violaciones a: I) La Constitución Argentina, en particular su artículo 18 prescribe la necesidad del debido proceso legal y la inviolabilidad de la defensa en juicio, como resguardos constitucionales en el cumplimiento de la labor jurisdiccional de estado, para que ésta se desenvuelva dentro del marco jurídico que aquella establece.- El debido proceso penal implica que no se omita el conjunto de reglas legales y de equidad que definen los derechos y deberes humanos, y más específicamente supone el total cumplimiento de las etapas procesales, que otorguen al procesado, oportunidades de defensa, prueba, juez de la Ley y sentencia fundada.- Asimismo, conlleva el derecho al juicio previo que debe contener en forma perentoria, entre otras garantías:
La acusación o demanda clara en la exposición del hecho que sirve de base.-
La oportunidad de defensa para que el imputado o demandado pueda ser oído con amplitud y defendido eficazmente, no pudiendo ser obligado a declarar contra sí mismo.-
La prueba que debe poder ser ofrecida, producida y analizada jurisdiccionalmente.-
La irretroactividad de la Ley, que debe ser previa al hecho del proceso con la excepción en materia penal de la Ley más benigna.-
La necesaria decisión fundada del tribunal o sentencia, que debe ser motivada, razonada y con arreglo a pautas lógicas y derivadas del derecho vigente.-
Todo el desenvolvimiento del juicio debe ser ante los jueces propios, que son aquellos denominados naturales o designados por la Ley, únicos competentes para desarrollar la actividad judicial del estado, proscribiéndose las comisiones especiales.- Todas estas garantías son sistemáticamente violadas en estos juicios, pues entre otras cosas:
El solo hecho de haber pertenecido a las FFAA o FFSS en la época del presunto hecho investigado, hace pasible a sus integrantes de ser procesados y luego condenados, mediante una acusación que acumula casos sistemáticamente repetidos para todos los acusados, sin que resulte necesario la prueba de su participación efectiva en el hecho del que se los acusa.-
La prueba testimonial (prácticamente excluyente de cualquier otro tipo de prueba en estos juicios), como ya fue explicitado previamente no cumple con los más elementales principios del debido proceso.-
Es constantemente violado el principio de irretroactividad de la Ley Penal, aplicándose a los procesados una Legislación Nacional y fundamentalmente Internacional no existente y/o no ratificada por nuestro país al momento de los presuntos hechos investigados, violándose con ello el derecho a ser juzgado con el marco legal vigente al momento de dichos hechos.-
Por lo mencionado anteriormente, la decisión y sentencia de los tribunales que llevan adelante estos juicios, no deriva del derecho vigente en el momento de los presuntos hechos investigados.-
Los procesados son juzgados por Tribunales incompetentes que no responden a la calificación de jueces naturales, dado que no son los jueces designados por la Ley al momento de los presuntos hechos investigados.- Todo lo mencionado viola el principio de Legalidad (pilar básico del derecho) y convierte a todos estos procesos en juicios ilegales e insanablemente nulos.- (Entre otros, sostienen esta postura los miembros del Tribunal que juzgó a las Juntas e 1985.-
II.- El tratado de Roma: Es violado constantemente de dos formas:
III.- El Pacto de San José de Costa Rica: Dicho pacto en su artículo 8 establece entre otros principios: Garantías Judiciales:
IV.- Código de Justicia Militar y el Código Penal Argentino.-
Se utiliza el Código Penal para condenar a los procesados, basándose en delitos no tipificados en el mismo, en la época en que presuntamente ocurrieron los hechos.- Asimismo y fundamentalmente se debe tener en cuenta que el único Código Penal vigente para los procesados, en la época que presuntamente ocurrieron los hechos, era el Código de Justicia Militar (Ley Nacional nº 14.029), razón por la cual los procesos llevados a cabo, deberían haberse regido exclusivamente por dicho código.-
Las causas contra el personal militar en los primeros años de sustanciación (fundamentalmente cuando se juzgó a las Juntas Militares que condujeron la Guerra Contrarrevolucionaria), utilizaron como ley aplicable el CJM.- Ello debió ser siempre así, porque los hechos que se investigan en las mencionadas causas, pertenecen a la Justicia Militar (art. 108 de CJM y art. 10 de la Ley 23.049), por lo que corresponde analizar la responsabilidad de los procesados, a la luz de las disposiciones normativas de la justicia militar.-
Ello produjo una situación paradójicamente injusta, además de inconstitucional, dado que las máximas autoridades militares y políticas nacionales que condujeron la guerra contrarrevolucionaria fueron exclusivamente mediante el CJM, mientras que sus subordinados están siendo juzgados mediante el Código Penal local y el Derecho Internacional.- De hecho se ha dado la situación absurda que algunos comandantes de las juntas fueron condenados con penas (5 a 15) años sensiblemente inferiores a las luego aplicadas a los subordinados que actuaron en cumplimiento de las órdenes impartidas por aquellos (prisión perpetua).-
Se menciona a modo de ejemplo una parte de la sentencia en la causa 13/84 contra las juntas miliares; “con motivo de la ejecución de un acto de servicio en el sentido del artículo 878 del Código de Justicia Militar…por esta razón dichas órdenes se hallan encuadradas en el artículo 514 del código citado”.- Es decir que el CJM constituye la legislación anterior que rige todas éstas causas, y la que correspondería aplicar al dictar la sentencia sobre las mismas, lo que de hecho no ha sucedido a partir de su reapertura por la inconstitucional anulación de la Ley de Obediencia Debida y por lo tanto, incide muy negativamente en el derecho de defensa de todos los imputados, particularmente en lo referido al instituto de la obediencia debida.- Resulta importante mencionar que el hecho que las leyes 24.952 y25.779 hayan derogado y anulado la ley 23.521 respectivamente, no impide la aplicación de la eximente de obediencia debida militar, prevista en el artículo 514 del CJM, en que fuera aplicado paradójicamente para condenar a los miembros de las Juntas Militares en la causa 13/84 e injusta e inconstitucionalmente no es considerado en las causas de sus subordinados.- Artículo 514 CJM: “…cuando se haya cometido delito por la ejecución de una orden de servicio, el superior que la hubiere dado será el único responsable y solo será considerado cómplice el inferior, cuando éste se hubiere excedido en el cumplimiento de ducha orden…”.-
La responsabilidad en el caso de cometerse un delito, será siempre del superior que dio la orden.- Al subordinado únicamente le es aplicable la figura de cómplice, solo y exclusivamente cuando se hubiere excedido en el cumplimiento de la orden.- (Ej.: se le ordenó al subordinado controlar la documentación, pero éste se excedió y procedió a la detención de la persona).- La ley nunca califica como autor al subordinado.-
Resulta entonces importante destacar que en el ordenamiento jurídico miliar, vigente al momento en que presuntamente ocurrieron los hechos investigados: a) El subordinado que recibe una orden del servicio, nunca está facultado a efectuar ningún tipo de análisis previo a su cumplimiento, respecto, por ejemplo, si la orden recibida constituirá o no un delito, para luego decidir por sí, si la cumple o no; b) Tampoco está facultado a reclamar ante su superior con efecto suspensivo de la orden (dejarla de cumplir mientras reclama) art.. 675 CJM); c) Por el contrario, el subordinado que no cumple una orden del servicio (en cualquier circunstancia) comete delito (arts. 667, 674.675 CJM); d) Si la ejecución de una orden del servicio dada por un superior derivara en un delito, el único responsable es el superior (art. 514 CJM); e) El subordinado será responsable como cómplice, sólo y exclusivamente si durante el cumplimiento de la orden recibida, se comprueba la condición legal de exceso en el cumplimiento de la misma (art. 514 CJM).-
Sintetizando son PRESOS POLITICOS porque para poder llevar adelante el objetivo político de su procesamiento y juzgamiento, el Estado Argentino ha debido violar, tergiversar y “manipular” todas las garantías y derechos constitucionales, creando un situación jurídica e ilegal y totalmente alejada de los más elementales principios del derecho, de la que destacamos en la edición 03122014 del 03 de diciembre de 2014, página 62 de 72
*Juzgados por Tribunales Incompetentes e ilegales*
*Procesados y condenados en juicios ilegales e insanablemente nulos*
*Nuevo juzgamiento a quienes ya fueron procesados y absueltos con sentencia firme, en la misma causa*
*Acusaciones con acumulación generalizada de casos para todos los `procesados, por el solo hecho de ser miembro de las FFAA y FFSS, en el momento de los hechos investigados y sin que requiera una prueba tangible de su real participación en dichos hechos*
*Inconstitucionalmente se descartó para su juzgamiento el único Código Penal vigente para los procesados en el momento de los hechos que se pretende juzgar, que era el Código de Justicia Militar*
*Violación sistemática y reiterada de las garantías constitucionales del principio de legalidad y el debido proceso*
*Condenas basadas en pruebas que no se ajustan a las formalidades legales*
Prisiones Preventivas que superan excesivamente los límites establecidos en la legislación vigente.- Edición 03122014 de diciembre, 2014, páginas 63 de 72*
“…EL CRIMEN PERFECTO NO EXISTE, PERO CREA UNA DUDA RAZONABLE, Y TENDRAS LA DEFENSA PERFECTA…”.-
MANIFIESTO
SOLICITAMOS JUSTICIA PARA
LOS JUICIOS DE LESA HUMANIDAD
Buenos Aires, 9 de julio de 2016.
Y la que los músicos llaman armonía en el canto,
es lo que en la ciudad se llama concordia,
vínculo de bienestar seguro y óptimo para toda república,
pues ésta no puede subsistir sin la justicia.
[…] es muy cierto que […]
no puede gobernarse una república sin la justicia.
Cicerón, República, II, 42 y 44
Quienes firmamos esta declaración hemos dedicado nuestras vidas a la enseñanza y la práctica del derecho y, por ende, al servicio de su fin o ideal: la justicia.
La justicia entre nosotros ha sufrido ataques y daños de considerable envergadura durante los últimos años, lo que ha generado amenazas muy graves para el bien común y la salud de la República.
Creemos que, gran parte del universo jurídico de la Argentina, con la sola exclusión de individuos fuertemente ideologizados, ha tomado conciencia del grave estado de situación que afecta a los detenidos acusados de delitos de lesa humanidad que viola elementales nociones de justicia y sus derechos humanos.
Así, se constata que, bajo el pretexto de la comisión de delitos de lesa humanidad, se violó el principio de legalidad, se reabrieron procesos que habían adquirido categoría de cosa juzgada y a los supuestos responsables de esos delitos se los ha privado de su derecho a un debido proceso, se les ha negado el beneficio de la detención domiciliaria y se los ha excluido de una asistencia médica elemental.
Son los únicos a quienes se mantiene en prisión provisional, sin condena, luego de dos, tres, diez y más años. Son los únicos a los cuales se les niega la aplicación de la ley penal más benigna para el cómputo de sus penas. Son los únicos a los cuales se les niega el instituto de la prescripción. Son los únicos a quienes no se les conceden la excarcelación, la libertad condicional o las salidas transitorias de las que gozan legalmente todos los presos, no importa el crimen por el que hayan sido acusados o condenados.
De resultas de este estado de cosas, hasta el momento 1.435 personas han sido privadas de su libertad y, de éstas, 248 llevan más de tres años de prisión preventiva y 360 han muerto en cautiverio. Todo ello en abierta violación a tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional, como la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otros.
No menos censurable es el contexto y forma en que se han desarrollado estos juicios, ofreciendo en muchos casos un espectáculo indigno, absolutamente impropio de lo que debe esperarse de un tribunal, llegándose incluso a trasladar a los tribunales a personas en camilla o visible situación de incapacidad.
Asimismo, a los parientes de las víctimas del terrorismo que tuvo lugar antes de 1976 no se les ha reconocido reparación alguna, ni siquiera el derecho a la verdad. Una jurisprudencia amaneada ha considerado que los graves hechos que se llevaron la vida de sus parientes no constituyen delitos de lesa humanidad por no haber existido intervención del Estado en su comisión. Ello pese a que el Estatuto de Roma, que creó la Corte Penal Internacional y tipificó la figura de lesa humanidad, vigente en la Argentina a partir de julio de 2002, considera expresamente, tanto a los delitos cometidos por agentes del Estado cuanto a los perpetrados por bandas armadas, dentro de la misma categoría de lesa humanidad y, por ende, sujetos a idéntico régimen de imprescriptibilidad, entre otras características diferenciadoras de los delitos comunes.
En la última década se ha hecho una seria discriminación en detrimento de los hombres que llevaron a cabo la represión contra el terrorismo, quienes, aunque incurrieron en excesos y extralimitaciones inadmisibles, recibieron en todos los casos penas gravísimas. Mientras que a los responsables directos o indirectos del terrorismo se los ha colmado de honores; y en muchos casos se los ha premiado con cargos públicos e indemnizaciones. Esta asimetría hiere la conciencia y reclama urgente reparación. De lo contrario lejos de hacerse justicia se habrá incurrido en una grave arbitrariedad.
No podemos aceptar que cumplido el Bicentenario de nuestra in- dependencia, persista esta situación que continuará creando grietas en la sociedad, y que además, puede acarrearle a la Argentina responsabilidad internacional por la grosera violación de convenios internacionales. Esto debe terminar. El nuevo gobierno, la nueva dirigencia política, despojada de la ideología y de la instrumentalización política del odio y la venganza que caracterizaron a los años precedentes, constituyen una esperanza y es indispensable que restauren la concordia y la plena vigencia de los principios y contenidos del orden jurídico.
Juan Ramón Aguirre Lanari – Julio E. Altamira Gigena – Jaime Anaya – Gregorio Badeni – Alberto Bianchi – Juan Carlos Cassagne – Iván José María Cullen -Siro M.A. De Martini – Daniel Funes de Rioja – Guillermo Ledesma – Roberto Luqui – Daniel Sabsay – Alfonso Santiago – Jorge Vanossi
*Se nos informa que un anexo de este reporte es de caracter reservado.
PrisioneroEnArgentina.cp,
Diciembre 25, 2016
Mazmorras, Director. Diga mazmorras…!
Por Claudio Kussman.
MAZMORRAS DIRECTOR, DIGA MAZMORRAS
Algún revuelo ha provocado entre agrupaciones de Derechos Humanos y organizaciones de izquierda, el traslado de adultos mayores acusados de los mal llamados delitos de lesa humanidad a la Unidad Penitenciaria 34 de Campo de Mayo. Dicha unidad había sido cerrada y semi demolida en septiembre del año 2013 cuando los prisioneros allí alojados fueran trasladados a la cárcel de Marcos Paz. Hoy tras imprescindibles refacciones vuelve a funcionar como tal y esto es rechazado al considerarse por razones desconocidas, que es nada menos que un lugar de alojamiento Vip. Mucho se está escribiendo en diferentes medios al respecto pero debo destacar un párrafo de un artículo aparecido en el diario “La voz de Tandil” http://lavozdetandil.com.ar/2016/12/23/fiscal-rechaza-el-traslado-de-un-represor-condenado-a-una-unidad-penal-de-campo-de-mayo/ en el que la fiscal Ángela Ramos en un recurso presentado ante el TOF 6 expresó: ”llamó poderosamente la atención el lenguaje utilizado por el director de la Unidad para referirse a las celdas de alojamiento, como habitaciones individuales o compartidas”. Realmente lo que tendría que llamar poderosamente la atención es que una funcionaria muy bien paga, perteneciente al poder judicial haga este tipo de acotaciones que siendo magnánimos podríamos calificar de ideológicamente mal intencionadas.
MATABURRO
Recurriendo a un mataburro o diccionario, y lo de mataburro no es alusión personal alguna, a tan puntillosa funcionaria, podemos leer que: HABITACIÓN es la parte separada por paredes o tabiques en que se divide una casa u otro edificio, especialmente la que está destinada a dormir y CELDA: es cada una de las habitaciones donde se recluye a los presos de una cárcel. Ante semejante controversia yo le recomendaría al señor director del lugar que para conformar a los semidioses de la justicia emplee el término: MAZMORRA. En este caso le faltará la humedad y la oscuridad que caracterizan a las mismas, lo cual podrá lograrlo cortando el suministro eléctrico y arrojando baldes de agua. Esto hará que los funcionarios de “la justicia independiente” lo consideren un excelente penitenciario y hasta en una de esas lo asciendan.
Claudio Kussman
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Diciembre 24, 2016
Felices Fiestas…
Por Andrea Palomas Alarcón.
Felices Fiestas escucho por doquier y mecánicamente respondo “y para vos también, que lo pases bien con tu familia”.
¿La verdad? Somos todos unos hipócritas. Tenemos “Felices Fiestas” porque los que están presos se la jugaron en su momento e hicieron lo que tenían que hacer, bien o mal, nadie les enseñó cómo se combate al terrorismo, los políticos huyeron y los dejaron solos pero ellos hicieron lo que tenían que hacer para que el país siga existiendo y nosotros con él. Esos que se la jugaron están presos y los “felicitadores” con el diario del lunes, desde tierra firme, teorizan que si había que devolver los cuerpos, que si hubiera sido mejor hacer juicios sumarios, que había que hacer así o asá. ¡ ENTIENDANLO! Aunque les hubieran dado una pasantía, un sueldo y un pasaje de avión para otro país (a muchos se los dieron) hoy estarían protestando de la misma manera: “JUICIO Y CASTIGO A LOS GENOCIDAS” porque ésta es su revolución por otros medios. No pudieron imponer el comunismo pero no se resignan a que su “revolución” deje de existir. Saben que perdieron pero su pequeña victoria es arruinarle la vida a todo el mundo, algún ex monto lo ha confesado. “Ya no vamos a vencer…pero seguimos aquí y van a tener que soportarnos”.
Ya no dicen “Hasta la Victoria siempre” ahora dicen “Hasta siempre” o “Hasta la memoria siempre” o “Hasta la próxima parada de colectivo siempre”. Se falsifican a sí mismos justificándose… pero joden.
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Diciembre 24, 2016
Thomas Nast, creador de Santa Claus y defensor de los Derechos Humanos. Lucio Nast, víctima de los “derechos humanos” K.
Thomas Nast es conocido como el Padre de los dibujos -animados y satíricos-, habiendo creado arte político durante el siglo 19, criticando la corrupción, la esclavitud y sosteniendo los derchos del indio americano tanto como de los afroamericanos en su lucha contra el KKK.
En el Museo de los Emigrantes de Hamburgo se presenta una exhibición dedicada a Thomas Nast, el dibujante de origen alemán que le dio cuerpo a San Nicolás con la fisonomía que se le conoce hoy día en una gran porción del planeta Tierra.
El museo honra la memoria de los cinco millones de emigrantes que entre 1850 y 1939 zarparon desde Hamburgo hacia todas partes del mundo. Uno de ellos fue Thomas Nast, el ilustrador estadounidense de origen teutón al que se le atribuye la creación del Santa Claus moderno.
Thomas Nast nació en Landau in der Pfalz, el 27 de setiembre de 1840. Cuando tenía seis años arribó a Nueva York con su familia procurando dejar atrás la pobreza que los castigaba en su lugar natal. Tras estudiar brevemente en la Academia Nacional de Diseño, pasó a trabajar como diseñador en la imprenta de un periódico se unió al equipo de la revista “Harper’s”, en cuya portada apareció su primera versión de Santa Claus el 3 de enero de 1863, probablemente inspirada por la figura secular del San Nicolás de Mira en la Alemania protestante–, un personaje cubierto de pieles, panzón, barbudo y de bigotes pronunciados que él recordaba de su niñez.
Desde entonces y durante tres décadas consecutivas, Nast estuvo dibujando un Santa Claus diferente cada año.
Pero Thomas Nast no solamente le dio cara y cuerpo a Santa Claus; fue un comprometido activista por los derechos humanos y sus dibujos también reivindicaron los derechos de los indios americanos y los inmigrantes chinos, criticaron la violencia del Ku Klux Klan y abogaron por la abolición de la esclavitud, erigiéndolo en uno de los precursores de la caricatura política en Estados Unidos de América: Nast dibujó el primer elefante emblemático del partido republicano, el primer asno representativo del partido demócrata y una de las primeras personificaciones del Tío Sam. Nast desarrolló un discurso visual mordaz que lo convirtió en el comentarista político más temido en la segunda mitad del siglo XIX.
Las ilustraciones de Nast contribuyeron a la caída del político William Tweed, también conocido como “Boss” (Jefe). Tweed temía tanto el lápiz de Nast que envió un emisario que le propuso un soborno de 500 000 dólares para terminar su campaña anti-Tweed y para abandonar el país. Nast rechazó la oferta y redobló sus ataques. Tweed fue arrestado en 1873 y condenado por fraude. Cuando el Boss intentó escaparse de la justicia en diciembre de 1875, huyendo hacia Cuba y de allí a España, los funcionarios encargados de detenerlo en Vigo pudieron identificarlo gracias a los dibujos de Nast.
Nast se hizo popular por dibujar sus viñetas directamente desde los campos de batalla durante la guerra civil estadounidense. Según historiadores, el mismísimo Abraham Lincoln observaba en Nast al mejor agente de reclutamiento. Thomas Nast compartía las opiniones políticas de su amigo Mark Twain y permaneció numerosos años fiel a las ideas republicanas.
Nast se oponía a la inflación de la moneda y, para ilustrar la situación, caricaturizó a un bebé en andrajos. Desempeñó un rol importante en la elección presidencial de Rutherford B. Hayes en 1876. Rutherford B. Hayes, decimonoveno presidente de la Unión, encontraba en él al más potente de sus aliados.
Thomas Nast murió a los 62 años tras contraer la fiebre amarilla en Guayaquil, Ecuador, adonde había sido enviado por Theodore Roosevelt como cónsul general de los Estados Unidos en 1902.
Ciento catorce años después, su sobrino nieto, Lucio Nast, habita una de las cárceles federales argentinas acusado de delitos contra la humanidad, sin pruebas, con múltiples prisiones preventivas vencidas, víctima de otra creación -esta vez macabra- del gobierno de Néstor y Cristina Kirchner, célebres inventores de un “relato” que hace trizas esos derechos humanos que su tío abuelo, Thomas Nast desde su lugar en el mundo, tanto luchó por establecer.
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Diciembre 24, 2016
FABIAN Y CLAUDIO KUSSMAN
Por Jorge B. Lobo Aragón.
Me congratulo con sus empeños y esfuerzos, muchas veces heroicos en la noble tarea de velar por las personas que se encuentran prisioneros sin las garantías mínimas de un estado de derecho.
Reflexión:
Entiendo y lo sostengo que el Estado que descuida a los indefensos y desprotegidos comete un grave delito que clama al cielo. Es por eso es que admiro su labor y me congratulo por su intermedio con todos los que empeñan sus esfuerzos, muchas veces heroicos en la noble tarea de velar por las personas que se encuentran prisioneros sin las garantías mínimas de un estado de derecho. El destino me ha concedido el privilegio de participar de dos categorías. La de una persona con problema (Amputado de una pierna) que hace lo posible por igualarse a sus prójimos y así brindarse a los demás, y la de un hombre público al que le ha tocado el honor y la posibilidad de poder defender dentro de sus posibilidades a quienes me necesiten. Viene al caso recordar por su enorme dedicación al servicio del prójimo, una enseñanza de Platón, una de las lumbreras de nuestra civilización: “la buena educación da al cuerpo y al alma toda la belleza y la perfección de que son capaces”. Pues son ustedes, los Kussman y así debe ser reconocido, los que dedican su tiempo, sus esfuerzos y su saber a qué seres que son imagen y semejanza de Dios – hombres y mujeres –, sean plausibles de los derechos humanos. A que Sujetos y Personas en la mayoría de los casos sin prueba alguna y menos certeza puedan tener un juicio digno y no una ficción. Entonces Trabajemos junto a los hermanos y a quienes conforman “Prisioneros en Argentina”, para que no haya nadie en nuestro País que sea tratado sin las garantías del derecho de defensa, del debido procedimiento e igualdad de tratamiento. No es compasión sino justicia lo que necesitan los presos políticos. Justicia es dar a cada uno lo que le corresponde. Reconozcamos en ellos un derecho elemental, de los más elementales de los derechos humanos. Reconozcamos en ellos el remedio del Indulto. Feliz Navidad mis queridos amigos. Muchas gracias por su loable labor.
Jorge B. Lobo Aragón
Jorgeloboaragon@gmail.com
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Diciembre 16, 2016
DOS FISCALES SIN ROSTRO
Por Claudio Kussman.
EL CAZADOR
En el pasado ya lejano, por tratar siempre de aprender a ser mejor cazador de seres humanos que cometían delitos, puntualmente luego de labrar las actuaciones para entregarlos en la dependencia de jurisdicción, me detenía a conversar con algunos de ellos. En especial cuando sus acciones eran calamitosas en extremo. Casi siempre al amanecer, después de una noche de trabajo, frente a un buen desayuno para recuperar fuerzas, cambiábamos impresiones y pareceres entre los que habíamos participado en la tarea de atraparlos. Intentábamos entender un poco más sobre el accionar de estos seres, que muchas veces se regodeaban al causar daño a terceros.
LA PRESA
Pasó el tiempo y ahora yo, inmerecidamente, soy la presa, a pesar de lo cual, quise hacer lo mismo que en el ayer lejano, al saber que finalmente luego de reclamar durante 2 años y 22 días estaría frente a miembros del poder judicial en carne y hueso. Si bien sabía que encontraría indiferentes, el premio mayor por supuesto, eran los fiscales JOSÉ A. NEBBIA y MIGUEL PALAZZANI ahijados dilectos del hoy procurador ABÉL CÓRDOBA, autores de prevaricar obscenamente y así llevar a la muerte en cautiverio a adultos mayores imputados de los mal llamados delitos de lesa humanidad. De ellos quería conocer su forma de dar la mano, su higiene, vestimenta y observar su lenguaje gestual y principalmente ver sus ojos. Como antes mi intención era intentan asomarme a algún oscuro abismo, si es que este existe.
LOS DEPREDADORES
A través de ellos poder intentar saber qué tipo de depredadores humanos son, para llegar a hacer en la función pública lo que hacen, y en la forma que lo hacen. Concretamente me refiero a provocar cobardemente la muerte de terceros, sin conocerlos y sin importarles si estos son culpables o inocentes, engañando inclusive a las víctimas o a sus familiares. Con un aditamento que me resulta sorprendente, y es, que ni se interesan por ver en persona su obra. Clavan sus garras y abandonan los despojos. Simultáneamente en este y en otros casos, verdaderos y posibles responsables quedan en libertad. Lamentablemente quedé defraudado. Como ya expresara no quisieron o no tuvieron el valor para presentarse y en su lugar estuvo el fiscal ANTONIO CASTAÑO, que lo sé honesto pero no muy compenetrado de la causa en la que estoy vilmente imputado. Los presentes resultaron ser funcionarios indiferentes a lo que yo expresaba y a la documentación que entregaba. Muchos años de labor burocrática aislados en sus despachos, definitivamente los moldearon, haciéndolos similares entre sí, y uno pasa a ser nada más que un expediente a veces mal leído. No obstante debo dar casi las gracias por haber sido escuchado y saber a través de las positivas palabras del defensor oficial Doctor GUSTAVO RODRIGUEZ, que “por lo menos tengo la defensa armada para el día del juicio”. Eso sí, todavía faltan 3, 4 o más años para este, y habrá que evaluar si llegaré con raciocinio o vida al mismo. Mientras por estar en prisión, hora tras hora, el tiempo inexorablemente nos es robado ilegalmente.
Claudio Kussman
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 24, 2016
Noticias de nuestro globo
Muerte de migrantes. La Abstención de Estados Unidos sobre los asentamientos israelíes. El Racista, Carl Paladino. El Avión libio. La Carrera de armas nucleares.
Migrantes
Se teme que unas 100 personas podrían haber perecido en dos naufragios frente a la costa de Italia, lo que eleva el número de inmigrantes que -se estima- se han ahogado en el Mar Mediterráneo este año a un récord de 5.000, dijeron el viernes agencias de las Naciones Unidas.
La cuenta de los muertos, mientras trataban de cruzar la vasta extensión de aguas traicioneras para llegar a Europa, se disparó en 2016 a pesar de los cruces mucho menos frecuentes que el año pasado.
En el año 2015, más de un millón de personas cruzaron el océano y cerca de 3.800 murieron durante el viaje, según la Organización Internacional de Migraciones.
En lo que va del año, cerca de 359.000 inmigrantes y refugiados que huyen de las zonas de Oriente Medio y África afectadas por la guerra han llegado a Europa por mar, según cifras de la misma organización. En su mayoría, intentan hacer el cruce entre Libia e Italia.
Abstención Americana
En una medida diplomática sin precedentes, los Estados Unidos se abstuvieron el viernes de una resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que exigía el fin de los asentamientos israelíes.
La resolución fue aprobada 14-0 con una abstención. La votación fue recibida con fuertes aplausos en la repleta sala del Consejo de Seguridad.
La medida exige que Israel “deje de inmediato y completamente todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental”. Declara que el establecimiento de asentamientos por Israel no tiene “validez legal y constituye una violación flagrante en virtud del derecho internacional”.
Al abstenerse, los Estados Unidos rechazaron las peticiones de un veto del presidente electo, Donald Trump, quien, en una medida sin precedentes, logró retrasar la votación al día, ponderando con Egipto, el patrocinador inicial de la resolución.
Avión secuestrado
Dos secuestradores de un avión de pasajeros libio, supuestamente partidarios del difunto líder de ese país, Moammar Gadafi, se rindieron tras desviar el avión Afriqiyah Airways del país de África del Norte a la isla de Malta. Las 118 personas a bordo salieron del avión con seguridad.
El primer ministro de Malta, Joseph Muscat, dijo: “Los secuestradores se rindieron y fueron puestos bajo custodia”. Joseph Muscat dijo que los secuestradores del avión tenían una pistola y una granada de mano.
La televisión estatal de Malta TVM dijo que los dos secuestradores amenazaron con volar el Airbus A320. Todos los vuelos al aeropuerto internacional de Malta fueron desviados inmediatamente después del aterrizaje y los equipos de emergencia, incluyendo negociadores, fueron enviados a la pista del aeropuerto.
El Primer Ministro Muscat dijo que había 111 pasajeros a bordo – 82 varones, 28 mujeres y un bebé- y siete miembros de la tripulación.
Carl Paladino, el racista
El ex candidato a gobernador de Nueva York, Carl Paladino, se enfrenta a una reacción violenta en las redes sociales por un comentario racista sobre la primera dama Michelle Obama.
Paladino, quien fue copresidente honorario de la campaña de Nueva York del presidente electo Donald Trump, fue una de las pocas docenas de prominentes figuras de la ciudad de Buffalo para un reportaje de fin de año sobre sus esperanzas para el 2017.
En respuesta a una pregunta sobre quién debe “irse”, Paladino sugirió que la primera dama debería “volver a ser un hombre” y trasladarse a una cueva africana.
“Me gustaría que (Michelle Obama) volviera a ser un macho y fuera soltada en el interior de la jungla de Zimbabwe, donde viviría cómodamente en una cueva con Maxie, el gorila”, respondió Paladino.
Carrera armamentista
La historia de la carrera de armamentos nucleares entre Estados Unidos y Rusia ganó relevancia esta semana después de que el presidente electo Donald Trump se expresara sobre la expansión de la capacidad nuclear de Estados Unidos y expusiera sus comentarios sobre si estaría dispuesto a permitir otra carrera de armamentos si fuera necesario.
Entre 1945, cuando Estados Unidos lanzó dos bombas atómicas sobre Japón para finalizar la Segunda Guerra Mundial y 1972, cuando se firmó el primer tratado global de reducción de armas nucleares entre los Estados Unidos y la Unión Soviética, ambas naciones emprendieron una carrera para construir, desarrollar y desplegar tantas armas nucleares como sea posible.
Aquí hay algunas preguntas y respuestas sobre la carrera de armamentos, su historia y conclusión:
¿Cuándo comenzó la carrera de armamentos?
Comenzó en 1945, cuando Estados Unidos explotó su primera bomba atómica el 16 de julio en Alamogordo, Nuevo México, después de una masiva campaña de investigación conocida como el Proyecto Manhattan. La exitosa prueba de la bomba llevó a su uso en dos ciudades japonesas en agosto de 1945, Hiroshima y Nagasaki. La Unión Soviética sabía de la labor de Estados Unidos en cuanto a la bomba atómica y comenzó a trabajar en una unidad propia.
¿Cuándo los soviéticos consiguen la bomba?
Los soviéticos hicieron explotar su primera bomba atómica el 29 de agosto de 1949, en sus instalaciones de Semipalatinsk, en lo que ahora es Kazajstán. Los funcionarios estadounidenses, que creían que tendrían un mayor monopolio sobre las armas atómicas, detectaron la explosión soviética el 3 de septiembre, cuando un avión espía que sobrevolaba Siberia divisó señales de material radiactivo en el aire. El presidente Harry Truman le dijo al pueblo estadounidense más tarde ese mes sobre la bomba soviética.
¿Qué es la bomba de hidrógeno?
La bomba termonuclear o de hidrógeno, que algunos de
[/one_half] [one_half_last padding=”0 0 0 30px”]sus desarrolladores llamaron el “Super”, fue utilizada y probada por primera vez sobre el atolón pacífico de Eniwetak el 1 de noviembre de 1952. Los soviéticos explotaron su primera bomba de hidrógeno el 22 de noviembre de 1955. Las bombas de hidrógeno son mucho más potentes que las bombas atómicas y los isótopos fusibles de hidrógeno sirven para crear una explosión más potente.
¿Qué es la destrucción mutuamente asegurada?
Esta fue una política desarrollada durante el gobierno de Kennedy en los años 60, en la cual tanto Estados Unidos como la Unión Soviética serían disuadidos de iniciar una guerra nuclear debido al conocimiento de que cada lado sería destruido por el otro. Ni los Estados Unidos, ni la Unión Soviética podían estar seguros de que el equipo que golpearía primero eliminaría suficientes armas del otro para evitar ser destruido en una cadena de represalias.
¿Cuál fue el pico de la carrera armamentista?
Según el Boletín de Científicos Atómicos, los Estados Unidos tenían 32.040 ojivas nucleares en 1967, mientras que los Soviets alcanzaron un máximo de 45.000 en 1986.
¿Qué tratados frenaron la carrera armamentista?
El 5 de agosto de 1963, los ministros de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos y la Unión Soviética firmaron el Tratado de Prohibición de Pruebas que detuvo los ensayos nucleares en la atmósfera terrestre. El 26 de mayo de 1972, el Presidente Richard Nixon y el líder soviético Leonid Brezhnev firmaron el primer Tratado de Limitación de Armas Estratégicas, que pedía las primeras reducciones en el número de armas nucleares. También se firmó un segundo tratado que limitaba los sistemas de misiles antibalísticos.
¿Qué es la Iniciativa de Defensa Estratégica?
SDI, popularmente conocida como Star Wars, fue propuesta por primera vez por el presidente Ronald Reagan el 23 de marzo de 1983. Solicitó una serie de satélites y misiles terrestres que dispararían los misiles entrantes de la Unión Soviética y otras naciones. Los opositores, entre ellos los soviéticos, creían que desestabilizaría el tratado de misiles antibalísticos de 1972 y alentaron e incentivaron a creer que Estados Unidos podría lanzar un primer ataque contra los soviéticos. Uno de sus principales defensores fue Edward Teller, el científico nuclear que ayudó a desarrollar precisamente la bomba de hidrógeno.
¿Qué hizo Ronald Reagan?
Reagan entró en la Casa Blanca en 1981 después de oponerse a la segunda ronda de conversaciones SALT y hablar muy crudamente sobre la Unión Soviética. Propuso la Iniciativa de Defensa Estratégica y también se refirió a la Unión Soviética como el Imperio del Mal. En 1985, sin embargo, Reagan hablaba abiertamente sobre la eliminación de todas las armas nucleares. Se reunió con el nuevo líder soviético Mikhail Gorbachov en 1985 y 1986 para conversaciones nucleares altamente publicitadas. En diciembre de 1987 firmó un tratado que limitaría los misiles nucleares de corto y mediano alcance. En 1988, los Estados Unidos y la Unión Soviética habían acordado un marco que exigía reducciones drásticas de las armas nucleares. En julio de 1991, el Presidente George H.W. Bush y Gorbachov firmaron el Tratado de Reducción de Armas Estratégicas que bloqueó esas reducciones.
¿Cuál fue el último tratado importante entre los Estados Unidos y Rusia?
El 8 de abril de 2010, el presidente Obama y el presidente ruso Dmitry Medvedev firmaron el nuevo Tratado START en Praga. Pidió el corte de lanzadores estratégicos de misiles nucleares a la mitad y un número total de ojivas nucleares desplegadas a un límite de 1.550. El Senado ratificó el tratado en diciembre de 2010 por una votación de 71-26.
¿Cuántas armas nucleares tienen Estados Unidos y Rusia?
Rusia tiene 7.300 ojivas nucleares, mientras que Estados Unidos tiene 6.970.
¿Dónde se puede aprender más sobre la carrera armamentista?
La fabricación de la bomba atómica por Richard Rhodes es una historia excelente sobre el proyecto de Manhattan y sus consecuencias. La fabricación de la bomba de hidrógeno detalla el trabajo de Teller y de otros para terminar ese proyecto. Comando y control: Las armas nucleares, el accidente de Damasco y la ilusión de la seguridad Eric Schlosser muestra los problemas de mantenimiento de los misiles estadounidenses y los riesgos de una guerra nuclear accidental. Rhodes cerró su trilogía sobre la historia nuclear con Arsenals of Folly: La realización de la carrera de armas nucleares.
[/one_half_last]PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 23, 2016
LAS DEMOCRACIAS
Escribe Luis Bardín.
LAS DEMOCRACIAS
Que Trump y Putín coincidan:
reforzar armamentismo
y ampliar su arsenal nuclear
quizá suene a imperialismo.
Pero ellos miran al mundo
desde muy grandes alturas
viendo profundos abismos
que el resto de los mortales
ni siquiera concebimos.
Desde la cumbre se ven
las cosas más diminutas
pero también lo infinito.
La defensa de los cuerdos
es preparar buen ataque
y disuadir a los locos
antes que hagan disparates.
Saben que llegó la hora,
que ideologías muy locas
inspiran a un terrorismo
que es el brazo ejecutor
de desviada religión
y de ayatholas rodeados
de dólares petrolíferos
que son real amenaza,
que no son un espejismo.
Democracias tolerantes
están algo confundidas
envueltas en un lirismo
de justicia y candidez
de prejuicios y eufemismos,
libertad, libertinaje,
y una dosis de altruismo.
Es bueno gozar de ella
pero a nuestras democracias
también hay que defenderlas
con lucidez y eficacia.
Luis Bardín.
PrisioneroEnArgentina.com
Diciembre 23, 2016