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Cosa Juzgada Irrita

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El diputado de Juntos por el Cambio, UNIR, Alberto Asseff presentó el proyecto que prometió en campaña. Se trata de la introducción en la ley procesal penal de la llamada ‘cosa juzgada írrita’.
Se trata de quitarle firmeza a la cosa juzgada – que cierra toda posibilidad de ser reabierta – cuando la sentencia se sustetara en un proceso enviciado por nulidades flagrantes o arbitrariedad manifiesta. En los fundamentos, Asseff es minucioso. Cita a tratadistas y jurisprudencia. El proyecto es la reiteración del que el legislador había presentado el 23 de marzo de 2015.
Consultado, Asseff dijo que” sabemos que el planteo de la cosa juzgada írrita trae polémica porque limita una de las columnas vertebrales del derecho que es la no revisión de las sentencias definitivas. Empero, hay casos flagrantes que la cosa juzgada no resiste y por ende no puede quedar en pie. Por ejemplo, un fallo judicial sobre enriquecimiento ilícito de un funcionario dictado sin que medie una pericia contable imparcial. Una conclusión no basamentada técnicamente hace caer la sentencia, obligando a reabrir el proceso. Esto ayudará a que los perjuicios patrimoniales que sufre el Estado a raíz de la extendida corrupción no queden impunes y sobre todo se logrará la recuperación de los recursos robados”.
El proyecto fue acompañado por los diputados nacionales Marcela Campagnoli, Gonzalo del Cerro, Gerardo Cipollini y Jorge Enriquez.

Proyecto de ley

El Senado y Cámara de Diputados…

ACCIÓN AUTÓNOMA DE NULIDAD DE COSA JUZGADA IRRITA

ARTÍCULO 1º.- Procedencia: Procederá la acción tendiente a la declaración de nulidad de una sentencia de mérito pasada en autoridad de cosa juzgada, en los siguientes supuestos:

  1. Sentencia que adolece de vicios esenciales, de orden sustancial o interno y/o de orden formal o externo.
  2. Sentencia dictada como consecuencia de un proceso aparente, írrito, simulado o fraudulento; o bien, en el marco de una contienda durante cuyo trámite se han violado los principios del debido proceso y/o el derecho a la efectiva tutela judicial.
  3. Decisorio resultante de uno o varios actos de las partes y/o del tribunal, que hayan sido determinados por vicios de la voluntad o si se hubiera ganado injustamente en virtud de fuerza o engaño, prevaricato, cohecho, exacción ilegal, violencia, temor, intimidación, colusión, disciplina partidaria u otra maquinación fraudulenta
  4. Sentencia basada sobre uno o más errores de Derecho y/o de interpretación judicial.
  5. Sentencia recaída antes de la aparición de un documento u otro medio de prueba decisivo para la resolución de la causa, cuya invocación, ofrecimiento y/o producción por parte del interesado se haya encontrado fuera de sus posibilidades concretas, en el momento procesal correspondiente.
  6. Cuando habiendo sido dictada en base a prueba pericial o a un reconocimiento judicial, se comprobare posteriormente la falsedad, prevaricato o adulteración.
  7. Sentencia cuya ejecución provoca una situación de grave injusticia.
  8. Decisorio que adquirió firmeza y pasó en autoridad de cosa juzgada por temor o amedrentamiento del representante del ministerio público que se hallaba facultado para impugnar la sentencia y no lo hizo o no mantuvo el recurso en la alzada.
  9. Lo dispuesto en el inciso precedente, es extensivo a los letrados patrocinantes o defensores de oficio o particular, que omitieron por intimidación o presión recurrir la sentencia que dio lugar a la cosa juzgada írrita.
  10. Para la procedencia de la presente acción deberá verificarse, además, la existencia de un daño, derivado de la sentencia que se pretende nulificar, en virtud de una relación de causalidad adecuada.

ARTÍCULO 2º.- Criterio de aplicación: La apreciación judicial sobre la procedencia de la acción se realizará con criterio restrictivo. No será admisible esta acción cuando se invocaren vicios en el trámite procesal, errores de juzgamiento o, en general, cualquier agravio cuya subsanación debió procurarse a través de las vías recursivas pertinentes; siempre y cuando la parte afectada haya contado con la efectiva posibilidad de utilizar dichos remedios procesales.

El recurso será desestimado si la parte perjudicada no advirtió el defecto por su culpa, ni podrá argumentar su procedencia en transgresión a la doctrina de los actos propios.

ARTÍCULO 3º.- Legitimación: Estarán legitimados para deducir la presente acción, las partes afectadas, sus sucesores, cónyuges, concubinos, ascendientes, descendientes, tutor, curador, terceros perjudicados e, incluso, el Ministerio Público, cuando se hallaren involucrados intereses cuya defensa resultare de su incumbencia.

ARTÍCULO 4º.- Competencia y trámite: La acción de nulidad aquí prevista reviste carácter autónomo. Debe promoverse ante el mismo tribunal que dictó la sentencia írrita, salvo en aquellos supuestos en los cuales la buena fe del juzgador haya sido puesta en tela de juicio o hubiere quedado demostrado el dolo del judicante o de sus subordinados del tribunal.

El proceso respectivo tramitará como juicio ordinario; debiéndose asegurar, durante el desarrollo de la causa, la plena cognición.

A estos fines podrán practicarse todas cuantas pruebas se consideren necesarias para el esclarecimiento de los hechos controvertidos en la causa, anticipándose aquéllas que por circunstancias especiales pudieran luego dificultar y hasta hacer imposible la sentencia firme, base de la acción autónoma.

ARTÍCULO 5º.- Plazo: La acción deberá interponerse dentro de los cinco años contados desde que la resolución haya quedado firme y dentro de los seis meses desde que se conocieron los vicios.

ARTÍCULO 6º.- Onus probandi: La carga de la prueba está a cargo del promotor de la presente acción, a quien corresponderá demostrar la causal de la nulidad de la sentencia atacada, el perjuicio que ha sufrido en virtud de la misma y la relación causal correspondiente.

ARTÍCULO 7º.- Sujeto pasivo: El sujeto pasivo de la presente acción contra la cosa juzgada írrita, será determinado por la persona que originó la causal de nulidad invocada por el accionante. Cuando dicha causal haya sido originada por una o ambas partes del proceso; o bien, por los peritos intervinientes en el mismo u otros terceros; la acción de nulidad deberá ser dirigida en contra de aquéllas, según corresponda. En cambio, si la causal de nulidad proviniere del tribunal actuante; sea del magistrado a cargo del mismo o de alguno de sus funcionarios o empleados; se deberá demandar, mediante la presente acción, al Estado nacional.

ARTÍCULO 8º.- Suspensión de la ejecución de la sentencia: La interposición de la acción aquí dispuesta, por sí sola, no suspende la ejecución de la sentencia atacada por la misma. Sin perjuicio de ello, resultan plenamente aplicables a los juicios respectivos, las normas vigentes en materia de medidas cautelares. En supuestos excepcionales en que de los elementos allegados al proceso surja certeza suficiente de las razones invocadas por el accionante, el tribunal, con caución bastante, podrá disponer la suspensión de la ejecución de la sentencia objetada

ARTÍCULO 9º.- Prioridad: En consideración a la gravedad de los intereses institucionales y sociales comprometidos, el juez o tribunal interviniente deberá:

  1. Otorgar trámite preferencial a estos juicios. En tal sentido, los priorizará a efectos de designación de audiencias, dictado de resolución, etc.
  2. Impulsar su trámite con la mayor intensidad posible, procurando la más rápida dilucidación del litigio.

La sentencia estimatoria de la demanda producirá los efectos que la legislación general atribuye a la invalidación de los actos jurídicos.

ARTÍCULO 10º.- Efectos: La pretensión anulatoria se circunscribe exclusivamente a dejar sin efecto la sentencia írrita y las etapas y actuaciones del proceso judicial respectivo que en cada caso correspondan. Una vez obtenido dicho pronunciamiento, se deberá dictar una nueva decisión jurisdiccional respecto de la pretensión originariamente planteada.

ARTICULO 11°.- Laudos arbitrales: Igualmente procederá esta acción contra laudos arbitrales, siempre que concurran algunas de las circunstancias siguientes: 1. Cuando hubieren recaído en virtud de instrumento que, al tiempo de dictarse, se ignorase por el impugnante que estuvieren reconocidos o declarados falsos o que se reconocieren o declarasen falsos después del laudo. 2. Cuando se hubieren dictado en virtud de prueba testimonial y la declaración prestada por alguno de los testigos que hubiese tenido importancia para la sentencia, haya sido motivo de condena posterior por falso testimonio.

ARTÍCULO 12°.- Comunicación: Junto con el primer proveído dictado por el juez o tribunal ante quien se sustanciare la Acción Autónoma de Nulidad de Cosa Juzgada Írrita; se deberá comunicar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación la apertura del trámite de dicha acción, a efectos de su registración en la Secretaría de Auditores Judiciales y el contralor del procedimiento que podrán ejercitar los señores ministros.

ARTICULO 13°.- La Acción Autónoma de Nulidad de Cosa Juzgada Irrita podrá ser interpuesta contra sentencias dictadas en primera o segunda instancia (tribunales colegiados o unipersonales) o de casación, que hubieren adquirido firmeza y pasado en autoridad de cosa juzgada, en cualquiera de los fueros federales y nacionales.

ARTICULO 14°.- La Acción Autónoma de Nulidad de Cosa Juzgada Írrita es improcedente e inhábil contra sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

ARTÍCULO 15°.- La presente acción podrá ser interpuesta asimismo cuando estén sufriendo condena dos o más personas, en virtud de sentencias contradictorias, por un mismo delito que no haya podido ser cometido más que por una sola; o cuando esté sufriendo condena alguno como autor, cómplice o encubridor del homicidio de una persona cuya existencia se acredite después de la condena.

También es procedente cuando después de la sentencia sobrevenga el conocimiento de nuevos hechos o de nuevos elementos de prueba, de tal naturaleza que evidencien la inocencia del condenado.

ARTICULO 16°.- La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 17º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

Alberto Asseff

Diputado Nacional

Marcela Campagnoli           Gonzalo del Cerro         Gerardo Cipollini

Diputada Nacional               Diputado Nacional         Diputado Nacional

                Jorge Enriquez

                 Diputado Nacional

 

 

FUNDAMENTOS

Señor presidente,

 

El presente proyecto cuenta con el antecedente del año 2015, bajo el expediente 1155-D-2015, con fecha 23 de marzo, presentado ante esta Honorable Cámara.

 

La norma que estamos trayendo a conocimiento de la H. Cámara importa sortear una laguna del Derecho, cuya legislación positiva se ha demandado desde largo tiempo atrás, a la que definiremos como: una acción procesal, autónoma, a tramitarse por un proceso de conocimiento, cuya pretensión importe un ataque directo a una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, la que ha sido obtenida a partir de un procedimiento enfrentado con sus propios principios, o bien con la utilización de vicios en la voluntad, provocados éstos, por las partes, por el órgano jurisdiccional o bien por terceros; defectos que dañan, tanto a terceros, como a las mismas partes del proceso (cfr. Jorge Enrique Verna, “La acción autónoma de nulidad por cosa juzgada fraudulenta” en: Lex Fori, Nro 4, año 2000).

Es necesario precisar el concepto de írrito y así recurriendo a la Real Academia Española, entendemos por tal: írrito, ta (Del lat. irrĭtus, no válido). 1. adj. Der. p. us. Inválido, nulo, sin fuerza ni obligación.

Introito

Luego de un análisis detenido de la eminente doctrina (1) que hasta el día de hoy se ha ocupado de los carriles de impugnación de las sentencias firmes, hemos de concluir en que existen algunos puntos sobre los cuales sería baladí continuar la discusión. La ya clásica obra de Hitters, puso, a nuestro humilde modo de ver, un brillante punto final a muchos de los interrogantes que otrora se formularan respecto de la acción de revisión.

Es una realidad que debe ser aceptada como punto de partida para el estudio del ordenamiento jurídico (vigente -lege lata- o propuesto como opción superadora -lege ferenda-), la premisa que el derecho, en la gran mayoría de las situaciones, no es más que la opción por el mal menor (2).

Desde hace mucho tiempo, se ha renunciado a la noción de un ordenamiento perfecto, que satisfaga la totalidad de las demandas de la sociedad en la totalidad de las situaciones posibles. Tal derecho nunca existió (o al menos el hombre nunca lo conoció) ni va a existir. Menos aún mientras la sociedad se encuentre en un cambio constante y cada vez más vertiginoso.

Es por ello que, en toda decisión de política jurídica, el operador del caso se enfrentará a situaciones que distarán en mucho de tener la claridad necesaria para poder inclinarse en uno u otro sentido, con la seguridad de haber tomado el camino correcto.

Y es esto lo que ocurre respecto de la institución de la revisión de la cosa juzgada. En primer lugar, al legislador, al momento de regular o no la acción revocatoria de decisorios firmes (y en el primer caso de qué manera), se le presenta un panorama dominado por la oposición de dos fuertes valores que deberá equilibrar debidamente: la justicia y la seguridad jurídica (3). No menor es la inquietud que sobrevendrá al juez, el que no sólo se encontrará frente a la mencionada dicotomía dikelógica, sino que, además, deberá sortear, de decidirse por contentar la justicia del caso, la laguna legal existente en este punto en los ámbitos de la nación y de varias provincias (entre ellas la de Buenos Aires).

Axiología

Ahora bien, previamente a mostrar las soluciones adoptadas respecto de la materia objeto de nuestra iniciativa, abordaremos la problemática de los valores que juegan alrededor del instituto núcleo de nuestro proyecto de ley (la revisión de la res judicata).

No se nos oculta que ésta es una cuestión abarcada por la casi totalidad de los autores que pusieron su atención en este medio impugnativo. No obstante ello, consideramos necesario su replanteo porque a nuestro criterio es errónea la terminología y conceptualización con que se viene tratando el debate axiológico en este punto.

Tradicionalmente, la doctrina y jurisprudencia consideran que en el ámbito de la acción nulificante de las sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada, se verifican dos valores que, para algunos son antitéticos (López de Oñate (4), y para otros deben ser coordinados o complementados (Hitters (5). Ellos son: la justicia y la seguridad. Lo que se sostiene, en definitiva, es que la opción debe encontrarse en el justo medio entre ambos extremos valorativos. Como sentencia Hitters: “… ni una cosa juzgada con toques de divinidad, de carácter infalible e indiscutible, ni una total posibilidad de revisión, sin límites de tiempo y de motivos”.

Ahora bien, ¿justicia y seguridad son dos valores que se encuentran en un mismo rango dentro del plexo axiológico como para que puedan ser contrapuestos (López de Oñate) o compatibilizados (Hitters)? Es aquí donde retomamos la afirmación vertida ut supra en cuanto consideramos inadecuada, por un lado la utilización de los términos, y, por el otro, la construcción conceptual “Seguridad vs. Justicia”.

A nuestro criterio es más acertada la contraposición “Seguridad vs. Verdad objetiva o Verdad material”. Esto es así en virtud de que no es la Justicia -puntal supremo que todo ordenamiento pretende tutelar- el valor que se contrapone a la Seguridad jurídica en el ámbito de la revisión de la res judicata. La necesidad de certeza se opone a la constante pretensión de conocer la verdad material, pero ambos son subvalores o valores subordinados a la áurea aspiración suprema de la Justicia. Para expresarlo gráficamente: la justicia no debe ser colocada en el platillo opuesto al de la seguridad jurídica en la balanza axiológica. En él debe ser puesto el valor “verdad material”. La justicia, en conclusión es la balanza misma y no el contenido de uno de sus platos.

La seguridad, por lo tanto, no es un valor externo a aquélla, que se le oponga o deba ser compatibilizado con ella. Como sostuvo Ibáñez Frocham, “sin seguridad no hay justicia”(6). No sería un ordenamiento justo el que no brinde cierto grado de certeza a las decisiones, sin el cual sería ilusorio alcanzar una verdadera paz social. Tampoco lo sería uno que desatienda la verdad objetiva de los hechos ocurridos.

Es nuestra propuesta, adelantando la conclusión, que dejen de oponerse extremos inoponibles. En la posibilidad de revisión de sentencias firmes las valoraciones en pugna son Seguridad vs. Verdad material, ambas inmersas en el supremo concepto de Justicia.

Naturaleza jurídica

Comenzaremos desde aquí a revelar algunas de las incógnitas que aún se plantean alrededor de la figura en estudio. La actualidad de estas dudas queda probada por su planteo como tales en el XX Congreso Nacional de Derecho Procesal celebrado en San Martín de los Andes en octubre de 1999 (7).

Un tema debatido desde los inicios del tratamiento de la revocación de la cosa juzgada es el de su naturaleza jurídica. La clásica disyuntiva se presenta en estos términos: ¿es el instituto de marras una acción autónoma propia del derecho común; es un recurso; ¿o es un tercer género, un remedio excepcional?

Su calificación como recurso no resiste un mayor análisis técnico. La sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, por definición, es aquella cuyos efectos han adquirido una inmutabilidad tal que son insusceptibles de ser alterados por recurso alguno. En consecuencia, si la res judicata es inmodificable por vía recursiva, difícilmente podríamos calificar a su revisión como un “recurso” propiamente dicho.

La mayoría de los autores se inclinan por considerar al instituto bajo análisis como una acción (o más propiamente una pretensión) autónoma, cuya incoación implicaría el inicio de una nueva instancia con un nuevo objeto distinto al del proceso original (8). No cabe reiterar aquí el completo estudio del panorama doctrinario realizado por Hitters en su ya mencionada obra, a la cual remitimos para no vulnerar las pautas que fijáramos en el inicio del presente trabajo.

Sin embargo, en algunas de las provincias en las que la revisión se encuentra normada expresamente, como por ejemplo la de Córdoba (9), sigue previéndosela como “recurso” y no como acción autónoma. Por eso cabe decir que en la regulación de este instituto el legislador muchas veces se ha guiado más por necesidades prácticas que por la pureza técnica (10). No obstante, ello no impone al estudioso del derecho procesal variar las conclusiones a las que arribara respecto de la ontología de la acción impugnativa de sentencias firmes.

Como una tercera posición, encontramos la opinión de Guasp (11) y de Schönke (12), quienes prefieren asignar a este instituto la calidad de “remedio excepcional”. Dicha posición surge de la imposibilidad, que denuncian tales autores, de inclinarse definitivamente en uno u otro de los extremos en pugna, ya que el medio rescisorio bajo análisis posee cualidades propias de ambos. Por ello es que Pontes de Miranda, compartiendo en parte esta postura, se refiere a la revisión como una “acción vestida de recurso”(13) o recurso con ropajes de acción.

Esta última nos parece la postura más acertada. Concuerda, además, con la teoría general de los medios de impugnación. Recordemos que, de acuerdo a ella, los mencionados mecanismos pueden ser clasificados inicialmente en medios impugnativos propios del derecho de fondo (vg., acciones de nulidad) y medios impugnativos procesales (o remedios) (14). Entre estos últimos encontramos la vía incidental, la senda recursiva propiamente dicha y, por último, la revisión de la cosa juzgada.

Esta, por las razones ya expuestas, queda fuera del concepto de recurso, pero ello no la expulsa del género “remedios”.

Es, en resumen, uno de ellos. Uno muy particular, por contener, como ya dijimos, cualidades propias de los recursos (vg., causales taxativas de procedencia) y otras que lo asemejan a la pretensión autónoma (vg., distinto objeto y causa).

Causales.

La determinación de los motivos legales que dan andamiento a la posibilidad de impugnar sentencias firmes, es un punto clave en esta problemática. Es, además, un asunto respecto del cual tanto la doctrina, como las legislaciones (nacionales y extranjeras) y la jurisprudencia, aún no han dado un corte definitivo.

Hace ya más de treinta años Hitters (15) ensayaba una síntesis de enunciación de los presupuestos hábiles para fundar esta acción. Esta enumeración satisface plenamente, a nuestro modo de ver -y con esto adelantamos conclusiones-, las necesidades del instituto de la revisión. El deseo por acceder a la verdad material, pero también la taxatividad y excepcionalidad propias de este remedio, encontraba en la mencionada obra su correcto lugar. Sin embargo, distintos fallos -a veces para cumplir con elementales postulados de justicia- y ciertas legislaciones y proyectos, ampliaron el espectro de la senda impugnativa en estudio.

Doctrina de la Corte Suprema

Ya en 1971 con el caso “Campbell Davidson” (La Ley, 142-296) la Corte Suprema de la Nación fijaba su doctrina definitiva al respecto, postura ya anticipada en los autos “Tibold” (1962) (La Ley, 110-363), y más tarde confirmada en “Bemberg” (1971) (La Ley, 150-593) y “Atlántida” (1972). En ellos, el Supremo Tribunal ha dicho que “la institución de la cosa juzgada, como todas las instituciones legales, debe organizarse sobre bases compatibles con los derechos y garantías constitucionales…”. Y sobre el tema específico de las causales que autorizan su revisión expresó: “no a toda sentencia judicial puede reconocérsele fuerza de resolución inmutable, sino sólo a aquéllas que han sido precedidas de un proceso contradictorio, en el que el vencido haya tenido adecuada y sustancial oportunidad de audiencia y de prueba” (el destacado es nuestro).

Son estos los pilares sobre los que el máximo órgano jurisdiccional del país asienta su llamada doctrina de la “inmutabilidad relativa de la cosa juzgada”.

Esto es, que la sentencia que convalida una estafa procesal, o que no es consecuencia de un juicio regular (debido proceso) fallado libremente por los jueces, no tiene efectos inmodificables y es susceptible, por lo tanto, de revisión ulterior. A tales fines, la falta de regulación ritual específica no es óbice para que el órgano jurisdiccional disponga la revisión de sentencias firmes (doctr. CS in re: “Campbell Davidson”).

Ahora bien, tal cual surge de la breve reseña ensayada, la Corte ha establecido los grandes lineamientos que fundamentan la acción bajo análisis. En ningún momento enumera las motivaciones específicas que la autorizarían. No va esta afirmación como crítica, ya que aquélla no es un órgano legislativo. No es su función regular los derechos de las personas, sino de resolver controversias atendiendo a la justicia del caso. Y esta última meta ha sido cumplida por la mencionada doctrina de la inmutabilidad relativa de la res judicata, cuya flexibilidad ha permitido a los justiciables contar con una herramienta adecuada para eludir los perniciosos efectos del fraude procesal.

Caracterización de los vicios

Por lo tanto, una vez convalidada por el Supremo Tribunal la procedencia de la revisión de fallos firmes, surge la necesidad de trazar los límites que contornean dicha institución. La cosa juzgada es una necesidad primordial de nuestro sistema jurídico, por más que consista en una imposición de orden práctico o político, más que de razón natural. Por ello, la posibilidad de su impugnación debe darse con carácter de excepción. Por esta razón, compartimos la elaboración doctrinaria ya esbozada por Guasp y otros autores extranjeros, y, en nuestro país por Hitters, en el sentido que “no podrá utilizarse este remedio para superar deficiencias de procedimiento aparecidas durante la tramitación de la causa o errores de criterio que puede contener la decisión”(16). Se cierra así una primera compuerta a las causales que hacen admisible la revisión: ningún vicio inmanente o propio del juicio autoriza este canal, sea que se trate de un error de los tradicionalmente denominados in procedendo, o por el contrario sea in iudicando. Para que se pueda atacar una providencia pasada en autoridad de cosa juzgada debe invocarse un hecho heterónomo o externo al proceso.

Pero esta cualidad, si bien es necesaria, no es suficiente. El vicio alegado deberá, además, cumplir otro requisito: ser una verdadera novedad con respecto al anterior proceso cuya sentencia se trata de enervar. Este novum puede ser, como es sabido, de dos clases: de existencia (el hecho esgrimido no existía con anterioridad a la sentencia impugnada; v.g., la condena por falso testimonio del testigo de la causa) o de conocimiento (el hecho no era conocido en ese entonces; v.g., la existencia de documentos indispensables o la declaración de falsedad de instrumentos utilizados en el proceso previo).

Cabe aclarar que esta última clase de novedad tiene que cumplir aún con un requisito más: la inculpabilidad del desconocimiento por parte de quien lo alega. La revisión no podrá ser invocada para superar la negligencia de la parte durante el pleito (17).

Por todo lo expuesto, cabe concluir que los motivos legales que autorizan la acción autónoma de nulidad de la cosa juzgada deben caracterizarse por ser vicios sustanciales de los actos procesales, que sean trascendentes, externos o heterónomos al proceso; y que, además, impliquen una novedad (nova facti o nova reperta), con respecto al proceso original (18).

En consecuencia, debe quedar al margen de este remedio toda causal que no cumpla los mencionados requisitos. Para mencionar sólo algunos de los que inapropiadamente se han incluido en las legislaciones: “violación literal de la ley”, “violación de la autoridad de la cosa juzgada”, “que la resolución hubiera recaído sobre cosas no demandadas”, “que la sentencia contenga disposiciones contradictorias”, “que haya recaído sobre persona distinta de aquella contra la cual se interpuso la demanda”, “que haya sido dictada con violación de las formas y solemnidades prescriptas para el procedimiento o la sentencia”. De la misma lectura de estos vicios surge su falta de correlación con las cualidades que deben poseer las causales “puras” de revisión. Es de desear que esta imperfección técnica (aunque a veces responda a necesidades prácticas) sea remediada, extirpándose estas enunciaciones del ámbito del instituto en estudio, para colocarlos donde correspondan por su naturaleza (apelación, casación, incidente de nulidad).

¿Causales abiertas o cerradas?

Ahora bien, satisfecha la caracterización de las motivaciones que autorizan la procedencia del instituto de marras, debemos dilucidar una segunda cuestión: ¿deben las causales ser abiertas o cerradas? Es decir, ante una eventual regulación de la revisión (o ante una reforma en el caso de las provincias que ya tienen normado este remedio), ¿tiene que preverse una enumeración numerus clausus (taxativa) o establecerse una causal genérica que contenga los requisitos ya examinados (heteronomía, novum procesal)?

Sobre este interrogante se han planteado posturas opuestas y, como es costumbre en estos casos, una ecléctica. Para algunos, un enunciado genérico de motivos atentaría contra la seguridad jurídica, la que, pese a no ser un postulado férreo e intangible, tampoco puede ser enervada de tal modo que ningún derecho pueda ser considerado finalmente adquirido. Esta parece ser la opinión de Hitters, de acuerdo con el proyecto antes mencionado (19) (transcripto, en su parte pertinente, en la nota 14).

Otros proyectos y jornadas se han expedido sobre la conveniencia de adoptar un presupuesto genérico de procedencia. Es el caso del proyecto de Couture (20), el cual dispone: “Podrá pedirse aún después de finalizado el proceso la anulación de los actos realizados mediante dolo, fraude o colusión”. Idéntica redacción se observa en la ponencia presentada por el Instituto de derecho procesal de La Plata en las Jornadas de San Isidro. Las conclusiones de estas Jornadas mostraban una suma de las dos posiciones en pugna. Es decir, se preveía en el proyectado art. 690 el precepto abarcativo mentado por el maestro uruguayo (doctrina amplia), mientras que en el 690 bis se enunciaban los supuestos de hechos nuevos no configurativos de dolo o fraude (doctrina restrictiva) (21).

Una posición ecléctica es sostenida por Maurino (22) en su ponencia presentada en el XX Congreso de Derecho Procesal San Martín de los Andes. En ella, dicho autor propone el arribo a lo que denomina un “justo medio” entre las opiniones existentes, evitando así, por un lado, el riesgo de la inseguridad que implica la adopción plena de la “postura abierta”, y por el otro, la clausura (que traería aparejada la inclinación por la “postura cerrada”) de la posibilidad de evolución del instituto a través de la necesaria casuística jurisprudencial.

A tal fin, propone la adopción, al final de la enumeración de las causales de procedencia, una cláusula que la haga viable “en todos aquellos casos en que la sentencia transitada en autoridad de cosa juzgada, padezca una anomalía procesal grave, de naturaleza intrínseca o sustancial, trascendente al proceso. La interpretación de estas situaciones jurídicas no enumeradas será restrictiva y el juzgador en la duda deberá abstenerse de declarar la anulación de la cosa juzgada”.

Debemos también realizar aquí una reseña insoslayable respecto de un proyecto que por su actualidad y autoridad ha renovado la discusión, entre otros asuntos, sobre la revisión de la cosa juzgada. Nos referimos al Proyecto de Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires (autores: Morello-Arazi- Kaminker). Respecto de los presupuestos legales para el andamiento del instituto, dicho esbozo establece: “Art. 691. Procederá la acción tendiente a la declaración de nulidad de sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada, si se satisfacen los siguientes requisitos:

1) que aquélla adolezca de vicios esenciales, tales como haber sido culminación de un proceso aparente o írrito, simulado o fraudulento, resultar de actividades que hayan determinado vicios de la voluntad u otros sustanciales. 2) Que exista interés actual en la declaración de nulidad”. Se deduce de la simple lectura de esta disposición, la concreta adopción de la postura amplia o abierta respecto de las causales de procedencia. Pero en el art. 692 se limita la extensión de la norma recién transcripta, aproximando el sistema hacia una postura ecléctica. En aquél se expresa: “art. 692 (Criterios de aplicación). La apreciación sobre la procedencia de la acción se realizará con criterio estricto. En tal sentido, no será admisible esta acción cuando se invocaren vicios en la actividad procesal, errores de juzgamiento o en general, aquellos agravios cuya corrección debió procurarse a través de los incidentes o recursos pertinentes”.

Creemos, para concluir, necesario establecer ciertas limitaciones a la viabilidad de la acción en estudio. Sabido es que los propósitos de quienes sostienen la apertura de las causales de procedencia son loables, ya que pretenden otorgarle al juez una herramienta para que en ningún caso deje de satisfacerse la justicia del caso concreto. Pero debe tenerse presente que el remedio bajo análisis no debe perder su ínsita condición de excepcionalidad. No debe hacerse de la revisión un canal masivo de impugnación, ya que de lo contrario, estaríamos provocando un mal mayor que el que pretendimos solucionar.

Juez competente

La definición sobre el órgano que debe ser considerado competente para resolver la impugnación de sentencias firmes es trascendente no sólo para conocer con precisión ante quién se deberá interponer la demanda rescisoria. La inclinación hacia una u otra de las posturas que veremos enseguida acarreará efectos en principio insospechados. Será necesario, por lo tanto, complementar las nociones técnicas con principios prácticos para arribar a una solución satisfactoria.

Las respuestas que se han ensayado al interrogante de este parágrafo no han sido coincidentes. Por el contrario, han conformado un abanico de opciones: para algunos debe ser el mismo tribunal que conoció en el juicio originario (salvo obviamente dolo del juez); para otros debe conocer el superior tribunal de cada provincia; y para unos terceros debe entender el juez de primera instancia que corresponda según el turno y las reglas generales de la competencia. Veamos cada una de ellas según el doble punto de vista (dogmático y práctico) a que nos refiriéramos en el párrafo anterior.

El mismo juez

Quienes asumen la primera postura, alegan, como fundamento jurídico, la conexidad existente entre el juicio originario y el de revisión y como fundamento práctico, los principios de economía e inmediación procesales. Analicemos estos dos aspectos.

En primer lugar, ¿existe conexidad entre el proceso inicial y el abierto para enervar la cosa juzgada generada en aquél? Recordemos que para que se dé tal situación, debe existir una correlación sea en la causa, sea en el objeto, o sea en ambos a la vez. O sea cuando, respectivamente, “se invoque como fundamento de ‘las pretensiones’ una misma relación jurídica o una misma situación de hecho o cuando medie coincidencia respecto de la clase de pronunciamiento que se pide (objeto inmediato) y la cosa, hecho o relación jurídica sobre que dicho pronunciamiento debe versar (objeto mediato)” (23). De acuerdo a esto, no creemos que exista suficiente vínculo entre los elementos objetivos del proceso original y del proceso revisorio, como para justificar las afirmaciones de quienes sostienen esta postura. En el mismo sentido, Peyrano, abjurando de su anterior opinión favorable a otorgar competencia al mismo juez que entendió en el primer proceso, expresa: “…creemos que sólo resta aplicar en cada caso las normas generales de la competencia que surgen de los distintos códigos procesales.

Pensamos que es tanta la autonomía e independencia que median entre el “proceso impugnado” y el “proceso impugnatorio” que no pueden alegarse razones de conexidad entre los mismos y menos de inmediación” (el destacado es nuestro).

En segundo término, ¿son reales las alegaciones de economía procesal e inmediación que se adjudican a esta solución? Sostienen los partidarios de la postura en análisis que sería disvalioso por reiterativo y redundante, reiterar el conocimiento de la misma situación ante otro magistrado. Las razones de economía de trámite pueden, a nuestro entender, ser satisfechas con la traslación, al proceso de revisión llevado ante otro juez, del material probatorio producido en el juicio inicial. Así, se evitaría el dispendio jurisdiccional. Las argumentaciones inspiradas en el principio de inmediación son, a nuestro entender, francamente insuficientes. El juez, de acuerdo a esta visión, por haber conocido de la cuestión original, tiene un contacto más próximo con el instrumental recogido durante su sustanciación. Pero ni bien nos detenemos en esta formulación, observamos que ella cae por su punto de partida.

El hecho que el magistrado ya haya entendido en el juicio primigenio, implica que otorgarle competencia para su revisión convalidaría un doble juzgamiento de la cuestión, situación que se opone a la garantía de juez imparcial. Aquél no estaría ya prejuzgando; peor aún, estaría juzgando nuevamente.

Por último, de más está repetir que la opinión que reseñamos sería insostenible en el caso en que el vicio alegado sea la actitud dolosa del juzgador. En este punto está conteste la doctrina por el más elemental sentido común.

El Superior Tribunal de cada provincia

Quienes apoyan esta corriente se basan principalmente en dos argumentos, ambos de orden práctico más que jurídico. El primero, la autoridad y respeto que gozan dichos órganos; el segundo, la inexistencia de recursos contra la resolución final. Veamos.

La primera de las razones expuestas lleva consigo la creencia de que los tribunales inferiores son incapaces para aplicar una institución novedosa y atrevida como es la revisión. Cabe resaltar que de prosperar ésta, el juez de primera instancia se vería en gran cantidad de casos ante la situación de tener que anular sentencias dictadas por órganos superiores a él en el orden jerárquico.

Se dice que ante tal perspectiva, “temblaría el pulso” del juzgador. Por ello, debería otorgarse la competencia a quien tenga la jerarquía, respeto y autoridad suficientes. Y nadie cumple mejor estos requisitos que las cortes supremas de los estados provinciales.

El segundo argumento tiene íntimo contacto con el principio de celeridad procesal. Al otorgársele a los tribunales superiores la competencia para entender en la pretensión en estudio, se estaría garantizando la inapelabilidad de la resolución, dándose así por fin, solución definitiva a la cuestión. Pero si bien esto puede ser cierto, el abarrotamiento de causas que sufren dichos tribunales, conspira con esta opinión.

Estos desarrollos son, aparentemente, los que fundamentan las soluciones adoptadas al respecto por casi todas las provincias que han regulado el recurso contra la cosa juzgada írrita: Córdoba, La Rioja, Mendoza, Corrientes, Chaco y Tierra del Fuego (sólo San Juan establece una solución contraria a esta tendencia).

Reglas generales de la competencia

Quienes se inclinan hacia esta posición se muestran decididamente partidarios de la naturaleza de acción autónoma respecto del instituto de la revisión de la cosa juzgada.

Dirigiéndose ésta a anular un acto jurídico (como es la sentencia), de la misma manera que lo haría respecto de cualquier otro negocio del derecho común, no puede otorgarse competencia a otro órgano que no sea el adecuado para decidir toda acción nulificante. Y este órgano es el determinado por las reglas generales previstas en los códigos procesales (24) teniendo en cuenta el turno.

Vemos que en esta toma de posición existe una coherencia con la ontología de la institución. Reiteramos, a riesgo de sonar reiterativos: si el medio impugnativo en estudio es una acción autónoma de nulidad, es de toda lógica que su saneamiento se intente a través de los medios ordinarios destinados a tales fines. Ésta es la opinión de Peyrano (25), que nos parece la más adecuada técnicamente. También la sostiene, aunque con ciertas dubitaciones que lo aproximan a una postura ecléctica, Levitán, quien afirma: “La acción autónoma no es un incidente del proceso; luego, éste no ejerce fuero de atracción en relación a la demanda de revocatoria o nulidad.

Corresponde por consiguiente iniciar un nuevo juicio contra el proceso fraudulento, que se entabla ante el juez del domicilio del demandado, teniendo presente el turno.

No obstante, el demandante tiene derecho a pedir que radique el nuevo juicio en el mismo juzgado en que se tramitó el anterior, por la conexidad de causa y de hechos, si fuere del mismo departamento judicial”(26).

Sabemos que puede criticarse a este parecer el peligro que significa la reiteración de instancias con la consiguiente extensión de la duración del pleito, el que prácticamente no tendría fin. Pero ello puede ser limitado mediante una regulación adecuada que ponga vallas a la apelabilidad de las resoluciones finales de estos órganos.

Legitimación

Ya Calamandrei advertía la necesidad de la existencia de determinados requisitos que hacen a la fundabilidad del recurso de revisión, a los que el maestro italiano denominaba “condiciones sustanciales”. Esto significa que la inexistencia de los mismos provocaría el rechazo de la pretensión por considerársela infundada. Se distinguen así estos requerimientos de las meras exigencias formales, ya que la inobservancia de éstas acarrearía la inadmisibilidad de la queja (concepto distinto, como se sabe, al de improcedencia o infundabilidad).

Estas “condiciones sustanciales” son: la exigencia de un motivo legal, la legitimación e interés para recurrir y la observancia del plazo. La primera de ellas ya ha sido analizada (27) y la tercera se verá más adelante. Por lo tanto, nos haremos cargo en este parágrafo de la segunda exigencia, es decir, de la legitimación para impugnar una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

La respuesta a este punto está, puede decirse, consensuada por la doctrina que se ha ocupado del tema en el campo civil. En principio, como es de toda lógica, serán las partes que han intervenido en el proceso inicial, siempre que demuestren un interés personal y directo en la enervación de la sentencia firme, las autorizadas a incoar esta pretensión. El concepto de parte comprenderá a sus sucesores universales y a los intervinientes en las mismas condiciones.

¿Y los terceros? ¿pueden quienes no han sido parte litigante en el pleito pretender la nulidad de la resolución que le pone fin a aquél? La contestación no puede dar lugar a dudas. Debemos inclinarnos por la afirmativa. Recordemos que la revisión es una institución que tiene como finalidad principal destruir los efectos del fraude procesal, el cual puede cometerse por una de las partes contra la otra, o por ambas en perjuicio de un tercero.

De darse este último supuesto, debe el ordenamiento otorgar una herramienta eficaz al damnificado. Couture, con su acostumbrada claridad, sentencia respecto de este caso: “¿qué diferencia existe entre una ejecución realizada con ánimo de disminuir el patrimonio del deudor y la enajenación dolosa que da mérito a la acción pauliana? Sólo diferencias de forma y no de fondo. Una envoltura de carácter procesal, preparada casi siempre con la finalidad de asegurar la eficacia del fraude, separa una misión de otra” (28).

Es por ello que no debe hesitarse a la hora de definir la legitimación del tercero perjudicado por una maniobra dolosa con ropajes procesales. En este mismo sentido se inclinan los proyectos de distinguidos autores: el anteproyecto de Bibiloni (de reformas al Código Civil), (art. 4°); el proyecto de la comisión reformadora de 1936 (art. 302); el de Couture (art. 507); el proyecto presentado en la ponencia expuesta en las Jornadas de San Isidro por el Instituto de derecho procesal de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata; entre otros.

Cabe concluir, por lo tanto, que son titulares de la acción de nulidad de la res judicata todos los que han sido perjudicados por la sentencia viciada por dolo, fraude o colusión, sea que hayan sido ellos partes en el anterior proceso o simples terceros respecto de éste.

Otras cuestiones procesales

Intentaremos aquí la dilucidación de diversos temas que hacen al trámite, y otros que, por requerir un desarrollo menor, no justifican su independencia como capítulo aparte.

Oportunidad. Prescripción y caducidad

Respecto del plazo dentro del cual debe interponerse la acción en estudio, vemos que también existen algunas variantes. La Ley de Enjuiciamiento Civil española establece al respecto lo que Hitters (29) denominó una “dicotomía totalmente acertada”, al fijar un plazo relativo y uno absoluto. Por el primero se limita el término para incoar la revisión a tres meses desde el día en que se descubren los hechos que implican el novum procesal (vg., conocimiento de los documentos ignorados inculpablemente con anterioridad, o de la declaración de falsedad, etc.). Por el segundo se efectiviza un período máximo de cinco años desde la fecha de la publicación de la sentencia. Así, si el damnificado conoce el vicio con posterioridad al transcurso de este último plazo, no tendrá posibilidad de impugnar la sentencia, la que quedará, ahora sí, irremediablemente firme.

Ahora bien, en los casos en que la revisión no se encuentre regulada (como ocurre en nuestra provincia y en el ámbito nacional) y deba ser encarrilada a través de una pretensión de anulación autónoma, se presenta la cuestión de saber cuál es el término a aplicar. Sabemos que por ser el instrumento a utilizar (acción autónoma de nulidad) propio del derecho común (30), el plazo debe ser de prescripción y no de caducidad (más usual este último en el ámbito de los recursos).

Sentado esto, debe dilucidarse en un inicio si la acción de nulidad es prescriptible o no lo es. Recordemos, a tales fines, la ya clásica opinión de Llambías en el sentido que la acción de nulidad absoluta, por estar basada en una noción de orden público, es imprescriptible. El mero transcurso del tiempo no puede transformar a un acto inmoral en uno moral. No se prescribe contra el orden público. Sin embargo, destacada doctrina se inclina por la prescriptibilidad de esta acción, entre ellos Hitters (31), Peyrano, Berizonce (32), Maurino (33).

Ahora bien, ¿cuál es el plazo concreto? Peyrano, en posición que nos parece la más acorde con la naturaleza del instituto estudiado, se inclina por la aplicación del art. 4030, el cual establece la prescripción bienal de la acción de nulidad de los actos jurídicos afectados por vicios de la voluntad.

Traslado de la prueba del anterior proceso

En este subcapítulo intentaremos discernir la posibilidad de utilizar en el proceso de revisión, el material probatorio producido en el juicio inicial cuya sentencia es impugnada. Consideramos interesante ingresar en este tema, pese a su especificidad, por no haber sido aún tratado con profundidad por la doctrina.

Como se ve apenas se analiza la cuestión, se trata de una problemática que recae en la segunda de las etapas tradicionales de la anulación de fallos, es decir, sobre el iudicium rescissorium. En el momento del iudicium rescindens, la prueba recaerá sobre las causales alegadas y, si alguna de dichas motivaciones implica remitir a material producido en el primer juicio (por ejemplo, el falso testimonio o la falsedad de prueba documental), lógicamente deberá traérselo al proceso revisorio para su análisis. No existen, pues en la primera etapa, o etapa rescindente, problemas al respecto.

Es en el segundo escalón del proceso nulificante -etapa rescisoria- donde se produce el interrogante al que aludimos al inicio de este parágrafo. En otras palabras, al reponer el juez el fallo anulado ¿puede valerse del material utilizado en el anterior proceso cuya sentencia se casó? (34) La respuesta a dar en este punto debe necesariamente contemplar los principios de economía y celeridad procesal, por un lado, y la garantía de defensa en juicio por el otro. Es decir, debe aceptarse la posibilidad de valerse de las acreditaciones reunidas en el proceso revisado, siempre que, en el momento de su producción se haya respetado adecuadamente el principio constitucional aludido. Bajo esta condición, no vemos objeción alguna para aceptar la posibilidad del traslado.

Trataremos a continuación algunos de los tradicionales supuestos en los que procede la acción de impugnación de la res judicata, para ejemplificar la anterior conclusión. Si la causal por la que se hizo caer (iudicium rescindens) la resolución firme es, para nombrar un caso, el falso testimonio o los falsos documentos en los que se fundó aquélla, va de por sí que no podrá utilizarse este material a la hora de reponer el fallo (iudicium rescissorium). Sin embargo, el resto de la prueba que fue adecuadamente agregada a los autos (vg., confesional, documentación veraz, otros testimonios, etc.), no tendría necesidad de ser reproducida nuevamente en esta etapa. Razones de economía procesal así lo aconsejan.

¿Qué ocurriría en el supuesto de actitud dolosa del juez (cohecho, prevaricato)? En este caso habrá que conducirse con mayor cuidado, ya que será difícil determinar cuáles fueron los actos que fueron concretamente afectados por el vicio de la voluntad del magistrado. Imaginamos el caso de un juez que reciba un soborno para favorecer a una de las partes: de ser posible establecer con precisión que, por ejemplo, la malicia recién se hizo efectiva en el dictado de la sentencia a través de una interpretación tendenciosa del material probatorio, este último quedaría en pie para ser utilizado por la víctima del dolo (35). Pero, por la gravedad que reviste esta clase de asuntos, ante la duda en cuanto al momento en que se exteriorizó el comportamiento indebido, debe considerarse anulado el proceso en su totalidad y renovarse la producción probatoria ante el juez competente para revisar la cosa juzgada írrita. No pueden mantenerse razones de celeridad adjetiva contra tan flagrante violación del debido proceso legal.

 

 

Efecto de la interposición respecto de la sentencia firme

Lo que se intenta responder aquí es si la incoación de la acción de revisión suspende o no la ejecutoriedad de la resolución impugnada, la cual, recordemos, ya ha pasado en autoridad de cosa juzgada material. No nos extenderemos demasiado en este punto debido a que consideramos que, pese a ciertas variantes, los autores se orientan en una solución que nos parece satisfactoria.

Veamos lo que prevén algunos de los proyectos ya mencionados al respecto. El presentado por el Instituto de derecho procesal de La Plata en las Jornadas de San Isidro de 1970 se inclinaba decididamente por el efecto meramente devolutivo (36) de la acción en cuestión, sin prever excepción alguna. Las conclusiones elaboradas en dichas Jornadas sí establecen una excepción al principio antedicho. Se expresa en este proyecto: “Su deducción no suspende la ejecución de la sentencia, salvo que el accionado preste caución suficiente”.

El de Hitters establece: “La interposición del recurso de revisión no suspenderá la ejecución de las sentencias firmes que lo motivan. El tribunal podrá sin embargo, a petición fundada de parte, y previa fianza, disponer que se suspendan las diligencias de ejecución.” Esta redacción es la que nos parece la más adecuada y superadora de la de las Jornadas de San Isidro. Ello por otorgar el proyecto del maestro platense, a diferencia del de las nombradas Jornadas (que establece un sistema más automático) una facultad al juez para que decida, según su sano juicio, sobre la procedencia de la suspensión de la ejecución, de acuerdo a las circunstancias fácticas del caso concreto”(37). El acierto de esta solución es, además convalidada, con pequeñas variantes, por el reciente y ya mencionado proyecto de Morello- Arazi-Kaminker para la provincia de Buenos Aires (38).

Conclusiones

En este último acápite realizaremos una breve reseña de las conclusiones finales a que arribáramos en el desarrollo precedente.

– El instituto de la revisión de la cosa juzgada es una positiva creación de política jurídica, que resuelve (perfectiblemente, como toda creación humana) la dicotomía entre la constante pretensión del hombre de conocer la verdad, y la igualmente humana necesidad de gozar de certeza y seguridad en las relaciones recíprocas.

 

– Es su naturaleza jurídica la de remedio o medio impugnativo de carácter procesal. Posee cualidades propias de los recursos (vg., taxatividad de los motivos legales que la autorizan), como así también de las pretensiones impugnativas autónomas (vg., diferente objeto respecto del proceso original).

– Las causales que permitan la apertura del mecanismo en estudio deben caracterizarse por ser vicios substanciales de los actos procesales, que sean trascendentes, externos o heterónomos al proceso; y que, además, impliquen una novedad (nova facti o nova reperta), con respecto al proceso original.

– La enunciación de estas motivaciones debe ser limitada (taxativamente, a nuestro criterio) por el legislador, e interpretada restrictivamente por los tribunales. De este modo, el remedio bajo análisis conservará su carácter de excepcional, evitándose innecesarias superposiciones con el recurso de casación, y preservando la necesaria vigencia de la institución de la cosa juzgada.

– El tribunal apto para entender de la acción de revisión debe ser el que surja de acuerdo a las normas que regulan la competencia. Sin embargo, a fin de no vulnerar el principio de economía procesal, sería prudente una limitación legal de la apelabilidad de la resolución obtenida.

– Están legitimados para ejercerla, todos los que han sido perjudicados por la sentencia viciada por dolo, fraude o colusión, sea que hayan sido ellos partes en el proceso anterior o simples terceros respecto de éste.

– Hasta tanto códigos procesales como los de Nación y provincia de Buenos Aires no regulen el mecanismo para acometer contra la res iudicata, debe ser de aplicación por analogía el art. 4030 del Cód. Civil a los fines de la prescripción de la acción.

– Debe otorgarse al juez la posibilidad de valerse, al reponer el fallo anulado, de las pruebas obtenidas en el proceso original, siempre que en el momento de su producción se haya respetado el principio de defensa y contradicción.

– Los efectos suspensivos o no suspensivos de la incoación de la acción de revisión respecto de la sentencia impugnada dependerá de las circunstancias del caso, las cuales serán apreciadas por el juez con el mismo criterio utilizado en la evaluación de la procedencia de las medidas cautelares (verosimilitud de la pretensión, peligro en la demora, contracautela) (cfr. Leandro Giannini “La revisión de la cosa juzgada. Cuestiones actuales”. En: Revista La Ley, Buenos Aires, 2001-E, pp. 1259 y ss).

Coincidiendo con Andrés Gil Domínguez, la revisibilidad de la cosa juzgada írrita tiene raigambre constitucional, y consecuentemente, se deriva del propio paradigma constitucional argentino (La acción de nulidad por cosa juzgada írrita. Aspectos formales y sustanciales. LA LEY 2006-B, 808)

El principio preambular de “afianzar la justicia” es uno de sus pilares. En este sentido, Germán J. Bidart Campos sostuvo: “Sería ritualismo fatuo, exceso procesal manifiesto, vicio instrumental y negatorio del derecho fondal -sobre todo constitucional-, apegarse y aferrarse a la formalidad vacía de la autoridad de la cosa juzgada en una sentencia viciada de nulidad. ¿Para qué es la sentencia? Para administrar justicia. La justicia como valor, como servicio, como función del poder, no es cosa de meras formas, de apariencias. Ontológicamente la iusfilosofía puede decirnos qué hace falta para que lo que tiene apariencia formal de sentencia lo sea ontológicamente, de verdad. Esa verdad la exige la Constitución… Destronar a la cosa juzgada nula o írrita es una de las batallas constitucionales y procesales más elocuentes y necesarias para dar prioridad a la verdad objetiva, y, con ella, a la justicia, cuyo afianzamiento ordena imperativamente el preámbulo”.

La fuerza normativa de la legalidad constitucional, como único orden público indisponible de un sistema jurídico, implica que nadie -ni los particulares, ni los órganos de poder- pueden hacer prevalecer una voluntad contraria a la regla de reconocimiento constitucional. El derecho de la Constitución es derecho “público” y es de orden público, todo lo cual significa derecho imperativo y forzoso, no dispensable ni derogable por nadie.

Una sentencia como acto de un órgano de poder que vulnera derechos fundamentales, no está habilitada como tal aunque esgrima el ropaje formal de la cosa juzgada, por cuanto al colisionar con el orden público constitucional, lo procesal (de naturaleza instrumental) queda subsumido a lo estructural (determinado por la dimensión de los derechos fundamentales).

La regla “res judicata pro veritate habetur”, cede cuando el ordenamiento integrado en su totalidad, no puede aceptar una solución irracional e ilógica, que choca decididamente contra hechos indiscutidos y principios jurídicos mayoritariamente aceptados. Esto remite necesariamente a la fórmula de Radbruch: “la extrema injusticia no es Derecho”; la cual plantea que es derecho lo promulgado conforme al ordenamiento y socialmente eficaz. Sólo cuando se traspasa el umbral de la extrema injusticia, las normas promulgadas conforme al ordenamiento y socialmente eficaces pierden su carácter jurídico o su validez jurídica. La aplicación de la injusticia extrema es susceptible de una fundamentación racional y, por lo tanto, adquiere carácter cognitivo y objetivo (VIGO, Rodolfo Luis, “La Injusticia Extrema no es Derecho”, AAVV, La Ley, Argentina, 2004).

Justamente una sentencia es írrita, cuando conlleva una injusticia extrema verificable a partir de la conculcación de las formas y las sustancias constitucionales.

Sobre los lineamientos esbozados anteriormente y ante el riesgo potencial de desconocer la inmutabilidad de la cosa juzgada, lo que traería aparejado que los proceso adquirirían el carácter de sine die y servirían para perturbar el orden público haciendo imposible la convivencia social, fue abriéndose camino un nuevo criterio, basado en la derogabilidad de la cosa juzgada, a partir del juego armónico y normal de nuestras instituciones. No se trata aquí de poner en jaque a todo el sistema, solamente se busca, a partir de esta acción autónoma de nulidad, derrumbar aquellas sentencias que pese haber aparejado ejecutoria, son resultado de un vicio que las invalida como tales.

Del análisis de antecedentes parlamentarios de la cuestión sub examine, sólo hallamos el expediente S-1873/13 de la senadora nacional Ada Iturrez de Cappellini, el cual caducó el 28/02/2015 y fue enviado al archivo el 19/03/2015. De la citada iniciativa tomamos algunos fragmentos, que complementan el texto normativo propuesto.

Por los fundamentos esgrimidos y los que en ampliación de lo expuesto, se expondrán verbalmente en su oportunidad, solicito el acompañamiento de mis pares a fin de aprobar el presente proyecto de ley que permitirá sortear la laguna del Derecho que hasta el presente se halla planteada.

ANEXO I

Bibliografía

BIDART CAMPOS, Germán J., “La raíz constitucional de la nulidad de la cosa juzgada”, ED, 136-619.

COUTURE, Eduardo J., “Proyecto de Código de Procedimiento Civil”, Ed. Depalma, Buenos Aires, 1945.

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FERREYRA de DE LA RUA, Angelina – GONZALEZ DE LA VEGA, Cristina, “La revisión de la cosa juzgada: replanteo” (ponencia incluida en el CD del XX Congreso Nacional de Derecho Procesal de San Martín de los Andes, 1999).

GIL DOMINGUEZ, Andrés, “La acción de nulidad por cosa juzgada írrita. Aspectos formales y sustanciales” en: LA LEY 2006-B, 808.

GUASP, “Derecho procesal civil”, 2ª ed., Inst. Estudios Políticos. HITTERS, Juan Carlos, “La revisión de la cosa juzgada”, Librería Editora Platense, La Plata, 1977.

HITTERS, Juan Carlos, “Revisión de la cosa juzgada, su estado actual”, en: Ponencias del XX Congreso de Derecho Procesal, p. 131.

MAURINO, Alberto Luis, “La revisión de la cosa juzgada. Acción autónoma de nulidad”. Publicada en el libro de ponencias del XX Congreso Nacional de Derecho Procesal de San Martín de los Andes, p. 343 y siguientes.

PALACIO, Lino Enrique, “Manual de Derecho Procesal Civil”, 13 ed., Ed. Abeledo Perrot, 1997.

PEYRANO, “Acción de nulidad de sentencia firme” en “El proceso atípico – Parte segunda”, p. 43, Ed. Universidad, Buenos Aires, 1984.

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RODRÍGUEZ ARIAS, Roberto A., “La acción revocatoria autónoma. La cosa juzgada írrita. La equidad como fundamento” (ponencia incluida en el CD del XX Congreso Nacional de Derecho Procesal de San Martín de los Andes – 1999).

VERNA, Jorge Enrique, La acción autónoma de nulidad por cosa juzgada fraudulenta, Lex Fori N° 4, 2000.

Notas

(1) Para no pecar de reiterativos, remitimos la enunciación de la doctrina a la sección “Bibliografía”, al final de este trabajo. A lo largo del mismo, sin perjuicio de ello, iremos citándolos a través de notas. A su vez, serán tenidos en cuenta diversos trabajos presentados en los congresos y jornadas que se dedicaron específicamente a la acción revocatoria de sentencias firmes. Ellos son: las Jornadas de Derecho Procesal de Rosario de 1969, de San Isidro de 1970, de Salta en 1974 y el XX Congreso Nacional del Derecho Procesal de San Martín de los Andes de 1999.

(2) Esta, sin embargo, dista de ser una visión apocalíptica del fenómeno jurídico. Es así que, para satisfacer concepciones optimistas de este fenómeno, bastaría con “dar vuelta” el contenido de aquella frase, y sostener así que (y perdónesenos la imperfección gramatical) “el derecho es la opción por el bien mayor” o “por lo más bueno” (y no ya por lo “menos malo”).

(3) Utilizamos esta terminología en la introducción por ser la tradicional en este asunto. No obstante, remitimos a la crítica que formuláramos infra, donde proponemos una nueva conceptualización de la cuestión axiológica de la revisión de la cosa juzgada (v. el punto “Axiología” en el presente trabajo).

(4) LOPEZ DE OÑATE, Flavio, “La certeza en el derecho”, p. 5, Ejea, col. “Ciencia del proceso”, 1953. Conf. CARNELUTTI, “La certezza del diritto”, en Revista di diritto procesal civile, v. XX, p. 81, 1943; citados en HITTERS, Juan Carlos, “La revisión de la cosa juzgada”, p. 165, Librería Editora Platense, La Plata, 1977.

(5) HITTERS, Juan Carlos, “La revisión de la cosa juzgada”, ob. cit., p. 172 y sigtes., “Revisión de la cosa juzgada, su estado actual”, en: Ponencias del XX Congreso de Derecho Procesal, p. 131.

(6) Con esta afirmación, volcada en nota a un fallo (publicada en JA, 1995-III-18), el distinguido procesalista platense fundaba su ya conocida postura contraria a la acción de revisión. Nuestra cita no implica compartir esta posición.

(7) La brillante presentación del tema realizada por Falcón en el marco de dicho Congreso, consiguió iluminar las cuestiones todavía controvertidas respecto de la revisión. En dicha ponencia general es en la que nos basamos para discernir los puntos a tratar en el presente trabajo.

(8) Falcón, con su usual claridad, explicaba, en el XX Congreso, la asimilación entre la revisión y la acción autónoma de impugnación del derecho común, en términos gráficos. Allí sostenía que la realidad circundante a los seres humanos (hechos, actos y negocios jurídicos), pasan a través de un “túnel” (proceso), transcurrido el cual se reintegran a la realidad nuevamente. Esa “nueva realidad” que nace con la cosa juzgada será, por lo tanto, impugnable por los medios que atacan cualquier otro acto o negocio jurídico.

(9) V. art. 1272 del CPC de Córdoba que dice: “El recurso de revisión procede contra las sentencias definitivas de las Cámaras de Apelación o de árbitros, en juicio pendiente ante ellas…”.

(10) Similar fenómeno ocurre en varias partes del mundo. Valga como ejemplo el “Código de Proceso Civil” brasileño de 1973, que en la regulación de la acción rescisoria prevé, junto con las clásicas causales que autorizan la revisión, una causal propia de la casación como es la “violación literal de las disposiciones de la ley”.

(11) GUASP, “Derecho procesal civil”, p. 1547, Nº 2, 2ª ed., Inst. Estudios Políticos.

(12) SCHÖNKE, “Derecho Procesal Civil”, p. 328, 5ª ed., Ed. Bosch; citado por HITTERS, Juan Carlos, “La revisión de la cosa juzgada”, ob. cit., p. 16.

(13) PONTES DE MIRANDA, “Acciao rescisoria contra as sentenças”, Río de Janeiro, 1934; citado en HITTERS, Juan Carlos, “Revisión de la cosa juzgada. Su estado actual”, ob. cit., p. 141. (14) Esta clasificación primaria tiene como criterio de distinción la clase de acto jurídico atacado, es decir, que si la impugnación recae sobre una resolución obtenida a través de un proceso judicial, el medio pertinente será de carácter procesal. Por lo tanto, un medio impugnativo será procesal no por ser llevado a cabo a través de un proceso (caso en el cual hasta la acción de simulación de un contrato tendría el carácter mencionado), sino por enervar los efectos de las resoluciones obtenidas en aquél.

 

……………………………………

 

(15) HITTERS, Juan Carlos, ob. cit., p. 245 Nº 193. Transcribiremos a continuación los motivos de procedencia proyectados por este autor, ya que por su claridad evita tener que agregar mayor tinta a las consideraciones posteriores al respecto: “Procederá el recurso extraordinario de revisión contra una sentencia firme, únicamente por las siguientes causales:1ra) “Si después de pronunciada se recuperasen documentos decisivos de fecha anterior al fallo, cuya agregación al juicio no haya podido hacerse por fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se hubiera dictado”.2da) “Si hubiere recaído en virtud de documentos que al tiempo de dictarse la sentencia hubieran sido reconocidos o declarados falsos, y el interesado ignorase sin culpa; o cuya falsedad se reconociera o declarase después”.3ra) “Cuando habiendo sido fundamentada en prueba testimonial, la declaración prestada por alguno de los testigos haya motivado la condena por falso testimonio y aquélla hubiera tenido decisiva influencia en el fallo”.4ta) “Cuando habiendo sido dictada en base a prueba pericial o a un reconocimiento judicial, se comprobare posteriormente la falsedad o adulteración. El recurso será desestimado si la parte perjudicada no advirtió el defecto por su culpa”.5ta) “Si se hubiera ganado injustamente en virtud de fuerza o engaño, prevaricato, cohecho, violencia u otra maquinación fraudulenta”.

(16) HITTERS, ob. cit., p. 227.

(17) En este sentido es que nos parece criticable, pese a los loables propósitos perseguidos y a la claridad y contundencia de sus argumentos, el fallo pronunciado por la Cámara Civil y Comercial de Azul con fecha 5/11/1997 en autos “Gil, Omar A. c. Capitanio Orlando O.”. En este pleito se decretó la nulidad de la sentencia de trance y remate dictada contra el señor Capitanio, en virtud de la falsedad del instrumento (cheque) con que se llevó a cabo la ejecución. Lo peligroso de esta doctrina surge de las condiciones en las que se probó dicha falsedad. Ella no fue acreditada, como es técnicamente adecuado, en el juicio ejecutivo a través de la excepción de falsedad documental, sino en un juicio penal posterior, cuya producción probatoria fue incorporada al incidente de revisión promovido con posterioridad. Es de destacar que este proceso penal fue iniciado para eludir los irreversibles efectos de la negligencia que se decretó en el juicio ejecutivo respecto de la prueba pericial caligráfica y química solicitada por Capitanio. Con esta doctrina, pese a que queda satisfecha la justicia del caso, se instala un precedente que de extenderse a otros supuestos podría acarrear un mal mayor al que se intenta evitar.

(18) Por ser así es que no compartimos ciertas opiniones vertidas en algunas de las ponencias del XX Congreso Nacional de Derecho Procesal de San Martín de los Andes, en las que se propone, por ejemplo, establecer como motivación legal de la acción de revisión la “violación de garantías constitucionales” (v. Ferreira de De la Rúa, Angelina – González de la Vega, Cristina, “La revisión de la cosa juzgada: replanteo”) o la infracción a las reglas del “debido proceso o la defensa en juicio”, o la comisión de un “error de hecho esencial” en el juzgamiento (v. Rodríguez Arias, Roberto A., “La acción revocatoria autónoma. La cosa juzgada írrita. La equidad como fundamento”) (nota: ninguno de los mencionados trabajos se encuentra publicado en el libro de ponencias del XX Congreso, pero están incluidos en el disco compacto de dicho evento). Estas propuestas, de llevarse a cabo, echarían por tierra la valiosa doctrina elaborada alrededor del remedio en estudio, quitándole su cualidad de excepcional, para transformarse en un medio innecesariamente superpuesto a la casación.

(19) HITTERS, Juan Carlos, “La revisión de la cosa juzgada”, ob. cit. p. 245 y siguientes.

(20) “Proyecto de Código de Procedimiento Civil”, publicado por la Ed. Depalma, Buenos Aires, 1945.

(21) La redacción elaborada al respecto en las conclusiones de las jornadas de San Isidro fue la siguiente: “art. 690. Revisión. Podrá pedirse, aun después de terminado el proceso, la anulación de los actos realizados mediante dolo, fraude o colusión…” “art. 690 bis. Revisión. Igualmente procederá esta acción contra las sentencias definitivas o laudos arbitrales, siempre que concurran algunas de las circunstancias siguientes:”1. Cuando hubieren recaído en virtud de instrumento que, al tiempo de dictarse, se ignorase por el impugnante que estuvieren reconocidos o declarados falsos o que se reconocieren o declarasen falsos después de la sentencia o laudo”.”2. Cuando se hubieren dictado en virtud de prueba testimonial y la declaración prestada por alguno de los testigos, que hubiese tenido importancia para la sentencia, haya sido motivo de condena posterior por falso testimonio…”.

(22) MAURINO, Alberto Luis, “La revisión de la cosa juzgada. Acción autónoma de nulidad”, publicada en el libro de ponencias del XX Congreso Nacional de Derecho Procesal de San Martín de los Andes, p. 343 y siguientes.

(23) PALACIO, Lino Enrique, “Manual de Derecho Procesal Civil”, p. 116, 13ª ed., Ed. Abeledo Perrot, 1997.

(24) En la provincia de Buenos Aires, arts. 1º a 6º del C.P.C.C. (25) Como ya adelantáramos, Peyrano modificó su postura inicial respecto de la cuestión. En su trabajo “Acción de nulidad de sentencia firme” (en “El proceso atípico – Parte segunda”, p. 43, Ed. Universidad, Buenos Aires, 1984), el mencionado autor compartía la postura mayoritaria en el sentido que debía entender de la pretensión en cuestión, el juez que lo había hecho respecto del proceso originario. En una posterior publicación es que afirma la última orientación que reseñamos, abjurando de su anterior punto de vista (PEYRANO, Jorge W., “Acerca del tribunal competente para conocer la acción de nulidad de sentencia firme”, ED, 154-948).

(26) LEVITAN, José, “Recursos en el proceso civil y comercial”, p. 216, Ed. Astrea, Buenos Aires, 1986 (citado por Peyrano en: PEYRANO, Jorge W., “Acerca del tribunal competente para conocer la acción de nulidad de sentencia firme”, ED, 154-949).

(27) V. p. 9, cap. IV.

(28) COUTURE, Eduardo J., “La acción revocatoria de la cosa juzgada fraudulenta”, LA LEY, 16-104, secc. doct.

(29) HITTERS, Juan Carlos, ob. cit., p. 72.

(30) Con esta afirmación no queremos decir que la revisión sea un concepto del derecho de fondo, cuestión ya debatida y en la que no vale la pena ingresar nuevamente. Sólo expresamos que, al no estar regulada por los ordenamientos rituales, la herramienta a utilizar “de lege lata” para impugnar una sentencia írrita es la acción de nulidad del derecho común.

(31) HITTERS, Juan Carlos, ob. cit., ps. 322 a 324, sostiene que la revisión no está prevista por el art. 4019 de C.C. que enumera taxativamente las acciones que no decaen por el transcurso del tiempo.

(32) BERIZONCE, “La nulidad en el proceso”, p. 128, Ed. Platense, La Plata, 1967.

(33) MAURINO, “La revisión de la cosa juzgada. Acción autónoma de nulidad”, ponencia citada, p. 153.

(34) Utilizamos la voz “casación” como sinónimo de anulación y no en el sentido técnico-procesal de la expresión. Nos consta que la revisión (por la particular naturaleza de sus presupuestos de procedencia) no puede ser asimilada a aquélla.

(35) Vale también aquí recordar el principio que “nadie puede alegar su propia torpeza”.

(36) No es aquí el lugar adecuado para criticar esta tradicional terminología por lo que remitimos a lo ya expresado por la mayoría de la doctrina que ha escrito sobre la materia recursiva.

(37) HITTERS, Juan Carlos, “La revisión de la cosa juzgada”, ob. cit., p. 248 anteúltimo párrafo.

(38) Anteproyecto de Código Procesal Civil y Comercial, art. 696. La redacción adoptada es la siguiente: “Art. 696 (Suspensión de la ejecución de la sentencia). La interposición de esta acción no suspende la ejecución de la sentencia atacada. En supuestos excepcionales en que de los elementos allegados al proceso surja certeza suficiente de las razones invocadas por el accionante, el tribunal, con caución bastante, podrá disponer la suspensión de la ejecución de la sentencia objetada”.

 

Alberto Asseff

Diputado Nacional

Marcela Campagnoli           Gonzalo del Cerro         Gerardo Cipollini

Diputada Nacional               Diputado Nacional         Diputado Nacional

Jorge Enriquez

 Diputado Nacional

 

Colaboración: DR. FRANCISCO BÉNARD

 


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Mayo 26, 2020


 

El análisis de Mario Sandoval ♠ Mayo 26, 2020

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El profesor Mario Sandoval opina sobre la marcha del gobierno, las actividades ilícitas de la justicia argentina y la responsabilidad de los altos mandos de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. 

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Alberto Fernández
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Mayo 26, 2020


 

25 DE MAYO DE 2020 – PERDÓN, ¿QUÉ CARAJO (1) CELEBRAMOS?

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 Por CLAUDIO KUSSMAN

 

LOS GENERALES JOSÉ DE SAN MARTÍN, MANUEL BELGRANO E INCLUSIVE  JUAN DOMINGO PERÓN

Ayer como es tradición publicamos en este sitio deseos de felicidad, banderas argentinas, poemas patrios, marchas militares, intercambiamos salutaciones y mil lindezas más, todas inflamadas y testimoniando la valentía, gloria y patriotismo de nuestros antepasados. Fue un aniversario más de la Revolución de mayo de 1810 y el nacimiento del primer gobierno patrio. Ahora bien, dos siglos después y más allá de todo formulismo, a mi humilde entender  la cruda realidad nos señala que realmente no tenemos motivos valederos para celebrar nada, PORQUE ENTRE TODOS, HEMOS FRACASADO ESTREPITOSAMENTE. ¿Acaso, es para festejar que el país a pesar de sus riquezas naturales, tenga la mitad de su población viviendo en la pobreza? ¿Qué la corrupción sea endemia aceptada por todos y todas? ¿Que una vez más estemos endeudados y en cesación de pago ante el mundo, como si fuéramos menesterosos arrasados por la guerra y los cataclismos climáticos? ¿Que sin pudor seamos integrantes del Foro de Sao Paulo o del Grupo de Puebla? ¿Que él gobierno vuelva a estar en manos de quienes ahora de verdad vienen por todo, gracias a un MAURICIO MACRI que entre muchas promesas incumplidas, había anunciado el final del “curro de los derechos humanos”? ¿Es lógico que despotriquemos contra la actual vicepresidenta CRISTINA KIRCHNER, cuando un 40 por ciento del electorado votó a una fórmula cuyo vicepresidente MIGUEL ANGEL PICHETTO, fue el garante para que ella no fuera presa?  Tampoco importó y también se votó a una MARIA EUGENIA VIDAL, quien reafirmara por ley la mentirosa cifra de 30.000 desparecidos a cuyos magnos monumentos asisten mandatarios autóctonos y extranjeros con ofrendas florales. ¿Acaso sentimos orgullo de tener una base militar China en el sur de nuestro territorio, sabiendo que a futuro es de inferir que habrá otras? Actualmente los viejos militaristas se aferran a unas fuerzas armadas que son un espejismo de lo que tendrían que ser. Estas del pasado solo conservan el  uniforme  y falazmente cantan un inmerecido Himno Nacional cuyos preceptos no siguen ni por asomo. Mientras, los Generales desde la época de MARTÍN BALZA a quien muchos consideran el General de “espada blanca”, bajan cuadros o se fotografían y abrazan con  asesinos terroristas hoy devenidos en funcionarios gubernamentales, periodistas o exitosos empresarios, de los cuales algunos  son sus serviles empleados. Al son de las marchas triunfales de este 25 de mayo, ahora se aprestan a una nueva reforma militar de la mano de AGUSTÍN ROSSI y de la ex terrorista NILDA GARRÉ mientras nadie se expresa.  Simultáneamente, 2500 uniformados de TODAS las fuerzas y civiles (los más bobos del barrio al ser los únicos presos hasta la muerte, entre más de 40.000.000 millones de habitantes) en sepulcral silencio, a la vista de todos y sin pena ni gloria, estamos muriendo en prisión. Nos imponen  abusos judiciales gracias a una “política de estado” que significa: “al enemigo ni justicia” aprobada por TODOS, los partidos políticos. Esos entorchados Generales a sus camaradas y quienes como en mi caso, por suerte no lo soy, cobardemente nos abandonaron y nos ignoran olímpicamente como si fuéramos leprosos. En algunos y pocos casos uniformados amigos de toda la vida, siguen siéndolo, pero…solo en secreto, dada nuestra situación de imputados por los bien o mal llamados delitos de lesa humanidad, a como dé lugar. El resto no existen.  Es más, en el predio de Campo de Mayo, zona de orgullo militar por excelencia tienen una cárcel para nosotros, siendo un símbolo más de la hipocresía extrema existente entre los uniformados que lo aceptan con dócil naturalidad. Si en estos momentos producto de un milagro imposible, se levantaran de sus tumbas Generales como JOSÉ DE SAN MARTÍN, MANUEL BELGRANO e inclusive un muy cuestionable y reprochable JUAN DOMINGO PERÓN, ¿tienen capacidad para suponer lo que estos nos dirían? Imposible imaginarlo ya que seguramente nadie los escucharía y continuaríamos con los festejos repitiendo como pericos una y otra vez: ¡O JUREMOS CON GLORIA MORIR!   

Claudio Kussman

Comisario Mayor (R) 

Policía Pcia. Buenos Aires

Mayo 26, 2020

claudio@PrisioneroEnArgentina.com

www.PrisioneroEnArgentina.com

 

RECORDAMOS QUE ESTE SITIO ESTÁ ABIERTO, SIN CENSURA DE NINGÚN TIPO, A TODO AQUEL QUE QUIERA EXPRESAR LIBREMENTE SUS PENSAMIENTOS, SEAN CUALES FUERAN ESTOS.

1) Expresión de disgusto, rechazo o desprecio usada para exteriorizar malhumor o enfado, y para protestar o quejarse


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Miguel Ángel Pichetto y Cristina Kirchner. “¡Oíd, mortales!, el grito sagrado: ¡libertad!, ¡libertad!, ¡libertad!
Nilda Garré, Ministra de Defensa 2005-2010, el sumun del éxito para una terrorista, al tener como serviles subordinados a quienes en su juventud los asesinaba. Hoy integra la comisión que se prepara a reestructurar a las fuerzas armadas, todo un símbolo. “Y los libres del mundo responden: ¡al gran pueblo argentino, salud!
El General Martín Balza, ex Jefe del Ejército argentino y el ex terrorista Eduardo Anguita. “Sean eternos los laureles que supimos conseguir”
Mario Montoto (ex terrorista) con su empleado el Coronel (R) Gustavo Gorriz, ex vocero del ex Jefe del Ejército Martín Balza, ex jefe del Regimiento Patricios y también ex edecán de Carlos Menem. “El clarín de la guerra, cual trueno en los campos del Sud resonó”
Hebe de Bonafini y Cesar Milani (ex Jefe del Ejército) “Coronados de gloria vivamos”
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Mario Montoto (ex terrorista) y Claudio Pascualini (ex Jefe del Ejército) “Oíd el ruido de rotas cadenas; ved en trono a la noble igualdad”
General Hugo Domingo Bruera (a) Tanguito, amigo de Eduardo Anguita (ex terrorista), han almorzado o cenado juntos y también dado conferencias en yunta. Estando en actividad y siendo Secretario General del Ejército con el beneplácito del resto de la plana mayor, llevaba al Edificio Libertador a dar charlas a los oficiales y suboficiales de la fuerza a Horacio Verbitsky (ex terrorista), a el filósofo Pablo Feinmann y a Abuelas de Plaza de Mayo. Mientras los adultos mayores sufrimos y morimos en prisión. “Se levanta en la faz de la tierra una nueva gloriosa nación”
Mario Montoto (ex terrorista) y Teniente Coronel Sergio Berni, actual Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. “Coronada su sien de laureles, y a sus plantas rendido un león”
26/04/2018- Martín María Bourdieu, excombatiente de Malvinas, Mayor Médico del Ejército Argentino, recibe de MARIO MONTOTO, quien fuera nada menos que “secretario” y luego apoderado de Mario Firmenich jefe del ejército terrorista Montoneros, una distinción. Junto a él, CLAUDIO PASCUALINI, Jefe del Estado Mayor General del Ejército y BARI DEL VALLE SOSA, Jefe Estado Mayor Conjunto. Adiós a la dignidad y el honor a cambio de un trozo de hojalata y madera que proviene de manos manchadas con sangre. Mientras uniformados de todas las fuerzas, y civiles sufren mueren en prisión. “La grandeza se anida en sus pechos a su marcha todo hacen temblar”
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“Serás lo que debas ser o no serás nada”
General José de San Martín (1778-1850)
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“No es lo mismo vestir el uniforme militar, que serlo “
General Manuel Belgrano (1770-1820)
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LIDERAZGO Y GESTIÓN EN TIEMPOS DE CRISIS

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 Por Grl Heriberto Justo Auel

 

EN EL DIA DE LA PATRIA

25 de Mayo de 2020

“Sin gobernanza global no cabe afrontar un problema que ha acreditado que lo es”.

Aznar Fernández-Montesinos*.

  1. Conceptualización política de crisis, liderazgo y gestión de crisis.
  2. Los liderazgos hijos de las crisis.
  3. En conclusión.
  1. Conceptualización política de crisis, liderazgo y gestión de crisis.

El prestigioso analista del IEEE Dr. Aznar Fernández-Montesinos ha publicado recientemente un trabajo titulado “COVID-19, Reflexiones sobre el liderazgo y la gestión global de la crisis”, en homenaje al Grl Médico D. Juan Rey Nava, fallecido a causa del coronavirus. La lectura del ensayo -pensado para la UE- nos ha llevado a reflexionar sobre este tema, pero pensando en nuestra región y nuestro país, que vive graves crisis longevas y superpuestas, sin liderazgos y sin gestión para lograr su resolución. La crisis del virus está actuando hoy como fuerte catalizador de las crisis históricas.

Si recurrimos al diccionario (1) nos encontraremos con que la palabra crisis es de origen médico, pero su uso se extiende coloquialmente a un gran número de aplicaciones que, cuando se aproximan a las ciencias sociales deben entenderse como “momento decisivo de operaciones graves, de consecuencias importantes” y el analista español subraya que la crisis conlleva un “cambio brusco y la decisión de restituir la situación a las condiciones previas, en el más breve plazo, a través de la gestión”. 

La gravedad ínsita en el concepto crisis nos debería obligar a pensar en impedirlas. Prever para no llegar a ellas. Ello exigiría planificar y eso es lo que los argentinos no hacemos por carencia de visión estratégica. Su consecuencia directa es la improvisación permanente y así las crisis -como situaciones excepcionales- para nosotros son constantes y endémicas, pues no se gestionan y -consecuentemente- nos llevan a una profunda y creciente decadencia.

Si recurrimos nuevamente al diccionario (2) encontraremos que decadencia -como corolario de nuestras crisis ya seculares, constantes y de diversa naturaleza- es “la disminución de poder, de riqueza, de ascendiente; es la declinación, el menoscabo, el principio de debilidad o de ruina y la pérdida de fama y de prestigio”. Es por ello por lo que -en nuestros trabajos del IEEBA- normalmente citamos crisis-decadencia cuando nos referimos a la situación político-estratégica (3) (4) que nos determina, en particular cuando tratamos temas referidos al eje de la tarea que nos hemos impuesto: la recuperación de la Seguridad Estratégica de nuestra Argentina (5).

Las crisis -y más aún cuando además de obedecer a imponderables, son imprevistas- ocurren en un ambiente de gran incertidumbre, que requieren decisiones en cortos plazos ante el riesgo de su escalada. Siempre son acompañadas por otras crisis, las de información a la opinión pública, que normalmente superan en importancia a la original. Cuando la comunicación está en manos inexpertas o aviesas, la derivación de la crisis se hace peligrosa. Por ello los Estados de países cultos y desarrollados cuentan con excelentes y sanos equipos de “seguimiento, control y administración de crisis”. 

En 1984, en el EMCFFAA bajo el comando del Tte Grl Fernández Torres, desarrollamos con pleno éxito un curso para la formación de especialistas que formarían parte de la sala de situación C4I, en paralelo con la transformación estructural de la Seguridad Nacional, que nos permitía capitalizar las experiencias obtenidas en las dos guerras vividas recientemente.

En 1985, con un nuevo Ministro de Defensa y el relevo del Jefe del EMC, todos los enormes avances realizados fueron borrados de un plumazo e ingresamos a la grave situación que hoy somatiza el país, la flagrante Inseguridad Nacional.

Jaunarena

En abril de 1987 se produjo el levantamiento de Semana Santa. Por diversas circunstancias, el Cdo de la Br I Mec XI -Río Gallegos- recibió de las partes en conflicto la posibilidad de conducir la gestión de la crisis institucional. El JEM/Br XI organizó un equipo de “administración de crisis” que logró -en pocas horas- el acuerdo: las leyes del punto final y de obediencia debida, en quince días. Tres de los negociadores delegados ya han fallecido: Monseñor Medina, Tcnl Vila Melo y Dr Facundo Suárez. Aun vive el cuarto negociador, Dr. Jaunarena. La “pacificación social” estaba asegurada. La gestión de crisis fue eficaz.

Aquel logro -que cerraba la mayor grieta social de la Argentina en crisis/decadencia– fue eliminado seis años después -2003- por el Congreso Nacional, al “anular” -irregularmente- a ambas leyes, irregularidad que convalidó vergonzosamente la Corte Suprema de Justicia en 2005.

La comunicación a la opinión pública de la “crisis de Semana Santa” fue conducida por quienes deseaban verla escalar a “golpe de estado”, aunque la Justicia la definió luego como motín. Paradójicamente, gran parte de quienes la veían como golpe de estado -negando el logro de la pacificación nacional- están hoy sentenciados a prisión perpetua por las leyes “anuladas” y quienes se amotinaron están en libertad. Se reabrió la grieta y el paìs regresó al aun hoy no percibido “estado de guerra” (3).

Cada vez que la Argentina intentó superar sus crisis, para cerrar sus heridas y continuar progresando, hubo quienes anularon esos esfuerzos. Algunos a sabiendas, otros por causa de resentimientos, compromisos, conveniencias personales o estupidez. Es lo que sigue ocurriendo, cabalgando falacias ya establecidas como postulados . La pseudo-revolución neo-marxista tiene en esos sectores sociales transversales, a su masa crítica (6). La Argentina transculturizada -y por ello contractiva- y torpe, se niega a ingresar a la civilización del siglo XXI, cualitativamente distinta.

  1. Los liderazgos hijos de las crisis.

Hemos escuchado variados comentarios acerca del buen manejo de la primera etapa de la crisis del Covid-19 por parte de Tartufo -gracias a la temprana apertura de la cuarentena  aprovechando la experiencia china y europea-, este acierto le permitiría asumir -momentáneamente- el liderazgo del gobierno bicéfalo, se decía.

Guzman

Había partido de una total ausencia de credibilidad y confianza por el cambio de frente que realizó como candidato, en el término de días. Las encuestas posvirus mostraban su ascenso, superando en algunos casos a su mandante. Terminada la cuarentena sobrevendrá la etapa económica, con una descomunal estanflación que nos impulsará a una inevitable y dramática etapa política.

En medio de una dinámica situación, su frágil liderazgo -asentado en hechos emergentes de la crisis inicial- dependerá exclusivamente de los nuevos acontecimientos y del manejo de la información. Suponemos que Ella intentará liderar esas etapas. Ya lo está haciendo. Ha tomado la conducción de la negociación de la deuda por una vía paralela: Fondo Black Rock/Larry Flyn y Vista Oil/Miguel Galuccio (7). Guzmán lo sabe. Su jefe, Joseph Stiglitz fue contratado por Ella.

Esta negociación de la deuda -que ocupa gran espacio informativo detrás del correspondiente a la pandemia- está acompañada por una infinidad de posicionamientos en cargos claves de instituciones que facilitan pavimentar el camino hacia un “capitalismo de estado”, al estilo chino.

Las movidas más significativas han sido: Raverta a la ANSES; Carbajal a la Secretaria de Combustibles; la compra de “Analogías”; la intención de estatización de teléfonos, TV cable e Internet para el control de las comunicaciones; la intervención en el mercado de cambios y en el mercado de granos; la propuesta de Heller/Máximo para nuevo impuesto a la riqueza, etc., etc…

En plena cuarentena se han activado -diariamente- las “movilizaciones sociales”. Paradójicamente, mientras el gobernador de la Pcia de Buenos Aires quiere impedir los accesos hacia la CABA porque entiende que es un foco de expansión del virus, organizaciones de su partido traen desde el conurbano a la capital las columnas de protestas, haciendo ejercicio revolucionario -permanentemente- y vulnerando todos los protocolos sanitarios nacionales, provinciales y municipales.

En otro frente, no menos trascendente, se han reiniciado las agresiones del “indigenismo radical” sobre las propiedades privadas en la Pcia de Río Negro, mientras el Estado Nacional mira hacia otra parte. Este aparente delito común tiene una enorme trascendencia estratégica, pues esta violenta agresión está conducida teleológicamente por el FSP -que acaba de reunirse con la representación de Tartufo- y tácticamente por las FARC colombianas (8).

Quienes lleven al día la carta de situación estratégica nacional, tienen sobrados indicios para elaborar los supuestos que apuntalen las hipótesis situacionales de las dos próximas etapas -la económica y la política- de la “crisis del virus”. Suponemos que el Instituto Patria ya debe tener elaborado el esquema del nuevo “relato”. a difuminar cuando sea oportuno. Es la comunicación que acompañarìa a una eventual y exitosa salida de la crisis de virus. Esa narrativa impulsará la creación del un falaz liderazgo político que capitalizaría a la eventual victoria sobre el virus para facilitar el logro de los objetivos revolucionarios impuestos por el FSP. 

La crisis del coronavirus ha puesto en superficie -con toda claridad- la ausencia de liderazgos internacionales sólidos, a la altura de los graves problemas internacionales preexistentes, hoy muy agravados por las cuarentenas. Entre nosotros, la crisis del Covid19 ha conmovido y acelerado la crisis-decadencia histórica de la Argentina y en lo que hace a los liderazgos nacionales ha puesto en superficie la ilegitimidad y fragilidad de los falsos liderazgos, sus graves carencias -ya inocultables- y, por sobre todo, la hipocresía de los actores de la gran farsa.

             Stiglitz (en la foto con Mario Firmenich)

No podemos dejar de anotar aquí la “operación” que el -ingeniero agrónomo- ministro de defensa, al amparo del cerrado banco de niebla, anunció en una resolución del 19 May para la creación de una “Comisión de Análisis y Redacción de las Leyes de Personal Militar y de Restructuración de las FFAA”. 

De la lectura de la resolución surge con claridad que el resultado del trabajo de esta “comisión” agravará -seguramente a un alto costo- la situación actual de total Inseguridad Nacional. Los fundamentos de esta rotunda afirmación surgen de la vergonzosa situación que vivimos desde 1988/91, cuando se aprobó la perversa legislación vigente. Por la forma en que se organizará la “comisión”, podemos anticipar que no incluye a un solo polemólogo o estratega contemporáneo. Idoneidad no habrá.

La Argentina es el único país en el mundo que ha dividido a la Seguridad Nacional en “interna” y “externa”. El resto del orbe reconoce nuevas amenazas y riesgos estratégicos, a cargo de las FFAA y delitos comunes que afectan a la seguridad pública, a cargo de la Justicia y sus auxiliares policiales, si bien también se reconoce -desde la posguerra fría (1989/1991)- que ambas categorías se han incardinado. Esa es la razón de nuestra antigua propuesta para unificar orgánicamente a la seguridad en un Ministerio de Seguridad Nacional, con dos secretarias, la de Defensa Nacional y la de Seguridad Pública y de la actualización de la legislación correspondiente.

Los KK hicieron lo inverso: crearon el Ministerio de Seguridad Interior que ignora qué hacer cuando se le presentan los nuevos desafíos estratégicos. Además -y no es un dato menor- Ella en su tercer gobierno le entregó su conducción al CELS -es decir, al Perro- a través de una antropóloga de triste figura. Nuestro territorio es “zona liberada” para la revolución.

Machiavelli

Las leyes que deben ser subrogadas -cuanto antes- son las de Defensa Nacional y su derivada, la de Seguridad Interior y no las previstas en la resolución del ingeniero. Ambas impiden el planeamiento estratégico militar conjunto-combinado de las amenazas reales y perceptuales y les dejan a las FFAA -como su misión más importante- la ponderada “distribución del rancho”, en las villas.

Maquiavelo -1469/1527- expresaba en El Príncipe que “El fin es el que determina qué medios”. El ingeniero agrónomo pretende “reestructurar” a las FFAA, pero no se sabe “para qué”.  

Las FFAA son un medio institucional para un fin determinado en la Constitución Nacional: la Seguridad Nacional. La Defensa Civil es otra cosa.

El concepto que encierra la sentencia de Aznar Fernández Montesinos -que encabeza este trabajo- “Sin gobernanza global no cabe afrontar un problema que ha acreditado que lo es”, para gran parte de nuestros dirigentes, no existe.

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Deambulan alegremente a contramano con la soberbia propia de su incultura y de sus carencias de idoneidad. Nos consideran “bobos” que no percibimos lo que ocurre. Hace unos días, desde la “vidriera irrespetuosa” del rusito recibimos un mensaje encriptado de Ella,  expresado ante el propio Tartufo y un grupo de obreros, que en buen criollo podría traducirse así: “con el virus, todo cambió y ello incluye la vigencia de la Constitución. Ya les habíamos anticipado que íbamos por todo”. Roguemos a Dios que no terminemos como lo hace el tango Chorra del visionario Discépolo: “Lo que más bronca me da, es haber sido tan gil” (9).

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El ordenamiento global surgido de la GM II pareciera paralizado por el virus. No aparecen De Gásperi, Schuman o Roosevelt, que además de liderar la crisis mundial, asumieron resueltamente la poscrisis. La UE en la práctica desapareció y el Norte europeo pareciera que hizo mejor las cosas. En Iberoamérica emergieron crudamente las individualidades, como ocurrió en 1982.

La llegada del virus transparentó las falacias y desnudó a los falsos líderes -que aspiran permanecer en cuarentenas extendidas- pues no encuentran un nuevo vestuario para cubrirse. ¿Cómo hará Tartufo -en la profundidad de la estanflación- para reconstruir una mínima parte de su credibilidad (10) que le permita conducir un ciclópeo esfuerzo de reconstrucción? ¿Cómo lo hará si gran parte de su gabinete responde a otro mando? Los hechos y la incertidumbre -creados por Ella- encuentran cauce para un probable relevo. PERO ANTES DEBERA LOGRAR EL OBJETIVO DEL CONTRATO: LA ABSOLUCIÒN DE ELLA. 

La reforma judicial ya está encaminada. Día a día hay avances. Una “comisión” deberá obtener nuevos Jueces -de Ella- en la Corte Suprema. La “intervención” en Comodoro Py tiene similar urgencia -y es un hecho- acompañada por la seguridad de contar con mayoría -de Ella- en el Consejo de la Magistratura.

  1. En conclusión.

La llegada de la crisis del Covid-19 no ha sido imprevista ni imponderable. Ha sido un fallo de liderazgo, derivado de un largo proceso de transculturación de Occidente y de una actitud generalizada que se evidencia en las limitaciones de un modelo estratificado, desde la GM II. No existen mecanismos adecuados de concertación internacional. Hay un perceptible vacío de poder, a nivel global, que afecta a nuestra región en “estado de guerra revolucionaria” conducido por el PC cubano desde 1959, frente a liderazgos nacionales débiles, comprometidos o falaces. Los sectores sanos de las ciudadanías nacionales deberían encontrar en esta oportunidad critica, su retardada redención, con liderazgos genuinos.

  • Marino español. Dr. En Ciencias Políticas y Sociología.

 

CITAS:

 

(1). Diccionario Enciclopédico Salvat. T. IV. Ed. Orinoco. 1957.

(2). Diccionario Enciclopédico Salvat. T. V. Ed. Orinoco. 1957.

(3). H. J. Auel. “La larga guerra civil argentina y el actual estado de guerra civil revolucionario”. Jul 13. www.ieeba.org

(4). H. J. Auel. “El narcoterrorismo, el estado nacional, la democracia y las FF.AA.” 26 Abr 14. www.ieeba.org

(5). H. J. Auel. “La Cultura y la Civilización. La Guerra: continuidad y cambio”. Dic 01. www.ieeba.org

(6). H. J. Auel. “Detrás de un cerrado banco de niebla”. Abr 20. www.ieeba.org

(7) Informe Pagni “Deuda: muy cerca de un acuerdo” 20 May 20. Cuadrodesituacion.com.ar 

(8). H. J- Auel. “La escalada en la guerra mundial contraterrorista global y su repercusión en Iberoamérica”. Ene 20. www.ieeba.org

(9). E. S. Discépolo. Letra y música del Tango “Chorra”. 1928.

(10) H. J. Auel. “Alberto Àngel “Tartufo” Fernández candidato del Foro de San Pablo”.10 Ago 20. www.ieeba.org

 

 

 


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Mayo 26, 2020


 

El Lanzamiento de la NASA y SpaceX

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For the first time in almost a decade, NASA and SpaceX are to launch US astronauts to the International Space Station (ISS) from American soil.

El último vuelo espacial tripulado de la NASA que despegó de los Estados Unidos fue el 8 de julio de 2011, momento en el cual se retiró el programa del transbordador espacial. Desde su primer vuelo en 1981, el programa del transbordador espacial se lanzó 135 veces, de las cuales 133 fueron exitosas. Los trágicos fracasos de los orbitadores Challenger y Columbia, en 1986 y 2003 respectivamente, provocaron la muerte de 14 astronautas, los siete miembros de la tripulación en cada misión.

En el momento del retiro del transbordador espacial, la NASA declaró que estaba dedicando sus recursos a enviar astronautas a la luna, y un día a Marte. Desde entonces, la NASA ha confiado en la nave espacial rusa Soyuz, operada por la agencia espacial rusa Roscosmos, para transportar a sus astronautas a la ISS.

La NASA lanzó su Programa de tripulación comercial en 2010, para encontrar socios del sector privado que pudieran lanzar astronautas de manera segura a la ISS, pero los problemas de financiación retrasaron los lanzamientos iniciales. Los lanzamientos espaciales rusos en sí mismos no son baratos: para los astronautas que viajan a la EEI utilizando cohetes Soyuz desde el cosmódromo de Baikonur en Kazajstán, cuesta hasta U$ 86 millones por asiento. Como parte del programa de la NASA, dos compañías con sede en los EE. UU., SpaceX y Boeing de Elon Musk, devolverán esta capacidad de vuelo espacial humano al suelo estadounidense con costos de asientos más baratos. Costará U$ 55m para SpaceX y U$ 70m para Boeing, aunque la cifra de Boeing ha sido impugnada y podría llegar a $ 90m, lo que lo hace más costoso que un lanzamiento de Soyuz.

El lanzamiento del miércoles marca la primera vez que SpaceX participa en un vuelo espacial tripulado, aunque tiene 85 lanzamientos exitosos de su familia de cohetes Falcon 9 desde 2010. La misión parecía estar en duda después de que un video filtrado apareciera en línea el año pasado mostrando su nave espacial Crew Dragon explotando en llamas. Una investigación conjunta posterior entre SpaceX y la NASA reveló que un incendio de titanio fue la causa probable de la explosión. Fue un momento aterrador para los ingenieros involucrados en el diseño de la cápsula, que está destinada a transportar pasajeros humanos de forma segura en el espacio, pero el Crew Dragon fue probado con éxito después.

Hurley
Behnken

La tripulación del vuelo son Doug Hurley y Bob Behnken, ambos astronautas experimentados con varios vuelos espaciales en su mejor momento. Hurley será el comandante de la nave espacial y el oficial de rango, mientras que Behken será el comandante de operaciones conjuntas. Hurley también fue seleccionado como astronauta en el año 2000 después de una carrera como piloto de caza y piloto de pruebas en el Cuerpo de Marines, y ha completado dos vuelos espaciales, incluida la misión final del transbordador espacial en julio de 2011. Behnken fue seleccionado por la NASA también en el 2000 después de una carrera como ingeniero de pruebas de vuelo con la Fuerza Aérea de los EE. UU. – Tiene dos vuelos de transbordadores espaciales en su haber y seis caminatas espaciales.

Donald Trump ha querido enfatizar su compromiso con los proyectos espaciales desde que asumió el cargo, incluido su deseo de que la NASA regrese a la Luna y el lanzamiento de la Fuerza Espacial del ejército estadounidense. Aunque el Programa de tripulación comercial de la NASA comenzó antes de su administración, el presidente le dijo a los periodistas en la Casa Blanca que estaba pensando en volar a Florida para ver el lanzamiento. Bromeando les dijo a los periodistas: “Me gustaría ponerlos a todos en el cohete y deshacerme de ustedes por un tiempo”.

Trump
Obama

El administrador de la NASA, Jim Bridenstine, dijo: “Bajo el liderazgo del presidente Trump, una vez más estamos lanzando astronautas estadounidenses en cohetes estadounidenses desde suelo estadounidense”. Sin embargo, fue reprendido por el ex astronauta Garrett Reisman, quien tuiteó: “Estoy agradecido por el continuo apoyo de usted y la Administración, pero si hay un Presidente que agradezca este hito, es Barack Obama”.

Los astronautas se acelerarán a aproximadamente 17,000 mph (27,000kmph), 22 veces la velocidad del sonido, y tomarán un curso de intercepción con la ISS. La nave espacial tardará menos de diez minutos en entrar en órbita, mientras que el propulsor Falcon 9 intenta aterrizar en una barcaza flotante en el Océano Atlántico. Hurley y Behnken trabajarán junto a la tripulación de la Expedición 63 a bordo de la ISS, aunque su trabajo principal es el vuelo de demostración del Crew Dragon. La pareja pasará entre 30 y 119 días en la ISS, ayudando con la investigación de la estación y participando en una serie de caminatas espaciales.

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Las condiciones climáticas son esenciales para un lanzamiento seguro, y el pronóstico para el miércoles tal vez podría ser mejor. Los pronósticos del domingo pasado sugieren que hay un 60% de probabilidad de mal tiempo, aunque esto podría cambiar. Si el lanzamiento no tiene lugar dentro de la ventana del miércoles, el próximo intento será el 30 de mayo. Según el 45 ° Escuadrón Meteorológico de la Fuerza Aérea de EE. UU., que apoya el lanzamiento, existe una probabilidad del 60% de “violar las restricciones climáticas”. Estas violaciones incluyen que el Falcon 9 tiene que volar a través de la lluvia y a través de una capa de cúmulos gruesos.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Mayo 26, 2020


 

Asado argentino  y sopa paraguaya entre amigos.

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 Por CLAUDIO VALERIO

Un encuentro con amigos, evocar cosas “del recuerdo” se encuentra presente en toda previa a un apetitoso asado. Un  mediodía del domingo para relajarse, pasando por un gran momento en grata compañía. Y así, tras explotar el sábado festivo cargado de anécdotas enriquecedoras, de un plumazo y a puertas cerradas, se toman el tiempo para el encuentro.

Compartir un asado con la novia en un soleado día con sus amistades, es común para aquellos jóvenes que toman por norma “imposible aburrirse”. Y así, aparece el encargado de prender el fuego, quienes preparan la carne y otros comestibles para poner sobre la parrilla, aquel responsable de proveer bebidas; y también aparece aquel que tuvo algún problema de último momento, con lo que informa (avisa) que “no puedo asistir”.

Están, no obstante la falta del camarada, muy contentos. No sólo por la comida (que también), sino por poder todos los presentes formar parte de este momento. Por supuesto, se puede comer un típico asado argentino en cualquier casa, igual que se puede comer un locro, una paella, o una buena pasta con salsa boloñesa; es un hecho que cualquiera de las opciones estará muy rico. No obstante, y como es de esperarse con semejante grupo de amigos en Argentina, el menú “Bomba” será el asado.

Hoy hablaremos de un acompañamiento perfecto para las carnes a la parrilla en un día de asado: la sopa paraguaya.

La sopa paraguaya es un plato típico del Paraguay. Es una comida exquisita y tierna que se hace mayoritariamente con harina de maíz. Es una mezcla de harina, huevos y otros productos;  podríamos decir “esponjoso y salado bizcochuelo”. Pero no confundir porque esta sopa nada tiene que ver con aquella que se toma con cuchara. Es un bizcocho que se hace con harina de maíz. No confundir la utilizada para polenta, que es un poco más gruesa y muy consumida por la comunidad italiana, de la que se usar para nuestra sopa, que es más fina.

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Ingredientes de una sopa paraguaya

  • 500 gramos de harina de maíz o harina paraguaya
  • 500 gramos queso cremoso
  • 500 gramos de cebolla
  • 250 gramos de queso parmesano (en hebras)
  • 500 cm3 de leche (2 tazas aproximadamente)
  • 6 huevos
  • 1 cucharada de manteca
  • 1 cucharadita de polvo de hornear (opcional)
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Preparación:

En primer lugar se cortan las cebollas en rodajas bien finas para, posteriormente,  ponerlas en una cacerola con un chorro de aceite y la manteca si se quiere. Con fuego lento, una vez derretida la manteca se van removiendo las cebollas para que se vayan cocinando hasta que se vean trasparente; se deben rehogar parejas sin que se doren.

En un bol se colocan los 6 huevos y se baten para luego poner la cebolla rehogada.  Se agrega el queso cremoso cortado en cubo y todo junto se mezcla muy bien.

Lentamente se incorpora la harina de maíz y el polvo de hornear (si se optó por utilizar este último) evitando que se formen grumos. Luego añadimos la leche y se sigue revolviendo hasta que esté todo mezclado y quede una preparación cremosa (debe quedar semilíquida).

Simultáneamente, se toma un molde de tamaño mediano y se lo aceita bien para luego  volcar la preparación.

El cocimiento de la preparación se hace en un horno caliente a 210º C durante unos 25 a 30 minutos.

Ver el proceso de cocción de las carnes, disfrutar el momento, de las charlas, no se puede comparar con nada; y más aún al hacerlo entre amigos.

 

 


PrisioneroEnArgentina.com

Mayo 26, 2020


 

 

Argentina, ¿Un País sin justicia?

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El práximo 27 de mayo y con la organización de Centro de Estudios Cruz del Sur, el doctor Horacio M. LYNCH dará su visión sobre la actuación de la justicia en la República Argentina. El doctor Lynch, abogado, recibido en la Universidad Católica Argentina en el año 1966, tiene más de 50 años de ejercicio profesional siempre compartió la práctica con el estudio y la promoción de temas institucionales, especialmente de la justicia (la Corte Suprema, la educación legal y la formación de abogados), pero también sobre la seguridad jurídica, la calidad institucional, calidad electoral y, durante casi una década, con el estudio de las TIC, las nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones. En 1976, con el Dr. del CARRIL, fundó FORES – Foro de Estudios sobre la Administración de Justicia y presidió por 20 años. Joven Sobresaliente 1978. Creo y dirigio el programa experimental PEA – Programa de Entrenamiento para Abogados. Dirigió el proyecto USA Aid, fue consultor del Banco Mundial, integró el directorio del CACBA, y de la Escuela de Derecho de Di Tella. Fue el primer Director del Proyecto del Juzgado Modelo en la Argentina.Tiene estudios sobre las libertades económicas y la Constitución, la seguridad jurídica en la Argentina y muchas investigaciones sobre la Corte Suprema. Escribió varios libros y artículos e investigaciones en periódicos o publicaciones especializadas. Desde hace algunos años se dedica a la consultoría y al asesoramiento, e investiga en temas profesionales, como el nuevo Derecho Real de Superficie, las Acciones Colectivas, o el Derecho Sucesorio en el actual Código Civil y Comercial. Es Vicepresidente de la Fundación Metas Siglo XXI institución con la que colabora activamente.

 

 


PrisioneroEnArgentina.com

Mayo 23, 2020


 

DRÁCULA

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Las primeras copias de la clásica novela de vampiros Drácula, del escritor irlandés Bram Stoker, aparecen en las librerías de Londres el 26 de mayo de 1897. Un niño inválido, Stoker creció para convertirse en una estrella del fútbol (soccer) en el Trinity College de Dublín. Después de graduarse, consiguió un trabajo en el servicio civil en el Castillo de Dublín, donde trabajó durante los siguientes 10 años mientras escribía críticas dramáticas para el Correo de Dublín. De esta manera, Stoker conoció al respetado actor Sir Henry Irving, quien lo contrató como su gerente. Stoker permaneció en el puesto durante la mayor parte de las próximas tres décadas, escribiendo la voluminosa correspondencia de Irving para él y acompañándolo en giras por los Estados Unidos. Con los años, Stoker comenzó a escribir una serie de historias de terror para revistas, y en 1890 publicó su primera novela, The Snake’s Pass.

Stoker continuaría publicando 17 novelas en total, pero fue su novela Drácula de 1897 la que finalmente le ganó fama literaria y se hizo conocido como una obra maestra de la literatura gótica de la época victoriana. Escrito en forma de diarios y diarios de sus personajes principales, Drácula es la historia de un vampiro que se dirige desde Transilvania, una región de Europa del Este ahora en Rumania, a Yorkshire, Inglaterra, y se aprovecha de inocentes para obtener la sangre. El necesita vivir. Stoker originalmente había llamado al vampiro “Conde Wampyr”. Encontró el nombre de Drácula en un libro sobre Valaquia y Moldavia escrito por el diplomático retirado William Wilkinson, que tomó prestado de una biblioteca pública de Yorkshire durante las vacaciones de su familia allí. Los vampiros, que salían de sus lugares de entierro por la noche para beber la sangre de los humanos, eran figuras populares en los cuentos populares de la antigüedad, pero la novela de Stoker los catapultó a la corriente principal de la literatura del siglo XX. Tras su lanzamiento, Drácula tuvo un éxito moderado, aunque cuando Stoker murió en 1912 ninguno de sus obituarios mencionó a Drácula por su nombre. Las ventas comenzaron a despegar en la década de 1920, cuando la novela fue adaptada para Broadway. La manía de Drácula se aceleró aún más con la exitosa película de Universal de 1931, dirigida por Tod Browning y protagonizada por el actor húngaro Bela Lugosi. Docenas de películas, programas de televisión y literatura con temas de vampiros siguieron, aunque Lugosi, con su acento exótico, sigue siendo el conde Drácula por excelencia solo comparable al de Christopher Lee. Los ejemplos de la moda de los vampiros de finales del siglo XX incluyen las novelas más vendidas de la escritora estadounidense Anne Rice y la exitosa serie de televisión Buffy the Vampire Slayer. El siglo XXI vio la muy popular serie de películas y libros de la serie Crepúsculo.

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PrisioneroEnArgentina.com

Mayo 26, 2020


 

¿Se viene la segunda?

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Las multitudes llenaron playas en Florida, Maryland, Georgia, Virginia e Indiana durante el fin de semana, muchas se aventuraron sin máscaras y otras decidieron no mantener su distancia, incluso cuando los funcionarios han resaltado incansablemente la importancia de ambas para evitar otro aumento de casos.

En Missouri, cientos asistieron a una fiesta en la piscina pocos días después de que una fiesta similar en el vecino Arkansas causó un grupo de nuevos casos de coronavirus. El gobernador de Arkansas dijo que el estado ahora está experimentando un “segundo pico”.

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“Me dices cómo actúan las personas hoy, te diré la tasa de infección dentro de tres días”, dijo el domingo el gobernador de Nueva York, Andrew Cuomo, enfatizando la importancia que tienen las acciones de los residentes en la propagación de infecciones.

Pero a medida que los funcionarios de salud advierten que el virus mortal aún no está contenido, los líderes locales de todo el país están trabajando para hacer cumplir las regulaciones establecidas para tiendas, bares y restaurantes que se han reabierto.

El comisionado de la Administración de Drogas y Alimentos de Estados Unidos instó el domingo a los estadounidenses a observar el fin de semana del Memorial Day a seguir las pautas federales destinadas a frenar la propagación del coronavirus.

 


PrisioneroEnArgentina.com

Mayo 26, 2020


 

El episodio Kugelmass

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 por Woody Allen

El profesor Kugelmass, quien dictaba clases de Humanidades en el City College, estaba infelizmente casado por segunda vez. Su esposa, Dafne Kugelmass, era una idiota. El también tenía dos hijos tontos de su primera esposa, Flo, y estaba hasta el cuello de deudas ocasionadas por los costos de la separación y manutención de los niños.

“¿Acaso yo sabía que las cosas iban a salir tan mal?”, se lamentó un día Kugelmass dirigiéndose a su analista. “Dafne era muy prometedora. ¿Quién podría sospechar que ella iba a abandonarse y a engordar como tonel? Además, ella tenía algunos dolarillos, lo que no es – por supuesto – razón suficiente para contraer nupcias pero tampoco viene mal, teniendo en cuenta los problemas “operativos” que tengo. ¿Entiende lo que le digo?

Kugelmass era calvo y tan peludo como un oso, pero tenía un gran corazón.

“Tengo que buscarme otra mujer”, agregó. “Necesito tener un affaire. Es posible que no sea un buen partido pero soy un hombre que necesita vivir un romance.

Necesito sentir ternura, coquetear con alguien. Estoy envejeciendo y por ello es muy tarde para sentir el deseo de hacer el amor en Venecia, burlarse el uno del otro en el “21″ e intercambiar miradas tímidas sobre una copa de vino tinto a la luz de las velas. ¿Entiende lo que le digo?’’

El Dr. Mandel se movió en la silla y dijo: “No resolverá nada con una aventura amorosa. Usted es muy poco realista. Sus problemas son mucho más graves”.

“Debo tener una relación muy discreta”, seguía pensando en voz alta Kugelmass. “No puedo darme el lujo de divorciarme por segunda vez. Dafne me lo echaría en cara”

“Sr. Kugelmass – ”

“Sin embargo, no puede ser con nadie del City College porque Dafne también trabaja allí. De hecho, ninguna profesora de esa universidad vale gran cosa; sin embargo, alguna de las estudiantes …”

“Sr. Kugelmass – ”

“Ayúdeme. Anoche tuve un sueño. Estaba en una pradera y de pronto me puse a saltar con una cesta de comida y la cesta tenía un letrero que rezaba “Opciones”. Luego me di cuenta de que la cesta tenía un agujero”.

“Sr. Kugelmass, lo peor que puede hacer es representar de esa forma sus inhibiciones. Usted debe limitarse a expresar sus sentimientos para que los analicemos en conjunto. Usted ha estado en tratamiento el tiempo suficiente como para saber que no hay remedios instantáneos. Después de todo, soy un analista, no un mago”.

“Entonces, tal vez lo que necesite sea un mago”, dijo Kugelmass, levantándose de su asiento. Y con ello puso fin a su terapia.

Algunas semanas después, Kugelmass y Dafne se hallaban deprimidos en su apartamento como dos viejos muebles. De pronto, sonó el teléfono. Era de noche.

“Yo atiendo”, dijo Kugelmass. “Aló”.

¨Kugelmass?, se oyó al otro lado del teléfono. “Kugelmass, le habla Persky”.

“¿Quién?”

“Persky, ¿o debería decir “El Gran Persky?”

¿Perdón?

“He sabido que anda en búsqueda de un mago que le de una nota exótica a su vida. ¿No es así?”
“¬Chis!, susurró Kugelmass. “No cuelgue. ¿De dónde llama, Sr. Persky?”

Al día siguiente, por la tarde, Kugelmass subió por las escaleras de un decrépito edificio de apartamentos situado en el área de Bushwick, Brooklyn. Aguzando la mirada para romper la oscuridad del pasillo, Kugelmass finalmente encontró la puerta que buscaba y tocó el timbre. Voy a lamentarlo, pensó para sí.

Segundos después, era recibido por un hombre pequeño, delgado, con una mirada vidriosa.

¿Usted es Persky, el Grande?, dijo Kugelmass.

El Gran Persky. ¿Quiere una tasa de té?

“No. Quiero vivir un romance. Quiero sentir la música, el amor y la belleza”.

“Pero no quiere tomar té. ¿Ah? Es raro. Muy bien, tome asiento”.

Persky se paró y fue al cuarto de atrás. Kugelmass oyó un movimiento de cajas y muebles. Persky reapareció, empujando un objeto de gran tamaño montado sobre unos patines con las ruedas chirriantes. Persky quitó algunos viejos pañuelos de seda que se encontraban en la parte superior y los sopló para quitarle el polvo. Se trataba de un armario chino mal laqueado y de tosca apariencia.

“Persky”, ¿qué se trae entre manos?, preguntó Kugelmass.

Preste atención”, le respondió Persky. “Esto va a producir un bello efecto. Lo diseñé el año pasado para una ceremonia de los Caballeros de Pitia, pero el acto se suspendió por falta de público. Entre en el mueble”.

“¿Por qué? ¿Acaso va a atravesarlo con un montón de espadas o algo así?

¿Usted ve alguna espada?

Kugelmass puso cara de circunstancia y lanzando un gruñido se introdujo en el armario. El profesor no pudo evitar observar varias imitaciones de diamante de mala calidad pegadas en la madera contrachapada justo frente a su cara. “Esto es un chiste de mal gusto”, dijo.

“Tiene algo de broma. Bien, oiga lo que le voy a decir. Si lanzo una novela al interior del armario en el que usted se encuentra, cierro las puertas y toco tres veces, usted se verá proyectado en ese libro”.

Kugelmass hizo un gesto de incredulidad.

“Es mi varita mágica”, dijo Perksy. “Mi contacto con Dios. No sólo funciona con novelas. Puede ser un cuento, una obra de teatro, un poema. Podrá conocer algunas de las mujeres creadas por los mejores escritores del mundo. Sea cual fuere la mujer de sus sueños. Podrá hacer todo lo que desee como un verdadero triunfador. Luego, cuando haya vivido suficientes experiencias, pega un grito y volverá aquí al instante.

“Persky, ¿Usted está enfermo?

“Le estoy diciendo que todo estará bien”, expresó Persky.

Kugelmass mantuvo su escepticismo. ¿Lo que usted me quiere decir es que este cajón casero me puede transportar tal y como usted me lo ha descrito?
“Por apenas 20 dólares”.

Kugelmass buscó su billetera. “Ver para creer”, dijo.

Persky guardó los billetes en sus bolsillos y se dirigió a su biblioteca ¿A quién desea conocer? ¿A la Hermana Carrie? ¿Hester Prynne? ¿Ofelia? ¨Tal vez a algún personaje de Saul Bellow? ¿Qué le parece un encuentro con Temple Drake? Aunque para un hombre de su edad, ella sería una prueba muy difícil”
“A una francesa. Quiero tener un affaire con una amante francesa”

“¿Nana?”

“No quiero tener que pagar por ello”.

Qué le parece Natacha de La Guerra y la Paz

“Le dije que una francesa. ¡Ya sé! ¿Qué le parece Emma Bovary? Me parece perfecta”.

“Muy bien, Kugelmass. Pegue un grito cuando esté harto”.

Persky introdujo en el armario una edición rústica de la novela de Flaubert.

“¿Está seguro de que esto no implica ningún riesgo?”, preguntó Kugelmass mientras Persky comenzaba a cerrar las puertas del armario.
“Seguro. ¿Hay algo seguro en este mundo tan loco?” Persky tocó tres veces el armario y luego abrió de par en par las puertas.

Kugelmass se había ido. En ese mismo instante, apareció en el dormitorio de la casa de Charles y Emma Bovary en Yonville. Ante él, se hallaba una hermosa mujer, de pie y dándole la espalda a Kugelmass mientras doblaba la lencería. No puedo creerlo, pensó Kugelmass, mirando a la cautivadora esposa del doctor. Esto es algo sobrenatural. Estoy aquí junto a ella.

Emma se volteó sorprendida. “Dios mío, me asustó”, expresó. “¿Quién es usted?” Emma habló en perfecto español como la traducción que aparecía en la edición rústica de Persky.

Esto es increíble, pensó Kugelmass. Luego, dándose cuenta de que era a él, a quien ella se había dirigido, respondió: “Disculpe. Soy Sidney Kugelmass, del City College. Soy profesor de Humanidades en una universidad neoyorquina, situada en las afueras de la ciudad. Yo … ¡no puedo creerlo!

Emma Bovary sonrió con coquetería y le preguntó: “¿Desea tomar algo? ¿Tal vez una copa de vino?

Es hermosa, pensó Kugelmass. ¡Qué diferencia con el troglodita con el que comparte la cama! Sintió un impulso repentino de tener entre sus brazos esta visión y decirle que era el tipo de mujer con el que había soñado toda su vida.

“Sí, un poco de vino”, contestó con voz ronca. “Blanco. No, tinto. No, blanco. Una copa de vino blanco”.

“Charles estará fuera todo el día”, expresó Emma, con voz insinuante.

Después del vino, fueron a dar un paseo por la encantadora campiña francesa. “Yo siempre había soñado con un misterioso extranjero que aparecería y me rescataría de la monotonía de esta aburrida existencia rural”, le confesó Emma, tomando su mano. Pasaron frente a una pequeña iglesia. “Me encanta la ropa que llevas puesta”, murmuró. “Nunca había visto un traje como ese. Es tan … tan moderno”.

“Lo llaman traje casual”, le explicó Kugelmass con voz romántica. “Estaba en oferta”. De pronto, la besó. Durante más de una hora, estuvieron recostados bajo un árbol, susurrándose frases al oído y expresándose ideas profundamente significativas con sus miradas. Luego, Kugelmass se incorporó. Acababa de recordar que tenía que encontrarse con Dafne en Bloomingdale’s. “Debo irme”, le dijo. “Pero no te preocupes, volveré”.

“Eso espero”, le dijo Emma.

Kugelmass le dio un abrazo apasionado y los dos caminaron de vuelta a casa. Acunó el rostro de Emma en las palmas de sus manos, la besó de nuevo y gritó: “Ya está bien, Persky”. Tengo que estar en Bloomingdale’s a las tres y media”.

Se produjo un ruido seco y Kugelmass volvió a Brooklyn.

“¿Y entonces? ¿Le mentí?, preguntó Persky, triunfante.

“Persky, se me hace tarde para encontrarme con mi mujer en la Avenida Lexington. Pero, ¿cuando puedo volver a viajar? ¿Mañana?

“Seguro. Sólo debe traer 20 dólares. Y no le mencione esto a nadie”.

“Por supuesto. Nada más llamaré a Rupert Murdoch”.

Kugelmass tomó un taxi que enfiló hacia la ciudad. Su corazón latía desenfrenadamente. Estoy enamorado, pensó, y tengo en mi poder un secreto maravilloso. Lo que él no se había dado cuenta era que en ese mismo momento los estudiantes de varios salones de clase del país le estaban preguntando a sus profesores: “¿Quién es ese personaje que aparece en la página 100?”. ¿Un judío calvo está besando a Madame Bovary? Un profesor de Sioux Falls, Dakota del Sur, suspiró y pensó: Dios mío, las cosas que se le ocurren a estos muchachos. Eso es culpa de la marihuana y de la coca.

Dafne Kugelmass se encontraba en el departamento de accesorios para baños en Bloomingdale’s cuando Kugelmass llegó jadeando. “¿Dónde estabas metido?”, preguntó molesta. “Son las cuatro y media”.

“Había mucho tráfico en la calle”, se excusó Kugelmass.

Al día siguiente, Kugelmass fue a visitar a Persky y a los pocos minutos había vuelto a viajar mágicamente a Yonville. Emma no pudo ocultar su emoción al verlo. Pasaron varias horas juntos, riendo y conversando sobre sus vidas. Antes de que Kugelmass partiera, hicieron el amor. ¡Dios mío, me acosté con Madame Bovary!” dijo entre dientes. “Yo, a quien le rasparon español en primer año”.

Transcurrieron los meses y Kugelmass fue a visitar a Persky en muchas oportunidades y desarrolló una íntima y apasionada relación con Emma Bovary. “Asegúrese de que siempre entre al libro antes de la página 120”, le dijo un día Kugelmass al mago. “Siempre tengo que encontrarme con ella antes de que Emma entre en contacto con el personaje de Rodolphe”,

“¿Por qué? ¿Acaso no puedes ganarle?”

“¿Ganarle?”. El pertenece a la aristocracia provinciana. Esos tipos no tienen nada mejor que hacer que flirtear con las mujeres y montar a caballo. Podríamos decir que él es uno de esos rostros que aparece en la revista Women’s Wear Daily, con un corte de pelo al estilo Helmut Berger. Sin embargo, para Emma es un galán irresistible”.

“¿Y su esposo no sospecha nada?”

“El no sabe ni donde está parado. Es un paramédico mediocre que comparte su vida con una bailarina. Siempre está listo para acostarse a las diez mientras ella se pone sus zapatillas de baile. Bueno, … nos vemos luego”.

Kugelmass entró al armario y pasó instantáneamente a la casa de los Bovary en Yonville. ¿Cómo te va, mi adorada?, le dijo a Emma.

¡Oh, Kugelmass!, susurró Emma. “Las cosas que tengo que soportar. Anoche mientras cenaba, el Sr. Personalidad se adormeció mientras comíamos el postre. Le estaba expresando todos mis sentimientos sobre Maxim’s y el ballet e inesperadamente oí un ronquido”.

“No te preocupes, mi amor. Estoy aquí contigo”, le dijo Kugelmass, abrazándola. Me he ganado esto a pulso, pensó, mientras olía el perfume francés de Emma y hundía su nariz en el cabello de su amada. He sufrido mucho. He gastado mucho dinero en analistas. He buscado hasta el cansancio. Ella es joven y núbil y yo estoy aquí, algunas páginas después de Léon y poco antes de Rodolphe. Como he aparecido en los capítulos adecuados, he podido manejar perfectamente la situación.

De hecho, Emma irradiaba tanta felicidad como Kugelmass. Ella estaba ansiosa de emociones y los relatos que Kugelmass le contaba sobre la vida nocturna de Broadway, los automóviles veloces y las estrellas de la televisión y de Hollywood, embelesaban a la preciosa joven francesa.

“Dime algo sobre O. J. Simpson”, le imploró una noche, mientras ella y Kugelmass paseaban cerca de la abadía de Bournisien.

“¿Qué te puedo decir? Es un gran atleta. Ha establecido una gran cantidad de marcas como corredor de fútbol americano. Tiene un gran movimiento. Es muy difícil tocarlo”.

“¿Y qué me dices de los premios de la Academia?”, preguntó Emma con melancolía. “Daría cualquier cosa por ganarme un Oscar”.

“Antes que nada debes recibir una nominación”.

“Ya lo sé. Tú me lo explicaste. Pero estoy convencida de que puedo actuar. Por supuesto, quisiera tomar algunas clases. Tal vez con Strasberg. Luego, si tuviera el agente adecuado ….”.

“Ya veremos, ya veremos. Hablaré con Persky”.

Esa noche, luego de haber regresado a salvo al apartamento del mago, Kugelmass le propuso la idea de traerse consigo a Emma para que visitara la Gran Manzana.

“Déjeme pensarlo”, le dijo Persky. “Tal vez pudiera hacer algo al respecto. Han ocurrido cosas más extrañas”. Desde luego, a ninguno de ellos se les vino a la cabeza ninguna.

“¿Dónde diablos has estado metido todo este tiempo?”, le gritó Dafne Kugelmass a su marido cuando él volvió tarde a su casa. “¿Tienes una madriguera en la que te emborrachas a escondidas?”

“Sí, claro. Soy un borracho”, contestó Kugelmass con tono de desgano. “Estaba con Leonard Popkin. Estábamos discutiendo sobre la agricultura socialista en Polonia. Tú conoces muy bien a Popkin. Es un fanático del tema”.

“Has estado muy raro en los últimos tiempos”, comentó Dafne. “Distante. Tu no te olvidas del cumpleaños de mi padre. Es el sábado, ¿no?
“Sí, claro”, contestó Kugelmass, dirigiéndose al baño.

“Irá toda mi familia. Podremos ver a los mellizos. Y al primo Hamish. Deberías ser más amable con el primo Hamish. Le caes bien”.

“Sí, los morochos”, dijo Kugelmass, cerrando la puerta del baño y apagando con ello la voz de su mujer. El profesor se apoyó en la puerta, y respiró hondo. En pocas horas, se dijo a sí mismo, volvería a Yonville, para estar con su amada. Y en esta oportunidad, si todo salía de acuerdo a lo previsto, se traería a Emma consigo.

A las 3:15 p.m. del día siguiente, Persky volvió a realizar su acto de magia. Kugelmass se apareció ante Emma, sonriente y ansioso. Ambos pasaron varias horas en Yonville con Binet y luego se montaron en el carruaje de los Bovary. Siguiendo las instrucciones de Persky, se abrazaron con fuerza, cerraron sus ojos y contaron hasta diez. Cuando los abrieron, el carruaje estaba cerca de la puerta lateral del Hotel Plaza, en donde Kugelmass había reservado ese mismo día y con un gran optimismo, una suite.

“¡Me encanta!, es tal y como lo había soñado”, dijo Emma mientras daba saltos de alegría por la habitación y veía la ciudad desde su ventana. “Allí está Schwarz. Y allá veo el Central Park y ¿cuál es Sherry? Ah, allí está . ¡Es maravilloso!

En la cama había varias cajas de Halston y Saint Laurent. Emma abrió una de ellas y sacó un par de pantalones de terciopelo negro que puso delante de su perfecto cuerpo.

“Esos pantalones son de Ralph Lauren”, dijo Kugelmass. “Lucirás estupenda. Anda, cariño. Dame un beso”.

“Nunca había estado tan feliz”, gritó Emma mientras se paraba frente al espejo. “Vamos a pasear por la ciudad. Quiero ir a ver el musical “Chorus Line”, visitar el Guggenheim y ver el personaje de Jack Nicholson del que siempre me has hablado. “¿Están presentando alguna de sus películas?”

“No puedo entender lo que está pasando”, expresó un profesor de Stanford. “En primer lugar, aparece un extraño personaje llamado Kugelmass y ahora ella ha desaparecido de la obra. Supongo que la principal característica de una obra clásica es que uno puede releerla mil veces y siempre hallar algo nuevo”.

Los amantes pasaron un dichoso fin de semana. Kugelmass le había dicho a Dafne que él iba a participar en un simposio en Boston y que regresaría el lunes. Saboreando cada momento, Kugelmass y Emma fueron al cine, cenaron en Chinatown, pasaron dos horas en una discoteca y se acostaron viendo una película en la televisión. El domingo durmieron hasta el mediodía, visitaron el SoHo, y miraron de soslayo a un grupo de celebridades que estaban en Elaine’s. Comieron caviar y bebieron champagne en su suite el domingo por la noche y conversaron hasta el amanecer. Esa mañana en el taxi que los llevaba al apartamento de Persky, Kugelmass pensó que era una cosa de locos pero valía la pena vivirla. No puedo traerla muy a menudo, pero el tenerla en Nueva York de vez en cuando representará un cambio significativo con respecto a Yonville.

En casa de Persky, Emma se introdujo en el armario, arregló sus nuevas cajas de ropa y le dio un tierno beso a Kugelmass. “Este será mi lugar la próxima ocasión, dijo con un guiño. Persky tocó tres veces el armario, pero no ocurrió nada.

“Este …”, dijo Persky, rascándose la cabeza. Tocó el mueble de nuevo, pero la magia no resultó. “Algo está funcionando mal”, masculló.

“Persky, estás bromeando”, gritó Kugelmass. “¡Cómo es posible que no funcione?”.

“Tranquilícese. ¿Estás todavía ahí adentro, Emma?

“Sí”.

Persky golpeó el mueble, esta vez con más fuerza.

“Todavía estoy aquí, Persky”.

“Ya lo sé, querida. No te muevas”.

“Persky, tenemos que hacerla volver”, susurró Kugelmass. “Soy un hombre casado, y tengo clase en tres horas. En estos momentos, sólo estoy preparado para un affair muy discreto”.

“No puedo entender lo que está ocurriendo”, murmuró Persky. “Es un truco tan sencillo y confiable”.

Sin embargo, no pudo hacer nada. “Esto me va a tomar algún tiempo”, le dijo a Kugelmass. “Voy a desarmar el mueble. Lo llamaré luego”.

Kugelmass lanzó a Emma dentro de un taxi y la llevó de vuelta al Plaza. Apenas pudo llegar a tiempo a su clase. Todo el día estuvo llamando por teléfono a Persky y a su amante. El mago le dijo que tal vez tendrían que pasar algunos días antes de que pudiera llegar al fondo del problema.

“¿Cómo te fue en el simposio?”, le preguntó Dafne esa noche.

“Muy bien, muy bien”, le contestó el esposo, encendiendo la colilla de un cigarrillo.

“¿Qué te pasa? Estás sumamente tenso”.

“¿Yo?” ¬Ja, ja!, eso es un chiste. Estoy tan tranquilo como una noche de verano. Voy a salir a dar un paseo”. Cerró con cuidado la puerta, llamó un taxi que lo llevó al Plaza.

“Estoy en problemas”, dijo Emma. “Charles me extrañará”.

“Ten paciencia, cariño”, le dijo Kugelmass. Estaba pálido y sudoroso. La besó de nuevo, corrió hacia el ascensor, llamó desesperadamente a Persky desde una cabina telefónica en la recepción del Plaza y llegó a su casa poco antes de la medianoche.

“Según Popkin, los precios de la cebada en Cracovia no habían mostrado tanta estabilidad desde 1971”, le dijo a Dafne mientras esbozaba una sonrisa y se acostaba junto a ella.

Toda la semana transcurrió igual. El viernes por la noche, Kugelmass le dijo a Dafne que iba a participar en otra conferencia, esta vez en Syracuse. Salió disparado al Plaza, pero el segundo fin de semana no se asemejó en nada al primero. “Llévame de vuelta a la novela o cásate conmigo”, le dijo Emma a Kugelmass. “Mientras tanto, quiero conseguir un trabajo o estudiar porque estoy harta de ver televisión todo el día”.

“Me parece bien. Podremos utilizar el dinero”, le dijo Kugelmass. “Estás gastando una fortuna pidiendo servicio a la habitación del hotel”.

“Ayer conocí a un productor de Off Broadway en el Central Park y me dijo que podría encajar a la perfección en un proyecto que está realizando”, dijo Emma.

“¿Quién es ese payaso?”, le preguntó Kugelmass.

“No es un payaso. Es un hombre sensible, amable y lindo. Se llama Jeff … algo y es candidato a un premio Tony”.

Esa misma tarde, Kugelmass fue a visitar a Persky en estado de ebriedad.

“Cálmese”, le dijo el mago. “Puede enfermarse de las coronarias”.

“¿Tranquilizarme?, ¿Cómo me voy a calmar si tengo a un personaje de ficción escondido en un hotel y creo que mi esposa me está siguiendo con un detective privado?”

“Está bien. Sé que estamos metidos en un problema”, Persky se arrastró bajo el mueble y comenzó a golpear algo con una llave inglesa.

“Parezco un animal salvaje”, prosiguió Kugelmass. “Ando a escondidas por toda la ciudad y Emma y yo estamos hartos de la relación. Por no hablar de la cuenta del hotel que ya se parece al presupuesto de defensa”.

“¿Qué puedo hacer? Así es el mundo de la magia”, masculló Persky. “Todo es cuestión de matices”.

“Matices, un carajo. Esta muchachita lo único que consume es Dom Perignon y caviar. A eso hay que sumarle su vestuario, la inscripción en el Neighborhood Playhouse y un portafolios con fotos profesionales. Además de eso, Persky, el profesor Fivish Popkind, que enseña Literatura Comparada y siempre ha estado celoso de mí, me identificó como el personaje que aparece esporádicamente en el libro de Flaubert. Me ha amenazado con que le va a contar todo a Dafne. Ya me veo arruinado, pagándole la pensión alimentaria a mi mujer, y en la cárcel. Por el pecado de adulterio con Madame Bovary, mi esposa me convertirá en un mendigo.

“¿Qué quiere que le diga?” Estoy trabajando día y noche para resolver el problema. En lo que respecta a su angustia, no puedo hacer nada por usted. Soy un mago, no un psicoanalista”.

El domingo por la tarde, Emma se había encerrado en el baño y se negaba a responder a los ruegos de Kugelmass. El atribulado profesor miró la ventana del edificio Wollman Rink y contempló la posibilidad de suicidarse. Lo malo es que me encuentro en un piso muy bajo, pensó; de no ser por ello, me lanzaría en el acto. También podría huir a Europa y comenzar una nueva vida … Tal vez podría vender el International Herald Tribune como lo solían hacer esas muchachas.

En ese momento sonó el teléfono y Kugelmass lo llevó mecánicamente a su oído.

“Traiga a Emma”, dijo Persky. “Creo que reparé el defecto que tenía el mueble”.

El corazón de Kugelmass estuvo a punto de detenerse. ¿Está hablando en serio?, le dijo ¿Logró arreglarlo?”

“Tenía un problema en la transmisión. ¿Quién se lo iba a imaginar?

“Persky, usted es un genio. Estaremos allí en un minuto. En menos de un minuto.

Una vez más, los amantes corrieron al apartamento del mago y de nuevo Emma Bovary se introdujo en el armario con sus cajas. En esta oportunidad no hubo besos. Persky cerró las puertas, respiró fuertemente y tocó la caja tres veces. Se produjo el ruido habitual y cuando Persky echó un vistazo al interior el mueble estaba vacío. Madame Bovary había regresado a su novela. Kugelmass exhaló un suspiro de alivio y estrechó efusivamente la mano del mago.

“Se acabó”, dijo. “Aprendí la lección. Nunca volveré a faltarle a mi mujer. Se lo juro”. Estrechó de nuevo la mano de Persky e hizo la promesa mental de que le iba a enviar un corbatín.

Tres semanas después, al terminar una bella tarde de primavera, Persky escuchó el timbre y abrió la puerta. Era Kugelmass, con una expresión avergonzada en el rostro.

“Está bien, Kugelmass’’, ¿adónde quiere ir ahora?

“Sólo una vez más”, indicó Kugelmass. “El tiempo es tan encantador y yo sigo envejeciendo. Persky, ¿usted ha leído el libro La Denuncia de Portnoy. ¿Recuerda el personaje del Mono?

“Ahora el precio es 25 dólares, ya que el costo de la vida ha aumentado. Sin embargo, la primera vez podrá ir gratis, debido a todos los problemas que le causé”.

“Usted sí es buena gente”, le dijo Kugelmass, mientras se peinaba los pocos cabellos que le quedaban y entraba en el armario. ¿Está funcionando bien?”
“Eso espero. Sin embargo, no lo he probado mucho desde que ocurrió todo ese desastre”.

“Sexo y romance”, dijo Kugelmass desde el interior del armario. “Lo que uno tiene que hacer por una cara bonita”.

Persky lanzó al interior un ejemplar de “La Denuncia de Portnoy” y tocó tres veces la caja. En esta oportunidad, en lugar de hacer un ruido seco, se produjo una ligera explosión, seguida por una serie de chisporroteos y una lluvia de centellas. Persky saltó hacia atrás, sufrió un ataque cardiaco y cayó muerto. El mueble se incendió y, al final, se quemó todo el apartamento.

Kugelmass, que no tenía conocimiento de esta catástrofe, también estaba en aprietos. El no había ido a parar al libro “La Denuncia de Portnoy” ni a ninguna otra novela sobre el mismo tema. El profesor había sido proyectado a un viejo libro de texto llamado “Curso básico de Español” y estaba corriendo sobre un terreno árido y pedregoso para salvar su vida mientras la palabra tener, un verbo peludo e irregular, corría tras él gracias a sus larguiruchas piernas.


PrisioneroEnArgentina.com

Mayo 26, 2020


LO MÁS VISTO ♣ Mayo 25, 2020

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Mayo 25, 2020


 

Estados Unidos vuelve a la carrera espacial

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Dos astronautas estadounidenses completaron un ensayo general antes de su innovador viaje a la Estación Espacial Internacional en una asociación entre la NASA y SpaceX.

Puntos clave:
Los astronautas serán los primeros en ser puestos en órbita por una empresa privada.
Solo hay un 40 por ciento de posibilidades de clima favorable para el lanzamiento
SpaceX dice que el lanzamiento será “todo un espectáculo”

Los astronautas de la NASA Doug Hurley y Bob Behnken, que completaron la carrera en seco el fin de semana, serán parte del primer intento de una compañía privada de enviar astronautas a la órbita.

Solo los gobiernos ruso, estadounidense y chino lo han hecho en el pasado.

Behnken y Hurley

Después de subir a bordo de la cápsula SpaceX Dragon en la parte superior del cohete SpaceX Falcon 9 el miércoles 27 de mayo a las 16.33 hora de la Florida, la pareja también se convertirá en los primeros astronautas lanzados desde el Centro Espacial Kennedy de la NASA desde el último vuelo del transbordador en 2011.

Sin embargo, el lanzamiento dependerá del clima y solo hay un 40 por ciento de posibilidades de condiciones favorables para el día del lanzamiento, según las previsiones del 45 ° Escuadrón del Ala Espacial de la Fuerza Espacial de EE. UU.

Según el pronóstico, el centro espacial en Cabo Cañaveral en Florida podría ver lluvia y una espesa capa de nubes.

La misión está diseñada para ser una demostración de viajes espaciales comerciales y es una asociación entre la agencia espacial estadounidense y SpaceX, propiedad del multimillonario fundador de Tesla, Elon Musk.

El coronel Hurley y el coronel Behnken, vestidos con elegantes atuendos blancos, se trasladarán de un Tesla del mismo color a la cápsula del Dragón.

El ex astronauta Buzz Aldrin, que acompañó a Neil Armstrong en la misión Apollo 11 de 1969, dijo en línea que los preparativos para la misión trajeron buenos recuerdos.

 


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Mayo 25, 2020


 

Los 9 de arranque

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El 25 de mayo de 1810 en la Plaza de la Victoria, actual Plaza de Mayo, el pueblo de Buenos Aires impuso su voluntad al crear la Junta Provisoria Gubernativa del Río de la Plata integrada por: Cornelio Saavedra, presidente; Juan José Castelli, Manuel Belgrano, Miguel de Azcuénaga, Manuel Alberti, Domingo Matheu, Juan Larrea, vocales; y Juan José Paso y Mariano Moreno, secretarios. Quedó así formado el primer gobierno patrio. 

 

Presidente

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Cornelio Judas Tadeo de Saavedra y Rodríguez
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Secretarios

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Juan José Paso (Juan José Esteban del Passo)
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Mariano Moreno
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Vocales

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Juan José Antonio Castelli
Manuel Máximiliano Alberti
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Manuel José Joaquín del Corazón de Jesús Belgrano
Domingo Bartolomé Francisco Matheu
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Miguel Ignacio de Azcuénaga
Juan Larrea Espeso
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Circular del 27 de Mayo

…importa que V. quede entendido que los Diputados han de irse incorporando en esta Junta, conforme y por el orden de su llegada a la Capital, para que así se hagan de la parte de confi anza pública que conviene al mejor servicio del Rey y gobierno de los Pueblos, imponiéndose con quanta anticipación conviene a la formación de la general, de los graves asuntos que tocan al Gobierno. Por lo mismo se habrá de acelerar el envío de Diputados, entendiendo debe ser uno por cada ciudad o Villa de las Provincias, considerando que la ambisión de los extranjeros puede exitarse a aprovechar la dilación en la reunión para defraudar a S. M. los legítimos derechos que se trata de preservar. Servirá a todos los pueblos del Virreynato de la mayor satisfacción, el saber como se lo asegura la Junta, que todos los Tribunales, Corporaciones Xefes, y Ministros de la Capital, sin excepción han reconocido la Junta y prometido su obediencia, para la defensa de los augustos derechos del Rey, en estos dominios, por lo qual es tanto más interesante que este exemplo empeñe los deseos de y para contribuir en estrecha unión a salvar la Patria de convulsiones que la amenazan, si no se prestasen las Provincias a la unidad y armonía que debe reinar entre ciudadanos de un mismo origen, de dependencia e intereses. A esto se dirigen los conatos de esta Junta, a ello los ruegos del pueblo principal del Virreynato, y a lo mismo se le excita, con franqueza de quantos auxilios y medios puedan de su arbitrio, que serán dispensados prontamente en obsequio del bien y concentración de los Pueblos.
Real Fortaleza de Buenos Ayres, 27 de Mayo de 1810 en Historia de las Leyes de la Nación Argentina,
Enciclopedia Legislativa o Digesto razonado, anotado y concordado por David Peña (1810-1916), T. 1, p. 125

 


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Mayo 25, 2020


 

PARA EL 25 DE MAYO, ¿LOCRO O ASADO?

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Por CLAUDIO VALERIO

 

En el hasta entonces Virreinato del Río de la Plata, en el Cabildo Abierto del 22 había resuelto deponer al Virrey y formar un nuevo gobierno. El 25 de mayo de 1810 el cabildo de Buenos Aires anunció la formación de la primera junta presidida por Cornelio Saavedra, jefe de milicias, por Mariano Moreno, Manuel Belgrano, Martín de Álzaga, Juan José Castelli, ‎Hipólito Vieytes, que asumía la autoridad real en el virreinato del Río de la Plata, hasta que el rey de España recuperase su puesto. A pesar de este “recaudo institucional”, los realistas vieron en este acto un primer paso de los criollos hacia la emancipación. La junta de Buenos Aires procuró imponer su autoridad en todo el territorio virreinal mientras que en su seno se producía una sorda lucha de poder. Pese a ello, se insistió en instalar el gobierno que había formado.

Pasado el mediodía del 25, se consiguió que los miembros de la Junta Provisional de Gobierno viniesen al recinto municipal, a rodeados de una bulliciosa multitud, para prestar juramento y provocar así el derrumbe del último representante del Monarca Español en estas tierras. Este fue un primer paso la declaración de la independencia, que llega en 1816; resultó simbólica, porque todavía se estaba luchando para despegarse del rey.

Es así que desde aquel 25 de mayo de 1810 los argentinos cada año celebramos “La Revolución de Mayo”, día en el que un grupo de patriotas, con ideas revolucionarias, comenzaron a pujar la ruptura con España para la formación del primer Gobierno Patrio.

Entre los festejos que acontecen durante todo el día y que van desde actos oficiales, espectáculos de artistas en vivo, presentación de ballets locales, hasta el locro popular.

El locro es un clásico plato de comida que siempre que llega esta fecha patria, se piensa en degustar. Pero ¿Por qué esta tradición? ¿A qué se debe la misma?

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Muchos son los supuestos que circulan desde aquel 1810; una de las versiones, y que suena más fuerte, es que en esa época los esclavos preparaban una comida con las sobras de la faena de algún (algunos) animal. El sobrante se mezclaba con maíz y verduras y todo era hervido en una gran olla. Como las cantidades a cocinar eran abundantes a pesar de ser para consumo familiar, gran parte se vendía en las plazas.

El plato de locro se fue perfeccionando y, con el paso del tiempo se llega a la actualidad, que resulta ser un menú clásico para esta fecha patria y  que distintos cocineros fueron aportando variantes, con receta propias, estando presente en todos los restaurantes del país y casas de familia.

Pero si damos una mirada más amplia de este menú del 25 de mayo, el locro es prehispánico, propio de la cultura andina, llegando a Bolivia, Perú, Ecuador, Uruguay y Colombia.

INGREDIENTES PARA UN LOCRO QUE RINDE ALREDEDOR DE 15 PORCIONES.

500 gramos de panceta ahumada cortada dados

600 gramos de carne vacuna (osobuco, cuadril, o un corte similar) cortados en dados

300 gramos de cebolla de verdeo picada finamente

300 gramos de tripa gorda cortada en pequeñas tiras

3 tazas de maíz blanco seco

3 cebollas grandes picadas finamente

4 dientes de ajo cortados en rodajas bien finas

3 puerros cortados en rodajas finas

5 chorizos de cerdo cortados en rodajas

4 Patitas de cerdo

2 taza de porotos alubia

2 cucharadas de pimentón dulce

2 cucharadas de comino molido

2 papas grandes cortada en dados pequeños

2 tazas de calabaza (o anquito) cortado en dados sin semillas

2 tazas de batata cortada en dados pequeños

Sal y pimienta negra (molida con mortero) al gusto

¡Opcional!…  2 tazas de mondongo bien hervido cortado en dados

 

Para la preparación todo lo que es legumbres se deja en remojo de la noche anterior y lo que sea carne se corta en pedazos pequeños para empezar a cocinarlos. Todos los jugos que se desprenden de las carnes durante su cocción se guardan. Se comienzan a cocinar las legumbres, algunas por separado y otras juntas. Después, se le empieza a agregar las carnes junto con el caldo y agua. Para el final, todo junto se lo mezcla y condimenta y se revuelve alrededor de tres a cuatro horas antes de servir… Se puede adornar con hojas de cebolla de verdeo.

Algunas personas aplastan las legumbres para que liberen almidón y la preparación esté más  espesa. Con esto el locro tomará una consistencia bien espesa.  También están aquellos que   retiran las patitas de cerdo.   

Puntualizando nuevamente en el locro, como se trata de una comida característica y tradicional de nuestro país, podrá ser acompañado con empanadas fritas en grasa vacuna y, como postre, zapallo en almíbar.

Con motivo del día de la Revolución de Mayo, muchos argentinos optan por dejar el clásico asado de camaradería, para disfrutar  del “locro del 25”  celebrando con la familia, amigos y seres queridos.

En la ceremonia del asado, como cuando comemos un locro, se comparten importantes valores comunes y que contribuyen a dar forma y fortalecer la relación entre todos los presentes.

 


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Mayo 25, 2020


 

PATRIA

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  Por CARLOS del SEÑOR HIDALGO GARZÓN

 

PATRIA

 

SECOS LOS OJOS POR TI TENDIDOS

EN LA HOJARASCA DE MALDECIDOS

YO NO TE DEJO PATRIA QUERIDA

POR TI MI SANGRE TE OFRENDE CONTRA LOS QUE HOY NO HAN AMANECIDO

DEJO A TUS PIES MUY BIEN NACIDOS, LA ESPERANZA Y NO EL OLVIDO

A CADA PASO HE COMPRENDIDO QUE LA CODICIA TE HA EMBRUTECIDO

PERO NADA SERÁ OMITIDO DEL CORAZÓN EMBRAVECIDO

PATRIA

NO LLORES POR LOS QUE NO LLORAN

Y EN EL CADALSO HARAN CUMPLIDOS

SOLO POR TI HEMOS SUFRIDO

YA NADA IMPORTA LO ACONTECIDO MAS SI TU ESENCIA HA VALIDO

DEJA QUE EL TIEMPO DE LOS BIEN NACIDOS

EN TU SOCORRO Y EN ALARIDO VENDRAN

NADA ES SIEMPRE Y NO HAY OLVIDO

DE AQUELLOS ATREVIDOS

QUE TE MANSILLARON POR OCASIÓN

PATRIA

SOMOS TUS HIJOS MUY BENDECIDOS

PISANDO LA TIERRA DE LOS NO OLVIDOS

EN TI CREEMOS LA LIBERTAD NACIENTE QUE, AUNQUE OPACA

SERA NUESTRA AL SON DE LOS TAMBORES

DE PASO FIRME TE ALEGRAREMOS

CON EL SOL AMANECIDO

PATRIA

SOY TU SOLDADO QUE VIEJO Y RUIN

NO DEJA DE SER SOLDADO

A TU SERVICIO Y LEALTAD DE UN BIEN NACIDO

 

 

Carlos del Señor Hidalgo Garzón

Cshg.krieg.357m@gmail.com

 


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Mayo 25, 2020


 

Misa y Coronavirus en Alemania

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Más de cuarenta personas se contagiaron de coronavirus durante un servicio religioso bautista que celebraron en Frankfurt. 

El pastor Wladimir Pritzkau aseguró que se habían cumplido estrictamente todas las reglas de higiene y desinfección y que los feligreses habían respetado la distancia recomendada entre ellos.

Los actos religiosos están permitidos, con restricciones, desde el 1 de mayo en la región. El caso puede levantar dudas con respecto a la relajación de algunas medidas para combatir el coronavirus.

Los restaurantes y los cafés están abiertos en diversos estados y las guarderías y los colegios han empezado a abrir, aunque siempre con restricciones.

En Leer, situada al norte del país,  se conoció un caso de varias personas contagiadas en un restaurante que llevó a que decenas de personas tuvieran que entrar en cuarentena.

Las tiendas ahora vuelven a abrir, los alumnos vuelven a clase y la Bundesliga se ha convertido en la primera liga de fútbol importante en Europa en reanudarse después de la pandemia.

En Alemania se han registrado desde el comienzo de la pandemia 180.345 contagios confirmados. 159.976 pacientes han superado la enfermedad y 8.444 han muerto.

 


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Mayo 25, 2020


 

La playa

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 Por Alain Robbe-Grillet


Tres niños caminan a lo largo de una playa. Avanzan, uno al lado del otro, llevándose de la mano. Tienen sensiblemente la misma estatura, y sin duda también la misma edad: una docena de años. El del medio, sin embargo, es un poco más pequeño que los otros dos.

Aparte de estos tres niños, toda la larga playa está desierta. Es una banda de arena bastante ancha, uniforme, desprovista de rocas aisladas como agujeros en el agua, inclinada apenas entre el acantilado abrupto, que parece sin salida, y el mar.

Es un día hermoso. El sol ilumina la arena amarilla con una luz violeta, vertical. En el cielo no hay una sola nube. Tampoco hay viento. El agua es azul, calma, sin la menor ondulación que venga de mar adentro, aunque la playa se despliega sobre mar abierto, hasta el horizonte.

Pero a intervalos regulares, una ola súbita, siempre la misma, nacida a algunos metros de la orilla, se infla bruscamente y rompe en seguida, siempre sobre la misma línea. No se tiene la impresión de que el agua avance, y después se retire; es, al contrario, como si cada movimiento se ejecutara en su lugar. La hinchazón del agua produce primero una ligera depresión, del lado de la playa, y la ola retrocede un poco, con un rumor de roce de arenisca; después estalla y se expande, lechosa, sobre el declive, para volver a ganar el terreno perdido. Apenas sí una subida más fuerte, aquí y allá, moja por un instante algunos decímetros suplementarios.

Y todo queda de nuevo inmóvil; el mar, liso y azul, exactamente detenido a la misma altura sobre la arena amarilla de la playa, en la que caminan uno al lado del otro los tres niños.

Son rubios, casi del mismo color que la arena: la piel un poco más oscura, el cabello un poco más claro. Están vestidos los tres de la misma manera, pantalón corto y camisita, ambos de una gruesa tela de un azul deslavado. Caminan uno al lado de otro, llevándose de la mano, en línea recta, paralelamente al mar y paralelamente al acantilado, casi a igual distancia de ambos, aunque un poco más cerca del agua. El sol, en el cenit, no proyecta ninguna sombra a sus pies.

Ante ellos la arena es enteramente virgen, amarilla y lisa desde el acantilado hasta el agua. Los niños avanzan en línea recta, a una velocidad regular, sin producir el menor cambio en ella, tranquilos y llevándose de la mano. Detrás de ellos la arena, apenas húmeda, marcada por tres líneas de huellas dejadas por sus pies desnudos, tres sucesiones regulares de huellas semejantes e igualmente espaciadas, bien cavadas, sin rebordes.

Los niños miran derecho ante ellos. No echan siquiera una mirada hacia el alto acantilado, sobre su izquierda, ni hacia el mar cuyas olitas rompen periódicamente, sobre el otro lado. Menos todavía se vuelven, para contemplar detrás de ellos la distancia recorrida. Prosiguen su camino, con un paso igual y rápido.

Ante ellos, una bandada de pájaros del mar zanquea en la orilla, justo en el límite de las olas. Progresan paralelamente a la marcha de los niños, en el mismo sentido que ellos, a un centenar de metros aproximadamente. Pero como los pájaros van mucho menos rápido, los niños se aproximan a ellos. Y mientras el mar borra los trazos de las patas estrelladas a medida que se imprimen, los pasos de los niños permanecen inscriptos con nitidez en la arena apenas húmeda, donde las tres líneas de huellas continúan alargándose.

La profundidad de estas huellas es constante: cerca de dos centímetros. No están deformadas ni por el hundimiento de los bordes ni por un hueco demasiado grande del talón o de la punta. Parecen recortadas de un modo incisivo sobre una capa superficial, más móvil, del terreno.

Su triple línea se desarrolla así cada vez más lejos, y parece al mismo tiempo disminuir, retardarse, fundirse en un solo trazo que separa la playa en dos bandas, en toda su longitud, y que termina en un menudo movimiento mecánico, allá abajo, como ejecutado siempre en el mismo lugar: el descenso y el ascenso alternado de seis pies desnudos.

Sin embargo a medida que los pies desnudos se alejan, se aproximan a los pájaros. No solamente ganan terreno rápidamente, sino que la distancia relativa que separa a los dos grupos disminuye todavía mucho más rápido, en comparación al camino ya recorrido. Pronto no hay más que algunos pasos entre ellos…

Pero cuando los niños parecen estar al fin por alcanzar a los pájaros, estos sacuden de pronto las alas y vuelan, uno primero, después dos, después diez… Y toda la bandada, blanca y gris, describe una curva por encima del mar para regresar a asentarse sobre la arena y volver a zanquear, siempre en el mismo sentido, sobre el límite de las olas, aproximadamente a una centena de metros.

A esta distancia, los movimientos del agua son casi imperceptibles, a no ser por un cambio súbito de color, cada diez segundos, en el momento en que la espuma destellante brilla al sol.

Sin ocuparse de las huellas que continúan trazando, con precisión, en la arena virgen, ni de las olitas a su derecha, ni de los pájaros, que por momentos vuelan y por momentos caminan, precediéndolos, los niños rubios avanzan uno al lado del otro, con un paso igual y rápido, llevándose de la mano.

Sus tres rostros bronceados, más oscurecidos que sus cabellos, se parecen. La expresión es la misma: seria, reflexiva, posiblemente preocupada. Sus rasgos son también idénticos, aunque, visiblemente, dos de los niños son varones y la tercera una niña. Los cabellos de la niña son apenas un poco más largos, un poco más ondeados, y sus miembros apenas un poco más gráciles. Pero la ropa es enteramente la misma: pantalón corto y camisita, uno y otra de una gruesa tela de azul deslavado.

La niña se encuentra en el extremo derecho; del lado del mar, a su izquierda, camina el varón que es ligeramente más pequeño. El otro varón, el más próximo al acantilado, tiene la misma estatura que la niña.

Ante ellos se extiende la arena amarilla y lisa hasta perderse de vista. Sobre su izquierda se levanta la pared de piedra parda, casi vertical, en la que no se ve ninguna salida. Sobre su derecha, inmóvil y azul desde el horizonte, la superficie lisa del agua es bordeada por un ribete súbito, que rompe en seguida para expandirse en espuma blanca.

Después, diez segundos más tarde, la onda que se infla cava de nuevo la misma depresión, del lado de la playa, con un rumor de roce de arenisca.

La olita rompe; la espuma lechosa trepa de nuevo la pendiente, volviendo a ganar algunos centímetros de terreno perdido. En el silencio que sigue, tres campanadas lejanas resuenan en el aire calmo.

-Ahí está la campana -dice el más chico de los varones, el que camina en el medio.

Pero el ruido de la arenisca que el mar aspira cubre el demasiado débil tintineo. Es necesario esperar el fin del ciclo para percibir de nuevo algunos sonidos, desformados por la distancia.

-Es la primera campana -dice el más grande.

La olita rompe a su derecha.

Cuando la calma regresa, no escuchan más nada. Los tres niños rubios caminan siempre con la misma cadencia regular, llevándose los tres de la mano. Ante ellos la bandada de pájaros que no está más que a unas zancadas, ganada por un brusco contagio, sacude las alas y se echa a volar.

Describen la misma curva encima del agua, para venir a posarse otra vez sobre la arena y volver a zanquear, siempre en el mismo sentido, justo sobre el límite de las olas, aproximadamente a una centena de metros.

-Puede ser la primera -continúa el más pequeño- si no se ha oído la otra, antes…

-La habríamos oído igual -responde su vecino.

Pero no han, por esto, modificado su paso; y las mismas huellas, detrás de ellos, continúan naciendo, a medida que las imprimen sus seis pies desnudos.

-Dentro de un rato no estaremos tan cerca -dice la niña.

Después de un momento, el más grande de los varones, el que se halla del lado del acantilado, dice:

-Estamos todavía lejos.

Y caminan a continuación los tres en silencio.

Se callan hasta que la campana, siempre indistinta, resuena de nuevo en el aire calmo. El más grande de los varones dice entonces: “Ahí está la campana.” Los otros no responden.

Los pájaros que están a punto de alcanzar sacuden las alas y vuelan, uno primero, después dos, después diez…

Después toda la bandada está de nuevo posada sobre la arena, progresando a lo largo de la orilla alrededor de cien metros delante de los niños.

El mar borra los rastros estrellados de sus patas a medida que las imprimen. Los niños, por el contrario, que caminan más cerca del acantilado, uno al lado del otro, llevándose de la mano, deja detrás de ellos huellas profundas, cuya triple línea se alarga paralelamente en los bordes, a través de la larguísima playa.

A la derecha, del lado del agua inmóvil y lisa, rompe, siempre en el mismo lugar, la misma pequeña ola.

 


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Mayo 25, 2020


 

LAS NOTAS MÁS VISTAS DE LA SEMANA ☻ Mayo 24, 2020

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Mayo 24, 2020


 

¡ALLÁ VAMOS!

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 Por SILVIO PEDRO PIZARRO

EL PRESENTE ARGENTINO EN 107 PALABRAS

El populismo. el temor, la impunidad y la cobardía, nos dejan sin soberanía. ¿Qué diablos hace el gobierno? ¿Dónde están las fuerzas de seguridad y el ejército cocinero? ¿Qué dice el instituto comunista llamado Patria con Cristina Kirchner, vicepresidente? El periodismo produce noticias policiales sobre estos hechos de suma gravedad, los partidos políticos callan, la sociedad no reacciona, pero hipócritamente realizará un disimulado festejo del  ¡25 de MAYO!

 

Entreguemos nuestro territorio como lo señala e instiga el Foro de Sao Paulo y el Grupo de Puebla que preside, sí señores, Alberto Fernández.

 

No vivimos en un país de argentinos, vivimos en un país de Cretinos.

 

Silvio Pedro Pizarro

 

 


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Mayo 24, 2020


 

Cuento azul

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 Por Marguerite Yourcenar


Los mercaderes procedentes de Europa estaban sentados en el puente, de cara a la mar azul, en la sombra color índigo de las velas remendadas de retazos grises. El sol cambiaba constantemente de lugar entre los cordajes y, con el balanceo del barco, parecía estar saltando como una pelota que rebotara por encima de una red de mallas muy abiertas. El navío tenía que virar continuamente para evitar los escollos; el piloto, atento a la maniobra, se acariciaba el mentón azulado.

Al crepúsculo, los mercaderes desembarcaron en una orilla embaldosada de mármol blanco; vetas azuladas surcaban la superficie de las grandes losas que antaño fueran revestimiento de templos. La sombra que cada uno de los mercaderes arrastraba tras de sí por la calzada, al caminar en el sentido del ocaso, era más alargada, más estrecha y no tan oscura como en pleno mediodía; su tonalidad, de un azul muy pálido, recordaba a la de las ojeras que se extienden por debajo de los párpados de una enferma. En las blancas cúpulas de las mezquitas espejeaban inscripciones azules, cual tatuajes en un seno delicado; de vez en cuando, una turquesa se desprendía por su propio peso del artesonado y caía con un ruido sordo sobre las alfombras de un azul muelle y descolorido.

Se levantó la luna y emprendió una danza errática, como un espíritu endiablado, entre las tumbas cónicas del cementerio. El cielo era azul, semejante a la cola de escamas de una sirena, y el mercader griego encontraba en las montañas desnudas que bordeaban el horizonte un parecido con las grupas azules y rasas de los centauros.

Todas las estrellas concentraban su fulgor en el interior del palacio de las mujeres. Los mercaderes penetraron en el patio de honor para resguardarse del viento y del mar, pero las mujeres, asustadas, se negaban a recibirlos y ellos se desollaron en vano las manos a fuerza de llamar a las puertas de acero, relucientes como la hoja de un sable.

Tan intenso era el frío, que el mercader holandés perdió los cinco dedos de su pie izquierdo; al mercader italiano le amputó los dedos de la mano derecha una tortuga que él había tomado, en la oscuridad, por un simple cabujón de lapislázuli. Por fin, un negrazo salió del palacio llorando y les explicó que, noche tras noche, las damas rechazaban su amor por no tener la piel suficientemente oscura. El mercader griego supo congraciarse con el negro merced al regalo de un talismán hecho de sangre seca y de tierra de cementerio, así es que el nubio los introdujo en una gran sala color ultramar y recomendó a las mujeres que no hablaran demasiado alto para que no despertaran los camellos en su establo y no se alterasen las serpientes que chupan la leche del claro de luna.

Los mercaderes abrieron sus cofres ante los ojos ávidos de las esclavas, en medio de olorosos humos azules, pero ninguna de las damas respondió a sus preguntas y las princesas no aceptaron sus regalos. En una sala revestida de dorados, una china ataviada con un traje anaranjado los tachó de impostores, pues las sortijas que le ofrecían se volvían invisibles al contacto de su piel amarilla. Ninguno advirtió la presencia de una mujer vestida de negro, sentada en el fondo de un corredor, y como le pisaran sin darse cuenta los pliegues de su falda, ella los maldijo invocando al cielo azul en la lengua de los tártaros, invocando al sol en la lengua turca, e invocando la arena en la lengua del desierto. En una sala tapizada de telas de araña, los mercaderes no obtuvieron respuesta de otra mujer, vestida de gris, que sin cesar se palpaba para estar segura de que existía; en la siguiente sala, color grana, los mercaderes huyeron a la vista de una mujer vestida de rojo que se desangraba por una ancha herida abierta en el pecho, aunque ella parecía no darse cuenta, ya que su vestido no estaba ni siquiera manchado.

Pudieron al cabo refugiarse en el ala donde estaban las cocinas y allí deliberaron acerca del mejor medio para llegar hasta la caverna de los zafiros. Constantemente los molestaba el trajín de los aguadores, y un perro sarnoso fue a lamer el muñón azul del mercader italiano, el que había perdido los dedos. Al fin, vieron aparecer por la escalera de la bodega a una joven esclava que llevaba hielo granizado en un ataifor de cristal turbio; lo depositó sin mirar dónde, sobre una columna de aire, para dejarse las manos libres y poder saludar, levantándolas hasta la frente, donde llevaba tatuada la estrella de los magos. Sus cabellos azul-negros fluían desde las sienes hasta los hombros; sus ojos claros miraban el mundo a través de dos lágrimas; y su boca no era sino una herida azul. Su vestido color lavanda, de fina tela desteñida por hartos lavados, estaba desgarrado en las rodillas, pues la joven tenía por costumbre prosternarse para rezar y lo hacía constantemente.

Poco importaba que no comprendiera la lengua de los mercaderes, pues era sordomuda; así, se limitó a asentir gravemente con la cabeza cuando ellos inquirieron cómo ir hasta el tesoro mostrándole en un espejo sus ojos color de gema y señalando luego la huella de sus pasos en el polvo del corredor. El mercader griego le ofreció sus talismanes: la niña los rechazó como lo hubiera hecho una mujer dichosa, pero con la sonrisa amarga de una mujer desesperada; el mercader holandés le tendió un saco lleno de joyas, pero ella hizo una reverencia desplegando con las manos el pobre vestido todo roto, y no les fue posible adivinar si es que se juzgaba demasiado indigente o demasiado rica para tales esplendores.

Luego, con una brizna de hierba levantó el picaporte de la puerta y se encontraron en un patio redondo como el interior de un pozal, lleno hasta los bordes de la fría luz matinal. La joven se sirvió de su dedo meñique para abrir la segunda puerta que daba a la llanura y, uno tras otro, se encaminaron hacia el interior de la isla por un camino bordeado de matas de aloe. Las sombras de los mercaderes iban pegadas a sus talones, cual siete víboras pequeñas y negras, en tanto que la muchacha estaba desprovista de toda sombra, lo que les dio que pensar si no sería un fantasma.

Las colinas, azules a distancia, se volvían negras, pardas o grises a medida que se aproximaban; sin embargo, el mercader de la Turena no perdía el valor y para darse ánimos cantaba canciones de su tierra francesa. El mercader castellano recibió por dos veces la picadura de un escorpión y sus piernas se hincharon hasta las rodillas y cobraron un color de berenjena madura, pero no parecía sentir dolor alguno e incluso caminaba con el paso más seguro y más solemne que los otros, como si estuviera sostenido por dos gruesos pilares de basalto azul. El mercader irlandés lloraba viendo cómo gotas de sangre pálida perlaban los talones de la muchacha, que andaba descalza sobre cascos de porcelana y de vidrios rotos.

Cuando llegaron al sitio, tuvieron que arrastrarse de rodillas para entrar a la caverna, que no abría al mundo más que una boca angosta y agrietada. La gruta era, sin embargo, más espaciosa de lo que hubiera podido esperarse y, así que sus ojos hubieron hecho buenas migas con las tinieblas, descubrieron por doquier fragmentos de cielo entre las fisuras de la roca. Un lago muy puro ocupaba el centro del subterráneo, y cuando el mercader italiano lanzó una guija para calcular la profundidad, no se la oyó caer, pero se formaron pompas en la superficie, como si una sirena bruscamente desesperada hubiera expelido todo el aire que llenaba sus pulmones. El mercader griego empapó sus manos ávidas en aquella agua y las sacó teñidas hasta las muñecas, como si se tratara de la tina hirviendo de una tintorera; mas no logró apoderarse de los zafiros que bogaban, cual flotillas de nautilos, por aquellas aguas más densas que las de los mares. Entonces, la joven deshizo sus largas trenzas y sumergió los cabellos en el lago: los zafiros se prendieron en ellos como en las mallas sedosas de una oscura red. Llamó primero al mercader holandés, que se metió las piedras preciosas en las calzas; luego, al mercader francés, que se llenó el chapeo de zafiros; el mercader griego atiborró un odre que llevaba al mercader castellano, arrancándose los sudados guantes de cuero, los llenó y se los puso colgados al cuello, de tal suerte que parecía llevar dos manos cortadas. Cuando le llegó el turno al mercader irlandés, ya no quedaban zafiros en el lago; la joven esclava se quitó un colgante de abalorios que llevaba y por señas le ordenó que se lo pusiera sobre el corazón.

Salieron arrastrándose de la caverna y la muchacha pidió al mercader irlandés que la ayudara a rodar una gruesa piedra para cerrar la entrada. Luego, colocó un precinto confeccionado con un poco de arcilla y una hebra de sus cabellos.

El camino se les hizo más largo que a la ida por la mañana. El mercader castellano, que empezaba a sufrir a causa de sus piernas emponzoñadas, se tambaleaba y blasfemaba invocando el nombre de la madre de Dios. El mercader holandés, que estaba hambriento, trató de arrancar las azules brevas maduras, de una higuera, pero un enjambre de abejas ocultas en la espesura almibarada lo picaron profundamente en la garganta y en las manos.

Llegados al pie de las murallas, el grupo dio un rodeo para evitar a los centinelas y se dirigieron sin hacer ruido hacia el puerto de los pescadores de sirenas, que estaba siempre desierto, pues hacía largo tiempo que no se pescaban ya sirenas en aquel país. La barca flotaba blandamente en el agua, amarrada al dedo de un pie de bronce, único resto de una estatua colosal erigida antaño en honor a un dios del que ya nadie recordaba el nombre. En el muelle, la esclava sordomuda hizo intención de despedirse de los hombres, saludándolos con las manos puestas en el corazón; entonces, el mercader griego la tomó por las muñecas y la arrastró hasta el barco, movido por el propósito de venderla al príncipe veneciano del Negroponto, de quien se sabía que le gustaban las mujeres heridas o afectadas de alguna invalidez. La doncella se dejó llevar sin oponer resistencia y sus lágrimas, al caer sobre las maderas del puente, se transformaban en bellas aguamarinas, así es que sus verdugos se las ingeniaron para darle motivos que la hicieran llorar.

La dejaron desnuda y la ataron al palo mayor; su cuerpo era tan blanco que servía de fanal al barco en aquella noche clara navegando entre las islas. Cuando hubieron terminado su partida de palillos, los mercaderes bajaron a la cabina para echarse a dormir. Hacia el alba, el holandés subió al puente aguijoneado por el deseo y se acercó a la prisionera, dispuesto a violentarla. Mas he aquí que la niña había desaparecido: las ligaduras colgaban, vacías, del tronco negro del mástil, como un cinturón demasiado ancho, y en el lugar donde se habían posado sus pies suaves y delgados no quedaba otra cosa que un mantoncito de hierbas aromáticas que exhalaban un humillo azul.

En los días que siguieron reinó una calma chicha, y los rayos del sol, que caían a plomo sobre la lisa superficie color de algas, producían un chirrido de hierro candente sumergido en agua fría. Las piernas gangrenadas del mercader castellano se habían puesto azules como las montañas que se columbraban en el horizonte y purulentos regueros se deslizaban desde las tablas del puente hasta el mar. Cuando el sufrimiento se hizo intolerable, el hombre sacó del cinturón una ancha daga triangular y se cercenó a la altura de los muslos las dos piernas envenenadas. Murió agotado al despuntar la aurora, después de haber legado sus zafiros al mercader suizo, que era su enemigo mortal.

Al cabo de una semana recalaron en Esmirna y el mercader de Turena, que siempre había temido al mar, optó por desembarcar, con intención de continuar su viaje a lomos de una buena mula. Un banquero armenio le cambió los zafiros por diez mil monedas con la efigie del Preste Juan. Eran piezas perfectamente redondas y el francés cargó alegremente con ellas hasta trece mulos; pero, así que llegó a Angers, tras siete años de viaje, se encontró con la sorpresa de que las monedas del monarca-preste no tenían curso en su país.

En Ragusa, el mercader holandés trocó sus zafiros por una jarra de cerveza servida en el mismo muelle, pero tuvo que escupir aquel insulso líquido aventado que no tenía el mismo gusto que la cerveza de las tabernas de Ámsterdam. El mercader italiano desembarcó en Venecia con el propósito de hacerse proclamar Dogo, mas pereció asesinado al día siguiente de sus nupcias con la laguna. En cuanto al mercader griego, se le ocurrió atar los zafiros a un cabo largo y suspenderlos en el costado de la barca, esperando que el contacto con las olas fuera benéfico para su hermoso color azul. Al mojarse, las gemas se volvieron líquidas y apenas si añadieron al tesoro del mar unas pocas gotas de agua transparente. El hombre se consoló pescando peces y asándolos al rescoldo de la ceniza.

Un atardecer, al cabo de veintisiete días de navegación, el barco fue atacado por un corsario. El mercader de Basilea se tragó sus zafiros para sustraerlos de la avaricia de los piratas y murió de atroces dolores de entrañas. El griego se echó al mar y fue recogido por un delfín, que lo condujo hasta Tinos. El irlandés, molido a golpes, fue dejado por muerto en la barca, entre los cadáveres y los sacos vacíos; nadie se tomó la molestia de quitarle el colgante de falsas piedras azules, que no tenía ningún valor. Treinta días más tarde, la barca a la deriva entró por sí misma en el puerto de Dublín y el irlandés echó pie a tierra para mendigar un pedazo de pan.

Estaba lloviendo. Los tejados oblicuos de las casas bajas sugerían grandes espejos destinados a captar los espectros de la luz muerta. La calzada desigual se encharcaba más y más; el cielo, de un parduzco sucio, parecía tan cenagoso que ni los ángeles se hubieran atrevido a salir de la casa de Dios; las calles estaban desiertas; el puesto de un mercero ambulante, que vendía calcetines de lana cruda y cordones para los zapatos, se veía abandonado al borde de una acera debajo de un paraguas abierto. Los reyes y los obispos esculpidos en el pórtico de la catedral no hacían nada para impedir que cayera la lluvia sobre sus coronas o sus mitras, y la Magdalena recibía el agua en sus senos desnudos.

El mercader, todo desalentado, fue a sentarse bajo el pórtico junto a una joven mendiga, tan pobre que su cuerpo, azulenco de frío, se veía a través de los desgarrones de su vestido gris. Sus rodillas se entrechocaban ligeramente; sus dedos cubiertos de sabañones apretaban un mendrugo de pan. El mercader le pidió por el amor de Dios que se lo diera, y ella se lo tendió en el acto. El mercader hubiera querido regalarle el colgante de abalorios azules, puesto que no tenla ninguna otra cosa que ofrecer; más en vano buscó en sus bolsillos, alrededor de su cuello, entre las cuentas de su rosario. No hallándolo, se echó a llorar desconsolado: no poseía ya nada que pudiera recordarle el color del cielo y la tonalidad del mar en donde había estado a punto de perecer.

Suspiró profundamente y, como el crepúsculo y la fría niebla se espesaban en derredor, la muchachita se apretujó contra él para darle calor. El hombre le hizo preguntas acerca del país y ella le contestó en el tosco dialecto del pueblo que dejara antaño, siendo aún muy chico. Entonces, apartó los cabellos desgreñados que cubrían el rostro de la mendiga, pero tan sucio estaba que la lluvia iba trazando en él regueritos blancos, y el mercader descubrió horrorizado que la niña era ciega y que una siniestra nube velaba el ojo izquierdo. No dejó por ello, sin embargo, de posar su cabeza en aquellas rodillas mal cubiertas de harapos y se durmió sosegado: el ojo derecho, que había visto privado de mirada, era milagrosamente azul.

 


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Mayo 24, 2020


 

Cima a la parrilla, cosa exquisita

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 Por CLAUDIO VALERIO

El asado, “parrillada”, a la parrilla es un plato clásico y popular en argentina y, además, con reconocimiento internacional. El sabor de las carnes cocidas sobre las brasas trasciende desde su origen  a la creación de un producto elaborado con pasión.

El famoso asado de tira, cuyo origen se remonta a finales del siglo XIX (1882 con certeza) en el que fuera el primer frigorífico de Sudamérica (The River Plate Fresh Meat & Co.) que se instalara en la ciudad bonaerense de Campana, es una carne  que, a la hora de asarla, requiere paciencia  y seguir algunos tips de preparación.

Si bien el asado de tira (la costilla) y el vacío constituyen una dupla que se repite a la hora de colocar productos sobre la parrilla en las casas y parrilladas en general, existen otros cortes de carne de res que resultan gustosos asados. Tal el caso de la cima.

La cima es un corte de carne de res muy utilizado tanto sea a la parrilla como al horno. Debido a su forma, resulta ideal para hacerlo relleno. Esta carne es conocida también como falsa entraña dado que tiene un sabor similar. Cada unidad puede llegar a pesar alrededor de 1,50 Kg. Al momento de seleccionar la pieza para su compra, se debe tener en cuenta que su color sea claro al igual que el de la grasa, que no debe tener mucha. La grasa, al asarse, le dará un delicioso sabor.

La cima es un corte relativamente económico y que no es muy consumido, a la hora de hacer asados, por desconocimiento;  un verdadero manjar.

Durante su cocedura, a la cima se la puede untar (o acompañar) con un aderezo** elaborado con ají molido, pimentón dulce, comino molido, sal y pimienta; todo esto mezclado con aceite de oliva. Otras alternativas, a gusto, el clásico chimichurri y un provenzal en aceite.

Una buena opción para aquellos que estamos haciendo un régimen alimenticio es acompañar a la cima  asada con una sabrosa ensalada de pepino y tomates que la podemos preparar de la siguiente manera:

  • 1 pepino fresco
  • 2 tomates redondos bien maduros
  • jugo o zumo de 1 limón
  • pimienta negra recién molida al gusto
  • Sal y tomillo fresco al gusto
  • 1 cucharadita de azúcar

A la  cima a la parrilla también se la puede  acompañar con unos tomates secos preparados en aceite y ajo, o bien con verduras frescas.

** En un plato hondo se mezcla el pimentón dulce, el comino molido y el ají molido. Seguidamente se añade el aceite de oliva, se condimenta con sal y pimienta y se mezcla.

Cima Rellena, una buena alternativa sobre la parrilla

Ingredientes:

  • 1 cima 1,4 a 1,6 kg aproximadamente
  • 2 dientes de ajo picados
  • 2 puerro picados (parte blanca)
  • 2 huevos
  • 1 cebolla picada
  • 100 gramos de choclo desgranado
  • 100 gramos de arvejas
  • 50 gramos de queso blanco untable descremado
  • 1 cucharadita de tomillo
  • Media cucharadita de comino
  • Media cucharadita de nuez moscada
  • Sal y pimienta al gusto

Preparación:

Mezclar en un bol el choclo, los puerros, las arvejas, la cebolla, los huevos, los dientes de ajo y el queso descremado. A continuación condimentar la mezcla con la nuez moscada, el comino, el tomillo y condimentar con sal y pimienta al gusto.

Preparar la pieza de cima,  abrirla al medio y sazonarla a gusto con sal y pimienta.

Mezclados todos los ingredientes, se procede a rellenar la carne sin presionar demasiado. Coser la boca de la cima con hilo de cocina (se la puede condimentar por fuera con un poco de tomillo y comino.

Poner la cima sobre la parrilla y cocinarla con poca brasa (calor moderado) durante unos 30 a 45 minutos hasta que la carne esté a punto. Seguidamente se retira de la parrilla y se deja reposar unos minutos antes de servir. Se puede acompañar con guarnición de vegetales de hojas verdes. Caliente o fría, resulta una preparación exquisita.

 


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Mayo 24, 2020


 

De comprar un viejo pozo de gas a millonario

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Nacido y criado en una familia obrera en medio de los campos de petróleo y gas de Virginia Occidental, Estados Unidos, tanto su padre, como su abuelo e incluso su bisabuelo se ganaron la vida en el sector de la energía. Trabajaron en pozos y en tuberías, realizando duras labores manuales, día tras día y año tras año, para mantener a sus familias. Era la familia de Rusty Hutson, Jr.

Durante sus vacaciones de verano de la escuela secundaria y la universidad, Rusty solía trabajar con su padre. Pero en 1991 se convirtió en el primer Hutson en graduarse de la universidad, y quiso hacer algo completamente diferente con su vida.

“Decidí que meterme en el negocio del petróleo y el gas era lo último que quería hacer”, dice. “Es un trabajo realmente duro”

Con su título de contador por la Universidad Estatal de Fairmont, en Virginia Occidental, Rusty se embarcó en una exitosa carrera bancaria durante una década que lo llevaría a Birmingham, en el estado de Alabama.

Pero a medida que pasaban los años, a Rusty comenzó a fastidiarle el hecho de no haber seguido los pasos de su padre en la empresa familiar.

“Virginia Occidental era un estado difícil cuando estaba creciendo. Todavía lo es”, explica.

“Había dos tipos de personas: o trabajabas en (la industria del) carbón, o trabajabas en la del petróleo y gas. Era generacional. Si tu padre y tu abuelo lo hicieron para ganarse la vida, entonces tú (también) lo hacías”.

“Y a medida que avanzaban los años, me sentía cada vez más atraído por ese mundo. También tenía el deseo de construir algo, de hacer algo emprendedor”.

Por eso en 2001, con 32 años, Rusty compró un viejo pozo de gas en Virginia Occidental por US$250.000 con el dinero que consiguió rehipotecando su casa.

“Era un pozo viejo y pequeño, había estado en producción durante años, pero para mí era como oro”, dice.

“Durante los siguientes cuatro años seguí trabajando en el banco, pero cuando tenía tiempo libre iba a Virginia Occidental a trabajar en el único pozo que poseía por aquel entonces”.

Hoy, la compañía de Rusty, Diversified Gas & Oil (DGO), es propietaria de más de 60.000 pozos de gas y petróleo en Virginia Occidental, Pennsylvania, Ohio, Kentucky, Virginia y Tennessee, estados que forman parte de una región conocida como los Apalaches.

DGO emplea a 925 personas y tiene ingresos anuales de más de US$500 millones. Alrededor del 90% de sus operaciones son derivadas del gas natural y un 10% del petróleo.

La compañía sigue un modelo comercial muy específico: no realiza ninguna perforación para encontrar nuevas reservas de petróleo y gas.

En su lugar, compra pozos viejos que productores más grandes ya no quieren, porque los niveles iniciales de flujo han caído.

“No quieren estos pozos viejos, pero aún les queda un promedio de 50 años de vida útil, por lo que podemos administrarlos de manera muy eficiente y ganar dinero”, dice.

Rusty asegura que a DGO le ha beneficiado la llamada “carrera por el esquisto” que se ha visto en Estados Unidos durante la última década, en el que muchas empresas de petróleo y gas renunciaron a pozos tradicionales para dedicarse al fracking.

En términos muy simples, a diferencia de los pozos tradicionales, desde los que el petróleo y el gas se extrae directamente, el fracking implica primero inyectar una mezcla de agua, arena y productos químicos a alta presión en rocas de esquisto bituminoso.

Esto fractura las rocas y permite la extracción de grandes cantidades de petróleo y gas a los que antes no se tenía acceso.

Rusty sostiene que el giro de toda la industria hacia el fracking y sus mayores volúmenes de producción le ha permitido a DGO comprar miles de pozos viejos tradicionales pero aún productivos a menor costo, lo que le ha facilitado la expansión rápida de su negocio.

En 2017, la compañía decidió salir a bolsa para recaudar fondos para continuar creciendo. Rusty eligió el Mercado de Inversión Alternativa de la Bolsa de Londres (LSE, por sus siglas en inglés), lo que fue un movimiento inusual para una empresa estadounidense.

“No éramos lo suficientemente grandes como para lanzarnos en Estados Unidos”, dice.

“Y no quería seguir la ruta del capital privado porque no quería trabajar para otra persona e intentar recuperar parte del porcentaje”.

Actualmente, DGO está a punto de ascender al índice principal de la bolsa londinense.

James McCormack, analista energético de Cenkos Securities, dice que la estrategia de DGO de “adquirir pozos productores (de petróleo y gas) de bajo costo, de larga vida y baja declinación” es “una propuesta prácticamente única”.

“Bajo el liderazgo de Rusty, DGO ha crecido rápidamente desde su OPV (oferta pública de venta) en febrero de 2017, se ha aumentado la producción 20 veces y las reservas 23 veces”, prosigue McCormack.

Carlos Gomes, otro analista del sector, del grupo Edison, destaca que DGO se ha convertido en el mayor productor de gas convencional en la región de los Apalaches.

“La compañía posee activos productivos maduros, de bajo costo operacional y de larga duración que generan flujos de efectivo muy estables”, agrega.

A largo plazo, el plan de DGO es seguir comprando pozos para reemplazar aquellos en los que la producción se vaya parando.

Rusty dice que la empresa actualmente tiene planes para expandirse a otros estados, como Texas.

Para el corto plazo, el emprendedor dice estar tranquilo pese al derrumbe de los precios del petróleo y del gas a causa de la pandemia de coronavirus.

Primero porque tiene acuerdos a largo plazo sobre el precio en que vende su producción, y luego porque su negocio opera de manera más eficiente que el de los más grandes.

También porque puede recurrir a su padre cuando necesita ayuda y consejos.

Su progenitor, Rusty Sr, es el supervisor de las operaciones en el norte de Virginia Occidental de la empresa.

“Tiene 72 años y le encanta”, asegura Rusty. “¿Que si intenta decirme qué hacer? Oh, por supuesto”.

 


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Mayo 24, 2020


 

Rivalidades Productivas: Owen vs Huxley

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Durante su carrera, Richard Owen tuvo una buena cantidad de logros notables, entre ellos acuñar la palabra “dinosaurio” y fundar el Museo de Historia Natural de Londres. Sin embargo, sus relaciones con sus compañeros siempre habían sido extenuantes.

Hoy en día, Owen es considerado celoso y mezquino con sus colegas, incluso en ocasiones plagia sus trabajos. Su rivalidad con Gideon Mantell fue probablemente su pelea más amarga, pero su rivalidad con Thomas Huxley fue mucho más beneficiosa para la comunidad científica.

Owen
Huxley

Huxley era conocido como el “Bulldog de Darwin” por su firme apoyo a la evolución. Owen, por otro lado, no estaba de acuerdo con la teoría de Darwin, particularmente con todo el “hombre relacionado con los simios”. Intentó demostrar que los humanos y otros primates, particularmente el gorila, no se parecían al estudiar sus cerebros.

Huxley afirmó lo contrario y logró demostrarlo descubriendo el hipocampo menor (ahora llamado avis calcar) en los simios, una parte del cerebro que Owen había afirmado previamente que solo existía en humanos.

La controversia se conoció como la Gran Pregunta del Hipocampo. Aunque fue un blanco fácil para humoristas y periódicos, destacó la evolución. La comunidad científica consideró que Huxley ganó fácilmente la batalla y aceptó la evolución como la teoría principal.

El tema se exploraría más a fondo en publicaciones destacadas como las Evidencias geológicas de Charles Lyell sobre la antigüedad del hombre y el seguimiento de Darwin.

 


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Mayo 24, 2020